CC - T025-2004
Corte Constitucional
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Detalles
- Título
- CC - T025-2004
- Autor
- Corte Constitucional
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2004
ANEXO 1: RESUMEN DE LAS SENTENCIAS DE TUTELA REVISADAS EN ESTE PROCESO (T-653010 Y ACUMULADOS).
Expediente Lo que piden Lo que han recibido Primera Instancia Segunda Instancia Selección 6530101 Grupo de 150 núcleos Salvo Ana de Dios Lerez Tribunal Superior del Distrito Corte Suprema de Justicia, Sala de selección número (demandante: familiares de población Hernández, Aurora Judicial de Santa Marta, Sala Sala de Casación Civil, 11, mediante auto del 12 Fundación desplazada, que solicitan Balaguera, Deley María Civil Familia, sentencia del 9 sentencia del 28 de agosto de noviembre de 2002. Ayudémonos que se les resuelvan sus Casares, Glenis Miranda de julio de 2002. Concede el de 2002 Revoca la Fundayude a peticiones y se de una Castillo, Liliana Guerra, amparo solicitado para sentencia de primera través de su solución efectiva para su María Aracely Tobón, proteger derechos a la vivienda instancia por considerar representante estabilización económica Néstor Juana García, Olga digna en conexidad con el de que las asociaciones de legal Javier para el otorgamiento de Gutiérrez, José Muñoz vida digna y se niega el de la accionantes no tienen Augusto Silva viviendas, reubicación de Monte, Trinidad Sánchez salud e igualdad. Ordena a la legitimación para promover Madero) las familias, y se destinen y sus núcleos familiares, Red de Solidaridad Social y al la acción de tutela para la recursos necesarios como los demás demandantes se Ministerio de Hacienda, protección de los derechos
capital semilla para lograr encuentran inscritos el elaborar propuestas para de los desplazados y porque restablecimiento registro de población estabilización socioeconómica no se acreditó de manera económico. desplazada. Existe en el tendientes a la reubicación y concreta la vulneración de expediente evidencia de consolidación de las familias los derechos fundamentales que 6 de los 150 núcleos desplazadas, con seguimiento por una conducta arbitraria han recibido ayuda y evaluación del impacto de las autoridades y niega humanitaria de generado por la aplicación de amparo. emergencia, dos afirman dichos planes y programas y al no haber recibido esa INURBE asistir técnicamente ayuda, y sobre el resto no el proceso de postulación al existe información. 3 subsidio de vivienda, asignar personas, cabezas de los subsidios de acuerdo con familia, han recibido los criterios legales y velar por capacitación en el SENA el giro oportuno de los para montar proyectos mismos, y además productivos. implementar planes de asistencia técnica a las entidades territoriales, 1157Expediente cabeza de proceso organizaciones no gubernamentales para el diseño y ejecución de los proyectos habitacionales para la población desplazada. Para el cumplimiento de esta orden concede un plazo de 4 meses. Excluye de la orden a la Presidencia de la República, y a varios de los tutelantes por no aparecer inscritos en el SUR. 619610 Grupo de 58 familias de Están inscritos en el Tribunal Superior de Ibagué Sala de Familia, en Corte suprema de justicia, Sala de Selección 12,
(demandante: desplazados solicitan que sistema de registro de sentencia de mayo 8 de 2002, concede por considerar en sentencia de 28 de diciembre 13 de 2002. Cristóbal autoridades cumplan con su desplazados. Recibieron que dentro del marco del estado social de derecho, es octubre de 2002, revoca la Quevedo misión de protección a atención humanitaria de necesario que se llegue a una solución definitiva del decisión pues no se Medina y otros) población desplazada y emergencia por tres problema planteado, mediante la reubicación de las demostró que la entidad se respuesta efectiva de las meses. personas y familias, y la atención de las necesidades haya abstenido de cumplir solicitudes en materia de de alimentación, trabajo, vestuario y salud de los sin justa causa vivienda y proyectos desplazados, además de la educación de los menores productivos. y capacitación de jóvenes y adultos integrantes del grupo accionante, atendiendo además a que aún no se involucran en los proyectos productivos 674158 Grupo de 1 familia de Están inscritos en el Juzgado 28 Penal del Circuito El Tribunal Superior de Sala de Selección No. 12, (demandante: desplazados solicitan que sistema de registro de de Medellín. Medellín, Sala de Decisión Auto del 6 de diciembre Mario Alberto autoridades den orientación desplazados. Recibieron Sentencia de septiembre 12 de Penal, confirma la de 2002. Estrada Palacio) y ayuda efectiva para atención humanitaria de 2002. sentencia de primera acceder a vivienda y a emergencia por tres Decide amparar derechos instancia en lo que fue capacitación para proyectos meses. Ordena a la Red de objeto de recurso productivos. Solidaridad Social Seccional interpuesto por la parte
Antioquia que dentro de las 48 accionada. horas siguientes a la Sentencia de octubre 21 de notificación del fallo se 2002. realicen las gestiones Considera que el necesarias que: 1) permitan comportamiento omisivo orientar al peticionario las asumido por la Red de gestiones necesarias para que Solidaridad, deja al pueda adelantar los trámites descubierto la vulneración para la adquisición de vivienda de las garantías ante INURBE con sede en constitucionales de las Medellín; 2) que le permitan cuales son titulares el acceder a programas de peticionario y sus dos hijas formación para encontrar sus menores de edad. propios medios de subsistencia. 675028 Grupo de 1 familia que el Están inscritos en el Juzgado Primero Penal del NO HUBO SEGUNDA Seleccionado mediante (demandante: 17 de abril de 2002 sistema de registro de Circuito de Barranquilla, INSTANCIA. Auto del 6 de diciembre Jairo Melo presentó proyecto desplazados. Recibieron sentencia de septiembre 23 de de 2002, por la Sala Doce Ramírez) individual para atención humanitaria de 2002, decide denegar la tutela, y repartido a la Sala establecimiento de emergencia por tres por cuanto lo que presentó el Tercera de Revisión comercio. No le han meses. demandante fue un formato de contestado proyecto individual y no un derecho de petición. El formato entregado no cumple con ninguno de los requisitos del artículo 5 del CCA. 675074 Grupo de 85 familias de Están inscritos en el Consejo Seccional de la Consejo Superior de la Mediante Auto de 6 de
(demandante: desplazados solicitan que sistema de registro de Judicatura de Quindío, Judicatura, 16 de octubre Diciembre de 2002, por la Yony de Jesús autoridades cumplan con su desplazados. Recibieron sentencia de 5 septiembre de de 2002. Modifica sala No 12. Valencia Roa y misión de protección a atención humanitaria de 2002. Concede la tutela y sentencia impugnada de tal otros) población desplazada y emergencia por tres ordena políticas que manera que únicamente se respuesta efectiva de las meses. solucionen acorde y efectiva protege el derecho de las solicitudes en materia de Antonio Alcides Becerra con los problemas que tienen personas que se han vivienda y proyectos Buesaquillo no firmo los accionantes. postulado para vivienda o productivos. demanda. para proyectos de desarrollo. 675081 Grupo de 1 familia de Está inscrita en el sistema Tribunal Superior de Ibagué, Corte Suprema de Justicia, Sala de Selección 12, (demandante: desplazados solicitan de registro de desplazados. Sala laboral. Sentencia de 19 Sala de Casación Laboral. auto del 6 diciembre de Guillermina acceso a proyectos Recibió ayuda humanitaria de septiembre de 2002. Negó Sentencia de 31 de octubre 2002. Ferreira) productivos para garantizar de emergencia y se le la tutela por considerar que la de 2002. subsistencia en condiciones prestó servicio de salud en accionante no expuso hecho Confirma el fallo de dignas. el hospital Federico Lleras alguno imputable a varios de primera instancia porque a de Ibagué. Se remitió a la los demandados. Respecto al la accionante se le
Secretaría de Educación INURBE precisó que concedieron todas las de Ibagué para que considera que al no estar ayudas y garantías por ella otorgara cupos escolares y postulada la accionante no requeridas. exoneración de gastos. tiene legitimidad para Recibió auxilio para pagar adelantar la acción por 3 meses de arrendamiento vivienda y además, que la tutela no es procedente porque en la Acción de Cumplimiento reside el mecanismo pertinente para obligar la ejecución que se pretende del Decreto 951 de 2001. Grupo de 71 familias de Están inscritos en el Consejo Seccional de la Consejo Superior de la Mediante auto del 6 de 675076 desplazados, varias de ellas sistema de registro de Judicatura de Risaralda, 23 de Judicatura, 5 de septiembre diciembre de 2002, por la de origen indígena solicitan desplazados. Recibieron julio de 2002, concede con de 2002. Confirma sala No 12. (demandante: que autoridades cumplan atención humanitaria de excepción de personas no parcialmente únicamente en Ariel de Jesús con su misión de emergencia por tres registradas. Ordena política de beneficio de la población Serna y otros protección a población meses. Algunos recibieron solución de problemas de campesina e indígena. desplazada y den respuesta un auxilio para pagar desplazados, a partir de efectiva de las solicitudes arrendamiento por 3 reuniones en las cuales exista en materia de vivienda y meses y sus hijos fueron un acuerdo. proyectos productivos. inscritos en colegios públicos. 675083 Grupo de 197 (17 Están inscritos en el Tribunal Superior del Distrito Corte Suprema de Justicia, Sala de selección 12
(demandante: representadas por adultos, sistema de registro de Judicial de Neiva, Sala Sala de Casación Laboral, diciembre 6 de 2002? Jorge Osorio 180 por menores de edad) desplazados. Como la Primera Civil, Familia, en sentencia de 30 de Peña como familias de desplazados tutela es presentada por el Laboral, en sentencia de octubre de 2002, PERSONERO solicitan, a través del personero municipal a septiembre 24 de 2002, decide considerando que la acción DE NEIVA) personero municipal de nombre de los menores de CONCEDER el amparo de tutela no fue establecida Neiva que ordene iniciar edad y de los adultos, no solicitado por considerar que por el Constituyente como las gestiones para dar es posible saber si han en el caso de los menores y mecanismo para alterar el solución efectiva a los recibido o no ayuda adultos demandantes, los orden de las instituciones problemas de los menores humanitaria de problemas generados a partir estatales, en lo que hace a destinando los recursos emergencia, salvo algunos del desplazamiento forzado y la distribución interna de necesarios para la casos en los que la vulneración de sus derechos sus competencias y asignación de los subsidios expresamente se dice que fundamentales persiste, pese funciones, de forma que no para compra de vivienda la han recibido. La a los compromisos adquiridos es admisible reclamar por usada, y que se realicen en mayoría no se han por las entidades demandadas esta vía a los accionados lo un término máximo de 60 postulado para el auxilio para dar solución al problema pretendido en el amparo días. de vivienda y algunos del desplazamiento forzado. solicitado pues estas pocos han recibido decisiones escapan a la
orientación para la órbita y fines de la tutela. presentación de proyectos No obstante, dado que de productivos las entidades accionadas, sólo apeló la Presidencia de la República, DECIDE REVOCAR la sentencia en lo referente a la misma y C0NFIRMAR para todas las demás. 675096 Grupo de 1 familia de Están inscritos en el Tribunal Superior Sala Laboral Corte Suprema de Justicia Sala de Selección 12 (demandante: desplazados solicita que se sistema de registro de Tolima, en sentencia de 25 de Sala de Casación Laboral diciembre 6 de 2002. Gregorio resuelvan sus solicitudes desplazados. Recibieron septiembre de 2002, no en sentencia de 30 de Hernández sobre auxilio de vivienda y ayuda humanitaria de concede pues considera que las octubre de 2002, confirma, Oyola) proyecto productivo para emergencia por 3 meses. entidades han atendido las la tutela no es el garantizar subsistencia solicitudes del actor y los mecanismo idóneo para digna. trámites se han realizado. alterar los trámites que ya se están surtiendo. 675844 Grupo de 1 familia de Están inscritos en el Tribunal Superior Sala Laboral Corte Suprema de Justicia Sala de Selección uno, 22 (demandante: desplazados solicita que sistema de registro de Ibagué, en sentencia de 20 de Sala de Casación Laboral, de enero de 2003. Gabriel Antonio autoridades cumplan con su desplazados. Se le dio septiembre de 2002, niega mediante sentencia de 31 Pérez Ramírez) misión de protección a ayuda humanitaria de tutela pues debe dirigirse de octubre de 2002, población desplazada y den emergencia, inscripción de primera a la red para que estos confirma sentencia de
respuesta efectiva a menores en escuelas para lo incluyan en las ayudas primera instancia. solicitud en materia de garantizar educación y solicitada. vivienda, así como 100% ayuda para proyecto garantías para poder productivo. subsistir. 675955 Grupo de 79 familias de Están inscritos en el Juzgado 5to civil del circuito Sala Civil de Tribunal Sala de Selección uno, 22 (demandante: desplazados, solicitan que sistema de registro de de Bogotá. Sentencia del 17 de Superior de Bogotá, 23 de de enero de 2003. Enoc Campo autoridades cumplan con su desplazados, salvo Nancy septiembre de 2002. Con Octubre de 2002, Revoca y Polanco y otros) misión de protección a Isabel Martínez, José excepción de las personas que niega por considerar que la población desplazada y Anastasio Velásquez y la red afirmó que no estaban tutela no es el mecanismo respuesta efectiva de las Héctor Hernando Bernal y inscritas, concede la tutela y para inmiscuirse en las solicitudes en materia de sus respectivos núcleos ordena dar respuesta a algunas tareas de los organismos vivienda y proyectos familiares que según la peticiones, y ordena política que elaboran, administran y productivos. RSS no están inscritos. por parte de red para ejecutan el presupuesto. Recibieron ayuda garantizar educación de Y, porque ordenar el humanitaria de menores, vivienda. suministro de las ayudas y emergencia y unos pocos subsidios ordenados por el han recibido asesoría para juzgador de primer grado, la presentación de sería desconocer el orden proyectos de vivienda. cronológico que para tal
Salvo un caso, no se efecto se ha establecido por postularon para auxilio de la red de solidaridad social vivienda. y el INURBE. 679482 Grupo de 3 familias de Están inscritos en el Juzgado 2do de Ejecución de NO HUBO SEGUNDA Mediante auto del 13 de (demandante: desplazados, bajo la sistema de registro de Penas y Medidas de Seguridad INSTANCIA. Dic de 2002, por la sala Dora Alba dirección de Dora Alba desplazados. Se les han de Pereira, en sentencia de 29 No 12. Ramírez Ramírez Aguirre solicita entregado mercados. de octubre de 2002, niega por Aguirre y otros) auxilio para vivienda. Ayuda humanitaria de temeridad al intentar solicitar emergencia. por vía de tutela cuando ya estaba registrada con otra cédula. 680268 Jorge E Peralta de Brigard, La familia está inscrita en Juzgado 38 Civil del Circuito Tribunal Superior del Sala de Selección No 12, (demandante: representante legal de la el sistema de registro de de Bogotá. Sentencia de Distrito Judicial de Bogotá, Auto del 13 de Dic de Jorge E Peralta Asociación Humanitaria de desplazados y se le octubre 1º de 2002. mediante sentencia del 6 de 2002. de Brigard, Colombia, solicita la entregó un bono de DENIEGA, el amparo noviembre de 2002, como protección de los derechos $130.000 pesos como solicitado por considerar que confirma la sentencia de representante fundamentales de las ayuda humanitaria de el accionante no se ha primera instancia pues el
legal de la víctimas del emergencia. presentado a la RSS para demandante no podía hacer Asociación desplazamiento forzado recibir la ayuda a la que tiene de agente oficioso de los Humanitaria de compuesto por el núcleo derecho. desplazados en cuestión. Colombia) en familiar de Jaime de Jesús representación Echeverri y, ordenar la de Jaime de protección de las tierras de Jesús Echeverri propiedad y/o posesión de Pérez. las víctimas del desplazamiento forzado que se vieron obligadas a abandonarlas abruptamente. 680627 Juvenal Navarro Arroyo, Afirman estar inscritos en Juzgado 8 Civil del Circuito NO HUBO SEGUNDA Sala de Selección, 12 (demandante: Deyanira Herrera, Eduardo el sistema de registro de Barranquilla, en sentencia de INSTANCIA. diciembre 13 de 2002. Juvenal Navarro Orozco, Pedro Pacheco, desplazados. No hay agosto 2 de 2002, niega, pues Arroyo y otros, Ismael Maestre, Juan información sobre ayudas la tutela protege derechos todos Montes, Jony Meriño, Luis recibidas. fundamentales y no es el representantes Carlos Fernández mecanismo idóneo para exigir legales de representantes legales de el cumplimiento de una ley. asociaciones de las organizaciones de desplazados) desplazados en el área metropolitana de
Barranquilla: Asociación de Desplazados del Caribe Colombiano, Asociación por un mejor vivir feliz,
Asociación Nueva Vida, Asociación Nuevo Horizonte, Asociación Desplazados Unidos, Asociación de Desplazados
de la Comunidad Cristiana Pentecostal - Asodespente, Asociación Justicia y Paz, Asociación Renacer, en nombre y representación de sus asociados (no se anexa lista de miembros) solicitan protección de los derechos y el cumplimiento del Acuerdo 49 de la Alcaldía de Barranquilla sobre programas de proyectos productivos. 680670 Grupo de 1 familia de Están inscritos en el Juzgado Tercero Penal del NO HUBO SEGUNDA Seleccionado mediante (demandante: desplazados solicita que se sistema de registro de Circuito de Buenaventura del INSTANCIA. Auto del 13 de diciembre Efraín continúe con la ayuda desplazados. 15 de octubre de 2002, de 2002, por la Sala Doce Navarrete) humanitaria, porque no Han recibido atención desestimar la acción de tutela y repartido a la Sala tiene medios económicos médica y cuatro mercados. porque la solicitud de prórroga Tercera de Revisión. para sobrevivir y es muy de la ayuda humanitaria viejo para trabajar, así requiere estudio previo de la como reubicación. Red de Solidaridad Social. 680805 Grupo de 1 familia, que Están inscritos en el Juzgado Primero de Ejecución NO HUBO SEGUNDA Seleccionado mediante (demandante: solicita que les dé ayuda sistema de registro de de Penas y Medidas de INSTANCIA. Auto del 13 de diciembre Diana Maria humanitaria de emergencia. desplazados desde abril 27 Seguridad de Pereira, de 2002, por la Sala Doce Benítez de 2001. Risaralda, de octubre 31 de y repartido a la Sala Ramírez) Han recibido ayuda 2002. Deniega tutela, porque Tercera de Revisión.
humanitaria de no hay vulneración de los emergencia, salud y derechos, la actora ha recibido educación. Se encuentran la ayuda humanitaria como inscritos como parte del parte de un núcleo familiar. núcleo familiar de Doralba Ramírez (CC. 43341418 Itagui) desde abril 27 de
2001. En esa época era menor de edad identificada con TI 83092852639. 681418 Grupo de 4 familias, Están inscritos en el Tribunal Superior de Ibagué, Corte Suprema de Justicia, Sala de Selección 12,
(demandante: quienes solicitan que se sistema de registro de Sala Civil y de Familia. Sala de Casación Civil y auto del 13 de noviembre Javier Rayo tutelen sus derechos desplazados. Recibieron Sentencias de septiembre 24 Agraria. de 2002. Pérez y otros) fundamentales invocados ayuda humanitaria de 2002.; de septiembre 26 de Decreta la acumulación de mediante, entre otros, la emergencia, auxilio para 2002; y de septiembre 6 de tutelas. aplicación de las políticas pagar 3 meses de 2002. Se rechazan todas las Sentencia de 30 de octubre previstas por el Decreto arrendamiento, se les tutelas debido a que los de 2002. 951 del 24 de mayo de prestó servicio de salud en distintos accionantes Se confirma el fallo de 2001 y demás medidas el hospital Federico Lleras intentaron con pocos meses de primera instancia para tendientes a garantizar de Ibagué, y se remitió a anterioridad una tutela por los todas las acciones por materialmente la la Secretaría de Educación mismos hechos contra los cuanto “comportan un
subsistencia de la de Ibagué para que mismos demandados que para debate paralelo al que se demandante en condiciones otorgara cupos escolares y el momento del fallo se halla pendiente de dignas. exoneración de gastos. Se encontraba pendiente para resolución ante la Corte encuentra en trámite la revisión por parte de la Corte Constitucional”. formulación. Constitucional. Se descarta la temeridad 681839 Representante legal de Están inscritos en el Tribunal Superior de Ibagué, NO HUBO SEGUNDA Sala de Selección No 12, (demandante: Asociación de Familias sistema de registro de Sala Civil - Familia. En INSTANCIA. Auto del 13 de Dic de José Edgar Desplazadas que pide se desplazados. sentencia de noviembre 8 de 2002. Navarro ordene a la Presidencia de Han recibido atención 2002, rechaza la acción de Solórzano la República, Ministerio de odontológica y de salud en tutela pues considera que representado Hacienda, Red de general. existe ausencia de legitimación por Henry Solidaridad Social, A la fecha el accionante se activa, pues la persona que Rivera Acosta INURBE, Gobernación del encontraba en “lista de instauró la acción, no aportó como Tolima y Alcaldía de espera” para la entrega de documento alguno en donde se representante Ibagué, para que de ayuda humanitaria. comprobara que es legal de la acuerdo a sus representante legal de Asociación de responsabilidades, ASOFADECOL. familias procedan a la inmediata desplazadas materialización de los (Asofadecol) beneficios como
desplazados. 682674 Grupo de 1 familia que No están inscritos en el Juzgado Primero Penal del NO HUBO SEGUNDA sala de selección 12 (demandante: pide reconocerle ayuda sistema de registro de Circuito de Buenaventura, en INSTANCIA. diciembre 13 de 2002. Elsy Valencia humanitaria, recuperar su desplazados, auque el sentencia de 28 de octubre de Lozano) vivienda, recursos para demandante sostiene si 2002 no tutela los derechos proyecto productivo, estarlo junto con su pues no se encuentran transporte y remesas. cónyuge. registrados como desplazados. No han recibido ninguna ayuda. 683849 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Consejo seccional de la NO HUBO SEGUNDA sala de selección uno 22 (demandante: pide se le dé respuesta a su sistema de registro de judicatura del Tolima, en INSTANCIA. de enero de 2003. Doris Alba solicitud de vivienda, desplazados. sentencia de noviembre 15 de Robles educación, trabajo y Han recibido ayuda 2002, considera improcedente Castellanos) alimentación en un tiempo humanitaria de por considerar que la actora claro y determinado. emergencia. tiene el mecanismo de la Afirma que llenó el acción de cumplimiento para formulario para vivienda hacer cumplir la ley. pero el INURBE no contesta la demanda. No presenta proyecto productivo. 683850 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Consejo seccional de la NO HUBO SEGUNDA sala de selección uno 22 (demandante: pide se le dé respuesta a su sistema de registro de judicatura del Tolima, en INSTANCIA. de enero de 2003.
Jhon Wilson solicitud de vivienda, desplazados. sentencia de noviembre 18 de Perdomo educación, trabajo y No ha recibido ayuda 2002, considera improcedente Polanía) alimentación en un tiempo humanitaria de por tener el actor otro medio claro y determinado. emergencia. de defensa judicial. Dice estar postulada para vivienda pero no se prueba. Pendiente de recursos de ayuda para proyectos. 684071 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Juzgado octavo civil del NO HUBO SEGUNDA sala de selección uno 22 (demandante: pide que se le dé la ayuda sistema de registro de circuito de Bogotá, en INSTANCIA. de enero de 2003. Ruby Jadith humanitaria, subsidio de desplazados. sentencia de noviembre 12 de Oyola Ramírez) vivienda y proyecto de No han recibido ayuda 2002, niega la tutela pues ya se sostenibilidad. humanitaria de encuentra inscrita en el emergencia. subsidio de vivienda y en el proyecto de sostenibilidad y debe esperar el procedimiento. 684470 Grupo de 1 familia que No están inscritos en el Juzgado primero civil del NO HUBO SEGUNDA sala de selección uno 22 (demandante: piden que se le reconozca sistema de registro de circuito Armenia, en sentencia INSTANCIA. de enero de 2003. Jorge Eliécer el status de desplazados y desplazados. de noviembre 14 de 2002, Betancourt los subsidios y ayudas No han recibido ayuda niega el amparo solicitado por Márquez) correspondientes. humanitaria de considerar que la declaración emergencia. rendida por el accionante para efectos de ser incluido en el
registro único de desplazados se hizo cuatro (4) años después de ocurridos los hechos, y no como ordena el Decreto 2569 de 2002, es decir, dentro del año siguiente al desplazamiento. En consecuencia, no es posible que sea incluido mediante en el registro mediante tutela sin el lleno de los requisitos legales. 684548 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Tribunal superior sala penal de NO HUBO SEGUNDA Sala de selección uno 22 (demandante: pide se cumpla con la ley y sistema de registro de Ibagué, en sentencia de INSTANCIA de enero de 2003. Manuel José se le dé vivienda así como desplazados. octubre 22 de 2002, niega se le Hoyos garantías para poder Han recibido ayuda ha brindado la ayuda mínima y González) subsistir. humanitaria de no ha iniciado el trámite para emergencia. acceder al subsidio de vivienda. 684560 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Tribunal superior de Ibagué Tribunal superior de Ibagué Sala de selección uno 22 (demandante: pide se cumpla con la ley y sistema de registro de sala penal, en sentencia de sala penal, impugnación se de enero de 2003. Maria Marli se le dé vivienda así como desplazados. octubre 8 de 2002, niega por niega extemporánea. Riobo Caleño) garantías para poder Han recibido ayuda improcedente la acción pues se subsistir humanitaria de le ha brindado ayuda mínima y emergencia. no ha iniciado los tramites
para acceder a la vivienda ni de educación 684566 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Tribunal Superior Sala Penal NO HUBO SEGUNDA Sala de selección uno 22 (demandante: pide solución inmediata o sistema de registro de Ibagué, sentencia de octubre INSTANCIA. de enero de 2003 Edith Silva materialización de los desplazados. 15 de 2002, niega pues aunque Trillos) beneficios como Han recibido ayuda se le ha brindado el servicio de desplazados. humanitaria de atención mínimo no ha emergencia. acudido al procedimiento para obtener la ayuda que pide. 684572 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Tribunal superior sala penal NO HUBO SEGUNDA Sala de selección uno 22 (demandante: pide que se cumpla con la sistema de registro de Ibagué, en sentencia de INSTANCIA. de enero de 2003. Moisés Pomar ley y se le dé vivienda así desplazados. octubre 11 de 2002, niega pues Lozano) como garantías para poder Han recibido ayuda considera que se le ha prestado subsistir. humanitaria de ayuda y que se debe sujetar a emergencia. los términos de la ley para acceder a los subsidios. 684573 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Tribunal superior sala penal de NO HUBO SEGUNDA Sala de selección uno 22 (demandante: pide se cumpla con la ley y sistema de registro de Ibagué, en sentencia de INSTANCIA. de enero de 2003. Leonidas se le dé vivienda así como desplazados. octubre 9 de 2002, niega pues Montilla garantías para poder Han recibido ayuda no ha hecho la solicitud de Sánchez) subsistir. humanitaria de ninguna de las ayudas.
emergencia. 684574 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Tribunal superior sala penal de NO HUBO SEGUNDA Sala de selección uno 22 (demandante: pide que se cumpla con la sistema de registro de Ibagué, en sentencia de INSTANCIA. de enero de 2003 Amparo Suasa ley y se le dé vivienda así desplazados. octubre 15 de 2002, niega pues Forero) como garantías para poder Han recibido ayuda se le ha prestado la ayuda subsistir. humanitaria de humanitaria de emergencia, y emergencia. no se ha postulado para el En educación, fueron subsidio de vivienda ni ha remitidos a plantel solicitado la educación para su educativo. hija. 684579 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Tribunal superior sala penal de NO HUBO SEGUNDA Sala de selección uno 22 (demandante: pide se cumpla con la ley y sistema de registro de Ibagué, en sentencia de INSTANCIA. de enero de 2003. Omayra Henao se le dé vivienda así como desplazados. octubre 15 de 2002, niega pues Correa) garantías para poder Han recibido ayuda se le ha prestado la ayuda subsistir. humanitaria de humanitaria de emergencia, y emergencia. no se ha postulado para el subsidio de vivienda ni ha solicitado la educación para su hija. 684744 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Juzgado 37 penal del circuito NO HUBO SEGUNDA Sala de selección uno 22 (demandante: pide se les dé el subsidio de sistema de registro de de Bogotá, en sentencia de 31 INSTANCIA. de enero de 2003. José Daniel familia. desplazados. de octubre de 2002, no tutela
Santofimio No han recibido ayuda porque no ha iniciado el Castro) humanitaria. procedimiento y por lo tanto debe hacerlo. 685774 Grupo compuesto por 1 Dice estar inscrita en el Juzgado tercero penal del Tribunal superior de Buga, Sala de selección uno 22 (demandante: núcleo familiar que pide se sistema de registro de circuito de Buenaventura, en en sentencia de 21 de de enero de 2003. Cerafina Huila) le dé una ayuda desplazados pero la red sentencia de octubre 9 de octubre de 2002, confirma humanitaria y se le incluya dice que no. 2002, niega porque no está por considerar que la tutela en un proyecto de No han recibido ayuda inscrita como desplazada y no es improcedente por no sostenibilidad y de humanitaria. se les está violando ningún encontrarse registrada vivienda. derecho como tal. como desplazada. 685986 Grupo de 1 familia que Están inscritos en el Juzgado primero pen
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