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CCE-Resolución 106 de 2021

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

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Detalles

Título
CCE-Resolución 106 de 2021
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2021

REPUBLICA DE COLOMBIA

I

AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESOLUCIÓN NÚMERO 106 DE 2021 “Por la cual se conforma el Comité de Emergencias de la Agencia de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.” LA SECRETARIA GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEen ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 9 de 1979, la Ley 1523 de 2012, el Decreto 1072 de 2015, la Resolución 2400 de 1979, la Resolución 1016 de 1989 y el Decreto Ley 4170 de 2011, Resolución 1891 de 2019 y, CONSIDERANDO Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y 127 de la Ley 9 de 1979, en todo lugar de trabajo deberá disponerse de personal adiestrado, métodos, equipos y materiales adecuados y suficientes para la prevención y extinción de incendios; así como tener las facilidades y recursos necesarios para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores. Que de acuerdo con lo establecido en numeral 18 de artículo 11 de la Resolución 1016 de 1989, expedida por el Ministerio de Protección Social, una de las actividades que debe contener el programa de Higiene y Seguridad Industrial, es la “conformación y organización de brigadas (selección, capacitación, planes de emergencia y evacuación)”. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015, el empleador o contratante

debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes. Que el numeral 11 del artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015 estipula que el Plan de Prevención, Preparación y Respuesta ante Emergencias, debe contener como mínimo, entre otros aspectos, la conformación, capacitación, entrenamiento y dotación de la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios. Que mediante la Resolución interna N° 078 de 2021, la Secretaria General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficienteconformó la Brigada de Emergencias de acuerdo con la dimensión de las instalaciones físicas de la Agencia, así: Piso Brigadistas 8 6 10 6 17 6 23 2 33 8 Que conforme la normatividad antes enunciada y teniendo en cuenta las necesidades, las condiciones ambientales y sociales de la Entidad, se determina la obligación y conveniencia de estar preparados para afrontar oportuna y asertivamente las eventuales situaciones de emergencia que se puedan presentar.

RESOLUCIÓN NÚMERO 106 de 2021 Hoja N°. 2

Continuación de la Resolución “Por la cual se conforma el Comité de Emergencias de la Agencia de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.”

Que, por las dimensiones de la Brigada de Emergencias, y para su buen funcionamiento es necesario conformar un

comité de emergencias, que deberá estar integrado por un (1) coordinador general, un (1) jefe de brigada por piso y un (1) secretario. Que por unanimidad y en consenso, los miembros de la brigada definieron los roles de jefe brigada de cada piso, el cual quedó establecido en el acta de la sesión N° 03 de abril de 2021. Que la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente-, designa como coordinador general del comité de emergencias a la funcionaria Sídney Paola Pedraza Pineda y como secretaria técnica del comité a la funcionaria Astrid Camargo Gonzalez. Que el comité de emergencias será elegido para un periodo de dos (2) años, el cual se contará desde la fecha de la elección; terminado su periodo, la brigada de emergencias en pleno deberá organizar y definir de nuevo el comité de emergencias. Que la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente-, en el proceso de seguimiento y mantenimiento del Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo y dando cumplimiento a la actividad de actualizar el Comité de Emergencias conformado mediante la Resolución 1774 de 2019, debido a que su periodo culminó RESUELVE: ARTÍCULO 1°. CONFORMACIÓN. Confórmese el Comité de Emergencias de la Agencia Nacional de Contratación de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, la cual estará integrado por los siguientes colaboradores: Nombre completo Rol comité Dependencia Sídney Paola Pedraza Coordinador General Secretaría General Astrid Camargo González Secretario técnico Secretaría General Libardo Alberto Verjel Jefe brigada piso 8 Subdirección de Gestión Contractual

Subdirección de Información y Desarrollo Michel Leonardo López Avendaño Jefe brigada piso 10 Tecnológico Medardo Alfonso Alvis Espinosa Jefe brigada piso 17 Secretaría General Sonia Rocio Rodriguez Cruz Jefe brigada piso 23 Direccion General Julie Melissa Villanueva Ayure Jefe brigada piso 33 Subdirección de Negocios PARÁGRAFO 1: Corresponde al Secretario General de la entidad, mantener actualizada la conformación del Comité de Emergencias, en razón a las novedades de personal que pueden presentarse, garantizando en todo momento, el número mínimo de integrantes, en proporción a las dimensiones o área de cada uno de los pisos, donde se ubica la sede de la entidad. PARAGRAFO 2: El funcionario responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizará el acompañamiento necesario para la articulación, actualización y definición de los planes, guías, instructivos y/o protocolos, orientados a la prevención, atención y respuesta de situaciones de emergencias en la ANCP-CCE y será el responsable de compilar toda la información necesaria para ajustar el plan de emergencias, quien lo articulará con el SG-SST de acuerdo a lo establecido en el título 4 del capítulo 6 del Decreto 1072 de 2015. ARTÍCULO 2°. FUNCIONES DEL COMITÉ DE EMERGENCIAS. Son funciones del comité de emergencias, las siguientes:  Realizar inspecciones a los equipos de emergencia (camillas, extintores, botiquines, etc.).  Identificar e informar las necesidades para atención de emergencias.  Mantener la brigada de emergencias conformada.  Solicitar y participar en actividades de formación y capacitación.

 Participar en la planeación, realización y evaluación de los simulacros.  Realizar evaluación de eventos de emergencia que se presenten en la Entidad.

RESOLUCIÓN NÚMERO 106 de 2021 Hoja N°. 3

Continuación de la Resolución “Por la cual se conforma el Comité de Emergencias de la Agencia de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.”

 Apoyar en la actualización de los planes, programas, y/o protocolos y demás documentos relacionados con la prevención, atención y respuesta a situaciones de emergencia. PARAFRAFO 1. El funcionario responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de la entidad realizará el seguimiento y verificación de los archivos, que estén de acuerdo con las normas de archivo de la entidad y las tablas de retención documental - TRD. ARTÍCULO 3°. SESIONES. El Comité de Emergencias se reunirá una (1) vez cada cuatro meses, previa citación del secretario técnico y podrá ser convocado a sesiones extraordinarias, cuando así se requiera. ARTÍCULO 4°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de abril del 2021

COMUNÍQUESE Y CÙMPLASE

CLAUDIA XIMENA LÓPEZ PAREJA

Secretaria General

Revisó: Andrea SuescúnCoordinadora de Talento Humano

Revisó: Robin David Rozo AvendañoContratista Talento Humano

Proyectó: Astrid Camargo – Analista T2-06

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