🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CC - A446-2017

Corte Constitucional

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CC - A446-2017
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año
2017

Auto 446/17 DEBIDO PROCESO-Agilidad en reconstrucción de expediente Referencia: Reconstrucción del Expediente T.2.471.216 (Exp. T-2.587.255 y acumulados) Acción de tutela instaurada por Gladys María Montes Montiel, Naver Emelson Garrido Martínez y Rodrigo Antonio López Villegas contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (PAR Telecom) y la Caja de Previsión Social de Comunicaciones (CAPRECOM).

Magistrado Ponente:

CARLOS BERNAL PULIDO

Bogotá D.C., veinticuatro (24) de agosto de dos mil diecisiete (2017) La Sala Plena en el asunto de la referencia, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, y,

CONSIDERANDO

1. Que luego de expedirse la sentencia SU-377 de 20141, mediante la cual se revisó, entre otros, el expediente T.2.471.216, la Secretaría General de esta Corporación profirió el oficio A-853 del 23 de septiembre de 2014, con el fin de comunicarle al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería2 la decisión contenida en la sentencia, así como para remitirle el expediente respectivo3.

2. Que para dar cumplimiento a lo anterior, la Secretaría General hizo entrega del oficio y del expediente a la Coordinación Administrativa, dependencia encargada en esta Corporación de los trámites para el envío de correspondencia.

3. Que con ocasión de la solicitud de nulidad de la sentencia SU-377 de 2014 presentada por el Ministerio de Tecnologías de la Información, la

Secretaría General de la Corte solicitó el 30 de septiembre de 2014 a los despachos judiciales de primera instancia, certificación sobre la fecha de notificación del fallo mencionado. 1 La sentencia SU-377 de 2014 revisó 29 acciones de tutela interpuestas por 608 accionantes, la cuales fueron acumuladas al expediente T-2.587.255. 2 Este despacho judicial conoció en primera instancia la acción de tutela de la referencia. 3El expediente T.2.471.216 constaba de seis (6) cuadernos, contentivos de mil setecientos cincuenta y un (1751) folios. 2 de 19

4. Que solo hasta el 12 de mayo de 2015, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería informó a la Secretaría General, mediante oficio No. 1106, no haber recibido de parte de esta Corporación la comunicación de la sentencia, ni el expediente de tutela T.2.471.216.

5. Que enterada de esta situación, la Secretaría General realizó las averiguaciones del caso4 ante la Coordinación Administrativa, la empresa de correos Servicios Postales Nacionales S.A. y los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255.

6. Que mediante oficio No. DSG-060/16 del 22 de abril de 2016 la Secretaría General informó a la Presidencia de la Corte Constitucional, que tras agotar todas las gestiones posibles en la búsqueda del expediente T2.471.216, no fue posible su ubicación. En consecuencia, solicitó a la Sala Plena disponer lo necesario para proceder a la reconstrucción del expediente,

así como ordenar ante las autoridades competentes las investigaciones del caso.

7. Que en razón de lo anterior, la Sala Plena de la Corte Constitucional mediante auto del 13 de julio de 2016, dispuso la reconstrucción del expediente de tutela radicado bajo el número T.2.471.216, ordenando la incorporación de las piezas procesales que reposaran en la Corporación.

Asimismo, ordenó oficiar a los despachos judiciales que conocieron de la referida tutela en primera y segunda instancia5 para que remitieran copia íntegra del expediente. Finalmente, ordenó compulsar copias con destino a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y a la Procuraduría General de la Nación para que adelantaran las investigaciones propias de su competencia.

8. Que tras sucesivos y reiterados autos proferidos por esta Corte6 en procura del cumplimiento de la providencia del 13 de julio de 2016, así como de los oficios emitidos para el efecto por parte de la Secretaría General7, a la fecha se han logrado recopilar las piezas procesales necesarias y suficientes para declarar la reconstrucción del expediente de tutela T.2.471.216.

Con base en la anteriores consideraciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional RESUELVE 4 En el informe elaborado por la oficial mayor Mónica Poveda, funcionaria adscrita a la Secretaría General de la Corte Constitucional, constan todas las diligencias secretariales llevadas a cabo por dicha dependencia en la búsqueda del expediente de tutela T.2.471.216. El informe fue remitido por la Secretaria General a la Presidencia de la Corte Constitucional mediante oficio No. DSG-060/16 del 22 de abril de 2016.

5 Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería y Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, Sala Penal. 6 Autos del 24 de marzo y del 1° de junio de 2017. 7 Oficios A-1816 al A-1819 del 18 de julio de 2016, A-603 al A-607 del 28 de marzo de 2017 y A-981 al A982 del 6 de junio de 2017. 3 de 19 Primero.- DECLARAR reconstruido el expediente de tutela T.2.471.216 en seis (6) cuadernos, contentivos de las siguientes piezas procesales: Cuaderno No. 1 – Trámite de primera instancia: Piezas Procesales Folios Acción de tutela No. 2009-0069 presentada el 27 de abril de 2009 por Gladys María Montes Montiel y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (PAR 1 al 18 Telecom) y la Caja de Previsión Social de Comunicaciones

(CAPRECOM).

Oficio No. 0477 del 30 de abril de 2009 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería comunica al 19 PAR Telecom sobre la admisión de la tutela. Escrito de solicitud de ampliación del término de contestación de la tutela presentado el 6 de mayo de 2009 por el apoderado 20 al 34 del PAR Telecom. Escrito de contestación de la tutela presentado el 7 de mayo de 2009 por el Coordinador de la División Administradora de 35 al 50 Prestaciones Económicas de CAPRECOM. Escrito de contestación de la tutela presentado el 11 de mayo 51 al 681

de 2009 por el apoderado del PAR Telecom. Escrito de solicitud de vigilancia judicial administrativa presentado el 11 de mayo de 2009 por el apoderado del PAR 682 al 686 Telecom, con destino a la Coordinación de la Procuraduría Judicial de la Seccional Córdoba. Sentencia de primera instancia del 14 de mayo de 2009 proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito de 687 al 707 Montería. Constancia de notificación por edicto del fallo de tutela del 22 708 de mayo de 2009. Auto del 26 de mayo de 2009 proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería, por medio del cual se concede el recurso de apelación interpuesto por el apoderado 709 de los accionantes en contra del fallo de tutela del 14 de mayo de 2009. Oficio No. 0708 del 26 de mayo de 2009 por medio del cual se remite el expediente a la Oficina Judicial de Montería - 710 repartopara efectos de dar trámite al recurso de apelación. Auto del 27 de mayo de 2009 proferido por sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba, por medio del cual se pronuncia sobre la solicitud de 711 al 715 vigilancia judicial administrativa presentada el 11 de mayo de 2009 por el apoderado del PAR Telecom. Cuaderno No. 2 – Trámite de segunda instancia: Piezas Procesales Folios 4 de 19 Sentencia de segunda instancia del 16 de julio de 2009 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito 1 al 19 Judicial de Montería.

Escrito de solicitud de aclaración y complementación del fallo de segunda instancia presentado el 21 de julio de 2009 por el 20 al 22 apoderado del PAR Telecom. Auto No. 169 del 30 de julio de 2009 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería 23 al 26 por medio del cual se resuelve solicitud de aclaración y complementación del fallo de segunda instancia. Cuaderno No. 3 – Trámite de incidente de desacato: Piezas Procesales Folios Carátula oficial de la Rama Judicial en el que se identifica 1 bajo el No. 2009-0069 el incidente de desacato. Escrito de solicitud de apertura de incidente de desacato presentado el 28 de julio de 2009 por el apoderado de los 2 accionantes ante el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería. Auto del 18 de agosto de 2009 proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería por medio del cual se 3 al 4 admite el incidente de desacato presentado por el apoderado de los accionantes. Oficio No. 1144 del 18 de agosto de 2009 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería comunica 5 al PAR Telecom sobre la admisión del incidente de desacato. Escrito del 24 de agosto de 2009 por medio del cual el Coordinador de Tutelas del PAR Telecom ofrece al apoderado de los accionantes un plan de pensión anticipada para sus 6 representados en cumplimiento del fallo de tutela del 16 de julio de 2009. Escrito del el 24 de agosto de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom contesta el incidente de 7 al 28

desacato presentado por el apoderado de los accionantes. Escrito del 27 de agosto de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom da alcance y complementación a 29 al 153 la contestación del incidente de desacato. Auto del 4 de septiembre de 2009 proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería por medio del cual se 154 al 162 resuelve el incidente de desacato interpuesto por el apoderado de los accionantes. Oficios No. 1243 al 1262 del 4 de septiembre de 2009 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de 163 al 182 Montería comunica al PAR Telecom y a los accionantes la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Escrito del 25 de septiembre de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom solicita la suspensión de los 183 al 193 efectos del fallo de segunda instancia. 5 de 19 Cuaderno No. 4 – Trámite de consulta de la sanción impuesta por desacato: Piezas Procesales Folios Carátula oficial de la Rama Judicial en el que se identifica bajo el No. 2009-0069 el grado jurisdiccional de consulta de 1 la decisión adoptada en el incidente de desacato. Acta individual de reparto del 17 de septiembre de 2009 en la cual consta la asignación del trámite del grado jurisdiccional 2 de consulta de la decisión adoptada en el incidente de desacato a la magistrada Cristina Ojeda Yepes. Informe secretarial del 21 de septiembre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior

del Distrito Judicial de Montería remite el expediente a la 3 magistrada Cristina Ojeda Yepes, designada como ponente para revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Auto del 23 de septiembre de 2009 por medio del cual la magistrada Cristina Ojeda Yepes se declara impedida para 4 al 5 revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Oficio No. 1658 del 25 de septiembre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería comunica a la Procuraduría Judicial 37 de Montería la necesidad de realizar sorteo para el 6 nombramiento de conjueces, a efectos integrar la Sala de Decisión que revise en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Acta del 6 de octubre de 2009 en la cual consta el sorteo efectuado por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería para seleccionar los conjueces destinados a integrar 7 la Sala de Decisión encargada de revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Oficios No. 1764 al 1766 del 9 de octubre de 2009 por medio de los cuales la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal 8 al 10 Superior del Distrito Judicial de Montería informa a los conjueces sobre su designación. Actas del 13 de octubre de 2009 en las cuales consta la posesión de los conjueces designados para integrar la Sala de

Decisión encargada de revisar en grado jurisdiccional de 11 al 13 consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Informe secretarial del 13 de octubre de 2009 por medio del 14 cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite el expediente al conjuez Eduardo José Altamiranda, designado como ponente para revisar en grado jurisdiccional de consulta la decisión 6 de 19 adoptada en el trámite del incidente de desacato. Escrito del el 16 de octubre de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom solicita la revocatoria de la 15 al 128 decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Auto del 19 de octubre de 2009 proferido por los conjueces de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería por medio del cual se aceptan los impedimentos 129 al 130 manifestados por los magistrados Cristina Ojeda Yepes, Víctor Ramón Diz y Manuel Fidencio Torres. Oficios No. 1513 al 1515 del 19 de octubre de 2009 por medio de los cuales la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal 131 al 133 Superior del Distrito Judicial de Montería comunica a las partes el auto del 19 de octubre de 2009. Auto del 22 de octubre de 2009 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería por 134 al 136 medio del cual se revisa en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Oficios No. 1830 al 1832 del 23 de octubre de 2009 por

medio de los cuales la Sala Penal del Tribunal Superior del 137 al 139 Distrito Judicial de Montería notifica a las partes el auto del 22 de octubre de 2009. Escrito del 26 de octubre de 2009 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom solicita la revisión del auto que 140 al 146 decidió en grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Informe secretarial del 27 de octubre de 2009 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite a los conjueces de la Sala 147 Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería el escrito presentado por el apoderado del PAR Telecom. Poderes para revocar el mandato al abogado Camilo Torres Becerra y para continuar con el trámite de consulta de la sanción por desacato, otorgados a la accionante Nataly Victoria Mejía Geovo el 30 de noviembre de 2009 por parte de los accionantes Gladys María Montes Montiel, Remberto 148 al 165 Ballestas Mendoza, Iván Manuel Castillo Salgado, Ariel de Jesús Carmona Carazo, Eduardo Tordecilla, Benjamín Corrales Benítez, Neftaly Zapata Suárez, Lisipo Segundo Puche Olivero y Hugo Enrique Cordero Vega. Escrito del 30 de noviembre de 2009 por medio del cual la señora Nataly Victoria Mejía Geovo, en nombre propio y en representación de los demás accionantes, informa al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería sobre la decisión de 166 al 169 revocar el poder a su apoderado de confianza, Dr. Camilo Torres Becerra y reitera la necesidad de dar cumplimiento al

fallo de tutela del 16 de julio de 2009. Informe secretarial del 1 de diciembre de 2009 por medio del 170 cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite a los conjueces de la Sala 7 de 19 Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería el escrito presentado por la señora Nataly Victoria Mejía Geovo. Auto del 18 de diciembre de 2009 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería por medio del cual dejó sin efectos la providencia que revisó en 171 al 173 grado jurisdiccional de consulta la decisión adoptada en el trámite del incidente de desacato. Escrito del 12 de enero de 2010 por medio del cual el apoderado del PAR Telecom informó al Juzgado Primero 174 al 177 Penal del Circuito de Montería la selección para revisión por parte de la Corte Constitucional de la tutela T-2.471.216. Oficios Nos. 24 del 14 de enero de 2010 y No. 57 del 21 de enero de 2010 por medio de los cuales la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería 178 al 179 comunica a las partes lo decidido en el auto del 18 de diciembre de 2009. Oficio No. 71 del 27 de enero de 2010 por medio del cual la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería remite el expediente al Juzgado Primero 180 Penal del Circuito de Montería en razón a encontrarse agotado el trámite de consulta. Cuaderno No. 5 - Trámite de actuaciones en sede de revisión:

Piezas Procesales Folios Auto del 9 de diciembre de 2009 proferido por la Sala de Selección No. 12 de la Corte Constitucional por medio del cual se decidió la selección para revisión del fallo de tutela 1 al 5 correspondiente al expediente T.2.471.216, accionante: Gladys María Montes Montiel y otros. Constancia secretarial del 18 de diciembre de 2009 por medio de la cual la Secretaría General de la Corte Constitucional 6 informó sobre la notificación por estado del auto del 9 de diciembre de 2009. Auto del 7 de abril de 2010 proferido por la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional por medio del cual se 7 al 9 resolvió acumular, entre otros, el expediente T.2.471.216, con el fin de ser fallados en una misma sentencia. Auto del 7 de mayo de 2010 proferido por la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional por medio del cual se 10 al 12 ordenó oficiar al PAR Telecom para que se pronunciará sobre algunos aspectos relacionados con los hechos de las tutelas. Auto del 24 de mayo de 2010 proferido por el despacho del magistrado ponente Mauricio González Cuervo por medio del cual se remitieron al despacho de la magistrada María 13 al 14 Victoria Calle, entre otros, el expediente T.2.471.216 acumulado, con el fin de continuar con el trámite correspondiente en sede de revisión. 8 de 19 Auto No. 241 del 14 de julio de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se ordenó

la suspensión del cumplimiento de las órdenes impartidas en 15 al 38 las sentencias de instancia de algunas de los procesos acumulados con el expediente T.2.471.216. Auto No. 287 del 17 de agosto de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se rechazaron por improcedentes los recursos de reposición y 39 al 50 suplica interpuestos en contra del auto No. 241 del 14 de julio de 2010. Auto del 26 de agosto de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 51 al 52 autorizó una expedición de copias. Auto del 9 de septiembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del 53 cual autorizó una expedición de copias. Auto No. 325 del 29 de septiembre de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se 54 al 58 rechazó por improcedente una solicitud de aclaración del auto No. 241 del 14 de julio de 2010. Auto No. 334 del 12 de octubre de 2010 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se 59 al 63 rechazó por improcedente una nueva solicitud de aclaración del auto No. 241 del 14 de julio de 2010. Auto del 25 de octubre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 64 autorizó una expedición de copias. Autos del 25 de noviembre de 2010 proferidos por el

despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por 65 al 66 medio de los cuales autorizó la expedición de copias. Auto del 26 de noviembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del 67 al 76 cual se decretó la práctica de pruebas, entre otros, en el expediente T.2.471.216 acumulado. Auto del 30 de noviembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del 77 cual autorizó una expedición de copias. Auto del 6 de diciembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 78 autorizó una expedición de copias. Auto del 16 de diciembre de 2010 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del 79 al 80 cual se amplió el término probatorio inicialmente concedido en el auto del 26 de noviembre de 2010. Auto del 2 de febrero de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 81 se resolvió acumular el expediente T.2.871.322, entre otros, al expediente T.2.471.216 acumulado. Oficios del 2 de febrero de 2011 por medio de los cuales la 82 al 83 9 de 19 Secretaría General de la Corte Constitucional informó a la magistrada ponente María Victoria Calle sobre el cumplimiento a lo ordenado en auto del 2 de febrero de 2011. Auto del 25 de abril de 2011 proferido por el despacho de la

magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 84 al 88 solicitó al PAR Telecom información adicional relacionada, entre otros, con el expediente T.2.471.216 acumulado. Auto del 6 de mayo de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 89 autorizó una expedición de copias. Autos del 18 de mayo de 2011 proferidos por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio de los 90 al 91 cuales autorizó la expedición de copias. Auto No. 105 del 25 de mayo de 2011 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se ordenó la suspensión del cumplimiento de las órdenes impartidas en 92 al 105 las sentencias de instancia, entre otros, en el expediente T.2.471.216 acumulado. Auto del 28 de julio de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 106 autorizó una expedición de copias. Auto del 24 de agosto de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 107 autorizó una expedición de copias. Auto del 16 de septiembre de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del 108 cual autorizó una expedición de copias. Auto del 18 de octubre de 2011 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 109 autorizó una expedición de copias. Auto No. 282 del 14 de diciembre de 2011 proferido por la

Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual se rechazaron por improcedentes las recusaciones formuladas 110 al 114 por unas de las accionantes en contra del magistrado Mauricio González Cuervo. Auto del 14 de marzo de 2012 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 115 autorizó una expedición de copias. Autos del 9 de abril de 2013 proferidos por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio de los cuales ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía 116 al 117 General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial. Auto del 17 de mayo de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 118 autorizó una expedición de copias. Auto del 21 de junio de 2013 proferido por el despacho de la 119 al 120 magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual solicitó al PAR Telecom pronunciarse sobre la suspensión del 10 de 19 pago de unas mesadas pensionales de unas personas no involucradas en el trámite de revisión. Auto del 15 de julio de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía 121 General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial. Auto del 2 de septiembre de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía 122

General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial. Auto del 23 de septiembre de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía 123 General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial. Auto del 17 de octubre de 2013 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía 124 General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial. Constancia secretarial del 28 de noviembre de 2013 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional informó a la Sala Plena sobre el registro por parte de la 125 magistrada ponente María Victoria Calle, del proyecto de fallo dentro del proceso T-2.587.255, expediente al que se encuentra acumulado, entre otros, el expediente T.2.471.216. Auto del 15 de enero de 2014 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía 126 General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial. Sentencia SU-377 del 12 de junio de 2014 proferida en el trámite de revisión del expediente T-2.587.255, expediente al 127 al 340 que se encuentra acumulado, entre otros, el expediente T.2.471.216. Auto del 30 de julio de 2014 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual

ordenó poner a disposición el expediente de la Fiscalía 341 General de la Nación para efectos de llevar a cabo diligencia de inspección judicial. Auto del 26 de agosto de 2014 proferido por el despacho de la magistrada ponente María Victoria Calle por medio del cual 342 autorizó una expedición de copias. Oficios No. 849 al 899 del 23 de septiembre de 2014 por 343 al 442 medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional comunicó a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos 11 de 19 acumulados al expediente T-2.587.255, que la Sala Plena de la Corte Constitucional con ponencia de la magistrada María Victoria Calle, profirió el día 12 de junio de 2014, la sentencia SU-377 de 2014. Oficio No. 1375 del 30 de septiembre de 2014 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó 443 al 444 al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería certificar la fecha en la que fue notificada la sentencia SU-377 de 2014. Oficio No. 1106 del 5 de mayo de 2015 por medio del cual el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería respondió la solicitud elevada por la Secretaría General de la Corte 445 Constitucional mediante oficio No. 1375 del 30 de septiembre de 2014. Auto No. 503 del 22 de octubre de 2015 proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional por medio del cual aclaró y 446 al 458 corrigió errores mecanográficos en la Sentencia SU-377 del

12 de junio de 2014. Oficio No. A-3605 del 3 de noviembre de 2015 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional 459 al 460 comunicó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería lo resuelto en el auto No. 503 del 22 de octubre de 2015. Cuaderno No. 6 – Trámite de reconstrucción del expediente: Piezas Procesales Folios Oficio No. A-2036 del 6 de julio de 2015 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional advirtió a la Coordinación Administrativa sobre el extravío del expediente T-2.471.216, requiriéndole en consecuencia, informe sobre las 1 al 2 actuaciones realizadas por sus funcionarios al momento del envío de dicho expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería. Informe del 6 de julio de 2015 presentado por el señor Camilo Andrés Quimbay González, funcionario adscrito a la Coordinación Administrativa de la Corte Constitucional, mediante el cual informó a la Secretaría General que a pesar 3 al 37 de la búsqueda exhaustiva del expediente T-2.471.216, no se encontró que el expediente se haya enviado al Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería. Oficio No. A-2047 del 9 de julio de 2015 por medio del cual la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó al 38 al 39 Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería información relacionada con el expediente T-2.471.216. Oficio del 17 de julio de 2015 por medio del cual la Coordinación Administrativa de la Corte Constitucional

remitió nuevamente a la Secretaría General el informe 40 al 42 presentado por el funcionario Camilo Andrés Quimbay González. Oficios No. A-2094 al A-2097 y 2100 al 2145 del 21 de julio 43 al 91 12 de 19 de 2015 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional solicitó a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, verificaran si dentro de los documentos remitidos el 23 de septiembre de 2014 se envió por error el expediente T-2.471.216. Oficios del mes de julio y agosto de 2015 por medio de los cuales los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, informaron a la Secretaría General 92 al 131 de la Corte Constitucional no haber encontrado el expediente T-2.471.216 dentro de la documentación remitida el 23 de septiembre de 2014. Oficios No. A-2972 al A-2999 del 3 de septiembre de 2015 por medio de los cuales la Secretaría General de la Corte Constitucional requirió por primera vez a los distintos despachos judiciales que tramitaron en primera y segunda 132 al 164 instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, verificaran si dentro de los documentos remitidos el 23 de septiembre de 2014 se envió por error el expediente T2.471.216. Oficios del mes de septiembre y octubre de 2015 por medio de los cuales los despachos judiciales requeridos por primera

vez, que tramitaron en primera y segunda instancia los procesos acumulados al expediente T-2.587.255, informaron a 165 al 195 la Secretaría General de la Corte Constitucional no haber encontrado el expediente T-2.471.216 dentro de la documentación remitida el 23 de septiembre de 2014. Oficios No. A-3759 al A-3764 del 20 de noviem

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...