CAPCSR - Acta 107
Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
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Detalles
- Título
- CAPCSR - Acta 107
- Autor
- Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- —
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN
DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 107
Fecha: 13 de septiembre de 2012
Hora: 4:00pm
Lugar: Oficinas P&D Asistentes: lng. Luis Enrique García R., Representante de la Presidencia de la República Arq. Sandra Forero, Presidente Ejecutiva de CAMACOL Arq. Alejandro Sokoloff, Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos
lng. Josué Galvis, Presidente de AClES lng. Carlos E. Alvarado F., Delegado del SERVICIO GEOLOGICO COLOMBIANO lng. Luis Eduardo Laverde, Delegado del Presidente de la Sociedad Colombiana de Ingenieros lng. Luis Enrique Aycardi F., Presidente de AIS
Invitados: lng. Manuel Ramirez, Invitada de ICONTEC.
lng. Luz Dary Pulido, Invitada de CAMACOL. Arq. Tarcicio Restrepo, Invitado del Ministerio de Cultura. Arq. Hernán Aldana,lnvitado del Ministerio de Cultura.
DESARROLLO DE LA REUNIÓN
1. Verificación del quórum Los ingenieros Carlos Ariel Cortés, Representante del MVCT e lván López, Representante del Ministro de Transporte se excusaron de asistir a la reunión.
Se verificó satisfactoriamente el quórum reglamentario.
Secretaria de la Comisión: 2i5 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Ministro de Transporte se excusaron de asistir a la reunión. Se verificó satisfactoriamente el quórum reglamentario.
Secretaria de la Comisión: 2i5 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 19A N" 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D . C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827• ~ 4 libertad y Orden Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
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2. Lectura y aprobación del Orden del Día.
Se aprobó el orden del día propuesto para la reunión.
3. Aprobación del Acta de la reunión 106
Se aprobó el acta de la reunión N° 106 con algunas modificaciones menores.
4. Intervención de los Invitados del Ministerio de Cultura Los invitados del Ministerio de Cultura expresan a la Comisión su preocupación por las grandes dificultades que se presentan para para lograr el cumplimiento simultáneo de la Ley 397
(Protección al Patrimonio) y la Ley 400 (Construcciones Sismo Resistentes). Existe en el país una gran diversidad de construcciones patrimoniales que a la luz de la Ley 400 no se clasifican de manera apropiada de tal manera que las estrategias de reforzamiento se ajusten a la realidad nacional. La Comisión manifiesta a los invitados del Ministerio que no ha sido ajena al tema en el pasado y que desafortunadamente las iniciativas para mejorar la reglamentación no han sido exitosas.
realidad nacional. La Comisión manifiesta a los invitados del Ministerio que no ha sido ajena al tema en el pasado y que desafortunadamente las iniciativas para mejorar la reglamentación no han sido exitosas. Se propone que el Ministerio de Cultura estudie los posibles escenarios de financiación para la redacción de un documento especial para las edificaciones patrimoniales de tal manera que se logre una buena armonización entre las Leyes 397 y 400. La Comisión ofrece todo el apoyo que sea necesario e inclusive la conformación de una subcomisión que acompañe al Ministerio en el proceso.
5. Respuestas a consultas presentadas a la Comisión Se informa que se han preparado las respuestas a las comunicaciones acordadas en la reunión anterior y se analiza el estado de avance en el estudio de las siguientes consultas: 5.a - Se había recibido comunicación de la Arquitecta SANDRA FORERO RAMIREZ , Presidente Ejecutiva de CAMACOL, quien solicitaba aclaración respecto al tipo de tuberías enterradas que se permiten de acuerdo con lo prescrito en el numeral J.4.3.8.2 del reglamento NSR-10 y en especial, con referencia a la aplicación de la norma colombiana NTC 1669 que allí se menciona. Considerando el informe de la subcomisión previamente nombrada y la
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(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 107 comunicación del Ingeniero Germán Nava G., Director de Normalización de ICONTEC, la Comisión se manifiesta así: 1) El literal J.4.3.8.2 de la NSR10 fue modificado en el decreto 340 de febrero 13 de 2012 y quedó redactado así: J.4.3.8.2 - Tomas fijas para bomberos y mangueras para extinción de incendios. En las edificaciones clasificadas en el grupo de ocupación Residencial Multifamiliar (R-2) se deben instalar tomas fijas para bomberos de 64 mm (2 %" ) de diámetro y estaciones de mangueras de 38 mm de diámetro para extinción de incendios diseñadas de acuerdo con la última versión del Código para suministro y distribución de agua para extinción de incendios en edificaciones, NTC 1669, y como referencia el Código para Instalación de Sistemas de Tuberías Verticales y Mangueras, NFPA 14, en los siguientes casos: (a) En todos los pisos de las edificaciones del grupo de ocupación Residencial Multifamiliar (R-2). (b) En todos los pisos subterráneos para uso como estacionamiento ubicados bajo edificios clasificados en el subgrupo de ocupación Residencial Multifamiliar (R-2). 2) Las normas de cumplimiento obligatorio en la NSR10 son las normas lcontec (NTC) y no las normas NFPA las cuales sólo son una referencia.
subgrupo de ocupación Residencial Multifamiliar (R-2). 2) Las normas de cumplimiento obligatorio en la NSR10 son las normas lcontec (NTC) y no las normas NFPA las cuales sólo son una referencia. 3) Teniendo en cuenta que la norma NFPA24 no ha sido adoptada o traducida en una norma lcontec pero esta citada en el numeral 6.2 de la norma NTC 1669-2009 y no en la NSR10 , deberá ser el ICONTEC quien establezca su aplicación o no en Colombia. 4) Ahora bien sobre las consideraciones técnicas de las tuberías enterradas el diseñador puede tener en cuenta los diferentes criterios de diseño dados en la NFPA24-2007 numeral 1 0.1.4, tales como la resistencia al fuego de la tubería, las presiones máximas de trabajo, la profundidad de instalación, las condiciones del suelo, la corrosión y la incidencia de cargas de tierra, edificios, tráfico, etc. Los posibles materiales a emplear mencionados en la NFPA24-2007 versión en inglés Capítulo 1 O para tuberías enterradas son: Secretaria de la Comisión: 2i5 Asociación Colomb iana de Ingeniería Sísmica Carrera 19A N" 84-14 Oficina 502 • Bogotá. D . C ., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827• .. 11 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Dirección del Sistem a Habitacional República de Colombia übertod y Orden
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(Creada por la Ley 400 de 1997) Tabk10.1.1 ~fanufacturi~~.danb r .... t"~ound Pipe ~lat..-riab aod DimcnsÍ<>tlS lluctik· lro•o ( "¡'1nntt .\lf)11JlY 1 ~llt iu~ fur /Jurllf~ /m u Piflf' tuul l·ill"'!!.' ,,,. \\Íhf'"1' l'oly-th_\lrm· l-:nnlV~~Vrtl f<>r /)ru 1rY ¡,,., l'iJK \\Vrtn.' /Ju;z,¡.. In-m tur,J r;,.,l) ¡,.,_,, Fillt ~t;..."· ; il!. Thmur;:h IS -m .. for n;,,,.,. ami 1 J/hrr /.ü¡uid• U rJ.'JIN'1-f;,¡V/11 }111il• {ar /Jru·ttf<' lnm l>rnwrr I'IJK m uf 1·11/i 11;.." 1·1nr!¡:;'il /)urllf,.fnm Pip.· w tlh /lurlif,~ lrFm t•r ( ;rt1) ¡,,,, J1,trfufEtl f7o ti.~f' \ Pm lfrlt¡v F uurm-ll.tmt!,d 1-.p o'l.') ( .tit:ltn;..." íur ti:~ ltt!n111T llfld f: ... :'Cf•·-riur .\flrj(lf,., n¡ /)u~ t,/,·./rvn
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Se cretaría de la Comisión: Standant .\W W .\ C W -t
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T ypt, for W atn-and Othn-Lü¡uids &infuraJd Co.arte Prrssurr PifN, Nort-Cylindn AWWA C302 T_'ffl'. fnr Wa t,-antl Ot,_/ iqt1ids /Vinfurrni l:.m m'lr 1'-rf'fi.IUfl' Pi¡w. Strrl·(flim/.-r .\\\'\\'.\ C 30:1 1'jf11'. Prrtm .•im m /. {or \\illrr tlmi Ot/m· liqrú•i< Stmulunl fi•r :\ •lw3tm-Cnnml /Ji,trilmtioll PifJt'. . \ \\'\\'. \ ClH O -1 i11 . Thmug/1 Jlí itL.j(lr \In(,,-,,,¡ O ilwr l.it¡llill.~ ::ikmdard Practia fur ~ Selrdion oj AWWA C401 ~~Watn-PifN Gmtmf-Mmtar Lining of Watn-Pipe LinLS 4 in. AWWA C602 mul L..mgn-- in P'laa Standard for lhe InstallaJion of As!Nstos-Ctmml A WW A C603 Watn-Pipe Plastic Pol]vi1l]l CJ.lurik (PVC) Prrssurr PifN, 4 in . 17z~ 12 in., [or Watn-and Olher Liquids P(~w1h_l.¡,,,. 1/'Ü Pr~ttrr Pipt· mul Fillin~. -1 in. 1 J(J() mm } Tltm rt¡!/1 63 i11. 1/575 mm ) fr•r \\(,¡,,-/Ji;tnlmtimrumf Tm m Jmrl CopfX'r SJwájim timr lor SMtnfn., CopjJrT Tuh.•
\\(,¡,,-/Ji;tnlmtimrumf Tm m Jmrl CopfX'r SJwájim timr lor SMtnfn., CopjJrT Tuh.• S¡m·ijimtio11 fr•r Smml..u C..>PfJrt' llizi•T Tul~t• /lrr¡uimnnrt., ¡.,, l\'ro11,eht Sm mlm C..,Pf'" am i ( :-.p¡Jt.,--:\lb"· Tul~r AWWAC900 .\Snr s 7s .\Snl B SS .\ST\1 B ~5 1 Carrera 19A N" 84-14 Oficina 502 • Bogo tá, D . C ., CO LOM B IA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827• = ll Liberturl y Orden Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
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(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 107 Es importante resaltar que en la NFPA24-2007 apéndice A, en el inciso A.1 0.1 se hace una aclaración importante: -~10.1 El t:ennino subt-«rraneo intenta s-ignificar tuberia. direc tam.en.te enterrada_ Por ejem,plo, la tuber:ía instalada en zanjas-:_.,· túneles pero expuesta debiera ser u-atada como de s npe1ñc ie_
So-n 1:ecomen.dados los sistemas en anillo para t:u.be1·ias d e p a tio oor su con:fi.a.bilidad mct:e.m.entada v n:1.eio:rar::niento bid.ra.uli c o . Los si.;;re:u:J.as de anillo debieran se~· seccionados por -..-.ál -... "Ulas colocadas en der:ivacio:n.es y en ubic.acion.es esu·atégi c as -para m;n;n-.;za1· e l alcance de de-terioros _ Quiere esto decir que si se colocan las tuberías dentro de cárcamos o zanjas, con lo cual la tubería no queda en contacto con la tierra, se podrían aplicar las exigencias del Capítulo 12 y por consiguiente las exigencias del Capítulo 6 de la norma lcontec NTC 2301 basada en la NFPA 13-2007 y muy específicamente el numeral 6.3 Tubería por encima del nivel de piso la cual a su vez está referida en el capítulo 12 de la NTC1669 . NFPA14-2007 vs NTC1669 Capítulo 4.
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(Creada por la ley 400 de 1997) Acta N° 107 Ta h l<• 4.2.1 Pipe nr Tuht• ::\ l;uerial~ artd Dinu·n.sion~ Tabla 2. Materiales y dimensiones de !tD!rias ~-latt. .. l·i~tb and Dinu.·n sion...; t Spccificat iun~ ) St~utdard Materiales y Dinensiones (Especificaciones) Noona Fcrrou~ Piping TmdeHien'o JJurtill'-lrnu Pif~F. (jullifu~rrl~)' Ctul. fur \·\i1trr n,. O tlu·r !At¡uidJ A W"\\'A CJ:;J Tliieóade lierrodidi, vaciOOa ~- paa ~u OOl!i 1~ AIWIAC151
E IN : tJic-R csistanc<."-\\'cldt.•d S tc-el Pip<• Tuberia debo Soldada por Resistencia Elédrica .'itruulord .\f~Prijirfllion jur AS TM .-\ 1 :l:, Es¡iedli:acm de noona paa !llleria de acero soldOOa ¡n-resistencia e!édita ASTMA135 1~"/rrtrir-/Vsi<itaua-\\ i•/dn/ Stf't-1 P iJH'
We ld<•d and Scamles• s,.,.,) Acero Soldado y Sil Costtras 'ila11ifllrd SJJPrifirution Jur /J/ur/: und A STI\IA 7!1!\ 1/ot-/)iJJfJrd 7.i·tu·-(.'oatnl f(;flft·rtni-...rd ) E5pe00cacm de noona paa iJbería de acero paa uso en ¡mecciln ama ilcentlos. NTCS!'Al2 11;./drd am i Smmil •<.< St,_[ P ip.·jor Fin' nega y ra'ES!ida coo IÍ1C ¡n-irre!siOO encame (ga,'valizada) coo o sil costtra P rofl'rlion L \r \\"dded and St•aanle~-.. Su .. •el l_)ipe Tubería debo Soldada y Sin Cos!u!as Stmuimtl S¡wrijimtion jol'l'if"· StrPI. 11/nrk A ST:\1 :\ ,-,:l ESjledf!CilciOO de noona ~ htleria. mo . neg¡a ¡ revestida coo IÍ1C ¡n-i'm:rsiOO en NTC3470 """ 1 h.t-/JifJ!wtl. z¡,,·.(.'wt•tl. 1\;/dn / ruul .Vt/1/lÚ's\ ca'iente,cooosilcosm \\Í'/dnl tlllff."'ii•aml"".n \\"rought .'iiPrl PijH' .\:-:SI B:\6.111:\·1 TliieóademokxjaOOcooysil costtra ANSI B36.11J,l Copper Tubt.• tDrau,l. S<.•anllt:S!'i>)
Stamln rd .\jxájirntiun for .'\t·autl4'"-' C:oJJ/H'Y A .. <;T:\1 B 7!'> Tldlo de Cobce ¡Estirado, Sin Cos!lns) Tulw Esped(JcadOO de noona para UlO de cebe sil rosaras ASTMB75 Staudn,-,1 s¡,rijioltiou ji1r .\n unfi',.._\ C(lppt,. AST:\1 B HH \\iJI;·r TuiNEs¡iecifl:ml de rmna paa UlO de iWe pa-a aJ.1a SÍ1 oosms ASTMB88 .\.ltuulnrti.\JNriJit<flliou Jor (~nrral ASTM B ~:;1 IVquirnnrJJh for \\"rought '\t'nm!P)$ Es¡iecifl:ml de rmna ¡n-~ gtMa!es pera !.00 de cebe bjalo SÍ1 cai!JJas y ASTMB251 Cof'/"'" awl l:ofrfh'T-. Ilil~\' Tulll" Ux> de aem de am BrazingFiller ~·lt." tal t CI;t,,ificaaiun~ Metal de Aporte paa Soldadura Fuerte (Clasificaciones BCuP-3 o BCIIP-41 BCuP-:~ or BCuP-4) .\JJi•rijimtilm jorl·illn .\fl'ln[., for /Jmoillf! :\\\'S A!'•.H Especif¡:aciaJ paa rre!a!es de~ para sddaiJa fuere y sciiWa coo lm:e A\'ISAS.S autf /Jrau• u ;./diu•r 1 1 ' 1 Al comparar estas dos tablas se observa que el lcontec ya desarrolló dos normas para
1 1 ' 1 Al comparar estas dos tablas se observa que el lcontec ya desarrolló dos normas para tuberías contra incendio de acero soldada , la NTC -5562 basada en la ASTM A 795 y la NTC 3470 basada en la ASTM A 53. NFPA 13-2007 vs NTC2301 Capítulo 6
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(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 107 Tablc 6 .:U .1 l'if"' o~ Tulx Ma1crials aod Dimcn.'óéons Tabla 6.J.1, 1 Materia~ y ~e iones de las Tuberías !\la¡cJUls and Dimcosioas S 1attdard Materi~es y ~mensiones Nonna F<•JTt>IL' l'i pi n~ • \\'ddnl "nd ~ami<'SSI T ~as Ferrosas (Coo y~ Coshra) !'po.'cificuioH fo r hl:<< k .tnú .\S n i.\ ;·.1:. ~¡m llits de Ne!!o ~y de arero ~ realri!ielrto de ASTM A 195 hm -<iipJK'IIlinc·-coccll··d
!'po.'cificuioH fo r hl:<< k .tnú .\S n i.\ ;·.1:. ~¡m llits de Ne!!o ~y de arero ~ realri!ielrto de ASTM A 195 hm -<iipJK'IIlinc·-coccll··d ro: en cal~~ i'rne!sOO (ga~o), ~y sin rosrura. fera uso en '!("l'an itn lJ " d <k <l ;u:d !'l';;m lr:<S swd pil"'' fur liw 1 ~ere00mra • prou·c·ü(JH use S1w •ific:u io n for o<d d<'t.! :tnd .\:'\:-.! .\sn1 .\ :,:; ~¡m tuOC6 de ~o coo y sil oosi\Ja ANS UASTM A ó3 SI'MIIIf:<S Slt'i'l pi¡>t' \\"m u¡;ht stcd pipl· .\:\ l .. \S:'\U. B .l6.l11 M T ttos de arero fo¡jaOO ANS~ASME B JO. 10M Sp<·<·itic:u io n for d atric- .\SD I.\ U !:. f<'SÍ SI:lltct'~"'dc[<-d S il d p ipe· 1 '· ·"'· ·• 1 para 100os de m m ~ resisteocia elédiica ASlMA 1Jó Co pp<rluhe l)}r:¡"n. Sc·am l,·s'l T tto de eche~ reffi»J, Sil Cos!ura) EPOOil ~a tuOC6 de cWe sm ASTMB1~ Sp<'d fic u io n for Sl';lllll<'!< copllt'r .\S I"\111 -¡;, ooshlla [tll)(l
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(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 107 evaluar beneficios y costos de las diferentes alternativas para tuberías enterradas en contacto con la tierra, en cárcamos o en superficie. Adicionalmente, como complemento a esta información se adjunta la comunicación 01 001300-CD-28572 del ICONTEC donde se incluye la Tabla 1 0.1.1 Normas de fabricación para tubería subterránea. 5.b-La subcomisión encargada del estudio de la consulta presentada por el ingeniero JOSE JOAQUIN ALVAREZ , quien solicita aclaración sobre múltiples aspectos del Reglamento NSR1 O informa que aún está en proceso el estudio de la documentación recibida.
6. Consultas a la Comisión. 6.a - Se recibió comunicación del señor JOSE DOSITEO MORALES, Representante Legal de la firma PREFABRICADAS CASA LINDA , quien solicita homologación para el sistema estructural propuesto por dicha compañía, que a su vez reconoce que el sistema viene siendo usado por la firma SERVIVIENDA. En respuesta a la consulta la Comis ión se pronuncia así:
1. La Comisión considera que en la documentación presentada no existe ninguna evidencia experimental de que el sistema utilizado por la firma Prefabricadas Casa Linda cumpla con los requisitos del Reglamento NSR-1 O. La firma SERVIVIENDA desarrolló el sistema e invirtió en el pasado en un programa de investigación que dio como resultado la aprobación por parte de la Comisión y la emisión de un Régimen de Excepción que es
con los requisitos del Reglamento NSR-1 O. La firma SERVIVIENDA desarrolló el sistema e invirtió en el pasado en un programa de investigación que dio como resultado la aprobación por parte de la Comisión y la emisión de un Régimen de Excepción que es institucional e intransferible.
2. La Comisión considera que si la firma Prefabricadas Casa Linda, como lo menciona en su comunicación, ha adelantado cambios en el sistema de SERVIVIENDA para dar cumplimiento al Reglamento NSR-1 O, no solamente debe ensayar los materiales que lo componen sino también se deben realizar ensayos del sistema estructural para demostrar y calificar el cumplimiento de los requisitos del comportamiento sísmico del sistema.
3. Finalmente, la Comisión considera que la información recibida no es suficiente para emitir concepto de aprobación o no del sistema propuesto por la firma Prefabricadas Casa Linda. 6.b-Se recibió comunicación del arquitecto ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA, Curador Urbano N o1 de Bogotá, quien solicita aclaración sobre algunos aspectos del Decreto 2525 de Secretaria de la Co misión: 2i5 A sociación Colomb iana de Ingeniería S ísmica
Carrera 19A W 84-14 O ficina 502 • Bogotá, D . C ., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827~ I;li libertod y Orden Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
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DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES
(Creada por la ley 400 de 1997) Acta N° 107
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(Creada por la ley 400 de 1997) Acta N° 107 201 O. Debido a lo extenso de la consulta, la Comisión encarga al arquitecto Sokoloff el estudio de la consulta y la presentación de un borrador de respuesta a la Comisión. 6.c-Como complemento a la respuesta emitida por la Comisión (CAP -296-2012), la firma GPR Cons tructores SAS envió a la Comis ión copia de las memorias de cálculo y los planos que hacen parte de la documentación que se aportó para obtener la correspondiente licencia de construcción y que no fue remitida inicialmente para solicitar el concepto sobre si se aplicó correctamente el Reglamento NSR-98 para el diseño de la losa superior de una losa aligerada. La Comisión ha revisado la nueva información y al respecto se pronuncia así: La Comisión se ratifica en su concepto de la comunicación CAP-296-2012 y concluye:
1. De acuerdo con la información contenida en los planos, es evidente que no se cumplió lo requerido por C .13.2.2 (b) pues para la separación libre entre nervios de 1.22 m reportada, la loseta no puede tener un espesor menor de 1/20 de la distancia libre entre nervios y en este caso esta restricción obligaría a emplear un espesor mínimo para la loseta de 0.061 m (= 6.1 cm). Además la separación máxima medida centro a centro entre nervios de 1.34 m reportada excede la máxima permisible dada en C.13.2.2(c) 1.20 m .
2. Dado que el diseñador no cumplió lo requerido en C .13.2.2 le quedaba a él la opción de
entre nervios de 1.34 m reportada excede la máxima permisible dada en C.13.2.2(c) 1.20 m .
2. Dado que el diseñador no cumplió lo requerido en C .13.2.2 le quedaba a él la opción de evaluar lo consultado bajo los requisitos de C.13.2.3, cuyos requisitos tampoco se cumplieron de acuerdo con las memorias de cálculo originales suministradas (Cálculo detallado de deflexiones).
3. Adicionalmente, la Comisión recibió de parte de la firma INARGOS , la comunicación 192.03/1306 de fecha 23 de agosto de 2012, donde se adjunta copia de una memoria de cálculo que no hizo parte de las memorias originales radicadas para la obtención de la licencia de construcción. La Comisión no considero procedente tener en cuenta dicha información para la emisión del concepto solicitado dado que ella ha debido hacer parte del proceso de diseño original en el momento de definir la estructura objeto de la consulta."
Finalmente, es importante resaltar que: La Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes, creada por la Ley 400 de 1997, no es una autoridad jurídica ni Secretaría de la Comisión: 2i5 A sociación C olombiana de Ingeniería Sísmica C arrera 19A N" 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D . C., C OLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
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(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 107 administrativa. La Comisión es un órgano consultivo como se indica en el parágrafo del artículo 41 de la Ley 400 de 1997 que a continuación se transcribe: "Parágrafo.- La Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes será un cuerpo exclusivamente consultivo del Gobierno Nacional y no podrá asumir funciones que invadan la competencia constitucional que tienen los Distritos y Municipios en materia de vigilancia y control de las actividades relacionadas con la construcción." 6.d - Se recibió respuesta a las inquietudes presentadas por la Comisión al estudio de armonización al Reglamento NSR-1 O de la microzonificación de la ciudad de !bagué. La subcomisión encargada de la revisión considera que la mayor parte de las inquietudes han sido resueltas y recomienda a la Comisión que se dé un concepto favorable al estudio presentado. 6.e - Se recibió comunicación del ingeniero JAVIER RINCON, representante de la firma FABRICASAS, quien en respuesta a la comunicación CAP-272-2012, presenta nueva información para volver a solicitar el aval del sistema constructivo por parte de la Comisión. La subcomisión que se encargó del estudio de la información anterior se encargará de la revisión de esta nueva documentación y posterior informe a la Comisión. 6.f -.Se recibió copia de la comunicación dirigida a la oficina jurídica del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, enviada por la Doctora LILLIAN SANTACRUZ GANDARA, Gerente de
6.f -.Se recibió copia de la comunicación dirigida a la oficina jurídica del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, enviada por la Doctora LILLIAN SANTACRUZ GANDARA, Gerente de CORPOSALUD, Clínica de Especialidades de las Américas, quien presenta el siguiente caso: la Clínica opera en una edificación construida aproximadamente hace 35 años (habitada previamente por una clínica del Seguro Social) y recientemente se realizaron modificaciones internas que requirieron la solicitud de habilitación ante el Instituto Departamental de Salud de Nariño (Código de habilitación N°520010192301). Después de dos visitas de verificación de estándares el Instituto decide negar la apertura del servicio de urgencias y de nuevos servicios, como por ejemplo la UCI, hasta tanto no se haya realizado el reforzamiento estructural. Las directivas de la Clínica preguntan a la Comisión si es procedente por parte del Instituto Departamental de Salud de Nariño establecer plazos perentorios para cumplir con el reforzamiento estructural y como consecuencia condicionar la apertura de servicios, vulnerando los derechos de igualdad (hay varias instituciones en la región que funcionan sin haber cumplido con la intervención estructural) y el derecho al trabajo de por lo menos 140 empleos
Secretaría de la Comisión: 2i5 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 19A No 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D . C ., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827libertud y Orden Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia
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(Creada por la Ley 400 de 1997) Acta N° 107 directos y 40 indirectos (servicios de apoyo como lavandería, nutrición, vigilancia, etc). La Comisión al respecto se pronuncia así:
1. La Comisión considera que la edificación a la que se refiere la consulta pertenece al grupo de uso IV de acuerdo con el reglamento NSR-1 O y por lo tanto está sujeta a los requisitos establecidos en el artículo 54 de la Ley 400 de 1997, que fue modificado para las edificaciones del sector salud por la ley 715 de 2001 y posteriormente nuevamente modificado por el artículo 35 de la Ley 1151 de 2007.
Acorde con estas leyes los plazos para las intervenciones son: Edificaciones de los grupos de uso 111 y IV del sector salud: 21 de diciembre de 2009 para los estudios y hasta el 21 de diciembre de 2013 para el reforzamiento.
2. La Comisión exalta el interés
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