CC - T-176-2024
Corte Constitucional
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Detalles
- Título
- CC - T-176-2024
- Autor
- Corte Constitucional
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2024
T-176-24DERECHO A UNA EDUCACIÓN LIBRE DE VIOLENCIA-Deber de diligenciaen la activación del protocolo y ruta de atención para situaciones de presunto acosoescolar (Las entidades accionadas) vulneraron las garantías constitucionales de las menoresde edad dada la falta de diligencia en la activación de la Ruta de Atención Integralpara la Convivencia Escolar y, en consecuencia, las deficiencias en la labor deidentificación, adopción de medidas y seguimiento de las presuntas conductas deacoso escolar. ACCION DE TUTELA-Procedencia por no existir otro medio de defensa eficaz eidóneo (...) la tutelante no cuenta con un medio de defensa judicial y/o administrativoidóneo y eficaz para obtener la protección de los derechos fundamentales de sushijas frente a la situación de acoso escolar expuesta. En efecto, de acuerdo con lascircunstancias particulares del caso concreto, (i) no existen mecanismos idóneospara resolver las quejas y/o denuncias relacionadas con situaciones de acosoescolar en el marco de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y(ii) la tutelante no cuenta con un mecanismo de defensa eficaz para solicitar laprotección de los derechos fundamentales de sus hijas menores de edad ante lajurisdicción de lo contencioso administrativo. DERECHO FUNDAMENTAL A LA EDUCACION DE NIÑOS, NIÑAS YADOLESCENTES-Reiteración de jurisprudencia DERECHO A LA EDUCACIÓN-Desarrollo integral ACOSO ESCOLAR O BULLYING-Concepto ACOSO ESCOLAR O BULLYING-Manejo por parte de las institucioneseducativas ESTABLECIMIENTO
EDUCATIVO-Deber de prevenir y dar solución en acoso uhostigamiento escolar para la protección de los estudiantes PROBLEMAS Y CONSECUENCIAS DERIVADAS DEL ACOSO ESCOLAR-Responsabilidad del Estado y la Sociedad a través de las instituciones educativas, degarantizar el respeto entre la comunidad estudiantil SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR-Objetivo y funciones MANUAL DE CONVIVENCIA-Respeto a los derechos, deberes y principiosconsagrados en la Constitución VIOLENCIA CONTRA LA MUJER-Obligación del Estado de prevenir, investigary sancionar con la diligencia debida DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA-Deberde diligencia y corresponsabilidad ERRADICACION DE TODA FORMA DE VIOLENCIA YDISCRIMINACION CONTRA LA MUJER-Competencia del Ministerio deEducación en caso de acoso, discriminación y violencia basada en género EXHORTO-Ministerio de Educación NacionalREPÚBLICA DE COLOMBIA
CORTE CONSTITUCIONAL-Sala Sexta de RevisiónSentencia T-176 de 2024 Referencia: proceso T-9.758.193 Solicitud de tutela presentada por Lorena[1],en representación de sus hijas, en contra delInstituto Educativo Departamental y otros. Magistrado sustanciador:Antonio José Lizarazo Ocampo Bogotá D. C., quince (15) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, en ejercicio de suscompetencias constitucionales y legales, decide sobre la revisión del fallo de tutelaproferido por la Sala Penal de Tribunal Superior del Distrito Judicial deCundinamarca el 11 de agosto de 2023, mediante el cual confirmó la decisión dictadapor el Juzgado Penal del Circuito de Chocontá (Cundinamarca) el 5 de julio de 2023,en cuanto declaró improcedente la solicitud de amparo dentro del proceso de tutelapromovido por Lorena, en representación de sus hijas, Sofía y Martina, en contra delInstituto Educativo Departamental y otros, caso radicado en la Corte Constitucional con el número T-9.758.193[2]. Aclaración previa Esta Sala ha adoptado, como medida de protección a la intimidad de la parte
con el número T-9.758.193[2]. Aclaración previa Esta Sala ha adoptado, como medida de protección a la intimidad de la parte accionante y los terceros[ 3 ] , la supresión de los datos que permitan identificarlos. Portanto, los nombres serán reemplazados por unos ficticios y se suprimirá lainformación que permita su identificación. Adicionalmente, en la parte resolutiva deesta sentencia se ordenará a la Secretaría General de la corporación, a las partes, a losterceros y a la autoridad judicial de instancia, guardar estricta reserva respecto de suidentificación. I. ANTECEDENTES 1. Solicitud 1. Lorena, en representación de sus hijas Sofía y Martina, presentó una solicitudde tutela en contra del Instituto Educativo Departamental, la Personería deVillapinzón, el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación deCundinamarca, la Procuraduría General de la Nación, y contra Dolores -docente dela Institución Educativay directora del grupo de quinto de primaria-, con el propósitode obtener el amparo de los derechos fundamentales a la vida libre de violencia, a laigualdad, a la educación, a la salud, a la integridad física y mental, y al debidoproceso de sus hijas menores de edad. Esto, al estimarlos vulnerados debido a lasupuesta falta de diligencia de las accionadas en prevenir, atender y corregir laspresuntas conductas de acoso escolar a las que están expuestas sus hijas. 1.1. Hechos relevantes
2. Lorena es “madre cabeza de hogar de 3 niñas”[4]. Para obtener su sustento, se desempeña como “operaria en una empresa del sector Floricult[or]”[5]. Sus hijasestudian en el Instituto Educativo Departamental (en adelante, la Institución
2. Lorena es “madre cabeza de hogar de 3 niñas”[4]. Para obtener su sustento, se desempeña como “operaria en una empresa del sector Floricult[or]”[5]. Sus hijasestudian en el Instituto Educativo Departamental (en adelante, la Institución Educativa o el colegio). Al momento de presentar la tutela, Sofía, de 9 años[6],cursaba quinto grado, y Martina, de 5 años, primero primaria. Según indicó, han sidovíctimas de acoso escolar, de acuerdo con los hechos que se exponen a continuación: 1.1.1. Hechos relacionados con Sofía 3. El 16 de junio de 2022, una compañera de curso de Sofía “le pegó una patadaen el pie derecho, la empujó en la escalera, ella se cayó y se pegó”. Dolores, docentede la institución y directora de quinto de primaria, afirmó que el incidente sepresentó ya que Sofía, “quien aceptó la falta”, “le pegó primero una patada porque estaba diciendo groserías”[7]. 4. En julio de 2022, Sofía le informó a su madre que “estaba siendo objeto de maltrato, agresión, acoso, matoneo y bullying por parte de sus compañeros”[8]. Antedicha situación, Lorena se reunió con Carlos, el coordinador de convivencia de laInstitución Educativa, quien, según la tutelante, “se comprometió a hablar con laprofesora y estar pendiente de la situación para corregir las agresiones verbales por parte de los niños”[9]. Pese a ello, Sofía “continuó mostrándose triste y manifestando
las agresiones que sufría”[10]; por ello, Lorena le solicitó a Carlos y a Doloresadoptar medidas para corregir la situación, ante lo cual, según indicó, el primero le manifestó que “era complicado estar al tanto de todos los estudiantes”[11], mientras que la segunda adujo desconocer la situación[12]. 5. Así, “a pesar de sus promesas de tomar medidas, las cosas no cambiaron y lasagresiones pasaron de ser verbales a físicas cuando empujaron a [Sofía] por las escaleras durante el descanso, causándole un golpe en la cabeza”[13]. Ante dichoincidente, la niña fue remitida a la enfermería. Luego, citaron a la tutelante a unareunión en coordinación, en la cual convocaron a los menores involucrados. Sinembargo, Sofía no rindió su declaración. 6. Según la tutelante, Sofía ponía en conocimiento de las docentes la situación, pero “estas no le prestaban atención”[14]; “incluso una de las profesoras la trató mal y le dijo que se fuera”[15]. 7. Lorena solicitó apoyo a Jéssica, orientadora de la Institución Educativa, quien, en agosto de 2022, le informó que la menor “manifestaba sentirse triste”[16].La tutelante le pidió apoyo a Jéssica, quien le indicó que “no tenía nada que ver con el colegio y que la llevara a un psicólogo”[17]. 8. Dada la situación manifestada por Sofía, “para que pudiera terminar el año escolar 2022”[18], Lorena “[se] veía en la necesidad de ir al descanso para estar con
el colegio y que la llevara a un psicólogo”[17]. 8. Dada la situación manifestada por Sofía, “para que pudiera terminar el año escolar 2022”[18], Lorena “[se] veía en la necesidad de ir al descanso para estar con [ella] y evitar el acoso”[19]. 9. Para el año 2023, Lorena matriculó nuevamente a Sofía en la InstituciónEducativa, pues (i) no consiguió un cupo en otro colegio distrital y (ii) “pens[ó] queya al estar con otros compañeros no se [volverían] a presentar situaciones de bullying”[20]. Pese a que el primer mes de estudios pasó con normalidad y la niña manifestó “estar bien en el colegio”[21], “en el transcurso del mes de marzo […] pormomentos se torna triste [y] decaída, le pregunto y me indica que nuevamente losniños la están molestando y que no me quería decir ya que los profesores no le creen”[22]. 10. El 6 de abril de 2023, Lorena acudió al colegio ante la insistencia de Sofía enque la acompañara. La tutelante conversó con Dolores, quien sólo se refirió alrendimiento académico de la menor, pero no a la existencia de situaciones de acosoescolar. Luego de dicha reunión, la actora se dirigió a la oficina de psico-orientación, pero que no encontró a nadie que la atendiera[23]. 11. El 27 de abril de 2023, durante el descanso escolar, “[Sofía] se puso a llorardiciendo que sus compañeros no la querían, que la miraban mal y se burlaban […]”.Según indicó la menor, “se encontraba deprimida porque nadie la comprendía en
casa […]”[24] y “los compañeros del salón la molestaron, la trataron mal, le pegaron como siempre, […] ningún profesor le creía y […] ya no aguantaba más”[25]. Enconsecuencia, la actora fue citada por Jéssica, quien le indicó que Sofía “estaba muy mal, llorando y diciendo que quería morirse”[26], remitió informe sobre la situación a la comisaría de familia[27] y le pidió que la llevara a urgencias[28]. Tras seratendida, ordenan que Sofía comience tratamiento por psicología y psiquiatría. 12. Según la tutelante, se ha acercado al colegio en más de 10 ocasiones, pero nola atienden y ningún funcionario o docente le presta atención a su hija. Al contrario,la última vez que la menor manifestó estar decaída emocionalmente, “la directora de curso la regaña y le dice que «no hay un día que no se enferme»”[29] y “la orientadora solo le dice que deje de dar tantas quejas [sic]”[30]. 13. El 2 de junio de 2023, Sofía no asistió a clase, dado que tenía una cita médicaen Bogotá. De acuerdo con la actora, Dolores “les indic[ó] a todos los niños delsalón aprovechando que [Sofía] no estaba, dándole indicaciones a los niños del salón, que ya no le [podían] hablar […], que la dejaran sola y que debían ignorarla”[31]. 14. El 5 de junio de 2023, al regresar al colegio, un compañero de curso agrediófísicamente a Sofía. De acuerdo con la actora, Dolores “profirió insultos contra ella,
expresando comentarios hirientes, humillantes y de ridiculización”[32], por lo que laniña le manifestó que “la profesora les dice a todos los niños de mi salón que [la]ignoren. Ella [la] grita y [l]e dice que no sirv[e] para nada, que no t[iene] papá, que[es] una niña que solo da quejas. Además, el niño [Ramiro] [la] golpeó y la profesorapermitió que lo hiciera”; Sofía le dijo que “[l]a profesora me trata mal, mamá me quiero morir, no quiero regresar al colegio. Le tengo miedo a esa profesora”[33]. Acausa de ello, Lorena presentó denuncia penal en contra de Dolores, por la presuntacomisión del delito de injuria por vías de hecho, al considerar que su hija “ha sidovíctima de maltrato físico y acoso escolar por parte de sus compañeros […] Sinembargo, lo que resulta aún más alarmante es que la docente [Dolores] no solo hapermitido que estos actos de maltrato físico y acoso ocurran, sino que también ha omitido tomar medidas administrativas para detener las agresiones”[34]. 15. El 9 de junio de 2023, se llevó a cabo una reunión entre Lorena, elcoordinador de convivencia y la orientadora. En esa oportunidad, la actora manifestóque: “1. La directora del curso […] afirma que la niña […] no hace nada que siempreestá enferma, que los niños deben ignorarla”; “2. Que la niña dice que [uncompañero de curso] se enamoró de ella que la amenaza y que [otros compañeros] lepegan en la cabeza «calbazos»”; “3. En el año anterior (2022) estando en la canchacubierta de la institución se agredieron con [una compañera de curso] y que [esta] la
empuj[ó]”; “4. […] afirma que viene al colegio y no la atiende[n]”[35]. Al respecto,el coordinador de convivencia resolvió: “1. Reunión inmediata con los directivos delcurso quinto para verificar lo sucedido; 2. Citar a los papás de los niños que lamolestan y verificar lo sucedido; 3. La mamá está de acuerdo con dichas determinaciones, pero [pide] que luego [se] le informe lo investigado”[36]. 16. El 16 de junio de 2023, los docentes del grado quinto, el coordinador deconvivencia y Lorena, se reunieron “con el fin de dialogar y poner[se] de acuerdocon la entrega de algunas [t]areas para trabajar en casa hasta que sea necesario según reporte presentado por psicología y psiquiatría”[ 3 7 ] . Al respecto, “[l]os docentes se comprometieron a entregar, recibir y evaluar los talleres de las diferentes áreas”[ 3 8 ] y“la madre de familia se compromete a recibir los trabajos y a enviarlos, los docentespor su parte dieron las orientaciones a la estudiante y a su madre de cómo realizarlos.Manifesta[ron] que siempre [han] estado y estamos dispuestos a atender. Nota: lamadre de la estudiante recibe los trabajos […]”. En dicha reunión se dejó constanciade que “se requirió el informe médico de la estudiante y a la fecha no se ha recibido”[ 3 9 ] . 17. El 13 de julio de 2023, se realizó una reunión con los padres de familia de lospresuntos agresores de Sofía. En esta, los menores manifestaron que: Estudiante Declaración Laura
recibido”[ 3 9 ] . 17. El 13 de julio de 2023, se realizó una reunión con los padres de familia de lospresuntos agresores de Sofía. En esta, los menores manifestaron que: Estudiante Declaración Laura “La niña […] me amenaza con apuñalarme con uncuchillo desde el año pasado en el curso cuartoprimaria me empujaba, me decía que le pegaba,hablaba mal de mí, me [h]acía bullying, en el díadel niño decía que le pegaba con un compañerocuando no era verdad y lloraba que le [h]abíapegado y ella me pega y me quita las cosas. Dicecosas y mentiras de la profesora [Dolores] y esmentira y se pone a llorar. Fuera del colegio meempuja y me trata mal y me da patadas y despuésdice que fu[i] yo que le pegué y hablaba mal de mi a mis compañeros” [40].Gabriel “Mi compañera […] me acusa de molestarla [y]pegarle, patearla me amenaza que me va a enterrarun cuchillo en el corazón, también me dice que leva a decir a la hermana […] que me va a pegar ytambién me hizo correr por todo el colegiosiguiéndome con los amigos […] y ella me molestapor eso, me grita y me empuja. […] varias vecesme ha pegado en la espinilla. Las amenazas con elcuchillo y la hermana fueron este año 2023, al igualque las patadas en la espinilla. Los problemas […]
vienen desde el año pasado”[41]. Andrea “un día del niño yo estaba con [mi amiga] y ellaestaba pel[e]ada con [Sofía], estábamos hablando yllegó [Sofía] y empezó a pel[e]ar y [mi amiga] ledijo bruja y yo le dije sí bruja, [ella] tenía unosbotines grandes y me peg[ó] dos patadas duro. Yome puse brava y la empujé de una escalera de lacancha y se tronch[ó] un pie. Me hicieron firmarobservador y desde hoy no le volví a hablar perotodo lo que le pasaba a ella me echaba la culpa a mi[sic] eso fue el año pasado. Este año yo no […] hetenido inconvenientes […] ya que estamos en diferente curso”[42].
18. Según el informe del área de enfermería de la Institución Educativa[43], Sofíaasistió a la enfermería en las siguientes fechas: Fecha Hora de entrada/ Hora desalida Informe 5 de junio de 2022 11:50/12:05 Dolor de cabeza.Acetaminofén. 5 de octubre de2022 11:05/11:15 Golpe en pie. No se ve nada. 12 de julio de2022 11:20. “Se llama a lamamá”. Dolor de cabeza.Acetaminofén. 19 de julio de2022 9:05-9:15 Dolor de cabeza.Acetaminofén. 22 de julio de2022 11:40. “Se llama a lamamá”. Dolor abdominal. Aromática 24 de julio de2022 11:50/12:00 Dolor de cabeza.Acetaminofén.
26 de julio de2022 11:05. “Se llama a lamamá”. Se llama a la mamá 5 de octubre de2022 11:05/11:15 Golpe en pie. No se ve nada. 5 de mayo de2023 11:20/11:30. “La orientadorala lleva a la cafetería”. Dolor de cabeza.Acetaminofén. 16 de mayo de2023 11:20/11:35 Golpe en espalda. No se venada.
19. De acuerdo con la historia clínica, la menor está diagnosticada con lassiguientes afectaciones de salud:Fecha Tipo de atención y diagnóstico 21 dejunio de2022
Consulta externa por medicina general. “Paciente con caída del peloy astenia ss [paraclínicos] ss val. por psicología”. R53X-malestar yfatiga; DX. Relacionado 1: l658-otras pérdidas especificadas nocicatriciales del pelo; DX. Relacionado 2: f932-trastorno deansiedad social en la niñez. 28 denoviembrede 2022 Consulta externa por medicina general. “Paciente de 9 años sinantecedentes patológicos referidos quien ingresa a consulta encompañía de madre […] solicitando renovación de órdenes porcambio de EPS, para valoración por psicología y psiquiatría porcuadro de labilidad emocional, tristeza constate, bullying enInstitución Educativa”. F329-episodio depresivo, no especificado. 5 de mayode 2023 Consulta externa por medicina general. “Se trata de paciente de 9años quien acude por presentar cuadro de depresión ya en manejomédico por pedi[a]tría y siquiatría por lo que acude para órdenesmédicas”. F920-trastorno depresivo de la conducta;F418-otros trastornos de ansiedad especificados. 11 demayo de2023
11 demayo de2023 Consulta por psicología. “Paciente menor de edad (9 años), quienasiste acompañada por progenitora […], según refiere se hanpresentado situaciones de conflicto con los compañeros en laInstitución Educativa, información de docentes en cuanto a bajoánimo y llanto [o]casional de menor en la Institución. Actualmentecon conductas que interrumpen el sueño (pesadillas, habla dormida,despierta agitada), disminución de apetito, llanto ocasional,sentimientos de tristeza, miedos constantes. Aluci[naci]ones(progenitora refiere ve gente que le persigue), adecuadorendimiento escolar, aparentes s[i]tuaciones de bullying, ideasintrusivas, sin ideas suicidas marcadas”.F920-Trastorno depresivo de la conducta. 30 demayo de2023 Consulta por psicología. “Paciente menor de edad (9 años), quienasiste acompañada por progenitora […], paciente en seguimientopor psicología, según refiere se han presentado situaciones deconflicto con los compañeros en la Institución Educativa,información de docentes en cuanto a bajo ánimo y llanto[o]casional. Actualmente con conductas que interrumpen el sueño(pesadillas, habla dormida, despierta agitada), disminución deapetito, llanto ocasional, sentimientos de tristeza, miedosconstantes, aparentes alucinaciones (progenitora refiere ve genteque le persigue), adecuado rendimiento escolar, aparentess[i]tuaciones de bullying, ideas intrusivas, sin ideas suicidasmarcadas”. F420-Predominio de pensamientos o rumiacionesobsesivas. 31 demayo de2023
31 demayo de2023 Consulta externa por psiquiatría. “Paciente en compañía de lamadre […], cursa quinto grado, adecuado desempeño académico.[…] reacción de ansiedad, manifestación de ideas de muerte ysuicidio poco estructuradas, todo relacionado a episodios debullying en el colegio por compañeros […], le tienen apodo. Refiereque ha pensado quitarse la vida con un cuchillo. Análisis pacientede 9 años de edad con un funcionamiento intelectual que se puedeconsiderar por encima del promedio, quien ha desarrollado uncuadro depresivo, principalmente por situación de bullying en elcolegio. Se inicia manejo farmacológico y psicoter[a]peútico desdepsiquiatría (traer dibujo de ella y s[u] familia). Se recomienda alcolegio desde medidas de prom[o]cion y prevención de la salud enel colegio, promover el respeto entre compañeros y la sanaconvivencia […] así como tomar medidas disciplinares eintervenciones colectivas contra los compañeros que ejercenbullying a la paciente para facilitar su recuperación ya que estasituación de no manejarse, empeorará la parte emocional de lapaciente. Recomiendo involucrar a los padres de los niños queejercen el bullying para realmente dar m[a]nejo a la situación”.F321-episodio depresivo moderado. 7 de juniode 2023
7 de juniode 2023 Consulta externa por psiquiatría. “Paciente de 10 años de edad conepisodio depresivo moderado, buen apetito, inadecuado patrón desueño con insomnio intermitente sin embargo ha mejorado losperiodos de sueño. A nivel escolar sigue siendo el punto de mayordificultad reconocido por la paciente donde ha percibido uncontexto desde la directora de curso donde aparentemente se hapromovido estigma a su condición emocional por miedo deseñalamientos donde se descalifica a la paciente y en donde no setoman medidas frente al respeto y los límites de los compañeros.Análisis paciente de 10 años con cuadro depresivo con respuestainicial a manejo farmacológico adecuado, se observa más tranquila,aunque insisto en la necesidad de la promoción de una adecuadaconvivencia escolar donde se involucren estudiantes y profesores enla importancia de la salud mental en el colegio. Por ahora norequiere ajustes farmacológicos”. F321-episodio depresivomoderado. 20 dejunio de2023 Consulta externa por psiquiatría. “Paciente de 10 años de edad contrastorno depresivo moderado quien durante la consulta presentarespuestas limitadas, con afecto de tono bajo y fondo triste, lamadre refiere que así ha estado todo este tiempo, en algunosmomentos se encuentra estable y en otros momentos decaída. No haasistido al colegio nuevamente debido al proceso legal. Análisispaciente de 10 años de edad con trastorno depresivo moderadoquien en la consulta se presenta desmotivada, fluctuaciones delestado de ánimo que al parecer se desencadenaron por situación departe de los docentes y los dirigentes de la institución quienes alfrente de [Sofía] dijeron que lo ocurrido […] ‘no era para tanto’, seevidencia […] sentimiento de culpabilidad por ello”. F321-Episodio depresivo moderado. 26 de juliode 2023
26 de juliode 2023 Atención por psicología. “Paciente en control y seguimiento porpsicología, menor de edad (10 años), en manejo por psiquiatríatratamiento farmacológico, quien asiste en compañía de familiar[…] refiere ha estado estable, actualmente con adecuado patrón desueño, sin aparentes alteraciones en la ingesta alimentaria, demássintomatología descrita anteriormente. Con adherencia altratamiento y terapia psicológica. No se identifican ideas de muerteo suicidio”. F321-Episodio depresivo moderado. 14 deagosto de2023 Control por psiquiatría. “Paciente de 10 años de edad con trastornodepresivo moderado, excelente desempeño académico, ideas deculpa por fallecimiento de la maestra involucrada en la situaciónlegal que había anteriormente. Análisis paciente de 10 años de edadcon trastorno depresivo moderado, quien demuestra una mejoríaleve en la evolución del cuadro clínico, sin embargo el bullying queestá viviendo por parte de sus compañeros la ha impactadogenerando en ella ideas de culpa. Se le explica que no tiene nadaque ver con lo que ocurrió. Considero continuar mismo manejofarmacológico y control mensual”. F321-Episodio depresivomoderado. 13 demarzo de Control por psiquiatría. “Paciente con antecedente de trastornodepresivo moderado […] como gesto suicida refirió que se iba a2024 lanzar [de un] puente y en relación con el desencadenante a bullyingescolar venía en seguimiento por psiquiatría y psicología últimavaloración el 08/2023 y suspendió fluoxetina hace 6 meses. […] sinideas alucinatorias, con ideación de muerte, ideación de autolesión eideación suicida poco estructurada [..] refiere que se quiere tirar alos carros o se quiere cortar”. F321-Episodio depresivo moderado.
20. Finalmente, la tutelante afirmó que ha presentado quejas “respetando la jerarquía del colegio”[44], “pero ningún funcionario ha tomado cartas en el asunto.Nadie ha intervenido en estas situaciones por lo que continúan las agresiones tanto físicas como verbales”[45]; “hasta la fecha nadie me atiende en el colegio, mi hija yalleva un proceso con psicología y psiquiatría, y actualmente está medicada todo esto a causa de la situación del colegio”[46]. 1.1.2. Hechos relacionados con Martina 21. El 26 de abril de 2023, Lorena sostuvo una reunión con la docente directoradel curso de su hija Martina. En dicha reunión, la docente realizó “algunasobservaciones sobre la falta de algunos útiles escolares y la no presentación detareas, de igual forma recal[có] bastante sobre pautas de crianza y orientación de lastareas en la casa a lo cual ella se comprometió a proporcionar los útiles faltantes, aorientar las tareas y dialogar con la niña sobre sus responsabilidades”; “la niña sesintió respaldada por la mamá estando en el colegio más alegre, pero siempre con apego a la mamá”[47]. 22. El 3 de mayo de 2023, Lorena recibió el informe académico de Martina. Ladirectora de curso le informó que la menor “presenta desempeño bajo en las áreas dehumanidades, matemáticas y ciencias naturales, para lo cual firma acta en donde secompromete a realizar en casa refuerzos de lecto escritura, orientación de tareas,proporcionar lo necesario para el buen desempeño, a valorar siempre el esfuerzo de
la niña y la superación de sus dificultades”[ 4 8 ] . 23. El 9 de junio de 2023, Martina, de 5 años, quien cursa primer grado, lecomentó que “a mí también los niños me molestan y me dicen cosas feas hasta queme hacen llorar”. Ante dicha situación, Lorena acudió a la Institución Educativa yconversó con la docente de aula, quien le comunicó que “ha estado pendiente delcaso […] y [h]a remitido información para solicitar apoyo con la orientadora”, que“la docente ha realizado su manejo al interior del curso […], el cual no es tan grave, pero que ya empezó a tener raíces”[49]. 24. Según informó la directora de curso, la menor “se presentó acompañada de lamamá pero no se quedó en clase”. Le ha consultado “que compañeritos la molestaban sin determinar los presuntos responsables”[50]. 25. El 21 de junio de 2023, Mario, un compañero de curso “dice que pellizcó sin
querer”[51] y que “la apretó en los dos brazos”[52]. Otro compañero, Jesús, indicó que “fue agredido por [Martina] con un puño”[53], que “atraviesa los pies a los niños”[54], y que otros compañeros fueron también agredidos. El coordinador deconvivencia se reunió con los menores, hizo las recomendaciones de convivencia yles pidió que no se repitiera la situación; “los niños conciliaron, se perdonaron yescucharon atentos la reflexión”[55]. En caso de reincidir, se les informó que seríanremitidos con la orientadora escolar, previa citación de los padres de familia. 26. El 25 de julio de 2023, Lorena suscribió acta de compromiso mediante la cualse comprometió a apoyar el proceso de tareas en casa y garantizar la asistencia de la menor a clase[ 5 6 ] . 27. Martina reprobó primero de primaria. Actualmente está repitiendo el curso enla Institución Educativa accionada. 1.2. Solicitudes elevadas ante las autoridades 28. El 5 de junio de 2023, la accionante elevó petición ante la ProcuraduríaGeneral de la Nación, la Personería de Villapinzón, el Ministerio de Educación y laSecretaría de Educación de Cundinamarca, mediante la cual puso de presente los presuntos hechos de acoso escolar de los que han sido víctimas sus hijas[57]. Solicitóadoptar “una solución urgente para el grave problema de maltrato, matoneo, acoso
escolar o bullying”[58]. Sostuvo que, “dadas las circunstancias, no puedo permitirque mi hija continúe asistiendo a la Institución Educativa, ya que su bienestar y seguridad se encuentran seriamente comprometidos”[59]. En consecuencia, pidió“encontrar una resolución adecuada y rápida para esta situación, ya que la salud ybienestar de mi hija son de suma importancia. Por tanto, les insto a que considerenseriamente este asunto y tomen las medidas necesarias para asegurar que mi hija reciba la atención y el cuidado que necesita”[60]. 29. Las entidades gestionaron la petición de la actora como se pasa a explicar: Entidad Gestión Personería deVillapinzón Afirmó que “[n]o se tiene competencia paradisciplinar a la docente y no se remitió a la secretaríade Educación de Cundinamarca por cuanto estaentidad también fue vinculada a la presente acción”. Secretaría deEducación deCundinamarca El 23 de junio de 2023, solicitó información al rectorde la Institución Educativa. Ese mismo día informó ala tutelante que “solicitó al Rector de la [InstituciónEducativa], información en relación con su queja”.El 16 de agosto de 2023 efectuó “traslado porcompetencia” a la jefe de la Oficina de ControlInterno Disciplinario de la Gobernación deCundinamarca. La solicitud se encuentra en estadode “seguimiento”. Ministerio deEducación Nacional El 9 de junio de 2023 informó que “fue remitida a laSecretaría de Educación DepartamentalCundinamarca, para que de acuerdo con sucompetencia dé respuesta a la petición”. Medianteoficio 2023-ER-410350, el 9 de junio de 2023,trasladó la queja a la secretaría de educación deCundinamarca y solicitó otorgar la respuesta a latutelante.
ProcuraduríaGeneral de laNación Mediante oficio del 15 de junio de 2023, laProcuraduría Provincial de Guateque remitió lasolicitud por competencia a la Personería delMunicipio de Villapinzón
2. Pretensiones y fundamentos de la tutela[61]
30. Según la tutelante, la Institución Educativa “no solo ha vulnerado losderechos constitucionales y supranacionales de [sus] hijas, sino que también ha ignorado el ejercicio del debido proceso para abordar el maltrato hacia ella[s]”[62].Además, afirma que el colegio no ha adoptado las políticas o protocolos quepermitan la prevención, detección temprana o inmediata, atención o protección frenteal acoso escolar, con el fin de proteger los derechos fundamentales de los menores yevitar escenarios
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