CCE - Acuerdo 05 de 2013
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE - Acuerdo 05 de 2013
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
WA. Colombia Compra Eficiente
ACUERDO NÚMERO 05 DE 2013
Por el cual se aprueba el Programa Anual Mensualizado de Caja —PACde la Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente-, Vigencia Fiscal 2013 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PUBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEEn uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 74 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996 y los artículos 24 del Decreto 568 de 1996, 26 del Decreto 4730 de 2005 y 9 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 73 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996, el Programa Anual Mensualizado de Caja -PACes el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de pagos de los establecimientos públicos del orden nacional en lo que se refiere a sus propios ingresos, con el fin de cumplir sus compromisos. Que de conformidad con el artículo 74 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996 y los artículos 24 del Decreto 568 de 1996 y 26 del Decreto 4730 de 2005, el Programa Anual de Mensualizado Caja-PAC y sus modificaciones, financiado con ingresos propios de los establecimientos públicos, será aprobado por las juntas o consejos directivos con fundamento en las metas globales de pagos fijadas por el Consejo Superior de Política FiscalCONFIS.
de los establecimientos públicos, será aprobado por las juntas o consejos directivos con fundamento en las metas globales de pagos fijadas por el Consejo Superior de Política FiscalCONFIS. Que mediante Ley 1593 de 2012, se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1? de enero al 31 de diciembre de 2013 y se apropiaron ingresos corrientes para la Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Contratación Pública - COLOMBIA COMPRA EFICIENTE -, por valor de $15.500.000.000 Que en la Sección Presupuestal 0303 - Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Contratación Pública - COLOMBIA COMPRA EFICIENTE -, según anexo de detalle del gasto del Decreto 2715 de 2012 “por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos,” se señalan recursos por valor de $15.500.000.000 para gastos de inversión, con fuente de financiación 20Recursos Propios. Que mediante comunicación radicada con el No. 2-2013-000129 del 2 de enero de 2013, el Secretario Ejecutivo del CONFIS informó que en desarrollo de lo establecido en el artículo 74 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, el CONFIS en sesión del 28 de diciembre de 2012, aprobó la meta global de pagos con recursos propios hasta por los montos de las apropiaciones incorporadas en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2013 y solicitó a este Consejo Directivo , asignar el PAC correspondiente con base en la meta global aprobada por el 1 ler An ¿ PROSPERIDAD
incorporadas en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2013 y solicitó a este Consejo Directivo , asignar el PAC correspondiente con base en la meta global aprobada por el 1 ler An ¿ PROSPERIDAD
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ACUERDO NÚMERO 05 DE 2013
CONFIS e informar a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional como Secretaría Ejecutiva del CONFIS. Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 82 de la Ley 489 de 1998, la Unidad Administrativa Especial - Agencia Nacional de Contratación Pública “Colombia Compra Eficientees una entidad descentralizada, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonial, la cual está sujeta al régimen jurídico contenido en la ley que la crea y en lo no previsto por ella, al de los Establecimientos Públicos. Que en el marco de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial - Agencia Nacional de Contratación Pública —-Colombia Compra Eficiente— requiere delegar en la Directora General de dicha Unidad, la función de aprobar las modificaciones a la distribución del Programa Anual Mensualizado de Caja — PAC, objeto del presente acuerdo. Que con fundamento en lo anteriormente expuesto, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial - Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente, ACUERDA: Artículo 1. Aprobar el Programa Anual Mensualizado de Caja -PAC-, financiado con recursos
Administrativa Especial - Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente, ACUERDA: Artículo 1. Aprobar el Programa Anual Mensualizado de Caja -PAC-, financiado con recursos propios del presupuesto de gastos de inversión de la Sección Presupuestal 0303 Unidad Administrativa Especial Agencia Nacional de Contratación Pública - COLOMBIA COMPRA EFICIENTE - para la vigencia fiscal 2013, por un valor de QUINCE MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($15.500.000.000), asl:, Mes Valor Participación Marzo 15.000.000 0,1% Abril 585.000.000 3,8% Mayo 500.000.000 3,9% Junio 800.000.000 5,2% Julio 900.000.000 5,8% Agosto 1.000.000.000 6,5% Septiembre 1.000.000.000 6,5% Octubre 1.000.000.000 6,5% Noviembre 1.000.000.000 6,5% Diciembre 8.600.000.000 55,5% Total 15.500.000.000 100%
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Artículo 2. Delegar en la Directora General de la Unidad Administrativa Especial — Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientela aprobación de las modificaciones
ACUERDO NÚMERO 05 DE 2013
Artículo 2. Delegar en la Directora General de la Unidad Administrativa Especial — Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientela aprobación de las modificaciones necesarias a la distribución del Programa Anual Mensualizado de Caja —- PAC aprobado en el artículo 1 del presente Acuerdo, las cuales deben ser informadas y sustentadas a los miembros del Consejo Directivo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al momento de la modificación. Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de marzo de 2013.
EL PRESIDENTE EL SECRETARIO M AMAN) dl MBIZA MAURICIO SANTA MARIA SALAMANCA MAR ARGARITA Z ale GONZÁLEZ
Director General Directora'General Departamento Ases PICA Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente
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