CCE - Concepto C-1485 de 2025
Detalles
- Título
- CCE - Concepto C-1485 de 2025
- Autor
- ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
DOCUMENTOS TIPO – Licitación pública – Transporte – Capacidad financiera – Capacidad organización – Forma de establecer los requisitos
Para la definición de los requisitos de capacidad financiera y organizacional a solicitar en el marco del documento tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte - versión 4, esta Agencia consolidó y analizó la información financiera de quinientas treinta y un(531) empresas. Es importante precisar que, la muestra de empresas se construyó con potenciales proveedores de los servicios de infraestructura de transporte, para lo cual, se tuvo en consideración varios elementos (…)
(…)
Para la definición de los indicadores, se tuvo en consideración las versiones anteriores de los documentos tipo, las necesidades de incrementar los niveles de apalancamiento, entre otras consideraciones. Adicionalmente, con el objetivo de fortalecer los procesos de selección de infraestructura de obra de transporte, en la nueva versión del documento tipo se consideró relevante preservar como un requisito habilitante de capacidad financiera adicional el indicador de “Capital de trabajo” e incluir en el documento tipo de licitación pública el indicador de “Patrimonio”. Esto, tomando en consideración lo indicado en el numeral 4.2 Indicadores adicionales de capacidad financiera del “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación” expedido por esta Agencia.
Con posterioridad a la definición de los indicadores, esta Agencia procedió a validar el nivel de cumplimiento de los mismos por parte de las empresas de la muestra analizada. Este nivel de cumplimiento se analizó de forma individual y para todo el juego de indicadores definidos, según las reglas contenidas en el documento base y en la matriz de indicadores del documento tipo.
DOCUMENTOS TIPO –Sector Transporte – Indicadores financieros – Indicadores organizacionales - Forma de abordar los requisitos
En los documentos tipo de obra pública de infraestructura de transporte, la Entidad deberá identificar los requisitos de capacidad financiera y organizacional aplicables al proceso de selección. Para ello, deberá consultar en el documento base o en la invitación en el caso de los documentos tipo de mínima cuantía, y en la “Matriz 2 - Indicadores financieros y organizacional”, los requisitos definidos de acuerdo con las particularidades del proceso de selección. Esto, teniendo en cuenta que en la versión vigente de los documentos tipo se definieron estos requisitos dependiendo las siguientes variables (…)
(…)
Los requisitos de capacidad financiera y organizacional se establecieron de acuerdo con el presupuesto oficial del proceso de contratación, con base en los siguientes rangos de presupuesto (expresados en SMMLV).
Conforme con lo señalado, en relación con los indicadores financieros en los documentos tipo del sector de infraestructura de transporte, la actualización de estos, consolida un marco metodológico más preciso y proporcional para la evaluación de la capacidad financiera y organizacional de los proponentes. La incorporación de rangos en SMMLV y la flexibilización de criterios para las MiPymes permiten una evaluación más equitativa y ajustada a la realidad económica de los oferentes.
Así mismo, la inclusión de los indicadores de capital de trabajo y patrimonio como requisitos habilitantes refuerza la solidez financiera exigida, garantizando que los contratistas cuenten con la capacidad de apalancar sus compromisos y mitigar riesgos asociados al desarrollo contractual. En conjunto, estas disposiciones fortalecen la transparencia, la competencia y la sostenibilidad financiera de los procesos de contratación pública de infraestructura de transporte.
Bogotá D.C., 24 de noviembre 2025
[image]
Señor
Guillermo Gil Ríos
Medellín, Antioquía
Bogotá D.C., 24 de noviembre 2025
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Señor
Guillermo Gil Ríos
Medellín, Antioquía
| | | | --- | --- | | | Concepto C-1485 de 2025 | | Temas: | DOCUMENTOS TIPO – Licitación pública – Transporte – Capacidad financiera – Capacidad organización – Forma de establecer los requisitos / DOCUMENTOS TIPO –Sector Transporte – Indicadores financieros – Indicadores organizacionales - Forma de abordar los requisitos | | Radicación: | Respuesta a consulta con radicado No. 1\_2025\_10\_10\_011413 |
Estimado señor Gil Ríos:
En ejercicio de la competencia otorgada por los artículos 3, numeral 5º, y 11, numeral 8º, del Decreto Ley 4170 de 2011, así como lo establecido en el artículo 4 de la Resolución 1707 de 2018 expedida por esta Entidad, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– responde su solicitud de consulta de fecha 10 de octubre de 2025, en la cual, manifiesta lo siguiente:
“REQUIERO CONOCER A DETALLE, PASO A PASO, COMO SE CALCULAN LOS INDICADORES FINANCIEROS DEL PLIEGO TIPO PARA TENER CLARIDAD EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN QUE ENCUENTRE EN EL PORTAL DE COLOMBIA COMPRA. REQUIERO DE USTEDES EL DETALLE DE COMO CALCULARLOS. MUCHAS GRACIAS” (sic).
De manera preliminar, resulta necesario acotar que esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compra pública. La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales.
Conforme lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida competencia consultiva, esto es, haciendo abstracción de las circunstancias particulares y concretas mencionadas en su petición, pero haciendo unas consideraciones sobre las normas generales relacionadas con el problema jurídico de su consulta.
1. Problema planteado:
De acuerdo con el contenido de su solicitud, en relación con los documentos tipo del sector de infraestructura de transporte, esta Agencia resolverá los siguientes problemas jurídicos: i) ¿Cuál fue el procedimiento para determinar los indicadores financieros en los documentos tipo de licitación de obra pública del sector de infraestructura de transporte? y ii) ¿Cuál es la forma de abordar los indicadores financieros de los documentos tipo del sector de infraestructura de transporte?
1. Respuesta:
| i) Para la definición de los requisitos de capacidad financiera y organizacional a solicitar en el marco del documento tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte - versión 4, esta Agencia consolidó y analizó la información financiera de quinientas treinta y un(531) empresas. Es importante precisar que, la muestra de empresas se construyó con potenciales proveedores de los servicios de infraestructura de transporte, para lo cual, se tuvo en consideración varios elementos, como son los siguientes: - Empresas clasificadas con los códigos CIIU 4210 - Construcción de carreteras y vías de ferrocarril. - Empresas clasificadas con códigos CIIU distintos al anterior, pero que se identificaron como potenciales proveedores de los servicios analizados, como resultado de la revisión realizada en 691 contratos suscritos por Entidades públicas entre los años 2018 y 2023. La información financiera que se obtuvo de las 531 empresas correspondió a corte de 31 de diciembre de 2023 -última información consolidada al momento de publicar la actualización del documento tipo-. Consolidada la información financiera obtenida, se procedió a realizar un análisis estadístico con el objetivo de identificar los indicadores promedio del sector. Este ejercicio se adelantó conforme a recomendaciones y metodologías propuestas por la “GUÍA DE ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE SECTOR, GEES – versión 2 del 24 de junio de 2022” -en adelante GEESy el “MANUAL PARA DETERMINAR Y VERIFICAR LOS REQUISITOS HABILITANTES EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN versión 03 del 29 de septiembre de 2023”. Teniendo en cuenta
que, en la muestra de los estados financieros de las empresas del sector transporte, se identificaron datos atípicos, se procedió a “normalizar” la muestra, excluyendo dichos indicadores con el fin de evitar distorsiones al calcular las medidas de tendencia central. Para normalizar la muestra se utiliza el criterio del rango intercuartílico propuesto en la GEES para el manejo de datos atípicos. Este criterio “permite entender entre cuáles valores se ubica la mitad de los datos en la parte central de la distribución”. De acuerdo con lo descrito en la GEES, la metodología para calcular este promedio consiste en descartar aquellos datos que sean inferiores al primer cuartil (Q1) menos el 150% del rango intercuartílico y todo valor que sea mayor al tercer cuartil (Q3) más el 150% del rango intercuartílico. Una vez excluidos los datos atípicos se obtuvo la muestra normalizada y se calculó el promedio con esta muestra. Este análisis estadístico permitió identificar indicadores promedio del sector, con base en los cuales se establecieron referencias o límites máximos o mínimos a considerar al momento de definir los indicadores propuestos. Soportados en los análisis anteriores, se establecieron requisitos mínimos habilitantes de capacidad financiera y organizacional que fuesen proporcionales a las diferentes condiciones de los procesos de selección (modalidad, presupuesto, plazo, etc). Por lo anterior, para esta nueva actualización los requisitos de capacidad financiera y organizacional (Índice de liquidez, Nivel de Endeudamiento, Razón de Cobertura de Interés, Rentabilidad sobre el Patrimonio y Rentabilidad Sobre el Activo) se definieron de acuerdo con el presupuesto oficial del proceso de selección (expresados en SMMLV), con base en rangos de presupuesto definidos de conformidad con la matriz de experiencia de los proyectos de infraestructura de transporte estructurada para la presente versión de los pliegos tipo. Para la definición de los indicadores, se tuvo en consideración las versiones anteriores de los documentos
(expresados en SMMLV), con base en rangos de presupuesto definidos de conformidad con la matriz de experiencia de los proyectos de infraestructura de transporte estructurada para la presente versión de los pliegos tipo. Para la definición de los indicadores, se tuvo en consideración las versiones anteriores de los documentos tipo, las necesidades de incrementar los niveles de apalancamiento, entre otras consideraciones. Adicionalmente, con el objetivo de fortalecer los procesos de selección de infraestructura de obra de transporte, en la nueva versión del documento tipo se consideró relevante preservar como un requisito habilitante de capacidad financiera adicional el indicador de “Capital de trabajo” e incluir en el documento tipo de licitación pública el indicador de “Patrimonio”. Esto, tomando en consideración lo indicado en el numeral 4.2 Indicadores adicionales de capacidad financiera del “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación” expedido por esta Agencia, Con posterioridad a la definición de los indicadores, esta Agencia procedió a validar el nivel de cumplimiento de los mismos por parte de las empresas de la muestra analizada. Este nivel de cumplimiento se analizó de forma individual y para todo el juego de indicadores definidos, según las reglas contenidas en el documento base y en la matriz de indicadores del documento tipo. Esta parte del ejercicio es central, toda vez que, en el ejercicio de definición de indicadores, debe analizarse el impacto que tienen los requisitos en las empresas del sector, con el objetivo de identificar que estos, permiten la concurrencia de las empresas en los procesos de selección, asegurando así que no se está limitando la participación ni la pluralidad de oferentes. Los anteriores análisis y los indicadores propuestos del ejercicio realizado
se encuentran detalladamente en el documento denominado: ANEXO - MEMORIA JUSTIFICATIVA ANÁLISIS SECTORIAL PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO TIPO INFRAESTRUCTURA TRANSPORTE MODALIDADES DE SELECCIÓN LICITACIÓN PÚBLICA, SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA Y MÍNIMA CUANTÍA. INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE2024. ii) En los documentos tipo de obra pública de infraestructura de transporte, la Entidad deberá identificar los requisitos de capacidad financiera y organizacional aplicables al proceso de selección. Para ello, deberá consultar en el documento base o en la invitación en el caso de los documentos tipo de mínima cuantía, y en la “Matriz 2 - Indicadores financieros y organizacional”, los requisitos definidos de acuerdo con las particularidades del proceso de selección. Esto, teniendo en cuenta que en la versión vigente de los documentos tipo se definieron estos requisitos dependiendo las siguientes variables: Tabla 1. Requisitos y criterios | Indicadores | Variable a considerar para su definición | | --- | --- | | Capacidad financiera y organizacional | Rango de salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) | | Capacidad financiera adicionales | Plazo estimado de ejecución / Presupuesto | Fuente: elaboración propia Los requisitos de capacidad financiera y organizacional se establecieron de acuerdo con el presupuesto oficial del proceso de contratación, con base en los siguientes rangos de presupuesto (expresados en SMMLV). A continuación, se relacionan los rangos y los indicadores definidos en cada uno ellos, para todas las modalidades de selección de acuerdo con la versión reciente de los Documentos Tipo del sector transporte: Tabla 2. Rangos y requisitos Licitación pública | | | | | | --- | --- | --- | --- | | Rango 1 | | Rango 2 | | | >0 | <40.000 | >= 40.000
Tabla 2. Rangos y requisitos Licitación pública | | | | | | --- | --- | --- | --- | | Rango 1 | | Rango 2 | | | >0 | <40.000 | >= 40.000 | - | | | | | | --- | --- | --- | | Indicador | Rango 1 | Rango 2 | | Índice de liquidez | 1,3 | 1,4 | | Índice de endeudamiento | 0,70 | 0,75 | | Razón de cobertura de intereses | 1,0 | 1,0 | | Rentabilidad del patrimonio | 0,04 | 0,05 | | Rentabilidad del activo | 0,02 | 0,03 | Fuente: elaboración propia Tabla 3. Requisitos Menor cuantía y Mínima Cuantía | Indicador | Rango 1 | | --- | --- | | Índice de liquidez | 1,3 | | Índice de endeudamiento | 0,70 | | Razón de cobertura de intereses | 1,0 | | Rentabilidad del patrimonio | 0,04 | | Rentabilidad del activo | 0,02 | Fuente: elaboración propia Nota: Respecto al Documento Tipo aplicable a las modalidades de, Selección Abreviada de Menor Cuantía y Mínima Cuantía (en el evento que la Entidad contratante determine solicitar este requisito) los indicadores a solicitar corresponderán a los definidos para el rango de presupuesto No. 1. Tabla 5. Rangos y requisitos Concurso de méritos | Rango 1 | | Rango 2 | | | --- | --- | --- | --- | | >0 | <4.000 | >= 4.000 | - | | Indicador | Rango
y requisitos Concurso de méritos | Rango 1 | | Rango 2 | | | --- | --- | --- | --- | | >0 | <4.000 | >= 4.000 | - | | Indicador | Rango 1 | Rango 2 | | --- | --- | --- | | Índice de liquidez | 1,2 | 1,3 | | Índice de endeudamiento | 0,65 | 0,70 | | Razón de cobertura de intereses | 1,5 | 1 | | Rentabilidad del patrimonio | 0,03 | 0,04 | | Rentabilidad del activo | 0,02 | 0,03 | Fuente: elaboración propia Es importante resaltar dos elementos claves respecto a estas matrices de indicadores: 1. En el evento que el Proceso de Contratación se adelante por lotes o segmentos, los proponentes deberán acreditar los indicadores de capacidad financiera y organizacional para el rango de presupuesto en SMMLV que corresponda, según el presupuesto del lote o segmento al que se presente, o su sumatoria, si se presenta a varios lotes o segmentos. 2. Los anteriores requisitos de capacidad financiera y organizacional deberán ser acreditados por los Proponentes que NO demuestren la condición de Mipyme de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.4.2.4. del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el parágrafo del artículo 2.2.1.13.2.4 del Decreto 1074 de 2015 o las normas que los modifiquen, sustituyan o complementen. Respecto a este último punto, los documentos tipo del sector transporte mantienen los criterios diferenciales para Mipymes, por lo cual en la versión más reciente, se flexibilizaron algunos de los indicadores de este requisito para las empresas que acrediten estar en el marco de este segmento
sustituyan o complementen. Respecto a este último punto, los documentos tipo del sector transporte mantienen los criterios diferenciales para Mipymes, por lo cual en la versión más reciente, se flexibilizaron algunos de los indicadores de este requisito para las empresas que acrediten estar en el marco de este segmento empresarial[[1]](#footnote-2), tal y como se puede evidenciar, a continuación: Tabla 6. Rangos y requisitos Licitación pública - Mipymes | | | | | | --- | --- | --- | --- | | Rango 1 | | Rango 2 | | | >0 | <40.000 | >= 40.000 | - | | Indicador | Rango 1 | Rango 2 | | --- | --- | --- | | Índice de liquidez | 1,2 | 1,3 | | Índice de endeudamiento | 0,70 | 0,75 | | Razón de cobertura de intereses | 1,0 | 0,5 | | Rentabilidad del patrimonio | 0,02 | 0,03 | | Rentabilidad del activo | 0,01 | 0,02 | Fuente: elaboración propia Tabla 7. Requisitos Menor cuantía y Mínima Cuantía - Mipymes | Indicador | Rango 1 | | --- | --- | | Índice de liquidez | 1,2 | | Índice de endeudamiento | 0,70 | | Razón de cobertura de intereses | 1,0 | | Rentabilidad del patrimonio | 0,02 | | Rentabilidad del activo | 0,01 | Fuente: elaboración propia Nota: Respecto al Documento Tipo aplicable en las modalidades de, Selección Abreviada de Menor Cuantía y Mínima Cuantía (en el evento que la Entidad contratante determine solicitar este requisito), los indicadores a solicitar
| 0,01 | Fuente: elaboración propia Nota: Respecto al Documento Tipo aplicable en las modalidades de, Selección Abreviada de Menor Cuantía y Mínima Cuantía (en el evento que la Entidad contratante determine solicitar este requisito), los indicadores a solicitar corresponderán a los definidos para el rango de presupuesto No. 1. Tabla 8. Rangos y requisitos Concurso de méritos - Mipymes | | | | | | --- | --- | --- | --- | | Rango 1 | | Rango 2 | | | >0 | <4.000 | >= 4.000 | - | | Indicador | Rango 1 | Rango 2 | | --- | --- | --- | | Índice de liquidez | 1,1 | 1,2 | | Índice de endeudamiento | 0,65 | 0,70 | | Razón de cobertura de intereses | 1,5 | 1 | | Rentabilidad del patrimonio | 0,02 | 0,03 | | Rentabilidad del activo | 0,01 | 0,02 | Fuente: elaboración propia Por su parte, en relación con la determinación del capital de trabajo y patrimonio, se tiene lo siguiente: - Capital de trabajo Teniendo en cuenta la importancia de las necesidades de apalancamiento en los procesos de selección de infraestructura de obra pública del sector transporte, en la nueva versión de documentos tipo se considera relevante preservar como un requisito habilitante de capacidad financiera adicional el indicador de “Capital de trabajo”. Esto, tomando en consideración lo indicado en
el numeral 4.2 Indicadores adicionales de capacidad financiera del “Manual para la definición de requisitos habilitantes” expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente”, en el que se indica que, las Entidades Estatales tienen la facultad de emplear indicadores financieros diferentes o complementarios a los establecidos en el Decreto 1082 de 2015, siempre que un análisis técnico justifique su pertinencia según las características, naturaleza, valor, complejidad y riesgo del proceso de contratación. Sin perjuicio de lo anterior, la entodad debe tener en consideración la apuesta por incluir requisitos con proporcionalidad, teniendo en cuenta las particularidades de la obra, bien y/o servicio a contratar, así como el presupuesto estimado y el plazo de ejecución. El capital de trabajo demandado por las Entidades Estatales, deberá tener en consideración las condiciones definidas en cada modalidad de los Documento Tipo expedidas, así: - Licitación pública, Menor Cuantía y Mínima Cuantía Teniendo en cuenta que las actividades de obra para infraestructura de transporte requieren un alto nivel de apalancamiento para el desarrollo de sus proyectos, el capital de trabajo requerido se solicitará para todos los procesos de selección de infraestructura de obra. Este requisito se solicitará considerando una cantidad de meses de apalancamiento dependiendo del plazo estimado de ejecución del proyecto (con el objetivo de solicitar el requisito de forma proporcional al presupuesto oficial y el plazo estimado de ejecución de cada proceso), pero considerando descontar dentro del cálculo del capital de trabajo demandado, los recursos que por concepto de anticipo o pago anticipado, la Entidad contratante contemple entregar en el marco del proceso de selección, si así lo determina. Para los procesos de selección que cuentan con un plazo estimado mayor o igual a doce (12) meses, la determinación del capital de trabajo demandado (requerido), que es una medición de los recursos que se requieren para apalancar las necesidades contractuales equivalentes
selección, si así lo determina. Para los procesos de selección que cuentan con un plazo estimado mayor o igual a doce (12) meses, la determinación del capital de trabajo demandado (requerido), que es una medición de los recursos que se requieren para apalancar las necesidades contractuales equivalentes a una cantidad (n) de meses, se hará de acuerdo con la siguiente tabla, conforme con el plazo estimado de ejecución del contrato: Tabla 9. Necesidades de apalancamiento | Plazo estimado de ejecución del contrato | | Meses de apalancamiento | | | | --- | --- | --- | --- | --- | | >= (meses) | < (meses) | | | | | | | | 12 | 24 | 4 | | | | 24 | 36 | 8 | | | | 36 | 48 | 12 | | | | 48 | 60 | 16 | | | | 60 | 72 | 20 | | | | 72 | 84 | 24 | | | | 84 | 96 | 28 | | | | 96 | 108 | 32 | | | | 108 | 120 | 36 | | | | 120 | - | 40 | | | Fuente: elaboración propia El cálculo del capital de trabajo demandado se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde, CTd =Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta POE = Presupuesto oficial estimado n= meses de apalancamiento Para los procesos de selección cuyo plazo estimado de ejecución del contrato sea menor a doce (12) meses, el cálculo del capital de trabajo demandado, se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: | | | --- | | CTd = (POE Anticipo o Pago anticipado) x 33% | Donde, CTd = Capital de Trabajo demandado para el
(12) meses, el cálculo del capital de trabajo demandado, se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: | | | --- | | CTd = (POE Anticipo o Pago anticipado) x 33% | Donde, CTd = Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta POE = Presupuesto oficial estimado Las anteriores metodologías para la definición del capital de trabajo demandado se definieron en los documentos tipo de infraestructura de transporte en las modalidades de Licitación pública y Selección Abreviada de Menor Cuantía. Para los documento tipo de Mínima Cuantía, en el evento que la Entidad contratante determine definir requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional, la determinación del capital de trabajo demandado se realizará bajo la siguiente fórmula: | | | | --- | --- | | Capital de trabajo | CTd = (POAnticipo o pago anticipado) x 15% | - Concurso de méritos Teniendo en cuenta que los servicios de consultoría e interventoría para proyectos de infraestructura de transporte son intensivos en talento humano, el capital de trabajo requerido se solicitará para todos los procesos de selección pero reconociendo fundamentalmente que el apalancamiento solicitado se requiere para la contratación del personal requerido. Para los procesos de selección que cuentan con un plazo estimado mayor o igual a doce (12) meses, la determinación del capital de trabajo demandado (requerido), que es una medición de los recursos que se requieren para apalancar las necesidades contractuales equivalentes a una cantidad (n) de meses, se hará de acuerdo con la siguiente tabla, conforme con el plazo estimado de ejecución del contrato: Tabla 10. Necesidades de apalancamiento | Plazo estimado de ejecución del contrato | | Meses de apalancamiento | | | | --- | --- | --- | --- | --- | | >= (meses) | <
Tabla 10. Necesidades de apalancamiento | Plazo estimado de ejecución del contrato | | Meses de apalancamiento | | | | --- | --- | --- | --- | --- | | >= (meses) | < (meses) | | | | | | | | 12 | 24 | 3 | | | | 24 | 36 | 4 | | | | 36 | 48 | 5 | | | | 48 | 60 | 6 | | | | 60 | 72 | 7 | | | | 72 | 84 | 8 | | | | 84 | 96 | 9 | | | | 96 | 108 | 10 | | | | 108 | 120 | 11 | | | | 120 | - | 12 | | | Fuente: elaboración propia El cálculo del capital de trabajo demandado se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde, CTd =Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta POE = Presupuesto oficial estimado n= meses de apalancamiento Para procesos de selección cuyo plazo estimado de ejecución del contrato sea menor a doce (12) meses, el cálculo del capital de trabajo demandado, se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: | | | --- | | CTd = (POE Anticipo o Pago anticipado) x 25% | Donde, CTd = Capital de Trabajo demandado para el proceso que presenta propuesta POE = Presupuesto oficial estimado Nota: no se contempló realizar una flexibilización del capital de trabajo demandado en los Documentos Tipo en las modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada de Menor Cuantía, Mínima Cuantía y Concurso de Méritos. - Patrimonio Considerando que los grandes proyectos de infraestructura de transporte están concebidos para varias vigencias, e
en los Documentos Tipo en las modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada de Menor Cuantía, Mínima Cuantía y Concurso de Méritos. - Patrimonio Considerando que los grandes proyectos de infraestructura de transporte están concebidos para varias vigencias, e implican la adjudicación de contratos por altos montos de recursos, este indicador cobra relevancia con el objetivo de fortalecer los requisitos a solicitar a los proponentes en el marco de este tipo de proyectos. Por lo anterior, se determinó la inclusión de este requisito en aquellos procesos de selección adelantados bajo la modalidad de Licitación Pública, en los cuales se cumplan condiciones asociadas al plazo estimado de ejecución y al rango de presupuesto (rango 2) más alto analizado dentro de la propuesta de indicadores considerando la participación de empresas con altos niveles de endeudamiento. En concordancia con lo señalado previamente, el Patrimonio se solicitará EXCLUSIVAMENTE en aquellos procesos de selección en los que se cumplan las siguientes dos condiciones: 1. Presupuesto oficial es >= a 40.000 SMMLV. 2. El plazo de ejecución del proceso es mayor o igual a 24 meses. La determinación del Patrimonio demandado (requerido), se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde, Pd = Patrimonio demandado (requerido) para el proceso que presenta la propuesta POE = Presupuesto oficial estimado Nota: para las empresas que acrediten su condición de MiPymes, la determinación del Patrimonio demandado (requerido), se hará de acuerdo con la siguiente fórmula: Donde, Pd = Patrimonio demandado (requerido) para el proceso que presenta la propuesta POE = Presupuesto oficial estimado. Conforme con lo señalado, en relación con los indicadores financieros en los documentos tipo del sector de infraestructura de transporte, la actualización de estos,
Donde, Pd = Patrimonio demandado (requerido) para el proceso que presenta la propuesta POE = Presupuesto oficial estimado. Conforme con lo señalado, en relación con los indicadores financieros en los documentos tipo del sector de infraestructura de transporte, la actualización de estos, consolida un marco metodológico más preciso y proporcional para la evaluación de la capacidad financiera y organizacional de los proponentes. La incorporación de rangos en SMMLV y la flexibilización de criterios para las MiPymes permiten una evaluación más equitativa y ajustada a la realidad económica de los oferentes. Así mismo, la inclusión de los indicadores de capital de trabajo y patrimonio como requisitos habilitantes refuerza la solidez financiera exigida, garantizando que los contratistas cuenten con la capacidad de apalancar sus compromisos y mitigar riesgos asociados al desarrollo contractual. En conjunto, estas disposiciones fortalecen la transparencia, la competencia y la sostenibilidad financiera de los procesos de contratación pública de infraestructura de transporte. |
1. Razones de la respuesta:
Lo anterior se sustenta en las siguientes consideraciones:
Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los documentos tipo. Así mismo, los sujetos obligados a su aplicación, no podrán variar los requisitos que en ellos sean fijados, ni establecer reglas o requisitos adicionales a los establecidos en estos para la presentación de las ofertas y la acre
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