CCE-Resolución 152 de 2022
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE-Resolución 152 de 2022
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
REPUBLICA DE COLOMBIA
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACION PÜBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE fl' 5 2 = É;EE 2o22
RESOLUCION NUIVIERO "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 09 de diciembre del 2021" LA SECRETARIA GENERAL ENCARGADA DEL EMPLEO DE DIRECTORA GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTE En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, por el numeral 9 del artículo 10° de Decreto 4170 de 2011 y Decreto 330 del Os de marzo 2022
CONSIDERANDO: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesídades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad.
Que mediante Decreto Ley 4170 de 2011, modificado parcialmente por el Decreto 1822 de 2019, se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Contratación PúblicaColombia Compra Eficiente-, como una entidad descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación, y se establecieron su estructura y las funciones de sus dependencias. Que el objetivo de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, como ente rector, de acuerdo con el artículo 2° del mencionado Decreto, es desarrollar e impulsar políticas
públicas y herramientas., orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. Que, dentro de las funciones de la Dirección General de la Agencia, establecidas en el numeral 16 artículo 10° del Decreto 4170 de 2011, se encuentra la de "Crear, organí.zar y conformar com/.fés, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento de la Agencia"` Que mediante Decreto 670 del 29 de marzo de 2012 se creó la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, con 40 cargos, situación que impidió la creación de grupos de trabajo debido a la reducida cantidad de empleos en la entidad. Que mediante Decreto 1823 del 7 de octubre de 2019 se modificó parcialmente la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, se suprimieron tres (3) empleos y se creó uno (1), quedando la planta de personal con treinta y ocho (38) cargos, creándose una nueva dependencia, a costo cero, denominada "Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico", situación que profundizó el impedimento para la creación de grupos internos de trabajo por la disminución del número de empleos en la planta de la Agencia. Que mediante Decreto 1182 del 28 de agosto de 2020 se amplió la planta de personal de la Agencia
Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente -, en 104 empleos, lo cual aumentó la planta de empleos a un total de 142 cargos. Que por medío de la Resolución 143 de 2020, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, distribuyó unos cargos de su planta de personal en sus dependencias. Que mediante Resolución 211 del 30 de octubre de 2020, expedida por el Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente -, se crearon variosgrupos internos de trabajo, se les asignó funciones y se dictaron otras disposiciones. Que por medio de la Resolución 212 del 30 de octubre de 2020, el Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conformó los Grupos internos de trabajo y dispuso que el Secretario General o quien haga sus veces, designará mediante acto RESOLUcióNNÚMERo fl 5 2 © dé 2022 Hoja N°. 2 Continuación de la Resolucíón "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 9 de diciembre del 2021" administrativo un coordinador para las labores de coordinación, ejecución, supervisión y control de las actividades del Grupo de trabajo. Que mediante Resolución 060 del` 2 jTiarzo de 2021, se sustituyó y derogó la Resolución 143 del 1° de septiembre de 2020, con el fin de.{teübicar unos cargos por necesidades del servicio y adicionalmente, por razones de eficiencia y técnica normativa, y contar con un solo acto administrativo en el que se consigne la Distribución de los cargos de la Planta Global de la Entidad.
Que mediante Resolución 062 de 2021, se sustituyó la resolución 211 de 2020 y por lo tanto, se crearon los Grupos lnternos de Trabajo y se asignaron sus funciones. Que mediante Resolución 427 de 2021, se sustituyó y derogó la Resolución 062 de 2021, por lo anterior se modificó la estructura funcional interna de la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico, suprimiendo el Grupo de Abastecimiento Estratégico, en razón a que, una vez realizada la re - caracterización del proceso de ABASTECIMEINTO ESTRATEGICO, se actualizaron los procedimientos internos. Que igualmente se fusionaron los Grupos de Seguridad de la lnformación e lnfraestructura de Tl, de la Subdirección de lnformación y Desarrollo Teconlógico, en razón a que su gestión será mas eficiente, ya que las funciones que desempeñan se interelacionan y son transversales, por lo tanto, se logrará mayor eficiencia y agilidad en el cumplimiento de sus funciones y el logro de los objetivos institucionales. Que de otro lado, mediante el ariiculo 3 de la Ley 2094 del 29 de junio de 2021, que modifica el Artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, se establedió que "el disciplinable deberá ser investigado y luego juzgado por funcionario diferente, independiente, imparcial y aLitónomo que sea competente, quienes deberán actuar con observancia foímal y material de las noímas que determinen la ritualidad del proceso, en los términos de este código y dándole
prevalencia a lo sustancial sobre lo foímal. En el proceso .disciplinario debe garantizarse que el funcionario instructor no sea el mismo que adelante el juzgamiento". Que con el propósito de dar cumplimiento a la Ley 2094 de 2021, es necesario la creación y conformación de un grupo interno de trabajo que garantice el debido proceso de los procesos disciplinarios que sean gestionados dentro de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente-, estableciendo una separación e independencia en la etapa de instrucción y juzgamiento. Que mediante correo remitido el 24 de marzo de 2022 por el Dr. Hugo Armando Pérez Ballesteros, en calidad de Director de Desarrollo Organizacional del Departamento Administrativo de la Función Pública, se indicó un "Lineamiento técnico de Control Disciplinario lnterno" en CCE, de la siguiente manera:: ',
1. Dejar a la Secretaría General y al GIT de Talento Humano únicamente con funciones asociadas y diferenciadas de Prevención.
2. Transformar el Grupo lntemo de Trabajo (GIT) denominado Jurídica y Contractual, en GIT Contractual y Situaciones Administrativas (el alcance que más conveniente consideren), y bajo la misma jerarquía de la
Secretaría General.
3. Escindir las funciones del actual GIT de Jurídica y Contractual, en dos (2) nuevos grupos de trabajo
dependientes del Despacho del Director, así:
1. GIT de control Disciplinario lntemo, con funciones únicamente de lnstrucción (puede serdel nivel profesional que ya tiene la entidad).
11. GIT de Jurídica, con funciones de Juzgamiento en la instancia y las demás que consideren pertinentes para asesorar al Director General (puede ser del nivel asesor que ya tiene la entidad).
4. En este sentido, el Despacho asumiría el Juzgamiento en 2a instancia, cuando así fuere necesario. En caso de no ser abogado, esta instancia debería ir a la Procuraduría." Que en merito de lo expuesto, previa la elaboración del estudio técnico de rigor, se hace necesario crear un nuevo grupo interno de trabajo en la Direccion General, modificar el nombre y funciones del grupo interno de Jurídica y Contractuial y adícionar una función al grupo interno de Talento Humano de la Secretaria General, así como por razones de eficiencia y técnica normativa, se requiere contar con un solo acto administrativo en el que se consigne la Distribución de los cargos de la Planta Global de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra
Eficiente-. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1°. DEROGAR la resolución 427 del 9 de diciembre de 2021, la cual quedará así: -ffl.©`a-© .= RESOLUCION NUMERO de 2022 Hoja N°. 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 9 de diciembre del 2021" ARTICULO 1°. Creáse en la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientelos siguientes grupos internos de trabaj.o, de acuerdo con la siguiente ubicación y denominación: 1` DIRECCIÓNGENERAL 1.1. Grupo interno de trabajo de Comunicaciónes Estratégicas. 1.2. Grupo interno de trabajo de Planeación, Polítjcas Públicas y Asuntos lnternacionales. 1.3. Grupo interno de trabajo de Gestión Jurídica
2. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL. 2.1. Grupo interno de trabajo de Relatori'a. 2.2. Grupo interno de trabajo de Estudios y Conceptos. 2.3. Grupo interno de trabajo de Documentos Tipo. 2.4. Grupo interno de trabajo de Normas y Reglamentos.
3. SUBDIRECCIÓN DENEGOCIOS 3.1. Grupo interno de trabajo de Estructuración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.2. Grupo interno de trabajo de Administración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.3. Grupo interno de trabajo de Procesos Sancionatorios. 3.4. Grupo interno de Seguimiento, Cifras y Estadísticas de la T\/EC
4. SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO 4.1. Grupo interno de trabajo de Planeación de Tl. 4.2. Grupo interno de trabajo de Seguridad de la lnformación e lnfraestrutura de Tl. 4.3. Grupo interno de trabajo de Operación de Plataformas de Compra Pública. 4.4. Grupo interno de trabajo de Sistemas de lnformación. 4.5. Grupo interno de trabajo de Uso y Apropiación.
5. SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ABASTECIMIENTO ESTRATÉGICO 5.1. Grupo interno de trabajo de Observatorio Oficial de Contratación Estatal. 5.2` Grupo interno de trabajo de Análitica, Estrategia y Ciencia de Datos.
6. SECRETARÍAGENERAL 6.1. Grupo interno de trabajo de Gestión Financiera. 6.2. Grupo interno de trabajo de Gestión del Talento Humano.
6.3. Grupo interno de trabajo de Gestión Administrativa. 6.4. Grupo interno de trabajo de Gestión Documental. 6.5. Grupo interno de trabajo de Gestión contractual, asuntos legales y judiciales. 6.6. Grupo interno de trabajo de Atención al Ciudadano.
Parágrafo: Los grupos internos de trabajo podrán ser modificados por el Director General en cualquier momento, atendiendo las necesidades del servicio.
CAPITULO I DE LOS GRUPOS DE TRABAJO ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN GENERAL ARTÍCULO 2°. EI Grupo lnterno de Planeación, Políticas Pública y Asuntos lnternacionales tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Asesorar la definición de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la Agencia
Nacional de Con{ratación Públíca -Colombia Compra Eficiente-.
2. Definir las estra{egias que darán línea para el que hacer institucional que le aportarán al cumplimiento de su misión y al Plan Nacional de Desarrollo.
3. Asesorar en la formulación de los proyectos de política pública y de inversión a la Dirección General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.
4. Desarrollar y validar los indicadores de gestión, producto del impacto de las políticas, planes y programas de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientey, hacer el seguimiento a través de los sistemas establecidos para ello.
RESOLUcióNNÚMERo 15 2:® dt 2022 Hoja N°. 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 9 de diciembre
del 2021 "
5. Validar y reportar el seguimiento al cumplimiento de las metas de gobierno de la Agencia
Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.
6. Coordinar la implementación y actualización continua del Modelo lntegrado de Planeación y
Gestión MIPG.
7. Realizar el diagnóstico y generar recomendaciones de mejora sobre las herramientas diseñadas por la Agencia. (Manuales, guías, vizualizaciones, entre otras).
8. Estructurar y realizar seguimiento a los proyectos de cooperación internacional.
9. Efectuar monitoreo de mejores prácticas globales en compras públicas (OCDE, Banco
Mundial, BID, RICG).
10. Estructurar y ejecutar investigaciones estratégicas en los mercados de contración estatal.
11. Formular y realizar seguimiento a políticas públicas, planeación, programas y proyectos que mejoren la eficiencia, la transparencia y la efectividad en el sistema de compra pública.
12. Formlar proyectos disruptivos que potencialicen el impacto de las actividades misionales de la Agencia.
ARTÍCULO 3°. EI Grupo lntemo de Comunicaciones Estratégicas tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Participar en la elaboración del plan estratégico, plan de acción, plan anual de adquisiciones, indicadores de gestión y mapa de riesgos en lo relacioando con sus funciones,
2. Proponer e implementar procedimientos y mecanismos de seguimiento a la ejecución del plan de acción de la dependencia; así como los ajustes o acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas propuestas.
3. Proponer e implementar procedimientos, mecanismos e instrumentos para hacer más
eficientes las actividades a cargo del grupo.
4. Asesorar y apoyar a la Agencia y sus dependencias en el diseño de las comunicaciones estratégicas, incluyendo la definición de los objetivos, mensajes, contenidos, y la divulgación de los mismos.
5. Construir y diseñar la estrategia de comunicaciones conforme a las funciones de la Agencia y a las necesidades de la misma,
6. Diseñar y administrar los contenidos del sitio Web de la Agencia, así como su mantenimiento y programación.
7. Divulgar oportunamente ante los medios de comunicación las gestiones que adelanta la Agencia en el desarrollo de sus funciones.
8. Diseñar la estrategia de divulgación externa con medios de comunicación de las gestiones desarrolladas por la Agencia.
9. Diseñar el mapa de ríesgos relacionado con comunicaciones de la Agencia para prevenir situaciones de crisis.
10. Formular y coordinar la estrategia de manejo de imagen de la Agencia dentro y fuera del país.
11. Diseñar y publicar las piezas, mensajes y contenidos de las gestiones que adelante la Agencia y aquellos que se deriven de la ej.ecución de la estrategia de comunicaciones del
Gobiemo Nacional.
12. Coordinar la divulgación de las diversas actividades en las que participe la Agencia.
13. Elaborar la estratégia de gestión documental del grupo de comunicaciones y adelantar las actividades pertinentes para la ejecución de la estratégia.
14. Llevar el registro de las audiencias y eventos de la Agencia a través de los medios determinados para ello.
15. Supervisar, certificar y dar trámite a los contratos designados para supervisión.
16. Las demás que le asigne la Dirección General de la Agencia en relación dírecta con
comunicaciones. ARTÍCULO 4°. EI Grupo lnterno de Gestión Juridica tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Adelantar la etapa de juzgamiento contra los funcionarios de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente en los términos de la Ley 1952 del 2019 y Ley 2094 del 2021 o las normas que la modifiquen. ' RESoLUcióNNÚMERo l 52~=tJ£2022
Hoja N°. 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 9 de diciembre del 2021"
2. Apoyar en la actualización de los archivos y registros de los p`rocesos disciplinarios, en concordancia con la gestión de la información de la entidad.
3. Elaborar proyectos normativos en asuntos de competencia de la entidad que sean asignados por el Director General o el Secretario General.
4. Mantener actualizado el normograma de la entidad. 5, Preparar, presentar en termino y mantener actualizada la agenda regulatoria de la entidad.
6. Elaborar los actos administrativos, como decretos, resoluciones, circulares y guías que son de competencia de la Agencia
7. Revisar los actos administrativos, como decretos, resoluciones, circulares y guías que son de competencia de la Agencia.
8. Revisar periódicamente todas las iniciativas legislativas que se están tramitando en el Congreso de la República, así como las reglamentarias que eventualmente pudiesen impor{ar al sistema de compra pública
9. Elaborar y/o revisar informes requeridos por los organismos de control, con base en los procesos institucionales.
10. Elaborar y/o revisar conceptos jurídicos relacionados con el funcionamiento de la entidad.
11. Elaborar las respuestas a las peticiones y requerimientos de la ciudadanía . 12.Asesorar el diseño y realización de estudios e investigaciones que contribuyan en la formulación de políticas con miras al fortalecimiento jurídico de las dependencias de la entidad. 13.Asesorar y promover la divulgación de normas y jurisprudencia relacionada con los objetivos y funciones de la entidad. 14.Asesorar y asistir al Director General y la Alta Dirección en la interpretación y aplicación de las normas constitucionales, legales y reglamentarias de competencia de la Agencia. 15.Elaborar estudios, análisis y, promover la unidad de criterio y la seguridad jurídica en las decisiones de los funcionarios de la entidad. 16.Asesorar en la formulación y ejecución de políticas que contribuyan al fortalecimiento jurídico de las dependencias de la entidad. 17.Asesorar en la creación, implementación y difusión de instrumentos y herramientas jurídicas de gestión que faciliten la compra pública del Estado.
18. Las demás que le asigne la ley o que correspondan con la naturaleza del Grupo
CAPÍTULO 11
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL ARTÍCULO 5°. EI Grupo lnterno de Relatoría tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de normas relacionadas con asuntos contractuales.
2. Analizar, identificar, seleccionar e hipervincular criterios contenidos en normas relacionadas con asuntos contractuales, cargar las normas hipervinculadas en la plataforma y hacer
control de calidad a la información.
3. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de conceptos relacionados con temas contractuales.
4. Analizar, identificar, seleccionar y hacer la titulación de extractos relevantes de los conceptos, cargar los extractos en la plataforma y hacer control de calidad a la información.
5. Buscar, descargar, guardar y clasificar las sentencias relacionadas con temas contractuales.
6. Seleccionar y hacer la titulación de los extractos relevantes de las providencias, y extraer la información de las sentencias requeridas para la ficha técnica.
7. Guardar las providencias indizadas, diligenciar matriz con la información de las sentencias y hacer control de calidad a la información.
8. Realizar la gestión documental de las normas, conceptos y sentencias correspondientes.
9. Comprimir las normas, conceptos y sentencias en formato ZIP, y disponerlos en el archivo respectivo.
10. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que se desarrolla.
RESOLUCIÓN NÚMERO fi © ©--;J# 2022 Hoja N°. 6
Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 9 de diciembre del 2021 " -__-----_--_------_------------------------------------------------------------------------------------------------------------____________ ARTÍCULO 6°. EI Grupo lnterno de Conceptos tendrá a su cargo las sjguientes funcíones y responsabilidades:
1. Recibir, distribuir y tramitar las solicitudes relacíonadas con la formulación, adopción y djrección de la política en materia de compras y de contratación pública.
2. Recibir, distribuir, definir y proyectar conceptos jurídicos en términos de contenido, coherencia, calidad, oportunidad, profundidad, aplicabilidad y normativa necesaria para la
consolidación de un sistema de compras y contratación pública.
3. Elaborar conceptos jurídicos que desarrollan aspectos de compras y contratación pública como base para la mejora de la pafticipación de las entidades estatales en los procesos de compras y contratación pública.
4. Responder a solicitudes de conceptos jurídicos solicitados por las entidades o los actores del Sistema de Compra Pública sobre la aplicación de las políticas, instrumentos, herramientas y normas de carácter general en matería de compras y contratación pública, y enviar el documento de respuesta por la herramienta de gestión documental respectiva.
5. Remitir para la firma del Subdirector de Gestión Contractual, los conceptos y estudios que se requieran, realizarlos con fundamento legal y jurisprudencial vigente en el ordenamiento jurídico, manteniendo la debida coordinación y unidad de criterio jurídico.
6. Dejar constancia expresa de la modificación de una recomendación anterior si el concepto a emitir la modifica, así como las razones por las cuales se adopta la nueva posición.
7. Mantener actualizadas las bases de datos de conceptos emítidos por la Subdirección de
Gestión Contractual.
8. Asesorar y apoyar jurídicamente a las dependencias de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-en asuntos de Derecho Contractual y de Contratación Pública de acuerdo con la legislación nacional y velar por su adecuada aplicación.
9. Proponer criterios de interpretación y procedimientos para la definíción, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.
10. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 7°. EI Grupo lnterno de Documentos Tipo tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: 1. ldentificar, definir y estructurar documentos tipo a desarrollar en cada uno de sus componentes, determinar su aplicabilidad y la normatividad necesaria para su elaboración.
2. Corregir, ajustar o modificar los documentos tipo de acuerdo con las observaciones realizadas por las instancias competentes. 3. ldentificar, definir y estructurar guías o manuales para la comprensjón e implementación de los documentos tipo, determinar su contenido, aplicabilídad y normatividad necesaria para la elaboración de cada uno de ellos.
4. Corregir, ajustar o modificar las guías o manuales de acuerdo con las observaciones realizadas.
5. Estructurar el componente jurídico-administrativo de la versión preliminar de los documentos tipo con base en la investigación interna del tema para fij.ar condiciones particulares aplicables a cada documento típo, guía o manual.
6. Desarrollar mesas técnicas con entidades especializadas para la estructuración técnica de los Documentos Tipo, para la revisión de la versión preliminar elaborada por la Agencia y para defínir los aspectos técnicos del documento final.
7. Remitir al Subdirector de Gestión Contractual los borradores de documentos tipo, gui'as o manuales para su revisíón y aprobación.
8. Apoyar la elaboración de conceptos jurídicos solicjtados por los actores del Sistema de Compra Pública sobre la aplícación de los documentos tipo.
9. Elaborar los proyectos de actos administrativos para la adopción de los documentos tipo, guías o manuales.
10. Publicar en la página web de la entidad los documentos tipo, guías o manuales que sean requeridos y recibir los comentarios que se presenten.
11. Apoyar la implementación de los documentos tipo, guías y manuales.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actívidades que desempeña.
RESOLUCION NUMERO de 2022 Hoja N°. 7
Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 9 de diciembre del 2021" ARTICULO 8°. EI Grupo lnterno de Normas y Reglamentos tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Recopilar, clasificar y analizar estudios, investigaciones, documentos y demás información que trate sobre asuntos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estas áreas. 2. ldentificar, definir, estructurar y elaborar los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, o normas a desarrollar, teniendo en cuenta su contenido y aplicabilidad.
3. Estudiar el marco juri'dico aplicable para los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos y reglamentos, incluyendo revisión de la doctrina y las jurisprudencias respectivas.
4. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, acuerdos, circulares, resoluciones, contratos, convenios nacionales y demás actos y/o asuntos administrativos que deba expedir la Entidad o para proponer al Gobierno Nacional, en materia de compras y contratación pública.
5. Adelantar investigaciones y estudios en temas de normas y procedimientos de contratación
y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estos asuntos, que permitan consolidar un sistema de compras y contratación pública.
6. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de normas en los que pueda verse afectada la Agencia o en los que considere que debe participar como ente rector del Sistema de Contratación y Compra Pública del Estado colombiano.
7. Participar en mesas de trabajo con entidades estatales para el desarrollo de normas y reglamentos concernientes con compras y contratación pública.
8. Solicitar la publicación de los proyectos de normas en la página web, recibir los comentarios y ajustarlos en los casos requeridos.
9. Elaborar las memorias justificativas y demás documentos necesarios para realizar el trámite de adopción correspondiente.
10. Adelantar las actividades requeridas ante las instancias respectivas para la adopción de las normas, herramientas o instrumentos desarrollados por la Agencia. 11` Sugerir criterios para los perfiles ocupacionales y competencias laborales a solicitud de las instancias interesadas en determinar una competencia u ocupación relacionada con compras y contratación pública.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
CAPÍTUL0111
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS ARTÍCULO 9°. EI Grupo de lnterno de Estructuración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Elaborar las fichas de viabilidad de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos
Marco de Precios con base en la información preliminar del mercado.
2. Gestionar y asistir a reuniones con los actores del mercado y entidades compradoras para identificar la forma de adquisición de los bienes con características técnicas uniformes objeto de lnstrumentos de Agregación de Demanda.
3. Estructurar y redactar los documentos del proceso de selección (estudio del sector, estudios previos, pliego de condiciones, minuta, anexos y formatos). 4` Gestionar la publicación, seguimiento y desarrollo de los procesos de selección para la celebración de los Acuerdos Marco de Precios y demás lnstrumentos de Agregación de Demanda en la Plataforma SECOP 11.
5. Elaborar y publicar la documentación emitida en desarrollo de los procesos de selección adelantados en la Plataforma Secop 11, tales como (avisos de convocatoria, respuesta a observaciones, adendas, informes de selección, aclaraciones, resoluciones de apertura y adjudicación, entre otros).
6. Apoyar la evaluación de las ofertas recibidas en desarrollo del proceso de selección.
RESOLUCIÓN NÚMERO -fl?'©.© de 2022 Hoja N°. 8
Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 427 del 9 de diciembre del 2021 " ---____--_----------------------------------------------------------------------------.--.........-....----------------------------------_____________
7. Elaborar los contratos electrónicos a través de la Plataforma SECOP 11 y hacer seguimiento a la debida suscripción por parte de los adjudicatarios.
8. Revisar las garantías de los procesos de contratación para acreditar el cumplimiento de requisitos de ejecución de los Acuerdos Marco de Precios o lnstrumentos de Agregación de
Demanda. 9. ldentificar mejores prácticas de otras agencias, sectores y mercados para incorporar nuevas herramientas a los instrumentos que permitan aumentar la particípación y mejorar la gestión de las cadenas de suministro correspondientes. 10. ldentificar los riesgos propios del mercado y del proceso de contratación.
11. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 10°. EI Grupo lntemo de Administración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Realizar el reporte y presentación de Órdenes de compra representativas emitidas a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC).
2. Realizar la actualízación de la matriz de garantías, calculando el valor de las pólizas de acuerdo con las Órdenes de compra emitidas por cada proveedor.
3. Revisar el correo, descargar las ofertas y diligenciar matriz de evaluación del lnstrumento de Agregación de Demanda para la adquisición de bienes y servicios para el manejo de la emergencia sanitaria el Gobierno Nacional.
4. Realizar, durante su vigencia, la revisión de precios semanal del catálogo
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