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CCE-Resolución 062 de 2021

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

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Detalles

Título
CCE-Resolución 062 de 2021
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2021

REPUBLICA DE COLOMBIA

AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA

COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESOLUclóNNÚMERb -® ®<# DE2021

1-`- ) "Por la cual se sustituye y derpga la Re§olución 211 de 2020" 11 1 EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEEn ejercicio de sus facultades legales, en especiál las conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto 4i70 de 2oi i , ei Deéreto i i 82 dei 2o2o y, CONSIDÉRANDO: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar con carácter permanente o transit`orio grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad. Que mediante Decreto Ley 4170 de 2011, modific[ado parcialmente por el Decreto 1822 de 2019, se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Contratación PúblicaColombia Compra Eficiente-, como una entidadi descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden Baec#:'h::T.peNr::i::ráFjduerídii:hg::!;mn:n;ospero:isgtayb:ucti:T:nmí:uatgti.nui:::::v;y,afi;naf::i:ir.arieasdsdcerit:ua: dependencias. Que el objetivo de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, como

ente rector, de acuerdo con el artículo 2° del mencionado Decreto, es desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr üna mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. Que, dentro de las funciones de la Dirección General de la Unidad, establecidas en el numeral 16 artículo 10° del Decreto 4170 de 2011, es "Crear, organ/.zar y conformar comí.fés, oom/.s/.ones y grL/pos i:treorgnroasmdaestt:tzbaaJíoístepn:reandefaedneccuuaedn:af:ance,Stnr:c%nit:náeerFaa,!ga§nnc%,?sidadesdelseNicioylosplanesy Que mediante Decreto 670 del 29 de marzo de 2012 se creó la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Comp,ra Eficiente-, con 40 cargos, sjtuación que impidió la creación de grupos de trabajo debido a la reducida cantidad de empleos en la entidad. Que mediante Decreto 1823 del 7 de octubre de 20'19 se modificó parcialmente la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, se suprimieron tres (3) empleos y se creó uno (1), quedando la planta de personal con treinta y ocho (38) cargos, situación que profundizó el impedimento para la creación de grupos internos de trabajo por la disminución del número de empleos en la planta de la Agencia. Que mediante Decreto 1182 del 28 de agosto de ,12020 se amplió la planta de personal de la Agencia

Nacional de Contratación Pública -Colombia Conipra Eficiente -, en 104 empleos, lo cual aumentó la planta de empleos a un total de 142 cargos. Que por medio de la Resolución 143 de 2020, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, distribuyó unos cargos de su planta de personal en sus dependencias, 1 Que mediante Resolución 211 del 30 de octubré de 2020, expedida por el Director General de la #g::jc::,eNsa:i:;:áiueng::tergtya:iiiTÓpotrb::cais-pCoos'i:!:ieas.CompraEficiente-,secreógruposinternosde Que por medio de la Resolución 212 del 30 de oc'tubre de 2020, Ia Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conformó! los Grupos internos de trabajo y dispuso que el Pa:c,raebt:::os3:nceor:id:nqau::nn,h:jge:uscui3nv,escue:é#s§iignn:;r:oTtergiadnet:aasc:oct:vi#es:rat:YOG:unp:odo:dtirnaabdai:.Para RESOLUcióN NÚMERo ±ffi © 3 de 2021 Hoja N°. 2 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 211 de 2020" Que mediante Resolución 060 del 2 marzo de 2021, se sustituye y deroga la Resolución 143 del 1° de septiembre de 2020, con el fin de reubicar unos cargos por necesidades del servicio y adicionalmente, por razones de eficiencia y técnica normativa, contar con un solo acto administrativo en el que se

consigne la Distribución de los cargos. de la Planta Global de la Entidad. Que se hace necesario fortalecer la organización interna de la Subdirección de Negocios, con el propósito de lograr mayor eficiencia y agilidad en el cumplimiento de sus funciones y el logro de los objetivos institucionales. Que en consecuencia, es procedente sustituir la Resolución 211 del 30 de octubre de 2020, con fin de crear el grupo interno de trabajo "Seguimiento, Cifras y Estadísticas de la TVEC", en la Subdirección de Negocios y adicionalmente, por razones de eficiencia y técnica normativa, contar con un solo acto administrativo en el que se consigne la creación y funciones de los grupos internos de trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. SUSTITUIR la resolución 211 del 30 de octubre de 2020, la cual quedará así: ARTÍCULO 1°. Creáse en la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientelos siguientes grupos internos de trabajo, de acuerdo con la siguiente ubicación y denominación:

1. DIRECCIÓNGENERAL 1.1. Grupo interno de trabajo de Comunicaciónes Estratégicas. i.2. Grupo interno de trabajo de Planeación, Políticas Públicas y Asuntos lnternacionales.

2. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL 2.1. Grupo interno de trabaj.o de Relatori'a. 2.2. Grupo interno de trabaj.o de Estudios y Conceptos. 2.3. Grupo interno de trabajo de Documentos Tipo. 2.4. Grupo interno de trabajo de Normas y Reglamentos.

3. SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS 3.1, Grupo interno de trabaj.o de Estructuración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.2. Grupo interno de trabajo de Administración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.3. Grupo interno de trabajo de Procesos Sancionatorios. 3.4. Grupo interno de Seguimiento, Cifras y Estadísticas de la T\/EC

4. SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO 4.1. Grupo interno de trabajo de Planeación de TI. 4.2. Grupo interno de trabajo de lnfraestrutura de Tl. 4.3. Grupo interno de trabajo de Seguridad de la lnformación. 4.4. Grupo interno de trabajo de Operación de Plataformas de Compra Pública. 4`5. Grupo interno de trabajo de Sistemas de lnformación. 4.6. Grupo interno de trabajo de Uso y Apropiación.

5. SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ABASTECIMIENTO ESTRATÉGICO 5.1. Grupo interno de trabaj.o de Observatorio Oficial de Contratación Esta`tal. 5.2. Grupo interno de trabajo de Analítica de Datos. 5.3. Grupo interno de trabajo de Abastecimiento Estratégico.

6. SECRETARÍA GENERAL 6.1. Grupo interno de trabajo de Gestión Financiera. 6.2. Grupo interno de trabajo de Gestión del Talento Humano. 6.3. Grupo interno de trabaj.o de Gestión Administrativa. -!#L, 9 ?

RESOLUCION NUMERO de 2021 Hoja N°. 4

Continuación de la Resolución "Por la cual se'§ustituye y deroga la Resolución 211 de 2020" -----------------------1--------_---------.-.--.-.---------------------------------------------------------------------------------- 1)

9. Diseñar el mapa de riesgos relacionado con comunicaciones de la Agencia para prevenir situaciones de crisis. , io. Formular y coordinar la estrategia de manejo de imagen de la Agencia dentro y fuera del pais. ;

11. Diseñar y publicar las piezas, mensaj:es y contenidos de las gestiones que adelante la Agencia y aquellos que se deriven de la ejecución de la estrategia de comunicaciones del Gobiemo Nacional. 1¡ 12.Coordinarladivulgacióndelasdiversas¡actividadesenlasqueparticipelaAgencia.

13. Elaborar la estratégia de gestión docuhental del grupo de comunicaciones y adelantar las actividades pertinentes para la ejecucióh de la estratégia.

14. Llevar el registro de las audiencias y eventos de la Agencia a través de los medios determinados para ello.

15. Supervisar, certificar y dar trámite a los gontratos designados para supervisión.

16. Las demás que le asigne la Direccióh General de la Agencia en relación directa con comunicaciones.

1'

CAPÍTULO 11

DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LAisuBDIRECCIÓN DE GESTlóN CONTRACTUAL 1, ARTÍCULO 4°. EI Grupo de Relatorí]; tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: 1

1. Buscar, descargar, guardar y diligencia`r el inventario de normas relacionadas con asuntos contractuales.

2. Analizar, identificar, seleccionar e hipervincular criterios contenidos en normas relacionadas con asuntos contractuales, cargar lasi normas hipervinculadas en la plataforma y hacer

control de calidad a la información.

3. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de conceptos relacionadas con temas

contractua les. [:

4. Analizar, identificar, seleccionar y hacer la titulación de extractos relevantes de los conceptos, cargar ios extractos en ia piátaforma y hacer controi de caiidad a ia información.

5. Buscar, descargar, guardar y clasificar lps sentencias relacionadas con temas contractuales. 6.:n::::c:::Óanráeh,:Cse:::tt:tnu::ac:Órneqduee,r:ds::x;raarcat:::::eav:én:::c:.e,asprov¡denc¡as,yextraer,a

7. Guardar las providencias indizadas, dili:9enciar matriz con la información de las sentencias y hacer control de calidad a la informacióh.

8. Realizar la gestión documental de las normas, conceptos y sentencias correspondiente.

9. Comprimir las nomas, conceptos y sehtencias en formato ZIP, y disponerlos en el archivo respectivo.

10. Las demás que ,e sean asignadas en ré,ación con ,as actividades que se desarro"a.

ARTicuLO 5°. EI Grupo de Conceptos tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:

1. Recibir, distribuir y tramitar las so[icitudes relacionadas con la formulación, adopción y dirección de la política en materia de co'mpras y de contratación pública.

2. Recibir, distribuir, definír y proyectar conceptos jurídicos en términos de contenido, coherencia, calidad, oportunidad, profundidad, aplicabilidad y normativa necesaria para la consolidación de un sistema de compra!s y contratación pública.

3. Elaborar conceptos jurídicos que desárrollan aspectos de compras y contratación pública

como base para la mei.ora de la participación de las entidades estatales en los procesos de compras y contratación pública.

4. Responder a solicitudes de conceptost jurídicos solicitados por las entidades o los actores del Sistema de Compra Pública sóbre la aplicación de las políticas, instrumentos, herramientas y normas de carácter general en materia de compras y contratación pública, y enviar el documento de respuesta por la herramienta de gestión documental respectiva.

5. Remitir para la firma del Subdirector de Gestión Contractual, los conceptos y estudios que se requieran, realizarlos con fundamen'to legal y jurisprudencial vigente en el ordenamiento jurídico, manteniendo la debida coordin?ción y unidad de criterio j.urídico.

S © 2, RESOLUCIÓN NÚMERO --1t` , de 2021 Hoja N°. 3

Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 211 de 2020" 6.4. Grupo interno de trabajo de Gestión Documental. 6.5. Grupo interno de trabajo de Jurídica y Contractual. 6.6. Grupo interno de trabajo de Atención al Ciudadano.

Parágrafo: Los grupos internos de trabajo podrán ser modificados por el Director General en cualquier momento, atendiendo las necesidades del servicio".

CAPITULO I DE LOS GRUPOS DE TRABAJO ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN GENERAL ARTÍCULO 2°. EI Grupo de Planeación, Políticas Pública y Asuntos lnternacionales tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:

1. Asesorar la definición de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la Agencia

Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.

2. Definir las estrategias que darán Iínea para el que hacer institucional que le aportarán al cumplimiento de su misión y al Plan Nacional de Desarrollo.

3. Asesorar en la formulación de los proyectos de política pública y de inversión a la Dirección General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.

4. Desarrollar y validar los indicadores de gestión, producto del impacto de las políticas, planes y programas de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientey, hacer el seguimiento a través de los sistemas establecidos para ello.

5. Validar y reportar el seguimiento al cumplimiento de las metas de gobierno de la Agencia

Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.

6. Coordinar la implementación y actualización continua del Modelo lntegrado de Planeación y

Gestión MIPG.

7. Realizar seguimiento normativo y regulatorio al sistema de compra pública (leyes, decretos, documentos conpes, entre otros)`

8. Realizar el diagnóstico y generar recomendaciones de mejora sobre las herramientas diseñadas por la Agencia. (Manuales, guías, vizualizaciones, entre otras).

9. Estructurar y realizar seguimiento a los proyectos de cooperación internacional.

10. Efectuar monitoreo de mej.ores prácticas globales en compras públicas (OCDE, Banco

Mundial, BID, RICG).

11. Estructurar y ej.ecutar investigaciones estratégicas en los mercados de contración estatal.

12. Formular y realizar seguimiento a políticas públicas, planeación, programas y proyectos que mejoren la eficiencia, la transparencia y la efectividad en el sistema de compra pública.

13. Formlar proyectos disruptivos que potencialicen el impacto de las actividades misionales de la Agencia.

ARTÍCULO 3°. EI Grupo de Comunicaciones tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: .

1. Participar en la elaboración del plan estratégico, plan de acción, plan anual de adquisiciones, indicadores de gestión y mapa de riesgos en lo relacioando con sus funciones.

2. Proponer e implementar procedimientos y mecanismos de seguimiento a la ejecución del plan de acción de la dependencia; así como los ajustes o acciones que deban adoptarse para el logro de los obj.etivos y las metas propuestas.

3. Proponer e implementar procedimientos, mecanismos e instrumentos para hacer más eficientes las activjdades a cargo del grupo.

4. Asesorar y apoyar a la Agencia y sus dependencias en el diseño de las comunicaciones estratégicas, incluyendo la definición de los objetivos, mensajes, contenidos, y la divu[gación de los mismos.

5. Construir y diseñar la estrategia de comunicaciones conforme a las funciones de la Agencia y a las necesidades de la misma.

6. Diseñar y administrar los contenidos del sitio Web de la Agencia, así como su mantenimiento y programación.

7. Divulgar oportunamente ante los medios de comunicación las gestiones que adelanta la Agencia en el desarrollo de sus funciones.

8. Diseñar la estrategia de divulgación externa con medios de comunicación de las gestiones desarrolladas por la Agencia.

1 RESOLUcióN NÚMERo=# 9 8 de 2021 Hoja N°. 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se'!sustituye y deroga la Resolución 211 de 2020"

11-,II,~,1I,~,1,®,1,.,,11,,,,,----------~-11~---I---1--------------------_----------------------------------------------1--------------------1--

6. Dei.ar constancia expresa de la modificación de una recomendación anterior si el concepto a emitir la modifica, así como las razones' por las cuales se adopta la nueva posición.

7. Mantener actualizadas las bases de datos de conceptos emitidos por la Subdirección de

Gestión Contractual.

8. Asesorar y apoyar jurídicamente ai las dependencias de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-en asuntos de Derecho Contractual y de Contratación Pública de acuerdo con, la legislación nacional y velar por su adecuada aplicación. 9, Proponer criterios de interpretación! y procedimientos para la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia. ti

10. Las demás que le sean asignadas en rélación con las actividades que desempeña.

ARTÍCULO 6°. EI Grupo de Documentos Tipo tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: [;

1. Identificar, definir y estructurar docutmentos tipo a desarrollar en cada uno de sus componentes, determinar su aplicabilidad y la normatividad necesaria para su elaboración.

2. Corregir, aJ.ustar o modificar ,oS doéumentos tipo de acuerdo Con ,as observaciones realizadas por las instancias competent!s.

3. Identificar, definir y estructurar guías o,!manuales para la comprensión e implementación de los documentos tipo, determinar su contenido, aplicabilidad y normatividad necesaria para la elaboración de cada uno de ellos. !

4. Corregir, ajustar o modificar las guíás o manuales de acuerdo con las observaciones

realizadas. ¡

5. Estructurar el componente jurídico-adni[inistrativo de la versión preliminar de los documentos tipo con base en la investigación ih,terna del tema para fijar condiciones pariic`ulares aplicables a cada documento tipo, guíai')o manual.

6. Desarrollar mesas técnicas con entidaqes especializadas para la estructuración técnica de los Documentos Tipo, para la revisión,de la versión preliminar elaborada por la Agencia y para definir los aspectos técnicos del documento final.

7. Remitir al Subdirector de Gestión Con,tractual los borradores de documentos tipo, guías o manuales para su revisión y aprobación.

8. Apoyar la elaboración de conceptos j,urídicos solicitados por los actores del Sistema de 9. :,oaT:rr:rF::li;rao;::troes'ad:p:i:taoc:ó:ddmeii:sstrda:i:::epnatroas ,t:p:áopción de ,os documentos tipo, guías o manuales. i

10. Publicar en la página web de la entidad los documentos tipo, guías o manuales que sean requeridos y recibir los comentarios qu? se presenten.

11. Apoyar la implementación de los docuntentos tipo, guías y manuales.

12. Las demás que le sean asignadas en rélación con las actividades que desempeña.

1 ARTÍCULO 7°. EI Grupo de NormatiJa tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:

1. Recopilar, clasificar y analizar estudios, investigaciones, documentos y demás información que trate sobre asuntos de contrataci}in y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estr,atégicos, normas, elaboración de herramientas e

instrumentos, y la toma de decisiones én estas áreas. 2. ldentificar, definir, estructurar y elabora'r los proyecto de actos legislativos, leyes, decretos, o normas a desarrollar, teniendo en cuen'{a su contenido y aplicabilidad.

3. Estudiar el marcojurídico aplicable parIa los proyectos de actos legislativos, Ieyes, decretos y reg]amentos, incluyendo revisión de la doctrina y las jurisprudencias respectivas.

4. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, acuerdos, circulares, resoluciones, cóntratos, convenios nacionales y demás actos y/o asuntos administrativos que deba expédir ia Entidad o para proponer al Gobierno Nacional, en materia de compras y contratación pública.

5. Adelantar investigaciones y estudios eh temas de normas y procedimientos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes

1

RESoLUcióN NÚMERo : #` 9 ? de 2021 Hoja N°. 6

Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 211 de 2020" estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estos asuntos, que permitan consolidar un sistema de compras y contratación pública.

6. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de normas en los que pueda verse afectada la Agencia o en los que considere que debe participar como ente rector del Sistema de Contratación y Compra Pública del Estado colombiano.

7. Participar en mesas de trabajo con entidades estatales para el desarrollo de normas y

reglamentos concernientes con compras y contratación pública.

8. Solicitar la publicación de los proyectos de normas en la página web, recibir los comentarios y ajustarlos en los casos requeridos.

9. Elaborar las memorias justificativas y demás documentos necesarios para realizar el trámite de adopción correspondiente.

10. Adelantar las actividades requeridas ante las instancias respectivas para la adopción de las normas, herramientas o instrumentos desarrollados por la Agencia.

11. Sugerir criterios para los pemles ocupacionales y competencias laborales a solicitud de las instancias interesadas en determinar una competencia u ocupación relacionada con compras y contratación pública.

12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.

CAPÍTULO 111

DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS ARTÍCULO 8°. EI Grupo de Estructuración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: 1, Elaborar las fichas de viabilidad de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios con base en la información preliminar del mercado.

2. Gestionar y asistir a reuniones con los actores del mercado y entidades compradoras para identificar la forma de adquisición de los bienes con características técnicas uniformes obj.eto de lnstrumentos de Agregación de Demanda.

3. Estructurar y redactar los documentos del proceso de selección (estudio del sector, estudios previos, pliego de condiciones, minuta, anexos y formatos).

4. Gestionar la publicación, seguimiento y desarrollo de los procesos de selección para la celebración de los Acuerdos Marco de Precios y demás lnstrumentos de Agregación de

Demanda en la Plataforma SECOP 11.

5. Elaborar y publicar la documentación emitida en desarrollo de los procesos de selección adelantados en la Plataforma Secop 11, tales como (avisos de convocatoria, respuesta a observaciones, adendas, informes de selección, aclaraciones, resoluciones de apertura y adjudicación, entre otros).

6. Apoyar la evaluación de las ofertas recibidas en desarrollo del proceso de selección.

7. Elaborar los contratos electrónicos a través de la Plataforma SECOP 11 y hacer seguimiento a la debida suscripción por parte de los adjudicatarios.

8. Revisar las garantías de los procesos de contratación para acreditar el cumplimiento de requisitos de ejecución de los Acuerdos Marco de Precios o lnstrumentos de Agregación de Demanda. 9. ldentificar mej.ores prácticas de otras agencias, sectores y mercados para incorporar nuevas herramientas a los instrumentos que permitan aumentar la participación y mejorar la gestión de las cadeñas de suministro correspondientes.

10. Identificar los riesgos propios del mercado y del proceso de contratación.

11. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.

ARTÍCULO 9°. EI Grupo de Administración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:

1. Realizar el reporte y presentación de órdenes de compra representativas emitidas a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (ll/EC).

2. Realizar la actualización de la matriz de garantías, calculando el valor de las pólizas de acuerdo con las Órdenes de compra emitidas por cada proveedor.

3. Revisar el correo, descargar las ofertas y diligenciar matriz de evaluación del lnstrumento de Agregación de Demanda para la adquisición de bienes y servicios para el manej.o de la emergencia sanitaria el Gobierno Naciona].

RESOLUcióN NÚMERo=`S: 9~? de 2021 Hoja N°. 7 1 Continuación de la Resolución "Por la cual se, sustituye y deroga la Resolución 211 de 2020"

4. Rea]izar, durante su vigencia, la revi:ión de precios semanal del catálogo de ayudas humanitarias-IAD Emergencia Covid i}19 frente a las bases de datos publicadas por el DANE, el Sistema de lnformación de' Precios y Abastecimientodel Sector Agropecuario

(SIPSA) y el Precio de venta al público de artículos de primera necesidad (PVPAPN).

5. Brindar apoyo en la elaboración del informe trimestral de seguimiento a las obligaciones de pago de las entidades compradoras de los diferentes Acuerdos Marco e lnstrumentos de

Agregación de Demanda.

6. Diseñar y configurar el simulador para r'éalizar compras.

7. Realizar la guía de compra dirigida a las entidades compradoras, con cada uno de los pasos que deben seguir para el proceso de compra.

8. Crear proveedores en la Tienda Virtual` del Estado Colombiano (T\/EC) teniendo en cuenta la documentación entregada.

9. Realizar la guía para proveedores sobre el uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano

(ll/EC), explicando la forma en que depen cotizar a través del simulador y la (TVEC).

10. Crear el Minisitio, incluyendo y cargándo los documentos contractuales, el catálogo, el

simulador, y la guía de compra.

11. Capacitar a proveedores y entidades ,pompradoras sobre el uso de los simuladores y la t2.:¡reonmd:c+:#:ra,adt:::e::aá:rce:¡:smsb:::a:etsT¥,EuCs,¿yadqu¡s¡sc¡óndeb¡enesyservüosatravés de los lnstrumentos de Agregación de Demanda dispuestos en la Tienda Virtual del Estado

Colombiano ("EC).

13. Responder consultas de proveedores y entidades sobre documentos del lnstrumento de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. t4.á:eenddaenr::ís:¡¡ro::%oansepraoí:eedsot¡r::,aydín:::::sd::::reandt::a:eí::astrreusmo:vnet:d:feer;:::%sacq¡:: de Demanda.

15. Responder consultas a las entidades 'compradoras sobre decretos, normas y demás que estén relacionadas con el uso de los lhstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos

Marco de Precios.

16. Resolver inconvenientes presentados Por los proveedores o entidades compradoras sobre el uso y funcionamiento de la Tienda Vihual del Estado Colombiano (T\/EC). i7. Atender recomendaciones de entidadés compradoras sobre nuevos bienes y servicios e indentificar la manera en que puedeh ponerse a disponibilidad en la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC), ya sea a través de lnstruentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. existentes io de nuevos lnstrumentos.

18. Realizar mesas técnicas con entidadeé compradoras y proveedores para que l?s entidades puedan realizar sus compras a {ravés d`e la Tienda Virtual del Estado Colombiano (T\/EC).

19. Hacer seguimiento a las obligaciones del lnstrumento de Agregación de Demanda, velando por el cumplimiento por parte de entidades compradoras y proveedores.

20. Adelantar las revisiones periódicas ;de pólizas, Registro Único Empresarial (RUES), inhabilidades, cifras, criterios de sostenibilidad, pagos de entidades a proveedores, cotizaciones, riesgos, etc, todas las establecidas dentro de los docümentos del lnstrumento de Agregación de Demanda y Acuerdoé Marco de Precios.

21. Realizar los informes de Supervisión trimestral de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios que están operando en la Tienda Virtual del Estado

Colombiano (TVEC).

22. Usar como insumo todo lo recogido en la ejecución de los lnstrumentos de Agregación de Demanda, para nuevas estructuraciones sobre nuevos servicios o bienes identificados que necesiten las entidades compradoras. 23. lncluir nuevos bienes y servicios siguiendo los lineamientos de las cláusulas de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios, para satisfacer las necesidades de las entidades compradoras.

24. Las demás que le sean asignadas en rélación con las actividades que desempeña.

ARTÍCULO 10°. EI Grupo de Sancionés tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: RESOLUCIÓN NÚMERO .¥::S © de 2021 Hoja N°. 8 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 211 de 2020" -_------_----------_-_-----_------------------------------------.-.--------------------------------------------------____

1. Tramitar las actuaciones administrativas en los casos de presunto incumplimiento

contractual que se reciban en la Subdirección de negocios, según se haya estipulado en los instrumentos de agregación de demanda.

2. Realizar el análisis de los reportes relacionados con presunto incumplimiento contractual de los Acuerdos Marco de Precio e lnstrumentos de Agregación de Demamnda, con el fin de establecer si requiere alcance u otras pruebas.

3. Comunicar al supervisor del Acuerdo Marco de Precios u Órdenes de Compra, según sea el caso de posible incumplimiento, sobre las aclaraciones, correcciones o ajustes que se requieren para adelantar el procedimiento de imposición de sanción contractual.

4. Abrir el expediente de la actuacion administrativa sancionatoria y registrar el trámite en el sistema de registro definido por la Subdirección para ello, indicando los datos de identificación de la actuación.

5. Realizar las citaciones para cumplir el debido proceso que rige las actuaciones administrativas sancionatorias por presunto incumplimiento contractual.

6. Proyectar todas las comunicaciones y actos administrativos relacionados con el procedimiento sancionatorio por presunto incumplimiento contractual.

7. Elaborar las actas de audiencia que se deriven del procedimiento por presunto incumplimiento contractual.

8. Sustanciar la decisión de las actuaciones por presunto incumplimiento contractual, de conformidad con los términos establecidos en la Ley.

9. Notificar los actos administrativos que se deriven del procedimiento por presunto incumplimiento contractual en los términos del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 o la norma que la sustituya, modifique o adicione.

10. Sustanciar la decisión de los recursos que se interpongan en virtud del procedimiento por

presunto incumplimiento contractual, de conformidad con los términos establecidos en la ley.

11. Reportar las sanciones impuestas con ocasión de incumplimientos contractuales a las instancias de cobro y publicación de la mismas.

12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.

ARTicuLO 11. EI Grupo interno de Seguimiento, Cifras y Estadísticas de la TVEC tendrá a su cargo las siguientes funciones y respondabilidades:

1. Verificar el comportamiento y resultados de los criterios sociales, ambientales y económicos incluidos en los Acuerdo Marco de Precios y demás lnstrumentos de Agregación de Demanda.

2. Construir, revisar y actualizar el manual d

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