CCE - Resolución 588 de 2025
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE - Resolución 588 de 2025
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
REPÚBLICA DE COLOMBIA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA-COLOMBIA COMPRA EFICIENTERESOLUCIÓN NÚMERO 9 8 8 pe 2025 “Por la cual se sustituye y deroga los Capítulos 3 y 9 de Resolución270 de 2021" EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DECONTRATACION PUBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTE En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren laLey 446 de 1998, el Decreto 1069 de 2015, Decreto 1083 de 2015 enconcordancia con lo dispuesto en el articulo 10 del Decreto 4170 de2011, y, : 4 ¢ CONSIDERANDOQue 3 artículo 209 de la Constitución Política consagra la funciónadministrativa al servicio de los intereses generales y que esta debedesarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,eficiencia, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que el Decreto 1083 de 2015 reglamenta este Sistema de Gestión yactualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, de tal manera quepermita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientosde gestión y control al interior de los organismos y entidades del Estado.
Que el artículo 2.2.22.3.1 del Decreto 1083 de 2015 adopta la versiónactualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG con el finde lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con elSistema de Control Interno. Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG es un marco dereferencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar ycontrolar la gestión de las entidades y de los organismos públicos, dirigidoa generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan.lasnecesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en elservicio, en los términos del artículo 2.2.22.3.2. del Decreto 1083 de 2015. Que el Artículo' 2.2.22.3.8 del citado Decreto dispone que cada una de lasentiddes integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeñoencargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integradode Planeación y gestión - MIPG, el cual sustituirá los demás comités quetengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandatolegal.
Que el Decreto 1499 de 2017 "Por medio del cual se modifica el Decreto1083 de 2015, Decreto Unico Reglamentario del Sector Función Pública,en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133de la Ley 1753 de 2015" en el Título 23 Artículo 2.2.23.1 " Articulación delSistema de Gestión con los Sistemas de Control interno” establece que ”El Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley489 de 1998, se articulara al Sistema de Gestión en el marco del ModeloIntegrado de Planeación y Gestión - MIPG, a través de los mecanismos deRESOLUCIÓN NÚMERO 9 8 $ de 2025 Hoja número 2 Continuación de la Resolución ;“Por la cual se sustituye y deroga los Capítulos 3 y 9 de Resolución 270 de 202 " control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y ellogro de resultados de las entidades". Que la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia CompraEficiente expidió la Resolución Interna 270 de 2021, en la cual se conformael Comité Institucional de Gestión y Desempeño (capitulo 3), y seestablece la necesidad de crear, entre otros, el Comité de Gestión delConocimiento e Innovación (Capitulo 9).
Que el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015, establece en elnumeral 14, la Política de Gestión del Conocimiento y la Innovación, comouna de las políticas que integran el Modelo Integrado de Planeación yGestión. Que el Manual de Operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión,versión 5, señala que la política de gestión del conocimiento y la innovacióntiene como propósito facilitar el aprendizaje y la adaptación de lasentidades a los cambios y a la evolución de su entorno, a través de lagestión de un conocimiento colectivo y de vanguardia, que permita generarproductos/servicios adecuados a las necesidades de lós ciudadanos y,además, propicie su transformación en entidades que a través de sudinámica, faciliten la innovación institucional en el marco de un Estadoeficiente y productivo. Zo Que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño es el órgano rector,articulador y ejecutor, a nivel institucional, de las acciones y estrategiaspara la correcta implementación, operación, desarrollo, evaluación yseguimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, y portanto sustituirá los demás comités que tengan relación con el ModeloIntegrado de Planeación y Gestión - MIPG y que no sean obligatorios pormandato legal. Que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la ANCPCCE, ensesión del 29 de noviembre de 2023 emitió concepto favorable paramodificar el Comité de Gestión del Conocimiento e Innovación de laResolución 270 de 2021 y la posterior creación de una mesa de trabajopermanente que apoye la implementación de la Política de Gestión delConocimiento y la Innovación al interior de la Entidad.
Que el Comite Institucional de Gestión y Desempeño, en'sesión del 20 dediciembre 2024, aprobó la política de gestión del conocimiento einnovación de la ANCPCCE. En dicha política se menciona que encompetencia a lo establecido en Artículo el 2.2.22.3.8 del Decreto 1083de 2015, el Comite Institucional de Gestión y Desempeño tiene el rol deAprobar la Política y sus planes de acción y monitorear elcumplimiento los mismos, conforme a lo establecido en el!'MódeloIntegrado de t Planeaciény Gestion. i q Que, en cumplimiento de las disposiciones legales enunciadas, esnecesario crear e integrar el Comité Institucional de Gestión y Desempeñode la ANCPCCE y eliminar el comité de gestión del conocimiento einnovación. En mérito de lo expuesto,RESOLUCIÓN NÚMERO _9 8 8. de 2025 Hoja número 3 Continuación de la Resolución“Por la cual se sustituye y deroga los Capítulos 3 y 9 de Resolución 270 de 2021"
RESUELVE: COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO Artículo 01. Comité institucional de Gestión y Desempeño. El ComitéInstitucional de Gestión y Desempeño es un órgano rector, articulador yejecutor, a nivel institucional, de las acciones y estrategias para la correctaimplementación, operación, desarrollo, evaluación y seguimiento delModelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG.
Artículo 02. "Integrantes del Comité Institucional de Gestión yDesempeño. 'El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de laAgencia, está 'integrado por los siguientes funcionarios, quienes seránmiembros permanentes: El Secretario (a) General.El Subdirector (a) de Gestión Contractual.El Subdirector (a) de Negocios.El Subdirector (a) de Estudios de Mercado y AbastecimientoEstratégico.El Subdirector (a)de Información y Desarrollo TecnológicoLos Asesores Expertos del Despacho del Director General. Parágrafo 1. Los miembros del Comité Institucional de Gestión yDesempeño tendrán voz y voto. El Asesor Experto con funciones de ControlInterno asistirá a las sesiones del Comité Institucional de Gestión yDesempeño con voz, pero sin voto. Parágrafo 2. A las sesiones del Comité institucional de Gestión yDesempeño podrán ser invitados de manera especial, los gestores queapoyan la implementación y seguimiento del MIPG de cada una de lasáreas, asi como los funcionarios o colaboradores externos que por efectodel désarrollo de cada comité se estime conveniente.
Artículo 03. Funciones del Comité Institucional de Gestión yDesempeño. :Las funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de laAgencia son las siguientes: .Y Ser la instancia orientadora del modelo integrado de planeación ygestiónMIPG.y Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses,a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del ModeloIntegrado de Planeación y Gestión - MIPG.Y Aprobar y hacer seguimiento a la definición e implementación de losplanes asociados a la adopción de las políticas de gestión ydesempeño institucional, establecidas en el Artículo 2.2.22.2.1. delDecreto 1499 de 2017.Y Recomendar prioridades para la adopción, adaptación, adecuadofuncionamiento y optimiza de los procesos y planes del modelointegrado de planeación y gestión.Y Articular los esfuerzos institucionales, recursos,;.:metodologias y:estrategias para asegurar la implementación, «sostenibilidad y¿mejora del Modelo Integrado de Planeación y gestión - MIPG.Ye.“Proponet al Comité Sectorial de Gestión y el Desempeño‘gn stitucional, iniciativas que contribuyan al mejoramiento en laAWE
»RESOLUCIÓN NUMERO_9 8 8 de 2025 Hoja número 4 Continuación de la Resolución“Por la cual se sustituye y deroga los Capítulos 3 y 9 de Resolución 270 de 202 y implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación yGestión - MIPG.Y Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y elDesempeño Institucional y los organismos de control requieransobre la gestión y el desempeño de la entidad al comité Institucionalde Coordinación de Control Interno cuando así se requiera.Y Adelantar y promover acciones permanentes de: autodiagnósticopara facilitar la valoración interna de la gestión.y Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas dé: gestióny directrices en materia de seguridad digital y de la información.Y Estudiar las acciones de mejora de la eficacia, eficiencia y efecctividaddel modelo integrado de planeación y gestión.Y Establecer metodologías y herramientas de seguimiento a losriesgos ásociados a cada uno de los procesos.Y” Cumplir las funciones en materia de archivo de que trata el Decreto2578 de 2012 o las normas que lo modifiquen, subroguen oderoguen.Y Aprobar y hacer seguimiento al Plan Institucional de GestiónAmbiental.Y” Aprobar, modificar y hacer seguimiento a los planes institucionalesy estratégicos integrados en el Decreto 612 de 2018 o la norma quelo sustituya, Con excepción del Plan Anual de Adquisiciones.v Realizar el seguimiento a la implementación de la estrategia degestión de conflicto de intereses.v Las demás asignadas por la Dirección General quee tengan relacióndirecta con la implementación, desarrollo y evaluación del ModeloIntegrada de Planeación y Gestión - MIPG.
Artículo 04. Periodicidad de Reunión del Comité Institucional deGestión y Desempeño. El Comité Institucional de Gestión y Desempeñose reunirá de manera ordinaria una (1) vez cada tres (3) meses, y cuandolas circunstancias lo exijan, previa solicitud del Secretario Gengral y laasistencia será indelegable. Artículo 05. Deberes de los Miembros del Comité Institucional deGestión y Desempeño. Los miembros del Comité Institucional de Gestióny Desempeño deberán: Y Asistir de manera regular a las reuniones del Comité, así como a lasreuniones extraordinarias que sean convocadas en caso de asírequerirse.Y” Suministrar la información necesaria para la consolidación deinformes sabre el avance y resultados de la gestión del Comité. Artículo 06. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del ComitéInstitucional de Gestión y Desempeño estará a cargo del CoordinadorGrupo Interno de Planeación Políticas Públicas y Asuntos Internacionalesde la Dirección General y en caso de la ausencia de este será asumidatemporalmente por el Asesor Experto de la Dirección General que sedesigne, quien tendrá a su cargo las siguientes funciones: ¥ Convocar y citar a los miembros e invitados a cada una de lassesiones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, elaborarel orden del día a tratar en la sesión, en coordinación con elSecretario General de la Agencia.Y” Elaborar las actas de cada sesión del Comité y someterlas
aRESOLUCIÓN NUMERO_9 8 8 de 2025 Hoja número 5 Continuación de la Resolución“Por la cual se sustituye y deroga los Capítulos 3 y 9 de Resolución 270 de 2021" aprobación del Comité dentro de los tres (3) días hábiles siguientesa la reunión. El acta deberá estar debidamente elaborada y suscritapor el Secretario General y el Secretario Técnico del Comité- — Institucional de Gestión y Desempeño.Y” Coordinar el archivo y control de las actas del Comité Institucionalde Gestión y Desempeño,Y” Verificar y hacer seguimiento a los compromisos y tareas asignadasa los integrantes en cada una de las sesiones del Comité.¥ Verificarel cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Comité.Y Las demás que le sean asignadas por el Comité institucional deGestión y Desempeño. Artículo 07. Quorum De liberatorio y Decisorio. El Comité Institucionalde Gestión y Desempeño podrá sesionar, deliberar y decidir, de maneravirtual o presencial, con un quorum mínimo de la mitad más uno (1) desus integrantes, dentro de los cuales deberá estar obligatoriamente elsecretario general y el Asesor Experto con funciones de Planeación en sucalidad de Secretario Técnico. Artículo 08. Sustitución de Otros Comités. El Comité Institucional deGestión y Desempeño sustituirá los demás comités que tengan relacióncon el modelo integrado de planeación y gestión y no sean obligatorios pormandato legal Artículo 09. Vigencia y Derogatorias. La presente Resolución tienevigencia a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le seancontrarias, en especial los capítulos 03 y 09 de la Resolución 270 de 2021.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.(puse 20080 9 SEP 2025
CRISTOBAL i+ PADU Aseoa ÑElaboró: Sonia Rocio Rodriguez - Coordigador grupo interno Ye planeación ptaAstrid Camargo Gonzále: or T1 Grado 1Revisó: Jeimmy Leon Casas >ASesor Secretaría gene .Ana Cecilia Carraríza - Analista Dirección GeneralAprobó: Ana Maria Tolosa Rico: secretaria general