CAPCSR - Acta 102
Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CAPCSR - Acta 102
- Autor
- Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioDirección del Sistema HabitacionalRepública de ColombiaLibertad y Orden COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 102
Fecha: 29 de febrero de 2012
Hora: 4:00 pm
Lugar: Oficinas MVCT Asistentes: Ing. Carlos Ariel Cortés, Representante del MVCTIng. Luis Enrique Garcia R., Representante de la Presidencia de la RepublicaArq. Alejandro Sokoloff, Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de ArquitectosArq. Sandra Forero, Presidente Ejecutiva de CAMACOLIng. Josué Galvis, Presidente de ACIESIng. Iván López, Representante del Ministro de TransporteIng. Luis Enrique Aycardi F., Presidente de AIS Invitados: Ing. Luz Dary Pulido, Invitada de CAMACOLIng. María Zulema Velez, Directora de ICONTEC.Ing. Manuel Ramirez, Invitado de ICONTEC.
DESARROLLO DE LA REUNIÓN
1. Verificación del quórum Los Ingenieros Carlos E. Alvarado F., Delegado del INGEOMINAS y Luis Eduardo Laverde,Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros se excusaron de asistir a lareunión.
Secretaría de la Comisión: ais Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 « Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioDirección del Sistema HabitacionalRepública de ColombiaLibertad y Orden
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 102
Se verificó satisfactoriamente el quórum reglamentario.
2. Lectura y aprobación del Orden del Día.
Se aprobó el orden del día propuesto para la reunión.
3. Aprobación del Acta de la reunión 101
Se aprobó el acta de la reunión N° 101 con algunas modificaciones menores que se habíanrecibido vía correo electrónico.
4. Respuestas a consultas presentadas a la Comisión Se informa que se han preparado las respuestas a las comunicaciones acordadas en la reuniónanterior y se analiza el estado de avance en el estudio de las siguientes consultas:4.a — La subcomisión encargada del estudio de la consulta presentada por la firma ARKOS,quienes solicitaron homologación del sistema estructural, informa a la Comisión que noconsidera procedente otorgar un régimen de excepción y por lo tanto no aprueba la solicitud dehomologación de la firma ARKOS y en especial realiza los siguientes comentarios al documentoestudiado:1. Se debe presentar la revisión del sistema estructural a la luz del ReglamentoColombiano NSR-10, único documento de diseño sismo resistente que tiene validezjurídica en el territorio de la República de Colombia.2. Los resultados de los ensayos de laboratorio realizados en la Universidad de Chile ylos demás documentos de soporte que corresponden a entidades chilenas deben serpresentados debidamente certificados por las autoridades chilenas correspondientesante la Embajada de Colombia en Chile y posteriormente ante la Cancillería enBogotá, lo cual permitiría, si la Comisión lo considera pertinente, avalar dichosdocumentos.
4.b — La subcomisión encargada del estudio de la consulta presentada por la firma Grupo Ortiz,quienes solicitaron homologación de su sistema estructural informa a la Comisión que no
Secretaría de la Comisión: ais Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 e Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 « Fax: 530-0827Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioDirección del Sistema HabitacionalRepública de ColombiaLibertad y Orden
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 102 considera procedente otorgar un régimen de excepción y por lo tanto no aprueba la solicitud dehomologación de la firma Grupo Ortiz y en especial realiza los siguientes comentarios aldocumento estudiado:1. La Comisión ve con preocupación que no existe evidencia en la documentaciónentregada de prescripciones sísmicas en el sistema estructural presentado el cual solomenciona solicitaciones gravitacionales e inclusive incluye procedimientos de diseño queel Reglamento NSR-10 prohíbe explícitamente. En especial se llama la atención acercade la importancia del detalle que debe haber en el estudio de la respuesta sísmica de lasconexiones, los elementos prefabricados y la estructura en general.2. Teniendo en cuenta la documentación presentada, el sistema estructural podríautilizarse a la luz del Reglamento NSR-10 siguiendo las prescripciones del Título A paraestructuras prefabricadas con un valor bajo de R, como allí se prescribe y cumpliendocon los requisitos para estructuras prefabricadas del Título C del Reglamento NSR-10.3. Para lograr una mejor calificación del sistema, definitivamente sería necesario porparte de los proponentes la realización de un estudio experimental y analítico delcomportamiento de las conexiones, los elementos prefabricados y la estructura enconjunto, ante eventos sísmicos, para ser presentado ante la Comisión para un eventualrégimen de excepción una vez sea estudiada y avalada por ella la información aportada.4.c — La subcomisión encargada del estudio de la consulta presentada por la firma Great EcoSolutions, quienes solicitaron homologación de su sistema estructural, informa a la Comisiónque el estudio de la documentación recibida aun está en proceso.
5. Consultas a la Comisión. 5.a — Se recibió comunicación del Ingeniero CARLOS ARIEL CORTES MATEUS, Asesor Grupode Desarrollo Técnico del MVCT, quien retransmite la consulta de la señora CLARA INESURREA, quien solicita concepto acerca de la negación en la asignación de los subsidios paracompra de vivienda usada en la ciudad de Yopal por el hecho de que fueron construidascumpliendo con los requisitos del reglamento NSR-98 y acorde con la actualización emitida pormedio del reglamento NSR-10 hubo modificación en la amenaza sísmica de Yopal. La Comisiónestudia el caso y se pronuncia así:1. Efectivamente en el nuevo mapa de amenaza sísmica nacional contenido en elReglamento NSR-10 la ciudad de Yopal de acuerdo con los parámetros de diseño sismoresistente cambió de zona de amenaza sísmica intermedia a alta. Sin embargo esto no
Secretaría de la Comisión: cis Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 « Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioDirección del Sistema HabitacionalRepública de ColombiaLibertad y Orden
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 102 significa que las edificaciones construidas siguiendo los requisitos del Reglamentoanterior (NSR-98) sean inseguras, ni estén en mayor riesgo de lo que pudieron estarantes.2. En la gran mayoria de los casos cuando se realizan actualizaciones de losreglamentos técnicos de diseño y construcción sismo resistente, algunos requisitos sehacen un poco más exigentes y otros menos exigentes, sin embargo actualizar todas lasconstrucciones existentes y en especial las viviendas, implicaría gastos que ningún paísen el mundo está en capacidad de asumir. La Ley 400 de 1997 solo exigió este tipo deactualización para las edificaciones indispensables y de atención a la comunicad y enningún caso para las de vivienda.3. La Comisión recomienda de manera muy especial se legalicen y se otorguen lossubsidios para la adquisición de vivienda usada construida cumpliendo los requisitos delreglamento NSR-98 en la ciudad de Yopal, Casanare, y en el resto del país ante lamisma situación si ésta se presentare.
5.b — Se recibió comunicación del ingeniero JOSE JOAQUIN ALVAREZ, revisor de la Curaduría4 de Bogotá, quien presenta un cuestionario de cincuenta inquietudes referentes a lainterpretación de diferentes aspectos de las modificaciones al Reglamento NSR-10 contenidasen el Decreto 340 del 13 de febrero de 2012 y en especial a las que se realizaron a los Títulos Jy K del Reglamento. La Comisión estudió de manera preliminar el carácter de las inquietudes ycon base en esto considera que este tipo de consultas una vez respondidas deben hacersepúblicas a través de las páginas electrónicas de las instituciones que asisten a la Comisión, einclusive podrían ser objeto de alguna circular del MVCT dirigida a las curadurías y oficinas deplaneación de los municipios. La Comisión designa una subcomisión integrada por la arquitectaSandra Forero y los ingenieros Luz Dary Pulido, Luis Enrique García y Luis Enrique Aycardipara estudiar esta consulta a la mayor brevedad posible. 5.c — Se recibió comunicación del ingeniero Santiago Rivadeneira, Gerente de la firma EDYCO,quien presenta una información preliminar de un sistema estructural desarrollado en Alemania yque podría ser de interés para solucionar los problemas de vivienda en el país y solicitainformación acerca del proceso que se debe seguir para obtener un régimen de excepción. LaComisión estudia la información recibida y teniendo en cuenta que se trata de materiales ysistemas estructurales que no están incluidos en el Reglamento NSR-10 se pronuncia así:1. El material (paneles tipo sándwich, fabricados con resinas, fibra de vidrio y poliestirenoexpandido, unidos entre sí con epóxicos y perfiles) no está incluido en el Reglamento
Secretaría de la Comisión: =
CIS Asociación Colombiana de Ingenieria SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 « Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioDirección del Sistema HabitacionalRepública de ColombiaLibertad y Orden
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 102
NSR-10 y por lo tanto, de acuerdo con la Ley 400 de 1997, para que la Comisión puedaemitir un concepto se debe surtir el siguiente trámite:a. Expedición de normas NTC por parte del ICONTEC que cubran los materialesutilizados por el sistema constructivo propuesto y que no están contenidas actualmenteen el Reglamento NSR-10.b. Presentación ante la Comisión de estudios experimentales que permitan determinar ysustentar el grado de disipación de energía del sistema estructural (para los grados dedisipación de energía DMI, DMO y/o DES) y sus limitaciones. El estudio debe demostrarclaramente la respuesta del sistema ante la ocurrencia de eventos sísmicos.c. Las limitaciones que se aplicarían en la utilización del sistema constructivo conrespecto a otras solicitaciones diferentes del sismo, tales como viento, cargas muertas yvivas, efectos térmicos y otros aspectos ambientales. El número de pisos que seríafactible construir con el sistema, las luces y los grupos de uso a emplear (vivienda,escolares, etc.).d. Cualquier información que se aporte debe hacer referencia al Reglamento NSR-10,único documento de diseño sismo resistente y estructural válido en el territorio de laRepública de Colombia. Cualquier información proveniente de laboratorios o entidadesde investigación de otros países, deben ser presentados debidamente certificados porlas autoridades del país de origen ante la Embajada de Colombia en ese país yposteriormente ante la Cancillería en Bogotá, lo cual permitiría, si la Comisión loconsidera pertinente, avalar dichos documentos.2. Se adjunta copia del documento de requisitos que deben cumplirse para el trámite dehomologación ante la Comisión.
5.d — Se recibió comunicación de la Arquitecta SANDRA FORERO RAMIREZ, PresidenteEjecutiva de CAMACOL, quien solicita aclaración respecto al tipo de tuberías enterradas que sepermiten de acuerdo con lo prescrito en el numeral J.4.3.8.2 del reglamento NSR-10 y enespecial, con referencia a la aplicación de la norma colombiana NTC 1669 que allí se menciona.Aparentemente, de acuerdo con algunos proveedores de tuberías solo se podrían cumplir losrequisitos de la NTC 1669 con un solo tipo de tubería importada, lo cual implicaría grandessobrecostos y restricciones. Los representantes del ICONTEC presentes en la reunión ofrecen ala Comisión realizar un análisis cuidadoso de los aspectos relevantes de la NTC 1669 y lapresentación de un informe en la próxima reunión.
Secretaría de la Comisión: ais Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 « Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827> Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioDirección del Sistema HabitacionalRepública de ColombiaLibertad y Orden COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 102
6. Reglamento Técnico Barras de Acero — Ministerio de Comercio La Dra. Adriana Mazuera envió previamente, vía correo electrónico a todos los miembros de laComisión, el nuevo documento preparado por el Ministerio de Comercio donde se atendieronlas recomendaciones de la Comisión. Por unanimidad la Comisión aprueba los aspectostécnicos del documento.
7. Proposiciones y varios. 7.a — Atendiendo la solicitud del arquitecto Alonso Cárdenas en la reunión pasada, el ingenieroLuis Enrique García presenta a la Comisión el borrador de un documento, preparado en 1998por ACIES y AIS, donde se establece el procedimiento para la revisión de diseños estructuralespor parte de las curadurías o las oficinas encargadas de expedir las licencias de construcción.El ingeniero García pone a consideración de la Comisión este documento como una base parala redacción de un nuevo documento que satisfaga las necesidades del MVCT. Los miembrosde la Comisión estudiarán el documento y propondrán las mejoras que consideren apropiadas. 7.b — El ingeniero Luis Enrique García presenta a la Comisión un borrador de lo que seconsidera el alcance que deben tener los trabajos a contratar por parte del MVCT para elestudio de la reglamentación contenida en los Títulos J y K del reglamento NSR-10. El MVCTestudiará con los asesores jurídicos del Ministerio la forma contractual para contratar estosestudios y una vez se tenga respuesta se procederá a solicitar la elaboración de una propuestadetallada por parte de la entidad o entidades que serán invitadas a presentarla.7.c — La subcomisión encargada del estudio de la armonización de la microzonificación sísmicade la ciudad de Ibagué y de la nueva microzonificación sísmica de la ciudad de Palmira a la luzdel reglamento NSR-10, informa que se han realizado reuniones de análisis de ladocumentación recibida, que en primera instancia los estudios cumplen con los requisitosestablecidos en el reglamento NSR-10 y que muy posiblemente se contará con el informecorrespondiente para la próxima reunión.
Secretaría de la Comisión: eis Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 «e Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 « Fax: 530-0827Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioDirección del Sistema HabitacionalRepública de ColombiaLibertad y Orden COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMENDE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 102
8. Próxima reunión.
Se acuerda la próxima reunión para el 29 de marzo de 2012 en las oficinas de P&D, atendiendoel amable ofrecimiento del ingeniero Luis Enrique García.Se dio por terminada la reunión a las 7:00 pm.Para constancia se firma:
Secretario de la Comisión: . Lais Enrique AycardiPresidente de AIS
Secretaría de la Comisión: CIS Asociación Colombiana de Ingeniería SísmicaCarrera 19A N° 84-14 Oficina 502 e Bogotá, D. C., COLOMBIA e Teléfono: 530-0826 e Fax: 530-0827