🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CC - T176-2024

Corte Constitucional

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CC - T176-2024
Autor
Corte Constitucional
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Constitucional
Año
2024

T-176-24

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Logopo Descripción generada automácam CORTE CONSTITUCIONAL -Sala Sexta de RevisiónSentencia T-176 de 2024

Referencia: proceso T-9.758.193

[1] Solicitud de tutela presentada por Lorena , en representación de sus hijas, en contra del Instituto Educativo Departamental y otros.

Magistrado sustanciador: Antonio José Lizarazo Ocampo

Bogotá D. C., quince (15) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, decide sobre la revisión del fallo de tutela proferido por la Sala Penal de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca el 11 de agosto de 2023, mediante el cual confirmó la decisión dictada por el Juzgado Penal del Circuito de Chocontá (Cundinamarca) el 5 de julio de 2023, en cuanto declaró improcedente la solicitud de amparo dentro del proceso de tutela promovido por Lorena, en representación de sus hijas, Sofía y Martina, en contra del Instituto Educativo Departamental y otros, caso radicado en la Corte Constitucional [2] con el número T-9.758.193 . Aclaración previa Esta Sala ha adoptado, como medida de protección a la intimidad de la parte [3] accionante y los terceros , la supresión de los datos que permitan identificarlos. Por tanto, los nombres serán reemplazados por unos ficticios y se suprimirá la información que permita su identificación. Adicionalmente, en la parte resolutiva de

esta sentencia se ordenará a la Secretaría General de la corporación, a las partes, a los terceros y a la autoridad judicial de instancia, guardar estricta reserva respecto de su identificación.

I. ANTECEDENTES

1. Solicitud

1. Lorena, en representación de sus hijas Sofía y Martina, presentó una solicitud de tutela en contra del Instituto Educativo Departamental, la Personería de Villapinzón, el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación de Cundinamarca, la Procuraduría General de la Nación, y contra Dolores -docente de la Institución Educativay directora del grupo de quinto de primaria-, con el propósito de obtener el amparo de los derechos fundamentales a la vida libre de violencia, a la igualdad, a la educación, a la salud, a la integridad física y mental, y al debido proceso de sus hijas menores de edad. Esto, al estimarlos vulnerados debido a la supuesta falta de diligencia de las accionadas en prevenir, atender y corregir las presuntas conductas de acoso escolar a las que están expuestas sus hijas. 1.1.Hechos relevantes

[4]

2. Lorena es “madre cabeza de hogar de 3 niñas” . Para obtener su sustento, se

[5] desempeña como “operaria en una empresa del sector Floricult[or]” . Sus hijas estudian en el Instituto Educativo Departamental (en adelante, la Institución [6] Educativa o el colegio). Al momento de presentar la tutela, Sofía, de 9 años , cursaba quinto grado, y Martina, de 5 años, primero primaria. Según indicó, han sido

víctimas de acoso escolar, de acuerdo con los hechos que se exponen a continuación: 1.1.1. Hechos relacionados con Sofía

3. El 16 de junio de 2022, una compañera de curso de Sofía “le pegó una patada en el pie derecho, la empujó en la escalera, ella se cayó y se pegó”. Dolores, docente de la institución y directora de quinto de primaria, afirmó que el incidente se presentó ya que Sofía, “quien aceptó la falta”, “le pegó primero una patada porque estaba

[7] diciendo groserías” .

4. En julio de 2022, Sofía le informó a su madre que “estaba siendo objeto de

[8] maltrato, agresión, acoso, matoneo y bullying por parte de sus compañeros” . Ante dicha situación, Lorena se reunió con Carlos, el coordinador de convivencia de la Institución Educativa, quien, según la tutelante, “se comprometió a hablar con la profesora y estar pendiente de la situación para corregir las agresiones verbales por [9] parte de los niños” . Pese a ello, Sofía “continuó mostrándose triste y manifestando [10] las agresiones que sufría” ; por ello, Lorena le solicitó a Carlos y a Dolores adoptar medidas para corregir la situación, ante lo cual, según indicó, el primero le [11] manifestó que “era complicado estar al tanto de todos los estudiantes” , mientras [12] que la segunda adujo desconocer la situación .

5. Así, “a pesar de sus promesas de tomar medidas, las cosas no cambiaron y las agresiones pasaron de ser verbales a físicas cuando empujaron a [Sofía] por las

[13] escaleras durante el descanso, causándole un golpe en la cabeza” . Ante dicho incidente, la niña fue remitida a la enfermería. Luego, citaron a la tutelante a una reunión en coordinación, en la cual convocaron a los menores involucrados. Sin embargo, Sofía no rindió su declaración.

6. Según la tutelante, Sofía ponía en conocimiento de las docentes la situación,

[14] pero “estas no le prestaban atención” ; “incluso una de las profesoras la trató mal [15] y le dijo que se fuera” .

7. Lorena solicitó apoyo a Jéssica, orientadora de la Institución Educativa,

[16] quien, en agosto de 2022, le informó que la menor “manifestaba sentirse triste” . La tutelante le pidió apoyo a Jéssica, quien le indicó que “no tenía nada que ver con [17] el colegio y que la llevara a un psicólogo” .

8. Dada la situación manifestada por Sofía, “para que pudiera terminar el año

[18] escolar 2022” , Lorena “[se] veía en la necesidad de ir al descanso para estar con [19] [ella] y evitar el acoso” .

9. Para el año 2023, Lorena matriculó nuevamente a Sofía en la Institución Educativa, pues (i) no consiguió un cupo en otro colegio distrital y (ii) “pens[ó] que ya al estar con otros compañeros no se [volverían] a presentar situaciones de

[20] bullying” . Pese a que el primer mes de estudios pasó con normalidad y la niña [21]

manifestó “estar bien en el colegio” , “en el transcurso del mes de marzo […] por momentos se torna triste [y] decaída, le pregunto y me indica que nuevamente los niños la están molestando y que no me quería decir ya que los profesores no le [22] creen” .

10. El 6 de abril de 2023, Lorena acudió al colegio ante la insistencia de Sofía en que la acompañara. La tutelante conversó con Dolores, quien sólo se refirió al rendimiento académico de la menor, pero no a la existencia de situaciones de acoso escolar. Luego de dicha reunión, la actora se dirigió a la oficina de psico-orientación,

[23] pero que no encontró a nadie que la atendiera .

11. El 27 de abril de 2023, durante el descanso escolar, “[Sofía] se puso a llorar diciendo que sus compañeros no la querían, que la miraban mal y se burlaban […]”.

Según indicó la menor, “se encontraba deprimida porque nadie la comprendía en casa [24] […]” y “los compañeros del salón la molestaron, la trataron mal, le pegaron [25] como siempre, […] ningún profesor le creía y […] ya no aguantaba más” . En consecuencia, la actora fue citada por Jéssica, quien le indicó que Sofía “estaba muy [26] mal, llorando y diciendo que quería morirse” , remitió informe sobre la situación [27] [28] a la comisaría de familia y le pidió que la llevara a urgencias . Tras ser atendida, ordenan que Sofía comience tratamiento por psicología y psiquiatría.

12. Según la tutelante, se ha acercado al colegio en más de 10 ocasiones, pero no la atienden y ningún funcionario o docente le presta atención a su hija. Al contrario, la última vez que la menor manifestó estar decaída emocionalmente, “la directora de

[29] curso la regaña y le dice que «no hay un día que no se enferme»” y “la [30] orientadora solo le dice que deje de dar tantas quejas [sic]” .

13. El 2 de junio de 2023, Sofía no asistió a clase, dado que tenía una cita médica en Bogotá. De acuerdo con la actora, Dolores “les indic[ó] a todos los niños del salón aprovechando que [Sofía] no estaba, dándole indicaciones a los niños del salón, que

[31] ya no le [podían] hablar […], que la dejaran sola y que debían ignorarla” .

14. El 5 de junio de 2023, al regresar al colegio, un compañero de curso agredió físicamente a Sofía. De acuerdo con la actora, Dolores “profirió insultos contra ella,

[32] expresando comentarios hirientes, humillantes y de ridiculización” , por lo que la niña le manifestó que “la profesora les dice a todos los niños de mi salón que [la] ignoren. Ella [la] grita y [l]e dice que no sirv[e] para nada, que no t[iene] papá, que [es] una niña que solo da quejas. Además, el niño [Ramiro] [la] golpeó y la profesora permitió que lo hiciera”; Sofía le dijo que “[l]a profesora me trata mal, mamá me [33]

quiero morir, no quiero regresar al colegio. Le tengo miedo a esa profesora” . A causa de ello, Lorena presentó denuncia penal en contra de Dolores, por la presunta comisión del delito de injuria por vías de hecho, al considerar que su hija “ha sido víctima de maltrato físico y acoso escolar por parte de sus compañeros […] Sin embargo, lo que resulta aún más alarmante es que la docente [Dolores] no solo ha permitido que estos actos de maltrato físico y acoso ocurran, sino que también ha [34] omitido tomar medidas administrativas para detener las agresiones” .

15. El 9 de junio de 2023, se llevó a cabo una reunión entre Lorena, el coordinador de convivencia y la orientadora. En esa oportunidad, la actora manifestó que: “1. La directora del curso […] afirma que la niña […] no hace nada que siempre está enferma, que los niños deben ignorarla”; “2. Que la niña dice que [un compañero de curso] se enamoró de ella que la amenaza y que [otros compañeros] le pegan en la cabeza «calbazos»”; “3. En el año anterior (2022) estando en la cancha cubierta de la institución se agredieron con [una compañera de curso] y que [esta] la

[35] empuj[ó]”; “4. […] afirma que viene al colegio y no la atiende[n]” . Al respecto, el coordinador de convivencia resolvió: “1. Reunión inmediata con los directivos del curso quinto para verificar lo sucedido; 2. Citar a los papás de los niños que la

molestan y verificar lo sucedido; 3. La mamá está de acuerdo con dichas [36] determinaciones, pero [pide] que luego [se] le informe lo investigado” .

16. El 16 de junio de 2023, los docentes del grado quinto, el coordinador de convivencia y Lorena, se reunieron “con el fin de dialogar y poner[se] de acuerdo con la entrega de algunas [t]areas para trabajar en casa hasta que sea necesario según

[37] reporte presentado por psicología y psiquiatría” . Al respecto, “[l]os docentes se [38] comprometieron a entregar, recibir y evaluar los talleres de las diferentes áreas” y “la madre de familia se compromete a recibir los trabajos y a enviarlos, los docentes por su parte dieron las orientaciones a la estudiante y a su madre de cómo realizarlos. Manifesta[ron] que siempre [han] estado y estamos dispuestos a atender.

Nota: la madre de la estudiante recibe los trabajos […]”. En dicha reunión se dejó constancia de que “se requirió el informe médico de la estudiante y a la fecha no se

[39] ha recibido” .

17. El 13 de julio de 2023, se realizó una reunión con los padres de familia de los presuntos agresores de Sofía. En esta, los menores manifestaron que: Estudiante Declaración “La niña […] me amenaza con apuñalarme con un cuchillo desde el año pasado en el curso cuarto primaria me empujaba, me decía que le pegaba, hablaba mal de mí, me [h]acía bullying, en el día del niño decía que le pegaba con un compañero cuando no era verdad y lloraba que le [h]abía

Laura pegado y ella me pega y me quita las cosas. Dice cosas y mentiras de la profesora [Dolores] y es mentira y se pone a llorar. Fuera del colegio me empuja y me trata mal y me da patadas y después dice que fu[i] yo que le pegué y hablaba mal de mi [40] a mis compañeros” . “Mi compañera […] me acusa de molestarla [y] pegarle, patearla me amenaza que me va a enterrar un cuchillo en el corazón, también me dice que le va a decir a la hermana […] que me va a pegar y también me hizo correr por todo el colegio siguiéndome con los amigos […] y ella me molesta Gabriel por eso, me grita y me empuja. […] varias veces me ha pegado en la espinilla. Las amenazas con el cuchillo y la hermana fueron este año 2023, al igual que las patadas en la espinilla. Los problemas […] [41] vienen desde el año pasado” . “un día del niño yo estaba con [mi amiga] y ella estaba pel[e]ada con [Sofía], estábamos hablando y llegó [Sofía] y empezó a pel[e]ar y [mi amiga] le dijo bruja y yo le dije sí bruja, [ella] tenía unos botines grandes y me peg[ó] dos patadas duro. Yo me puse brava y la empujé de una escalera de la Andrea cancha y se tronch[ó] un pie. Me hicieron firmar observador y desde hoy no le volví a hablar pero todo lo que le pasaba a ella me echaba la culpa a mi [sic] eso fue el año pasado. Este año yo no […] he

tenido inconvenientes […] ya que estamos en [42] diferente curso” . [43]

18. Según el informe del área de enfermería de la Institución Educativa , Sofía asistió a la enfermería en las siguientes fechas: Hora de entrada/ Hora de Fecha Informe salida Dolor de cabeza. 5 de junio de 2022 11:50/12:05

Acetaminofén. 5 de octubre de 11:05/11:15 Golpe en pie. No se ve nada. 2022 12 de julio de 11:20. “Se llama a la Dolor de cabeza. 2022 mamá”. Acetaminofén. 19 de julio de Dolor de cabeza. 9:05-9:15 2022 Acetaminofén. 22 de julio de 11:40. “Se llama a la Dolor abdominal. Aromática 2022 mamá”. 24 de julio de Dolor de cabeza. 11:50/12:00 2022 Acetaminofén. 26 de julio de 11:05. “Se llama a la Se llama a la mamá 2022 mamá”. 5 de octubre de 11:05/11:15 Golpe en pie. No se ve nada. 2022 5 de mayo de 11:20/11:30. “La orientadora Dolor de cabeza. 2023 la lleva a la cafetería”. Acetaminofén. 16 de mayo de Golpe en espalda. No se ve 11:20/11:35 2023 nada.

19. De acuerdo con la historia clínica, la menor está diagnosticada con las siguientes afectaciones de salud: Fecha Tipo de atención y diagnóstico Consulta externa por medicina general. “Paciente con caída del pelo 21 de y astenia ss [paraclínicos] ss val. por psicología”. R53X-malestar y

junio de fatiga; DX. Relacionado 1: l658-otras pérdidas especificadas no 2022 cicatriciales del pelo; DX. Relacionado 2: f932-trastorno de ansiedad social en la niñez. Consulta externa por medicina general. “Paciente de 9 años sin antecedentes patológicos referidos quien ingresa a consulta en 28 de compañía de madre […] solicitando renovación de órdenes por noviembre cambio de EPS, para valoración por psicología y psiquiatría por de 2022 cuadro de labilidad emocional, tristeza constate, bullying en Institución Educativa”. F329-episodio depresivo, no especificado. Consulta externa por medicina general. “Se trata de paciente de 9 años quien acude por presentar cuadro de depresión ya en manejo 5 de mayo médico por pedi[a]tría y siquiatría por lo que acude para órdenes de 2023 médicas”. F920-trastorno depresivo de la conducta; F418-otros trastornos de ansiedad especificados. Consulta por psicología. “Paciente menor de edad (9 años), quien asiste acompañada por progenitora […], según refiere se han presentado situaciones de conflicto con los compañeros en la Institución Educativa, información de docentes en cuanto a bajo ánimo y llanto [o]casional de menor en la Institución. Actualmente 11 de con conductas que interrumpen el sueño (pesadillas, habla dormida, mayo de despierta agitada), disminución de apetito, llanto ocasional, 2023 sentimientos de tristeza, miedos constantes. Aluci[naci]ones

(progenitora refiere ve gente que le persigue), adecuado rendimiento escolar, aparentes s[i]tuaciones de bullying, ideas intrusivas, sin ideas suicidas marcadas”. F920-Trastorno depresivo de la conducta. Consulta por psicología. “Paciente menor de edad (9 años), quien asiste acompañada por progenitora […], paciente en seguimiento por psicología, según refiere se han presentado situaciones de conflicto con los compañeros en la Institución Educativa, información de docentes en cuanto a bajo ánimo y llanto 30 de [o]casional. Actualmente con conductas que interrumpen el sueño mayo de (pesadillas, habla dormida, despierta agitada), disminución de 2023 apetito, llanto ocasional, sentimientos de tristeza, miedos constantes, aparentes alucinaciones (progenitora refiere ve gente que le persigue), adecuado rendimiento escolar, aparentes s[i]tuaciones de bullying, ideas intrusivas, sin ideas suicidas marcadas”. F420-Predominio de pensamientos o rumiaciones obsesivas. 31 de Consulta externa por psiquiatría. “Paciente en compañía de la mayo de madre […], cursa quinto grado, adecuado desempeño académico. 2023 […] reacción de ansiedad, manifestación de ideas de muerte y suicidio poco estructuradas, todo relacionado a episodios de bullying en el colegio por compañeros […], le tienen apodo. Refiere que ha pensado quitarse la vida con un cuchillo. Análisis paciente de 9 años de edad con un funcionamiento intelectual que se puede considerar por encima del promedio, quien ha desarrollado un

cuadro depresivo, principalmente por situación de bullying en el colegio. Se inicia manejo farmacológico y psicoter[a]peútico desde psiquiatría (traer dibujo de ella y s[u] familia). Se recomienda al colegio desde medidas de prom[o]cion y prevención de la salud en el colegio, promover el respeto entre compañeros y la sana convivencia […] así como tomar medidas disciplinares e intervenciones colectivas contra los compañeros que ejercen bullying a la paciente para facilitar su recuperación ya que esta situación de no manejarse, empeorará la parte emocional de la paciente. Recomiendo involucrar a los padres de los niños que ejercen el bullying para realmente dar m[a]nejo a la situación”. F321-episodio depresivo moderado. Consulta externa por psiquiatría. “Paciente de 10 años de edad con episodio depresivo moderado, buen apetito, inadecuado patrón de sueño con insomnio intermitente sin embargo ha mejorado los periodos de sueño. A nivel escolar sigue siendo el punto de mayor dificultad reconocido por la paciente donde ha percibido un contexto desde la directora de curso donde aparentemente se ha promovido estigma a su condición emocional por miedo de 7 de junio señalamientos donde se descalifica a la paciente y en donde no se de 2023 toman medidas frente al respeto y los límites de los compañeros. Análisis paciente de 10 años con cuadro depresivo con respuesta inicial a manejo farmacológico adecuado, se observa más tranquila, aunque insisto en la necesidad de la promoción de una adecuada convivencia escolar donde se involucren estudiantes y profesores en

la importancia de la salud mental en el colegio. Por ahora no requiere ajustes farmacológicos”. F321-episodio depresivo moderado. Consulta externa por psiquiatría. “Paciente de 10 años de edad con trastorno depresivo moderado quien durante la consulta presenta respuestas limitadas, con afecto de tono bajo y fondo triste, la madre refiere que así ha estado todo este tiempo, en algunos momentos se encuentra estable y en otros momentos decaída. No ha 20 de asistido al colegio nuevamente debido al proceso legal. Análisis junio de paciente de 10 años de edad con trastorno depresivo moderado 2023 quien en la consulta se presenta desmotivada, fluctuaciones del estado de ánimo que al parecer se desencadenaron por situación de parte de los docentes y los dirigentes de la institución quienes al frente de [Sofía] dijeron que lo ocurrido […] ‘no era para tanto’, se evidencia […] sentimiento de culpabilidad por ello”. F321Episodio depresivo moderado. Atención por psicología. “Paciente en control y seguimiento por psicología, menor de edad (10 años), en manejo por psiquiatría tratamiento farmacológico, quien asiste en compañía de familiar 26 de julio […] refiere ha estado estable, actualmente con adecuado patrón de de 2023 sueño, sin aparentes alteraciones en la ingesta alimentaria, demás sintomatología descrita anteriormente. Con adherencia al tratamiento y terapia psicológica. No se identifican ideas de muerte o suicidio”. F321-Episodio depresivo moderado. Control por psiquiatría. “Paciente de 10 años de edad con trastorno depresivo moderado, excelente desempeño académico, ideas de

culpa por fallecimiento de la maestra involucrada en la situación legal que había anteriormente. Análisis paciente de 10 años de edad 14 de con trastorno depresivo moderado, quien demuestra una mejoría agosto de leve en la evolución del cuadro clínico, sin embargo el bullying que 2023 está viviendo por parte de sus compañeros la ha impactado generando en ella ideas de culpa. Se le explica que no tiene nada que ver con lo que ocurrió. Considero continuar mismo manejo farmacológico y control mensual”. F321-Episodio depresivo moderado. 13 de Control por psiquiatría. “Paciente con antecedente de trastorno marzo de depresivo moderado […] como gesto suicida refirió que se iba a 2024 lanzar [de un] puente y en relación con el desencadenante a bullying escolar venía en seguimiento por psiquiatría y psicología última valoración el 08/2023 y suspendió fluoxetina hace 6 meses. […] sin ideas alucinatorias, con ideación de muerte, ideación de autolesión e ideación suicida poco estructurada [..] refiere que se quiere tirar a los carros o se quiere cortar”. F321-Episodio depresivo moderado.

20. Finalmente, la tutelante afirmó que ha presentado quejas “respetando la

[44] jerarquía del colegio” , “pero ningún funcionario ha tomado cartas en el asunto. Nadie ha intervenido en estas situaciones por lo que continúan las agresiones tanto [45] físicas como verbales” ; “hasta la fecha nadie me atiende en el colegio, mi hija ya lleva un proceso con psicología y psiquiatría, y actualmente está medicada todo esto

[46] a causa de la situación del colegio” . 1.1.2. Hechos relacionados con Martina

21. El 26 de abril de 2023, Lorena sostuvo una reunión con la docente directora del curso de su hija Martina. En dicha reunión, la docente realizó “algunas observaciones sobre la falta de algunos útiles escolares y la no presentación de tareas, de igual forma recal[có] bastante sobre pautas de crianza y orientación de las tareas en la casa a lo cual ella se comprometió a proporcionar los útiles faltantes, a orientar las tareas y dialogar con la niña sobre sus responsabilidades”; “la niña se sintió respaldada por la mamá estando en el colegio más alegre, pero siempre con

[47] apego a la mamá” .

22. El 3 de mayo de 2023, Lorena recibió el informe académico de Martina. La directora de curso le informó que la menor “presenta desempeño bajo en las áreas de humanidades, matemáticas y ciencias naturales, para lo cual firma acta en donde se compromete a realizar en casa refuerzos de lecto escritura, orientación de tareas, proporcionar lo necesario para el buen desempeño, a valorar siempre el esfuerzo de

[48] la niña y la superación de sus dificultades” .

23. El 9 de junio de 2023, Martina, de 5 años, quien cursa primer grado, le comentó que “a mí también los niños me molestan y me dicen cosas feas hasta que me hacen llorar”. Ante dicha situación, Lorena acudió a la Institución Educativa y conversó con la docente de aula, quien le comunicó que “ha estado pendiente del caso […] y [h]a remitido información para solicitar apoyo con la orientadora”, que

“la docente ha realizado su manejo al interior del curso […], el cual no es tan grave, [49] pero que ya empezó a tener raíces” .

24. Según informó la directora de curso, la menor “se presentó acompañada de la mamá pero no se quedó en clase”. Le ha consultado “que compañeritos la

[50] molestaban sin determinar los presuntos responsables” .

25. El 21 de junio de 2023, Mario, un compañero de curso “dice que pellizcó sin

[51] [52] querer” y que “la apretó en los dos brazos” . Otro compañero, Jesús, indicó [53] que “fue agredido por [Martina] con un puño” , que “atraviesa los pies a los [54] niños” , y que otros compañeros fueron también agredidos. El coordinador de convivencia se reunió con los menores, hizo las recomendaciones de convivencia y les pidió que no se repitiera la situación; “los niños conciliaron, se perdonaron y [55] escucharon atentos la reflexión” . En caso de reincidir, se les informó que serían remitidos con la orientadora escolar, previa citación de los padres de familia.

26. El 25 de julio de 2023, Lorena suscribió acta de compromiso mediante la cual se comprometió a apoyar el proceso de tareas en casa y garantizar la asistencia de la

[56] menor a clase .

27. Martina reprobó primero de primaria. Actualmente está repitiendo el curso en la Institución Educativa accionada. 1.2. Solicitudes elevadas ante las autoridades

28. El 5 de junio de 2023, la accionante elevó petición ante la Procuraduría

General de la Nación, la Personería de Villapinzón, el Ministerio de Educación y la Secretaría de Educación de Cundinamarca, mediante la cual puso de presente los [57] presuntos hechos de acoso escolar de los que han sido víctimas sus hijas . Solicitó adoptar “una solución urgente para el grave problema de maltrato, matoneo, acoso [58] escolar o bullying” . Sostuvo que, “dadas las circunstancias, no puedo permitir que mi hija continúe asistiendo a la Institución Educativa, ya que su bienestar y [59] seguridad se encuentran seriamente comprometidos” . En consecuencia, pidió “encontrar una resolución adecuada y rápida para esta situación, ya que la salud y bienestar de mi hija son de suma importancia. Por tanto, les insto a que consideren seriamente este asunto y tomen las medidas necesarias para asegurar que mi hija [60] reciba la atención y el cuidado que necesita” .

29. Las entidades gestionaron la petición de la actora como se pasa a explicar: Entidad Gestión Afirmó que “[n]o se tiene competencia para Personería de disciplinar a la docente y no se remitió a la secretaría Villapinzón de Educación de Cundinamarca por cuanto esta entidad también fue vinculada a la presente acción”.

El 23 de junio de 2023, solicitó información al rector de la Institución Educativa. Ese mismo día informó a la tutelante que “solicitó al Rector de la [Institución Secretaría de Educativa], información en relación con su queja”. Educación de El 16 de agosto de 2023 efectuó “traslado por Cundinamarca competencia” a la jefe de la Oficina de Control

Interno Disciplinario de la Gobernación de Cundinamarca. La solicitud se encuentra en estado de “seguimiento”. El 9 de junio de 2023 informó que “fue remitida a la Secretaría de Educación Departamental Cundinamarca, para que de acuerdo con su Ministerio de competencia dé respuesta a la petición”. Mediante Educación Nacional oficio 2023-ER-410350, el 9 de junio de 2023, trasladó la queja a la secretaría de educación de Cundinamarca y solicitó otorgar la respuesta a la tutelante. Procuraduría Mediante oficio del 15 de junio de 2023, la General de la Procuraduría Provincial de Guateque remitió la Nación solicitud por competencia a la Personería del Municipio de Villapinzón [61]

2. Pretensiones y fundamentos de la tutela

30. Según la tutelante, la Institución Educativa “no solo ha vulnerado los derechos constitucionales y supranacionales de [sus] hijas, sino que también ha ignorado el

[62] ejercicio del debido proceso para abordar el maltrato hacia ella[s]” . Además, afirma que el colegio no ha adoptado las políticas o protocolos que permitan la prevención, detección temprana o inmediata, atención o protección frente al acoso escolar, con el fin de proteger los derechos fundamentales de los menores y evitar escenarios de violencia, y tampoco cuenta con una ruta de atención integral para los actos de acoso escolar. Por esta razón, manifiesta que “mi hija se niega a ir a estudiar y, comprensiblemente, ante el daño causado por la docente, he tomado la decisión de

[63] no llevarla al colegio” .

31. Con fundamento en lo anterior, la accionante solicitó la protección de los derechos fundamentales a la vida libre de violencia, a la igualdad, a la educación, a la salud, a la integridad física y mental, y al debido proceso de sus hijas menores de edad. En consecuencia, solicitó que (i) se adopten todas las medidas necesarias para evitar que continúen los actos de acoso escolar contra su hija Sofía, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1620 de 2013, el Decreto 1075 de 2015 y las demás normas concordantes; (ii) se ordene a la Institución Educativa, al rector y al coordinador, “llev[ar] a cabo un acto de reconciliación, sincero y público con la menor, la orientadora, los psicólogos y los alumnos del grado [quinto], el cual deberá ser documentado para el archivo de la Institución Educativa con copia a mi persona

[64] como madre de la menor” ; (iii) se ordene a la Institución Educativa establecer un mecanismo que permita a la menor ponerse al día con las clases que no ha podido presenciar, toda vez que se adoptó la medida de no enviarla a clases. Entre dichos mecanismos, propone: (a) proporcionar material de estudio y recursos educativos, (b) facilitar tutorías o asesoramiento académico por parte de los docentes, de manera que la menor pueda resolver dudas o inquietudes relacionadas con los temas que no ha podido atender presencialmente, (c) programar clases de refuerzo o recuperación en horarios adicionales a la jornada escolar, para que la menor pueda recibir la

instrucción correspondiente y completar los contenidos curriculares en los que presenta atraso, aún si ello genera costo económico que deba sufragar la progenitora. Además, pidió (iv) que se aparte a la docente Dolores de manera provisional del [65] cargo, “teniendo en cuenta que mi hija presenta alto miedo con la docente” y (v) se ordene a la orientadora de la Institución Educativa atender el caso de la menor Martina. [66]

3. Respuesta de las entidades accionadas y vinculadas

[67]

32. Institución Educativa . Manifestó que el colegio “no vulnera los derechos de sus estudiantes; por el contrario, pregona, aplica y practica la defensa de los derechos humanos y demás derechos fundamentales contemplados en la Constitución

[68] Nacional de 1991” . En relación con los presuntos hechos de acoso escolar de los que ha sido víctima la menor Sofía, sostuvo que la actora “hace relación de presuntos [69] hechos de maltrato sin determinar posibles agresores de su hija” y que la tutelante “no suscribió la queja ante la Re

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...