CCE-Resolución 427 de 2021
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE-Resolución 427 de 2021
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
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j`EPUBLICA DE COLOMBIA
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESOLUCIÓN NÚMERO .4 ¿..?=!`-. DE 2021 "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del 2021" EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATAclóN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEEn ej.ercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto 4170 de 2011, el Decreto 1182 del 2020 y, CONSIDEFUNDO: Que el ariículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad. Que mediante Decreto Ley 4170 de 2011, modificado parcialmente por el Decreto 1822 de 2019, se creó la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Contratación PúblicaColombia Compra Eficiente-, como una entidad descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería j.urídica, patrjmonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación, y se establecieron su estructura y las funciones de sus dependencias. Que el objetivo de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, como ente rector, de acuerdo con el artículo 2° del mencionado Decreto, es desarrollar e impulsar políticas
públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los pariícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. Que, dentro de las funciones de la Dirección General de la Unidad, establecidas en el numeral 16 artículo 10° del Decreto 4170 de 2011, es "Crear, ongan/.zar y oonfomar oom/.Íés, com/.s/.ones y gmpos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, Ias necesidades del seivicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento de la Agencia". Que mediante Decreto 670 del 29 de marzo de 2012 se creó la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, con 40 cargos, situación que impidió la creación de grupos de trabaj.o debido a la reducida cantidad de empleos en la entidad. Que mediante Decreto 1823 del 7 de octubre de 2019 se modificó parcialmente la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, se suprimieron tres (3) empleos y se creó uno (1), quedando la planta de personal con treinta y ocho (38) cargos, situación que profundizó el impedimento para la creación de grupos internos de trabajo por la disminución del número de empleos en la planta de la Agencia. Que mediante Decreto 1182 del 28 de agosto de 2020 se amplió la planta de personal de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente -, en 104 empleos, lo cual aumentó la
planta de empleos a un total de 142 cargos. Que por medio de la Resolución 143 de 2020, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, distribuyó unos cargos de su planta de personal en sus dependencias. Que mediante Resolución 211 del 30 de octubre de 2020, expedida por el Director General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente -, se creó grupos internos de trabajo, les asignó funciones y dictó otras disposiciones. Que por medio de la Resolución 212 del 30 de octubre de 2020, Ia Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conformó los Grupos internos de trabai.o y dispuso que el Secretario General o quien haga sus veces, designará mediante acto administrativo un coordinador para las labores de coordinación, ejecución, supervisión y control de las actividades del Grupo de trabaj.o.
RESOLUCIÓN NÚMERO 4 2:?=j.de 202i Hoja N°. 2
Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del 2021" Que mediante Resolución 060 del 2 marzo de 2021, se sustituye y deroga la Resolución 143 del 1° de septiembre de 2020, con el fin de reubicar unos cargos por necesidades del servicio y adicionalmente, por razones de eficiencia y técnica normativa, contar con un solo acto administrativo en el que se consigne la Distribución de los cargos de la Planta Global de la Entidad. !, Que mediante Resolución 062 de 202`1, se sustituyó la resolución 211 de 2020 y por lo tanto, se crearon
los Grupos lnternos de Trabajo y se asignaron sus funciones. Que se hace modificar la estructura funcional interna de la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico, suprimiendo el Grupo de Abastecimiento Estratégico, en razón a que, una vez realizada la re -caracterización del proceso de ABASTECIMEINTO ESTRATEGICO, se concluye que los procedimientos de la Subdirección son los siguientes:
1. Elaboración de Estudios del Sistema de Compras y Contratación Pública. (Grupo de Análisis, Estrategia e lnteligencia de Datos)
2. Depuración del SECOP (Grupo de Análisis, Estrategia e lnteligencia de Datos)
3. Procedimiento de herramientas para análisis de datos (Grupo de Análisis, Estrategia e lnteligencia de Datos)
4. Procedimiento para el análisis, revisión y seguimiento de en materia de contratación y compra pública instrumentos contractuales (Grupo Observatorio Oficial de Contratación Estatal) 5, Desarrollar formaciones o socializaciones de metodologías de abastecimiento estratégico, herramientas, datos abiertos o demás asuntos de EMAE (Transversal a los grupos y funcionarios) Que igualmente es importante fusionar los Grupos de Seguridad de la lnformación e lnfraestructura de TI, de la Subdirección de lnformación y Desarrollo Teconlógico, en razón a que su gestión será mas eficiente, ya que las funciones que desempeñan se interelacionan y son transversales, por lo tanto, se logrará mayor eficiencia y agilidad en el cumplimiento de sus funciones y el logro de los objetivos institucionales.
Que en consecuencia, es procedente sustituir la Resolución 062 del 3 de marzo de 2021, y
adicionalmente, por razones de eficiencia y técnica normativa, contar con un solo acto administrativo en el que se consigne la creación y funciones de los grupos internos de trabaj.o de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCUL01°. SUSTITUIR la resolución 062 del 3 de marzo de 2021, la cual quedará así: ARTÍCULO 1°. Creáse en la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientelos siguientes grupos internos de trabajo, de acuerdo con la siguiente ubicación y denominación:
1. DIRECCIÓN GENERAL 1.1. Grupo interno de trabajo de Comunicaciónes Estratégicas. 1.2. Grupo interno de trabajo de Planeación, Políticas Públicas y Asuntos lnternacionales.
2. SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL 2.1. Grupo interno de trabai.o de Relatoría. 2.2. Grupo interno de trabajo de Estudios y Conceptos. 2.3. Grupo interno de trabajo de Documentos Tipo. 2.4. Grupo interno de trabajo de Normas y Reglamentos.
3. SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS 3.1. Grupo interno de trabajo de Estructuración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.2. Grupo interno de trabajo de Administración de lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. 3.3. Grupo interno de trabajo de Procesos Sancionatorios. 3.4. Grupo interno de Seguimiento, Cifras y Estadísticas de la TVEC RESOLUclóNNÚMERO '12 7 ®
de 2021 Hoja N°. 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del 2021„ ---_------------------------_-.-----_------------------------------_---------_-----_--------_--------------------------------____
4. SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO 4.1. Grupo interno de trabajo de Planeación de Tl. 4.2. Grupo interno de trabajo de Seguridad de la lnformación e lnfraestrutura de TI. 4,3. Grupo interno de trabajo de Operación de Plataformas de Compra Pública. 4.4. Grupo interno de trabajo de Sistemas de lnformación. 4.5. Grupo interno de trabaj.9 de Uso y Apropiación.
5. SUBDIRECCIÓN DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ABASTECIMIENTO ESTRATÉGICO 5.1. Grupo interno de trabajo de Observatorio Oficial de Contratación Estatal. 5.2. Grüpo interno de trabaj.o de Análitica, Estrategia y Ciencia de Datos.
6. SECRETARÍA GENERAL 6.1. Grupo interno de trabajo de Gestión Financiera. 6.2. Grupo interno de trabajo de Gestión del Talento Humano. 6.3, Grupo interno de trabaj.o de Gestión Administrativa. 6.4. Grupo interno de trabaj.o de Gestión Documental. 6.5. Grupo interno de trabaj.o de Jurídica y Contractual. 6.6. Grupo interno de trabaj.o de Atención al Ciudadano.
Parágrafo: Los grupos internos de trabajo podrán ser modificados por el Director General en cualquier momento, atendiendo las necesidades del servicio.
CAPITULO I
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN GENERAL
ARTÍCULO 2°. EI Grupo lnterno de Planeación, Políticas Pública y Asuntos lnternacionales tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Asesorar la definición de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la Agencia
Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.
2. Definir las estrategias que darán línea para el que hacer institucional que le apoharán al cumplimiento de su misión y al Plan Nacional de Desarrollo.
3. Asesorar en la formulación de los proyectos de política pública y de inversión a la Dirección General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.
4. Desarrollar y validar los indicadores de gestión, producto del impacto de las políticas, planes y programas de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientey, hacer el seguimiento a través de los sistemas establecidos para ello.
5. Validar y reporiar el seguimiento al cumplimiento de las metas de gobierno de la Agencia
Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.
6. Coordinar la implementación y actualización continua del Modelo lntegrado de Planeación y
Gestión MIPG.
7. Realizar seguimiento normativo y regulatorio al sistema de compra pública (leyes, decretos, documentos conpes, entre otros).
8. Realizar el diagnóstico y generar recomendaciones de mejora sobre las herramientas diseñadas por la Agencia. (Manuales, guías, vizualizaciones, entre otras).
9. Estructurar y realizar seguimiento a los proyectos de coop.eración internacional.
10. Efectuar monitoreo de mejores prácticas globales en compras públicas (OCDE, Banco
Mundial, BID, RICG).
11. Estructurar y ejecutar investigaciones estratégicas en los mercados de contración estatal.
12. Formular y realizar seguimiento a políticas públicas, planeación, programas y proyectos que mejoren la eficiencia, la transparencia y la efectividad en el sistema de compra pública. i 3, Formiar proyectos disruptivos qué potenciaiicen ei impacto de ias actividades misionaies de la Agencia. •ARTÍCULO 3°, EI Grupo lnterno de Comunicaciones Estratégicas tendrá a su cargo las
siguientes funciones y responsabilidades:
1. Participar en la elaboración del plan. estratégico, plan de acción, plan anual de adquisiciones, indicadores de gestión y mapa de riesgos en lo relacioando con sus funciones.
RESOLUC[ÓN NÚMERO & 2+=?=Ó ~de 2o2i Hoja N°. 4
Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del 2021"
2. Proponer e implementar procedimientos y mecanismos de seguimiento a la ejecución del plan de acción de la dependencia; así como los aj.ustes o acciones que deban adoptarse para el logro de los obj.etivos y las metas propuestas.
3. Proponer e implementar procedimientos, mecanismos e instrumentos para hacer más eficientes las actividades a cargo del grupo.
4. Asesorar y apoyar a la Agencia y sus dependencias en el diseño de las comunicaciones estratégicas, incluyendo la definición de los objetivos, mensajes, contenidos, y la divulgación de los mismos.
5. Construir y diseñar la estrategia de comunicaciones conforme a las funciones de la Agencia
y a las necesidades de la misma.
6. Diseñar y administrar los contenidos del sitio Web de la Agencia, así como su mantenimiento y programación.
7. Divulgar oportunamente ante los medios de comunicación las gestiones que adelanta la Agencia en el desarrollo de sus funciones.
8. Diseñar la estrategia de divulgación externa con medios de comunicación de las gestiones desarrolladas por la Agencia.
9. Diseñar el mapa de riesgos relacionado con comunicaciones de la Agencia para prevenir situaciones de crisis.
10. Formular y coordinar la estrategia de manejo de imagen de la Agencia dentro y fuera del pais.
11. Diseñar y publicar las piezas, mensajes y contenidos de las gestiones que adelante la Agencia y aquellos que se deriven de la ejecución de la estrategia de comunicaciones del
Gobiemo Nacional.
12. Coordinar la divulgación de las diversas actividades en las que pariicipe la Agencia.
13. Elaborar la estratégia de gestión documental del grupo de comunicaciones y adelantar las actividades pertinentes para la ejecución de la estratégia.
14. Llevar el registro de las audiencias y eventos de la Agencia a través de los medios determinados para ello.
15. Supervisar, certificar y dar trámite a los contratos designados para supervisión.
16. Las demás que le asigne la Dirección General de la Agencia en relación directa con comunicaciones.
CAPÍTULO 11
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN CONTRACTUAL ARTÍCULO 4°. EI Grupo lntemo de Relatoría tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de normas relacionadas con asuntos
contractuales.
2. Analizar, identificar, seleccionar e hipervincular criterios contenidos en normas relacionadas con asuntos contractuales, cargar las normas hipervinculadas en la plataforma y hacer control de calidad a la información.
3. Buscar, descargar, guardar y diligenciar el inventario de conceptos relacionados con temas contractuales.
4. Analizar, identificar, seleccionar y hacer la titulación de extractos relevantes de los conceptos, cargar los extractos en la plataforma y hacer control de calidad a la información.
5. Buscar, descargar, guardar y clasificar las sentencias relacionadas con temas contractuales.
6. Seleccionar y hacer la titulación de los extractos relevantes de las providencias, y extraer la información de las sentencias requeridas para la ficha técnica.
7. Guardar las providencias indizadas, diligenciar matriz con la información de las sentencias y hacer control de calidad a la información.
8. Realizar la gestión documental de las normas, conceptos y sentencias correspondientes.
9. Comprimir las normas, conceptos y sentencias en formato ZIP, y disponerlos en el archivo respectivo.
10. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que se desarrolla. _. de 2021
RESOLUCIÓNNÚMER¿.L4'2`=?='
Hoja N°. 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del 2021" -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------_-__-_____ ARTÍCULO 5°. EI Grupo lnterno de Conceptos tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Recibir, distribuir y tramitar las solicitudes relacionadas con la formulación, adopción y dirección de la política en materia de compras y de contratación pública.
2. Recibir, distribuir, definir y proyectar conceptos jurídicos en términos de contenido, coherencia, calidad, oporiunidad, profundidad, aplicabilidad y normativa necesaria para la consolidación de un sistema de compras y contratación pública.
3. Elaborar conceptos jurídicos que desarrollan aspectos de compras y contratación pública como base para la mejora de la participación de las entidades estatales en los procesos de compras y contratación pública.
4. Responder a solicitudes de conceptos jurídicos solicitados por las entidades o los actores del Sistema de Compra Pública sobre la aplicación de las políticas, instrumentos, herramientas y normas de carácter general en materia de compras y contratación pública, y enviar el documento de respuesta por la herramienta de gestión documental respectiva.
5. Remitir para la firma del Subdirector de Gestión Contractual, los conceptos y estudios que se requieran, realizarlos con fundamento legal y j.urisprudencial vigente en el ordenamiento jurrdico, manteniendo la debida coordinación y unidad de criterio j.urídico.
6. Dej.ar constancia expresa de la modificación de una recomendación anterior si el concepto a ~'^ emitir la modifica, así como las razones por las cuales se adopta la nueva posición.
7. Mantener actualizadas las bases de datos de conceptos emitidos por la Subdirección de
Gestión Contractual.
8. Asesorar y apoyar jurídicamente a las dependencias de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficienteen asuntos de Derecho Contractual y de Contratación Pública de acuerdo con la legislación nacional y velar por su adecuada aplicación.
9. Proponer criterios de interpretación y procedimientos para la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.
10. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 6°. EI Grupo lnterno de Documentos Tipo tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades: 1. ldentificar, definir y estructurar documentos tipo a desarrollar en cada uno de sus componentes, determinar su aplicabilidad y la normatividad necesaria para su elaboración.
2. Corregir, aj.ustar o modificar los documentos tipo de acuerdo con las observaciones realizadas por las instancias competentes. 3. ldentificar, definir y estructurar guías o manuales para la comprensión e implementación de los documentos tipo, determinar su contenido, aplicabilidad y normatividad necesaria para la elaboración de cada uno de ellos.
4. Corregir, ajustar o modificar las guías o manuales de acuerdo con las observaciones realizadas.
5. Estructurar el componente jurídico-administrativo de la versión preliminar de los documentos tipo con base en la investigación interna del tema para fij.ar condiciones particulares aplicables a cada documento tipo, guía o manual.
6. Desarrollar mesas técnicas con entidades especializadas para la estructuración técnica de los Documentos Tipo, para la revisión de la versión preliminar elaborada por la Agencia y para definir los aspectos técnicos del documento final.
7. Remitir al Subdirector de Gestión Contractual los borradores de documentos tipo, guías o manuales para su revisión y aprobación.
8. Apoyar la elaboración de conceptos jurídicos solicitados por los actores del Sistema de
Compra Pública sobre la aplicación de los documentos tipo.
9. Elaborar los proyectos de actos administrativos para la adopción de los documentos tipo, guías o manuales.
10. Publicar en la página web de la entidad los documentos tipo, guías o manuales que sean requeridos y recibir los comentarios que se presenten.
11. Apoyar la implementación de los documentos tipo, guías y manuales.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
RESOLUcióNNÚMERo-4 2 7-` de 2021 Hoja N°. 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del 2021" t:Í ARTÍCULO 7°. EI Grupo lnterno de Normativa tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Recopilar, clasificar y analizar estudios, investigaciones, documentos y demás información que trate sobre asuntos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estas áreas. 2. ldentificar, definir, estructurar y elaborar los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, o normas a desarrollar, teniendo en cuenta su contenido y aplicabilidad.
3. Estudiar el marco jurídico aplicable para los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos y reg]amentos, incluyendo revisión de la doctrina y las j.urisprudencias respectivas.
4. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de actos legislativos, leyes, decretos, acuerdos, circulares, resoluciones, contratos, convenios nacionales y demás actos y/o
asuntos administrativos que deba expedir la Entidad o para proponer al Gobierno Nacional, en materia de compras y contratación pública.
5. Adelantar investigaciones y estudios en temas de normas y procedimientos de contratación y compras públicas, que sirvan de base para la formulación de políticas, planes estratégicos, normas, elaboración de herramientas e instrumentos, y la toma de decisiones en estos asuntos, que permitan consolidar un sistema de compras y contratación pública.
6. Revisar, analizar y conceptuar sobre los proyectos de normas en los que pueda verse afectada la Agencia o en los que considere que debe participar como ente rector del Sistema de Contratación y Compra Pública del Estado colombiano.
7. Participar en mesas de trabaj.o con entidades estatales para el desarrollo de normas y reglamentos concernientes con compras y contratación pública.
8. Solicitar la publicación de los proyectos de normas en la página web, recibir los comentarios y ajustarlos en los casos requeridos.
9. Elaborar las memorias justificativas y demás documentos necesarios para realizar el trámite de adopción correspondiente.
10. Adelantar las actividades requeridas ante las instancias respectivas para la adopción de las normas, herramientas o instrumentos desarrollados por la Agencia.
11. Sugerir criterios para los perfiles ocupacionales y competencias laborales a solicitud de las instancias interesadas en determinar una competencia u ocupación relacionada con compras y contratación pública.
12. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
CAPÍTULO 111
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBDIRECCIÓN DE NEGOCIOS ARTÍCULO 8°. EI Grupo de lnterno de Estructuración de lnstrumentos de Agregación de
Demanda y Acuerdos Marco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Elaboraí las fichas de viabilidad de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios con base en la información preliminar del mercado.
2. Gestionar y asistir a reuniones con los actores del mercado y entidades compradoras para identificar la forma de adquisición de los bienes con características técnicas uniformes obj.eto de lnstrumentos de Agregación de Demanda.
3. Estructurar y redactar los documentos del proceso de selección (estudio del sector, estudios previos, pliego de condiciones, minuta, anexos y formatos).
4. Gestionar la publicación, seguimiento y desarrollo de los procesos de selección para la celebración de los Acuerdos Marco de Precios y demás lnstrumentos de Agregación de Demanda en la Plataforma SECOP 11.
5. Elaborar y publicar la documentación emitida en desarrollo de los procesos de selección adelantados en la Plataforma Secop 11, tales como (avisos de convocatoria, respuesta a observaciones, adendas, informes de selección, aclaraciones, resoluciones de apertura y adjudicación, entre otros)..
6. Apoyar la evaluación de las ofertas recibidas en desarrollo del proceso de selección.
7. Elaborar los contratos electrónicos a través de la Plataforma SECOP 11 y hacer seguimiento a la debida suscripción por parte de los adjudicatarios.
RESOLUCIÓN NÚMERo 4 á.7-,.-de202| Hoja N°. 7
Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del
2021" --_--_--_---------------------------_-------------------------------_-----------------------------------------------------_-____-___
8. Revisar las garantías de los procesos de contratación para acreditar el cumplimiento de requisitos de ejecución de .los Acuerdos Marco de Precios o lnstrumentos de Agregación de Demanda. 9. ldentificar mejores prácticas de otras agencias, sectores y mercados para incorporar nuevas herramientas a los instrumentos que permitan aumentar la participación y mej.orar la gestión de las cadenas de suministro correspondientes. 10. ldentificar los riesgos propios del mercado y del proceso de contratación.
11. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña.
ARTÍCULO 9°. EI Grupo ]nterno de Administración de [nstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Ivlarco de Precios tendrá a su cargo las siguientes funciones y responsabilidades:
1. Realizar el reporte y presentación de órdenes de compra representativas emitidas a través de la Tienda Viriual del Estado Colombiano (l\/EC).
2. Realizar la actualización de la matriz de garantías, calculando el valor de las pólizas de acuerdo con las órdenes de compra emitidas por cada proveedor.
3. Revisar el correo, descargar las ofer{as y diligenciar matriz de evaluación del lnstrumento de Agregación de Demanda para la adquisición de bienes y servicios para el manejo de la emergencia sanitaria el Gobierno Nacional. `
4. Realizar, durante su vigencia, la revisión de precios semanal del catálogo de ayudas humanitarias-lAD Emergencia Covid 19 frente a las bases de datos publicadas por el DANE, el Sistema de lnformación de Precios y Abastecimientodel Sector Agropecuario
(SIPSA) y el Precio de venta al público de artículos de primera necesidad (PVPAPN).
5. Brindar apoyo en la e|aboración del informe trimestral de seguimiento a las obligaciones de pago de las entidades compradoras de los diferentes Acuerdos Marco e lnstrumentos de
Agregación de Demanda.
6. Diseñary configurar el simulador para realizar compras.
7. Realizar la guía de compra dirigida a las entidades compradoras, con cada uno de los pasos que deben seguir para el proceso de compra.
8. Crear proveedores en la Tienda Viriual del Estado Colombiano (TVEC) teniendo en cuenta la documentación entregada.
9. Realizar la guía para proveedores sobre el uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano
(TVEC), explicando la forma en que deben cotizar a través del simulador y la (TVEC).
10. Crear el Minisitio, incluyendo y cargando los documentos contractuales, el catálogo, el simulador, y la guía de compra.
11. Capacitar a proveedores y entidades compradoras sobre el uso de los simuladores y la
Tienda Virtual del Estado Colombiano (TVEC).
12. Promocionar a través de redes sociales el uso y adquisisción de bienes y servicios a través de los lnstrumentos de Agregación de Demanda dispuestos en la Tienda Virtual del Estado
Colombiano (TVEC).
13. Responder consultas de proveedores y entidades sobre documentos del lnstrumento de
Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios.
14. Atender reuniones con proveedores y entidades compradoras para resolver diferencias que puedan existir con base a lo estipulado en los documentos del lnstrumento de Agregación de Demanda.
15. Responder consultas a las entidades compradoras sobre decretos, normas y demás que
estén relacionadas con el uso de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios.
16. Resolver inconvenientes presentados por los proveedores o entidades compradoras sobre el uso y funcionamiento de la Tienda Virtual del Estado Colombiano (l\/EC).
17. Atender recomendaciones de entidades compradoras sobre nuevos bienes y servicios e indentificar la manera en que pueden ponerse a disponibilidad en la Tienda Viriual del Estado Colombiano (TVEC), ya sea a través de lnstruentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios. existentes o de nuevos lnstrumentos.
18. Realizar mesas técnicas con entidades compradoras y proveedores para que las entidades puedan realizar sus compras a través de la Tienda Viriual del Estado Colombiano (TVEC).
19. Hacer seguimiento a las obligaciones del lnstrumento de Agregación de Demanda, velando por el cumplimiento por parte de entidades compradoras y proveedores.
I RESOLUclóNNÚMERó n+ 2 7-¢ de 2021 Hoja N°. 8 Continuación de la Resolución "Por la cual se sustituye y deroga la Resolución 062 del 3 de marzo del 2021"
20. Adelantar las revisiones periódicas de pólizas, Registro Único Empresaria] (RUES), inhabilidades, cifras, criterios de sostenibilidad, pagos de entidades a proveedores, cotizaciones, riesgos, etc, todas las establecidas dentro de los documentos del lnstrumento de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios.
21. Rea¡izar los informes de Supervisión trimestral de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios que están operando en la Tienda Viriual del Estado
Colombiano (TVEC).
22. Usar como insumo todo lo recogido en la ejecución de los lnstrumentos de Agregación de Demanda, para nuevas estructuraciones sobre nuevos servicios o bienes identificados que necesiten las entidades compradoras. 23. lncluir nuevos bienes y servicios siguiendo los lineamientos de las cláusulas de los lnstrumentos de Agregación de Demanda y Acuerdos Marco de Precios, para satisfacer las necesidades de las entidades compradoras.
24. Las demás que le sean asignadas en relación con las actividades que desempeña. C ARTÍCULO 10°. EI Grupo lnterno de Procesos Sancionatorios tendrá a su cargo las
siguientes funciones y responsabilidades: \
1. Tramitar las actuaciones admihis{rativas en los casos de presunto incumplimiento contractual que se reciban enJa §`ubdirección de negocios, según se haya estipulado en los instrumentos de agregación de demanda.
2. Realizar el análisis de los reportes relacionados con presunto incumplimiento contractual de los Ácuerdos Marco de Precio e lnstrumentos de Agregación de Demamnda, con el fin de establecer si requiere alcance u otras pruebas.
3. Comunicar al supervisor del Acuerdo Marco de Precios u Órdenes de Compra, según sea el caso de posible incumplimiento, sobre las aclaraciones, correcciones o ajustes que se requieren para adel
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