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CC - A1097-2024

Corte Constitucional

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Detalles

Título
CC - A1097-2024
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año
2024

TEMAS-SUBTEMAS

Auto A-1097/24 SEGUIMIENTO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE GARANT˝AS DE SEGURIDAD PARA LOS FIRMANTES DEL ACUERDO FINAL DE PAZ-Seguimiento de (cid:243)rdenes impartidas en auto A741/24 en cumplimiento de sentencia SU.020/22

GARANT˝AS DE SEGURIDAD PARA LOS FIRMANTES DEL

ACUERDO FINAL DE PAZ EN PROCESO DE REINCORPORACI(cid:211)N-Ejes transversales REP(cid:218)BLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia SU-020 de 2022 Estado de cosas inconstitucional en el componente de garant(cid:237)as de seguridad para la poblaci(cid:243)n firmante del Acuerdo Final de Paz en proceso de reincorporaci(cid:243)n AUTO 1097 de 2024

Referencia: Seguimiento al cumplimiento de las (cid:243)rdenes del Auto 741 de 2024.

Asunto: Valoraci(cid:243)n del cumplimiento de las medidas urgentes de seguridad para excombatientes que comparecen ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinaci(cid:243)n de Hechos y Conductas de la Jurisdicci(cid:243)n Especial para la Paz y fueron citados a una audiencia regional de reconocimiento.

Nota: Dada la situaci(cid:243)n de riesgo extraordinario o extremo de la poblaci(cid:243)n firmante del Acuerdo de Paz, en esta providencia la Sala omite los nombres de los firmantes del Acuerdo de paz. Los nombres

y datos personales serÆn remitidos a las entidades correspondientes en un anexo reservado1.

Magistrada sustanciadora:

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

BogotÆ D. C., nueve (9) de julio de dos mil veinticuatro (2024) La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022 –integrada por los magistrados Jorge Enrique IbÆæez Najar, Antonio JosØ Lizarazo Ocampo y la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, quien la preside– en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales profiere esta providencia. 1 De acuerdo con el art(cid:237)culo 62 del Reglamento Interno de la Corte Constitucional y con la Circular Interna 10 de 2022, expedida por la Presidencia de la Corte Constitucional, deberÆn omitirse los nombres reales en las providencias de la Corporaci(cid:243)n cuando esto pueda poner en riesgo el derecho a la vida e integridad personal o el derecho a la intimidad personal y familiar. En este caso se trata de datos de personas en riesgo extraordinario o extremo, por lo cual la Sala no usarÆ sus nombres o datos de identificaci(cid:243)n o ubicaci(cid:243)n en la providencia

I. Antecedentes

A. En la Sentencia SU-020 de 2022, la Corte Constitucional declar(cid:243) el estado de cosas inconstitucional del componente de garant(cid:237)as de seguridad para los firmantes del Acuerdo Final de Paz

1. En la Sentencia SU-020 de 2022, la Corte Constitucional ampar(cid:243) los derechos fundamentales a la vida, la integridad personal, la seguridad y la paz

de varios colectivos de firmantes del Acuerdo Final de Paz en proceso de reincorporaci(cid:243)n a la vida civil. A partir del anÆlisis de los casos concretos, la Sala Plena concluy(cid:243) que hubo una masiva y sistemÆtica vulneraci(cid:243)n de los derechos de esta poblaci(cid:243)n y por ello declar(cid:243) un estado de cosas inconstitucional por el bajo nivel de cumplimiento del componente de garant(cid:237)as de seguridad para todos los excombatientes de la extinta guerrilla de las FARC-EP, que estÆn en proceso de reincorporaci(cid:243)n2.

2. Para restablecer los derechos fundamentales vulnerados, la Corte Constitucional dict(cid:243) (cid:243)rdenes, por un lado, para proteger el derecho a la vida, la integridad personal y la seguridad de los accionantes y, por otro lado, para superar el estado de cosas inconstitucional. Sobre las segundas, la Sala Plena consider(cid:243) urgente que el Gobierno Nacional, las entidades territoriales y los organismos de control materializaran las acciones id(cid:243)neas y necesarias para asegurar el cumplimiento de las garant(cid:237)as de seguridad. Especialmente, la Corte resalt(cid:243) la importancia de salvaguardar los derechos de los comparecientes del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparaci(cid:243)n y No Repetici(cid:243)n2 pues su muerte no solo es una pØrdida irremplazable para su familia y allegados, sino que tambiØn priva a la sociedad colombiana y a las v(cid:237)ctimas de reconocimientos de responsabilidad, informaci(cid:243)n que solo ellos

2 Corte Constitucional. Sentencia SU-020 de 2022. M.P: Cristina Pardo Schlesinger. Numeral dØcimo de la parte resolutiva. conocen y actividades hechas por ellos mismos para reparar los daæos que causaron3.

B. En el Auto 741 de 2024, esta Sala orden(cid:243) medidas urgentes de seguridad para garantizar la comparecencia segura y efectiva de antiguos miembros del Comando Conjunto Central de las extintas FARC-EP que fueron convocados a una audiencia de reconocimiento por la Jurisdicci(cid:243)n Especial para la Paz

3. En el Auto 741 de 2024, esta Sala orden(cid:243) medidas urgentes de seguridad para garantizar la comparecencia segura y efectiva de cinco antiguos miembros del Comando Conjunto Central de las extintas FARC-EP.

Ellos hacen parte de un grupo de firmantes que fueron convocados a la primera audiencia territorial de reconocimiento del macrocaso 01, realizada en IbaguØ el 26 de abril de 2024 por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinaci(cid:243)n de Hechos y Conductas de la Jurisdicci(cid:243)n Especial para la Paz.

4. En ese auto y en atenci(cid:243)n a la informaci(cid:243)n comunicada por el despacho relator de ese macrocaso en el Auto JLR 756 de 2024, esta Sala orden(cid:243) a distintas autoridades responsables de las garant(cid:237)as de seguridad para los firmantes del Acuerdo Final de Paz tomar medidas urgentes segœn sus competencias en los subcomponentes de esa pol(cid:237)tica pœblica relevantes para

atender la situaci(cid:243)n integral y oportunamente. En espec(cid:237)fico, la Sala dict(cid:243) (cid:243)rdenes sobre medidas urgentes de: (i) protecci(cid:243)n, (ii) prevenci(cid:243)n y reacci(cid:243)n, y (iii) reincorporaci(cid:243)n. Asimismo, la Sala orden(cid:243) a las autoridades encargadas de las dos primeras entregar un informe de cumplimiento 48 horas despuØs de la notificaci(cid:243)n.

C. Esta Sala recibi(cid:243) informes de los firmantes y de todas las entidades a quienes orden(cid:243) tomar medidas urgentes en el Auto 741 de 2024 3 Corte Constitucional. Sentencia SU-020 de 2022. M.P: Cristina Pardo Schlesinger. Fundamento 5.2.12.

5. El 26 de abril de 2024, esta Sala recibi(cid:243) oportunamente los informes de cumplimiento requeridos a las autoridades encargadas de adoptar e implementar las medidas de prevenci(cid:243)n y reacci(cid:243)n: (i) el Ministerio de Defensa, con informaci(cid:243)n de la Quinta Divisi(cid:243)n, la Sexta Brigada y el Batall(cid:243)n de Infanter(cid:237)a N”18 del EjØrcito Nacional, entre otros; (ii) el Comando Conjunto EstratØgico de Transici(cid:243)n, que tambiØn incluy(cid:243) informaci(cid:243)n de la Quinta Divisi(cid:243)n del EjØrcito Nacional4; y (iii) la Subdirecci(cid:243)n General de la Polic(cid:237)a Nacional-Unidad Policial para la Edificaci(cid:243)n de la Paz, que adjunt(cid:243) los

informes de la Direcci(cid:243)n de Protecci(cid:243)n y Servicios Especiales y de la Polic(cid:237)a Metropolitana de IbaguØ, al igual que dos anexos con fotos y planillas de asistencia.

6. Sobre las medidas de protecci(cid:243)n, el 30 de abril de 2024 –dos d(cid:237)as despuØs del tØrmino ordenado en el Auto 741–, la Sala recibi(cid:243) el informe de cumplimiento solicitado a la Direcci(cid:243)n General de la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. El Director inform(cid:243) el estado actual de los procedimientos de medidas de protecci(cid:243)n de los cinco firmantes, incluyendo en los casos necesarios la explicaci(cid:243)n hist(cid:243)rica de lo que ha sucedido con cada firmante en el Programa de Protecci(cid:243)n Especializada de Seguridad y Protecci(cid:243)n. Es decir: trÆmites de emergencia, solicitudes, evaluaciones de riesgo, asignaci(cid:243)n, implementaci(cid:243)n, modificaci(cid:243)n, pr(cid:243)rroga y terminaci(cid:243)n de las medidas de protecci(cid:243)n.

7. El 7 de mayo, la Agencia para la Reincorporaci(cid:243)n y la Normalizaci(cid:243)n entreg(cid:243) a esta Sala un informe sobre el cumplimiento de la orden octava del Auto 741 de 2024. All(cid:237) explic(cid:243) el procedimiento de los proyectos productivos colectivos e individuales de los firmantes del Acuerdo Final de Paz. MÆs aœn, la entidad detall(cid:243) las gestiones que ha realizado, en un ejercicio de

coordinaci(cid:243)n interinstitucional, para acompaæar a este grupo de firmantes a activar las distintas rutas de seguridad cuando ha sido necesario.

8. Finalmente, el 21 de mayo, el equipo de abogados de los cinco comparecientes del Comando Conjunto Central de las extintas FARC-EP 4 El 22 de mayo y 13 de junio de 2024, el Comando Conjunto EstratØgico de Transici(cid:243)n entreg(cid:243) a la Secretar(cid:237)a de la Corte Constitucional complementos de ese informe. present(cid:243) un informe sobre la implementaci(cid:243)n de las medidas de protecci(cid:243)n y de reincorporaci(cid:243)n que orden(cid:243) esta Sala en el Auto 741 de 2024.

D. La Secci(cid:243)n de Ausencia de Reconocimiento de la Jurisdicci(cid:243)n Especial para la Paz dict(cid:243) medidas cautelares de seguridad para los demÆs comparecientes convocados a la audiencia de reconocimiento

9. El 25 de abril de 2024, a travØs del Auto SAR-AT-247-2024, la Secci(cid:243)n de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicci(cid:243)n Especial para la Paz –en un ejercicio de colaboraci(cid:243)n arm(cid:243)nica y coordinaci(cid:243)n interinstitucional– dict(cid:243) medidas cautelares de seguridad. Estas reforzaron las (cid:243)rdenes dictadas por esta Sala en el Auto 741 de 2024 y ademÆs cobijaron a los demÆs comparecientes del Comando Conjunto Central de las extintas FARC-EP que fueron convocados a la audiencia de reconocimiento

del 26 de abril y que no hab(cid:237)an informado previamente situaciones de riesgo individual o incumplimientos en las medidas de protecci(cid:243)n otorgadas por la UNP ante la Sala de Reconocimiento.

II. Consideraciones

A. Competencia

10. Esta Sala Especial fue creada para hacer seguimiento del cumplimiento de las (cid:243)rdenes de la Sentencia SU-020 de 2022 y de la superaci(cid:243)n del estado de cosas inconstitucional all(cid:237) declarado sobre el componente de garant(cid:237)as de seguridad para los firmantes del Acuerdo Final de Paz.

B. Objetivo de este auto

11. En este auto, la Sala Especial de Seguimiento valora el cumplimiento de las (cid:243)rdenes dictadas a travØs del Auto 741 de 2024. Para ello, la Sala toma como criterio principal de valoraci(cid:243)n la finalidad de las medidas urgentes, que era garantizar la comparecencia segura y efectiva de los firmantes a la audiencia de reconocimiento del 26 de abril. Esto significa que la Sala analiza si la respuesta de las entidades: (i) evit(cid:243) la concreci(cid:243)n de los riesgos informados por la Sala de Reconocimiento de la JEP en el Auto JLR 756 de 2024 para que los firmantes pudieran comparecer de forma segura y efectiva a la diligencia; (ii) tuvo en cuenta los riesgos asociados a esa comparecencia –especialmente despuØs de que la audiencia ocurriera–; y (iii) consecuentemente tom(cid:243) las medidas id(cid:243)neas para mitigar y evitar la consumaci(cid:243)n de esos riesgos, con el fin de salvaguardar los derechos a la vida,

la integridad y la seguridad personal de este grupo de excombatientes de las antiguas FARC-EP y tambiØn de brindar las condiciones necesarias para que sigan compareciendo activamente ante la Jurisdicci(cid:243)n Especial para la Paz5.

12. Con esto en mente, enseguida la Sala valorarÆ respectivamente las medidas urgentes de: (i) protecci(cid:243)n, (ii) prevenci(cid:243)n y reacci(cid:243)n, y (iii) reincorporaci(cid:243)n. Finalmente, la Sala levantarÆ parcialmente el seguimiento de algunas de las (cid:243)rdenes del Auto 741 de 2024 y dictarÆ nuevas para garantizar el cumplimiento de las (cid:243)rdenes restantes de esa providencia.

C. La Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n cumpli(cid:243) parcialmente las

(cid:243)rdenes del Auto 741 de 2024 sobre las medidas urgentes de protecci(cid:243)n

13. En los numerales primero, segundo, tercero, cuarto y quinto del Auto 741 de 2024, la Sala orden(cid:243) varias medidas urgentes de protecci(cid:243)n a cargo de la Direcci(cid:243)n General y la Subdirecci(cid:243)n Especializada de Seguridad y Protecci(cid:243)n de la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. A continuaci(cid:243)n, la Sala valora el cumplimiento de cada una de esas (cid:243)rdenes. Para ello, analiza primero aquellas dictadas para cada compareciente en los numerales primero a cuarto de la parte resolutiva de esa providencia, junto a una de las (cid:243)rdenes contenidas

en el numeral quinto, en la que la Sala exigi(cid:243) a la entidad no levantar ni descompletar las medidas de protecci(cid:243)n que los firmantes tuvieran asignadas y/o implementadas antes de la intervenci(cid:243)n de la Corte Constitucional. La Sala aclara que no menciona los nombres, ni los datos de identificaci(cid:243)n, ni las medidas espec(cid:237)ficas de protecci(cid:243)n de los firmantes comparecientes ante la JEP. La Sala remitirÆ los datos en un anexo reservado œnicamente a las entidades que los requieren para el cumplimiento de sus funciones. Esto se 5 Corte Constitucional. Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU-020 de 2022. Auto 741 de 2024. M.P. Cristina Pardo Schlesinger. Fundamentos 14, 15 y 16. debe a que el numeral 15 del art(cid:237)culo 2.4.1.4.2 del Decreto 299 de 2017 establece que “la información relativa a las personas solicitantes y protegidas del Programa Especial de Seguridad y Protecci(cid:243)n, junto con las medidas planteadas y adoptadas, es reservada”.

14. DespuØs, la Sala valora el cumplimiento de la orden que dict(cid:243) de forma transversal para todos los comparecientes en el numeral quinto sobre la necesidad de valorar y evaluar los riesgos asociados a la comparecencia a la audiencia de reconocimiento, teniendo en cuenta que pueden incrementar despuØs de la diligencia. La Sala aclara que esto se debe a que la orden quinta fue cumplida parcialmente, respecto del mantenimiento de las medidas de protecci(cid:243)n de los cinco comparecientes, pero en ningœn caso hay informaci(cid:243)n

sobre el cumplimiento de ese mismo numeral de la parte resolutiva respecto de la valoraci(cid:243)n de los riesgos asociados a la comparecencia. C.1. Valoraci(cid:243)n del cumplimiento de las medidas urgentes de protecci(cid:243)n para cada compareciente

15. Compareciente 1. Segœn la informaci(cid:243)n recibida por esta Sala en el Auto JLR 756 de 2024, este firmante tuvo medidas de protecci(cid:243)n de emergencia por tres meses que ya terminaron. Para ese momento no ten(cid:237)a medidas de protecci(cid:243)n, a pesar de que tuvo que dejar su domicilio en enero de 2024 por razones de seguridad. La Sala de Reconocimiento solicit(cid:243) a la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n llevar a cabo las gestiones necesarias, dentro de sus competencias, para atender su situaci(cid:243)n. Bajo ese entendido, a continuaci(cid:243)n la Sala identifica las (cid:243)rdenes que dict(cid:243), resume la informaci(cid:243)n sobre ellas segœn los documentos entregados por la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n al igual que por los abogados de los firmantes y, con base en ello, valora el cumplimiento de cada orden.

(cid:211)rdenes del Auto 741 de Valoraci(cid:243)n de la Sala sobre 2024 Informe Informe UNP el cumplimiento de la orden (numeral de firmantes del Auto 741 de 2024 la parte resolutiva) CUMPLIDA. El objetivo de la orden era poder atender la situaci(cid:243)n de riesgo del firmante para que pudiera comparecer a la audiencia de forma segura y efectiva. Sin embargo, no fue necesario

Realizar de El 26 de abril de realizar un trÆmite de forma 2024, la Mesa emergencia porque la inmediata un TØcnica de instancia competente para trÆmite de Seguridad y No hay establecer el nivel de riesgo y emergencia Protecci(cid:243)n valor(cid:243) informaci(cid:243)n al ordenar medidas de para atender la su caso y estableci(cid:243) respecto. protecci(cid:243)n se reuni(cid:243) situaci(cid:243)n del que su nivel de rÆpidamente para atender el compareciente riesgo es caso. Aunque la sesi(cid:243)n de la (1) extraordinario6. instancia no fue oportuna para garantizar la comparecencia segura a la audiencia, s(cid:237) permiti(cid:243) que esta ocurriera en medio de las solicitudes de aplazamiento de los firmantes por falta de garant(cid:237)as de seguridad. El 26 de abril de Adoptar e CUMPLIDA 2024, la Mesa implementar PARCIALMENTE. La MTSP TØcnica de materialmente asign(cid:243) las medidas de Seguridad y las medidas de Tiene algunas protecci(cid:243)n. Sin embargo, la Protecci(cid:243)n orden(cid:243) protecci(cid:243)n medidas de UNP no especifica nada sobre la implementaci(cid:243)n transitorias e protecci(cid:243)n la materializaci(cid:243)n ni sobre los de medidas de id(cid:243)neas para implementadas, plazos planeados para protecci(cid:243)n7. garantizar la pero todav(cid:237)a implementarlas, mientras que 6 Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. Informe entregado a la Sala el 26 de abril de 2024. PÆgina 2.

7 Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. Informe entregado a la Sala el 26 de abril de 2024. PÆgina 2. comparecencia estÆn pendientes el informe de los firmantes es segura y otras8. claro en que todav(cid:237)a estÆn efectiva a la pendientes algunas medidas. audiencia de En todo caso, la Sala resalta reconocimiento que las medidas que s(cid:237) fueron (1) implementadas cumplieron el objetivo de garantizar la comparecencia segura y efectiva a la audiencia. No levantar ni descompletar las medidas de No hay CUMPLIDA. Las medidas de protecci(cid:243)n informaci(cid:243)n protecci(cid:243)n de emergencia que reconocidas La UNP entreg(cid:243) sobre las el firmante ten(cid:237)a antes del antes del Auto todas medidas de medidas de Auto 741 de 2024 fueron 741 de 2024 protecci(cid:243)n de protecci(cid:243)n de totalmente implementadas en para garantizar emergencia que le emergencia que febrero de 2024 y no pod(cid:237)an la segura y hab(cid:237)a reconocido al tuvo el ser levantadas ni efectiva firmante antes del compareciente descompletadas debido a que comparecencia Auto 741 de 20249. antes del Auto se entregaban en una œnica a la audiencia 741 de 2024. vez. de reconocimiento (5)

16. A partir de esta informaci(cid:243)n, la Sala concluye que la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n cumpli(cid:243) parcialmente las (cid:243)rdenes primera y quinta del Auto 741

de 2024 respecto del mantenimiento de las medidas de protecci(cid:243)n del compareciente 1. Para la Sala, aunque ni el Director General ni el entonces Subdirector Especializado realizaron un trÆmite de emergencia, lo cierto es que la entidad atendi(cid:243) la situaci(cid:243)n informada por la Sala de Reconocimiento en el Auto JLR 756 de 2024 rÆpidamente a travØs del procedimiento ordinario 8 Informe entregado a la Sala el 21 de mayo de 2024 por los abogados de los firmantes beneficiarios de las (cid:243)rdenes dictadas en el Auto 741 de 2024. PÆgina 2. 9 Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. Informe entregado a la Sala el 26 de abril de 2024. PÆgina 2. y de la Mesa TØcnica de Seguridad Protecci(cid:243)n, que es la instancia competente del Programa de Protecci(cid:243)n Especializada de Seguridad y Protecci(cid:243)n para ordenar las medidas de protecci(cid:243)n id(cid:243)neas segœn el nivel de riesgo10.

17. Sin embargo, la Sala resalta que esto ocurri(cid:243) el mismo d(cid:237)a de la audiencia. De manera que aunque la reacci(cid:243)n de la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n fue muy rÆpida, lo cierto es que no fue oportuna. No obstante, para la Sala la orden actualmente estÆ cumplida porque –en medio de un contexto en el que los firmantes le solicitaron en repetidas ocasiones a la Sala de Reconocimiento aplazar la audiencia por falta de garant(cid:237)as11– las gestiones de la entidad s(cid:237) contribuyeron a asegurar su comparecencia y que, en todo caso,

el firmante tenga medidas de protecci(cid:243)n asignadas para evitar la concreci(cid:243)n de los riesgos que gener(cid:243) ese hecho.

18. AdemÆs, para la Sala es importante seæalar que –en medio de la urgencia de atender la situaci(cid:243)n del compareciente 1– toda la gesti(cid:243)n de la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n ocurri(cid:243) sin que solicitara apoyo de otras autoridades que estaban en capacidad de colaborar arm(cid:243)nicamente en la protecci(cid:243)n urgente y transitoria del firmante como la Direcci(cid:243)n de Protecci(cid:243)n y Servicios Especiales de la Polic(cid:237)a Nacional y la Unidad de Investigaci(cid:243)n y Acusaci(cid:243)n de la Jurisdicci(cid:243)n Especial para la Paz. En todo caso, como lo informaron los firmantes, la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n implement(cid:243) casi todas las medidas de protecci(cid:243)n que asign(cid:243) la instancia aunque ningœn informe especifica cuÆndo pas(cid:243) esto. Por esas razones y por lo ocurrido el pasado 26 de abril, la Sala considera que las gestiones de la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n, de acuerdo con sus funciones constitucionales y legales, cumplieron el objetivo de garantizar la comparecencia segura y efectiva del firmante a la audiencia de reconocimiento. 10 Decreto Reglamentario 299 de 2017. “Por el cual se adiciona el capítulo 4 al título 1, de la parte 4 del libro 2 del Decreto 1066 de 2015, en lo que hace referencia a un programa de protección”. 23 de febrero de

2017. Art(cid:237)culo 2.4.1.4.6, literales C, F, K, I, N. 11 Jurisdicción Especial para la Paz. Comunicado 49 “La JEP responde a las víctimas y ofrece garantías para llevar a cabo la Primera Audiencia Regional de Reconocimiento de Verdad por secuestros de las extintas

FARC-EP”. 25 de abril de 2024. Disponible en: https://www.jep.gov.co/Sala-de-Prensa/Paginas/-la-jep-les-responde-a-las-victimas-y-ofrece-las-garantias-p ara-llevar-a-cabo-la-primera-audiencia-regional-de-reconocimien.aspx

19. En consecuencia, la Sala levantarÆ el seguimiento de las (cid:243)rdenes primera –numeral primero– y quinta –parcial, respecto del mantenimiento de las medidas de protecci(cid:243)n asignadas antes de la intervenci(cid:243)n de esta Sala–, en los tØrminos que explic(cid:243) anteriormente. No obstante, la Sala identifica que todav(cid:237)a hay medidas de protecci(cid:243)n que fueron asignadas al firmante en cumplimiento del Auto 741 de 2024 pendientes por implementar. Entonces, ordenarÆ a la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n hacerlo inmediatamente y entregar un informe de cumplimiento en los cinco d(cid:237)as hÆbiles siguientes a la notificaci(cid:243)n de esta providencia.

20. Compareciente 2. Segœn la informaci(cid:243)n recibida por esta Sala en el Auto JLR 756 de 2024, este firmante ten(cid:237)a medidas de protecci(cid:243)n asignadas, pero la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n todav(cid:237)a no hab(cid:237)a implementado una de

ellas. Por esas razones, la Sala de Reconocimiento solicit(cid:243) a la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n llevar a cabo las gestiones necesarias, dentro de sus competencias, para atender su situaci(cid:243)n. Bajo ese entendido, a continuaci(cid:243)n esta Sala identifica las (cid:243)rdenes que dict(cid:243), resume la informaci(cid:243)n sobre ellas, segœn los documentos entregados por la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n al igual que por los abogados de los firmantes y, con base en ello, valora el cumplimiento de cada orden. Valoraci(cid:243)n de la Sala (cid:211)rdenes del Auto sobre el 741 de 2024 Informe UNP Informe firmantes cumplimiento de la (numeral de la orden del Auto 741 parte resolutiva) de 2024 Las medidas de Todas las medidas Implementar CUMPLIDA. Todas protecci(cid:243)n asignadas de protecci(cid:243)n materialmente, de las medidas de en la Resoluci(cid:243)n asignadas fueron forma inmediata, protecci(cid:243)n asignadas MTSP-000213 del 6 implementadas todas las medidas con base en la œltima de febrero de 2024 antes de la de protecci(cid:243)n evaluaci(cid:243)n de riesgo estÆn completas12. audiencia13. asignadas antes del del compareciente 12 Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. Informe entregado a la Sala el 26 de abril de 2024. PÆgina 3. 13 Informe entregado a la Sala el 21 de mayo de 2024 por los abogados de los firmantes beneficiarios de las (cid:243)rdenes dictadas en el Auto 741 de 2024. PÆgina 2.

Auto 741 de 2024 fueron implementadas con base en la por la UNP antes de la œltima evaluaci(cid:243)n audiencia. de riesgo hecha (2) No levantar ni descompletar las CUMPLIDA. Para la medidas de fecha de la audiencia protecci(cid:243)n Las medidas de Todas las medidas el firmante ten(cid:237)a reconocidas antes protecci(cid:243)n asignadas de protecci(cid:243)n implementadas todas del Auto 741 de en la Resoluci(cid:243)n asignadas fueron las medidas de 2024 para MTSP-000213 del 6 implementadas protecci(cid:243)n asignadas garantizar la segura de febrero de 2024 antes de la antes del Auto 741 de y efectiva estÆn completas14. audiencia15.

2024. Actualmente comparecencia a la todas se mantienen. audiencia de reconocimiento (5)

21. A partir de esta informaci(cid:243)n, la Sala concluye que la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n cumpli(cid:243) la orden segunda y parcialmente la quinta del Auto 741 de 2024 respecto del compareciente 2, en lo que tiene que ver con el mantenimiento de sus medidas de protecci(cid:243)n. Ambos informes coinciden en que la entidad: (i) implement(cid:243) antes de la audiencia todas las medidas de protecci(cid:243)n asignadas al firmante por la Mesa TØcnica de Seguridad y Protecci(cid:243)n en atenci(cid:243)n a su œltima evaluaci(cid:243)n de riesgo; y (ii) las mantuvo para la audiencia y hasta la actualidad. Por esas razones, es claro que las

gestiones de la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n fueron oportunas e id(cid:243)neas para garantizar la comparecencia segura y efectiva de este firmante a la audiencia de reconocimiento. En consecuencia, la Sala levantarÆ parcialmente seguimiento de las (cid:243)rdenes segunda y quinta, sobre el mantenimiento de las medidas de protecci(cid:243)n, ambas respecto del compareciente 2 y segœn lo que explic(cid:243) anteriormente. 14 Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. Informe entregado a la Sala el 26 de abril de 2024. PÆgina 3. 15 Informe entregado a la Sala el 21 de mayo de 2024 por los abogados de los firmantes beneficiarios de las (cid:243)rdenes dictadas en el Auto 741 de 2024. PÆgina 2.

22. Compareciente 3. Segœn la informaci(cid:243)n recibida por esta Sala en el Auto JLR 756 de 2024, este firmante ten(cid:237)a medidas de protecci(cid:243)n asignadas, pero todav(cid:237)a hab(cid:237)a una pendiente por implementar. La Sala de Reconocimiento solicit(cid:243) a la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n llevar a cabo las gestiones necesarias, dentro de sus competencias, para atender su situaci(cid:243)n.

Bajo ese entendido, a continuaci(cid:243)n la Sala identifica las (cid:243)rdenes que dict(cid:243), resume la informaci(cid:243)n sobre ellas segœn los documentos entregados por la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n al igual que por los abogados de los firmantes y, con base en ello, valora el cumplimiento de cada orden. (cid:211)rdenes del Auto Valoraci(cid:243)n de la Sala

741 de 2024 Informe sobre el cumplimiento Informe UNP (numeral de la firmantes de la orden del Auto 741 parte resolutiva) de 2024 Implementar materialmente, de forma inmediata, INCUMPLIDA. La UNP Todav(cid:237)a no estÆ todas las medidas Asign(cid:243) la medida asign(cid:243) la medida de implementada la de protecci(cid:243)n de protecci(cid:243)n el protecci(cid:243)n que estÆ medida de asignadas antes del 13 de marzo de pendiente por protecci(cid:243)n Auto 741 de 2024 202416. implementar pero no la ha asignada17. con base en la materializado. œltima evaluaci(cid:243)n de riesgo hecha (2) Tiene medidas de CUMPLIDA. La UNP No levantar ni Las medidas de protecci(cid:243)n mantuvo las medidas de descompletar las protecci(cid:243)n asignadas19. No protecci(cid:243)n asignadas al medidas de asignadas en la hay mÆs firmante en atenci(cid:243)n a la protecci(cid:243)n Resoluci(cid:243)n informaci(cid:243)n al œltima evaluaci(cid:243)n de reconocidas antes MTSP-00516 del respecto. riesgo. del Auto 741 de 29 de febrero de 16 Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n. Informe entregado a la Sala el 26 de abril de 2024. PÆgina 3. 17 Informe entregado a la Sala el 21 de mayo de 2024 por los abogados de los firmantes beneficiarios de las (cid:243)rdenes dictadas en el Auto 741 de 2024. PÆgina 2.

2024 para 2024 estÆn garantizar la segura completas18. y efectiva comparecencia a la audiencia de reconocimiento (5)

23. A partir de esta informaci(cid:243)n, la Sala concluye que la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n incumpli(cid:243) la orden segunda del Auto 741 de 2024 –respecto del compareciente 3– porque sigue sin implementar la medida de protecci(cid:243)n ordenada por la Mesa TØcnica de Seguridad y Protecci(cid:243)n y asignada el 13 de marzo de este aæo. En consecuencia, la Sala le ordenarÆ hacerlo inmediatamente y entregar un informe en cinco d(cid:237)as.

24. Por otro lado, la Sala considera que la Unidad Nacional de Protecci(cid:243)n cumpli(cid:243) parcialmente la orden quinta del Auto 741 de 2024 respecto del compareciente 3 en lo que tiene que ver con el mantenimiento de sus medidas de protecci(cid:243)n. Ello en vista de que la entidad inform(cid:243) que el firmante tiene medidas de protecci(cid:243)n asignadas desde el 29 de febrero de 2024 que actualmente estÆn implementadas, excepto una –la medida de la or

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