CAPCSR - Acta 081
Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
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Detalles
- Título
- CAPCSR - Acta 081
- Autor
- Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
Ministeri Ambiente. Vivienda y D llo TerritorialVr de Vale Desanolo Tera BIC ENTENARIO beDirección del Sistema Habitacional 1810-2010Yletal yola. Repúblicade Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997)ActaN° 81
Fecha: 15 de Diciembre de 2009Hora:4:00 pmLugar:Gun Club, Bogota.Asistentes:Dra. Luz Angela Martinez Bravo, Representante MAVDTIng. Luis Enrique García R., Representante de la Presidencia de la RepublicaIng. Carlos Eduardo Bernal L., Delegado del Presidente de ACIES.Ing. Luz Dary Pulido C., Delegada de CAMACOLIng. Luis Eduardo Laverde L., Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de IngenierosArq. Jorge Pardo, Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de ArquitectosIng. Carlos E. Alvarado F., Delegado del INGEOMINASIng. Juan Fernando Arango, Delegado del Ministro del TransporteIng. Luis Enrique Aycardi F., Presidente de AISInvitados:ing. Manuel Ramírez D., Delegado del ICONTECIng. Carlos Ariel Cortés Mateus, Delegado del MAVDT
DESARROLLO DE LA REUNIÓN
1. Verificación del quórum Se verificó satisfactoriamente el quórum reglamentario.
Secretaría de la Comisión: GIS Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 20 N° 84-14 Oficina 502 « Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827s 2 - . Territori / ,.o a eso Ta y Desarrollo erritorial BICENTENARIO VeDireccióndel Sistema Habitacional ano JNRepúblicade Colombia
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997)Acta N° 81
2. Lectura y aprobación del Orden del Dia.
Se aprobó el orden del día propuesto para la reunión.3. Aprobación del Acta de la reunión 80. Se aprobó el acta de la reunión 80 una vez atendidas algunas observaciones menores.
4. Informe sobre trámites realizados respecto a la aprobación del nuevo ReglamentoColombiano de Construcción Sismo Resistente Los ingenieros Luis Enrique García y Luis Enrique Aycardi informan a la Comisión que el día 25de noviembre se realizó una reunión con la Dra. Elsa Judith Garavito, Directora de la OficinaJurídica del MAVDT quien hizo algunas observaciones al documento del borrador de Decreto.Igualmente el día 1° de diciembre se presentó de manera informal el documento al Subdirectorde la Oficina Jurídica de la Presidencia de la República, Dr. Armando López, quien sugirió quese presentara el nuevo Reglamento como un anexo al Decreto y que en el cuerpo del Decretosolo estuvieran los considerandos, las derogaciones y los otros temas conexos de indolejurídica. De igual forma se decidió de común acuerdo con el MAVDT que el Reglamento sellamara NSR-10 en lugar de NSR-09 debido a la imposibilidad de radicar el documento antesdel 11 de Diciembre de 2009, fecha de cierre de recibo de nuevos decretos para estudio en laOficina Jurídica de Presidencia.
5. Visto favorable de la Comisión sobre el Documento de la Actualización delReglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10
Con anterioridad a la presente reunión, los miembros de la Comisión habían tenido acceso aldocumento final de propuesta del Reglamento NSR-10 que había sido colocado en unadirección ftp para consulta y por lo tanto una vez atendidas las observaciones de los miembrosde la Comisión se propuso la aprobación del nuevo Reglamento Colombiano de ConstrucciónSismo Resistente — NSR-10 de acuerdo con el Artículo 40 de la Ley 400 de 1997. Igualmente sedio lectura al borrador del Decreto para la adopción de la actualización del Reglamento.
Secretaría de la Comisión: .25 Asociación Colombiana de Ingeniería SismicaCarrera 20 N° 84-14 Oficina 502 » Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 + Fax: 530-0827Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial eVicanitiseso de Vidende y Dessmollo Terral BICENTENARIO &Direccióndei Sistema Habitacional 1810-2010 Y)Repúblicade Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997)Acta N° 81
La Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes apruebapor unanimidad la recomendación al Señor Presidente de la República de favorable de laactualización del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10 tal comose presentó ante ella con base en las siguientes consideraciones:1.Que el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente es un documentotecnológico que amerita actualizaciones periódicas consecuentes con los avances en lasciencias de la ingeniería y la arquitectura y en especial de la ingeniería sísmica yademás con las experiencias que se adquieren con los sismos fuertes que ocurrenperiódicamente en el territorio nacional y en otros países del mundo y sobre las formasde mitigar sus daños.Que la última versión del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo ResistenteNSR-98 se expidió, dentro de las autorizaciones dadas por la Ley 400 de 1997, pormedio del Decreto 33 de 1998.Que con posterioridad a la expedición del Reglamento Colombiano de ConstrucciónSismo Resistente NSR-98 han ocurrido en el país sismos importantes que han causadovíctimas y daños a las edificaciones dentro de los cuales se destacan: el sismo delQuindío de enero 25 de 1999 que afectó la zona cafetera y especialmente las ciudadesde Armenia y Pereira, el sismo de Pizarro del 15 de noviembre de 2004 que afectó laciudad de Cali y el sismo de Quetame del 24 de mayo de 2008 que causó daños en laciudad de Bogotá.Que estos sismos fuertes que han ocurrido en el territorio nacional recientemente hanindicado aspectos que deben actualizarse y mejorarse dentro del ReglamentoColombiano de Construcción Sismo Resistente para hacerlo más efectivo en la defensade la vida de los ciudadanos y del patrimonio del Estado y los particulares ante suocurrencia.
Que la actualización del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo ResistenteNSR 10 incluye unos nuevos mapas de Amenaza Sísmica elaborados por el Instituto deInvestigaciones en Geociencia, Minería y Química — Ingeominas y la AsociaciónColombiana de Ingeniería Sísmica — AIS, los cuales tienen en cuenta los estudios deneotectónica que se han realizado en el país en la última década por diferentesinstituciones y entidades y la distribución espacial y en el tiempo de más de 17000
Secretaría de la Comisión: GI Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 20 N° 84-14 Oficina 502 + Bogotá, D. C., COLOMBIA « Teléfono: 530-0826 » Fax: 530-0827Ministeriode Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialViceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial BICENTENARIO YDirección del Sistema Habitacional 1810-2010cs >)Repúblicade Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997)Acta N° 81
sismos registrados por la Red Sismológica Nacional y la Red Nacional de Acelerógrafosadscritas al Ingeominas durante este mismo lapso en el territorio nacional, de los cualesmás de 100 tuvieron magnitud de Richter mayor de 5.0.6. Que el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR 10 consulta losmás modernos documentos mundiales de diseño sismo resistente los cuales han tenidovarias actualizaciones durante el lapso trascurrido desde la expedición de lareglamentación de 1998 las cuales se incluyen en la presente versión.7. Que la redacción de la propuesta de actualización del Reglamento Colombiano deConstrucción Sismo Resistente NSR 10, al igual que la de 1984 y la de 1998, estuvo acargo del Comité AIS-100 de la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica - AIS porencargo de la Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones SismoResistentes, creada por medio de la Ley 400 de 1997 y adscrita al Ministerio deAmbiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Comisión que vigiló y revisó que los trabajosde actualización se hicieran siguiendo los lineamientos propios de trabajos científicos deesta naturaleza y cumpliera con lo prescrito por la Ley 400 de 1997.8. Que el Reglamento NSR-10 actualiza todos los temas incluidos en el ReglamentoNSR-98 y además adiciona algunos temas nuevos dentro de los cuales se destacan lasprescripciones para el diseño y construcción de estructuras de guadua o bambú lascuales consultan los avances e investigaciones que se han realizado en el país sobreeste tema de especial importancia en muchas regiones
de él.9. Que el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR 10 se llevó adiscusión pública en la cual participaron mas de mil ingenieros, instituciones yuniversidades nacionales y que las observaciones recibidas fueron discutidas yadoptadas, cuando eras acertadas, por la Comisión Asesora Permanente del Régimende Construcciones Sismo Resistentes.10.Que la Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones SismoResistentes compuesta según lo indica el Artículo 40 de la Ley 400 de 1997, a saber porel representante de la Presidencia de la República, el representante del Ministerio deAmbiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el representante del Ministerio de Transporte,el delegado del Representante Legal del instituto de Investigaciones en Geociencia,Minería y Química — Ingeominas, el Presidente de la Asociación Colombiana deIngeniería Sísmica — AIS, quien actuó como Secretario de la Comisión, el delegado del
Secretariade la Comisión: 263 Asociación Colombiana de ingeniería SísmicaCarrera 20 N° 84-14 Oficina 502 » Bogotá, D. C., COLOMBIA + Teléfono: 530-0826 » Fax: 530-0827Ministeriode Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (AViceministerio de Vivienda y Desarrollo Tenilorial BICENTENARIO LNDireccióndel Sistema Habitacional 1020Repúblicade Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997)Acta N° 81
Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros — SCI, el delegado del Presidentede la Sociedad Colombiana de Arquitectos - SCA, el delegado del Presidente de laAsociación Colombiana de Ingeniería Estructural - ACIES y el delegado del Presidentede la Cámara Colombiana de la Construcción — CAMACOL; consideró unánimementeque el documento que se estudió para dar el visto favorable al señor Presidente de laRepública, según lo requiere la Ley 400 de 1997, representa un avance importante en lamitigación de los daños de los sismos a las edificaciones en el territorio nacional, y por lotanto recomienda su adopción.La Secretaría de la Comisión informará al Señor Ministro de Ambiente, Vivienda y DesarrolloTerritorial sobre esta decisión y sugerirá que se incluya dentro de los Considerandos delborrador de Decreto de adopción de la actualización de la Reglamentación nacional de sismoresistencia.
6. Respuestas a consultas presentadas a la Comisión Se informa que se han preparado las respuestas a las comunicaciones acordadas en la reuniónanterior.
7. Nuevas consultas elevadas a la Comisión7.a — Se recibió comunicación en la que el Director de Desarrollo Territorial, Doctor GUILLERMOHERRERA CASTAÑO da traslado a la Comisión de la consulta N°53366, Radicación N°4120-E1-103036, del señor JAVIER ELIAS ARIAS IDARRAGA, cc. 10'141.947, quien solicita se leindiquen los municipios de los departamentos de Caldas, Risaralda, Quindío y Antioquia quehan cumplido con el estudio de microzonificación sísmica que establece la ley 400 de 1997. Enrespuesta a la consulta la Comisión se pronuncia asi:
1. De acuerdo con el Artículo 2° del Decreto 2809 del año 2000 la Comisión solodebe aprobar los estudios de microzonificación en aquellos casos cuando en suelaboración se empleen fondos de entidades de la Nación. Hasta la fecha del díade hoy ningún municipio de los departamentos de Caldas, Risaralda, Quindío yAntioquia, ha solicitado aprobación de estudios de microzonificación ante laComisión.
Secretaria de la Comisión: GIS Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 20 N° 84-14 Oficina 502 « Bogotá, D. C., COLOMBIA + Teléfono: 530-0826 » Fax: 530-0827Ministeriode Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialViceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial BICENTENARIO £leDirección del Sistema Habitacional cs SS,Repúblicade Colombia
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2. Si algún municipio de los departamentos mencionados anteriormente harealizado estudios de microzonificación sin que en su elaboración se hayanempleado fondos de entidades de la Nación no es de incumbencia de laComisión ni está dentro de las funciones que le fija la Ley. 7.b — Se recibió comunicación en la que la inspectora MARIA INES DUQUE ATEHORTUA, de laInspección 10 de Policía Urbana de la ciudad de Medellín, solicita información respecto a si el tipode construcciones de casas prefabricadas realizadas por la firma CYPRESS CASAS YPREFABRICADOS S.A. cumple con la Ley 400 de 1997 y sus decretos reglamentarios. LaComisión se pronuncia asi:1. En la Ley 400 de 1997 no se prohíben los sistemas prefabricados pero sí se danunas recomendaciones que deben cumplirse. Es función de las oficinas encargadasde otorgar las licencias de construcción, revisar que el diseño de las edificacionescumpla con lo estipuladoen la Ley 400 de 1997 y sus decretos reglamentarios.2. A la fecha del día de hoy, la Comisión no ha recibido solicitud alguna de Régimen deExcepción, según lo prescribe la Ley 400 de 1997, para casas prefabricadas de lafirma CYPRESS CASAS Y PREFABRICADOS S.A.
7.c — Se recibió comunicación del señor JAVIER ELIAS ARIAS IDARRAGA, cc. 10'141.947,quien amparado en el artículo 23 de la Carta Política se le brinde copia de las funcionescorrespondientes a la Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones SismoResistentes, saber porque se le requirió al señor alcalde de Norcasia, Caldas, que informaráacerca del estado de avance de los estudios relacionados con la Ley 400 de 1997 y finalmentesolicita certificación autentica de los municipios y entidades que han cumplido con lo ordenadoen la Ley 400 de 1997 en el territorio nacional. La Comisión estudia la comunicación y sepronuncia así:1. Las funciones de la Comisión Asesora Permanente del Régimen de ConstruccionesSismo Resistentes son las que fija el artículo 41 de la Ley 400 de 1997.2. Hasta la fecha y desde la creación de la Comisión por medio de la Ley 400 de 1997 laComisión no ha recibido oficialmente comunicación alguna de municipio alguno delpaís en que haga referencia a la información que se solicita y no está dentro de lasfunciones que le fija la Ley solicitala y menos aún emitir certificaciones sobre elcumplimiento de algo que desconoce y no esta dentro de las funciones que le fijó laey
Secretaría de la Comisión: PAS Asociación Colombiana de ingeniería SismicaCarrera 20 N° 84-14 Oficina 502 « Bogotá, D. C., COLOMBIA + Teléfono: 530-0826 + Fax: 530-0827Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialViceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial BICENTENARIO aDirección del Sistema Habitacional 1810-2010cats SpRepúblicade Colombia
COMISIÓN ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997)ActaN° 81
8. Proposiciones y varios.No se presentan proposiciones.9. Próxima reunión.
Se acuerda la próxima reunión para el 11 de Febrero de 2010.Se dio por terminada la reunión a las 6:00 pm.
Para constancia se firma: Presidente de la Comisión: Secretario: Dra. Luz Angela Martinez Bravo Ing. Luis Enrique AycardiMAVDT Presidente de AIS
Secretaría de la Comisión: CESS Asociación Colombiana de Ingeniería SiemicaCarrera 20 N° 84-14 Oficina 502 » Bogotá, D. C., COLOMBIA « Teléfono: 530-0826 » Fax: 530-0827