CC - A1210-2022
Corte Constitucional
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CC - A1210-2022
- Autor
- Corte Constitucional
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2022
Auto 1210/22
Referencia: Traslado del informe presentado por el Gobierno Nacional en respuesta al auto 857 de 2022.
Magistrada Sustanciadora:
NATALIA ÁNGEL CABO.
Bogotá, D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil veintidós (2022). La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente providencia con fundamento en las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. El 14 de junio de 2022, la Procuradora Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz allegó a esta Corporación un documento de análisis y observaciones acerca del cumplimiento del auto 735 de 2017. Conforme a ello, solicitó a la Sala pronunciarse en torno a: (i) la respuesta de la Unidad para las Víctimas a la orden segunda de la citada providencia; (ii) la aplicación de las causales de desplazamiento forzado establecidas en el artículo 1º de la Ley 387 de 1997; (iii) la aplicación del principio de favorabilidad en la indemnización de víctimas de desplazamiento forzado que presentan otro hecho victimizante de mayor cuantía; (iv) el ritmo de avance de la indemnización de las víctimas de desplazamiento forzado por el criterio de relación cercana y suficiente con el conflicto armado; y, (v) la periodicidad con que son entregados los informes en la materia por la Unidad para las
Víctimas.
2. En atención al carácter dialógico del seguimiento a la sentencia T-025
de 2004 y con el propósito de garantizar el derecho de defensa y contradicción, el auto 857 de 2022 corrió traslado de la referida solicitud al director de la Unidad para las Víctimas. Igualmente, remitió la solicitud a la Contraloría General de la República, a la Defensoría del Pueblo y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado para que, si lo estimaban necesario y pertinente, se pronunciaran sobre aquella en el marco de sus respectivos informes anuales.
3. En cumplimiento de esta decisión, el director de la Unidad para las Víctimas presentó su informe el 15 de julio del año en curso. En este documento, se pronunció acerca de las observaciones formuladas por la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz.
2
4. Por otra parte, la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado solicitó a esta Corporación remitir la respuesta de la Unidad para las Víctimas al auto 857 de 20221.
Con fundamento en lo expuesto, la suscrita Magistrada, RESUELVE REMITIR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación y a través de correo electrónico, el informe presentado por el Gobierno Nacional en respuesta al auto 857 de 2022. Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
NATALIA ÁNGEL CABO
Presidenta Sala Especial de Seguimiento Sentencia T-025 de 2004 MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ Secretaria General 1 Comunicación allegada por correo electrónico el 1 de julio de 2022.