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CC - A608-2024

Corte Constitucional

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Detalles

Título
CC - A608-2024
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año
2024

A608-24REPÚBLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004

AUTO 608 DE 2024

Referencia: agenda y metodología de la sesión técnica sobre la garantía de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes.

Magistrada sustanciadora: Natalia Ángel Cabo.

Bogotá D.C., primero (1º) de abril de dos mil veinticuatro (2024).

La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente providencia con fundamento en los siguientes:

ANTECEDENTES

1. El auto 310 de 2023 adoptó la metodología en relación con la recolección, discusión y presentación de información para la valoración de la superación del estado de cosas inconstitucional. Para tal fin, la Sala convocó seis sesiones técnicas temáticas, una de las cuales se ocupará de la garantía de los derechos de los pueblos y comunidades afrodescendientes e indígenas[1]. Esta diligencia está programada para el 8 de abril de 2024[2].

CONSIDERACIONES

1. De conformidad con lo dispuesto por la Sala Especial de Seguimiento en la sesión técnica del pasado 18 de marzo del año en curso, se reprogramará la sesión correspondiente al diálogo sobre la protección de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes. La nueva fecha será el 10 de mayo de 2024.

2. En consecuencia, el informe final del Gobierno nacional dispuesto en la

sesión correspondiente al diálogo sobre la protección de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes. La nueva fecha será el 10 de mayo de 2024.

2. En consecuencia, el informe final del Gobierno nacional dispuesto en la orden tercera del auto 2388 de 2023 se deberá entregar el 10 de junio del año en curso. Este deberá incorporar los ajustes que se deriven del dialogo desarrollado durante las sesiones técnicas y deberá ser remitido, en la misma fecha, a los organismos de control, a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado.

El informe deberá incorporar las mediciones de los indicadores correspondientesal año 2023, así como la información requerida en la orden segunda del auto 549 de 2024.

3. A continuación, se recordarán los parámetros bajo los cuales se desarrollará la sesión, según las pautas generales que se han fijado en providencias anteriores; se expondrá la metodología y se fijará la agenda de la sesión técnica.

Pautas para el desarrollo de la sesión técnica

4. Según el auto 310 de 2023 y tal como se ha dispuesto en las metodologías de las anteriores sesiones, estas se rigen por los parámetros que se recuerdan a

continuación:

a. Participación del primer nivel directivo del Estado. Las entidades citadas deberán estar representadas por su máximo nivel directivo, pues es este quien tiene la capacidad de tomar las decisiones posteriores que sean necesarias para la superación del estado de cosas inconstitucional, por lo que su participación será indelegable.

b. Diálogo constructivo y estratégico. Las sesiones técnicas buscan ser un

quien tiene la capacidad de tomar las decisiones posteriores que sean necesarias para la superación del estado de cosas inconstitucional, por lo que su participación será indelegable.

b. Diálogo constructivo y estratégico. Las sesiones técnicas buscan ser un escenario de diálogo técnico, abierto, franco, propositivo y transparente entre quienes participan en ellas. Principalmente, tienen como objetivo identificar las falencias estructurales más críticas que enfrenta actualmente la política pública para personas desplazadas, qué retos subsisten en la implementación de políticas, programas y medidas adoptadas para la superación del ECI, qué acciones han servido y como continuarlas, y qué otro tipo de soluciones posibles se deben adoptar e implementar para garantizar el goce efectivo de los derechos de la población desplazada. Con base en esto, se espera que el gobierno avance en el diseño e implementación de medidas estratégicas que se traduzcan en acciones reales para la superación del ECI.

c. La sesión técnica no es un espacio de rendición de cuentas o de confrontación entre los actores que participan en ella, sino un escenario para el intercambio de ideas y la construcción colectiva de soluciones.

d. La agenda se desarrollará en dos bloques temáticos. En el primero relacionado con los componentes de prevención, protección, registro y atención humanitaria. El segundo bloque se centrará en los componentes retornos, reubicaciones, vivienda, generación de ingresos, salud, educación, reparación integral y tierras. Sin embargo, los intervienes

deberán referirse en todos los casos al impacto de las fallas en dichos componentes sobre la garantía de los derechos a la identidad étnica y cultural, a la autonomía y a los territorios de los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes.

e. Las intervenciones del Gobierno nacional deberán ser articuladas, con el propósito de superar el enfoque sectorial o aislado de la respuesta institucional.5. El Gobierno nacional contará con una (1) hora para realizar su intervención y dar respuesta a los interrogantes formulados en la agenda de la sesión (fundamento 6 de este auto). Para este propósito, serán citados particularmente: el Ministro del Interior; la directora general de la Unidad para las Víctimas; la Vicepresidenta de la República; la Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural; el director general de la Unidad de Restitución de Tierras; el director general de la Agencia Nacional de Tierras; el Ministro de Salud y Protección Social, y la Ministra de Educación Nacional.

En tal virtud, las citadas autoridades deberán designar a voceros quienes intervendrán en dentro del tiempo asignado para el Gobierno nacional e informarlo a la Sala Especial de Seguimiento a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024. Lo anterior, sin perjuicio de las demás autoridades convocadas quienes deberán asistir debido a sus responsabilidades en relación con la garantía de los derechos de los grupos étnicos, y podrán intervenir en el escenario de diálogo.

Agenda de la sesión

6. La agenda de la sesión será la siguiente:

AGENDA InstalaciónMagistrada Natalia Ángel Cabo, presidenta de la Sala Especial deSeguimiento. 8:00 a 8:10

diálogo.

Agenda de la sesión

6. La agenda de la sesión será la siguiente:

AGENDA InstalaciónMagistrada Natalia Ángel Cabo, presidenta de la Sala Especial deSeguimiento. 8:00 a 8:10 DiagnósticoPresentación de la Sala Especial de Seguimiento sobre la situación delestado de cosas inconstitucional en los componentes objeto de la sesióntécnica. 8:10 a 8:40 PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, REGISTRO Y ATENCIÓN HUMANITARIA Preguntas orientadoras Interviniente Hora a. ¿Qué medidas implementadas hastala fecha por el Estado han sidoefectivas para superar las falenciasestructurales identificadas por laCorte en torno a los componentesobjeto de este bloque? b. ¿Cuáles son las principales fallasactuales en la política pública y losdesafíos que aún enfrenta parasuperar dichas problemáticas ygarantizar los derechos de losgrupos étnicos en los componentesde este bloque?, y ¿qué impactotienen dichas fallas en la garantía delos derechos a la autonomía, laidentidad y el territorio? c. ¿Cuáles son las recomendacionespara superar las fallas estructurales Claudia PaiLíder indígena 8:40 a 8:55 Esneda Saavedra RestrepoConsejera de la ONIC 8:55 a 9:10 Elizabeth Moreno BarcoCoordinadora del ForoInterétnico Solidaridad Chocó9:10 a 9:25

Mireille GirardRepresentante del ACNUR 9:25 a 9:40 José Octavio GuzmánGobernación del Cauca 9:40 a 9:55en los componentes objeto de estebloque?Receso 9:55 a 10:10 RETORNO, REUBICACIONES Y REPARACIÓN INTEGRAL(Retornos, reubicaciones, vivienda, generación de ingresos, salud, educación, reparaciónintegral y tierras) a. ¿Qué medidas implementadas hastala fecha por el Estado han sidoefectivas para superar las falenciasestructurales identificadas por laCorte en torno a los componentesobjeto de este bloque? b. ¿Cuáles son las principales fallasactuales en la política pública y losdesafíos que aún enfrenta parasuperar dichas problemáticas ygarantizar los derechos de losgrupos étnicos en los componentesde este bloque?, y ¿qué impactotienen dichas fallas en la garantía delos derechos a la autonomía, laidentidad y el territorio? c. ¿Cuáles son las recomendacionespara superar las fallas estructuralesen los componentes objeto de estebloque? Daris CristanchoExperta académica y líderindígena 10:10 a 10:25 Richard MorenoLíder afrodescendiente ydefensor de derechos humanos10:25 a 10:40 Danny MahechaAntropóloga y expertaacadémica 10:40 a 10:55 José Santos CaicedoCoordinador del Proceso deComunidades Negras (PCN)10:55 a 11:10

Luis Alfonso EscobarJaramilloGobernación de Nariño 11:10 a 11:25 Intervenciones generales de los organismos de control y la sociedad civil a. ¿Qué medidas implementadas hastala fecha por el Estado han sidoefectivas para superar las falenciasestructurales identificadas por laCorte en torno a los componentesobjeto de la sesión técnica?Particularmente, qué impactos hantenido las medidas ordenadas en losautos 004 y 005 de 2009. b. ¿Cuáles son las principales fallasactuales en la política pública y losdesafíos que aún enfrenta parasuperar dichas problemáticas ygarantizar los derechos de losgrupos étnicos en los componentestratados en los bloques temáticos?, y¿qué impacto tienen dichas fallas enla garantía de los derechos a laautonomía, la identidad y elterritorio? c. ¿Cuáles son las recomendacionespara superar las fallas estructuralesen los componentes objeto de lasesión? Mesa Nacional deParticipación Efectiva deVíctimas 11:25 a 11:40

Comisión de Seguimiento a laPolítica Pública sobreDesplazamiento Forzado11:40 a 11:55 Intervención conjunta de losorganismos de control 11:55 a 12:10 Almuerzo 12:10 a 2:00Intervención conjunta del Gobierno nacional a. Describa brevemente lasprincipales medidas adoptadas paracorregir las fallas identificadas porla Corte Constitucional, respecto ala población indígena yafrodescendientes, en loscomponentes objeto de la presentesesión. Además, exponga quéimpacto tuvieron sobre losderechos a la autonomía, laidentidad y el territorio. b. ¿Cuál es el estado decumplimiento de los planes ymedidas ordenadas en los autos004 y 005 de 2009 y 266 de 2017,y cuál es su impacto en laautonomía, la identidad y elterritorio de los grupos étnicos? c. ¿Cuáles son las principales fallasactuales en la política pública y losdesafíos que aún enfrenta parasuperar dichas problemáticas ygarantizar los derechos de losgrupos étnicos en los componentestratados en los bloques temáticos?,y ¿qué impacto tienen dichas fallasen la garantía de los derechos a laautonomía, la identidad y elterritorio? d. ¿Qué medidas de política públicadeben implementarse para corregirdichas fallas? e. En caso de contar con mediciones¿cuál es el comportamiento de lamedición de los indicadores degoce efectivo de derechos en loscomponentes y derechos objeto dela presente sesión?

En este bloque intervendrán lasautoridades que el Gobiernodesigne como voceras, quienesse deberán referir a todos lostemas. Se encuentran citados: Luis Fernando VelascoMinisterio del Interior(Prevención y protección,autonomía, identidad yterritorio) Patricia Tobón YagaríUnidad para las Víctimas(Registro, sistemas deinformación, atenciónhumanitaria, generación deingresos, retornos,reubicaciones y reparación) Francia Márquez MinaVicepresidencia de la República(Coordinacióninterinstitucional) Jhenifer Mojica FlórezMinistra de Agricultura yDesarrollo Rural(Tierras) Rangel Giovani Yule ZapeUnidad de Restitución deTierras(Protección y restitución detierras) Juan Felipe Harman OrtizAgencia Nacional de Tierras(Tierras) Guillermo Alfonso JaramilloMinisterio de Salud yProtección Social(Salud) Aurora Vergara FigueroaMinisterio de EducaciónNacional(Educación) 2:00 a 3:00

Preguntas de la Sala Especial de Seguimiento, diálogo y observacionesde los intervinientes 3:00 a 4:00 Cierre 4:00 a 4:107. En consideración a las limitaciones de espacio, las cabezas de las distintas entidades convocadas y los demás actores invitados a la audiencia pública podrán asistir con un máximo de tres (3) acompañantes de su equipo directivo con capacidad de decidir y asumir la representación de las entidades convocadas. En tal sentido, deberán remitir a esta Corporación, a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024, el listado de las personas que asistirán a la sesión técnica con sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Primero. REPROGRAMAR la sesión técnica relacionada con la protección

sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Primero. REPROGRAMAR la sesión técnica relacionada con la protección de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes citada en los autos 1291 y 2388 de 2023, y fijar como nueva fecha el diez (10) de mayo de 2024. En consecuencia, ADOPTAR la agenda descrita en el fundamento sexto de la presente providencia. Esta sesión se llevará a cabo a partir de las ocho de la mañana (8:00 am.) en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia del Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía, ubicado en la calle 12 No. 7 - 65 en la ciudad de Bogotá.

Segundo. CITAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la directora general de la Unidad para las Víctimas, la Vicepresidenta de la República; al Ministro del Interior, a la Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural, a la Ministra de Cultura, a la Ministra Ambiente y Desarrollo Sostenible, al Ministro de Salud y Protección Social, a la Ministra de Educación Nacional, a los directores del Departamento Nacional de Planeación, de la Unidad de Restitución de Tierras, de la Agencia Nacional de Tierras, de la Unidad Nacional de Protección, del Departamento para la

Prosperidad Social, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, de la Agencia Nacional de Infraestructura y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; al Registrador Nacional del Estado Civil o se delegado; al Defensor del Pueblo y sus delegados; al Contralor General de la República y sus delegados; a la Procuradora General de la Nación y sus delegados; a la coordinadora de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas y a dos (2) de sus representantes; a dos (2) representantes de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a los gobernadores de Cauca y Nariño.

Tercero. ORDENAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la directora general de la Unidad para las Víctimas que, de acuerdo con el fundamento quinto de este auto, informe a la Sala Especial de Seguimiento quiénes asumirán la vocería por parte del Gobierno nacional para intervenir dentro del tiempo asignado. Lo anterior, a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024 a través del correo: desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co.Cuarto. INVITAR, a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, a la sesión técnica, objeto de la presente decisión, a Mireille Girard, representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia; a la consejera Esneda Saavedra

Restrepo de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC); a Elizabeth Moreno Barco, coordinadora del Foro Interétnico Solidaridad Chocó (FISCH); a José Santos Caicedo, coordinador del Proceso de Comunidades Negras (PCN); y a los expertos Claudia Pai; Daris Cristancho; Dany Mahecha y Richard Moreno.

Quinto. SOLICITAR a las entidades convocadas, agencias invitadas y demás intervinientes a la sesión técnica que remitan a esta Corporación, a más tardar el seis (06) de mayo del año 2024, el listado de las personas que asistirán a la sesión técnica con sus respectivos documentos de identidad y demás información que consideren necesaria para autorizar los ingresos respectivos. Estos datos deberán ser enviados al correo electrónico de la Sala Especial de Seguimiento (desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co).

Sexto. ORDENAR al Gobierno nacional, en cabeza de la directora de la Unidad para las Víctimas y el director del Departamento Nacional de Planeación, presentar el informe final del Gobierno nacional dispuesto en la orden tercera del auto 2388 de 2023 el diez (10) de junio del año en curso. Este deberá incorporar los ajustes que se deriven del dialogo desarrollado durante las sesiones técnicas y deberá ser remitido, en la misma fecha, a los organismos de control, a la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado. El informe deberá incorporar las mediciones de los indicadores correspondientes al año 2023, así como la información requerida en la orden segunda del auto 549 de 2024.

Séptimo. SOLICITAR al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que disponga de los medios necesarios para la grabación de la sesión técnica y

información requerida en la orden segunda del auto 549 de 2024.

Séptimo. SOLICITAR al Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) que disponga de los medios necesarios para la grabación de la sesión técnica y conexiones para asegurar las intervenciones virtuales que se puedan requerir, así como su transmisión. También, que se realicen las pruebas técnicas a las que haya lugar previo a la celebración de la sesión técnica.

Octavo. COMUNICAR el presente auto, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, a la directora general de la Unidad para las Víctimas; a la Vicepresidenta de la República; al Ministro del Interior, así como a los Directores de Consulta Previa, de Asuntos Indígenas y Minorías y de Asuntos para Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior; a la Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural; a la Ministra de Cultura; a la Ministra Ambiente y Desarrollo Sostenible; al Ministro de Salud y Protección Social; a la Ministra de Educación Nacional; a los directores del Departamento Nacional de Planeación, de la Unidad de Restitución de Tierras, de la Agencia Nacional de Tierras, de la Unidad Nacional de Protección, del Departamento para la Prosperidad Social, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística; de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, de la Agencia Nacional de Infraestructura y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; al Registrador Nacional del Estado Civil; al Defensor del Pueblo; al Contralor General de la República; a laProcuradora General de la Nación; a la coordinadora de la Mesa Nacional de

Participación de Víctimas; a la Secretaría Técnica de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado; a los gobernadores de Cauca y Nariño; a la representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Colombia; a la consejera Esneda Saavedra Restrepo de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC); a Elizabeth Moreno Barco, coordinadora del Foro Interétnico Solidaridad Chocó (FISCH); a José Santos Caicedo, coordinador del Proceso de Comunidades Negras (PCN); y a los expertos Claudia Pai; Daris Cristancho; Dany Mahecha y Richard Moreno.

Noveno. SOLICITAR a la Secretaría General de esta Corporación, el acompañamiento de la sesión técnica de la que trata la presente providencia con el fin de levantar la respectiva acta.

Comuníquese y cúmplase.

NATALIA ÁNGEL CABO Magistrada[1] Auto 1291 de 2023. [2] Auto 2388 de 2023.

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