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CCE-Guia capacidad residual de contratacion

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

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Detalles

Título
CCE-Guia capacidad residual de contratacion
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

GUÍA PARA DETERMINAR Y VERIFICAR LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL

PROPONENTE EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA

AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

-COLOMBIA COMPRA EFICIENTE2023

Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 1 de 36

GUÍA PARA DETERMINAR Y VERIFICAR LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL

PROPONENTE EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA

CÓDIGO: CCE-EICP-GI-22

VERSIÓN: 01 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023

TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETIVO ............................................................................................................. 5

2. ALCANCE ............................................................................................................ 5

3. INTRODUCCIÓN .................................................................................................. 5

4. DEFINICIONES GENERALES .................................................................................. 6

5. LA CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN ............................................... 7

6. CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 8 6.1. Procesos de Contratación con plazo estimado del contrato menor o igual a doce (12) meses ........................................................................................ 8 6.2. Procesos de Contratación con plazo estimado del contrato mayor a doce (12) meses ....................................................................................................................... 8

7. VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ......................................................................................................... 8

8. APLICATIVO PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN.................................................................................................... 9

9. CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROPONENTE ........................... 9

9.1 ¿Cómo calcular la Capacidad de Organización (CO)?....................... 11 9.2 ¿Cómo calcular la Experiencia (E)? ......................................................... 11 9.3 ¿Cómo calcular la Capacidad Financiera (CF)? ................................... 13 9.4 ¿Cómo calcular la Capacidad Técnica (CT)? ....................................... 13 9.5 ¿Cómo calcular el Saldo de Contratos en Ejecución? .......................... 14 9.5.1. Contrato en ejecución sin suspensión ............................................... 15 9.5.2. Contrato en ejecución suspendido................................................... 17

10. PROPONENTES EXTRANJEROS SIN SUCURSAL EN COLOMBIA ........................ 18

11. CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL PARA PROPONENTES PLURALES ... 19

12. EJEMPLO ............................................................................................................ 20 12.1. Cálculo Capacidad Residual integrante A ......................................... 20 12.2. Cálculo Capacidad Residual integrante B .......................................... 21

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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 12.3. Cálculo Capacidad Residual Consorcio AB ........................................ 22

13. UTILIZACIÓN DEL APLICATIVO PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL ................................................................................................................... 22 13.1. Proceso de Contratación: ..................................................................... 25 13.1.1 Información general ........................................................................... 25 13.2. Proponente: ............................................................................................ 25

13.2.1 Información del Proponente ................................................................. 25 13.2.2 Información de Contratos en Ejecución.............................................. 28

ANEXO 1 .................................................................................................................... 31

ANEXO 2 .................................................................................................................... 32

ANEXO 3 .................................................................................................................... 33

CONTROL DOCUMENTAL ......................................................................................... 35

ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1 – Definiciones generales ............................................................................... 7 Tabla 2 – Puntaje máximo por factor de la Capacidad Residual ....................... 10 Tabla 3 – Cálculo Capacidad de Organización ................................................... 11 Tabla 4 – Asignación de puntaje del factor de experiencia (E) según el rango en el cual se encuentre el factor. ................................................................................ 13 Tabla 5 - Asignación de puntaje del factor de capacidad financiera (CF) según el rango en el cual se encuentre el factor. ........................................................... 13 Tabla 6 - Asignación de puntaje del factor de capacidad técnica (CT) según el rango en el cual se encuentre el factor. ............................................................... 14 Tabla 7 – Cálculo del SCE para un contrato que no se encuentra suspendido. 15 Tabla 8 – Cálculo del SCE para un contrato que se encuentra suspendido. ..... 17 Tabla 9 -Información del Proceso de Contratación. ............................................ 20 Tabla 10 -Información del Integrante A. ................................................................ 20 Tabla 11 – Puntajes integrante A para Capacidad Residual ............................... 20 ÍNDICE DE IMÁGENES Imagen 1. Página web de la ANCP - CCE ............................................................. 23 Imagen 2. Botón de descarga de la aplicación para establecer la Capacidad Residual ..................................................................................................................... 23 Imagen 3. Enlace para descargar la aplicación .................................................. 23 Imagen 4. Formularios relacionados con la información del Proceso de Contratación y el Proponente ................................................................................ 24

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Imagen 5. Valor umbral Mipyme en USD y en COP .............................................. 24 Imagen 6. Información del Proceso de Contratación .......................................... 25 Imagen 7. Proceso de Contratación en estado completo ................................. 25 Imagen 8. Información del Proponente ................................................................. 26 Imagen 9. Información de oferente plural ............................................................. 26 Imagen 10. Nombre y participación del oferente plural ...................................... 26 Imagen 11. Información financiera del oferente plural ........................................ 27 Imagen 12. Ingresos operacionales cuando el proponente tiene uno o más años de información financiera ....................................................................................... 27 Imagen 13. Ingresos operacionales de USD125.000 cuando el proponente tiene menos de un año de información financiera ........................................................ 27 Imagen 14. Información financiera, técnica y experiencia del proponente ..... 28 Imagen 15. Información del Proponente en estado completo ........................... 28 Imagen 16. Información de contratos del proponente ........................................ 28 Imagen 17. Información de Contratos Vigentes del Proponente Plural ............. 29 Imagen 18. Proceso de Contratación y Proponente en estado completo ....... 30 Imagen 19. Cálculo de la Capacidad Residual del proceso de contratación . 30

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1. OBJETIVO La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, como ente rector del Sistema de Compra Pública, actualiza la Guía para determinar y verificar la Capacidad Residual del proponente en los Procesos de Contratación con el propósito de otorgar una herramienta útil para la participación en los procesos de selección del Sistema de Compras Públicas colombiano.

2. ALCANCE La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, con fundamento en el artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 expide la presente Guía a fin de establecer la metodología para el cálculo de la capacidad residual. La metodología resulta de obligatoria observancia tanto para entidades como oferentes en los Procesos de Contratación de obra pública.

Para facilitar la aplicación de la metodología dispuesta en la referida guía, esta Agencia ha desarrollado una Aplicación para establecer la Capacidad Residual, que facilita determinar tanto la capacidad residual de los Procesos de Contratación, como la de los proponentes, sugiriendo si este último cumple con el requisito habilitante. Sin embargo, el mencionado aplicativo es un instrumento de apoyo que no exime a las Entidades Estatales y a los proponentes de realizar el cálculo de la capacidad residual en los términos de la guía.

3. INTRODUCCIÓN El artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 estableció la capacidad residual del proponente o K de contratación como condición para participar en los Procesos de Contratación de obra pública. Además, de acuerdo con el parágrafo 1 ibidem, determinó que esta debe ser igual o superior a la establecida en los pliegos de condiciones, en los siguientes términos: «Parágrafo 1°. Para poder participar en los procesos de selección de los contratos de obra, la capacidad residual del proponente o K de contratación deberá ser igual o superior al que la entidad haya establecido para el efecto en los pliegos de condiciones.

Para establecer la capacidad residual del proponente o K de contratación, se deberán considerar todos los contratos que tenga en ejecución el proponente al momento de presentar la oferta. El desarrollo Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 5 de 36

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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 y ejecución del contrato podrá dar lugar a que los valores que sean cancelados al contratista se consideren para establecer el real K de contratación, en cada oportunidad. El Gobierno Nacional reglamentará la materia».

De acuerdo con el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, la capacidad residual es la aptitud de los oferentes para cumplir de manera oportuna y a

cabalidad el objeto de un contrato de obra, sin que los demás compromisos contractuales que han adquirido afecten su habilidad para cumplir el objeto del contrato que está en proceso de selección. El artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 establece que las entidades estatales deberán calcular la capacidad residual conforme a la metodología definida por Colombia Compra Eficiente y precisó que, para tales fines, resulta necesario tener en cuenta los factores de: Experiencia (E), Capacidad Financiera (CF), Capacidad Técnica (CT), Capacidad de Organización (CO), y los Saldos de los Contratos en Ejecución (SCE), así: «Artículo 2.2.1.1.1.6.4. Capacidad Residual. El interesado en celebrar contratos de obra pública con Entidades Estatales debe acreditar su Capacidad Residual o K de Contratación con los siguientes documentos: […] La Entidad Estatal debe calcular la Capacidad Residual del proponente de acuerdo con la metodología que defina Colombia Compra Eficiente, teniendo en cuenta los factores de: Experiencia (E), Capacidad Financiera (CF), Capacidad Técnica (CT), Capacidad de Organización (CO), y los Saldos de los Contratos en Ejecución (SCE). […]» Por su parte, el artículo 72 de la Ley 1682 de 2013, por la cual se adoptan medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte, estableció que la capacidad residual del proponente debe calcularse mediante la evaluación de los siguientes factores: Experiencia –E–, Capacidad Financiera –CF–, Capacidad Técnica –CT– y Capacidad de Organización –CO–

4. DEFINICIONES GENERALES Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidos con el significado que a continuación se indica o con el que establece el Decreto 1082 de 2015. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural según lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Los Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 6 de 36

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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 términos no definidos deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

Las fechas para los cálculos a los que se refiere la presente guía deben expresarse en meses y años, salvo que se indique lo contrario. Tabla 1 – Definiciones generales Definiciones Son los contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo la ejecución de obras civiles en los contratos de concesión y los contratos de obra Contrato en Ejecución suscritos con concesionarios, incluyendo los contratos que se encuentren suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio. No se entenderá como Contratos en Ejecución los que se encuentren en etapa de liquidación o ya fueron liquidados. Es la extensión de tiempo expresada en meses, entre la fecha de

Plazo iniciación y el vencimiento de la vigencia término del contrato, incluyendo las Prórrogas. Es la sumatoria de los saldos de los Contratos en Ejecución que tienen por ejecutar un período inferior a 360 días, es decir, 12 Saldos de los Contratos en meses. Si el número de días por ejecutar un contrato es superior a Ejecución o SCE 360 días, es decir 12 meses, el saldo del Contrato en Ejecución sólo tendrá en cuenta la proporción lineal de 12 meses. Corresponde a la Capacidad Residual o K de Contratación que el interesado en celebrar contratos de obra pública con Entidades Estatales debe acreditar. Capacidad residual o del proponente Se obtiene de sustraer de la capacidad de contratación el Saldo de los Contratos en Ejecución. Esta es suficiente para el Proceso de Contratación, si es igual o superior a la Capacidad Residual del Proceso de Contratación. Corresponde a la Capacidad Residual del Proceso de Contratación que la Entidad Estatal debe calcular. Se obtiene de sustraer al presupuesto oficial estimado, el anticipo Capacidad residual del o pago anticipado. Si el plazo estimado del contrato es superior a Proceso de Contratación doce (12) meses, la Capacidad Residual del Proceso de Contratación equivale a la proporción lineal de doce (12) meses del presupuesto oficial estimado menos el anticipo cuando haya lugar.

5. LA CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN La Capacidad Residual o K de Contratación es la aptitud de un oferente para cumplir oportuna y cabalmente con el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad de responder con el

contrato objeto del Proceso de Contratación. La Capacidad Residual de contratación únicamente es exigido para los contratos de obra pública; por tanto, en los Documentos del Proceso de obra pública, la Entidad Estatal debe establecer un requisito adicional a los requisitos Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 7 de 36

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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 habilitantes que es la Capacidad Residual o K de Contratación, la cual deben cumplir los interesados en participar en un Proceso de Contratación.

6. CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El cálculo de la Capacidad Residual equivale al presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación menos el anticipo o pago anticipado cuando haya lugar. Esto, para un plazo de ejecución de 12 meses. 6.1. Procesos de Contratación con plazo estimado del contrato menor o igual a doce (12) meses

La Capacidad Residual del Proceso de Contratación para aquellos casos en los cuales el plazo estimado del contrato es menor o igual a doce (12) meses se calcula de la siguiente manera: 𝑪𝒂𝒑𝒂𝒄𝒊𝒅𝒂𝒅 𝑹𝒆𝒔𝒊𝒅𝒖𝒂𝒍 𝒅𝒆𝒍 𝑃𝑟𝑒𝑠𝑢𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑜 𝐴𝑛𝑡𝑖𝑐𝑖𝑝𝑜 𝑜 = ( )−( ) 𝑷𝒓𝒐𝒄𝒆𝒔𝒐 𝒅𝒆 𝑪𝒐𝒏𝒕𝒓𝒂𝒕𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝑂𝑓𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙 𝐸𝑠𝑡𝑖𝑚𝑎𝑑𝑜 𝑝𝑎𝑔𝑜 𝑎𝑛𝑡𝑖𝑐𝑖𝑝𝑎𝑑𝑜 6.2. Procesos de Contratación con plazo estimado del contrato mayor a doce (12) meses La Capacidad Residual del Proceso de Contratación para aquellos casos en los cuales el plazo estimado del contrato es mayor a doce (12) meses se calcula de la siguiente manera: 𝑃𝑟𝑒𝑠𝑢𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑜 𝐴𝑛𝑡𝑖𝑐𝑖𝑝𝑜 𝑜 ( )−( )

( )−( ) 𝑪𝒂𝒑𝒂𝒄𝒊𝒅𝒂𝒅 𝑹𝒆𝒔𝒊𝒅𝒖𝒂𝒍 𝒅𝒆𝒍 𝑂𝑓𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙 𝐸𝑠𝑡𝑖𝑚𝑎𝑑𝑜 𝑝𝑎𝑔𝑜 𝑎𝑛𝑡𝑖𝑐𝑖𝑝𝑎𝑑𝑜 = ∗12 𝑚𝑒𝑠𝑒𝑠 𝑷𝒓𝒐𝒄𝒆𝒔𝒐 𝒅𝒆 𝑪𝒐𝒏𝒕𝒓𝒂𝒕𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑒𝑠𝑡𝑖𝑚𝑎𝑑𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜 (𝑚𝑒𝑠𝑒𝑠)

7. VERIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN La forma para establecer si un proponente cumple con la Capacidad Residual del Proceso de Contratación es a través de la comparación entre la Capacidad Residual del Proponente en relación con la Capacidad Residual del Proceso de

contratación, es decir, la capacidad del proponente debe ser mayor o igual a la capacidad residual del Proceso de Contratación, así: 𝐶𝑎𝑝𝑎𝑐𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑅𝑒𝑠𝑖𝑑𝑢𝑎𝑙 𝐶𝑎𝑝𝑎𝑐𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑅𝑒𝑠𝑖𝑑𝑢𝑎𝑙 ≥ 𝑑𝑒𝑙 𝑃𝑟𝑜𝑝𝑜𝑛𝑒𝑛𝑡𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑃𝑟𝑜𝑐𝑒𝑠𝑜 𝑑𝑒 𝐶𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑎𝑐𝑖ó𝑛 Los proponentes acreditarán la capacidad residual o K de contratación conforme se describe a continuación: Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 8 de 36

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En los Procesos de Contratación estructurados por lotes o grupos, el proponente podrá acreditar una capacidad residual mayor o igual a la capacidad residual del lote o grupo al cual presentó oferta o de la sumatoria de los lotes o grupos

a los cuales presentó oferta. Si la capacidad residual del proponente no es suficiente para la totalidad de lotes a los cuales presentó oferta, la entidad podrá habilitarlo únicamente en aquellos de mayor valor en los que cumpla con la capacidad residual requerida, de acuerdo con el pliego de condiciones o invitación en particular.

8. APLICATIVO PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL

PROCESO DE CONTRATACIÓN La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente pone a disposición de los partícipes del sistema de compra pública un formato Excel denominado “Aplicación para establecer la Capacidad Residual” que permite, tanto a la Entidad Estatal como a los interesados en los Procesos de Contratación, calcular la Capacidad Residual y validar que los oferentes cumplen con el requisito del Proceso de Contratación. Esta aplicación se encuentra en la página web de Colombia Compra Eficiente en el siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/manuales-guiasy-pliegos-tipo/manuales-y-guias. Sin perjuicio de lo anterior, conforme a lo explicado en el numeral 2 de la presente guía, el mencionado aplicativo es un instrumento de apoyo que no exime a las Entidades Estatales y a los proponentes de realizar el cálculo de la capacidad residual en los términos de este documento.

9. CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROPONENTE El proponente debe demostrar que su operación o actividad comercial le permite asumir nuevas obligaciones derivadas del contrato objeto del Proceso de Contratación. Por lo cual, el proponente en un Proceso de Contratación de una obra pública debe presentar la siguiente información para acreditar su

Capacidad Residual1: Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 9 de 36

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1. La lista de los Contratos en Ejecución, así como el valor y plazo de tales contratos.

2. La lista de los Contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, así como el valor y plazo de tales contratos.

Nota: En caso de que los Contratos en Ejecución se encuentren suspendidos, esta circunstancia también deberá ser indicada de igual forma.

3. El estado de resultados auditado que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años y el balance general auditado del último año, suscrito por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener Registro Único de Proponentes (RUP), las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el estado de resultados que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años puesto que la información de la liquidez se encuentra contenida en el RUP.

El cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación debe incluir los siguientes factores: o Experiencia (E)

o Capacidad Financiera (CF) o Capacidad Técnica (CT) o Capacidad de Organización (CO) o Saldos de los Contratos en Ejecución (SCE) Lo cual se traduce en la aplicación de la siguiente fórmula: 𝑪𝒂𝒑𝒂𝒄𝒊𝒅𝒂𝒅 𝑹𝒆𝒔𝒊𝒅𝒖𝒂𝒍 𝐸+𝐶𝑇+𝐶𝐹 = 𝐶𝑂∗( )−𝑆𝐶𝐸 𝒅𝒆𝒍 𝑷𝒓𝒐𝒑𝒐𝒏𝒆𝒏𝒕𝒆 100 Cada uno de los factores se le asigna el siguiente puntaje máximo: Tabla 2 – Puntaje máximo por factor de la Capacidad Residual Factor Puntaje máximo Experiencia (E) 120 Capacidad Financiera (CF) 40 Capacidad Técnica (CT) 40 Total 200 La Capacidad de Organización no tiene asignación de puntaje en la fórmula porque su unidad de medida es en pesos colombianos y constituye un factor multiplicador de los demás factores, como se indica en el siguiente apartado.

Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 10 de 36

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9.1 ¿Cómo calcular la Capacidad de Organización (CO)? La Capacidad de Organización (CO) corresponde a los ingresos operacionales teniendo en cuenta lo siguiente: Tabla 3 – Cálculo Capacidad de Organización Años de información Capacidad de Organización (CO) financiera Cinco (5) años o más Mayor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años. Entre uno (1) y cinco (5) Mayor ingreso operacional de los años de vida del oferente. años USD 125.000 (Liquidados a la tasa de cambio determinada por el Menos de un (1) año Ministerio de Comercio, Industria y Turismo cada 2 años para efectos del umbral del beneficio de las Mipyme.) Si los ingresos operacionales del proponente con uno (1) o más años de información financiera es menor a USD 125.000, la Capacidad de Organización (CO) del proponente es igual a USD 125.000. Para acreditar el factor (CO) el proponente obligado a tener RUP debe presentar los siguientes documentos:

I. Estado de resultados integral (estado de resultado o pérdida o ganancias) del año en que hayan obtenido el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años o de los años de vida del oferente, según corresponda, debidamente firmado por el representante legal y el contador público bajo cuya responsabilidad se han preparado y por el revisor fiscal o, en caso de no haberlo, por no estar obligado a tenerlo, por contador público independiente, acompañados de su dictamen u opinión de conformidad con el artículo 38 de la Ley 222 de 1995.

II. Copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios vigentes de los Contadores Públicos, Revisores Fiscales,

Contadores independientes (externos), quienes suscribieron los documentos señalados en el presente literal. 9.2 ¿Cómo calcular la Experiencia (E)? La Experiencia (E) del oferente para propósitos de la Capacidad Residual es acreditada por medio de la relación entre: • El valor total en pesos de los contratos relacionados con la actividad de la construcción inscritos por el proponente en el RUP en el segmento 72 “Servicios de edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento” del Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC).

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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 • El presupuesto oficial estimado del Proceso de Contratación.

La relación indica el número de veces que el proponente ha ejecutado contratos equivalentes a la cuantía del Proceso de Contratación objeto de la acreditación de la Capacidad Residual. Para proponentes individuales se expresa así: 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑜𝑠 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 (𝐶𝑂𝑃)

𝑬𝒙𝒑𝒆𝒓𝒊𝒆𝒏𝒄𝒊𝒂 = 𝑃𝑟𝑒𝑠𝑢𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑜 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑒𝑠𝑡𝑖𝑚𝑎𝑑𝑜 (𝐶𝑂𝑃) El cálculo del factor de Experiencia (E) para efectos de la Capacidad Residual de un miembro de un proponente plural debe tener en cuenta su participación en el Proceso de Contratación objeto del cálculo de la Capacidad Residual, así: 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑙𝑜𝑠 𝑐𝑜𝑛𝑡𝑟𝑎𝑡𝑜𝑠 (𝐶𝑂𝑃) 𝑬𝒙𝒑𝒆𝒓𝒊𝒆𝒏𝒄𝒊𝒂 = 𝑃𝑟𝑒𝑠𝑢𝑝𝑢𝑒𝑠𝑡𝑜 𝑜𝑓𝑖𝑐𝑖𝑎𝑙 𝑒𝑠𝑡𝑖𝑚𝑎𝑑𝑜 (𝐶𝑂𝑃)∗%𝑃𝑎𝑟𝑡𝑖𝑐𝑖𝑝𝑎𝑐𝑖ó𝑛 Es decir, si el oferente NO es una figura asociativa, no hay lugar a porcentaje de

participación2. Para acreditar el factor de Experiencia (E), el proponente debe diligenciar su información en el formato establecido por la Entidad Estatal para tal fin. No obstante, en el Anexo 1 de esta guía se sugiere un modelo para ser tenido en cuenta. Dicho Anexo contiene los contratos inscritos en el segmento 72 y su valor total en pesos colombianos liquidados con el SMMLV. Asimismo, el presupuesto oficial estimado debe liquidarse con el SMMLV para el año de publicación del pliego de condiciones definitivo del Proceso de Contratación. Las personas jurídicas con existencia inferior a tres (3) años pueden acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes en los términos del numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, o la norma que lo modifique, adiciones o sustituya. El puntaje asignado al factor de Experiencia (E) se debe asignar con base en la siguiente tabla: Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 12 de 36

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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023

Tabla 4 – Asignación de puntaje del factor de experiencia (E) según el rango en el cual se encuentre el factor. Mayor a Menor o igual a Puntaje 0 3 60 3 6 80

6 10 100 10 Mayores 120 9.3 ¿Cómo calcular la Capacidad Financiera (CF)? La Capacidad Financiera (CF) se obtiene teniendo en cuenta el índice de liquidez del proponente con base en la siguiente formula: 𝐴𝑐𝑡𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 Í𝑛𝑑𝑖𝑐𝑒 𝑑𝑒 𝐿𝑖𝑞𝑢𝑖𝑑𝑒𝑧 = 𝑃𝑎𝑠𝑖𝑣𝑜 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑖𝑒𝑛𝑡𝑒 El puntaje para la liquidez se debe asignar con base en la siguiente tabla: Tabla 5 - Asignación de puntaje del factor de capacidad financiera (CF) según el rango en el cual se encuentre el factor. Mayor o igual a Menor o igual a Puntaje 0 0,50 20 0,51 0,75 25 0,76 1,00 30 1,01 1,50 35 1,51 Mayores 40 Indeterminado 40 El índice de liquidez del proponente se verifica con el RUP. Si el proponente no tiene antigüedad suficiente para tener estados financieros auditados a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, deben tenerse en cuenta los estados financieros de corte trimestral o de apertura, suscritos por el representante legal y el auditor3. En caso de que el proponente tenga un pasivo corriente igual a cero (0) y por consiguiente su índice de liquidez sea indeterminado, la entidad debe otorgar

el máximo puntaje en el componente de Capacidad Financiera (CF). Por tanto, teniendo en cuenta que, a mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo, el puntaje a asignar será el máximo. 9.4 ¿Cómo calcular la Capacidad Técnica (CT)? La Capacidad Técnica (CT) se asigna teniendo en cuenta el número de socios y profesionales de la arquitectura, ingeniería y geología vinculados mediante Versión: 01 Código: CCE-REC-GI-22 Fecha: 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Página 13 de 36

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