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CCE - Concepto 859 de 2025

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

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Detalles

Título
CCE - Concepto 859 de 2025
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

FORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 1 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023

DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública. DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura social – Sector educativo Esta Agencia expidió la Resolución 220 del 6 de agosto de 2021, mediante la cual, adoptó los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo. El artículo 2 de esa Resolución, adopta el "Anexo -Glosario" y la "Matriz – Experiencia” para proyectos de infraestructura social asociada al sector educativo. Estos dos (2) documentos definen el alcance para ese sector específicamente. EXPERIENCIA – Documentos tipo – Infraestructura social – Sector educativo – % de dimensionamiento Una vez determinada la “actividad a contratar” requerida por la entidad estatal,

se procederá a identificar la experiencia general, específica y el porcentaje de dimensionamiento. Es importante mencionar que ciertas actividades a contratar contemplan como parte del requisito de experiencia específica un “% de dimensionamiento” el cual se encuentra en función de una magnitud física establecida; y que dicho porcentaje de dimensionamiento se determina en función del rango de valores expresados en SMMLV en el cual se encuentre el valor del presupuesto oficial del proceso de contratación. Finalmente, es necesario tener en cuenta que el valor de “% de dimensionamiento” establecerá el valor por el cual será reemplazado el factor (F%). MATRIZ EXPERIENCIA – Documentos tipo – Infraestructura social – Sector educativo – Actividad 1.2 – Experiencia específica (…) para la actividad 1.2 la Matriz 1 – Experiencia establece como requisito de experiencia específica que “Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar un área intervenida o construida sea igual o superior al (F%) del total de metros cuadrados del proceso de selección”. El porcentaje de dimensionamiento previsto como equivalencia de (F%) es el 50%. Esto supone que si, por ejemplo, el alcance físico de la obra son 10.000 m2, para cumplir con el requisito los proponentes tendrán que acreditar que la sumatoria de las áreas intervenidas en por lo menor uno (1) de los contratos aportados para el requerimiento general, es mayor oFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 2 Colombia Compra Eficiente

Dirección: Carrera 7 # 26 – 20 - Bogotá, Colombia Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023

Mesa de servicio: (+57) 601 7456788

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 igual al 50% del área a intervenirse en el proyecto en licitación, el cual equivale a 5000 m2.

Ahora bien, teniendo en cuenta que en la “Nota general para experiencia específica” se indica que “En el caso en el cual, debido a la magnitud física que sea empleada como variable para establecimiento del % de dimensionamiento como experiencia específica, se aceptará que el mismo sea acreditado con la sumatoria de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados como experiencia, garantizando condiciones pluralistas y participativas, siendo requisitos adecuados y proporcionales”. De esta manera, la entidad que adelanta el proceso de selección considerando la magnitud física del proyecto podrá aceptar que los proponentes acrediten el área solicitada a intervenirse en el proyecto con la sumatoria de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados. En este sentido, sí la entidad opta por el supuesto señalado, para el ejemplo, los dos (2) contratos aportados para el requerimiento del área intervenida o construida solicitados como experiencia específica deben sumar 5000 m2.FORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 3 Colombia Compra Eficiente

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023

Bogotá D.C., 4 de agosto de 2025 Señora María Paula Guio GM Ingeniería y Concreto S.A.S coordinadordelicitaciones@gmycon.com Bogotá D.C Concepto C-859 de 2025

Temas: DOCUMENTOS TIPO – Fundamento normativo – Obligatoriedad / DOCUMENTOS TIPO – Infraestructura social – Sector educativo / EXPERIENCIA – Documentos tipo – Infraestructura social – Sector educativo – % de dimensionamiento / MATRIZ EXPERIENCIA – Documentos tipo – Infraestructura social – Sector educativo – Actividad 1.2 – Experiencia específica Radicación: Respuesta a consulta con radicado No.

1_2025_07_01_006539

Estimada señora Guio: En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1707 de 2018 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta del 1 de julio de 2025, en la cual manifiesta lo siguiente: “Por medio del presente me permito solicitar respetuosamente a la

Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente una aclaración relacionada con la siguiente nota: "Nota general para experiencia específica: En el caso en el cual, debido a la magnitud física que sea empleada como variable para establecimiento del % de dimensionamiento como experienciaFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 4 Colombia Compra Eficiente

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 específica, se aceptará que el mismo sea acreditado con la sumatoria de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados como experiencia, garantizando condiciones pluralistas y participativas, siendo requisitos adecuados y proporcionales." Incluida dentro de las matrices de Pliegos Tipo, En particular, solicitamos aclaración respecto de un caso puntual en el cual una entidad contratante está adelantando un proceso de selección para la actividad 1.2. Proyectos de terminación y/o mejoramiento y/o remodelación y/o adecuación y/o modificación y/o mantenimiento y/o rehabilitación de instituciones educativas, con un área total a intervenir de 9.070 m². De conformidad con la matriz, la experiencia específica se define así: “Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar un área intervenida o construida igual o superior al (F%) del total de metros cuadrados del proceso de selección.” Según la tabla, el F% es del 50%, lo cual implica que el área mínima a acreditar para la experiencia específica es de 4.535 m².

La consulta se formula porque la entidad interpreta que la sumatoria de dos contratos debe acreditar la totalidad del área a intervenir

(9.070 m²) y, además, exige que al menos uno de dichos contratos individualmente cubra como mínimo el 50% (4.535 m²). No obstante, de la lectura literal de la nota general y del diseño de los Pliegos Tipo, se entiende que la suma de máximo dos contratos es para acreditar el porcentaje de dimensionamiento (F%), no la totalidad del área objeto del proceso. Por tanto, respetuosamente solicitamos se precise si la interpretación correcta es que la sumatoria de máximo dos contratos válidos deben alcanzar el F% del área total (es decir, 4.535 m²) y no la totalidad (9.070 m²), garantizando con ello la pluralidad y participación de oferentes, evitando exigencias desproporcionadas que limiten la concurrencia, tal como lo ordena la Ley 1882 de 2018 y los lineamientos de Colombia Compra Eficiente (…)”.

1. Problema planteado: De acuerdo con el contenido de su solicitud, esta Agencia resolverá el siguiente problema jurídico: En relación con los documentos tipo complementarios paraFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 5

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo ¿Cuál es el alcance y la interpretación de la experiencia específica solicitada para la actividad 1.2 contenida en la Matriz – Experiencia?

1. Respuestas:

Para la actividad “1.2. PROYECTOS DE TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O

específica solicitada para la actividad 1.2 contenida en la Matriz – Experiencia?

1. Respuestas:

Para la actividad “1.2. PROYECTOS DE TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O

REMODELACIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O MODIFICACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O REHABILITACIÓN DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS” contenida en la Matriz – Experiencia de los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo, se establecen los siguientes requisitos de experiencia general y específica, además de un porcentaje (%) de dimensionamiento según la magnitud requerida en el proceso de contratación:

“GENERAL:

CONSTRUCCIÓN Y/O TERMINACIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O

REMODELACIÓN Y/O REFORZAMIENTO Y/O ADECUACIÓN Y/O

REHABILITACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O MEJORAMIENTO Y/O

MODIFICACIÓN DE EDIFICACIONES

ESPECÍFICA: (…) Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar un área intervenida o construida sea igual o superior al (F%) del total de metros cuadrados del proceso de selección. (…) % DE DIMENSIONAMIENTO (Según la magnitud requerida en el proceso de contratación): Valor de F% 50%” Respecto del requisito de experiencia específica, la matriz dispone dos notas relevantes para su acreditación y evaluación: “Nota general para experiencia específica: En el caso en el cual, debido a la magnitud física que sea empleada como variable para establecimiento del % de dimensionamiento como experiencia específica, se aceptará que el mismo sea acreditado con la sumatoriaFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 6

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establecimiento del % de dimensionamiento como experiencia específica, se aceptará que el mismo sea acreditado con la sumatoriaFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 6 Colombia Compra Eficiente

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados como experiencia, garantizando condiciones pluralistas y participativas, siendo requisitos adecuados y proporcionales.

NOTA EXPERIENCIA ESPECÍFICA: En el caso en el cual la actividad constructiva de la Institución Educativa corresponda a un proyecto en alguno de los siguientes materiales: madera, guadua o bahareque. Deberá acreditar adicionalmente este requisito de experiencia específica: Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar la CONSTRUCCIÓN Y/O

TERMINACIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O REMODELACIÓN Y/O REFORZAMIENTO Y/O ADECUACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O MEJORAMIENTO Y/O MODIFICACIÓN de edificaciones en alguno, o algunos, de los siguientes materiales como predominante: madera, guadua o bahareque”. Tal como se señaló, para la actividad 1.2 la Matriz 1 – Experiencia establece como requisito de experiencia específica que “Por lo menos uno (1) de los

contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar un área intervenida o construida sea igual o superior al (F%) del total de metros cuadrados del proceso de selección”. El porcentaje de dimensionamiento previsto como equivalencia de (F%) es el 50%. Esto supone que si, por ejemplo, el alcance físico de la obra son 10.000 m2, para cumplir con el requisito los proponentes tendrán que acreditar que la sumatoria de las áreas intervenidas en por lo menor uno (1) de los contratos aportados para el requerimiento general, es mayor o igual al 50% del área a intervenirse en el proyecto en licitación, el cual equivale a 5000 m2. Ahora bien, teniendo en cuenta que en la “Nota general para experiencia específica” se indica que “En el caso en el cual, debido a la magnitud física que sea empleada como variable para establecimiento del % de dimensionamiento como experiencia específica, se aceptará que el mismo sea acreditado con la sumatoria de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados como experiencia, garantizando condiciones pluralistas y participativas, siendo requisitos adecuados y proporcionales”. De esta manera, la entidad que adelanta el proceso de selección considerando la magnitud física del proyecto definirá previamente si aceptará que los proponentes acrediten el áreaFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 7 Colombia Compra Eficiente

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solicitada a intervenirse en el proyecto con la sumatoria de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados. En este sentido, sí la entidad opta por el supuesto señalado, para el ejemplo, los dos (2) contratos aportados para el requerimiento del área intervenida o construida solicitados como experiencia específica deben sumar 5000 m2.

2. Razones de la respuesta: Lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones:  El artículo 1 de la Ley 2022 de 2020 “Por la cual modifica el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y se dictan otras disposiciones” otorga a la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente la competencia para adoptar los documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Administración Pública.  Con sustento en esta competencia, esta Agencia expidió diversos grupos de documentos tipo aplicables principalmente a la contratación de obras públicas de infraestructura de transporte, agua potable, saneamiento básico y social, para interventoría y consultoría de estudios de ingeniería, pero también, para la celebración de convenios solidarios con Juntas de Acción Comunal y para los procesos de gestión catastral con enfoque multipropósito. De conformidad con las modalidades de selección establecidas en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, estos documentos tipo se han expedido para las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía, mínima cuantía, concurso de méritos y contratación directa.

 La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió la Resolución 219 del 6 de agosto de 2021, “Por la cual se adoptan los documentos tipo para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social”. Mediante esa Resolución, se adoptaron los documentos tipo que aplican de forma transversal a los proyectos de infraestructura social en los sectores educativo, salud, cultura, recreación y deporte. Estos documentos son el documento base, los anexos, los formatos, los formularios y las matrices, los cuales se complementarán con cada unaFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 8 Colombia Compra Eficiente

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 de las resoluciones que adoptan las matrices de experiencia y los anexos de glosario para cada uno de los sectores, definiendo así su alcance y vigencia.  En consecuencia, en materia de infraestructura social debe tenerse en cuenta que existen dos (2) clases de documentos tipo que se integran en cada proceso: i) los documentos transversales a todos los sectores de infraestructura social, es decir, el documento base, los anexos, los formatos, los formularios y las matrices adoptados mediante la Resolución No. 219 de 2021; y ii) los documentos tipo complementarios, referentes a la matriz de experiencia y el glosario, los cuales han sido adoptados en la resolución para cada sector específico.  En relación con su solicitud, debe indicarse que esta Agencia expidió la Resolución 220 del 6 de agosto de 2021, mediante la cual, adoptó los

experiencia y el glosario, los cuales han sido adoptados en la resolución para cada sector específico.  En relación con su solicitud, debe indicarse que esta Agencia expidió la Resolución 220 del 6 de agosto de 2021, mediante la cual, adoptó los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo. El artículo 2 de esa Resolución, adopta el "Anexo -Glosario" y la "Matriz – Experiencia” para proyectos de infraestructura social asociada al sector educativo. Estos dos (2) documentos definen el alcance para ese sector específicamente.  Es importante resaltar que, en virtud de la regla de inalterabilidad, los documentos tipo solo pueden ser modificados en los aspectos en que estos lo permitan. Esto corresponde a aquellos aspectos que se encuentran entre corchetes y resaltados en gris –[texto]–, para lo cual deberán observarse las instrucciones contenidas en los mismos para su diligenciamiento.  Por lo tanto, la entidad solo podrá modificar aspectos de los documentos tipo cuando así esté permitido, en los términos expuestos. Lo anterior implica que, en los apartes en que los documentos tipo no lo permitan, la entidad deberá integrar el contenido de estos a su proceso de contratación sin ningún tipo de alteración.  Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca enFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 9 Colombia Compra Eficiente

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.  Uno de los elementos comunes a los diferentes documentos tipo es la “Matriz – Experiencia”. Esta consta de unas celdas en las que se describe la experiencia requerida en relación con el objeto a contratar, definiendo además qué tipo de actividades relacionadas con cada sector deben acogerse a los pliegos tipo. Por otro lado, encontramos el “Anexo – Glosario”, el cual contiene las definiciones de los términos usados en los documentos del proceso. Utilizando estos dos documentos, la entidad estatal puede definir si el objeto a contratarse debe emplear los documentos tipo adoptados por esta Agencia.  La Matriz – Experiencia, cumple una doble función: Por un lado, sirve para estandarizar las condiciones de experiencia, conforme al parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. De otro lado, dicha matriz permite determinar el ámbito de aplicación de los documentos tipo respecto de objetos contractuales asociados, ya que son las actividades descritas en esta

las que, obligatoriamente, deben contratarse aplicando documentos tipo.  De esta manera, para saber a qué actividades deben aplicarse los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura social expedidos por esta Agencia, la entidad debe verificar que estos apliquen para la modalidad de selección en la que debe celebrarse el proceso, subsumiendo el objeto a contratar en los tipos de proyectos de infraestructura a contratarse. Por tanto, si el objeto contractual a ejecutar se encuadra materialmente dentro de alguno de los tipos actividades concretas señaladas en cada una de las matrices de experiencia, se tendrán que aplicar estos documentos tipo para los mencionados sectores −según corresponda−, mientras que en el caso contrario no será forzosa su aplicación.  A efectos de la estandarización de las condiciones de experiencia, cada unaFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 10 Colombia Compra Eficiente

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 de las actividades descritas en las matrices de experiencia tienen asignados unos requisitos generales y/o específicos, que puede exigir la entidad estatal y que deben acreditar los proponentes para participar en los procesos de contratación cuyos objetos correspondan con la actividad para la que se contemplan los mencionados requerimientos.  En ese orden, cada entidad estatal deberá determinar la experiencia general

y específica que debe acreditarse en cada procedimiento de selección, en función del objeto contractual. En desarrollo de ese análisis, teniendo en cuenta también las definiciones del Glosario, la entidad estatal deberá determinar si el objeto contractual se enmarca en alguno de los tipos de actividades, identificadas con un número y su descripción en la matriz de experiencia. De esta manera, deberá aplicar estrictamente lo contenido en dicha matriz. Por tanto, no podrá incluir, modificar, suprimir o alterar las condiciones de experiencia allí establecidas, salvo cuando de forma expresa esta lo determine.  Conforme a lo anterior, las entidades estatales que adelanten procesos de contratación de licitación de obra pública de infraestructura social asociados a los sectores educativo, salud o cultura, recreación y deporte, deben definir la experiencia exigible, teniendo en cuenta las condiciones fijadas en las matrices de experiencia, de acuerdo con los siguientes pasos1: a) Determinar la matriz de experiencia aplicable en atención al tipo de proyecto de infraestructura social a contratarse, ya sea de educación, salud o recreación, cultura y deporte. b) Identificada la respectiva Matriz de experiencia, la entidad deberá determinar el tipo de infraestructura sobre el cual recae la obra a ejecutar. Los tipos de infraestructuras se encuentran establecidos como un “título principal” en la Matriz de experiencia, el cual permitirá a la entidad establecer cuál sería la “actividad a contratar” requerida. c) Definido el tipo de infraestructura, la columna denominada como “ACTIVIDAD A CONTRATAR” dispone las diferentes actividades contempladas en la Matriz de experiencia. Por lo tanto, la entidad

1 Estos parámetros se encuentran dispuestos de forma gráfica en la segunda página “Interpretación de la matriz 1 – experiencia” de cada una de las Matrices de experiencia adoptadas

contempladas en la Matriz de experiencia. Por lo tanto, la entidad

1 Estos parámetros se encuentran dispuestos de forma gráfica en la segunda página “Interpretación de la matriz 1 – experiencia” de cada una de las Matrices de experiencia adoptadas mediante las Resoluciones Nos. 220, 392 y 454 del 2021.FORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 11 Colombia Compra Eficiente

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Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023 identificará y establecerá la actividad a contratar en la cual se enmarca su proceso de contratación. d) Una vez determinada la “actividad a contratar” requerida por la entidad estatal, se procederá a identificar la experiencia general, específica y el porcentaje de dimensionamiento. Es importante mencionar que ciertas actividades a contratar contemplan como parte del requisito de experiencia específica un “% de dimensionamiento” el cual se encuentra en función de una magnitud física establecida; y que dicho porcentaje de dimensionamiento se determina en función del rango de valores expresados en SMMLV en el cual se encuentre el valor del presupuesto oficial del proceso de contratación. Finalmente, es necesario tener en cuenta que el valor de “% de dimensionamiento” establecerá el valor por el cual será reemplazado el factor (F%). e) Establecidos los requisitos de experiencia exigibles, la entidad

deberá consignarlos en los apartados grises entre corchetes del literal A del numeral 3.5.1 del documento base, para que los oferentes puedan conocer los requisitos de experiencia general y específica exigidos por la entidad.  Teniendo en cuenta que en su solicitud usted indaga por la actividad “1.2. PROYECTOS DE TERMINACIÓN Y/O MEJORAMIENTO Y/O REMODELACIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O MODIFICACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O REHABILITACIÓN DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS” contenida en la Matriz – Experiencia de los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector educativo, a continuación, se indica el alcance de dicha actividad.  Para la actividad señalada, la Matriz – Experiencia establece los siguientes requisitos de experiencia general y específica, además de un porcentaje (%) de dimensionamiento según la magnitud requerida en el proceso de contratación:

“GENERAL:

CONSTRUCCIÓN Y/O TERMINACIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O

REMODELACIÓN Y/O REFORZAMIENTO Y/O ADECUACIÓN Y/O

REHABILITACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O MEJORAMIENTO Y/O

MODIFICACIÓN DE EDIFICACIONES

ESPECÍFICA: (…)FORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 12

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Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar un área intervenida o construida

Atención al ciudadano: (+57) 601 7956600 Código: CCE-REC-FM-17 Versión: 02 Fecha: 31-08-2023

Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar un área intervenida o construida sea igual o superior al (F%) del total de metros cuadrados del proceso de selección. (…) % DE DIMENSIONAMIENTO (Según la magnitud requerida en el proceso de contratación): Valor de F% 50%”  Respecto del requisito de experiencia específica, la matriz establece dos notas relevantes para su acreditación y evaluación: “Nota general para experiencia específica: En el caso en el cual, debido a la magnitud física que sea empleada como variable para establecimiento del % de dimensionamiento como experiencia específica, se aceptará que el mismo sea acreditado con la sumatoria de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados como experiencia, garantizando condiciones pluralistas y participativas, siendo requisitos adecuados y proporcionales.

NOTA EXPERIENCIA ESPECÍFICA: En el caso en el cual la actividad constructiva de la Institución Educativa corresponda a un proyecto en alguno de los siguientes materiales: madera, guadua o bahareque.

Deberá acreditar adicionalmente este requisito de experiencia específica: Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar la CONSTRUCCIÓN Y/O

TERMINACIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O REMODELACIÓN Y/O

REFORZAMIENTO Y/O ADECUACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O

MEJORAMIENTO Y/O MODIFICACIÓN de edificaciones en alguno, o algunos, de los siguientes materiales como predominante: madera, guadua o bahareque”.  Teniendo en cuenta el problema jurídico planteado en este concepto, debe indicarse que, tal como se señaló, para la actividad 1.2 la Matriz 1 – Experiencia establece como requisito de experiencia específica que “Por lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general deben contemplar un área intervenida o construida sea igual o superior al (F%) del total de metros cuadrados del proceso de selección”. El porcentaje de dimensionamiento previsto como equivalencia de (F%) es el 50%. Esto supone que si, por ejemplo, el alcance físico de la obra son 10.000 m 2, paraFORMATO PQRSD Agencia Nacional de Contratación Pública pág. 13 Colombia Compra Eficiente

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específica” se indica que “En el caso en el cual, debido a la magnitud física que sea empleada como variable para establecimiento del % de dimensionamiento como experiencia específica, se aceptará que el mismo sea acreditado con la sumatoria de máximo dos (2) de los contratos válidos aportados como experi

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