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CAPCSR - Acta 090

Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes

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Detalles

Título
CAPCSR - Acta 090
Autor
Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial EAViceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial BICENTENARIO veDirección del Sistema Habitacional tate-z010 A,j >República de Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 90

Fecha: 23 de noviembre de 2010

Hora: 4:00 pm

Lugar: Oficinas M.A.V.D.T.

Asistentes: Dr. Daniel Vasquez, Representante MAVDTIng. Luis Enrique Garcia R., Representante de la Presidencia de la RepublicaIng. Carlos Eduardo Bernal L., Delegado del Presidente de ACIES.Ing. Luz Dary Pulido C., Delegada de CAMACOLIng. Luis Eduardo Laverde L., Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de IngenierosArq. Alejandro Sokoloff, Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de ArquitectosIng. Carlos E. Alvarado F., Delegado del INGEOMINASIng. Luis Enrique Aycardi F., Presidente de AIS Invitados: Ing. Carlos Ariel Cortés Mateus, Invitado del MAVDTIng. Manuel Ramírez, Invitado del ICONTECArq. Jorge Pardo Castro, Invitado de la Sociedad Colombiana de Arquitectos DESARROLLO DE LA REUNIÓN4. Verificación del quórum El ingeniero Juan Fernando Arango, Delegado del Ministro del Transporte, se excusó de asistira la reunión. El ingeniero Luis Enrique Aycardi informa que se recibió una carta del Presidentede la Sociedad Colombiana de Arquitectos en la que se informa que a partir de la fecha el

Secretaría de la Comisión: eis Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 » Bogotá, D. C., COLOMBIA + Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial iAViceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial BICENTENARIO a!ASdelo lndependencio de Colombia “=p aeDirección del Sistema Habitacional 1810-2019República de Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 90 arquitecto Alejandro Sokoloff será el delegado de la SCA ante la Comisión. El arquitecto JorgePardo Castro hace una presentación del nuevo delegado de la Sociedad Colombiana deArquitectos y agradece a los miembros de la Comisión la colaboración y amistad brindadadurante los años en que representó a la SCA.La Comisión da la bienvenida al arquitecto Sokoloff y agradece de manera especial al arquitectoJorge Pardo por su trabajo y dedicación a la Comisión mientras ejerció la representación de laSCA ante la Comisión.

Se verificó satisfactoriamente el quórum reglamentario.

2. Lectura y aprobación del Orden del Dia.

Se aprobó el orden del día propuesto para la reunión incluyendo un numeral de consultas quese recibieron a última hora.

3. Aprobación del Acta de la reunión 89.

Se aprobó el acta de la reunión N° 89 luego de implementar algunas observaciones menores.

4, Respuestas a consultas presentadas a la Comisión Se informa que se han preparado las respuestas a las comunicaciones acordadas en la reuniónanterior. 5 Nuevas consultas elevadas a la Comisión 5. a — Se recibió comunicación del JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVO DE BOGOTA,donde se solicita rendir informe técnico sobre el cuestionario que obra a folio 925 a 927 delexpediente N° 2008-00163. La Comisión considera de manera preliminar que el estudio deltema se sale de las responsabilidades, funciones y atribuciones de la Comisión y remite eldocumento a la oficina jurídica del MAVDT para su estudio y elaboración de la respuesta alJuzgado Cuarto.

Secretaría de la Comisión: ais Asociación Colombiana de ingeniería Sísmica

Carrera 19A N° 84-14 Oficina 502 » Bogotá, D. C., COLOMBIA o Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial heViceministerio de Vivienda y Desarrollo Temrtorial BICENTENARIO /=sDirección del Sistema Habitacional 1610-2010)República de Colombia

COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 90 5. b — Se recibió comunicación de la Secretaria de Educación de Bogotá, donde se informa ala Comisión que se está trabajando en la revisión del Plan Maestro de EquipamientosEducativos y en ese proceso se han encontrado algunas aparentes contradicciones entre lasnormas técnicas vigentes y por lo tanto se solicita la aclaración de algunas inquietudes. Lasubcomisión previamente establecida en la reunión del día 12 de octubre se reunió con losrepresentantes de la Secretaría y ha presentado a ta Comisión un informe verbal basado en elcual la Comisión responde a las inquietudes en el mismo orden de la comunicación así:

1. Aunque la exención de impuestos se menciona en la Ley 400 de 1997, se indicacon un “podrán” en el Artículo 53 de la Ley. Por tratarse de un tema de licencias deconstrucción, su implementación debe reglamentarse a través de la Ley 388 de1997, lo cual no es del resorte de la Comisión. No obstante, la Comisión hatransmitido la inquietud al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorialcon una recomendación de que sería deseable que este tipo de exenciones esténcubiertas en la reglamentación de la Ley 388 de 1997 en un futuro cercano.De acuerdo con el Artículo 54 de la Ley 400 de 1997, a las Edificacionesindispensables y de Atención a la Comunidad se les debe evaluar suvulnerabilidad sísmica de acuerdo con lo prescrito en el Título A. Sin embargo laComisión considera que por tratarse de equipamientos educativos sería deseableque se propendiera por el cumplimiento de los Títulos J y K y en particular de laNTC 4595, la cual aun cuando no es de obligatorio cumplimiento, si está siendoaplicada en los proyectos del Ministerio de Educación Nacional y los de laSecretaría de Educación Distrital.La Comisión ya transmitió al ICONTEC a través del delegado invitado a laComisión de esa institución que es deseable la armonización de la norma NTC4595 con los requisitos de la NSR-10.Nuevamente de acuerdo con el Artículo 54 de la Ley 400 de 1997, a lasEdificaciones Indispensables y de Atención a la Comunidad se les debe evaluar suvulnerabilidad sísmica de acuerdo con lo prescrito en el Título A, yespecíficamente

el alcance de los estudios de vulnerabilidad está detallado en elCapítulo A.10, donde se establece el tipo de intervención de acuerdo con la fechade diseño y construcción de la edificación. Sin embargo la Comisión considera quepor tratarse de equipamientos educativos sería deseable que se propendiera por elcumplimiento de los Títulos J y K y en particular de la NTC 4595, la cual auncuando no es de obligatorio cumplimiento, si está siendo aplicada en los proyectosdel Ministerio de Educación Nacional y los de la Secretaría de Educación Distrital.

Secretaría de la Comisión: DAS Asociación Colombiana de Ingeniería SismicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 » Bogotá, D. C., COLOMBIA « Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827; i,oeMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Fae tte de pi y BICENTENARIO =Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial a INDirección del Sistema Habitacional 1810-2010 4) °Republica de Colombia

COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 90

5. A las autoridades competentes según lo establece la reglamentación de la Ley 388de 1997. 5. ¢ — Se recibió comunicación del señor JOHN JAIRO PALMA VILLEGAS, estudiante depregrado de la Facultad de Derecho de la Corporación Universitaria Republicana, quien solicitaaclaración respecto al alcance de los artículos 18, 53 y 54 de la Ley 400 de 1997. En respuestaa la consulta la Comisión se pronuncia así:1. La Ley 400 de 1997 se sancionó el 19 de agosto de 1997 y en su artículo 56 seestableció que regiría a partir de los seis meses siguientes de su sanción (19 defebrero de 1998). Igualmente se establece en ese artículo que quienes tramitenlicencias de construcción durante ese período, podrán acogerse a sus requisitos.De esta forma las edificaciones construidas antes del 19 de febrero puedenhaberse acogido al cumplimiento de la Ley 400 de 1997 pero no estaban enobligación de hacerlo.2. De acuerdo con el Artículo 54 de la Ley 400 de 1997, a las Edificacionesindispensables y de Atención a la Comunidad se les debe evaluar suvulnerabilidad sísmica de acuerdo con lo prescrito en el Titulo A. Las gestionespara solicitar la licencia y modificaciones de la estructura existente corresponde alpropietario de la edificación.3. Los términos para que se realizaran los estudios a que se refiere el artículo 54están establecidos allí mismo. Es importante resaltar que para el caso de lasedificaciones del sistema de salud, los plazos se modificaron mediante la Ley 715de 2001 y la Ley 1151 de 2007.

6. Análisis de las correcciones fipográficas de la NSR-10

Principalmente a través de la página de AIS, por intermedio de los directores de los subcomités delComité AIS-100 y de parte de los miembros de la Comisión se han recibido observaciones alreglamento NSR-10. El ingeniero Luis Enrique García presenta un documento que contiene lacompilación de las correcciones tipográficas de los Títulos A al |. La Comisión revisa lascorrecciones más relevantes y se hacen algunas observaciones entre las cuales se destaca el temade la rehabilitación de las construcciones patrimoniales y de conservación arquitectónica, que esespecialmente sensible en el caso de las instituciones educativas. El ingeniero Luis Enrique Aycardi informa que se ha reunido con la ingeniera Luz Dary Pulido y losdoctores Antonio García y Jaime Andrés García, para coordinar y revisar las correcciones de los

Secretaria de la Comisión: eis Asociación Colombiana de Ingenieria SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 e Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial ?te:Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial BICENTENARIO NSDirección del Sistema Habitacional tocata ANRepública de Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 90

Titulos J y K y en este momento ya se tiene un borrador de las correcciones tipográficas de esostítulos. La Comisión acuerda que el arquitecto Alejandro Sokoloff se reúna con los doctores Garcíapara revisar el borrador e informar a la Comisión. Se analizan los tiempos necesarios para que se pueda dar la posibilidad de emitir un decreto dondese incluyan las correcciones tipográficas de la NSR-10 y se acuerda que se realizará una reunión dela Comisión la semana entrante para aprobar el documento de correcciones tipográficas de la NSR-10, para tratar de tener el documento radicado en la Presidencia de la República antes del 10 dediciembre.

7. Proposiciones y varios.

Se les recuerda a los miembros de la Comisión que en la primera reunión del año 2011 seanalizarán las actividades por acometer entre las cuales se incluirá el tema del examen deacreditación. Adicionalmente el ingeniero Luis Enrique García se ofrece para presentar unborrador de actualización del reglamento interno. é. Próxima reunión. Se acuerda la próxima reunión para el 30 de noviembre de 2010.Se dio por terminada la reunión a las 7:30 pm.Para constancia se firma: |Presidente de la Com Secretario:| \ od Maa ez o ing. Luis Enrique Aycardiy MAVOJT . tene dé AIS

Secretaria de la Comisión: cis Asociacién Colombiana de Ingenieria Sismica

Carrera 19A N° 84-14 Oficina 502 + Bogotá, D. C., COLOMBIA » Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827

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