CC - T740-2012
Corte Constitucional
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Detalles
- Título
- CC - T740-2012
- Autor
- Corte Constitucional
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2012
Sentencia T-740/12
DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Vulneración por no entrega real, material y efectiva de viviendas adjudicadas a beneficiarios de proyecto de vivienda de interés social DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Ambito internacional DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Carácter fundamental y prestacional DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA DIGNA-Contenido, naturaleza, alcance y características VIVIENDA DIGNA-Requisitos VIVIENDA-Debe darse prioridad a los programas que la promuevan para hacer efectiva la asequibilidad DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA DIGNA-Debe desarrollarse de manera programática y progresiva para el seguro cumplimiento y goce efectivo DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Ambitos DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Está relacionado con el derecho a la vida en condiciones de dignidad
DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA DIGNA PARA
POBLACION VULNERABLE, PERSONAS EN ESTADO DE
DEBILIDAD MANIFIESTA O SUJETOS DE ESPECIAL PROTECCION CONSTITUCIONAL-Importancia PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD-Especiales deberes sociales o acciones afirmativas en caso de población vulnerable o personas en estado de debilidad manifiesta DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Protección por juez de tutela dadas las circunstancias particulares de vulnerabilidad o debilidad manifiesta de quien reivindica este derecho 1 DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA DIGNA-Carácter autónomo cuando se trata de población en condición de vulnerabilidad,
debilidad manifiesta o sujetos de especial protección constitucional
DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA DE VICTIMAS DE
DESPLAZAMIENTO FORZADO-Fundamental autónomo DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA DE VICTIMAS DE DESPLAZAMIENTO FORZADO-Procedencia de la acción de tutela
OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y DE
ENTIDADES TERRITORIALES CON LA POBLACION DESPLAZADA EN MATERIA DE VIVIENDA-Recaen tanto en entidades del orden nacional como en autoridades regionales y locales a nivel territorial DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA DIGNA DE VICTIMAS DE DESASTRES NATURALES Y PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD-Deber del Estado y la sociedad dada la especial situación de vulnerabilidad y debilidad manifiesta ACCION DE TUTELA PARA LA PROTECCION DEL DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Procedencia sujeta a análisis en concreto de condiciones jurídico materiales del caso INMINENCIA DE PELIGRO Y DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Afectación y compromiso cuando habitabilidad se da en situación de riesgo extraordinario REUBICACION DE HOGARES QUE SE ENCUENTRAN EN ZONAS DECLARADAS DE ALTO RIESGO NO MITIGABLEProcedencia de la acción de tutela DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Protección aún tratándose de relaciones contractuales entre particulares cuando por acción u omisión de quien abusando de su posición dominante y vulnerando el principio de confianza legítima coloca a quien se encuentra en estado de debilidad manifiesta en condiciones de inferioridad frente al ejercicio efectivo
ACCION DE TUTELA PARA LA PROTECCION DEL DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Procedencia pese a la existencia de otros mecanismos judiciales DERECHO A LA PROPIEDAD-Invasión de predios y viviendas y medidas de desalojo forzado 2 PROTECCION DEL DERECHO A LA PROPIEDAD-Procedencia de la acción de tutela dependiendo su connotación fundamental INVASION U OCUPACION DE HECHO SOBRE TIERRAS O EDIFICACIONES URBANAS O RURALES-Causas socio económicas de orden estructural PROCEDIMIENTOS DE DESALOJOS FORZADOS-Procedencia legal y legitimidad dentro del marco constitucional con pleno respeto del debido proceso y derechos humanos de los afectados INVASION U OCUPACION DE HECHO SOBRE TIERRAS O EDIFICACIONES URBANAS O RURALES-Acciones jurídicas que tienen los propietarios para recuperar sus bienes inmuebles ocupados
DESALOJO FORZOSO FRENTE A POBLACION VULNERABLE,
EN ESTADO DE DEBILIDAD MANIFIESTA, SUJETOS DE
ESPECIAL PROTECCION O VICTIMAS DE
DESPLAZAMIENTO FORZADO QUE HAN UTILIZADO VIAS
DE HECHO PARA OCUPACION DE BIEN INMUEBLE-Medidas de protección EFECTOS NOCIVOS DE DESALOJOS FORZADOS SOBRE DERECHOS HUMANOS DE POBLACION VULNERABLE-Ambito internacional DESALOJO FORZOSO-Regulación legal bajo los principios de razonabilidad y proporcionalidad DESALOJO FORZOSO-Autoridades deben aplicar garantías del debido proceso en todos los trámites judiciales y administrativos
DESALOJO FORZOSO Y DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-No son medidas procedentes cuando se trata de población vulnerable, en estado de debilidad manifiesta o sujetos de especial protección constitucional
DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA DE PERSONA DE ESTRATO
SOCIO ECONOMICO MENOS FAVORECIDO, POBLACION
VULNERABLE, EN ESTADO DE DEBILIDAD MANIFIESTA O
SUJETO DE ESPECIAL PROTECCION CONSTITUCIONAL DE
VIVIENDA DE INTERES SOCIAL-Protección
VIVIENDA DE INTERES SOCIAL-Legislación vigente 3 ACCIONES POLICIVAS PARA ORDENAR DESOCUPACION DE PREDIOS Y LANZAMIENTO DE OCUPANTES DE HECHOAlcaldes e Intendente podrán iniciar de oficio o a solicitud de cualquier ciudadano cuando propietario o tenedor no haya incoado la acción VIVIENDA DE INTERES SOCIAL-Autonomía de entidades territoriales para planeación de desarrollo económico, social, urbano y ambiental en el marco de la Constitución y la Ley PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y VIVIENDA DE INTERES SOCIAL-Determinante en los desarrollos urbanísticos FONDO NACIONAL DE VIVIENDA FONVIVIENDA-Creado por Decreto 555/03 para financiar los precios de vivienda prioritaria, consolidar el sistema nacional de información de vivienda y ejecutar políticas del Gobierno Nacional en materia de vivienda de interés social urbana FONDO NACIONAL DE VIVIENDA FONVIVIENDA-Funciones FONDO NACIONAL DE VIVIENDA FONVIVIENDA-Entrega de subsidios de vivienda
DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA-Procedencia de la acción de tutela por conexidad con el derecho a la vida, protección de la familia y mínimo vital ACCION DE TUTELA EN MATERIA DE VIVIENDA DIGNA DE INTERES SOCIAL-Evaluar situación actual de viviendas y familias y suspender orden de desalojo y lanzamiento por ocupación de hecho ACCION DE TUTELA EN MATERIA DE VIVIENDA DIGNARealizar censo de personas y familias que ocupan por vías de hecho urbanización de vivienda de interés social ACCION DE TUTELA EN MATERIA DE VIVIENDA DIGNAAcuerdo conjunto de plan de acción para entrega física, real y efectiva de viviendas de interés social adjudicadas ACCION DE TUTELA EN MATERIA DE VIVIENDA DIGNAReubicación transitoria de ocupantes de hecho que constituyan población vulnerable y otorgamiento de subsidios y créditos para vivienda de interés social 4 SENTENCIA DE TUTELA DE LA CORTE CONSTITUCIONALModulación de efectos otorgando efectos inter comunis/EFECTOS INTER COMUNIS-Se adoptan con el fin de proteger derechos de todos los miembros de un grupo afectados por la misma situación de hecho o de derecho en condiciones de igualdad
DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA DE SUJETOS DE ESPECIAL
PROTECCION CONSTITUCIONAL ADJUDICATARIOS Y OCUPANTES DE HECHO DE UNIDADES DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL-Efectos inter comunis de sentencia T-740/12 para casos análogos o similares sobre solicitud de restitución de unidades de
vivienda Ref.: Expedientes T-3089989, T-3090023, T-3090040, T-3091945, T-3091946, T3091947, T-3178587, T-3179024, T3179794, T-3179929, T-3177372, T3176968, T-3176526, T-3372547, T3176927 y T-3389009. Acciones de tutela presentadas por Jorge Eliécer Méndez Jiménez (T-3089989), Concepción Rua Ruiz (T-3090023), Susana Poloche De Palma (T-3090040), Liliana Martha Guzmán Naranjo (T-3091945), Bárbara Núñez (T-3091946) Carolina Yusunguaira Salas (T-3091947) María Elcy Mosquera Díaz (T-3178587), Bellanid Murcia Ruiz (T-3179024), Alba Inés Hernández Camacho (T-3179794), José René Garzón Retavizca (T-3179929), José Noel Ochoa Amado (T-3177372), Marcia Judith Hernández Amado (T-3176968), Luis Enrique Riaño Mayorga (T-3176526), José Justiniano Cubillos Fino (T-3372547), María Eugenia Gutiérrez Valencia (T3176927), y María Adelayda Rodríguez (T3389009) contra la Alcaldía Municipal y la Gestora Urbana de Ibagué.
Magistrado Ponente:
LUÍS ERNESTO VARGAS SILVA
5 Bogotá, D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil doce (2012).
La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Luís Ernesto Vargas Silva, María Victoria Calle Correa y Mauricio González Cuervo, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA Mediante la cual se pone fin al trámite de revisión de los siguientes fallos de tutela dictados dentro de los procesos de la referencia:
1. La Sala de Selección de tutelas Número Seis, por auto del 16 de junio de 2011, seleccionó para su revisión y acumuló entre si los expedientes T3089989, T-3090023, T-3090040, T-3091945, T-3091946 y T-3091947, para que fueran fallados en una sola sentencia por presentar unidad de materia. De la misma manera, dispuso su reparto a este despacho Expedientes Fallos de tutela
T-3089989 Primera Instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 22 de mayo de 2011. T-3090023 Primera Instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 29 de abril de 2011 T-3090040 Primera Instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 2 de mayo de 2011. T-3091945 Primera Instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 27 de abril de 2011. T-3091946 Primera Instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 26 de abril de 2011. T-3091947 Primera Instancia: Sentencia del
Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 28 de abril de 2011.
2. A los anteriores procesos de tutela, la Sala Plena de esta Corporación decidió acumular, mediante Auto del cinco (5) de marzo de 2012, en sesión del veintidós (22) de febrero de 2010, los siguientes expedientes a los anteriormente referidos, por considerar que se tratan de hechos análogos que
ameritan una misma decisión: 6 Expediente Fallos de Tutela Primera instancia: Sentencia del Juzgado Doce Penal Municipal de Ibagué del 8 de junio de 2011. T-3178587
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Ibagué del 25 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Segundo Civil Municipal de Ibagué del 17 de junio de 2011.
T-3179024
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Sexto civil del circuito de Ibagué del 25 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 30 de mayo de 2011.
T-3179794
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 21 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Séptimo Civil Municipal de Ibagué del 7 de junio de 2011.
T-3176526
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué del 18 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del T-3176927 Juzgado Cuarto Penal Municipal de Ibagué del 8 de junio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Once Penal Municipal de T-3176968 Ibagué del 20 de junio de 2011.
Segunda instancia: No hubo impugnación.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal del Circuito de Ibagué del 16 de mayo de 2011.
T-3177372
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 8 de julio de 2011.
T-3372547 Primera instancia: Sentencia del Juzgado Tercero Civil Municipal de Ibagué del 10 de noviembre de 2011.
Segunda instancia: Sentencia del
7 Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué, del 12 de diciembre de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Trece Penal Municipal de Ibagué del 9 de junio de 2011
T-3179929
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué del 18 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Séptimo Penal Municipal de Ibagué del 5 de diciembre de
T-3389009 2011.
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Cuarto Penal del Circuito del 1º de febrero de 2012.
I. ANTECEDENTES
1. ANTECEDENTES DE LOS EXPEDIENTES T-3089989, T-3090023, T3090040, T-3091945, T-3091946 y T-3091947. 1.1 De los hechos de las demandas Jorge Eliécer Méndez Jiménez (T-3089989), Concepción Rua Ruiz (T3090023), Susana Poloche De Palma (T-3090040), Liliana Martha Guzmán
Naranjo (T-3091945), Bárbara Núñez (T-3091946) y Carolina Yusunguaira Salas (T-3091947), interpusieron acción de tutela (ver tabla 1) contra la Alcaldía Municipal y la Gestora Urbana de Ibagué1, por la supuesta vulneración de los derechos fundamentales a la vida, la vivienda digna, la familia, el debido proceso y la igualdad, atendiendo los siguientes hechos: Tabla 1. Expediente Fecha de presentación T-3089989 Abril 8 de 2011 T-3090023 Abril 8 de 2011 T-3090040 Abril 7 de 2011 T-3091945 Abril 5 de 2011 T-3091946 Abril 4 de 2011 T-3091947 Abril 6 de 2011 1.1.1 Indican los accionantes que entre los años 2006 y 2007 se inscribieron para acceder a uno de los proyectos de vivienda desarrollados en el Municipio 1 En adelante también accionantes, demandantes, actores o peticionarios. 8 de Ibagué, en el cual actuó como promotor y oferente la Gestora Urbana de Ibagué. 1.1.2 A través de las resoluciones 211 y 379 de 2007 del Fondo Nacional de Vivienda, los actores fueron preseleccionados para el subsidio familiar de vivienda. 1.1.3. Una vez cristalizado el proyecto de vivienda, mediante sorteos de balotas, la Alcaldía Municipal y la Gestora Urbana de Ibagué adjudicó viviendas en la Urbanización “Nueva Castilla” de la siguiente forma: Expediente Accionante Fecha del Vivienda adjudicada
sorteo T-3089989 Jorge Eliécer Octubre 2 Súper manzana 12, Méndez de 2007 manzana 5, lote 8 Jiménez T-3090023 Concepción Abril 3 de Súper manzana 7, Rua Ruiz 2009 manzana 6, lote 6 T-3090040 Susana Poloche Abril 3 de manzana 8, manzana 4, De Palma 2009 lote 9 T-3091945 Liliana Martha Abril 30 Súper manzana 1, Guzmán de 2009 manzana 4, lote 13 Naranjo T-3091946 Bárbara Núñez Abril 3 de Súper manzana 8, 2009 manzana 3, lote 12 T-3091947 Carolina Abril 3 de Súper manzana 1, Yusunguaira 2009 manzana 2, lote 9 Salas 1.1.4. Señalan los accionantes que han pasado más de cuatro años de haber iniciado el proyecto “Nueva Castilla”, sin que se le haya entregado las viviendas. 1.1.5. Adicionalmente, manifiestan los actores que las casas del mencionado proyecto fueron invadidas por “personas extrañas e inescrupulosas” el 21 de enero de 2011. 1.1.6. Mencionan que las entidades accionadas se han venido excusando en las invasiones del proyecto “Nueva Castilla”, para no entregar las viviendas. 1.1.7. Pretenden los actores que se ordene al Municipio de Ibagué que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia de tutela, las
viviendas sean desalojadas por la Policía Nacional y posteriormente, les sea entregada su casa por la Gestora Urbana. 1.2. Respuestas de las entidades accionadas 1.2.1. Gestora Urbana de Ibagué 9 La Gestora Urbana de Ibagué dio contestación a las siguientes acciones de tutela: (T-3091947), (T-3089989), (T-3090040), (T-3091945), (T-3091946). Para ello, manifestó que si lo que pretenden los accionantes es la restitución de los inmuebles ocupados de forma temeraria, clandestina y violenta por terceras personas, la entidad no puede entregar algo que le fue arrebatado. En consecuencia, señala que los actores cuentan con otros mecanismos judiciales para la protección de sus derechos. De igual forma, indica que los accionantes no demostraron vulneración al derecho a la vida, vivienda digna, igualdad y debido proceso. Considera la entidad accionada que en ningún momento ha querido transgredir los derechos de los actores, ya que existe una situación ajena a su voluntad que le corresponde solucionar a las autoridades policivas. Además de los anteriores argumentos, aportó una serie de documentos en los que solicita al Alcalde Municipal, al Secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana de Ibagué, al igual que al Departamento de Policía del Tolima, tomar las medidas necesarias para desalojar las personas que ocuparon las viviendas de la Urbanización Nueva Castilla. Asimismo, requirió elaborar un plan de contingencia para prevenir futuras invasiones, con la asistencia permanente e indefinida de los miembros de la Policía Nacional.
De igual forma, anexó escrito del 3 de febrero de 2011 en el cual la Gestora Urbana pone en conocimiento a la Alcaldía Municipal de Ibagué, de cómo los invasores se encontraban construyendo dentro de los predios pertenecientes a la entidad que aún no han sido entregados a sus beneficiarios. Asimismo, aportó copia del 10 de febrero de 2011 en el que se informa a la Gestora Urbana de Ibagué por parte de la Unión Temporal VIS, sobre la suspensión de las obras de la Urbanización Nueva Castilla debido a que la comunidad invasora ha obstaculizado el curso normal de las actividades, al apagar las maquinas mezcladoras, paralizar el descargue de materiales de construcción y derribar algunos muros que se habían levantado. En igual sentido, constan unos escritos en los que se establece cómo el 22 de enero de 2011, cerca de 400 viviendas de la Urbanización Nueva Castilla de la ciudad de Ibagué, fueron ocupadas por personas que no acreditaron ningún título como propietarios. En dicho sitio se hicieron presentes funcionarios de la Administración Municipal, Policía de Infancia y Adolescencia, Policía Nacional, SMAD y miembros de la Gestora Urbana, en donde se intentó persuadir a los ocupantes de hecho para que cesaran en su intención, sin embargo, la respuesta fue utilizar niños, niñas, adolescentes, mujeres y ancianos como escudos humanos para evitar el accionar de la fuerza pública, impidiendo realizar el desalojo de dichas personas. Por último, refiere que acudió a la jurisdicción ordinaria para dirimir el conflicto de ocupación ilegal de los inmuebles de la Urbanización Nueva
Castilla y a la Fiscalía General de la Nación para denunciar penalmente a invasores por el presunto delito de invasión de tierras y edificaciones. 10 1.2.2. Alcaldía Municipal de Ibagué Mediante escritos del 8 y 15 de abril de 2011 la Alcaldía Municipal de Ibagué dio contestación a las siguientes acciones de tutela: (T-3091946), (T3089989), (T-3090040), (T-3091945), (T-3091947) (T-3090023). Manifiesta que las tutelas resultan improcedentes, ya que existen otros medios idóneos para lograr sus pretensiones. Asimismo, sostiene que la Gestora Urbana de Ibagué es quien está desarrollando el proyecto “Nueva Castilla” y a quién le corresponde la custodia de los inmuebles hasta que se haga la entrega efectiva de los mismos, por lo que se atiene a lo que indique esa entidad. 1.3. Decisión judicial objeto de revisión Mediante sentencias del 2 de mayo de 2011, el Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué, decidió dentro de los expedientes T-3089989 y T3090040, no amparar los derechos fundamentales invocados por los accionantes, al considerar que éstos pueden acudir a otros mecanismos de defensa judicial para la protección de sus derechos, como la jurisdicción contenciosa administrativa, ordinaria civil o policiva. Ahora bien, en sentencias del 26, 27, 28 y 29 de abril de 2011 referidas a los expedientes T-3091946, T-3091945, T-3091947, y T-3090040, respectivamente, el mismo Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué,
decidió no amparar los derechos fundamentales de los accionantes, al considerar que cuentan con otros mecanismos de defensa judicial. 1.4. Las pruebas allegadas a los procesos 1.4.1. Expediente T-3089989 El señor Jorge Eliécer Méndez Jiménez allegó al proceso las siguientes pruebas: - Copia del acta de adjudicación del lote 8 de la manzana 5 de la súper manzana 12 de fecha 2 de octubre de 2007 (folio 4, cuaderno 1). - Copia de la notificación de la selección de subsidio de calamidad pública, afectados por desastres naturales (folio 6, cuaderno 1). - Copia de la tarjeta de identidad de Anderson Méndez Hernández (folio 7, cuaderno 1). - Copia de la tarjeta de identidad de Chaira Méndez Hernández (folio 8, cuaderno 1). - Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del accionante (folio 9, cuaderno 1). 1.4.2. Expediente T-3090023 11 La señora Concepción Rua Ruiz allegó al proceso las siguientes pruebas: - Fotocopia de la cédula de ciudadanía de la actora (folio 4, cuaderno 1). - Copia del registro civil de nacimiento de Camila Andrea Perdomo Rua (folio 5, cuaderno 1). - Copia del registro civil de nacimiento de Tania Carolina Perdomo Rua (folio 6, cuaderno 1). - Copia del Certificado de Tradición del inmueble ubicado en el lote 6 de la manzana 6 súper manzana 7 de la urbanización Nueva castilla de la
ciudad de Ibagué, expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué (folios 7-8, cuaderno 1). - Escrito del 9 de mayo de 2007, en donde manifiesta la actora que es madre cabeza de familia por reunir los requisitos del artículo 2 de la ley 82 de 1993 (folio 9, cuaderno 1). - Copia del carnet del SISBEN de la accionante (folio 10, cuaderno 1). - Copia de la notificación de la selección del subsidio familiar de vivienda (folio 11, cuaderno 1). - Copia del cierre financiero (folio 13, cuaderno 1) - Copia del certificado de cuenta de ahorro programado y capacidad de endeudamiento del Banco Colmena (folio 14, cuaderno1). - Copia del acta de adjudicación del lote 6 de la manzana 6 súper manzana 7 de fecha 3 de abril de 2009 (folio 16, cuaderno 1). 1.4.3. Expediente T-3090040 La señora Concepción Susana Poloche de Palma allegó al proceso las siguientes pruebas: - Fotocopia de la cédula de ciudadanía de la actora (folio 4, cuaderno 1). - Fotocopia de la contraseña de cédula de ciudadanía de Jhon Jairo Palma Poloche (folio 5, cuaderno 1). - Fotocopia de la cédula de ciudadanía de Luis Carlos Palma Poloche (folio 6, cuaderno 1). - Copia del Registro civil de nacimiento de Waimer Arley Palma Poloche (folio 7, cuaderno 1). - Copia del contrato de promesa de compraventa de vivienda urbana
sometida a régimen de propiedad horizontal – vivienda de interés social – proyecto Nueva Castilla (folios 8-12, cuaderno 1). - Copia de la notificación de la selección del subsidio familiar de vivienda (folio 13, cuaderno 1). - Copia del acta de adjudicación del lote 9 de la manzana 4 súper manzana 8 de fecha 3 de abril de 2009 (folio 17, cuaderno 1). - Copia del certificado de cuenta de ahorro programado y capacidad de endeudamiento del Banco Colmena (folio 14, cuaderno1). 12 - Copia del Certificado de Tradición del inmueble ubicado en el lote 9 de la manzana 4 súper manzana 8 de la urbanización Nueva castilla de la ciudad de Ibagué, expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué (folio 18, cuaderno 1). 1.4.4. Expediente T-3091945 La señora Concepción Martha Liliana Guzmán Naranjo allegó al proceso las siguientes pruebas: - Copia del Certificado de Tradición del inmueble ubicado en el lote 13 de la manzana 4 súper manzana 1 de la urbanización Nueva castilla de la ciudad de Ibagué, expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué (folio 4, cuaderno 1). - Copia de la Resolución 1021 del 24 de mayo de 2010. Por medio del cual se adjudica un inmueble “lote de terrero y vivienda de interés social” en la urbanización Nueva Castilla. (Folios 5-7, cuaderno 1).
- Copia de la autorización de desmovilización del ahorro programado y giro al encargado fiduciario constituido por el oferente Gestora Urbana de Ibagué (folio 10, cuaderno 1). - Copia del acta de adjudicación del lote 13 de la manzana 4 súper manzana 1 de fecha 30 de abril de 2009 (folio 17, cuaderno 1). - Copia de la notificación de la selección del subsidio familiar de vivienda (folio 12, cuaderno 1). - Copia del certificado de la cuenta bancaria de la actora (folio 14, cuaderno 1). - Copia del acta de declaración extraproceso, en donde se establece que es madre cabeza de familia (folio 16, cuaderno 1). - Fotocopia de la cédula de ciudadanía de la accionante (folio 17, cuaderno 2). - Copia del Registro civil de nacimiento de Brayan Stiven Gutiérrez Guzmán (folio 18, cuaderno 1).
1.4.5. Expediente T-3091946 La señora Concepción Bárbara Núñez allegó al proceso las siguientes pruebas: - Copia del acta de adjudicación del lote 12 de la manzana 3 súper manzana 8 de fecha 3 de abril de 2009 (folio 5, cuaderno 1). - Copia del certificado de la cuenta bancaria de la actora (folio 6, cuaderno 1). - Copia de la notificación de la selección del subsidio familiar de vivienda (folio 8, cuaderno 1). - Fotocopia de la cédula de ciudadanía de la accionante (folio 9, cuaderno
1). 13 - Copia del contrato de promesa de compraventa de vivienda urbana sometida a régimen de propiedad horizontal – vivienda de interés social – proyecto Nueva Castilla (folios 10-14, cuaderno 1). - Copia del Registro civil de nacimiento de Geraldine Rojas Núñez (folio 15, cuaderno 1). - Copia de la declaración extrajuicio, en la que se establece que la accionante es madre cabeza de familia (folio 16, cuaderno 1). - Copia del Certificado de Tradición del inmueble ubicado en el lote 12 de la manzana 3 súper manzana 8 de la urbanización Nueva Castilla de la ciudad de Ibagué, expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué (folio 17, cuaderno 1). - Copia de la cédula de ciudadanía de la actora (folio 18, cuaderno 1). 1.4.6. Expediente T-3091947 La señora Concepción Carolina Yusunguaira Salas allegó al proceso las siguientes pruebas: - Copia de la Resolución 988 del 24 de mayo de 2010. Por medio del cual se adjudica un inmueble “lote de terrero y vivienda de interés social” en la urbanización Nueva Castilla. (Folios 4-6, cuaderno 1). - Copia de la cedula de ciudadanía de la actora (folio 7, cuaderno 1). - Copia de la tarjeta de identidad de Andrés Felipe Escobar Yusunguaira (folio 8, cuaderno 1). - Copia del Registro Civil de Nacimiento de Oscar Julio Escobar Yusunguaira (folio 9, cuaderno 1). - Copia del acta de adjudicación del lote 9 de la manzana 2 súper
manzana 1 de fecha 3 de abril de 2009 (folio 10, cuaderno 1). - Copia de la autorización de desmovilización del ahorro programado y giro al encargado fiduciario constituido por el oferente Gestora Urbana de Ibagué (folio 13, cuaderno 1). - Copia del certificado de la cuenta bancaria de la actora (folio 14, cuaderno 1). - Copia del contrato de promesa de compraventa de vivienda urbana sometida a régimen de propiedad horizontal – vivienda de interés social – proyecto Nueva Castilla (folios 15-19, cuaderno 1).
2. ANTECEDENTES DE LOS EXPEDIENTES T3178587, T3179024, T3179794, T-3179929, T-3177372, T3176968, T-3176526, y T-3372547. 2.1 De los hechos de las demandas María Elcy Mosquera Díaz (T-3178587), Bellanid Murcia Ruiz (T-3179024), Alba Inés Hernández Camacho (T-3179794), José René Garzón Retavizca (T3179929), José Noel Ochoa Amado (T-3177372), Marcia Judith Hernández
14 Amado (T-3176968), Luis Enrique Riaño Mayorga (T-3176526) y José Justiniano Cubillos Fino (T-3372547); interpusieron acción de tutela (ver tabla) contra la Gestora Urbana y la Alcaldía Municipal de Ibagué, por la supuesta vulneración de los derechos fundamentales a la vida, a la vivienda digna, a la familia, al debido proceso y a la igualdad, atendiendo los siguientes hechos:
Expediente Fallos de Tutela Primera instancia: Sentencia del Juzgado Doce Penal Municipal de Ibagué del 8 de junio de 2011. T-3178587
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Ibagué del 25 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Segundo Civil Municipal de Ibagué del 17 de junio de 2011.
T-3179024
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Sexto civil del circuito de Ibagué del 25 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 30 de mayo de 2011.
T-3179794
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal Municipal de Ibagué del 21 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Séptimo Civil Municipal de Ibagué del 7 de junio de 2011.
T-3176526
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué del 18 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del T-3176927 Juzgado Cuarto Penal Municipal de Ibagué del 8 de junio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Once Penal Municipal de T-3176968 Ibagué del 20 de junio de 2011.
Segunda instancia: No hubo impugnación.
T-3177372 Primera instancia: Sentencia del Juzgado Décimo Penal del Circuito de Ibagué del 16 de mayo de 2011.
Segunda instancia: Sentencia del
Juzgado Décimo Penal Municipal 15 de Ibagué del 8 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Tercero Civil Municipal de Ibagué del 10 de noviembre de
2011. T-3372547
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué, del 12 de diciembre de
2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Trece Penal Municipal de Ibagué del 9 de junio de 2011
T-3179929
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué del 18 de julio de 2011.
Primera instancia: Sentencia del Juzgado Séptimo Penal Municipal de Ibagué del 5 de diciembre de
T-3389009 2011.
Segunda instancia: Sentencia del Juzgado Cuarto Penal del Circuito del 1º de febrero de 2012. 2.1.1 Indican los accionantes que entre los años 2006 y 2007 se inscribieron para acceder a uno de los proyectos de vivienda desarrollados en el Municipio de Ibagué, en el cual actuó como promotor y oferente la Gestora Urbana de Ibagué. 2.1.2 A través de resoluciones del Fondo Nacional de Vivienda, los actores fueron preseleccionados para el subsidio familiar de vivienda. 2.1.3. Una vez cristalizado el proyecto de vivienda, mediante sorteo de balotas, la Alcaldía Municipal y la Gestora Urbana de Ibagué adjudicaron viviendas en la Urbanización “Nueva Castilla” de la siguiente forma:
Vivienda Expediente Accionante Fecha del sorteo adjudicada Súper manzana María Elcy T3178587 abril 03 de 2009 8, manzana 4,
Mosquera Díaz casa 14 Súper manzana Bellaníd Murcia T3179024 Abril 03 de 2009 8, manzana 1, Ruiz lote 6 Alba Inés Súper manzana T-3179794 Hernández Abril 03 de 2009 2, manzana 1, Camacho casa 11 16 José René Súper manzana T-3179929 Garzón Abril 03 de 2009 7, manzana 7, Retavizca casa 12 Súper manzana Luis Enrique T-3176526 14, manzana 7, Riaño Mayorga casa 5 Marcia Judith Súper manzana T-3176968 Hernánde
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