CC - A030-2015
Corte Constitucional
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Detalles
- Título
- CC - A030-2015
- Autor
- Corte Constitucional
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2015
Auto 030/15 SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DERECHO A LA SALUD Y LA VIDA-Seguimiento al cumplimiento de la orden vigésima quinta de la sentencia T-760/08 SEGUIMIENTO SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DERECHO A LA SALUD Y VIDA-Requerir información adicional al Ministerio de Salud y Protección Social, sobre los soportes allegados por algunas Entidades Promotoras de Salud, respecto de solicitudes de recobro glosadas por “fallo de tutela” y “principio activo en POS” Referencia: Seguimiento a la orden vigésima quinta de la Sentencia T-760 de 2008.
Asunto: Requerimiento de información adicional al Ministerio de Salud y Protección Social sobre los soportes allegados por algunas Entidades Promotoras de Salud respecto de solicitudes de recobro glosadas por “Fallo de Tutela” y “Principio Activo en
POS”.
Magistrado Ponente:
JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
Bogotá D. C., diez (10) de febrero de dos mil quince (2015). El Magistrado Sustanciador, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, procede a dictar el presente auto, con base en los siguientes:
I. ANTECEDENTES
1. En la Sentencia T-760 de 2008 fueron dictados una serie de mandatos estructurales encaminados a garantizar el flujo de recursos al interior del sistema de salud. De allí que en el ordinal vigésimo quinto se ordenara al entonces Ministerio de Protección Social, el pago de las solicitudes de recobro glosadas
bajo las categorías de “fallo de tutela” y “principio activo en POS”.
2. En virtud del trámite constitucional de supervisión efectuado a dicha orden, la Sala Especial de Seguimiento profirió el Auto 065 de 2014 por medio del cual se solicitó información actualizada sobre la problemática que motivó el mandato 2 estructural. En dicho proveído se ordenó a todas las aseguradoras del país que suministraran datos precisos referentes a las solicitudes de recobro glosadas por “fallo de tutela” y “principio activo en POS”, especificando cuántas fueron radicadas, pagadas y no pagadas a la fecha de comunicación de la decisión.
3. Más adelante, en el Auto 152 de 2014 la Sala requirió a las EPS que no dieron respuesta dentro del plazo establecido a las órdenes impartidas en la providencia mencionada, para que allegaran la información solicitada.
4. De las respuestas recibidas de los citados proveídos, este Tribunal constató que treinta y tres (33) EPS afirmaron no tener ninguna solicitud de recobro glosada bajo las categorías “fallo de tutela” y/o “principio activo en POS” pendiente por pagar, o aseguraron que las solicitudes fueron canceladas.
Así mismo, cuatro (4) EPS afirmaron que aún se les adeuda recobros glosados por “principio activo en POS”, seis (6) informaron que aún se les adeudan recobros glosados únicamente por “fallo de tutela”, dieciocho (18) se les adeudan recobros glosados por ambas categorías y dos (2) allegaron la información requerida pero esta era incomprensible.
5. Con base en dichos datos, mediante Auto 264 de 2014 la Corte solicito a algunas entidades promotoras de salud que allegaran los soportes de las solicitudes de recobros glosadas por “fallo de tutela” y “Principio activo en POS. A continuación se reseñan las respuestas a dicha providencia: 5.1. Entidades que reportaron solicitudes de recobro glosadas por “fallo de
tutela” pendientes por pagar:
SOLICITUDES DE RECOBROS GLOSADAS POR “ FALLO DE
TUTELA” PENDIENTES POR PAGAR
RESPUESTA A LOS RESPUESTA AL AUTO 264
AUTOS 065 Y 152 DE 2014 DE 2014
EPS
CANTIDA SOPORTES/
VALOR D ACLARACIONES La entidad allegó 55 oficios de notificación de resultados, más
1. Cruz 33 casos con sus respectivos Blanca 1.187 $1.950.901.840 oficios como soportes de las EPS1 solicitudes de recobros pendientes por pagar.
La entidad envió la relación de
2. Famisanar 235 $213.564.072 235 solicitudes de recobros EPS2 por valor de $213.564.072.
1Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 77-80. 2Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 81-90 3 La entidad allegó 56 soportes
3. Colsubsidi 56 de solicitudes de recobros que $121.411.022 o3 no le fueron pagados por valor de $121.411.022.
La entidad informó el pago parcial por parte del Fosyga de 1.191 solicitudes de recobro
por valor de $952.280.051. Comunicó que 178 solicitudes por valor de $303.531.744, se encuentran en manos de 1.503
4. Sanitas4 $1.373.861.461 Fosyga y no de EPS Sanitas.
Finalmente informó de 134 solicitudes de recobros por valor de $118.049.666 fueron glosadas en su totalidad correspondientes a tecnología no POS prestadas durante los periodos de 2005 a 2008. La entidad envió 81 oficios de notificación de resultados, más
5. Saludcoop 6.119 958 casos con sus respectivos
$5.306.603.025 EPS5 oficios como soportes de las solicitudes de recobros pendientes por pagar. La entidad envió 83 oficios de notificación de resultados, más
6. Cafesalud 5.516 117 casos con sus respectivos
$4.065.379.017 EPS6 oficios como soportes de las solicitudes de recobro pendientes por pagar. La entidad allegó los soportes
7. Colpatria 14 $7.086.722 de 14 solicitudes de recobros Salud7 por valor de $7.086.722.
8. Salud Total 4.939 $3.804.240.666 La entidad informó que 396
EPS8 recobros fueron aprobados y pagados por valor de $346.965.144. Adeudándosele 4.542 solicitudes de recobros 3Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 91-94. 4Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 95. 5 Cf. AZ Orden XXV-P, folios 96-100. 6 Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 101-106. 7Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 107-113.
8Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 114-115. 4 por valor de $3.457.275.522. La entidad informó que a la fecha ya le fueron cancelados algunos recobros, motivo por el cual envía información
9. Solsalud 1.264 $1.207.469.291 actualizada, en la que se EPS9 ,11 encuentran los soportes de 1.260 solicitudes pendientes por valor de
$1.195.838.804,11. La entidad envió la relación de 290 soportes de solicitudes de 10.Golden 3 $253.847.945,8 recobros que no le fueron Group10 0 pagados por valor de $253.847.945,80. La entidad allegó 1.235 11.Comfenalc 1.102 $690.455.535,5 soportes de solicitudes de o Tolima11 0 recobros por valor de $690.455.535,50. La entidad allegó los soportes 288 de 288 solicitudes de recobros 12.Comparta12 $895.702.883 que no le fueron pagados por valor de $895.702.883. La entidad envió 2.899 13.Compensa 2.919 imágenes de los soportes de $3.230.184.282 r13 recobros para un total de 198 casos. 14.Capresoca 5 $42.413.994 La entidad informó que las EPS-S14 solicitudes fueron tramitadas en su totalidad y a la fecha no hay recobros glosados por "fallo de tutela" y "principio 9Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 117-214. 10Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 215.
11Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 217. 12Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 219. 13Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 223-225. 14Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 220-221. 5 activo en POS". Envió la relación de los soportes de 90 solicitudes de 15.Asmet 90 $56.295.175 recobros que no le fueron Salud15 pagados por valor de $56.295.175 La entidad envió 1 soporte de 16.Comfasucr 1 $ 25.478.260 solicitud de recobros por e16 valor de $ 25.478.260. La entidad envió 180 180 17.Red Salud17 $280.306.828 solicitudes por valor de $280.306.828. La entidad envió relación de los 3 soportes de solicitudes 18.AlianSalu 3 $314.000 de recobros que no le fueron d18 pagados por valor de $253.847.945,80. 19.Comfenalc La entidad envió los soportes 63 o $42.559.811 de 63 solicitudes de recobros Antioquia19 por valor de $42.559.811. La entidad allegó los soportes 20.Coosalud20 69 $609.661.643 con ocasión de la respuesta al Auto 065 de 2014. La entidad allegó los soportes 2.985 21.Coomeva21 $4.095.501.303 con ocasión de la respuesta al Auto 065 de 2014. 22.Unicajas Comfacund 182 $194.161.161 NO CONTESTÓ i 23.Emssanar 30 $91.548.150 NO CONTESTÓ ESS
24.Comfenalc 3.626 $2.023.631.547 NO CONTESTÓ o Valle 6 $290.145.132 25.CaliSalud NO CONTESTÓ 1 $20.761.189 15Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 241-242. 16Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 243-246. 17Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 258-266. 18Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 269. 19Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 267-268. 20Cfr. AZ Orden XXV-N, folios 503-517. 21Cfr. AZ Orden XXV-N, folios 518-519. 6 5.2. Entidades que reportaron solicitudes de recobro glosadas por “Principio Activo en POS” pendientes por pagar:
SOLICITUDES DE RECOBROS GLOSADAS POR “ PRINCIPIO
ACTIVO EN POS” PENDIENTES POR PAGAR
RESPUESTA A LOS RESPUESTA AL AUTO 264
AUTOS 065 Y 152 DE 2014 DE 2014
EPS
CANTIDA SOPORTES/
VALOR D ACLARACIONES La entidad allegó relación de
1. Famisanar 3.695 $4.273.523.561 3.695 solicitudes de recobros EPS22 por valor de $4.273.523.561.
La entidad envió la relación de 28 soportes de solicitudes de
2. Colsubsidi 28 $50.680.346 recobros por valor de o23 $50.680.346 que no le fueron pagados.
La entidad informó el pago parcial por parte del Fosyga de 30 solicitudes por valor de
3. Sanitas24 31 $7.585.092 $3.843.273. Envió el soporte
de 1 solicitud de recobro no cancelada por valor $3.843.819. La entidad allegó los soportes
4. Colpatria 8 $23.987.796 de 8 solicitudes de recobros Salud25 por valor de $23.987.796.
La entidad informó que 37 recobros fueron aprobados y
5. Salud Total pagados por valor de
74 $16.970.214 EPS26 $9.526.797. Adeudándosele 37 solicitudes de recobros por valor de $7.443.417.
6. Solsalud 1.233 $2.396.144.008 La entidad informó que a la EPS27 ,72 fecha ya le fueron pagados algunos recobros, motivo por el cual envía nueva información, en la que se encuentran los soportes de
22Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 81-90 23Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 91-94. 24Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 95. 25Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 107-113. 26Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 114-115. 27Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 117-214. 7 1.224 solicitudes pendientes por valor de $2.390.827.738,72. La entidad allegó la relación de 53 soportes de solicitudes
7. Golden 47 $178.020.061 de recobros que no le fueron Group28 pagados por valor de
$178.020.061. La entidad informó que los recobros por “principio activo en POS” ya le fueron cancelados en su totalidad por
8. Comfamili
1 $ 130.950 parte del Instituto ar Nariño29 Departamental de Salud de Nariño y comunica que solo presenta glosas de recobros por fallo de tutela”.
9. Comfamili La entidad allego 12 soportes 29 $ 3.006.434 ar Huila30 por un valor de $ 3.006.434.
La entidad allego los soportes de 270 solicitudes de recobros 10.Comparta31 270 $1.811.163.437 que no le fueron pagados por valor de $1.811.163.437. La entidad informó que las solicitudes fueron tramitadas 11.Capresoca en su totalidad y a la fecha no 9 $434.883.269 EPS-S32 hay recobros glosados por "fallo de tutela" y "principio activo en POS". 28Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 215. 29Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 216. 30Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 218. 31Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 219. 32Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 220-221. 8 La entidad envió 3.256 12.Compensa imágenes de los soportes de 3.434 $6.044.303.714 r33 recobros para un total de 189 casos. Envió la relación de los soportes de 10 solicitudes de 13.Asmet 10 $2.056.280 recobros que no le fueron Salud34 pagados por valor de $2.056.280 La entidad envió 136 14.Red Salud35 136 $246.095.909 solicitudes por valor de $246.095.909. La entidad informó que se le realizó un pago parcial para
15.AlianSalu las dos solicitudes motivo por 2 $274.210 d36 el cual, las cuentas de cobros originales se encuentran en poder de Fidusalud. La entidad envió los soportes 16.Comfenalc de 2.300 solicitudes de o 2.300 $1.457.305.127 recobros por valor de Antioquia37 $1.457.304.127. La entidad envió 218 solicitudes de recobros 17.EPM38 218 $ 13.795.440 glosadas, con saldo pendiente por pagar de $ 13.795.440. La entidad allegó los soportes 18.Coosalud39 52 $192.065.822 con ocasión de la respuesta al Auto 065 de 2014. La entidad allegó los soportes $196.308.417.1 19.Coomeva40 138.876 con ocasión de la respuesta al 37 Auto 065 de 2014. $ 20.Comfacor 19 NO CONTESTÓ 1.724.758.144 21.Emssanar 1 $44.972.352 NO CONTESTÓ ESS 33Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 223-225. 34Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 241-242. 35Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 258-266. 36Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 269. 37Cfr. AZ Orden XXV-P, folios 267-268. 38Cfr. AZ Orden XXV-Q, folios 1-27. 39Cfr. AZ Orden XXV-N, folios 503-517. 40Cfr. AZ Orden XXV-N, folios 518-519. 9 22.Comfenalc 8.309 $7.380.706.019 NO CONTESTÓ o Valle
1 $56.411.356 23.CaliSalud NO CONTESTÓ 2 $78.657.628 5.3. Entidades a las que se les requirió nuevamente la información de la relación de los recobros glosados: EPS RESPUESTA AL AUTO 264 DE 2014 “Fallo de tutela” “Principio activo en POS” La entidad envió la relación La entidad allegó la relación
1. Mallamas exacta de los soportes de 30 exacta de los soportes de 4
EPS41 solicitudes de recobros que solicitudes de recobros que no no le fueron pagados por le fueron pagados por valor de valor de $300.649.374. $51.248.610.
2. Salud
NO CONTESTÓ
Cóndor
II. CONSIDERACIONES DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
1. Análisis de la información requerida I.1. Una vez analizada la información allegada por las entidades concernidas, la Sala Especial: I.1.1. Acogerá las aclaraciones de las EPS Comfamiliar Nariño y Capresoca en cuanto precisaron que las sumas reportadas en respuesta al Auto 065 de 2014, como pendientes por pagar de las dos categorías de recobros glosados de que trata esta orden, ya fueron canceladas por lo que a la fecha no se adeuda ningún concepto sobre tales cifras.
I.1.2. A pesar de la voluminosa información que reposa en el expediente, evidencia que aún existen entidades que afirman tener recobros glosados por las categorías “principio activo en POS” y “fallo de tutela”, respecto de las cuales la Sala debe obtener mayores elementos de juicio para el análisis que posteriormente realice sobre el cumplimiento de la orden vigésima quinta.
I.2. Con base en lo anterior, este Tribunal considera necesario hacer una confrontación rigurosa de los datos obtenidos, para lo cual ordenará al Ministerio de Salud y Protección Social presentar un informe respecto de cada una de dichas entidades, tal y como se referencia a continuación: I.2.1. Solicitudes de recobro glosadas por “fallo de tutela” presuntamente pendientes por pagar: 41Cfr. AZ Orden XXV-P, folio 222. 10
SOLICITUDES DE RECOBRO GLOSADAS POR
“FALLO DE TUTELA” PRESUNTAMENTE
PENDIENTES POR PAGAR Entidad Cantidad Valor 1 Cruz Blanca 1.187 $1.950.901.840 2 Famisanar 235 $213.564.072 3 Colsubisido 56 $121.411.022 4 Sanitas 1.503 $1.373.861.461 5 Saludcoop 6.119 $5.306.603.025 6 Cafesalud 5.516 $4.065.379.017 7 Colpatria 14 $7.086.722 8 Salud Total 4.542 $3.457.275.522 9 Solsalud 1.260 $1.195.838.804,11 1 Golden Group 3 $253.847.945,80 0 Comfenalco 11 1.102 $690.455.535,50 Tolima 1 Comparta 288 $895.702.883 2 1 Compensar 2.919 $3.230.184.282 3 1 Asmet salud 90 $56.295.175 4 1 Comfasucre 1 $25.478.260 5 1 Redsalud 180 $280.306.828 6 1
Aliansalud 3 $314.000 7 1 Comfenalco 63 $42.559.811 8 Antioquia 1 Coosalud 69 $609.661.643 9 2 Coomeva 2.985 $4.095.501.303 0 2 Mallamas 30 300.649.374 1 I.2.2. Solicitudes de recobro glosadas por “fallo de tutela” presuntamente pendientes por pagar respecto de las cuales la Sala no cuenta con datos actualizados ni soportes de radicación:
ENTIDADES RESPECTO DE LAS CUALES LA SALA NO
11
CUENTA CON LOS SOPORTES DE RADICACIÓN DE LAS
SOLICITUDES DE RECOBRO GLOSADAS POR “FALLO DE
TUTELA” PRESUNTAMENTE PENDIENTES POR PAGAR42
EPS Cantidad Valor 1 Unicajas - Comfacundi 182 $ 194.161.161 2 Emssanar 30 $ 91.548.150 Comfenalco Valle 3.626 $ 2.023.631.547 3 6 $ 290.145.132 4 Calisalud 1 $ 20.761.189 I.2.3. Solicitudes de recobro glosadas por “principio activo en POS” presuntamente pendientes por pagar:
SOLICITUDES DE RECOBRO GLOSADAS POR
“PRINCIPIO ACTIVO EN POS" PRESUNTAMENTE
PENDIENTES POR PAGAR Entidad Cantidad Valor 1 Famisanar 3.695 $4.273.523.561 2 Colsubisido 28 $50.680.346 3 Sanitas 1 $3.843.819 4 Colpatria 8 $23.987.796 5 Salud Total 37 $7.443.417
6 Solsalud 1.224 $2.390.827.738,72 7 Golden Group 47 $178.020.061 Comfamiliar 8 29 $3.006.434 Huila 9 Comparta 270 $1.811.163.437 10 Compensar 3.434 $6.044.303.714 11 Asmet salud 10 $2.056.280 12 Redsalud 136 $246.095.909 13 Aliansalud 2 $274.210 Comfenalco 14 2.300 $1.457.305.127 Antioquia 15 EPM 218 $13.795.440 16 Coosalud 52 $192.065.822 17 Coomeva 138.876 $196.308.417.137 18 Mallamas 4 51.248.610 I.2.4. Solicitudes de recobro glosadas por “principio activo en POS” presuntamente pendientes por pagar respecto de las cuales la Sala no cuenta con los soportes de radicación: 42 Información tomada de la respuesta entregada al Auto 220 de 2011. 12
ENTIDADES RESPECTO DE LAS CUALES LA SALA NO
CUENTA CON LOS SOPORTES DE RADICACIÓN DE LAS
SOLICITUDES DE RECOBRO GLOSADAS POR “PRINCIPIO
ACTIVO EN POS" PRESUNTAMENTE PENDIENTES POR
PAGAR43
EPS Cantidad Valor 1 Comfacor 19 $ 1.724.758.144 2 Emssanar 1 $ 44.972.352 3 Comfenalco Valle 8.309 $ 7.380.706.019 1 $ 56.411.356 4 Calisalud 2 $ 78.657.628
2. Contenido del informe que debe allegar el Ministerio 2.1. El informe que presente el ente ministerial respecto de lo reportado por las
entidades según se reseñó en los numerales 1.2.1 y 1.2.3. deberá contener los siguientes puntos: 2.1.1. Justificar por qué aún no han sido levantadas y pagadas las glosas “principio activo en POS” y “fallo de tutela” impuestas a las solicitudes de recobro radicadas por las EPS referidas, de conformidad con los soportes allegados en respuesta al Auto 264 de 2014. 2.1.2. Los motivos que sean expuestos con ocasión de la respuesta al punto anterior, así como los casos sobre los cuales informe que ya fueron pagados los recobros glosados reportados por dichas entidades, deberán estar acompañados de los documentos o soportes que acrediten lo informado, donde conste: (i) la fecha del trámite; (ii) la respuesta dada a la EPS, esto es, si la solicitud fue aprobada o rechazada, en este último caso, las razones por las cuales no se aprobó la solicitud y; (iii) la fecha y constancia de pago en caso de haberse realizado.
3. Información específica sobre las EPS que no allegaron soportes 3.1. El Ministerio deberá certificar si en sus archivos o bases de datos existen soportes de radicación sobre las aseguradoras referidas en los considerandos 1.2.2. y 1.2.4. 3.2. Lo anterior, en tanto dichas entidades afirmaron tener solicitudes glosadas por las categorías de que trata la orden vigésima quinta, pendientes por pagar sobre las cuales no fueron allegados los respectivos soportes. En caso de contar con tales documentos, deberá pronunciarse en igual sentido según lo requerido en la consideración núm. 2 de esta providencia.
43Ibídem. 13
4. Remisión al Ministerio de Salud y Protección Social de los soportes allegados por las EPS en respuesta al Auto 215 de 2014
Para efectos de las respuestas al numeral 2 de la parte motiva de esta providencia, será remitida al ente ministerial una copia de la información allegada por las entidades en respuesta al Auto 264 de 2014. De igual forma, se enviará copia de la información contenida en el expediente respecto de las EPS referidas en los considerandos 1.2.2. y 1.2.4. En mérito de lo expuesto,
III. RESUELVE Primero.- Remitir al Ministerio de Salud y Protección Social copia de los soportes enviados por las entidades concernidas en respuesta al Auto 264 de 2014 y de la información contenida en el expediente respecto de las EPS referidas en los numerales 1.2.2. y 1.2.4. de la parte motiva de este auto.
Segundo.- Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que, en el término perentorio de quince (15) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de esta decisión, allegue los informes de que tratan los numerales 2º y 3º de la parte considerativa de este proveído. Tercero.- Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar la comunicación correspondiente acompañando copia integral de este proveído. Publíquese y cúmplase,
JORGE IVÁN PALACIO PALACIO
Magistrado
ANDRÉS MUTIS VANEGAS
Secretario General (E)