CAPCSR - Acta 085
Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
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Detalles
- Título
- CAPCSR - Acta 085
- Autor
- Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
"Ilkft.„ At libertad y Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 85
Fecha: 8 de Junio de 2010
Hora: 4:00 pm
Lugar: Oficinas P & D Asistentes: Dr. Luis Felipe Henao, Viceministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quien actuó como Representante MAVDT Ing. Luis Enrique García R., Representante de la Presidencia de la República
Ing. Carlos Eduardo Bernal L., Delegado del Presidente de ACIES. Ing. Luz Dary Pulido C., Delegada de CAMACOL Ing. Luis Eduardo Laverde L., Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros Arq. Jorge Pardo Castro, Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos Ing. Carlos E. Alvarado F., Delegado del INGEOMINAS Ing. Luis Enrique Aycardi F., Presidente de AIS
Invitados: Ing. Carlos Ariel Cortés Mateus, Invitado del MAVDT
Dra. Viviana Hernandez, Invitada del MAVDT Dr. Alonso Cárdenas, Invitado del MAVDT Dra. Martha Pinto de De Hart, Invitada de Camacol Dra. Maria Paula Camacho, Invitada de Camacol Dra. Sandra Forero, Invitada de Camacol
Secretaría de la Comisión: 215 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Dra. Maria Paula Camacho, Invitada de Camacol Dra. Sandra Forero, Invitada de Camacol
Secretaría de la Comisión: 215 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827libertad y Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta 85
DESARROLLO DE LA REUNIÓN
1. Verificación del quórum El Ing. Juan Fernando Arango, Delegado del Ministro del Transporte se excusó de asistir a la reunión.
Se verificó satisfactoriamente el quórum reglamentario.
2. Lectura y aprobación del Orden del Día.
Se aprobó el orden del día propuesto para la reunión.
3. Aprobación del Acta de la reunión 84.
Se aprueba el Acta de la reunión N° 84 con observaciones menores las cuales fueron incorporadas al Acta..
4. Respuestas a consultas presentadas a la Comisión Se informa que se han preparado las respuestas a las comunicaciones acordadas en la reunión anterior.
5. Nuevo Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, Decreto 926 del 19 de Marzo de 2010
Por solicitud del Dr. Luis Felipe Henao, Viceministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial se
anterior.
5. Nuevo Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, Decreto 926 del 19 de Marzo de 2010
Por solicitud del Dr. Luis Felipe Henao, Viceministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial se invitó a la reunión a los representantes de Camacol quienes en conjunto con los invitados del MAVDT presentan a la Comisión inquietudes respecto a la entrada en vigencia de los Decretos 926 de 2010 y 1469 de 2010. En especial se plantea de parte de los representantes de Camacol el poco tiempo con que se ha contado para la difusión del nuevo Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10 adoptado por medio del Decreto 926/10 y los inconvenientes que se presentan con los proyectos por etapas y especialmente aquellos que han sido prevendidos con anterioridad a la expedición del nuevo Reglamento NSR-10 y sobre los cuales aún no se ha Secretaría de la Comisión: 2 15 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827aV-30:k74'21.1 libertaG Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 85 obtenido la correspondiente licencia de construcción y que por lo tanto se verían afectados al ser de
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 85 obtenido la correspondiente licencia de construcción y que por lo tanto se verían afectados al ser de cumplimiento obligatorio el Decreto 926 de 2010 a partir del 15 de julio del presente año. Igualmente el señor Viceministro planteó la preocupación del Gobierno Nacional relacionada con los inconvenientes que se puedan presentar con proyectos de vivienda de interés social (VIS) que aún no han obtenido licencias pero que ya cuentan con la asignación de subsidios. La Comisión debatió ampliamente lo expresado anteriormente y después de escuchar todos los argumentos, resolvió de manera unánime recomendar al señor Presidente de la República la expedición de un Decreto que postergue la entrada en vigencia del Decreto 926 de 2010 y aclare las condiciones especiales por medio de las cuales las licencias de construcción de proyectos por etapas y de las modificaciones a licencias vigentes en el momento en que entre en vigencia el Decreto 926 de 2010 se puedan acoger al Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-98 o a su nueva versión NSR-10 adoptada por medio del Decreto 926 de 2010. La propuesta fue acogida unánimemente por los miembros de la Comisión y se decidió recomendar al Señor Presidente de la República la expedición de un decreto que amplié el plazo de entrada en vigencia del nuevo Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente de acuerdo con lo siguiente: La Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes aprueba por unanimidad la siguiente recomendación favorable al Señor Presidente de la República de ampliar el plazo de adopción de la actualización del Reglamento Colombiano de Construcción
La Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes aprueba por unanimidad la siguiente recomendación favorable al Señor Presidente de la República de ampliar el plazo de adopción de la actualización del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10, promulgada por medio del Decreto 926 de 2010, con base en las siguientes consideraciones:
1. Que la última versión del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR10 se expidió, dentro de las autorizaciones dadas por la Ley 400 de 1997, por medio del Decreto 926 de 2010, el cual tiene prevista su entrada en vigencia el día 15 de julio de 2010.
2. Que se debe contar con un período adecuado para difundir el nuevo Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10 dentro de los profesionales dedicados al diseño y construcción de edificaciones que además les permita estudiar detalladamente sus requisitos y que garantice que serán aplicados correctamente.
3. Que se debe otorgar un plazo razonable de transitoriedad para la aplicación de la NSR-10, con el objeto de que los proyectos vendidos puedan obtener las licencias de construcción correspondientes sin afectar las especificaciones previamente contratadas con los compradores ni afectar el punto de equilibrio de los proyectos lanzados.
Secretaría de la Comisión: 2j5 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 Fax: 530-0827libertod y Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
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(Creada por fa Ley 400 de 1997) Acta N° 85
4. Que es necesario otorgar seguridad jurídica a los proyectos urbanísticos y de construcción por etapas, respecto a la aplicación del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR con que se aprobó el proyecto inicialmente.
5. Que la Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes compuesta según lo indica el Artículo 40 de la Ley 400 de 1997, a saber por el representante de la Presidencia de la República, el representante del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el representante del Ministerio de Transporte, el delegado del Representante Legal del Instituto de Investigaciones en Geociencia, Minería y QuímicaIngeominas, el Presidente de la Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica - AIS, quien actuó como Secretario de la Comisión, el delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros - SCI, el delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de ArquitectosSCA, el delegado del Presidente de la Asociación Colombiana de Ingeniería Estructural - ACIES y el delegado del Presidente de la Cámara Colombiana de la Construcción - CAMACOL; unánimemente dio visto favorable de la presente reforma al señor Presidente de la República, según lo requiere la Ley 400 de 1997, y por lo tanto recomienda su adopción."
y el delegado del Presidente de la Cámara Colombiana de la Construcción - CAMACOL; unánimemente dio visto favorable de la presente reforma al señor Presidente de la República, según lo requiere la Ley 400 de 1997, y por lo tanto recomienda su adopción." La Secretaría de la Comisión informará al Señor Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial sobre esta decisión y sugerirá que se incluyan dentro de los considerandos del decreto que se adopte para ampliar el plazo de transitoriedad del nuevo Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10.
6. Nuevas consultas elevadas a la Comisión Por falta de tiempo para deliberar no se estudian las consultas que se han recibido y se pospone su análisis para la próxima reunión.
7. Proposiciones y varios.
No se presentan proposiciones.
8. Próxima reunión.
Se acuerda la próxima reunión para el 13 de Julio de 2010. Se dio por terminada la reunión a las 8:00 pm.
Secretaría de la Comisión: 2'5 A sociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-08277t. g libertad-Y Orden Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 85
Para constancia se firma: Presidente de la Comisión: Secretario:
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DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 85
Para constancia se firma: Presidente de la Comisión: Secretario:
> Dr. Luis ipe Henao Inc. Luis EnliqueVlycardi Ministerio de Ambiente, Vivienda y Presidente de la Asociación Desarrollo Territorial colombiana de Ingeniería Sísmica y Secretario de la Comisión
Secretaría de la Comisión: 215 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827