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CC - A504-2017

Corte Constitucional

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Detalles

Título
CC - A504-2017
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año
2017

Auto 504/17

Referencia: Solicitud de información acerca de las medidas adoptadas para la asistencia, atención y protección de la población desplazada o en riesgo de desplazamiento del Chocó, en el marco del seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004 y sus autos complementarios, en especial los autos 004 y 005 de 2009 y 373 de 2016.

Bogotá D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil diecisiete (2017). La suscrita Magistrada Presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-025 de 2004, en uso de sus facultades constitucionales y legales, profiere el presente auto a partir de los siguientes,

0 ANTECEDENTES

1. La Corte Constitucional, en sentencia T-025 de 2004, declaró la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en materia de desplazamiento forzado, al constatar la vulneración masiva, sistemática y grave de los derechos fundamentales de la población desplazada en el país, producto no sólo de las causas asociadas a la violencia generalizada, sino también debido a la precaria capacidad institucional del Estado colombiano para atender a dicha población, y a la insuficiencia de los recursos asignados para este propósito.

2. Posteriormente, considerando que de acuerdo con el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991 “el juez establecerá los demás efectos del fallo para el caso concreto y mantendrá la competencia hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza”, esta Corporación resolvió conservar la competencia para verificar el cumplimiento de sus órdenes y

asegurar que las autoridades adopten las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales de la población desplazada. Para estos efectos, adicionalmente, decidió conformar una Sala Especial de Seguimiento, en tanto órgano especializado de la Sala Plena para monitorear los avances y los rezagos presentados por las autoridades responsables en la superación del ECI declarado en el 2004.

3. En este orden de ideas, la Sala Especial de Seguimiento continúa evaluando el estado actual de las principales problemáticas que afronta la población desplazada en el país, así como los avances, obstáculos y retrocesos que han surgido en la reformulación, ajuste e implementación de cada uno de los componentes de la política pública en materia de atención integral a las víctimas del desplazamiento forzado, con el fin de adoptar medidas correctivas y eficaces para avanzar de manera acelerada en la superación del Estado de Cosas Inconstitucional en materia de desplazamiento forzado y en el goce efectivo de los derechos de la población desplazada por la violencia.

4. En el marco del seguimiento que actualmente se adelanta, mediante auto 373 de 2016, la Corte Constitucional precisó los umbrales que deben satisfacer las autoridades para entender superado el ECI; definió los niveles de cumplimiento por componentes; y estableció qué eventos ameritan la intervención judicial en las políticas públicas, de cara a la satisfacción de los derechos fundamentales de las personas desarraigadas. Conforme con estos parámetros, realizó una nueva evaluación de la política para atención integral a las personas internamente desplazadas y concluyó que: si bien hay importantes avances en la garantía de los

derechos de esta población (i.e. registro y participación), persisten diferentes bloqueos institucionales y prácticas inconstitucionales que impiden superar el Estado de Cosas Inconstitucional declarado en la sentencia T-025 de 2004. Como consecuencia de esta valoración, la Sala Especial de Seguimiento, de una parte, definió sobre cuáles aspectos puntuales de la política mantendrá el seguimiento y, de otra parte, ordenó una serie de medidas y acciones a las autoridades responsables, en cada componente, para impulsar su cumplimiento y avanzar de manera sostenida en la superación del ECI, las cuales, en todo caso, deben estar orientadas a garantizar el goce efectivo de los derechos de la población desplazada.

5. A pesar de lo anterior, como resultado de las visitas a terreno realizadas por el equipo de la Sala Especial a las zonas Central, San Juan, Pacífico Sur y Bajo Atrato del Chocó1, así como de diferentes reportes remitidos por los organismos de control del Estado y el Gobierno Nacional, esta Corporación tuvo conocimiento acerca de eventuales fallas y problemas en materia de asistencia, atención, prevención y protección de la población de este departamento.

Situación que, al parecer, se estaría agravando como consecuencia de recientes cambios en las dinámicas del conflicto armado interno.

6. En este contexto, considerando que corresponde a esta Sala Especial de Seguimiento asegurar el cumplimiento de sus órdenes y que se garantice el goce efectivo de los derechos de la población desplazada por parte de las autoridades concernidas, resulta necesario solicitar información a las distintas entidades del orden nacional, departamental y municipal, con el objeto de verificar cuál ha sido

la respuesta estatal al escenario de vulnerabilidad advertido en la presente providencia. Así las cosas, la Sala hará un breve diagnóstico de la situación 1 Visitas realizadas entre los años 2015-2017 con el acompañamiento del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Defensoría del Pueblo. En el marco de las mismas, se realizaron conversatorios con algunos líderes y lideresas, representantes de las organizaciones de segundo nivel, y líderes de organizaciones civiles que trabajan a favor de la reivindicación y protección de los derechos de la población étnica desplazada. Sin embargo, por petición expresa de estas personas y debido a la situación de riesgo que afrontan, sus identidades no son reveladas para proteger su vida e integridad. 2 humanitaria que afronta la población en el departamento del Chocó (sección dos), a partir del cual se precisaran aquellos aspectos sobre los cuales la Corte Constitucional requerirá información (sección tres).

1 SITUACIÓN DE RIESGO QUE AFRONTA EL DEPARTAMENTO

DEL CHOCÓ2

7. El Chocó es un departamento gravemente afectado por el conflicto armado y la violencia generalizada, especialmente por el estado de indefensión en que se encuentra su población, ya que debe soportar estas afectaciones sobre la base de situaciones estructurales preexistentes de pobreza extrema y su ubicación, la cual tiene un alto valor estratégico e interés tanto de actores legales como ilegales, situaciones que, además, hace que las afectaciones sean más severas. Al respecto, diferentes informes del Gobierno Nacional, de los organismos de control y de la sociedad civil permiten dar cuenta que si bien la crisis humanitaria identificada

por la Corte Constitucional (i.e. autos 004 y 005 de 2009) persiste, la misma ha sufrido transformaciones y constantes cambios en el escenario de vulnerabilidad.

8. De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA), durante el año 2016, el número de personas afectadas por limitaciones a la movilidad y restricciones al acceso a bienes y servicios básicos, relacionadas con la violencia armada, aumentó un 78%, mientras que las amenazas en contra de la población se incrementaron en un 31% en comparación con el año inmediatamente anterior3. 2 Para estos efectos de la presente decisión, la Sala Especial empleará la división subregional expuesta por la Defensoría del Pueblo en sus informes: “1. La subregión central está conformada por los municipios Bojayá, Vigía del Fuerte, Murindó, Medio Atrato, Quibdó, Cármen de Atrato, Bagadó, Lloró, Atrato y Río Quito. Estos municipios están ubicados en la cuenca hidrográfica del río Atrato, primera arteria fluvial del departamento del Chocó que desemboca en el océano Atlántico. 2. La subregión del San Juan está conformada por los municipios Cantón de San Pablo, Certeguí, Unión Panamericana, Tadó, Istmina, Río Iró, Medio San Juan, Condoto, Novita, San José del Palmar y Sipí. Estos municipios están ubicados de la cuenca hidrográfica del río San Juan, arteria fluvial que desemboca en el Océano Pacifico. 3. La subregión del Pacífico sur está

conformada por los municipios de Alto Baudó, Medio Baudó, Bajo Baudó y el Litoral del San Juan. Esta región se caracteriza por tener un área montañosa que corresponde a la serranía del Baudó. 4. La subregión del Pacifico está conformada por los municipios de Juradó, Nuquí y Bahía Solano, que hacen parte de la costa o litoral pacífico del departamento del Chocó. 5. La subregión del Darién conformada por los municipios de Unguía y Acandí. 6. La subregión del Bajo Atrato conformada por los municipios de Carmen del Darién y Riosucio. Defensoría del Pueblo. Crisis Humanitaria en Chocó. (2014). Págs. 1617. 3 OCHA. COLOMBIA: Humanitarian Snapshot (Enero - Diciembre 2016). http://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/170301_snapshot_volencia_ene_dic_2016 .pdf. (2017 a). 3

9. De igual forma, en materia de desplazamiento forzado, si bien las cifras en el 2016 se redujeron cerca de un 19% a nivel nacional, es preciso advertir que el 98% de estos hechos masivos se concentraron en sólo 6 departamentos: Chocó, Norte de Santander, Nariño, Antioquia, Córdoba4 y Risaralda. Asimismo, es necesario tener en cuenta que el 75% de la población afectada pertenece a comunidades indígenas (45%) y afrodescendientes (30%).

10. En concreto, la OCHA señaló en sus reportes que en el 2016 la costa

pacífica y Norte de Santander fueron los epicentros de los desplazamientos y los confinamientos en términos agregados. No obstante, entre enero y marzo del año en curso, las afectaciones en contra de la población se concentraron aún más en el pacífico, con una reducción –pero sin que cesen– en Norte de Santander. Así, en el primer trimestre de 2017 se presentaron nuevos desplazamientos de 4.830 personas y restricciones a la movilidad de otras 11.774, como consecuencia de las confrontaciones entre las guerrillas ELN, Ejército Popular de Liberación (EPL) y grupos post desmovilización5.

11. En términos desagregados, el informe indica cómo los desplazamientos masivos y restricciones a la movilidad se concentraron en el Chocó. Entre enero y mayo de 2017, el 70% de los desplazamientos se presentaron en ese departamento, mientras que, en el mismo periodo, fueron afectadas 5.884 personas (aprox.) en 10 eventos de limitaciones y restricciones a la movilidad6.

Sumado a ello, respecto de la población étnica de esta región, reportó que, entre enero y abril, fueron desplazadas 6.893 personas de las cuales el 71% son afrodescendientes (en contraste, en todo el 2016 se desplazaron 10.943 personas)7.

12. La Defensoría del Pueblo, en su Resolución Defensorial 064 de 2014 y su informe del mismo año: Crisis humanitaria en Chocó, advirtió cómo las FARCEP, a través de sus frentes 57, 34, 30, Aurelio Rodríguez y la columna móvil

Libardo García del Arturo Ruiz, tenía presencia principalmente en la parte alta y media del río Atrato, en los municipios de Riosucio, Carmen del Darién, Acandí, Unguía, Bagadó, el Carmen de Atrato, Lloró, Atrato, Río Quito, Bojayá, Vigía del Fuerte, Murindó, Medio Atrato y Quibdó; en el alto y medio San Juan, en Condoto, Novita, San José del Palmar, Medio San Juan y Sipí; y en el municipio 4 Si se realiza un análisis por subregiones y en el mismo se incluye el Urabá como una de aquellas, puede verse cómo el desplazamiento y las restricciones a la movilidad en el departamento de Córdoba, hacen parte de dicha subregión. 5 OCHA. Infografía Trimestral del Fondo Humanitario de Colombia (EneroMarzo 2017). http://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/infografia_0.pdf. (2017 b). 6 OCHA. Infografía Trimestral del Fondo Humanitario de Colombia (EneroMarzo 2017). http://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/infografia_0.pdf. (2017 b). 7 OCHA. Colombia: humanitarian situation snapshot. http://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/2_2.pdf. (2017 c). La brecha entre las cifras de enero-marzo frente a enero-abril de 2017, se deben, entre otras razones, a los tiempos en que se realizan las declaraciones. 4 Juradó, zona de frontera internacional con la República de Panamá. También

señaló que el ELN tenía presencia por medio de los frentes Resistencia Cimarrón, Manuel Hernández – El Boche y Ernesto Che Guevara, especialmente en la parte alta del río Atrato, en la zona del alto y medio San Juan y del Alto y Bajo Baudó8. De igual forma, la Defensoría advirtió la expansión de las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC) sobre zonas donde anteriormente ejercieron control grupos paramilitares (i.e. Bloque Elmer Cárdenas de las Autodefensas Unidas de Colombia y el Bloque Pacífico) tales como la costa pacífica chocoana en municipios de Bahía Solano, Nuquí, Litoral del San Juan, Medio Baudó y Bajo Baudó, así como en los principales centros urbanos del Chocó (i.e. Quibdó e Itsmina)9. Estos grupos desarrollaron diferentes dinámicas que variaron de acuerdo a la zona y al momento. Así, por ejemplo, en la zona del Darién, en diferentes oportunidades pactaron alianzas, convenios de no agresión e incluso el control de circuitos económicos legales e ilegales, especialmente entre el ELN y las FARCEP10, mientras que, en la subregión pacífica se presentaron múltiples enfrentamientos entre los actores armados y la fuerza pública11. Lo anterior repercutió en múltiples afectaciones en contra de la población, tales como restricciones a la movilidad; siembra de Minas Antipersonal (MAP), otros artefactos explosivos como la Munición Sin Estallar (MUSE) y los Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) con características de Minas Antipersonal; amenazas; señalamientos; violencia sexual; reclutamiento forzado;

desplazamientos individuales y colectivos; entre otras12.

13. A pesar de lo anterior, luego de iniciados los diálogos entre el Gobierno de Colombia y las FARC-EP, el Sistema de Alertas Tempranas emitió múltiples Informes de Riesgo, de Inminencia y Notas de Seguimiento a través de las cuales advirtió los diferentes riesgos que afrontarían las comunidades del Chocó, especialmente por la persistencia del conflicto armado y la permanencia de diferentes actores armados13. Concretamente, estas advertencias reportaron 8 Defensoría del Pueblo. Crisis Humanitaria en Chocó. (2014). Pág. 24. 9 Defensoría del Pueblo. Crisis Humanitaria en Chocó. (2014). Pág. 26.

10Defensoría del Pueblo. Informe sobre la situación de las comunidades negras/afrodescendientes en riesgo, deslazadas y en procesos de restablecimiento de derechos. (1 de septiembre de 2016). Pág. 94 y Nota de Seguimiento 015 de 2012. 11Defensoría del Pueblo. Informe sobre la situación de las comunidades negras/afrodescendientes en riesgo, deslazadas y en procesos de restablecimiento de derechos. (1 de septiembre de 2016). Págs. 110-112. 12Cfr. Defensoría del Pueblo. Crisis Humanitaria en Chocó. (2014). Págs. 23-32. 13Cfr. Informes de Riesgo No. 020-16 A.I. (junio 7 de 2016) para los municipios Juradó, Bahía Solano y Nuquí; IR No. 015-16 A.I. (abril 29 de 2016) para los

municipios Bojayá, Vigía del Fuerte y Medio Atrato; Nota de Seguimiento No. 002-16, Primera al Informe de Riesgo No. 033-14 A.I. (25 de febrero de 2016) para el municipio Quibdó; IR de Inminencia No. 017-16 (5 de mayo de 2016) 5 principalmente tres escenarios en los cuales se evidencia el impacto diferenciado y desproporcionado del conflicto armado en el Chocó: (14.1) antes del cese al fuego de las FARC-EP, (14.2) durante éste y la movilización hacia las Zonas Veredales Transitorias y de Normalización (ZNTN) y Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y (14.3) después de la firma del Acuerdo de Paz, los cuales se describen brevemente: 13.1. Desde el año 2013, la Defensoría del Pueblo expuso el riesgo que suponía el fortalecimiento de las estructuras armadas de las AGC, las cuales avanzaron desde el Bajo Atrato, expandiendo su presencia hacia los municipios de Bahía Solano, Nuquí, Bajo Baudó y Litoral del San Juan, y por el sur, desde el Distrito de Buenaventura (Valle del Cauca)14. Esta movilización tiene lugar, en términos de este órgano de control “tras un proceso sistemático de ocupación de territorios como el Darién, el Bajo Atrato, el San Juan, la costa Pacífica y el Baudó con estructuras armadas y controles territoriales y poblacionales en cabeceras urbanas, corregimientos y la zona rural”15. Durante el proceso, estas zonas padecieron diferentes confrontaciones entre las AGC y las FARC de lo cual

se desprenden graves afectaciones humanitarias, desplazamientos forzados, amenazas y combates con interposición de civiles. 13.2. Posteriormente, como consecuencia del cumplimiento del cese de hostilidades por parte de las FARC-EP, a lo largo del 2015 la Fuerza Pública adelantó importantes operaciones militares en contra de las AGC, no obstante, en concepto de la Defensoría del Pueblo, dichas acciones al parecer no afectaron su estructura militar. Al efecto, el Ministerio Público precisó: “las AGC han recibido algunos golpes contra su estructura económica y redes de testaferrato, pero no se han visto afectadas sus estructuras militares conformadas por hombres armados que se organizan en frentes (Juan de Dios Usuga, Central Urabá, Nicolas Sierra, Darién) que se ubican en el sur de Unguía, el eje Nueva Antioquia-San José de Apartadó y el Bajo Atrato”, donde cesó la influencia armada de las FARC-EP16. Sumado a lo anterior, el Ministerio Publicó manifestó que si bien el avance de las AGC, fue “estratégico para el desarrollo del narcotráfico, no es su fin, por el contrario busca posicionar al grupo armado en un escenario regional, entrar a zonas donde cesaría la influencia armada de las FARC y que representan ventajas militares y para el control de actividades económicas dentro de los para el municipio del Litoral del San Juan; IR No. 027·15 A.I. (diciembre 18 de 2015) para los municipios Istmina, Medio San Juan y Sipí, que aún siguen vigentes, entre otros. 14 Defensoría del Pueblo. Oficio 404001-0079-17. (21 de febrero de 2017). Pág.

3. 15 Defensoría del Pueblo. Informe sobre la situación de las comunidades negras/afrodescendientes en riesgo, deslazadas y en procesos de restablecimiento de derechos. (1 de septiembre de 2016). Págs. 85-93. 16 Defensoría del Pueblo. Informe sobre la situación de las comunidades negras/afrodescendientes en riesgo, deslazadas y en procesos de restablecimiento de derechos. (1 de septiembre de 2016). Pág. 87. 6 territorios (extracción de madera, minería ilegal, narcotráfico), y en participar de los grandes intereses para el desarrollo de proyectos de infraestructura que fortalecerán economías extractivas en la zona”17.

De manera paralela, el ELN realizó diferentes acciones en busca del “control de los circuitos económicos legales e ilegales para lo cual ha establecido acuerdos con las FARC, así como actividades relacionadas con la minería y la contención de acciones armadas por parte del Ejército Nacional y las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC)”18, lo cual afectó las regiones del Baudó, San Juan y la costa pacífica19. Producto de estas estrategias, se presentaron enfrentamientos armados en territorios principalmente étnicos. Estas confrontaciones ocasionaron: desplazamientos y confinamientos; reclutamiento de menores como mecanismos para suplir las capturas, desmovilizaciones y bajas en combates; siembra de minas antipersonal y artefactos explosivos improvisados en zonas rurales; presión a líderes y lideresas étnico territoriales para introducir diferentes proyectos económicos (cuasi legales e ilegales); enfrentamientos con la Fuerza Pública;

alianzas con diferentes grupos ilegales; amenazas e intimidaciones en contra de líderes sociales y/o étnico territoriales con el fin de conseguir poder social, político y económico; bloqueo de alimentos y movilidad y; en zonas urbanas (Quibdó e Itsmina) “extorsión, sicariato y cobro de impuestos y establecimiento de escuelas de entrenamiento militar”, esto último, promovido particularmente por las AGC20. 13.3. Sin perjuicio de lo anterior, con la movilización y concentración de las FARC-EP hacia los ZVTN y PTN, los grupos armados ilegales continuaron con sus procesos de expansión y “ocupación” de territorios. Al respecto, la Defensoría del Pueblo señaló que para el mes de octubre de 2016, las FARC se encontraban concentradas en las Zonas de Pre-agrupamiento, ubicadas en Panamacito-Itsmina, Juntas de Tamaná-Nóvita, La Italiana-San José del Palmar, Vegaéz-Vigía del Fuerte, La Playa-Murindó y Pogue-Bojayá. A partir del repliegue de esta guerrilla, la Defensoría informó que las AGC y el ELN avanzaron paulatinamente “copando” zonas estratégicas para su accionar, anteriormente controladas por las FARC-EP, principalmente en las regiones del Atrato Medio, previéndose incluso su expansión hacia el Alto Atrato y la Subregión del San Juan21. 17 Defensoría del Pueblo. Informe sobre la situación de las comunidades negras/afrodescendientes en riesgo, deslazadas y en procesos de restablecimiento

de derechos. (1 de septiembre de 2016). Pág. 87. 18 Defensoría del Pueblo. Crisis Humanitaria en Chocó. (2014). Pág. 25. 19 Defensoría del Pueblo. Oficio 404001-0079-17. (21 de febrero de 2017). Pág. 3. 20 Defensoría del Pueblo. Crisis Humanitaria en Chocó. (2014). Págs. 24-27. 21 Defensoría del Pueblo. Oficio 404001-0079-17. (21 de febrero de 2017). Pág. 2. 7

14. No obstante, en el marco de este escenario, los riesgos que enfrenta la población varían entre subregiones, de allí que sea necesario realizar una breve exposición de la situación que padecen de manera particular cada una de ellas.

14.1. Subregión del Bajo Atrato22 El Sistema de Alertas Tempranas, en el Informe de Riesgo 031 de 2009 y sus Notas de Seguimiento 005 de 2011, 018 de 2012, 001 de 2015, 001 de 2016 y 004 de 2017, así como en el Informe de Riesgo de Inminencia 009 de 2017 (para Riosucio), advirtió la presencia de actores armados ilegales (FARC, ELN y AGC), quienes emprendieron diferentes acciones por el control social y económico de la población de los municipios de Riosucio y Carmen del Darién; la zona frontera con Panamá; y de las comunidades de resguardos indígenas y territorios colectivos de comunidades afrodescendientes en la margen occidental del río Atrato. Las principales consecuencias de lo anterior, de acuerdo con la

Defensoría del Pueblo, fueron los combates con interposición de civiles, restricciones a la movilidad, señalamientos, amenazas y desplazamientos forzados23. Así mismo, la última Nota de Seguimiento dice que, para abril de 2017, las confrontaciones dejaron como resultado la concentración del ELN en las cuencas del Truandó y parte de la cuenca del río Domingodó, mientras que las AGC se encuentran principalmente en las cuencas de Salaquí, Cacarica y parte de la cuenca del río Domingodó24. En el caso del margen oriental del río Atrato, indica que se presentaron otras dinámicas dado que presuntamente las AGC lograron consolidar su presencia en algunas comunidades de los Consejos Comunitarios (i.e. Blanquicet, Macondo, La Punta en La Larga Tumaradó y en El 10, Santa María, Playa Roja, El Abierto y la comunidad rivereña de Pedeguita)25. En tal sentido, las Notas de Seguimiento 001 de 2015 y 001 de 2016 concluyen que los principales riesgos se dirigen en contra de los procesos de reparación y restitución de tierras y de derechos territoriales; los líderes y lideresas comunitarias; las autoridades étnicas; los procesos de retorno; y el desarrollo de procesos organizativos26. Sumado a lo anterior, la Defensoría del Pueblo llamó la atención sobre un eventual cerco de las AGC en torno del Punto Veredal Transitorio de Normalización (PVTN), ubicado en la vereda Cacarolí del municipio Carmen del Darién27, no sólo por un posible riesgo para las integrantes de las FARC-EP, que

22 Municipios de Riosucio y Carmen del Darién. 23 Confrontar especialmente con las Notas de Seguimiento 001 de 2015, 001 de 2016 y 004 de 2017, y el Informe de Riesgo de Inminencia 009 de 2017. 24 Nota de Seguimiento 004 de 2017. Pág. 9. 25 Defensoría del Pueblo. Informe sobre la situación de las comunidades negras/afrodescendientes en riesgo, deslazadas y en procesos de restablecimiento de derechos. (1 de septiembre de 2016). Pág. 89. 26Cfr. Notas de Seguimiento 001 de 2015 y 001 de 2016. 27 Nota de Seguimiento 004 de 2017. Págs. 8-9. 8 adelanten un proceso de reinserción, sino también por la ubicación de dicho punto al interior de un territorio colectivo28. 14.2. Subregión del Darién29 El Sistema de Alertas Tempranas emitió los Informes de Riesgo 020 de 2010 (para Unguía); 010 de 2011; 012 de 2015 (para Acandí) y 005 de 2016 y la Nota de Seguimiento 15 de 2012, a través de los cuales expuso los principales riesgos y afectaciones que padecen las comunidades afrodescendientes, indígenas y campesinas como consecuencia de la presencia de grupos armados ilegales. Al respecto, a diferencia de la región del Bajo Atrato, en estos documentos se reportó una baja intensidad de las confrontaciones entre grupos ilegales, ya que las dinámicas de riesgo giraron en torno a eventuales alianzas estratégicas entre

las FARC-EP y las AGC, quienes efectuaron controles armados sobre la población y, con ello, realizaron confinamientos, despojo de tierras, crearon inseguridad alimentaria, vulneraron los derechos étnico-territoriales y ejercieron violencia sexual en contra de mujeres30. En efecto, desde la Nota de Seguimiento 015 de 2012, la Defensoría advirtió fuertes controles sociales y territoriales por parte de estos grupos tanto en zonas rurales como urbanas mediante: amenazas, homicidios selectivos, restricciones a la movilidad, desplazamientos, siembra de minas antipersonal, reclutamiento, agresiones sexuales a mujeres y desapariciones forzadas. En relación con las comunidades étnicas, estas presiones se ejercieron en contra de autoridades 28 Nota de Seguimiento 004 de 2017. Pág. 18. Sobre el particular se precisó: “Se destaca que en esa área geográfica que corresponde a parte de la margen oriental del río Atrato y que está localizada mayoritariamente en el municipio Carmen del Darién, no se está desarrollando una confrontación armada de las AGC con ninguna guerrilla, dada la ausencia del ELN en ese territorio y la concentración de la totalidad del frente 57 de las FARC-EP ceñida a diez hectáreas de tierra que hacen parte del área definida como Punto Transitorio de Normalización (PTN) conocido oficialmente como Brisas, La Florida pero que en la práctica está situado en territorios de la comunidad Cacacolí la cual hace parte del consejo comunitario de Curvaradó en el municipio Carmen del Darién.

|| La Defensoría del Pueblo observa un alto nivel de riesgo en el fortalecimiento del cerco de las AGC en los territorios cercanos a la localización del PTN Brisas, La Florida, que pudiesen implicar alguna acción militar en contra de los integrantes de las FARC-EP concentrados allí en cumplimiento de los acuerdos de la Habana. || En ese sentido, la localización de ese PTN corresponde a un área geográfica en la que durante años grupos armados ilegales post desmovilización de las AUC han tenido presencia y control territorial, lo que representa un riesgo para los combatientes en proceso de dejación de armas y reincorporación a la vida civil y política del país, así como para las comunidades cercanas al punto”. 29 Municipios de Acandí y Unguía. 30 Nota de Seguimiento 015-12. Pág. 5. 9 tradicionales con el propósito de imponer proyectos económicos ligados al narcotráfico (siembra, procesamiento y transporte)31 y la explotación minera32. En relación con esto último, también se presentaron en la región procesos de repoblamiento o colonización y despojo de territorios étnicos, apalancados en vacíos de protección de los derechos territoriales de las comunidades afrodescendientes e indígenas, bien sea porque no se titularon o la titulación se realizó de manera inadecuada33. Estos son los casos de los resguardos de Chidima, Dogibi y Arquía en Acandí donde no sólo se buscó ampliar las zonas de cultivos de uso ilícito, sino también, adelantar proyectos mineros y de hidrocarburos34. Esto último, al parecer, estaría estrechamente ligado con otras

afectaciones que se reportaron en territorios colectivos (indígenas o afrodescendientes) en el golfo de Urabá por el desarrollo de proyectos de infraestructura y explotación minero-energética35. Sin perjuicio de lo anterior, la Defensoría del Pueblo llamó especialmente la atención acerca del proceso de consolidación de las AGC en esta subregión, a partir de la cual, amplió su influencia hacia otras subregiones, como se señaló anteriormente36. Al respecto indicó que: “es necesario entender que este grupo armado ilegal mantiene una constante movilidad y tiene una capacidad de reconstitución y reacomodamiento de acuerdo con las circunstancias y las estrategias 31 De acuerdo con la Defensoría del Pueblo, habría una alianza entre las FARC y las AGC “o que ha permitido que cada grupo armado controle amplias zonas y regule diferentes actividades relacionadas con la economía del narcotráfico. Las FARC-ep controlan los territorios de la zona de frontera donde existen cultivos de coca y rutas terrestres hacia la frontera con Panamá, cobran contribuciones arbitrarias por el cultivo de coca, el uso de las rutas y el funcionamiento de los laboratorios localizados en su zona de influencia. Mientras tanto las AGC controlan la transformación de la hoja de coca en las veredas como Las Malvinas, La Esperanza (cabecera del río Natí), Albania, El Tigre, Raicero y Peye en el municipio de Unguía”. Informe de Riesgo 005 de 2016. Pág. 5. 32 Informe de Riesgo 005 de 2016. Págs. 4-5.

33 Al respecto resulta paradigmático el caso del Consejo Comunitario de la cuenca del río Tolo y la zona costera sur del municipio de Acandí (COCOMASUR) a quienes les titularon dos globos de 13.456 hectáreas y 5.870 metros cuadrados en zonas de reserva forestal de la serranía del

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