CC - A280-2022
Corte Constitucional
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Detalles
- Título
- CC - A280-2022
- Autor
- Corte Constitucional
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2022
Auto 280/22 Expediente D-13.956
Referencia: ampliación del término para la recolección de firmas de la Sentencia C055 de 2022
Magistrados Sustanciador:
ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
Bogotá D.C., nueve (9) de marzo de dos mil veintidós (2022) La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, decide sobre la solicitud de ampliación del término para la recolección de firmas de la Sentencia C-055 de 2022, con fundamento en las siguientes
CONSIDERACIONES
1. El 21 de febrero de 2022, la Sala Plena de esta corporación adoptó una decisión de fondo en el proceso de la referencia.
2. El artículo 36, inciso 2°, del Acuerdo 02 de 2015, Reglamento Interno de la Corte Constitucional, señala que: “Las providencias deben ser firmadas en un término máximo de quince días contado desde el momento en que se dio a conocer a la opinión pública el sentido del fallo, salvo que el magistrado ponente justifique ante la Sala Plena su ampliación, por razones vinculadas con cambios sustanciales al proyecto original. En este último caso, la recolección de firmas, no podrá superar un término adicional de treinta días”.
3. En atención a la solicitud del magistrado sustanciador del día 3 de marzo de 2022, en el asunto de la referencia es necesario realizar ajustes sustanciales a la ponencia inicialmente presentada. Por tal razón, la Corte encuentra justificado ampliar el término de que trata la norma en cita por uno
adicional de treinta días. Este último podrá ser prorrogado por treinta días más. En mérito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional RESUELVE AMPLIAR en treinta días el término para la recolección de las firmas de la Sentencia C-055 de 2022 (Expediente D-13.956). Este periodo podrá ser prorrogado por treinta días adicionales. Cúmplase,
CRISTINA PARDO SCHLESINGER
Presidenta
DIANA FAJARDO RIVERA
Magistrada
JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
Magistrado
ALEJANDRO LINARES CANTILLO
Magistrado
-No participaANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
Magistrado
PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
Magistrada
GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
Magistrada
JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
Magistrado
KARENA CASELLES HERNÁNDEZ
Magistrada (E)
MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Secretaria General