CCE-Resolución 278 de 2023
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE-Resolución 278 de 2023
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2023
REPUBLICA DE COLOMBIA
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESOLUCIÓN NÚMERO 2 7 gc.i -tt-111 2023 "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 397 del 07 de septiembre 2027 EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEEn ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto 4170 de 2011, el Decreto 1182 del 2020 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad. Que mediante Decreto Ley 4170 de 2011, modificado parcialmente por el Decreto 1822 de 2019, se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente—, como una entidad descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación, y se establecieron su estructura y las funciones de sus dependencias. Que el objetivo de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente—, como ente rector, de acuerdo con el artículo 2° del mencionado Decreto, es desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de
compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. Que, dentro de las funciones de la Dirección General de la Agencia, establecidas en el numeral 16 artículo 10° del Decreto 4170 de 2011, se encuentra la de "Crear, organizar y conformar comités, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento de la Agencia". Que mediante Decreto 670 del 29 de marzo de 2012 se creó la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente—, con 40 cargos, situación que impidió la creación de grupos de trabajo debido a la reducida cantidad de empleos en la entidad. Que mediante Decreto 1823 del 7 de octubre de 2019 se modificó parcialmente la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente—, se suprimieron tres (3) empleos y se creó uno (1), quedando la planta de personal con treinta y ocho (38) cargos, creándose una nueva dependencia, a costo cero, denominada "Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico", situación que profundizó el impedimento para la creación de grupos internos de trabajo por la disminución del número de empleos en la planta de la Agencia. Que mediante Decreto 1182 del 28 de agosto de 2020 se amplió la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente —, en 104 empleos, lo cual aumentó la planta de empleos a un total de 142 cargos. Que por medio de la Resolución 143 de 2020, la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia
Compra Eficiente—, distribuyó unos cargos de su planta de personal en sus dependencias. Que mediante Resolución 211 del 30 de octubre de 2020, expedida por el Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente —, se creó grupos internos de trabajo, les asignó funciones y dictó otras disposiciones. Que por medio de la Resolución 212 del 30 de octubre de 2020, la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente—, conformó los Grupos internos de trabajo y dispuso que el 27
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Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 397 del 07 de septiembre 2022" Secretario General o quien haga sus veces, designará mediante acto administrativo un coordinador para las labores de coordinación, ejecución, supervisión y control de las actividades del Grupo de trabajo. Que mediante Resolución 060 del 2 marzo de 2021, se sustituye y deroga la Resolución 143 del 1° de septiembre de 2020, con el fin de reubicar unos cargos por necesidades del servicio y adicionalmente, por razones de eficiencia y técnica normativa, contar con un solo acto administrativo en el que se consigne la Distribución de los cargos de la Planta Global de la Entidad. Que mediante Resolución 062 de 2021, se sustituyó la resolución 211 de 2020 y, por lo tanto, se crearon los Grupos Internos de Trabajo y se asignaron sus funciones. Que mediante la resolución 427 de 2021, se sustituyó y derogó la Resolución 062 de 2021, con el fin de modificar la estructura funcional interna de la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento
Estratégico, suprimiendo el Grupo de Abastecimiento Estratégico, en razón a que, una vez realizada la re - caracterización del proceso de Abastecimiento Estratégico, así mismo, fusionar los Grupos de Seguridad de la Información e Infraestructura de TI, de la Subdirección de Información y Desarrollo Tecnológico, en razón a que su gestión será más eficiente, ya que las funciones que desempeñan se interrelacionan y son transversales, por lo tanto, se logrará mayor eficiencia y agilidad en el cumplimiento de sus funciones y el logro de los objetivos institucionales. Que mediante la Resolución 152 de 2022, se sustituyó y derogó la Resolución 427 de 2021, con el fin de dar cumplimiento a la Ley 2094 de 2021 y garantizar el debido proceso de los procesos disciplinarios que sean gestionados dentro de la Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente-, se hizo necesario la creación de un nuevo grupo interno de trabajo en la Direccion General, modificar el nombre y funciones del grupo interno de Jurídica y Contractual y adicionar una función al grupo interno de Talento Humano de la Secretaría General. Que mediante la Resolución 397 de 2022, se sustituyó y derogó la Resolución 152 de 2022, con el fin de modificar el nombre y adicionar funciones del grupo interno de sancionatorios de la subdirección de negocios, toda vez, por la disminución en el trámite de los procesos sancionatorios de carácter contractual por parte de la Subdirección de Negocios de la Agencia, por cuanto la facultad sancionatoria
de las obligaciones derivadas de las órdenes de compra ya corresponde a las entidades compradoras y no a ANCPCCE como anteriormente estaba consagrado en las minutas de los AMP. De esta forma la Subdirección de Negocios tiene la facultad sancionatoria para llevar el trámite contemplado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 respecto de las obligaciones derivadas directamente del Acuerdo Marco, por lo cual se ha disminuido el número de procesos que se llevan a cabo y debe procederse con la liquidación de los acuerdos marco de precios conforme a lo establecido en la Ley 1150 de 2007 Que se hace necesario modificar el nombre y adicionar las funciones del grupo interno de atención al ciudadano de la Secretaría General, toda vez, que el 17 de abril del 2023 se aprobó en el comité Institucional de Gestión y Desempeño de la ANCPCCE, el proceso de relacionamiento Estado Ciudadano, el cual se compone de la política de atención, participación y tramites, teniendo con objetivo orientar las actuaciones de la Agencia sobre la base de estrategias y lineamientos que permitan asegurar con los grupos de valor una constante y fluida comunicación, transparente, participativa e inclusiva cada vez que existan interacciones alrededor y sobre la operación del sistema de compra pública; así como la entrega de productos, bienes, servicios e información dispuestos por la Entidad en los diferentes canales de comunicación. Informacion que reposa en el acta del Comité Institucional de Gestion y Desempeño del 17 de abril 2023, facultado bajo la Resolución 270 de 2021. Que, en consecuencia, es procedente sustituir la Resolución 397 del 07 de septiembre de 2022, y adicionalmente, por razones de eficiencia y técnica normativa, contar con un solo acto administrativo en
el que se consigne la creación y funciones de los grupos internos de trabajo de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente—. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. SUSTITUIR la Resolución 397 del 07 de septiembre de 2022, la cual quedará así: ARTÍCULO 1°. Creáse en la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente— los siguientes grupos internos de trabajo, de acuerdo con la siguiente ubicación y denominación:
1. DIRECCIÓN GENERAL 2 7 8 %.t RESOLUCIÓN NÚMERO lile 2023 Hoja N°. 3
Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 397 del 07 de septiembre 2022" 1.1. Grupo interno de trabajo de Comunicaciones Estratégicas. 1.2. Grupo interno de trabajo de Planeación, Políticas Públicas y Asuntos Internacionales. 1.3. Grupo interno de trabajo de Gestión Jurídica
2. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL 2.1. Grupo interno de trabajo de Relatoría. 2.2, Grupo interno de trabajo de Estudios y Conceptos. 2.3. Grupo interno de trabajo de Documentos Tipo. 2.4. Grupo interno de trabajo de Normas y Reglamentos.
3. SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS 3.1.Grupo interno de trabajo de Estructuración de Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.2.Grupo interno de trabajo de Administración de Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.3. Grupo interno de trabajo de Procesos Sancionatorios y Trámites PosContractuales.
3.4. Grupo interno de Seguimiento, Cifras y Estadísticas de la TVEC
4. SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO 4.1. Grupo interno de trabajo de Planeación de TI. 4.2. Grupo interno de trabajo de Seguridad de la Información e Infraestructura de TI. 4.3. Grupo interno de trabajo de Operación de Plataformas de Compra Pública. 4.4. Grupo interno de trabajo de Sistemas de Información. 4.5. Grupo interno de trabajo de Uso y Apropiación.
5. SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ABASTECIMIENTO ESTRATÉGICO 5.1. Grupo interno de trabajo de Observatorio Oficial de Contratación Estatal. 5.2. Grupo interno de trabajo de Analítica, Estrategia y Ciencia de Datos.
6. SECRETARIA GENERAL 6.1. Grupo interno de trabajo de Gestión Financiera. 6.2. Grupo interno de trabajo de Gestión del Talento Humano. 6.3. Grupo interno de trabajo de Gestión Administrativa. 6.4. Grupo interno de trabajo de Gestión Documental. 6.5. Grupo interno de trabajo de Gestión contractual, asuntos legales y judiciales. 6.6. Grupo interno de trabajo de Relacionamiento Estado Ciudadano.
Parágrafo: Los grupos internos de trabajo podrán ser modificados por el Director General en cualquier momento, atendiendo las necesidades del servicio.
CAPITULO I DE LOS GRUPOS DE TRABAJO ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN GENERAL ARTÍCULO 2°. El Grupo Interno de Planeación, Políticas Pública y Asuntos Internacionales tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Asesorar la definición de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la Agencia
Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente-.
2. Definir las estrategias que darán linea para el que hacer institucional que le aportarán al cumplimiento de su misión y al Plan Nacional de Desarrollo.
3. Asesorar en la formulación de los proyectos de política pública y de inversión a la Dirección General de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente-.
4. Desarrollar y validar los indicadores de gestión, producto del impacto de las políticas, planes y programas de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficientey, hacer el seguimiento a través de los sistemas establecidos para ello.
5. Validar y reportar el seguimiento al cumplimiento de las metas de gobierno de la Agencia
Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente-.
6. Coordinar la implementación y actualización continua del Modelo Integrado de Planeación y
Gestión MIPG.
7. Realizar el diagnóstico y generar recomendaciones de mejora sobre las herramientas diseñadas por la Agencia. (Manuales, guías, visualizaciones, entre otras),
8. Estructurar y realizar seguimiento a los proyectos de cooperación internacional.
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9. Efectuar monitoreo de mejores prácticas globales en compras públicas (OCDE, Banco
Mundial, BID, RICG).
10. Estructurar y ejecutar investigaciones estratégicas en los mercados de contratación estatal.
11. Formular y realizar seguimiento a políticas públicas, planeación, programas y proyectos que mejoren la eficiencia, la transparencia y la efectividad en el sistema de compra pública.
12. Formular proyectos disruptivos que potencialicen el impacto de las actividades misionales de la Agencia.
ARTÍCULO 3°. El Grupo Interno de Comunicaciones Estratégicas tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Participar en la elaboración del plan estratégico, plan de acción, plan anual de adquisiciones, indicadores de gestión y mapa de riesgos en lo relacionado con sus funciones.
2. Proponer e implementar procedimientos y mecanismos de seguimiento a la ejecución del plan de acción de la dependencia; así como los ajustes o acciones que deban adoptarse para el logro de los objetivos y las metas propuestas.
3. Proponer e implementar procedimientos, mecanismos e instrumentos para hacer más eficientes las actividades a cargo del grupo.
4. Asesorar y apoyar a la Agencia y sus dependencias en el diseño de las comunicaciones estratégicas, incluyendo la definición de los objetivos, mensajes, contenidos, y la divulgación de los mismos.
5. Construir y diseñar la estrategia de comunicaciones conforme a las funciones de la Agencia y a las necesidades de la misma.
6. Diseñar y administrar los contenidos del sitio Web de la Agencia, así como su mantenimiento y programación.
7. Divulgar oportunamente ante los medios de comunicación las gestiones que adelanta la Agencia en el desarrollo de sus funciones.
8. Diseñar la estrategia de divulgación externa con medios de comunicación de las gestiones
desarrolladas por la Agencia.
9. Diseñar el mapa de riesgos relacionado con comunicaciones de la Agencia para prevenir situaciones de crisis. 10 Formular y coordinar la estrategia de manejo de imagen de la Agencia dentro y fuera del país. 11 Diseñar y publicar las piezas, mensajes y contenidos de las gestiones que adelante la Agencia y aquellos que se deriven de la ejecución de la estrategia de comunicaciones del Gobierno Nacional. 12 Coordinar la divulgación de las diversas actividades en las que participe la Agencia. 13 Elaborar la estratégica de gestión documental del grupo de comunicaciones y adelantar las actividades pertinentes para la ejecución de la estratégica. 14 Llevar el registro de las audiencias y eventos de la Agencia a través de los medios determinados para ello.
15. Las demás que le asigne la Dirección General de la Agencia en relación directa con comunicaciones.
ARTÍCULO 4°. El Grupo Interno de Gestión Jurídica tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Adelantar la etapa de juzgamiento contra los funcionarios de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente en los términos de la Ley 1952 del 2019 y Ley 2094 del 2021 o las normas que la modifiquen.
2. Apoyar en la actualización de los archivos y registros de los procesos disciplinarios, en concordancia con la gestión de la información de la entidad.
3. Elaborar proyectos normativos en asuntos de competencia de la entidad que sean asignados por el Director General o el Secretario General.
4. Mantener actualizado el normograma de la entidad.
5. Preparar, presentar en término y mantener actualizada la agenda regulatoria de la entidad.
6. Elaborar los actos administrativos, como decretos, resoluciones, circulares y guías que son de competencia de la Agencia.
7. Revisar los actos administrativos, como decretos, resoluciones, circulares y guías que son de competencia de la Agencia.
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8. Revisar periódicamente todas las iniciativas legislativas que se están tramitando en el Congreso de la República, así como las reglamentarias que eventualmente pudiesen importar al sistema de compra pública
9. Elaborar y/o revisar informes requeridos por los organismos de control, con base en los procesos institucionales.
10. Elaborar y/o revisar conceptos jurídicos relacionados con el funcionamiento de la entidad
11. Elaborar las respuestas a las peticiones y requerimientos de la ciudadanía.
12. Asesorar el diseño y realización de estudios e investigaciones que contribuyan en la formulación de políticas con miras al fortalecimiento jurídico de las dependencias de la entidad.
13. Asesorar y promover la divulgación de normas y jurisprudencia relacionada con los objetivos y funciones de la entidad.
14. Asesorar y asistir al Director General y la Alta Dirección en la interpretación y aplicación de las normas constitucionales, legales y reglamentarias de competencia de la Agencia.
15. Elaborar estudios, análisis y, promover la unidad de criterio y la seguridad jurídica en las decisiones de los funcionarios de la entidad.
16. Asesorar en la formulación y ejecución de políticas que contribuyan al fortalecimiento
jurídico de las dependencias de la entidad.
17. Asesorar en la creación, implementación y difusión de instrumentos, y herramientas jurídicas de gestión que faciliten la compra pública del Estado.
18. Las demás que le asigne la ley o que correspondan con la naturaleza del Grupo CAPÍTULO II DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL ARTÍCULO 5°. El Grupo Interno de Relatoría tendrá a su cargo las siguientes funciones y
responsabilidades:
1. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de normas relacionadas con asuntos contractuales.
2. Analizar, identificar, seleccionar e hipervincular criterios contenidos en normas relacionadas con asuntos contractuales, cargar las normas hipervinculadas en la plataforma y hacer control de calidad a la información.
3. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de conceptos relacionados con temas contractuales.
4. Analizar, identificar, seleccionar y hacer la titulación de extractos relevantes de los conceptos, cargar los extractos en la plataforma y hacer control de calidad a la información.
5. Buscar, descargar, guardar y clasificar las sentencias relacionadas con temas contractuales.
6. Seleccionar y hacer la titulación de los extractos relevantes de las providencias, y extraer la información de las sentencias requeridas para la ficha técnica.
7. Guardar las providencias indizadas, diligenciar matriz con la información de las sentencias y hacer control de calidad a la información.
8. Realizar la gestión documental de las normas, conceptos y sentencias correspondientes.
9. Comprimir las normas, conceptos y sentencias en formato ZIP, y disponerlos en el archivo respectivo.
10. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que se desarrolla.
ARTÍCULO 6°. El Grupo Interno de Conceptos tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Recibir, distribuir y tramitar las solicitudes relacionadas con la formulación, adopción y dirección de la política en materia de compras y de contratación pública.
2. Recibir, distribuir, definir y proyectar conceptos jurídicos en términos de contenido, coherencia, calidad, oportunidad, profundidad, aplicabilidad y normativa necesaria para la consolidación de un sistema de compras y contratación pública.
3. Elaborar conceptos jurídicos que desarrollan aspectos de compras y contratación pública como base para la mejora de la participación de las entidades estatales en los procesos de compras y contratación pública.
4. Responder a solicitudes de conceptos jurídicos solicitados por las entidades o los actores del Sistema de Compra Pública sobre la aplicación de las políticas, instrumentos,
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Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 397 del 07 de septiembre 2022" herramientas y normas de carácter general en materia de compras y contratación pública, y enviar el documento de respuesta por la herramienta de gestión documental respectiva.
5. Remitir para la firma del Subdirector de Gestión Contractual, los conceptos y estudios que se requieran, realizarlos con fundamento legal y jurisprudencial vigente en el ordenamiento jurídico, manteniendo la debida coordinación y unidad de criterio jurídico.
6. Dejar constancia expresa de la modificación de una recomendación anterior si el concepto a emitir la modifica, así como las razones por las cuales se adopta la nueva posición.
7. Mantener actualizadas las bases de datos de conceptos emitidos por la Subdirección de
Gestión Contractual.
8. Asesorar y apoyar jurídicamente a las dependencias de la Agencia Nacional de Contratación Pública —Colombia Compra Eficiente— en asuntos de Derecho Contractual y de Contratación Pública de acuerdo con la legislación nacional y velar por su adecuada aplicación.
9. Proponer criterios de interpretación y procedimientos para la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia. 10 Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 7°. El Grupo Interno de Documentos Tipo tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Identificar, definir y estructurar documentos tipo a desarrollar en cada uno de sus componentes, determinar su aplicabilidad y la normatividad necesaria para su elaboración.
2. Corregir, ajustar o modificar los documentos tipo de acuerdo con las observaciones realizadas por las instancias competentes.
3. Identificar, definir y estructurar guías o manuales para la comprensión e implementación de los documentos tipo, determinar su contenido, aplicabilidad y normatividad necesaria para la elaboración de cada uno de ellos.
4. Corregir, ajustar o modificar las guías o manuales de acuerdo con las observaciones realizadas.
5. Estructurar el componente jurldico-administrativo de la versión preliminar de los documentos tipo con base en la investigación interna del tema para fijar condiciones particulares aplicables a cada documento tipo, guía o manual.
6. Desarrollar mesas técnicas con entidades especializadas para la estructuración técnica de los Documentos Tipo, para la revisión de la versión preliminar elaborada por la Agencia y
para definir los aspectos técnicos del documento final.
7. Remitir al Subdirector de Gestión Contractual los borradores de documentos tipo, guías o manuales para su revisión y aprobación.
8. Apoyar la elaboración de conceptos jurídicos solicitados por los actores del Sistema de Compra Pública sobre la aplicación de los documentos tipo.
9. Elaborar los proyectos de actos administrativos para la adopción de los documentos tipo, guías o manuales.
10. Publicar en la página web de la entidad los documentos tipo, guias o manuales que sean requeridos y recibir los comentarios que se presenten.
11. Apoyar la implementación de los documentos tipo, guías y manuales.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTICULO 8°. El Grupo Interno de Normas y Reglamentos tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: 1 Recopilar, clasificar y analizar estudios, investigaciones, documentos y demás información que trate sobre asuntos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estas áreas. 2 Identificar, definir, estructurar y elaborar los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, o normas a desarrollar, teniendo en cuenta su contenido y aplicabilidad. 3 Estudiar el marco jurídico aplicable para los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos y reglamentos, incluyendo revisión de la doctrina y las jurisprudencias respectivas. 2 7 84
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Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 397 del 07 de septiembre
2022"
4. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, acuerdos, circulares, resoluciones, contratos, convenios nacionales y demás actos y/o asuntos administrativos que deba expedir la Entidad o para proponer al Gobierno Nacional, en materia de compras y contratación pública.
5. Adelantar investigaciones y estudios en temas de normas y procedimientos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estos asuntos, que permitan consolidar un sistema de compras y contratación pública.
6. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de normas en los que pueda verse afectada la Agencia o en los que considere que debe participar como ente rector del Sistema de Contratación y Compra Pública del Estado colombiano.
7. Participar en mesas de trabajo con entidades estatales para el desarrollo de normas y reglamentos concernientes con compras y contratación pública.
8. Solicitar la publicación de los proyectos de normas en la página web, recibir los comentarios y ajustarlos en los casos requeridos.
9. Elaborar las memorias justificativas y demás documentos necesarios para realizar el trámite de adopción correspondiente. 10 Adelantar las actividades requeridas ante las instancias respectivas para la adopción de las normas, herramientas o instrumentos desarrollados por la Agencia. 11 Sugerir criterios para los perfiles ocupacionales y competencias laborales a solicitud de las instancias interesadas en determinar una competencia u ocupación relacionada con compras y contratación pública.
12 Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña. CAPÍTULO III DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS ARTÍCULO 9°. El Grupo de Interno de Estructuración de Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Elaborar las fichas de viabilidad de los Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios con base en la información preliminar del mercado.
2. Gestionar y asistir a reuniones con los actores del mercado y entidades compradoras para identificar la forma de adquisición de los bienes con características técnicas uniformes objeto de Instrumentos de Agregación de Demanda.
3. Estructurar y redactar los documentos del proceso de selección (estudio del sector, estudios previos, pliego de condiciones, minuta, anexos y formatos).
4. Gestionar la publicación, seguimiento y desarrollo de los procesos de selección para la celebración de los Acuerdos Marco de Precios y demás Instrumentos de Agregación de
Demanda en la Plataforma SECOP II.
5. Elaborar y publicar la documentación emitida en desarrollo de los procesos de selección adelantados en la Plataforma Secop II, tales como (avisos de convocatoria, respuesta a observaciones, adendas, informes de selección, aclaraciones, resoluciones de apertura y adjudicación, entre otros).
6. Apoyar la evaluación de las ofertas recibidas en desarrollo del proceso de selección.
7. Elaborar los contratos electrónicos a través de la Plataforma SECOP II y hacer seguimiento a la debida suscripción por parte de los adjudicatarios.
8. Revisar las garantías de los procesos de contratación para acreditar el cumplimiento de requisitos de ejecución de los Acuerdos Marco de Precios o Instrumentos de Agregación de
Demanda.
9. Identificar mejores prácticas de otras agencias, sectores y mercados para incorporar nuevas herramientas a los instrumentos que-permitan aumentar la participación y mejorar la gestión de las cadenas de suministro correspondientes.
10. Identificar los riesgos propios del mercado y del proceso de contratación.
11. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 10°. El Grupo Interno de Administración de Instrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: 1 _a...a '2 7 U"' RESOLUCIÓN NÚMERO -de 2023 Hoja N°. 8 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 397 del 07 de septiembre 2022"
1. Realizar el reporte y presentación de órdenes de compra representativas emitidas a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (NEC).
2. Realizar la actualización de la matriz de garantías, calculando el valor de las pólizas de acuerdo con las órdenes de compra emitidas por cada proveedor.
3. Revisar el correo, descargar las ofertas y diligenciar matriz de evaluación del Instrumento de Agregación de Demanda para la adquisición de bienes y servicios para el manejo de la emergencia sanitaria el Gobierno Nacional.
4. Realizar, durante su vigencia, la revisión de precios semanal del catálogo de ayudas
humanitariasIAD Emergencia Covid 19 frente a las bases de datos publicadas por el DANE, el Sistema de Información de Precios y Abastecimiento del Sector Agropecuario (SIPSA) y el Precio de venta al público de artículos de primera necesidad (PVPAPN).
5. Brindar apoyo en la elaboración del informe trimestral de seguimiento a las obligaciones de pago de las entidades compradoras de los diferentes Acuerdos Marco e Instrumentos de
Agregación de Demanda.
6. Diseñar y configurar el simulador para realizar compras.
7. Realiza
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