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CC - A1924-2022

Corte Constitucional

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Detalles

Título
CC - A1924-2022
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año
2022

Auto 1924/22

Referencia: Solicitud de prórroga al término dispuesto en el ordinal tercero del auto 1631 de 2022 presentada por la

Contraloría General de la República.

Magistrada sustanciadora:

NATALIA ÁNGEL CABO.

Bogotá D.C., doce 12 de diciembre de dos mil veintidós (2022) La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente decisión con base en los siguientes,

ANTECEDENTES

1. El 6 de junio de 2022, la Unidad para las Víctimas presentó el Informe Anual del Gobierno Nacional acerca del nivel de avance en la garantía de los derechos de la población en situación de desplazamiento forzado y la superación del ECI. Lo anterior, respecto a la vigencia del año 2021.

2. En relación con el derecho de generación de ingresos, el informe gubernamental señaló que la Unidad para las Víctimas, el Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Nacional de Estadística avanzaban en el análisis de los resultados de las mediciones de los indicadores de goce efectivo de este derecho, respecto de la vigencia 2021.

3. En consecuencia, los informes del Gobierno Nacional en relación con el derecho de generación de ingresos fueron presentados en dos momentos, el primero, el 2 de septiembre de 2022, contentivo de los resultados de la medición de los indicadores de goce efectivo correspondientes a este derecho y el segundo, el 2 de noviembre del año en curso, con la información

gubernamental sobre el balance de política pública del referido derecho.

4. Mediante auto 1631 de 31 de octubre de 2022, la suscrita magistrada, ordenó a la Procuradora General de la Nación, al Defensor del Pueblo, al Contralor General de la República y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado, remitir sus observaciones y análisis en relación con los informes ante enunciados en el término de un (1) mes contado a partir de su recepción.

5. El 1 de diciembre de 2022, el contralor delegado para el posconflicto de la Contraloría General de la República allegó a esta Corporación una solicitud de prórroga para la presentación del informe ordenado en el auto 1631 de

2022. Dicha solicitud la fundamentó en que los estudios de los informes gubernamentales demandan un análisis técnico y detallado, el cual requiere un tiempo considerable. Con lo anterior, las novedades de carácter administrativo de rotación de personal y vacaciones que se presentan en relación con los funcionarios de planta de la Contraloría General de la República. En tal virtud, solicitó prorrogar por el término hasta el diez (10) de febrero de 2023 para allegar a la Sala Especial lo dispuesto en el resolutivo tercero del auto 1631 de

2022.

6. Dado que la Contraloría General de la República presentó la solicitud de prórroga en término y que aquella se encuentra debidamente justificada, la suscrita magistrada accederá a su petición. En consecuencia, prorrogará el término dispuesto en el ordinal tercero del auto 1631 de 2022 hasta el 10 de

febrero de 2023. En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada: RESUELVE Primero. – ACCEDER a la solicitud de prórroga presentada por el contralor delegado para el posconflicto de la Contraloría General de la República. En consecuencia, CONCEDER hasta el diez (10) de febrero de 2023 para dar cumplimiento a lo establecido en el ordinal tercero del auto 1631 de 2022. Segundo. – COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, la presente decisión a la Contraloría General de la República Comuníquese, notifíquese y cúmplase.

NATALIA ÁNGEL CABO

Presidenta Sala Especial Seguimiento Sentencia T-025 de 2004

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