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CC - A333-2015

Corte Constitucional

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Detalles

Título
CC - A333-2015
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año
2015

Auto 333/15 SEGUIMIENTO SENTENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DESPLAZAMIENTO FORZADO-Solicitar información al Gobierno Nacional sobre las medidas dispuestas en el auto A.251/08 para la protección de los niños, niñas y adolescentes desplazados por el conflicto armado y la violencia, en el marco del seguimiento a la sentencia T-025/04

Referencia: Por medio del cual se solicita información al Gobierno Nacional sobre las medidas dispuestas en el Auto 251 de 2008 para la protección de los niños, niñas y adolescentes desplazados por el conflicto armado y la violencia-, en el marco del seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004.

Magistrada Ponente (E):

MYRIAM ÁVILA ROLDÁN

Bogotá D.C., agosto diez (10) de dos mil quince (2015). La Presidenta (E) de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 y sus autos complementarios, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el Decreto 2591 de 1991, y

CONSIDERANDO

1. Mediante la Sentencia T-025 de 2004, la Corte Constitucional declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional en materia de desplazamiento forzado interno, al constatar la vulneración masiva, sistemática y grave de los derechos fundamentales de la población desplazada en el país.

2. Según lo ha reiterado esta Sala en sus autos de seguimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991, que dispone que “el juez (…) mantendrá la competencia hasta que esté completamente

restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza”, esta Corte 1 mantendrá la competencia para verificar que las entidades y organismos competentes adopten las medidas necesarias para asegurar el goce efectivo de los derechos fundamentales de las personas en situación de desplazamiento.

3. En el marco de este seguimiento, la Corte profirió el auto 218 de 2006, a través del cual señaló la necesidad de diseñar e implementar una perspectiva diferencial concreta que reconozca que el desplazamiento forzado afecta de forma distinta a los niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, mujeres, grupos étnicos y personas con discapacidad, al no verificar avances en la implementación de un enfoque diferencial para la protección y garantía de los derechos de estos grupos, ordenado por la sentencia T-025 de 2004.

4. En particular, con el propósito adoptar medidas de protección específicas contra los riesgos y afectaciones diferenciadas que sufren los niños, niñas, adolescentes desplazados en el marco del conflicto armado y la violencia, la Corte emitió el auto 251 de 2008. En este Auto, esta Corte concluyó que el conflicto armado y el desplazamiento impactan de manera agravada a los menores de edad por los riesgos que se ciernen contra su vida, integridad física y otros derechos fundamentales; los problemas transversales1 que afrontan y los ámbitos críticos2 en los que el impacto agravado y los problemas transversales se agudizan aún más.

Por lo anterior, la Corte Constitucional ordenó el diseño e implementación de un programa para la prevención de los riesgos especiales en el marco del

conflicto armado y la atención integral de niños, niñas y adolescentes desplazados-, bajo la coordinación del entonces Director de la Agencia 1 Como problemas transversales la Corte identificó los siguientes: (i) Invisibilidad del impacto diferencial de desproporcionado contra NNA que se expresa en la ausencia de reconocimiento de las reales dimensiones de este impacto, el subregistro general de la población desplazada, el subregistro específico de los menores desplazados, así como la falta de identificación de los menores de edad; (ii) Falencias de las familias y cuidadores de los menores, generados por el desplazamiento, tales como: desintegración o dispersión familiar; debilitamiento de la unidad familiar y de las sus capacidades y competencias de las familias como estructuras protectoras y proveedoras de los menores, cambio de roles. (iii) Desprotección de los niños, niñas y adolescentes frente a los riesgos y peligros contra su vida, integridad personal y demás derechos fundamentales ante la violencia y maltrato de tipo intrafamiliar o sexual; explotación laboral o sexual; reclutamiento forzado por los grupos armados ilegales; incorporación a comercios ilícitos; situaciones de vida en la calle; estrategias de control del comportamiento público y privado por los grupos armados ilegales; amenazas y actos de violencia por pandillas y grupos delincuenciales que operan en los lugares de recepción; (iv) Hambre y desnutrición; (v) serias dificultades en el campo de la salud derivados; (vi) obstáculos de acceso, permanencia y adaptabilidad del sistema educativo; (viii) problemas de índole psicosocial; (vii)

imposibilidad de acceder a espacios y oportunidades recreativas; (ix) Obstáculos para el ejercicio de los derechos a la participación y la organización 2 Se identificaron como ámbitos críticos los siguientes: (i) en la etapa de emergencia, (ii) En la primera infancia, (iii) En la adolescencia.(iv) Los problemas transversales agudizados en razón del género.(v) La pertenencia étnica.(vi) Las capacidades diversas, por su parte catalizan los problemas transversales debido a los obstáculos y barreras para el ejercicio de sus derechos, por parte de estos menores. 2 Presidencial para la Acción Social - hoy, Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral de Víctimas –

UARIV-.

5. En el seguimiento a las órdenes del auto 251 de 2008, esta Sala Especial ha recibido numerosos informes de respuesta por parte del Gobierno Nacional así como informes remitidos por órganos de control del Estado, Organismos Internacionales con Oficina en Colombia, la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado y organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales.

6. Una vez revisados los informes referidos y, a pesar de los esfuerzos del Gobierno Nacional por disponer de instrumentos e implementar acciones para enfrentar la situación de los niños y niñas afectados por el conflicto armado y el desplazamiento, a esta Sala Especial le asisten dudas sobre la eficacia de los de los proyectos y programas presentados como política de protección efectiva y prioritaria contra las graves vulneraciones a los derechos humanos a los que aún se encuentran expuestos los niños y niñas desplazados.

7. En ese sentido, y con el ánimo de contar con mayor información para hacer seguimiento a las órdenes del Auto 251 de 2008, esta Sala Especial requerirá a las entidades competentes para que informen de manera clara y precisa sobre los problemas puntuales que serán expuestos en este Auto, de acuerdo con las siguientes CONSIDERACIONES Interrogantes sobre los resultados de las iniciativas y programas tendientes a la prevención de riesgos contra los niños, niñas y adolescentes desplazados.

8. Respuesta del Gobierno Nacional 3 8.1. Entre el año 2008 y 20153, el Gobierno Nacional, a través del Director de la Agencia Presidencial para Acción Social y la Cooperación Internacional – Hoy Unidad Administrativa Especial para Atención y Reparación Integral de Víctimas-, ha remitido numerosos informes sobre el cumplimiento de las órdenes del Auto 251 de 2008. 8.1.1. En respuesta a la orden tercera, que dispone la adopción de un programa de protección integral a la niñez y adolescencia en el marco del conflicto armado y el desplazamiento forzado, el Gobierno Nacional a lo largo de estos años ha afirmado que creó y ha venido implementado el programa: “Mis derechos primero”4 y ha diseñado instrumentos interinstitucionales e

3En este período, el Gobierno Nacional ha remitido a esta Sala Especial, los siguientes informes: (i) Acción Social. Informe “Protección de los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes desplazados por la violencia.” 28 de diciembre de 2008; (ii) Acción Social. Informe avance de las valoraciones realizadas a los niños, niñas y adolescentes plenamente

identificados y ubicados durante las jornadas masivas de entrega y atención. Enero de 2009; (iii) Acción Social. Informe de avance en la puesta en marcha de los 15 proyectos piloto sobre atención y prevención. 3 de marzo de 2009; Informe de avance sobre la concertación y ejecución territorial de los 15 (iv) proyectos piloto. Acción Social. 28 de abril de 2009; (v) Acción Social; Informe parcial de la evaluación de los 15 proyectos piloto y avances en la formulación del programa para la protección diferencial de NNA desplazados. 24 de Julio de 2009; (vi) Informe de avance Auto 251. Acción Social. 24 de septiembre de 2009; (vii) Acción Social; Informe avance del Proyecto Piloto en Bogotá. 7 de octubre de 2009; (viii) Acción Social. Informe de avance Programa “Mis Derechos Primero”. 5 de abril de 2010; (ix) Respuesta al Auto 251 Niños, niñas y adolescentes. Alcaldía de Santiago de Cali. 30 de octubre de 2010; (x) Informe del Gobierno Nacional sobre los avances en el cumplimiento de los autos de enfoque diferencial de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004. Presentado el 19 de abril de 2012 por la Directora de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación de Víctimas. Paula Gaviria Betancur; (xi) Informe Integrado del Gobierno Nacional en respuesta del Auto 11 de marzo de 2011. Informes radicados el 22 de abril y el 8 de agosto de 2014; Informe del 7 de mayo de 2015 en respuesta al auto 097

de 2015 de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004.Presentrado por el Ministerio de Educación y la Unidad para las Víctimas. 4 La descripción detallada del programa “Mis Derechos Primero fue presentada a esta Sala Especial en abril de 2010. En los años anteriores, el Gobierno anunció la creación de un programa denominado en un primer 4 impulsado instancias intersectoriales para la protección de los derechos de los menores de edad en marco del conflicto, tales como: la adopción del mecanismo de supervisión de la Resolución 1612 de 2005 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas5; la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento, utilización y violencia sexual; el Documento Conpes 3673 de 20106; la Comisión Intersectorial para la Promoción y Garantía de los Derechos Sexuales y Reproductivos; el Documento Conpes 147 de 20127; Documento Conpes 3629 de 20128, entre otros. 8.1.2. En particular, en el informe presentado a esta Sala Especial en agosto de 20149, el Gobierno Nacional destacó como avances en materia de prevención y protección, los siguientes: (i) el “fortalecimiento de la capacidad institucional” y de coordinación a favor de los derechos de la niñez y la juventud en la Unidad para las Víctimas10; (ii) la participación de la Unidad para las Víctimas en la Comisión Intersectorial de Prevención del Reclutamiento, Utilización y Violencia Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes por parte de Grupos Armados Ilegales y Organizaciones momento “Con derechos se reconstruye Colombia”.

En el informe de Abril de 2009, se indica que el Programa se propone una cobertura nacional, con prioridad en las zonas en las que se encuentra mayor cantidad de población infantil en situación de desplazamiento o regiones con problemáticas de violencia en el marco de la prevención, así mismo se hace una descripción del fundamento normativo y el contexto general. Ver: Informe de avance sobre la concertación y ejecución territorial de los 15 proyectos piloto. Acción Social. 28 de abril de 2009. Págs. 20 a 44. Posteriormente, en septiembre de 2009, el Gobierno presenta un avance en la estructura del Programa para la protección integral de los NNA desplazados, donde señala que el nombre será “Niños, niñas y adolescentes desplazados, yo también quiero soñar”, cuyo objetivo general es “brindar a los NNA el goce efectivo de sus derechos”. Se plantea como periodo de alistamiento e implementación de octubre de 2009 a enero de 2010, fecha a partir de la cual se dará inicio a su ejecución.

Ver: Informe de avance Auto 251. Acción Social. 24 de septiembre de 2009. Págs. 72 y 73 5 Protección de los niños afectados por conflictos armados. 6 Política de prevención del reclutamiento y utilización de niños, niñas, adolescentes por parte de los grupos armados organizados al margen de la ley y de los grupos delictivos organizados 7 Lineamientos para el desarrollo de una estrategia para la prevención del embarazo en la adolescencia y la promoción de proyectos de vida de niños, niñas y jóvenes entre 6 y 19 años. 8 Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes: Política de Atención al

Adolescente en conflicto con la Ley. 9 Informe Integrado del Gobierno Nacional en respuesta del Auto 11 de marzo de 2011. Informes radicados el 22 de abril y el 8 de agosto de 2014. Págs. 409-418. 10 Informe Integrado del Gobierno Nacional en respuesta del Auto 11 de marzo de 2011. Informes radicados el 22 de abril y el 8 de agosto de 2014. Págs. 421 5 Delictivas Organizadas –CIPRUNNA-11; (iii) la articulación de la Unidad de Víctimas con las acciones de la Comisión Intersectorial para la Promoción y Garantía de los Derechos Sexuales y Reproductivos12 y con diferentes espacios de prevención del SNARIV13; (iv) el impulso de la Estrategia de Promoción de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, con el cual se pretende fortalecer los entornos protectores de la familia, la comunidad y el Estado para la prevención de reclutamiento y la utilización y demás vulneraciones a esta población14. 8.1.3.En el marco de estos escenarios, señala el Gobierno Nacional, el ICBF ha impulsado jornadas de asistencia técnica y difusión del Protocolo de Rutas de Prevención Temprana, Prevención Urgente y Prevención en Protección, en los municipios focalizados por la CIPRUNNA; formación de profesionales a cargo de la implementación de la Estrategia Departamental de Protección de Derechos de Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes en contextos de conflicto armado en Córdoba y Nariño y, la participación del ICBF en los Subcomités Técnicos de Enfoques Diferenciales y del Subcomité de Prevención,

Protección y Garantías de No Repetición. 8.1.4. En adición, el informe de 2014 señala que, a través de la Subdirección de Prevención y Atención de Emergencias de la Unidad para las Víctimas, se viene realizando un ejercicio de coordinación de los escenarios interinstitucionales para la respuesta en prevención, protección y atención inmediata de emergencias humanitarias, mediante planes de contingencia – o planes de alistamiento para la atención –, por ejemplo, con la CIPRUNNA y los Comités de Justicia Transicional Territoriales –CTJT-. 8.1.5. Se indica igualmente, que el ICBF viene impulsando el Programa Generaciones con Bienestar15 planteado para operar en zonas geográficas 11 Con ocasión de los objetivos, estrategias y acciones planteadas en el documento CONPES 3673 de 2010. 12 Comisión conformada en el documento CONPES 147 de 2012. 13 Informe Integrado del Gobierno Nacional en respuesta del Auto 11 de marzo de 2011. Informes radicados el 22 de abril y el 8 de agosto de 2014. Págs. . 14 Informe Integrado del Gobierno Nacional en respuesta del Auto 11 de marzo de 2011. Informes radicados el 22 de abril y el 8 de agosto de 2014. Págs.424-425 15 De acuerdo con el informe el programa tiene como objetivo “[…] la promoción de contenido vitales que generen herramientas en los niños, niñas y adolescentes, sus familias y comunidades para prevenir principalmente el 6 priorizadas por la existencia de factores de riesgo contra los niños y niñas, concretamente, en 890 municipios de los 32 departamentos del país y en 20

localidades de la ciudad de Bogotá D.C. Mediante este programa se habrían atendido un total de 213.478 niños, niñas y adolescentes16. Y, además, se menciona la continuidad del Programa Mis Derechos Primero, en cuyo marco se impulsó la Estrategia de Promoción de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes y de Prevención de su Victimización por acción de grupos armados al margen de la ley con una cobertura de 430 niños, niñas, adolescentes y sus familias en cada uno de los 44 municipios focalizados17. 8.2. Ahora bien, de acuerdo con los informes presentados por Órganos de Control del Estado, organismos internacionales con oficina en Colombia y organizaciones de la sociedad civil, los Programas Gubernamentales señalados con anterioridad, no tienen la capacidad de proveer mecanismos eficaces de protección frente a los riesgos identificados en el Auto 251 de 200818, en especial, respecto de los riesgos que enfrentan los niños y niñas de pueblos y reclutamiento ilícito y la utilización por parte de grupos armados ilegales, la violencia sexual, e el embarazo adolescente, el consumo de sustancias sicoactivas y el trabajo infantil, entre otras formas de violencia en el marco del conflicto armado”. Informe Integrado del Gobierno Nacional en respuesta del Auto 11 de marzo de 2011. Informes radicados el 22 de abril y el 8 de agosto de 2014. Págs.421-42216 El informe señala que el Programa Generaciones con Bienestar se ha venido desarrollando sobre los municipios integrantes de la red de Ciudades Prósperas de los niños, niñas y adolescentes impulsada por el

ICBF y sobre los municipios incluidos en políticas públicas y estrategias de intervención de la Nación que tienen impacto (directo o indirecto) sobre la población titular del programa. En este último caso, se tomaron en cuenta los municipios priorizados por el Documento CONPES 3673 de 2010, el Documento CONPES 147 de 2012, la Política de Seguridad y Convivencia Ciudadana y la Política Nacional para la Consolidación Territorial. 17 Los municipios son los siguientes: Medellín, Ituango, Apartadó, Caucacia, Vigía del Fuerte (Antioquia); Arauca - Tame, Arauquita, Saravena, BolívarCartagena, Simití, Caldas - Riosucio, Caquetá - Florencia, San Vicente del Caguán, La Montañita, CaucaCorinto, Toribio, Caloto, Guapi, Chocó - Puerto Meluk, Rio Sucio, Medio Atrato (Bete), Alto Baudó, Córdoba – Puerto Libertador, Guainía - Puerto Inírida, Guajira - Uribía, Guaviare - San José del Guaviare, El Retorno, Huila – Algeciras, Nariño - Policarpa, Barbacoas, Tumaco, El Charco, Samaniego (El Decio), Norte de Santander – Tibú, Putumayo - Puerto Asís, San Miguel, Sucre - Ovejas, Tolima - Chaparral, Río Blanco, Valle - Buenaventura, Tuluá, Jamundí, Vaupés – Mitú y Vichada – Cumaribo. 18 Defensoría del Pueblo. Óp. Cit. Pág. 60, 102

7 comunidades indígenas y afro19. En ese sentido, estas iniciativas contarían con dificultades estructurales para evitar que niñas y niños sean víctimas de: (i) numerosos actos delictivos cometidos por actores armados como muertes, mutilaciones, torturas, lesiones; (ii) del reclutamiento y utilización por parte actores armados20; (iii) explosión de antipersonas –MAPy Municiones bélicas sin explotar –MUSE-21; (v) todas las manifestaciones de violencia sexual; (iv) a ser incorporados a los comercios ilícitos que soportan a los grupos armados y (vi) a ser objeto de estrategias de control social de los grupos armados ilegales. Lo anterior, por cuanto los riesgos señalados por la Corte en el Auto 251 de 2008 persisten y las iniciativas gubernamentales diseñadas para prevenir estos riesgos representan más un avance formal y adolece de dificultades para lograr resultados efectivos, como se señala a continuación. 8.2.1. Persistencia de los riesgos específicos del conflicto armado contra niños, niñas y adolescentes. De acuerdo con los informes del Secretario General del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Colombia, esta Sala Especial ha notado la continuidad de muertes, mutilaciones, violencia sexual, reclutamiento y utilización contra niños, niñas y adolescentes por parte de actores armados ilegales. Así mismo, se ha tenido noticia de la utilización de niñas, niños y adolescentes en algunas campañas cívico-militares promovidas por la Fuerza Pública. 8.2.1.1. Menores de edad muertos y heridos por explosión de MAP y MUSE.

Según el informe de Secretario General de las Naciones Unidas, durante el año 2012, 32 niños y 20 niñas resultaron heridos y 13 niños resultaron muertos por la explosión de minas antipersonas o restos explosivos de guerra; ataques llevados a cabo por grupos armados no estatales o en fuego cruzado entre grupos armados no estatales o entre grupos armados no estatales y las fuerzas de seguridad de Colombia.22 Durante el año 2013, 43 niños resultaron muertos 19Informe Defensorial. Prevención del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes. Análisis de política pública con enfoque étnico. Marzo de 2014. Págs. 101-157. 20 Mesa de Seguimiento del Auto 251 de 2008. Óp. Cit. Págs. 3, 16 y 17 21 Mesa de Seguimiento del Auto 251 de 2008. Óp. Cit. Pág. 15; Defensoría del Pueblo. Óp. Cit. Pág. 59 8 y 83 fueron mutilados en ataques de grupos armados y por la activación de minas antipersonas o restos explosivos de guerra23. 8.2.1.2 Persistencia del reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes por grupos armados organizados al margen de ley. Se ha tenido noticia de la persistencia del reclutamiento de niños y niñas por parte de grupos armados ilegales en varios departamentos. La Defensoría del Pueblo señala que el mayor número de casos de viene presentando en Meta, Chocó, Putumayo y Cauca24. El Secretario General del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas documentó 381 casos de reclutamiento y utilización

efectuados por las FARC, el ELN y los grupos armados con posterioridad a la desmovilización paramilitar, durante los años 201225 y 201326. Por su parte, la Defensoría del Pueblo ha alertado sobre la persistencia del riesgo de reclutamiento y utilización de niños en el 87,5% de los departamentos del país27, siendo Tolima y Cauca los departamentos con más 22 A/67/845–S/2013/24. 15 de mayo de 2013. Asamblea General Sexagésimo séptimo período de sesiones. Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. . Los niños y los conflictos armados. Informe del Secretario General. Párr. 175. 23 A/68/878–S/2014/339 Asamblea General Consejo de Seguridad. 15 de mayo de 2014. Asamblea General Consejo de Seguridad Sexagésimo octavo período de sesiones. Sexagésimo noveno año. Los niños y los conflictos armados. Informe del Secretario General. Por ejemplo, en agosto un niño de 14 años resultó muerto en un fuego cruzado cuando las FARC-EP atacaron una comisaría de policía en Putumayo Párr. 166 24Informe Defensorial. Prevención del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes. Análisis de política pública con enfoque étnico. Marzo de 2014. Pág. 18. Igualmente, en su informe “conflicto armado y el riesgo para la mujer rural la Defensoría indica que han presentado casos de reclutamiento en Caquetá, Córdoba y Santander. Defensoría del Pueblo. El conflicto armado y el riesgo para la mujer rural. Estudios de caso en los Departamentos de Chocó,

Córdoba, Santander y Caquetá. 2014. Págs. 77, 100, 101, 112, 113, 159. 25A/67/845–S/2013/24. 15 de mayo de 2013. Asamblea General Sexagésimo séptimo período de sesiones. Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Los niños y los conflictos armados. Informe del Secretario General. Párr. 173. 26 A/68/878–S/2014/339 Asamblea General Consejo de Seguridad. 15 de mayo de 2014. Asamblea General Consejo de Seguridad Sexagésimo octavo período de sesiones Sexagésimo noveno año. Los niños y los conflictos armados. Párr. 165. 27 Informe Defensorial. Prevención del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes. Análisis de política pública con enfoque étnico. Marzo de 2014. Pág. 20. De otra parte, el Gobierno Nacional informó que menores de edad en 9 alto riesgo y Valle del Cauca con el mayor índice de reclutamiento por parte de actores armados28. Se ha tenido conocimiento también de casos de desplazamientos forzados provocados por este riesgo o por que median amenazas directas de reclutamiento contra niñas, niños, adolescentes y sus familias29. Pese a lo señalado, de acuerdo con el informe del Secretario de las Naciones Unidas para Colombia de marzo de 2012, no todos los informes de riesgo de la Defensoría del Pueblo conducen a una alerta temprana por parte de la Comisión de Prevención del reclutamiento y utilización de niños por actores armados –CIPRUNNA-. Por ejemplo, durante el año 2011, el Sistema de

Alertas Tempranas detectó 118 situaciones de riesgo relacionadas con el reclutamiento y la utilización de menores en 155 municipios de 24 departamentos del país, respecto de los cuales la Comisión emitió alertas tempranas en sólo 46 casos. La Defensoría del Pueblo y el Secretario General del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, concuerdan en que estas actividades ilícitas vienen siendo cometidas por el Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – FARC-, el Ejército de Liberación NacionalELN y grupos armados ilegales organizados con posterioridad a la desmovilización de los grupos paramilitares. Dibulla y Riohacha (Guajira) fueron objeto de asediados por las bandas criminales. En el mes de agosto de 2013, a través del testimonio de una profesora se conoció la desaparición de dos niños. Ver : Oportunidades, desafíos y retos de la política pública para la prevención del reclutamiento, utilización y violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos de delincuencia organizada. Lecciones aprendidas. Boletín No. 2. Comisión Intersectorial para la prevención de reclutamiento, utilización y violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos de delincuencia organizada 28Informe Defensorial. Prevención del reclutamiento de niños, niñas y adolescentes. Análisis de política pública con enfoque étnico. Marzo de 2014. Pág. 18. 29 Defensoría del Pueblo. El conflicto armado y el riesgo para la mujer rural. Estudios de caso en los Departamentos de Chocó, Córdoba, Santander y

Caquetá. 2014. Págs. 77, 100, 101, 112, 113 y 159. 10 8.2.1.3. Persistencia de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes por actores armados. La Defensoría del Pueblo señala que durante los años 2012 y 2013 continuaron los actos de violencia sexual contra niñas y mujeres por parte de grupos armados en áreas rurales de Antioquia, Valle del Cauca, Nariño, Cauca, Córdoba, Meta, Caquetá, Chocó y Santander30. En similar sentido, el Secretario General del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha documentado casos de violencia sexual perpetrados por las FARC, el ELN, los grupos armados ilegales con posterioridad a la desmovilización paramilitar y algunos actos presuntamente cometidos por la Fuerza Pública, durante los años 201231 y 201332. 8.2.1.4. Situación agravada para los niños, niñas y adolescentes pertenecientes a pueblos indígenas. Se ha informado a la Sala Especial que continúa la vulneración de derechos fundamentales contra niñas indígenas mediante: (i) prácticas como la ablación; el embarazo adolescente; las muertes de niñas y mujeres gestantes y lactantes; el abuso sexual y los matrimonios a temprana edad ; (ii) la persistencia de las barreras que enfrentan para el acceso a la educación sexual y reproductiva y el ejercicio de sus derechos a la educación y a la alimentación;33 y (iii) la persistencia del alto riesgo de reclutamiento y utilización de menores indígenas34; (iv) según lo informa la 30Defensoría del Pueblo. El conflicto armado y el riesgo para la mujer rural.

Estudios de caso en los Departamentos de Chocó, Córdoba, Santander y Caquetá. 2014.. Págs. 11, 86, 97, 113, 114, 115, 125, 138, 139, 157, 158, 173 y 175. 31A/67/845–S/2013/24. 15 de mayo de 2013. Asamblea General Sexagésimo séptimo período de sesiones. Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Los niños y los conflictos armados. Informe del Secretario General. Párr. 176. 32 A/68/878–S/2014/339 Asamblea General Consejo de Seguridad. 15 de mayo de 2014. Asamblea General Consejo de Seguridad Sexagésimo octavo período de sesiones Sexagésimo noveno año. Los niños y los conflictos armados. Párr. 165. Defensoría del Pueblo. El conflicto armado y el riesgo para la mujer rural. Estudios de caso en los Departamentos de Chocó, Córdoba, Santander y Caquetá. 2014. Págs. 90 33Defensoría del Pueblo. El conflicto armado y el riesgo para la mujer rural. Estudios de caso en los Departamentos de Chocó, Córdoba, Santander y Caquetá. 2014. Págs. 90 34 Como un dato indicativo de este fenómeno se ha advertido que entre los niños desmovilizados que recibieron asistencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, alrededor del 8% eran indígenas, aun cuando los niños 11 Defensoría del Pueblo, existe un alto riesgo de reclutamiento de niños, niñas y

adolescentes en el municipio de Puerto Gaitán (Meta), pertenecientes a los pueblos Sáliva, Piapoko y Sikuani. De acuerdo con este organismo de control, este riesgo se cierne contra “[…] 3.918 niños, niñas, jóvenes y adolescentes, 500 de los cuales pertenecen a los pueblos indígenas antes mencionados”.35; (iv) autoridades indígenas de pueblos ubicados en el Chocó, reportaron en 2012 afectaciones en la salud en integrantes de las comunidades indígenas de la Unión Wounaan, San Cristóbal, Puerto Olave, Macedonia y Unión Chocó, al presentarse una epidemia de gripa, fiebre, diarrea y brotes en la piel, que cobró la vida de doce (12) niños indígenas en el mes de abril de ese año.36. 8.2.1.5. Uso indiscriminado de MAP y MUSE. La Defensoría del Pueblo alertó sobre el uso indiscriminado de minas antipersonas en el departamento del Caquetá37. Como resultado de accidentes con MAP, 23 mujeres resultaron heridas por la explosión de MAP y 2 fallecieron. Así mismo, 2 mujeres resultados heridas con MUSE y un total de 11 niñas fueron víctimas de accidentes con MAP-MUSE en la zona rural del departamento38. En su informe del 2013, el Secretario General indicó que la contaminación terrestre con MAP y MUSE obstaculizaron la circulación y la entrega ayudas humanitarias en los departamentos Cauca, Nariño, Putumayo y Norte de Santander. indígenas constituyen apenas el 1,55% de la poblaci

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