CCE-Resolución 211 de 2020
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE-Resolución 211 de 2020
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
REPUBLICA DE COLOMBIA
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESOLUCIÓN NÚMERO 2 $ 1 DE 2020 ( io0eT ) “Por la cual se crean Grupos Internos de Trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente— y se dictan otras disposiciones” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEEn ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto 4170 de 2011, el Decreto 1182 del 2020 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad. Que mediante Decreto Ley 4170 de 2011, modificado parcialmente por el Decreto 1822 de 2019, se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente-, como una entidad descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación, y se establecieron su estructura y las funciones de sus dependencias. Que el objetivo de la Agencia Nacional de Contratación Pública —-Colombia Compra Eficiente—, como ente rector, de acuerdo con el artículo 2% del mencionado Decreto, es desarrollar e impulsar políticas
públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. Que, dentro de las funciones de la Dirección General de la Unidad, establecidas en el numeral 16 artículo 10% del Decreto 4170 de 2011, es “Crear, organizar y conformar comités, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento de la Agencia”. Que mediante Decreto 670 del 29 de marzo de 2012 se creó la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente—, con 40 cargos, situación que impidió la creación de grupos de trabajo debido a la reducida cantidad de empleos en la entidad. Que mediante Decreto 1823 del 7 de octubre de 2019 se modificó parcialmente la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente-, se suprimieron tres (3) empleos y se creó uno (1), quedando la planta de personal con treinta y ocho (38) cargos, situación que profundizó el impedimento para la creación de grupos internos de trabajo por la disminución del número de empleos en la planta de la Agencia. Que mediante Decreto 1182 del 28 de agosto de 2020 se amplió la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente —, en 104 empleos, lo cual aumentó la planta de empleos a un total de 142 cargos. Que por medio de la Resolución 143 de 2020, la Agencia Nacional de Contratación Pública “Colombia
Compra Eficiente—, distribuyó unos cargos de su planta de personal en sus dependencias. Que se hace necesario fortalecer la organización interna de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente—, con el propósito de lograr eficiencia y agilidad en el desarrollo de los planes, programas y proyectos de la entidad y garantizar su eficiente funcionamiento para el cumplimiento de su misión, visión y el logro de los objetivos institucionales. Que en consecuencia, es procedente efectuar la creación de grupos internos de trabajo.
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Continuación de la Resolución "Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientey se dictan otras disposiciones" En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1”. Creáse en la Agencia Nacional de Contratación Pública “Colombia Compra Eficiente los siguientes grupos internos de trabajo, de acuerdo con la siguiente ubicación y denominación: TD DIRECCIÓN GENERAL 1.1. Grupo interno de trabajo de Comunicaciónes Estratégicas. 1.2. Grupo interno de trabajo de Planeación, Políticas Públicas y Asuntos Internacionales. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL 2.1.Grupo interno de trabajo de Relatoría. 2.2. Grupo interno de trabajo de Estudios y Conceptos. 2.3.Grupo interno de trabajo de Documentos Tipo. 2.4. Grupo interno de trabajo de Normas y Reglamentos. SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS 3.1.Grupo interno de trabajo de Estructuración de Instrumentos de Agregación de Demanda y
Acuerdos Marco de Precios. 3.2.Grupo interno de trabajo de Administración de Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.3. Grupo interno de trabajo de Procesos Sancionatorios. SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO 4.1. Grupo interno de trabajo de Planeación de Tl. 4.2. Grupo interno de trabajo de Infraestrutura de Tl. 4.3. Grupo interno de trabajo de Seguridad de la Información. 4.4. Grupo interno de trabajo de Operación de Plataformas de Compra Pública. 4.5.Grupo interno de trabajo de Sistemas de Información. 4.6. Grupo interno de trabajo de Uso y Apropiación. SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ABASTECIMIENTO ESTRATÉGICO 5.1. Grupo interno de trabajo de Observatorio Oficial de Contratación Estatal. 5.2. Grupo interno de trabajo de Analítica de Datos. 5.3. Grupo interno de trabajo de Abastecimiento Estratégico. SECRETARÍA GENERAL 6.1. Grupo interno de trabajo de Gestión Financiera. 6.2. Grupo interno de trabajo de Gestión del Talento Humano. 6.3. Grupo interno de trabajo de Gestión Administrativa. 6.4. Grupo interno de trabajo de Gestión Documental. 6.5. Grupo interno de trabajo de Jurídica y Contractual. 6.6.Grupo interno de trabajo de Atención al Ciudadano.
Parágrafo: Los grupos internos de trabajo podrán ser modificados por el Director General en cualquier momento, atendiendo las necesidades del servicio.
CAPITULO |
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN GENERAL
ARTÍCULO 2”. El Grupo de Planeación, Políticas Pública y Asuntos Internacionales tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: Ta Asesorar la definición de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente-.
2. Definir las estrategias que darán línea para el que hacer institucional que le aportarán al cumplimiento de su misión y al Plan Nacional de Desarrollo.
Asesorar en la formulación de los proyectos de política pública y de inversión a la Dirección General de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente-.
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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública “Colombia Compra Eficiente— y se dictan otras disposiciones” Desarrollar y validar los indicadores de gestión, producto del impacto de las políticas, planes y programas de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientey, hacer el seguimiento a través de los sistemas establecidos para ello. Validar y reportar el seguimiento al cumplimiento de las metas de gobierno de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente-. Coordinar la implementación y actualización continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG. Realizar seguimiento normativo y regulatorio al sistema de compra pública (leyes, decretos, documentos conpes, entre otros). Realizar el diagnóstico y generar recomendaciones de mejora sobre las herramientas diseñadas por la Agencia. (Manuales, guías, vizualizaciones, entre otras). Estructurar y realizar seguimiento a los proyectos de cooperación internacional.
. Efectuar monitoreo de mejores prácticas globales en compras públicas (OCDE, Banco Mundial, BID, RICG). . Estructurar y ejecutar investigaciones estratégicas en los mercados de contración estatal. . Formular y realizar seguimiento a políticas públicas, planeación, programas y proyectos que mejoren la eficiencia, la transparencia y la efectividad en el sistema de compra pública. . Formlar proyectos disruptivos que potencialicen el impacto de las actividades misionales de la Agencia. ARTÍCULO 3”. El Grupo de Comunicaciones tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Participar en la elaboración del plan estratégico, plan de acción, plan anual de adquisiciones, indicadores de gestión y mapa de riesgos en lo relacioando con sus funciones.
2. Proponer e implementar procedimientos y mecanismos de seguimiento a la ejecución del plan de acción de la dependencia; así como los ajustes o acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas propuestas.
Proponer e implementar procedimientos, mecanismos e instrumentos para hacer más eficientes las actividades a cargo del grupo. Asesorar y apoyar a la Agencia y sus dependencias en el diseño de las comunicaciones estratégicas, incluyendo la definición de los objetivos, mensajes, contenidos, y la divulgación de los mismos. Construir y diseñar la estrategia de comunicaciones conforme a las funciones de la Agencia y a las necesidades de la misma. Diseñar y administrar los contenidos del sitio Web de la Agencia, así como su mantenimiento y programación. Divulgar oportunamente ante los medios de comunicación las gestiones que adelanta la Agencia en
el desarrollo de sus funciones. Diseñar la estrategia de divulgación externa con medios de comunicación de las gestiones desarrolladas por la Agencia. Diseñar el mapa de riesgos relacionado con comunicaciones de la Agencia para prevenir situaciones de crisis. . Formular y coordinar la estrategia de manejo de imagen de la Agencia dentro y fuera del pais. . Diseñar y publicar las piezas, mensajes y contenidos de las gestiones que adelante la Agencia y aquellos que se deriven de la ejecución de la estrategia de comunicaciones del Gobiemo Nacional. . Coordinar la divulgación de las diversas actividades en las que participe la Agencia. . Elaborar la estratégia de gestión documental del grupo de comunicaciones y adelantar las actividades pertinentes para la ejecución de la estratégia. . Llevar el registro de las audiencias y eventos de la Agencia a través de los medios determinados para ello. . Supervisar, certificar y dar trámite a los contratos designados para supervisión. . Las demás que le asigne la Dirección General de la Agencia en relación directa con comunicaciones.
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Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente— y se dictan otras disposiciones" CAPÍTULO Il DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL ARTÍCULO 4”. El Grupo de Relatoría tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
L. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de normas relacionadas con asuntos contractuales. 2, Analizar, identificar, seleccionar e hipervincular criterios contenidos en normas relacionadas con
asuntos contractuales, cargar las normas hipervinculadas en la plataforma y hacer control de calidad a la información. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de conceptos relacionadas con temas contractuales. Analizar, identificar, seleccionar y hacer la titulación de extractos relevantes de los conceptos, cargar los extractos en la plataforma y hacer control de calidad a la información. Buscar, descargar, guardar y clasificar las sentencias relacionadas con temas contractuales. Seleccionar y hacer la titulación de los extractos relevantes de las providencias, y extraer la información de las sentencias requeridas para la ficha técnica. Guardar las providencias indizadas, diligenciar matriz con la información de las sentencias y hacer control de calidad a la información.
8. Realizar la gestión documental de las normas, conceptos y sentencias correspondiente. 9; Comprimir las nomas, conceptos y sentencias en formato ZIP, y disponerlos en el archivo respectivo.
10. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que se desarrolla.
ARTÍCULO 5". El Grupo de Conceptos tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: 1, Recibir, distribuir y tramitar las solicitudes relacionadas con la formulación, adopción y dirección de la política en materia de compras y de contratación pública. 2 Recibir, distribuir, definir y proyectar conceptos jurídicos en términos de contenido, coherencia, calidad, oportunidad, profundidad, aplicabilidad y normativa necesaria para la consolidación de un sistema de compras y contratación pública. Elaborar conceptos jurídicos que desarrollan aspectos de compras y contratación pública como base para la mejora de la participación de las entidades estatales en los procesos de compras y
contratación pública. Responder a solicitudes de conceptos jurídicos solicitados por las entidades o los actores del Sistema de Compra Pública sobre la aplicación de las políticas, instrumentos, herramientas y normas de carácter general en materia de compras y contratación pública, y enviar el documento de respuesta por la herramienta de gestión documental respectiva. Remitir para la firma del Subdirector de Gestión Contractual, los conceptos y estudios que. se requieran, realizarlos con fundamento legal y jurisprudencial vigente en el ordenamiento jurídico, manteniendo la debida coordinación y unidad de criterio jurídico. Dejar constancia expresa de la modificación de una recomendación anterior si el concepto a emitir la modifica, así como las razones por las cuales se adopta la nueva posición. Mantener actualizadas las bases de datos de conceptos emitidos por la Subdirección de Gestión Contractual. Asesorar y apoyar jurídicamente a las dependencias de la Agencia Nacional de Contratación Pública “Colombia Compra Eficienteen asuntos de Derecho Contractual y de Contratación Pública de acuerdo con la legislación nacional y velar por su adecuada aplicación.
9. Proponer criterios de interpretación y procedimientos para la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.
10. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 6”. El Grupo de Documentos Tipo tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Identificar, definir y estructurar documentos tipo a desarrollar en cada uno de sus componentes, determinar su aplicabilidad y la normatividad necesaria para su elaboración.
2. Corregir, ajustar o modificar los documentos tipo de acuerdo con las observaciones realizadas por
las instancias competentes. ResoLucióN NÚMERO 2 17? de2020Hoja N'. 5 Continuación de la Resolución.“Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente— y se dictan otras disposiciones" Identificar, definir y estructurar guías o manuales para la comprensión e implementación de los documentos tipo, determinar su contenido, aplicabilidad y normatividad necesaria para la elaboración de cada uno de ellos. Corregir, ajustar o modificar las guías o manuales de acuerdo con las observaciones realizadas. Estructurar el componente jurídico-administrativo de la versión preliminar de los documentos tipo con base en la investigación interna del tema para fijar condiciones particulares aplicables a cada documento tipo, guía o manual. Desarrollar mesas técnicas con entidades especializadas para la estructuración técnica de los Documentos Tipo, para la revisión de la versión preliminar elaborada por la Agencia y para definir los aspectos técnicos del documento final. Remitir al Subdirector de Gestión Contractual los borradores de documentos tipo, guías o manuales para su revisión y aprobación. Apoyar la elaboración de conceptos jurídicos solicitados por los actores del Sistema de Compra Pública sobre la aplicación de los documentos tipo.
9. Elaborar los proyectos de actos administrativos para la adopción de los documentos tipo, guías o manuales.
10. Publicar en la página web de la entidad los documentos tipo, guías o manuales que sean requeridos y recibir los comentarios que se presenten.
11. Apoyar la implementación de los documentos tipo, guías y manuales.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 7”. El Grupo de Normativa tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Recopilar, clasificar y analizar estudios, investigaciones, documentos y demás información que trate sobre asuntos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estas áreas.
Identificar, definir, estructurar y elaborar los proyecto de actos legislativos, leyes, decretos, o normas a desarrollar, teniendo en cuenta su contenido y aplicabilidad. Estudiar el marco jurídico aplicable para los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos y reglamentos, incluyendo revisión de la doctrina y las jurisprudencias respectivas. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, acuerdos, circulares, resoluciones, contratos, convenios nacionales y demás actos y/o asuntos administrativos que deba expedir la Entidad o para proponer al Gobierno Nacional, en materia de compras y contratación pública. Adelantar investigaciones y estudios en temas de normas y procedimientos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estos asuntos, que permitan consolidar un sistema de compras y contratación pública. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de normas en los que pueda verse afectada la Agencia o en los que considere que debe participar como ente rector del Sistema de Contratación y Compra Pública del Estado colombiano. Participar en mesas de trabajo con entidades estatales para el desarrollo de normas y reglamentos
concernientes con compras y contratación pública. Solicitar la publicación de los proyectos de normas en la página web, recibir los comentarios y ajustarlos en los casos requeridos. Elaborar las memorias justificativas y demás documentos necesarios para realizar el trámite de adopción correspondiente. . Adelantar las actividades requeridas ante las instancias respectivas para la adopción de las normas, herramientas o instrumentos desarrollados por la Agencia. . Sugerir criterios para los perfiles ocupacionales y competencias laborales a solicitud de las instancias interesadas en determinar una competencia u ocupación relacionada con compras y contratación pública.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
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CAPÍTULO Ill : DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS ARTÍCULO 8”. El Grupo de Estructuración de Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Elaborar las fichas de viabilidad de los Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios con base en la información preliminar del mercado.
2. Gestionar y asistir a reuniones con los actores del mercado y entidades compradoras para identificar la forma de adquisición de los bienes con características técnicas uniformes objeto de Instrumentos de Agregación de Demanda.
3. Estructurar y redactar los documentos del proceso de selección (estudio del sector, estudios previos, pliego de condiciones, minuta, anexos y formatos).
4. Gestionar la publicación, seguimiento y desarrollo de los procesos de selección para la celebración de los Acuerdos Marco de Precios y demás Instrumentos de Agregación de Demanda en la
Plataforma SECOP ll.
5. Elaborar y publicar la documentación emitida en desarrollo de los procesos de selección adelantados en la Plataforma Secop Il, tales como (avisos de convocatoria, respuesta a observaciones, adendas, informes de selección, aclaraciones, resoluciones de apertura y adjudicación, entre otros).
6. Apoyar la evaluación de las ofertas recibidas en desarrollo del proceso de selección.
7. Elaborar los contratos electrónicos a través de la Plataforma SECOP ll y hacer seguimiento a la debida suscripción por parte de los adjudicatarios.
8. Revisar las garantías de los procesos de contratación para acreditar el cumplimiento de requisitos de ejecución de los Acuerdos Marco de Precios o Instrumentos de Agregación de Demanda.
9. Identificar mejores prácticas de otras agencias, sectores y mercados para incorporar nuevas herramientas a los instrumentos que permitan aumentar la participación y mejorar la gestión de las cadenas de suministro correspondientes.
10. Identificar los riesgos propios del mercado y del proceso de contratación.
11. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 9”. El Grupo de Administración de Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Realizar el reporte y presentación de órdenes de compra representativas emitidas a través de la
Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC).
2. Realizar la actualización de la matriz de garantías, calculando el valor de las pólizas de acuerdo con las órdenes de compra emitidas por cada proveedor.
3. Revisar el correo, descargar las ofertas y diligenciar matriz de evaluación del Instrumento de Agregación de Demanda para la adquisición de bienes y servicios para el manejo de la emergencia sanitaria el Gobierno Nacional.
4. Realizar, durante su vigencia, la revisión de precios semanal del catálogo de ayudas humanitarias- ¡AD Emergencia Covid 19 frente a las bases de datos publicadas por el DANE, el Sistema de Información de Precios y Abastecimientodel Sector Agropecuario (SIPSA) y el Precio de venta al público de artículos de primera necesidad (PVPAPN).
5. Brindar apoyo en la elaboración del informe trimestral de seguimiento a las obligaciones de pago de las entidades compradoras de los diferentes Acuerdos Marco e Instrumentos de Agregación de
Demanda.
6. Diseñar y configurar el simulador para realizar compras.
7. Realizar la guía de compra dirigida a las entidades compradoras, con cada uno de los pasos que deben seguir para el proceso de compra.
8. Crear proveedores en la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC) teniendo en cuenta la documentación entregada.
9. Realizar la guía para proveedores sobre el uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC), explicando la forma en que deben cotizar a través del simulador y la (TVEC).
10. Crear el Minisitio, incluyendo y cargando los documentos contractuales, el catálogo, el simulador, y
la guía de compra.
11. Capacitar a proveedores y entidades compradoras sobre el uso de los simuladores y la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC). z ” $ % % RESOLUCION NUMERO 2 y) de 2020 Hoja N. 7
Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente— y se dictan otras disposiciones"
12. Promocionar a través de redes sociales el uso y adquisisción de bienes y servicios a través de los Instrumentos de Agregación de Demanda dispuestos en la Tienda Virtual del Estado Colombiano
(TVEC).
13. Responder consultas de proveedores y entidades sobre documentos del Instrumento de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios.
14. Atender reuniones con proveedores y entidades compradoras para resolver diferencias que puedan existir con base a lo estipulado en los documentos del Instrumento de Agregación de Demanda.
15. Responder consultas a las entidades compradoras sobre decretos, normas y demás que estén relacionadas con el uso de los Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de
Precios.
16. Resolver inconvenientes presentados por los proveedores o entidades compradoras sobre el uso y funcionamiento de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC).
Ts Atender recomendaciones de entidades compradoras sobre nuevos bienes y servicios e indentificar la manera en que pueden ponerse a disponibilidad en la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC), ya sea a través de Instruentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. existentes o de nuevos Instrumentos.
18. Realizar mesas técnicas con entidades compradoras y proveedores para que las entidades puedan
realizar sus compras a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC). 19, Hacer seguimiento a las obligaciones del Instrumento de Agregación de Demanda, velando por el cumplimiento por parte de entidades compradoras y proveedores.
20. Adelantar las revisiones periódicas de pólizas, Registro Único Empresarial (RUES), inhabilidades, cifras, criterios de sostenibilidad, pagos de entidades a proveedores, cotizaciones, riesgos, etc, todas las establecidas dentro de los documentos del Instrumento de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 21, Realizar los informes de Supervisión trimestral de los Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios que están operando en la Tienda Virtual del Estado Colombiano
(TVEC).
22. Usar como insumo todo lo recogido en la ejecución de los Instrumentos de Agregación de Demanda, para nuevas estructuraciones sobre nuevos servicios o bienes identificados que necesiten las entidades compradoras.
23. Incluir nuevos bienes y servicios siguiendo los lineamientos de las cláusulas de los Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios, para satisfacer las necesidades de las entidades compradoras.
24. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 10”. El Grupo de Sanciones tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: Le Tramitar las actuaciones administrativas en los casos de presunto incumplimiento contractual que se reciban en la Subdirección de negocios, según se haya estipulado en los instrumentos de agregación de demanda. Realizar el análisis de los reportes relacionados con presunto incumplimiento contractual de los
Acuerdos Marco de Precio e Instrumentos de Agregación de Demamnda, con el fin de establecer si requiere alcance u otras pruebas. Comunicar al supervisor del Acuerdo Marco de Precios u Órdenes de Compra, según sea el caso de posible incumplimiento, sobre las aclaraciones, correcciones o ajustes que se requieren para adelantar el procedimiento de imposición de sanción contractual. Abrir el expediente de la actuacion administrativa sancionatoria y registrar el trámite en el sistema de registro definido por la Subdirección para ello, indicando los datos de identificación de la actuación. Realizar las citaciones para cumplir el debido proceso que rige las actuaciones administrativas sancionatorias por presunto incumplimiento contractual. Proyectar todas las comunicaciones y actos administrativos relacionados con el procedimiento sancionatorio por presunto incumplimiento contractual. Elaborar las actas de audiencia que se deriven del procedimiento por presunto incumplimiento contractual. Sustanciar la decisión de las actuaciones por presunto incumplimiento contractual, de conformidad con los términos establecidos en la Ley.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2DY aT Y de de2020 Hoja N. 8
Continuación de la Resolución “Por la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública “Colombia Compra Eficiente— y se dictan otras disposiciones" Notificar los actos administrativos que se deriven del procedimiento por presunto incumplimiento contractual en los términos del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 o la norma que la sustituya, modifique o adicione.
10. Sustanciar la decisión de los recursos que se interpongan en virtud del procedimiento por presunto incumplimiento contractual, de conformidad con los términos establecidos en la ley. 17%, Reportar las sanciones impuestas con ocasión de incumplimientos contractuales a las instancias de cobro y publicación de la mismas.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
CAPÍTULO IV DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO ARTÍCULO 11”. El Grupo de Planeación de Tl tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: Ta Definir los lineamientos y acompañar en la definición de los procesos y procedimientos de los grupos de trabajo de la Subdirección de Información y Desarrollo Tecnológico.
2. Emitir lineamientos técnicos para el uso y apropiación de las Tl en la entidad.
3. Gestionar la formulación, seguimiento y evaluación de todos los planes, políticas y programas de la Subdirección de Información y Desarrollo Tecnológico de acuerdo con la estrategia de la Entidad.
Estructurar los proyectos de inversión y funcionamiento de la Subdirección de Información y Desarrollo Tecnológico y gestionar la elaboración de los documentos de vigencias futuras sobre los bienes y servicios que se requieren. Elaborar, actualizar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Anual de Adquisiciones sobre los bienes y servicios de la Subdirección de Información y Desarrollo Tecnológico. Gestionar el proceso de programación y ejecución presupuestal de la Subdirección de Información y Desarrollo Tecnológico acorde con los lineamientos de la entidad. Apoyar en la elaboracion de los
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