🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CCE - Concepto 1060 de 2025

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CCE - Concepto 1060 de 2025
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

FORMATO PQRSD DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación PúblicaColombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo. DOCUMENTOS TIPO – Inalterabilidad En virtud de la regla de inalterabilidad, los documentos tipo solo pueden ser modificados en los aspectos en que estos lo permitan. Esto corresponde a aquellos aspectos que se encuentran entre corchetes y resaltados en gris –[texto]–, para lo cual deberán observarse las instrucciones contenidas en los mismos para su diligenciamiento. Por lo tanto, una entidad solo podrá modificar aspectos de los documentos tipo cuando así esté permitido, en los términos expuestos. Lo anterior implica que, en los apartes en que los documentos tipo no lo permitan, la entidad deberá integrar el contenido de estos a su proceso de contratación sin ningún tipo de alteración. DOCUMENTOS TIPO − Matriz 1 – Experiencia − Aplicación (…) uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz 1 –

Experiencia” –en adelante Matriz 1–. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo 3 – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia. De esta manera, para saber a qué actividades se deben aplicar los documentos tipo expedidos por esta Agencia, la entidad debe verificar los que se hayan expedido para la modalidad de selección en la que debe celebrarse el proceso, subsumiendo el objeto a contratar en los tipos de proyectos de infraestructura a contratarse. De esta manera, si el objeto contractual a ejecutar se encuadra materialmente dentro de alguno de los tipos actividades concretas señaladas en cada una de las matrices de experiencia, se tendrán que aplicar los documentos tipo, mientras que en el caso contrario no será forzosa su aplicación. En este sentido, en los documentos base de los documentos tipo, se indica que la entidad establecerá las condiciones de experiencia, tanto general como específica en las actividades que van a contratar. En este contexto, la entidad no podrá Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 1 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD

incluir condiciones distintas a las previstas en la matriz de experiencia y, por tanto, deberá transcribir textualmente lo indicado en ésta. MATRIZ 1 – EXPERIENCIA – Aplicación – Tipos de obra – Infraestructura de transporte La Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de obra pública de infraestructura de transporte, está constituida por nueve (9) tipos de obras de infraestructura de transporte, identificadas con un número y su descripción, los cuales son: 1) obras en vías primarias o secundarias, 2) obras en vías terciarias, 3) obras marítimas y fluviales, 4) obras en vías primarias o secundarias o terciarias o urbanas para atención, prevención o mitigación de emergencias diferentes a contratación directa, 5) obras férreas, 6) obras de infraestructura vial urbana, 7) obras en puentes, 8) obras aeroportuarias y 9) Obras en túneles. Estas determinan el marco para la aplicación de los documentos tipo de infraestructura de transporte, dado que comprenden todas aquellas actividades que constituyen obra pública de infraestructura de transporte y que han sido objeto de estandarización mediante las resoluciones señaladas que adoptan documentos tipo para este sector, en las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía.

MATRIZ 1 – EXPERIENCIA – Actividad 1.4 – Categorización de vías (…) la actividad “1.14” de la Matriz 1, que dispone lo siguiente:

“1.14 PROYECTOS DE CONSULTORÍA PARA CARACTERIZACION DE

VIAS DE PRIMARIAS O VIAS SECUNDARIAS O VIAS TERCIARIAS O VIAS URBANAS” Para la actividad, la matriz establece la siguiente experiencia general y específica:

Experiencia General: “PROYECTOS DE CONSULTORÍA PARA

CARACTERIZACION DE VIAS DE PRIMARIAS O VIAS SECUNDARIAS O VIAS

TERCIARIAS O VIAS URBANA” Experiencia Específica: Opción 1: “El contrato aportado con el cual soporta o acredita la experiencia específica deberá contar con un valor igual o superior al 50% del presupuesto de esta actividad en el proceso de selección.” Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 2 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD Opción 2: “El contrato aportado con el cual soporta o acredita la experiencia específica deberá contar con un valor igual o superior al 40% del presupuesto de esta actividad en el proceso de selección.”

Bogotá D.C., 10 de septiembre de 2025 Señora Judith Andrea Chávez Cárdenas Zipaquirá, Cundinamarca Concepto C-1060 de 2025

del presupuesto de esta actividad en el proceso de selección.” Bogotá D.C., 10 de septiembre de 2025 Señora Judith Andrea Chávez Cárdenas Zipaquirá, Cundinamarca Concepto C-1060 de 2025

Temas: DOCUMENTO TIPO – Fundamento normativo / DOCUMENTOS TIPO – Obligatoriedad / DOCUMENTOS TIPO − Matriz 1 – Experiencia – Aplicación / MATRIZ 1 – EXPERIENCIA – Actividad 1.4 – Categorización de vías Radicación: Respuesta a consulta con radicado No.

1_2025_07_31_007949

Estimada señora Chávez Cárdenas: En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1707 de 2018 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta de fecha de 31 de julio de 2025, en la cual manifiesta lo siguiente: “(…) el Municipio tiene previsto adelantar un proceso contractual cuyo

objeto es:

“CONSULTORÍA ADMINISTRATIVA, TÉCNICA Y JURÍDICA PARA

ELABORAR CATEGORIZACIÓN DE LAS VÍAS TERCIARIAS CONFORME

A LA NORMATIVIDAD VIGENTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE

PARA EL MUNICIPIO DE SESQUILE – CUNDINAMARCA”.

Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 3 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia

PARA EL MUNICIPIO DE SESQUILE – CUNDINAMARCA”.

Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 3 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD En virtud del uso de pliegos tipo para consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte, consultamos el Documento Tipo Versión 2, específicamente la “Matriz 1 – Experiencia”, en la cual se establece como experiencia habilitante el numeral 2.12: “Proyectos de consultoría para caracterización de vías primarias, secundarios, terciarias o urbanas”.

En la consulta observamos que, lo más cercano que existe es el de proyectos de consultoría para CARACTERIZACIÓN, proyectos que están enlazados a la Resolución 20243040058145 de 2024 del Ministerio de Transporte, mientas los proyectos de consultoría para CATEGORIZACIÓN que están enlazados por la Resolución 411 de 2020 y 20243040063325 de 2024 no se encuentra en la “Matriz 1 – Experiencia” De acuerdo con la situación, hago consulta a la Agencia resaltando que, el municipio tiene por objeto la caracterización física de vías (producto que ya nos fue aprobado y posteriormente reportado al SINC por parte del Ministerio de Transporte), sino su categorización funcional de acuerdo con la normativa y metodología vigente del Ministerio de Transporte, lo cual constituye un producto técnico

(producto que ya nos fue aprobado y posteriormente reportado al SINC por parte del Ministerio de Transporte), sino su categorización funcional de acuerdo con la normativa y metodología vigente del Ministerio de Transporte, lo cual constituye un producto técnico distinto tanto en enfoque como en alcance al de caracterización. Dado que la experiencia enlistada en los documentos tipo no contempla de manera específica la experiencia en procesos de categorización de vías, y en atención al principio de responsabilidad de la entidad estatal y la necesidad de garantizar que el consultor seleccionado cuente con conocimientos suficientes para reportar correctamente al SINC y evitar reprocesos costosos que afectarían el presupuesto municipal, solicitamos muy respetuosamente a esa Agencia se sirva indicar: 1. ¿Es posible estructurar los pliegos en modalidad de Concurso de Méritos Abiertos solicitando una experiencia a la categorización de vías, dado que la naturaleza del objeto y producto de la consultoría no se alinea con la experiencia aplicable en la Matriz 1 – Experiencia “Documentos tipo de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte” V2 de los pliegos tipo vigentes?”. De manera preliminar, resulta necesario resaltar que esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 4 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia

legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 4 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compra pública. La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales.

Conforme lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida competencia consultiva, esto es, haciendo abstracción de las circunstancias particulares y concretas mencionadas en su petición, pero señalando algunas consideraciones sobre las normas generales relacionadas con los problemas jurídicos de su consulta.

1. Problema planteado: De acuerdo con el contenido de su solicitud, esta Agencia resolverá el siguiente problema jurídico: ¿Son aplicables los documentos tipo de consultoría de

estudios de ingeniería de infraestructura de transporte, para contratar una categorización de vías terciarias?

2. Respuestas: Sobre si la experiencia requerida en la Matriz 1 de los documentos tipo de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte – versión 2, se alinea con el objeto del proceso de selección que se relaciona

con: “ CONSULTORIA ADMINISTRATIVA, TECNICA Y JURÍDICA PARA

ELABORAR LA CATEGORIZACION DE LAS VIAS TERCIARIAS CONFORME A LA NORMATIVIDAD VIGENTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE PARA MUNICIPIO DE SESQUILE – CUNDINAMARCA”. Sobre el particular le indicamos que el objeto señalado, está relacionado con la actividad “1.14” de la Matriz 1, que dispone lo siguiente:

“1.14 PROYECTOS DE CONSULTORÍA PARA CARACTERIZACION DE

VIAS DE PRIMARIAS O VIAS SECUNDARIAS O VIAS TERCIARIAS O

VIAS URBANAS” Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 5 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD Para la actividad, la matriz establece la siguiente experiencia general y

específica:

Experiencia General: “PROYECTOS DE CONSULTORÍA PARA

CARACTERIZACION DE VIAS DE PRIMARIAS O VIAS SECUNDARIAS O

VIAS TERCIARIAS O VIAS URBANA”

Experiencia Específica:

específica:

Experiencia General: “PROYECTOS DE CONSULTORÍA PARA

CARACTERIZACION DE VIAS DE PRIMARIAS O VIAS SECUNDARIAS O

VIAS TERCIARIAS O VIAS URBANA” Experiencia Específica: Opción 1: “El contrato aportado con el cual soporta o acredita la experiencia específica deberá contar con un valor igual o superior al 50% del presupuesto de esta actividad en el proceso de selección.” Opción 2: “El contrato aportado con el cual soporta o acredita la experiencia específica deberá contar con un valor igual o superior al 40% del presupuesto de esta actividad en el proceso de selección.” Teniendo en cuenta el alcance de su solicitud, debe indicarse que la caracterización de una vía corresponde al proceso de recopilación, análisis, descripción y documentación de información física, funcional, social, ambiental y demográfica de la población afectada. Este proceso incluye la localización y geometría de la vía —como las secciones transversales, radios de curva y pendientes—, así como las condiciones del terreno en términos de geotecnia e hidrología. También se considera la descripción del pavimento, el tráfico demandado o requerido, la señalización vial, la iluminación, las obras de drenaje, las estructuras asociadas y las condiciones del entorno, incluyendo el uso del suelo, los accesos y las condiciones de seguridad vial, entre otros aspectos necesarios para comprender adecuadamente el estado y características de la vía objeto de caracterización. Por otro lado, la categorización corresponde a la clasificación jerárquica o funcional que se asigna a una vía con base en criterios técnicos

entre otros aspectos necesarios para comprender adecuadamente el estado y características de la vía objeto de caracterización. Por otro lado, la categorización corresponde a la clasificación jerárquica o funcional que se asigna a una vía con base en criterios técnicos y normativos. El Ministerio de Transporte las clasifica como vías primarias, secundarias, terciarias o urbanas, y, en cuanto a su función, como troncales, arterias, colectoras o locales. En este aspecto, el artículo 1 de la Ley 1228 1 del 16 de julio de 2008 establece: “Para efectos de la aplicación de la presente ley las vías que 1 “Por la cual se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para las carreteras del sistema vial nacional, se crea el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras y se dictan otras disposiciones”. Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 6 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional se denominan arteriales o de primer orden, intermuncipales o de segundo orden y veredales o de tercer orden. Estas categorías podrán corresponder a carreteras a cargo de la Nación, los departamentos, los distritos especiales y los municipios. El Ministerio de Transporte será la autoridad que mediante criterios técnicos, determine a qué categoría pertenecen”.

departamentos, los distritos especiales y los municipios. El Ministerio de Transporte será la autoridad que mediante criterios técnicos, determine a qué categoría pertenecen”.

A su vez, el artículo 10 de la mencionada Ley determina, lo siguiente: “(…) Créase el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras (SINC), como un sistema público de información único nacional conformado por toda la información correspondiente a las carreteras a cargo de la nación, de los departamentos, los municipios y los distritos especiales y que conformarán el inventario nacional de carreteras. En este sistema se registran cada una de las carreteras existentes identificadas por su categoría, ubicación, especificaciones, extensión, puentes, poblaciones que sirven, estado de las mismas, proyectos nuevos, intervenciones futuras y demás información que determine la entidad administradora del sistema.” Por otro lado, la Resolución 411 de 20202 expedida por el Ministerio de Transporte, en el artículo 1 define los criterios técnicos para la categorización de vías en Colombia: “(…) Criterios de categorización. Adóptese los siguientes criterios técnicos para categorizar las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional denominadas arteriales o de primer orden, intermunicipales o de segundo orden y veredales o de tercer orden: a) Funcionalidad de la vía b) Transito Promedio Diario TPD c) Diseño y/o características geométricas de la vía d) Población”. Conforme con la normativa señalada, puede indicarse que, en un

a) Funcionalidad de la vía b) Transito Promedio Diario TPD c) Diseño y/o características geométricas de la vía d) Población”. Conforme con la normativa señalada, puede indicarse que, en un proceso de caracterización vial, la categorización es uno de los resultados obtenidos. Como primer paso, se recopila la información técnica y contextual 2 Por la cual se establecen los criterios técnicos para la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vías Nacional y se dictan otras disposiciones” Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 7 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD de la vía, y con base en ella se determina la categoría que le corresponde.

En este sentido, respecto a su inquietud sobre si la experiencia requerida en la matriz se alinea con el objeto del proceso de selección mencionado en su solicitud, esta podría —eventualmente— estar relacionada con la actividad previamente indicada (1.14). Sin embargo, corresponde a la Entidad verificar que este se haga de acuerdo con los estudios previos que hacen parte del proceso de selección y en el marco de la normatividad vigente señalada en su comunicación. Finalmente, debe advertirse que es la entidad contratante, al momento de adelantar sus actividades de planeación de cada proceso contractual, quien debe determinar si de acuerdo con las particularidades del

vigente señalada en su comunicación. Finalmente, debe advertirse que es la entidad contratante, al momento de adelantar sus actividades de planeación de cada proceso contractual, quien debe determinar si de acuerdo con las particularidades del contrato a ejecutar, este encaja o no dentro de alguna de las actividades de la Matriz 1 de cada documento tipo, y si en consecuencia deben aplicarse o no determinados documentos tipo, conforme a los parámetros indicados en este concepto. Lo anterior sin que pueda apartarse de su aplicación cuando materialmente el objeto a contratar corresponde con alguna actividad contemplada en dicha matriz.

3. Razones de la respuesta: Lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones: Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los documentos tipo.

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió documentos tipo para los sectores de infraestructura de transporte, agua potable y saneamiento básico y social. Asimismo, esta Agencia adoptó los documentos tipo de gestión catastral con enfoque multipropósito y para la Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 8 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 8 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal3.

En el sector de infraestructura de transporte, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió documentos tipo 4 para contratar obras públicas en ese sector, bajo las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía. Así mismo, esta Agencia adoptó documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría y la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte5. En relación con su solicitud, le indicamos que mediante la Resolución 726 del 19 de diciembre de 2024, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió la versión 2 de los documentos tipo para los procesos de selección que se adelanten mediante concurso de méritos abierto, 3 Estos Documentos Tipo pueden ser consultados en la página web de Colombia Compra Eficiente, a través del siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo 4 Estos Documentos Tipo pueden ser consultados en la página web de Colombia Compra Eficiente, a través del siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo 5 Resolución 725 del 19 de diciembre de 2024: “Por la cual se adopta la versión 3 de los

Eficiente, a través del siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo 5 Resolución 725 del 19 de diciembre de 2024: “Por la cual se adopta la versión 3 de los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 326 de 2022”. Resolución 726 del 19 de diciembre de 2024: “Por la cual se adopta la versión 2 de los documentos tipo para los procesos de selección de concurso de méritos para contratar la consultoría de ingeniería de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 193 de 2021”. Resolución 456 del 10 de septiembre de 2024: “Por la cual se adopta la versión 4 de los documentos tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 240 de 2020”. Resolución 463 del 10 de septiembre de 2024: “Por la cual se adopta la versión 3 de los documentos tipo para los procesos de selección abreviada de menor cuantía de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 241 de 2020”. Resolución 464 del 10 de septiembre de 2024: “Por la cual se actualizan los documentos tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte adelantados bajo la modalidad de mínima cuantía”. Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 9 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

modalidad de mínima cuantía”. Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 9 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD destinados a la contratación de consultoría para estudios de ingeniería de infraestructura de transporte. A su vez, se derogó la versión 1 de dichos documentos, adoptada mediante la Resolución 193 de 2021.

Es importante resaltar que, en virtud de la regla de inalterabilidad, los documentos tipo solo pueden ser modificados en los aspectos en que estos lo permitan. Esto corresponde a aquellos aspectos que se encuentran entre corchetes y resaltados en gris –[texto]–, para lo cual deberán observarse las instrucciones contenidas en los mismos para su diligenciamiento. Por lo tanto, una entidad solo podrá modificar aspectos de los documentos tipo cuando así esté permitido, en los términos expuestos. Lo anterior implica que, en los apartes en que los documentos tipo no lo permitan, la entidad deberá integrar el contenido de estos a su proceso de contratación sin ningún tipo de alteración. Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe

en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo. Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz 1 – Experiencia” –en adelante Matriz 1–. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo 3 – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia. La Matriz 1, cumple una doble función: Por un lado, sirve para estandarizar las condiciones de experiencia, conforme al parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. De otro lado, dicha matriz permite determinar el ámbito de aplicación de los documentos tipo respecto de objetos Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 10 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 10 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023FORMATO PQRSD contractuales asociados, ya que son las actividades descritas en esta las que, obligatoriamente, deben contratarse aplicando documentos tipo.

De esta manera, para saber a qué actividades se deben aplicar los documentos tipo expedidos por esta Agencia, la entidad debe verificar los que se hayan expedido para la modalidad de selección en la que debe celebrarse el proceso, subsumiendo el objeto a contratar en los tipos de proyectos de infraestructura a contratarse. De esta manera, si el objeto contractual a ejecutar se encuadra materialmente dentro de alguno de los tipos de actividades concretas señaladas en cada una de las matrices de experiencia, se tendrán que aplicar los documentos tipo, mientras que en el caso contrario no será forzosa su aplicación. En este sentido, en los documentos base de los documentos tipo, se indica que la entidad establecerá las condiciones de experiencia, tanto general como específica en las actividades que van a contratar. En este contexto, la entidad no podrá incluir condiciones distintas a las previstas en la matriz de experiencia y, por tanto, deberá transcribir textualmente lo indicado en ésta. Así las cosas, en la etapa de planeación, la entidad estatal debe

las previstas en la matriz de experiencia y, por tanto, deberá transcribir textualmente lo indicado en ésta. Así las cosas, en la etapa de planeación, la entidad estatal debe identificar el tipo de obra y las actividades definidas en la “Matriz 1 – Experiencia”, atendiendo al alcance del objeto a contratar. De esta manera, la “experiencia general” y la “experiencia específica” se solicitarán de acuerdo con la actividad a contratar, con la cuantía del procedimiento y teniendo en cuenta las condiciones técnicas requeridas por la entidad, aspecto que deberá acreditarse de acuerdo con las instrucciones establecidas en dicha matriz para cada actividad. La Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte – versión 2, está constituida por nueve (9) tipos de consultorías de infraestructura de transporte, identificadas con un número y su descripción, los cuales son: 1) consultoría a obras en vías primarias o secundarias, 2) consultoría a obras en vías terciarias, 3) consultoría a obras marítimas y fluviales, 4) consultoría a obras en vías primarias o secundarias o terciarias o urbanas para atención, prevención o mitigación de emergencias diferentes a contratación directa, 5) consultor

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...