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CC - A653-23

Corte Constitucional

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Detalles

Título
CC - A653-23
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año

REPÚBLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 AUTO-653 de 2023

Referencia: fecha y metodología para la sesión técnica sobre la recolección, discusión y presentación de formación para la valoración de la superación del estado de cosas inconstitucional

Magistrada sustanciadora: Natalia Ángel Cabo.

Bogotá D.C., tres (03) de mayo de dos mil veintitrés (2023) La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente decisión con base en los siguientes,

ANTECEDENTES

1. En el marco de las competencias de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 para la verificación del cumplimiento de sus órdenes y la superación del estado de cosas inconstitucional (en adelante, ECI), la suscrita magistrada expidió el auto 310 del 14 de marzo de 2023. Por medio de este, convocó a la directora de la Unidad para las Víctimas, al director del Departamento Nacional de Planeación, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo, al director de la secretaría técnica de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y a dos representantes de víctimas de desplazamiento forzado de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas, a una sesión técnica que se realizaría el diecisiete (17) de abril de 2023. Lo anterior, con el

objetivo de definir la metodología de recolección, discusión y presentación de información para la valoración global de la superación del estado de cosas inconstitucional.

2. Para tal fin, el auto 310 de 2023 estableció unos parámetros metodológicos mínimos para la presentación y contrastación de información en sesiones técnicas especializadas, en las que se abordarán los progresos y rezados en la superación del ECI. En consecuencia, solicitó a la directora de la Unidad para las Víctimas y al director del Departamento Nacional de Planeación presentar una propuesta que precise la metodología de recolección, discusión y presentación de información para la valoración de la superación del ECI, con base en los parámetros metodológicos referidos. Dicha propuesta metodológica, 2 por constituir el insumo inicial para la definición de la metodología de presentación y discusión de la información sobre el avance del ECI, debía ser remitida a esta Corporación, así como a los demás actores que participarán de la sesión técnica. El pasado diez (10) de abril, dentro del término previsto, el Gobierno nacional allegó a esta Corte la propuesta metodológica solicitada.

3. Por medio del auto del doce (12) de abril del año en curso, la suscrita magistrada fijó la metodología y agenda de la sesión técnica referida.

Posteriormente, el auto del trece (13) de abril del mismo año aplazó la realización de dicha sesión, con ocasión de la calamidad doméstica que sobrevino a la magistrada presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004.

4. Con la finalidad de resumir el proceso de concertación de la metodología

de recolección, discusión y presentación de la información necesaria para valorar los avances en la superación del ECI, esta providencia reiterará las pautas metodológicas establecidas en el auto del doce (12) de abril de 2023 y fijará nueva fecha para la realización de la sesión técnica. Así, aquella iniciará con una breve recapitulación, en cabeza de la suscrita magistrada, de las dificultades que evidenciaron la necesidad de replantear la metodología de presentación y contraste de información en el marco del seguimiento a la sentencia T-025 de 2004. Consecuentemente, los objetivos que la nueva metodología que se defina debe perseguir.

5. Posteriormente, el Gobierno nacional, a través de la directora de la Unidad para las Víctimas o del director del Departamento Nacional de Planeación, presentará la propuesta metodológica remitida en respuesta al auto 310 de 2023. En particular, expondrá como aquella resuelve las dificultades identificadas y que condujeron a reconsiderar el método de verificación y confrontación de la superación del ECI, facilita la determinación de las fallas estructurales más críticas en la garantía de los derechos de la población desplazada y la conducencia de las acciones dirigidas a remediarlas o potencializa el carácter dialógico del seguimiento. Para ello, el Gobierno nacional contará con un espacio de 40 minutos.

6. A continuación, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y los representantes de la Mesa de Participación Efectiva de Víctimas contarán, cada uno, con 12 minutos para

realizar observaciones, preguntas y recomendaciones a la propuesta metodológica del Gobierno Nacional. Luego, las magistradas y el magistrado integrantes de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 presentarán sus preguntas al Gobierno nacional.

7. Por último, la sesión dispondrá de un espacio de diálogo que durará una hora. Este, iniciará con la intervención del gobierno Nacional en la que expondrá la viabilidad y conveniencia de las sugerencias, observaciones y modificaciones sugeridas por los demás actores a la propuesta de metodología de recolección y presentación de información. Con base en aquellas, los actores identificarán los aspectos metodológicos en los que exista consenso sobre su idoneidad y discutirán los puntos sobre los que persistan desacuerdos.

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8. La sesión técnica iniciará a las 9 de la mañana del lunes ocho (8) de mayo

del año en curso y se llevará a cabo en la Sala No. 3 del piso 2 de la torre de la Corte Constitucional, en el Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía. En consideración a las limitaciones de espacio, las cabezas de las distintas entidades convocadas a la sesión técnica podrán asistir con un máximo de 5 acompañantes de su equipo técnico. Dicha limitación aplicará también para el director de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y para los representantes de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas. Igualmente, deberán remitir a esta Corporación, a más tardar el viernes cinco (5) de mayo del año en curso a medio día (12:00 m.), el listado de las personas que asistirán a la sesión técnica con sus respectivos documentos de

identidad, información requerida para autorizar los ingresos respectivos. En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada: RESUELVE Primero. MODIFICAR la fecha para el desarrollo de la sesión técnica prevista en el resuelve segundo del auto 310 de 2023 y, en su lugar, ESTABLECER el lunes ocho (8) de mayo de 2023 como fecha para su realización. Segundo. FIJAR, para el desarrollo de la sesión técnica convocada para el lunes ocho (8) de mayo del año en curso, que aquella se llevará a cabo en la Sala No. 3 del Piso 2 de la torre Corte Constitucional del Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía y seguirá la siguiente agenda: AGENDA 8:30 a 9:00 Registro de asistentes 9:00 a 9:15 Instalación: Magistrada presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 9:15 a 10:00 Exposición propuesta metodológica: Gobierno nacional 10:00 a 11:00 Observaciones y sugerencias a la propuesta metodológica: Actores permanentes del proceso de seguimiento 11:00 a 11:20 Preguntas magistradas y magistrado: Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 11:20 a 11:40 Receso 11:40 a 12:40 Espacio de diálogo: Todos los convocados 12:40 a 13:00 Cierre de la sesión técnica: Magistrada presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 Tercero. SOLICITAR, a la directora de la Unidad para las Víctimas, al

director del Departamento Nacional de Planeación, a la Procuradora General de la Nación, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo, al director de la secretaría técnica de la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado y a los representantes de víctimas de desplazamiento de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de Víctimas convocados a la sesión técnica que, a más tardar el próximo viernes cinco (5) de mayo a medio día, remitan a esta Corporación el nombre completo y documento de identidad de las personas que acompañarán y asistirán a la referida sesión. Estos datos deberán ser enviados al correo electrónico desplazamientoforzado@corteconstitucional.gov.co 4 Cuarto. ORDENAR, al Centro de Documentación Judicial – CENDOJ-, que disponga de los medios necesarios para la grabación de la sesión técnica convocada para el lunes ocho (8) de mayo del año en curso, que se llevará a cabo en la Sala No. 3 del Piso 2 de la torre Corte Constitucional del Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía. Quinto. SOLICITAR, a la Secretaría General de esta Corporación, el acompañamiento de la sesión técnica de la que trata la presente providencia con el fin de levantar la respectiva acta. Sexto. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, la presente providencia a las entidades convocadas a la sesión técnica del próximo ocho (8) de mayo de 2023. Comuníquese, notifíquese y cúmplase.

NATALIA ÁNGEL CABO

Presidenta Sala Especial Seguimiento Sentencia T-025 de 2004

NATALIA ÁNGEL CABO

Magistrada

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