🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CCE - Concepto 555 de 2024

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CCE - Concepto 555 de 2024
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2024

DOCUMENTOS TIPO – Generalidades Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública – EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo. DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Interventoría – Métodos de ponderación de las ofertas – Alcance Mediante la Resolución 326 de 2022, esta Agencia expidió los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte –Versión 2– y, en consecuencia, derogó la Resolución 256 de 2020, correspondiente a la Versión 1 de los documentos tipo en comento. A continuación, se dará una descripción general de cada uno de los métodos de ponderación definidos en el numeral “4.1 FORMA DE VERIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE POR LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” del Documento Base de la versión actual –Versión 2– de los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obra pública de infraestructura de transporte y un ejemplo práctico de su utilización. […] Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 1 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

su utilización. […] Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 1 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023Bogotá D.C.

Señor William Eduardo Meneses Neiva, Huila Concepto C – 555 de 2024

Temas: DOCUMENTOS TIPO – Generalidades / DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura de transporte – Interventoría – Métodos de ponderación de las ofertas – Alcance Radicación: Respuesta a consulta con radicado No.

P20240904008981

Estimado señor Meneses: En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1707 de 2018 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta de fecha 4 de septiembre de 2024, en la cual manifiesta lo siguiente: “La presente es para solicitar de su colaboración en que se ilustre como se debe correr las fórmulas Mediana con valor absoluto, Media geométrica, Media aritmética alta, en el DOCUMENTO BASE INTERVENTORÍA DE OBRA PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – VERSIÓN 2, y como se debe interpretar cada una de Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 2

Colombia Compra Eficiente

INTERVENTORÍA DE OBRA PÚBLICA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE – VERSIÓN 2, y como se debe interpretar cada una de Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 2 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023las fórmulas mencionadas y si al correr las formulas se deben excluir los oferentes que no tiene la totalidad de los puntos.” De manera preliminar, resulta necesario acotar que esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compras públicas. La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales.

Conforme a lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida

extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales. Conforme a lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida competencia consultiva, esto es, haciendo abstracción de las circunstancias particulares y concretas mencionadas en su petición, pero haciendo unas consideraciones sobre las normas generales relacionadas con el problema jurídico de su consulta.

1. Problema planteado: De acuerdo con el contenido de su solicitud, esta Agencia resolverá el siguiente problema jurídico: ¿cuál es el alcance de los métodos de ponderación de las ofertas establecidos en los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obra públicas de infraestructura de transporte?

2. Respuesta: Mediante la Resolución 326 de 2022, esta Agencia expidió los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte –Versión 2– y, en consecuencia, derogó la Resolución 256 de 2020, correspondiente a la Versión 1 de los documentos tipo en comento.

Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 3 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023El numeral “4.1 FORMA DE VERIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE POR

LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” del Documento Base de la versión

LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” del Documento Base de la versión actual –Versión 2– de los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obra pública de infraestructura de transporte contempla los siguientes métodos de ponderación de las propuestas: i) mediana con valor absoluto; ii) media geométrica, y iii) media aritmética alta. La aplicación de estos métodos se describe en el presente concepto. El método de ponderación se determinará en función de la parte decimal – centavos– de la TRM, conforme a lo establecido en el numeral 4.1 del Documento Base de los documentos tipo de concurso de méritos de interventoría de infraestructura de transporte. Dependiendo del método aleatorio establecido según la TRM, cada uno de los Proponentes habilitados participarán con el valor del promedio de los contratos válidos aportados, que no fueron objeto de subsanación, según la metodología descrita para cada alternativa.

3. Razones de la respuesta: Lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones:  Los Documentos Tipo expedidos por esta Agencia en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los Documentos Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.  Para el sector de infraestructura de transporte, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ha expedido

Tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.  Para el sector de infraestructura de transporte, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ha expedido Documentos Tipo 1 para contratar obras públicas de infraestructura de transporte bajo las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía. Así mismo, esta 1 Estos Documentos Tipo pueden ser consultados en la página web de Colombia Compra Eficiente, a través del siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/documentos-tipo/documentos-tipo Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 4 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023Agencia ha expedido documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría y la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte.  Mediante la Resolución 326 de 2022, esta Agencia expidió los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte –Versión 2– y, en consecuencia, derogó la Resolución 256 de 2020, correspondiente a la Versión 1 de los documentos tipo en comento.  A continuación, se dará una descripción general de cada uno de los métodos de ponderación definidos en el numeral “4.1 FORMA DE

Versión 1 de los documentos tipo en comento.  A continuación, se dará una descripción general de cada uno de los métodos de ponderación definidos en el numeral “4.1 FORMA DE VERIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE POR LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE” del Documento Base de la versión actual –Versión 2– de los documentos tipo de concurso de méritos para contratar la interventoría de obra pública de infraestructura de transporte y un ejemplo práctico de su utilización. En primer lugar, en relación con la mediana con valor absoluto, el Documento Base establece lo siguiente:

A. Mediana con valor absoluto La Entidad calculará el valor de la mediana con el promedio de los SMMLV de los contratos válidos aportados de las propuestas hábiles y que no fueron objeto de subsanación. En esta alternativa se entenderá por mediana de un grupo de valores el resultado del cálculo que se obtiene a través de la aplicación del siguiente proceso: - La Entidad ordena los valores de los contratos válidos aportados de las propuestas hábiles de manera descendente. - Si el número de valores es impar, la mediana corresponde al valor central. - Si el número de valores es par, la mediana corresponde al promedio de los dos valores centrales.

Bajo este método la Entidad asignará el puntaje así:

I. Si el número de valores de las propuestas hábiles es impar, el máximo puntaje será asignado a la propuesta que se encuentre en el valor de la mediana de SMMLV de los contratos válidos de los Proponentes habilitados y que no fueron objeto de subsanación. Para las otras propuestas, se utiliza la siguiente fórmula de asignación de puntaje:

mediana de SMMLV de los contratos válidos de los Proponentes habilitados y que no fueron objeto de subsanación. Para las otras propuestas, se utiliza la siguiente fórmula de asignación de puntaje: Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 5 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023PuntajeAsignar=[{1−| Me−V i Me |}∗Puntaje m á ximo] Donde:  Me: Es la mediana calculada con los promedios de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de los Proponentes habilitados.  Vi: Es el valor del promedio de los contratos válidos aportados en SMMLV de la propuesta “i” y que no fueron objeto de subsanación.

II. Si el número de valores de las propuestas hábiles es par, se asignará el máximo puntaje a la propuesta que se encuentre inmediatamente por debajo de la mediana. Para las otras propuestas, se aplica la siguiente

fórmula: PuntajeAsignar=[{1−| V Me−V i V Me |}∗Puntaje má ximo ] Donde:  VME: Es el valor promedio de los SMMLV de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de la propuesta válida inmediatamente por debajo de la mediana.  Vi: Es el valor del promedio de los contratos válidos aportados en

que no fueron objeto de subsanación de la propuesta válida inmediatamente por debajo de la mediana.  Vi: Es el valor del promedio de los contratos válidos aportados en SMMLV y que no fueron objeto de subsanación de la propuesta “i”.

Nota: Cuando el resultado de la fórmula anterior sea un número negativo, se asignará 0,0 puntos.  Al respecto, se plantea el siguiente ejemplo práctico:

  1. Número de propuestas impar

Proponente A B C D E Promedio de SMMLV que cumplen con la experiencia 15.002 17.800 22.456 18.978 11.978 En el caso hipotético que se cuenten con un total de 5 proponentes habilitados para aplicar la fórmula de la alternativa de evaluación de la mediana con valor absoluto, y cuyos promedios de SMMLV de los contratos válidos aportados sea Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 6 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023el indicado en la tabla anterior, se procederá a dar aplicación a lo indicado en el literal A del numeral 4.1. En esta fórmula, se busca otorgar mayor puntaje a

las propuestas que se encuentren más cercanas a la mediana (al punto medio) de las ofertas hábiles y que no fueron objeto de subsanación. En primera instancia, es necesario identificar las variables que inciden en la aplicación de la respectiva ecuación, de la siguiente manera:  Mediana (Me):17.800 (En este caso este valor corresponde al valor central de las cinco propuestas presentadas, ordenadas de forma descendente)  Propuesta (V i ¿: A, C, D, E.  Puntaje máximo: 67,75 Como la cantidad de propuestas son impares, el máximo puntaje será asignado a la propuesta que se encuentre en el valor de la mediana de SMMLV de los contratos válidos de los Proponentes habilitados y que no fueron objeto de subsanación , es decir la oferta del proponente B, para las otras propuestas, se utiliza la fórmula de asignación de puntaje: PuntajeAsignar=[{1−| Me−V i Me |}∗Puntaje m á ximo] Nota: teniendo en cuenta que la fórmula está concebida para asignar puntaje en términos absolutos, es decir, que asignará el puntaje a cada propuesta dependiendo de su cercanía (por exceso o por defecto) al valor de mediana (propuesta B ) calculada para el factor correspondiente. Por lo anterior, es importante que el cálculo de la fórmula se realice en términos absolutos. Se sugiere utilizar la función ABS en Excel para aplicar la fórmula: << =((1ABS((Me-Vi)/Me))Puntaje máximo) >>. A continuación se presentan los puntajes asignados a cada proponente luego de aplicada la fórmula anteriormente señalada: Proponente A B C D E Puntaj e 57,10 67,75 50,0 3 63,27 67,75 ii. Número de propuestas par Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 7 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023Proponente A B C D Promedio de SMMLV que cumplen con la experiencia 15.002 17.800 22.456 18.978

En el caso hipotético que se cuenten con un total de 4 proponentes habilitados para aplicar la fórmula de la alternativa de evaluación de la mediana con valor absoluto, y cuyos promedios de SMMLV de los contratos válidos aportados sea el indicado en la tabla anterior, se procederá a dar aplicación a lo indicado en el literal A del numeral 4.1. En primera instancia, es necesario identificar las variables que inciden en la aplicación de la respectiva ecuación, de la siguiente manera:  Mediana:18.389 (En este caso este valor corresponde al promedio de las dos propuestas centrales, ordenadas de forma descendente)

 Propuesta válida inmediatamente por debajo de la mediana (V Me ¿: 17.800  Propuesta (V i ¿: A, C, D.  Puntaje máximo: 67,75 Cómo la cantidad de propuestas son pares, el máximo puntaje será asignado a la propuesta que se encuentre inmediatamente por debajo de la mediana , es decir la oferta del proponente B, para las otras propuestas, se utiliza la fórmula de asignación de puntaje: PuntajeAsignar=[{1−| V Me−V i V Me |}∗Puntaje má ximo ] Nota: teniendo en cuenta que la fórmula está concebida para asignar puntaje en términos absolutos, es decir, que asignará el puntaje a cada propuesta dependiendo de su cercanía (por exceso o por defecto) al valor de mediana (propuesta D ) calculada para el factor correspondiente. Por lo anterior, es importante que el cálculo de la fórmula se realice en términos absolutos. Se sugiere utilizar la función ABS en Excel para aplicar la fórmula: << =((1ABS((V Me-Vi)/ V Me))Puntaje máximo) >>. A continuación se presentan los puntajes asignados a cada proponente luego de aplicada la fórmula anteriormente señalada: Proponente A B C D Puntaj 57,10 67,75 50,0 63,27 Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 8 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023e 3

Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023e 3  En segundo lugar, frente a la media geométrica, el Documento Base

contempla que:

B. Media Geométrica Para calcular la Media Geométrica se tomará el valor promedio de los SMMLV de los contratos válidos aportados de las propuestas hábiles y que no fueron objeto de subsanación para el factor de ponderación para la asignación del puntaje de

conformidad con el siguiente procedimiento: MG=n √V 1∗V 2∗V 3∗…∗V n Donde:  MG: Es la media geométrica del promedio de los SMMLV de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de las propuestas hábiles.  V1: Es el valor promedio de los SMMLV de los contratos válidos de una propuesta habilitada y que no fueron objeto de subsanación.  Vn: Es el valor promedio de los SMMLV de los contratos válidos de la propuesta “n” habilitada y que no fueron objeto de subsanación.  n: La cantidad total de propuestas habilitadas. Para efectos de la asignación de puntaje se tendrá en cuenta lo siguiente: se asignará el máximo puntaje al promedio de los SMMLV de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de la propuesta que se encuentre más cerca (por exceso o por defecto) al valor de la media geométrica calculada para

el factor correspondiente. Las demás propuestas recibirán puntaje de acuerdo con la siguiente ecuación: PuntajeAsignar=¿ Nota: Cuando el resultado de la fórmula anterior sea un número negativo se asignará 0,0 puntos.  Sobre el particular, se propone el siguiente ejemplo práctico: Proponente A B C D E Promedio de SMMLV que cumplen con la experiencia 15.00 2 12.909 19.876 8.978 11.978 Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 9 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023En el caso hipotético que se cuenten con un total de 5 proponentes habilitados para aplicar la fórmula de la alternativa de evaluación de la media geométrica, y cuyos promedios de SMMLV de los contratos válidos aportados sea el indicado en la tabla anterior, se procederá a dar aplicación a lo indicado en el literal B del numeral 4.1. En esta fórmula, se busca otorgar mayor puntaje a las propuestas que se encuentren más cercanas a la media geométrica (al punto central que acota las dispersiones presentadas entre las propuestas) de las ofertas hábiles y que no fueron objeto de subsanación.

En primera instancia, es necesario identificar las variables que inciden en la aplicación de la respectiva ecuación, de la siguiente manera:  Media geométrica ( MG):13.286 (Corresponde a la media geométrica de todas las 5 propuestas habilitadas utilizadas en el ejemplo)  Puntaje máximo: 67,75

aplicación de la respectiva ecuación, de la siguiente manera:  Media geométrica ( MG):13.286 (Corresponde a la media geométrica de todas las 5 propuestas habilitadas utilizadas en el ejemplo)  Puntaje máximo: 67,75 El máximo puntaje será asignado a la propuesta que se encuentre se encuentre más cerca (por exceso o por defecto) al valor de la media geométrica calculada para el factor correspondiente, es decir la oferta del proponente B, para las otras propuestas, se utiliza la fórmula de asignación de puntaje: PuntajeAsignar=¿ Nota: teniendo en cuenta que la fórmula está concebida para asignar puntaje en términos absolutos, es decir, que asignará el puntaje a cada propuesta dependiendo de su cercanía (por exceso o por defecto) al valor de la media geométrica calculada para el factor correspondiente. Por lo anterior, es importante que el cálculo de la fórmula se realice en términos absolutos. Se sugiere utilizar la función ABS en Excel para aplicar la fórmula: << =((1- (ABS(MG-Vi)/MG))Puntaje máximo) >>. A continuación se presentan los puntajes asignados a cada proponente luego de aplicada la fórmula anteriormente señalada: Proponente A B C D E Puntaj e 59,00 67,75 34,1 5 45,78 61,08  En tercer lugar, sobre la media aritmética alta, el Documento Base establece lo siguiente:

C. Media Aritmética Alta Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 10

Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia

establece lo siguiente:

C. Media Aritmética Alta Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 10

Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor de los promedios de los contratos válidos aportados y que no fueron objeto de subsanación expresado en SMMLV de la propuesta válida más alta y el promedio aritmético del promedio de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de las propuestas hábiles que no han sido rechazadas y se encuentran válidas, para esto se aplicará la siguiente fórmula: X A =(V max +X )

2

Donde:  V max: Es el valor total corregido del promedio de los SMMLV de los contratos válidos más altos y que no fueron objeto de subsanación.  X: Es el promedio aritmético simple de los promedios de los SMMLV de los contratos válidos de las otras propuestas habilitadas y que no fueron objeto de subsanación.  X A: Es la media aritmética alta.

Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las propuestas habilitadas de acuerdo con la siguiente fórmula: PuntajeAsignar= { Puntaje má ximo∗(1−(

X A−V i

X A )) Paravaloresmenoreso iguales a X A ¿

habilitadas de acuerdo con la siguiente fórmula: PuntajeAsignar= { Puntaje má ximo∗(1−(

X A−V i

X A )) Paravaloresmenoreso iguales a X A ¿ ¿ Puntaje má ximo∗(1−2∗( |X A−V i| X A )) Paravaloresmayoresa X A } Donde:  X A: Es la media aritmética alta.  V i: Es el valor promedio de los SMMLV de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de cada una de las propuestas “i”.

Nota: Cuando el resultado de la fórmula anterior sea un número negativo, se asignará 0,0 puntos.  Para dar mayor precisión a la descripción de fórmula y producto del ejercicio de actualización que se viene adelantando del documento tipo de infraestructura de transporte, Colombia Compra Eficiente identificó la necesidad de precisar la descripción de la fórmula “Media aritmética alta” y de las variables que la integran, así: Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 11

Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor del promedio de los contratos válidos aportados y que no fueron objeto de subsanación

expresados en SMMLV de la propuesta válida más alta, y el promedio aritmético de los contratos válidos que no fueron objeto de subsanación de las otras propuestas hábiles excluyendo el promedio de la propuesta más alta, para esto se aplicará la siguiente fórmula: X A =(V max +X ) 2

Donde:  V max: Es el valor total corregido del promedio aritmético de los SMMLV de los contratos válidos de la propuesta más alta y que no fueron objeto de subsanación.  X: Es el promedio aritmético de los promedios de los SMMLV de los contratos válidos de las otras propuestas habilitadas y que no fueron objeto de subsanación, excluyendo de este promedio el Vmax.  X A: Es la media aritmética alta.

Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las propuestas habilitadas de acuerdo con la siguiente fórmula: PuntajeAsignar= { Puntaje má ximo∗(1−( X A−V i X A )) Para valoresmenoreso iguales a X A ¿ ¿ Puntaje má ximo∗(1−2∗( |X A−V i| X A )) Para valoresmayoresa X A } Donde:  X A: Es la media aritmética alta.  V i: Es el valor promedio de los SMMLV de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de cada una de las propuestas “i”.

Nota: Cuando el resultado de la fórmula anterior sea un número negativo, se

asignará 0,0 puntos. Para efectos de ponderar propuestas cuyo valor sea mayor a X A, se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética baja y el valor total corregido de cada una de las propuestas.  Como en efecto lo diferencia textualmente la explicación de la fórmula o ecuación, la media aritmética alta es el resultado de dividir entre 2 la Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 12 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023suma de dos variables, a saber: «V max » [Es el valor total corregido del promedio aritmético de los SMMLV de los contratos válidos de la propuesta más alta y que no fueron objeto de subsanación.] «X» [Es el promedio aritmético de los promedios de los SMMLV de los contratos válidos de las otras propuestas habilitadas y que no fueron objeto de subsanación, excluyendo de este promedio el Vmax].  En consecuencia, al calcular la segunda variable referida no se debe incluir el promedio de los SMLMV de la propuesta válida más alta, pues tal y como textualmente lo indica la regla establecida en la fórmula, la variable «X» solo se calcula con el promedio aritmético simple de los promedios de los SMMLV válidos de las otras propuestas habilitadas.

 Al respecto, el siguiente ejemplo puede ilustrar lo planteado: Proponente A B C D E F Promedio de SMMLV que cumplen con la experiencia 1.49

promedios de los SMMLV válidos de las otras propuestas habilitadas.

 Al respecto, el siguiente ejemplo puede ilustrar lo planteado: Proponente A B C D E F Promedio de SMMLV que cumplen con la experiencia 1.49 9 1.497 1.489 1.47 5 1.460 1.350 En el caso hipotético que se cuenten con un total de 4 proponentes habilitados para aplicar la fórmula de la alternativa de evaluación de la media aritmética alta, y cuyos promedios de SMMLV de los contratos válidos aportados sea el indicado en la tabla anterior, se procederá a dar aplicación a lo indicado en el literal C del numeral 4.1. En esta fórmula, se busca otorgar mayor puntaje a las propuestas que se encuentren más cercanas a la media aritmética alta (al punto promedio afectado por la propuesta más alta recibida) de las ofertas hábiles y que no fueron objeto de subsanación. En primera instancia, es necesario identificar las variables que inciden en la aplicación de la respectiva ecuación, de la siguiente manera:  V max=1.499 SMMLV  X =1.497+1.489+1.475+1.460+1.350 5 =1.454 SMMLV Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 13 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023Donde la media aritmética alta corresponde a:

X A=(V max +X ) 2 =1.499+1.454 2 =1.477SMMLV Una vez determinada la media aritmética alta, se procederá a asignar el puntaje de cada proponente de acuerdo con las dos alternativas según la variación frente a la media aritmética alta X A: PuntajeAsignar= { Puntaje má ximo∗(1−(

X A−V i

X A )) Para valoresmenoresoiguales a X A ¿ ¿ Puntaje má ximo∗(1−2∗( |X A−V i| X A )) Paravaloresmayoresa X A }  X A: Es la media aritmética alta.  V i: Es el valor promedio de los SMMLV de los contratos válidos y que no fueron objeto de subsanación de cada una de las propuestas “i”. De esta manera, la entidad analizará si el valor promedio de SMMLV de los contratos válidos de cada proponente es mayor o menor o igual a la media aritmética alta, con la finalidad de establecer la formula respectiva de asignación de puntaje. Proponente A B C D E F Promedio de SMMLV que cumplen con la experiencia 1.499 1.497 1.489 1.475 1.460 1.350 Puntaje a asignar 65,45 65,63 66,37 67,43 66,74 61,71 Fórmula utilizada Mayor a X A Mayor a X A Mayor a X A Menor o igual a X A Menor o igual a X A Menor o igual a X A Nota: cuando se utilice la fórmula para ponderar las propuestas que son mayores Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 14 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia

igual a X A Nota: cuando se utilice la fórmula para ponderar las propuestas que son mayores Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 14 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023a la media aritmética alta X A ,es importante que la variación entre la media aritmética alta X A y cada una de las propuestas Vi se realice en términos absolutos, tal y como lo indica la fórmula |X A−V i| X A . Se sugiere utilizar la función ABS en Excel para aplicar la fórmula: << =( Puntaje máximo (1-2 (ABS ( X A−V i)/ V

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...