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CAPCSR - Acta 001

Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes

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Detalles

Título
CAPCSR - Acta 001
Autor
Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año

REPUBLICA DE COLOMBIA

I

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN

DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTE

(Creada por medio de la Ley 400 de 1997)

ACTA N° 1

Hoja N° 1

Secretaría de la Comisión: Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica

Fecha: 12 de Mayo de 1998

Lugar: Despacho del Sr. Ministro de Desarrollo Económico

Asistentes: Dr. Carlos Julio Gaitán G., Ministro de Desarrollo Económico

Dra. Patricia Torres A., Viceministra de Desarrollo Económico, Ing. Reinaldo Uribe R., Delegado del Ministerio de Transporte Ing. Adolfo Alarcón G, Director del Ingeominas Ing. Omar Darío Cardona A., Presidente de la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica, AIS Ing. Enrique Ramírez R., Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, SCI Arq. Nicolás Rueda G., Vicepresidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, SCA. Ing. Guillermo Alonzo V., Presidente Asociación Colombiana de Ingeniería Estructural, ACIES Dr. Hernándo José Gómez R., Presidente de Camacol

Invitados: Dra. Liliana Gómez, invitada por Camacol Ing. Luis Enrique García R., invitado de la Asociación Colom biana de Ingeniería Sísmica, quien actuó como asistente de la Secretaría.

TEMAS TRATADOS

Dra. Liliana Gómez, invitada por Camacol Ing. Luis Enrique García R., invitado de la Asociación Colom biana de Ingeniería Sísmica, quien actuó como asistente de la Secretaría.

TEMAS TRATADOS 1° - Instalación - El Señor Ministro de Desarrollo Económ ico, Doctor Carlos Julio Gaitán González, instaló la Com isión, designando como Presidente de la m isma a la Dra. Patricia Torres A., Vicem inistra de Desarrollo Económ ico y com o Secretario al Presidente de la AIS, Ing. Ornar Darío Cardona A.. Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Santa Fe de Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN ACTA N° 1

DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTE

Hoja N° 2

Secretaría de la Comisión: Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica 2° - Orden del día – Se dio lectura y aprobación al orden del día.

3° - Presentación de los Miembros de la Comisión - Cada uno de los m iembros asistentes a la Comisión se presentó, indicando la entidad o la institución que representan. 4° - Proyecto de Reglamento de la Comisión - La AIS hizo un breve resum en de la form a como se había estructurado la propuesta de Re glamento de la Com isión, la cual había sido enviada a los asistentes con la citación a la reunión. Se acordó traer a la próxima reunión de la Com isión las observaciones de cada uno de lo s m iembros de ella. El Ministerio de

enviada a los asistentes con la citación a la reunión. Se acordó traer a la próxima reunión de la Com isión las observaciones de cada uno de lo s m iembros de ella. El Ministerio de Desarrollo estudiará la forma jurídica como se expedirán las resoluciones de la Com isión y los trám ites y requisitos que se deben surtir cuando la Com isión se pronuncie acerca de asuntos del ámbito de su competencia. 5° - Informe sobre actividades recientes relacionadas con la normativa sismo resistente - La Sra. Vicem inistra de Desarrollo y el Presidente de la AIS hicieron una breve presentación sobre las actuaciones, desarrollo s, difusión, estudios de m icrozonificación, y otros temas relacionados con la norm ativa sismoresistente, ocurridos con posterioridad a la expedición del Decreto 33 de 1998. 6° - Lectura de la correspondencia recibida - Durante la sesión se reunió la correspondencia que había sido rem itida directamente a los m iembros de la Com isión. Se hizo un resumen de las observaciones llegadas, con el fin de agilizar la decisión acerca de las prioridades que se deben asignar a los as untos que debe tratar la Com isión (véase el punto N° 7°) Y se acordó darle lectura form al a toda la correspondencia recibida en la próxima reunión de la Comisión. 7° - Labores futuras de la Comisión - Se dio lectura a la siguien te lista de las labores que por Ley debe llevar a cabo la Comisión: (a) Definición de la entidad a cargo del regist ro del "sello seco" a em plear por los diseñadores (Numeral 33°, Artículo 4°, Ley 400/97)

por Ley debe llevar a cabo la Comisión: (a) Definición de la entidad a cargo del regist ro del "sello seco" a em plear por los diseñadores (Numeral 33°, Artículo 4°, Ley 400/97) (b) Requisitos de presentación de proyectos a las Curadurías u Oficinas de Planeación Municipal (Parágrafo 1°, Artículo 6°, Ley 400/97). (c) Alcance y procedim iento de la revisión de diseños por parte de las Curadurías u Oficinas de Planeación Municipal (Artículo 16°, Ley 400/97). (d) Acreditación de la experiencia y cualidades y conocim ientos que deben tener los profesionales que realicen diseños, su revi sión, construcción y supervisión técnica de las construcciones (Artículos 24°, 26°, 30°, 33°, 35°, 41°, 42° Y 43°, Ley 400/97). (e) Alcance y procedim iento de ejecución de las labores de diseño estructural, estudios geotécnicos, diseño de elem entos no estructu rales, revisión de diseños y estudios, dirección de construcción y supervisión técn ica de la construcción, de acuerdo con la

Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Santa Fe de Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN ACTA N° 1

DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTE

Hoja N° 3

Secretaría de la Comisión: Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica importancia, área, altura, complejidad o grupo de uso de las edificaciones (Artículos 25 y 42, Ley 400/97)

Hoja N° 3

Secretaría de la Comisión: Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica importancia, área, altura, complejidad o grupo de uso de las edificaciones (Artículos 25 y 42, Ley 400/97)

(f) Definición del alcance de los estudios de microzonificación (Num eral 5, artículo 41, Ley 400/97). (g) Definición de los procedim ientos para fijar los honorarios m ínimos, cuando no se trate de servidores públicos, para retribuir las labores de diseño estructural, estudios geotécnicos, diseño de elem entos no estructu rales, revisión de diseños y estudios, dirección de construcción y supervisión técn ica de la construcción (Parágrafo 2°, Artículo 42°, Ley 400/97) (h) Procedimiento para convalidar las resolu ciones y autorizaciones expedidas por la Comisión anterior creada por m edio del Decreto 2170 de 1984 (Parágrafo del Artículo 55°, Ley 400/97). (i) Empleo de m ovimientos sísm icos diferent es a los prescritos en el NSR-98 (Sección A.2.1.3, Decreto 33/98) (j) Empleo de procedim ientos diferentes para diseño para viento en el NSR-98 (Sección B.6.1, Decreto 33/98) (k) Aplicación del concepto de calidad total, exonerando de la supervisión técnica realizada por terceros (Sección I.1.2.13, Decreto 33/98) (l) Reglamentación del alcance de la Supervisión Técnica (Sección I.1.5.1, Decreto 33/98)

realizada por terceros (Sección I.1.2.13, Decreto 33/98) (l) Reglamentación del alcance de la Supervisión Técnica (Sección I.1.5.1, Decreto 33/98) (m) Especificaciones de construcción aproba das por la Com isión (Sección I.2.4.3, Sección I.A.3.2, Decreto 33/98) (n) Idoneidad y experiencia del supervisor técnico (Capítulo I.3, Decreto 33/98) Una vez leída la anterior lista se asignaron las siguientes prioridades en la labores y la metodología a seguir, respecto a la forma como se deben llevar a cabo: De carácter inmediato: • Acreditación de la experiencia y cualidades y conocimientos que deben tener los profesionales que realicen diseños, su revisión, construcción y supervisión técnica de las construcciones (d) - Se acordó que se debía adoptar una resolución al respecto durante la misma reunión. Véase el punto 8° de la presente Acta.

A corto plazo: • Definición de la entidad a cargo del regist ro del "sello seco" a emplear por los diseñadores(a) - Se definirá en la próxima reunión. • Requisitos de presentación de proyectos a las Curadurías u Oficinas de Planeación Municipal(b) - Se acordó que la AIS traerá una pr opuesta acerca de la form a como la Comisión estudiará este tema. • Alcance y procedimiento de la revisión de diseños por parte de las Curadurías u Oficinas de Planeación Municipal (c) - Se acordó que la AIS y la ACIES traerán una propuesta acerca de la forma como la Comisión estudiará este tema.

Oficinas de Planeación Municipal (c) - Se acordó que la AIS y la ACIES traerán una propuesta acerca de la forma como la Comisión estudiará este tema.

Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Santa Fe de Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN ACTA N° 1

DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTE

Hoja N° 4

Secretaría de la Comisión: Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica

Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Santa Fe de Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827

  • Alcance y procedimiento de ejecución de las labores de diseño estructural, estudios geotécnicos, diseño de elementos no estructu rales, revisión de diseños y estudios, dirección de construcción y supervisión técnic a de la construcción de acuerdo con la importancia, área, altura, complejidad o grupo de uso de las edificaciones (e) - Se acordó que la AIS, la ACIES y la SCI traerán una propuesta acerca de la forma como la Comisión estudiará este tema. • Procedimiento para convalidar las resolu ciones y autorizaciones expedidas por la Comisión anterior creada por medio del Decreto 2170 de 1984 (h) - Se acordó que la AIS traerá una propuesta de los requisitos que debe cumplir el interesado, a la próxima reunión.

A mediano plazo: • Definición de los procedimientos para fija r los honorarios mínimos, cuando no se trate de servidores públicos, para retribuir las labores de diseño estructural, estudios

reunión.

A mediano plazo: • Definición de los procedimientos para fija r los honorarios mínimos, cuando no se trate de servidores públicos, para retribuir las labores de diseño estructural, estudios geotécnicos, diseño de elementos no estructu rales, revisión de diseños y estudios, dirección de construcción y supervisión técnica de la construcción (g) - Los miembros de la Comisión consideraron que las imp licaciones jurídicas que tiene este punto merecen un estudio detallado por parte de las diferentes sociedades y asociaciones profesionales. Se acordó que en la próxima reunión se conformará una subcomisión que estudie el asunto. • Aplicación del concepto de calidad total, exonerando de la supervisión técnica realizada por terceros (Sección I.2.13, Decreto 33/98)(k) - Se estudiará en una reunión próxima. • Reglamentación del alcance de la Supervisión Técnica (Sección I.1.5.1, Decreto 33/98)(l) - Se estudiará en una reunión próxima. • Especificaciones de construcción aprobadas por la Comisión (Sección I.2.4.3, Sección I.A.3.2, Decreto 33/98)(m) - Se estudiará en una reunión próxima. • Idoneidad y experiencia del supervisor técnico (Capítulo I.3, Decreto 33/98)( n) - Se estudiará en una reunión próxima.

A largo plazo: • Definición del alcance de los estudios de microzonificación (f) - Se consideró que lo contenido en el Decreto 33/98 es suficiente. • Empleo de movimientos sísmicos diferentes a los prescritos en el NSR-98 (Sección

A largo plazo: • Definición del alcance de los estudios de microzonificación (f) - Se consideró que lo contenido en el Decreto 33/98 es suficiente. • Empleo de movimientos sísmicos diferentes a los prescritos en el NSR-98 (Sección A.2.1.3, Decreto 33/98)(i) - Se acordó que en el momento en que se presente a la Comisión una consulta a respecto, la Comisión estudiará el tema. • Empleo de procedimientos diferentes para diseño para viento en el NSR-98 (Sección B.6.1, Decreto 33/98) (j) - Se acordó que en el momento en que se presente a la Comisión una consulta a respecto, la Comisión estudiará el tema 8° - Acreditación de la experiencia de los profesionales - Se acordó por unanimidad que, en tanto se establezca el procedimiento para realizar la pruebas de idoneidad, ésta debe acreditarse ante las Curadurías Urbanas y Ofic inas de Planeación municipal, por medio deCOMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN ACTA N° 1

DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTE

Hoja N° 5

Secretaría de la Comisión: Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica la correspondiente fecha de expedición de la m atrícula profesional. La forma jurídica como esta resolución debe expedirse queda supeditada a la consulta que realizará el Ministerio de Desarrollo, como se indicó en el punto 4º de esta Acta.

9° - Fe de erratas del Decreto 33/98 - Se acordó por unanim idad, que la AIS y la ACIES inicien la recopilación de las observacione s que se han presentado acerca de errores

9° - Fe de erratas del Decreto 33/98 - Se acordó por unanim idad, que la AIS y la ACIES inicien la recopilación de las observacione s que se han presentado acerca de errores menores y pequeñas inconsistencias dentro del Decreto 33 de 1998. Una vez se disponga de esta recopilación se expedirá un Decreto Re glamentario, por parte del Gobierno Nacional, por m edio del cual se subsanen. Este Decr eto debe ser expedido durante el curso de presente año, para que haga parte de la NSR-98.

10° - Próximas reuniones - Se acordó por unanim idad, que la Com isión se reúna nuevamente los días Martes 26 de Mayo de 1998, a las 2:30 PM en el Despacho del Sr. Ministro de Desarrollo Económico y el día 21 de Julio de 1998 en el mismo lugar y hora.

Siendo las 5 PM se levantó la sesión.

Para constancia se firma:

Presidió: Secretario:

Patricia Torres Arzayús Viceministra de Desarrollo Económico

Omar Darío Cardona Arboleda Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica

Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Santa Fe de Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827

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