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CCE - Resolución 628 de 2025

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

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Detalles

Título
CCE - Resolución 628 de 2025
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

REPUBLICA DE COLOMBIA

$ AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICACOLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESOLUCIÓN NÚMERO 628 DE 2025 “Por medio de la cual se sustituye y deroga la Resolución 729 de 2024 y seconforma el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la AgenciaNacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente”. EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DECONTRATACIÓN PUBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEen ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en elartículo 209 de la Constitución Política, y los numerales 9 y 14 del artículo10 del Decreto 4170 de 2011, y, CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que “/afunción administrativa se encuentra al servicio de los intereses generales yse desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante ladescentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”. Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que "lasautoridades de las entidades públicas deben diseñar e implementar métodosy procedimientos de control interno, según lo ordene la ley. La ley tambiénpuede establecer excepciones a esta obligación y autorizar la contratación deestos servicios con empresas privadas colombianas”.

Que el artículo 354 de la Constitución Política le asignó al Contador Generalde la Nación la facultad de llevar la contabilidad de la Nación y consolidariacon la de sus entidades adscritas y vinculadas, así como determinar lasnormas contables que deben regir en el país. Que según lo previsto en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, las autoridadesadministrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y deconformidad con la Ley, pueden mediante acto de delegación, transferir elejercicio de funciones a su colaboradores o a otras autoridades con funcionesafines o complementarias, así como la atención y decisión de los asuntos aellos atribuidos por la Ley y los actos orgánicos respectivos, en los servidorespúblicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismocorrespondiente. Que los artículos 10, 11 y 12 de la Ley 489 de 1998, señalan los requisitosde la delegación, las funciones de las autoridades administrativas que sonindelegables y el régimen de los actos del delegatario, especificando que lamisma siempre se dará mediante acto escrito, determinando la autoridadelegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión seRESOLUCIÓN NÚMERO___ 628_de 2025 Hoja N°. 2

Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se sustituye y deroga la Resolución 729 de 2024 y seconforma modifica el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente”, transfieren. Que mediante Resolución número 193 de 2016, “Por la cual se incorpora, enlos Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, elProcedimiento para la evaluación del control interno contable”, expedida porla Contaduría General de la Nación, se hace necesario definir los lineamientosgenerales para que las entidades adelanten las gestiones administrativasnecesarias que conduzcan a garantizar la depuración permanente y sosteniblede un sistema contable relevante y que represente fielmente la realidad delos hechos económicos. Que, el numeral 3.2.2 del anexo de la Resolución número 193 de 2016,denominado "Herramientas de mejora continua y sostenibilidad de la calidadde la información financiera: (...) indica que “Dada la característica recursivade los sistemas organizacionales y la interrelación necesaria entre losdiferentes procesos que desarrollan las entidades, éstas deberán contar conherramientas tendientes a la mejora continua y la sostenibilidad de lainformación financiera de manera que se genere información con lascaracterísticas fundamentales de relevancia y representación fiel. Estasherramientas pueden ser de diversa índole, como la creación del ComitéTécnico de Sostenibilidad del Sistema Contable o la implementación deherramientas sustentadas en políticas, procedimientos, directrices,instructivos, lineamientos o reglas de negocio que propendan por garantizarde manera permanente la depuración y mejora de la calidad de la informaciónfinanciera (...)”.

Que, el numeral 3.2.15 de la Resolución número 193 de 2016, denominado“Depuración contable permanente y sostenible” establece que: "Lasentidades cuya información financiera no refleje su realidad económicadeberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras ydemás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan lascaracterísticas fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo,las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar lainformación financiera e implementar los controles que sean necesarios a finde mejorar la calidad de la información (...)”. Que, la Dirección General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente, se encuentra facultada para adoptar las normasinternas necesarias para el funcionamiento de la Agencia, así como paraexpedir los actos administrativos que se requieran en desarrollo de suactividad técnica y administrativa, ello, en virtud de los numerales 9 y 14 delartículo 10 del Decreto 4170 de 2011. Que, la Secretaría General de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente se encuentra facultada legalmente mediante elnumeral 1 del artículo 14 del Decreto 4170 de 2011 para "Dirigir, implementary coordinar los asuntos, jurídicos, contractuales, de soporte técnico einformático, administrativos, contables y financieros de la Agencia.”. Asímismo mediante el numeral 10 del mencionado Decreto para “Preparar yHf presentar los estados financieros, informes de ejecución presupuestal yevaluación financiera de la Agencia y los demás informes y análisis de carácterfinanciero que sean solicitados a la Entidad”.RESOLUCIÓN NÚMERO 628__de 2025 Hoja N°. 3

Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se sustituye y deroga la Resolución 729 de 2024 y seconforma modifica el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente”. Que, por medio de la Resolución No. 729 de 2024 se modificó y adicionó elcapítulo 6 de la Resolución interna N. 270 del 2021, la cual establece loscomités internos de la Agencia Nacional de Contratación Pública — ColombiaCompra Eficiente-, creándose el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable yCartera como "órgano asesor y consultivo, técnico y de apoyo al áreacontable, cuya función principal es la de generar información contableconfiable, relevante y comprensible así como establecer políticas para laclasificación y normalización de cartera, incluyendo la labor de analizar,estudiar, verificar y hacer seguimiento a su manejo, y orientar sobre ladepuración de la misma, con el propósito de que los estados financierosrevelen en forma fidedigna la realidad económica, financiera y patrimonial dela Entidad”. Que teniendo en cuenta la naturaleza, enfoque y propósito del Comité Técnicode Sostenibilidad Contable, regulado por la norma expedida por la ContaduríaGeneral de la Nación, el cual fue creado en la Entidad en el capítulo 6 de laResolución N.° 270 de 2021, se hace necesario escindirlo del Comité Técnicode Cartera, y, en consecuencia, derogar la Resolución No. 729 de 2024 en sutotalidad.De conformidad con la auditoria desarrollada por Control interno alprocedimiento de Gestión Contable CCE-GFI-PR-02 de la ANCP-CCE,manifiesta:

(...) La entidad requiere fortalecer de forma continua actividades clavecomo: Conciliación de información contable (evidenciada)Depuración de saldosActualización del Manual de Políticas ContablesRevisión y seguimiento a aspectos estratégicos del sistema contable. La experiencia nos dicta la importancia del funcionamiento pleno delComité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y delComité de Cartera, a fin de garantizar su independencia tanto en lapresidencia como en la secretaría técnica, considerando que cada unoresponde a objetivos y funciones diferenciadas en la norma.Precisamente para que los diferentes temas en el marco de lacompetencia de cada comité sean reportadas, informadas y analizadas,así mismo de manera oportuna al comité correspondiente, (...) Por tanto, se hace necesario sustituir y derogar la Resolución N.° 729 de2024, y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes enunciadas, esnecesario crear y conformar el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable ena Agencia Nacional de Contratación Publica -Colombia Compra Eficiente-. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,\ RESUELVE: COMITE TECNICO DE SOSTENIBILIDAD CONTABLERESOLUCIÓN NÚMERO____628_de 2025 Hoja N°. 4

Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se sustituye y deroga la Resolución 729 de 2024 y seconforma modifica el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente”. Artículo 1. Comité Técnico de Sostenibilidad Contable. El ComitéTécnico de Sostenibilidad Contable de la Agencia Nacional de ContrataciónPública - Colombia Compra Eficiente, es un órgano consultivo, técnico y deapoyo al Representante Legal y al Secretario(a) General, que promueva lamejora continua, depuración, confiabilidad y transparencia en el manejo dela información contable de la entidad. Articulo 2. Objetivo. El Comité Técnico de Sostenibilidad Contable, tienecomo objetivo, recomendar al Representante legal, Secretario General y a losservidores públicos responsables de las áreas de gestión, técnicas oadministrativas, sobre: i) la aplicación y actualización de políticas contablesy de operación; ii) la depuración de valores con base en la gestiónadministrativa, técnica y jurídica realizada, en concordancia con los soportesdocumentales que la administración considere idóneos; iii) los aspectos queconsidere pertinentes para agilizar y gestionar el flujo de información insumodel proceso contable; entre otros aspectos que se establezcan dentro de lapresente resolución como parámetros mínimos para su funcionamiento.”

Artículo 2. Conformación. El Comité Técnico de Sostenibilidad Contableestará integrado por los siguientes funcionarios, quienes actuarán con voz yvoto: El Secretario (a) General o su delegadoEl Subdirector (a) de Información y Desarrollo Tecnológico.El Subdirector (a) de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico.El Subdirector (a) de Gestión Contractual.El Subdirector (a) de Negocios, quien lo presidirá.El Asesor Experto con funciones de Planeación.El Asesor Experto de la Secretaría General.El profesional que firme como Contador Público de la entidad quienejercerá la secretaria técnica tendrá derecho a voz, sin voto en aquellasdecisiones relativas a las recomendaciones que realiza el comité desostenibilidad contable al Representante Legal y al Secretario(a)General. Parágrafo 1°, El asesor experto con funciones de control interno seráinvitado permanente a las sesiones del Comité, quien acompañará y evaluaráde manera independiente y objetiva el cumplimiento de las disposicioneslegales y normativas aplicables, quien tendrá voz, pero no voto. Parágrafo 2°. El Comité Técnico de Sostenibilidad Contable cuando lo estimenecesario, podrá invitar a sus sesiones a funcionarios o contratistas, con voz,pero sin voto, para que socialicen y argumenten sus conceptos técnicos oprofesionales, en relación con los asuntos que se vayan a tratar en cadasesión. Artículo 3. Funciones del Comité. El Comité Técnico de SostenibilidadContable tendrá las siguientes funciones:

1. Realizar las recomendaciones pertinentes para garantizar que losEstados Financieros de la Entidad cumplan con las característicasXx cualitativas referidas en el marco conceptual que forma parte del marco NRESOLUCIÓN NÚMERO de 2025 Hoja N°. 5

Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se sustituye y deroga la Resolución 729 de 2024 y seconforma modifica el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente”. normativo adoptado por la Contaduría General de la Nación paraentidades de gobierno.

2. Recomendar la adopción de los controles que sean necesarios enprocura de la generación de información financiera de alta calidad.

3. Contribuir a la cultura de autocontrol en los procedimientos fuentes deinformación de la entidad formulando recomendaciones relacionadascon el proceso capacitación interna de la Agencia Nacional de Nacionalde Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-.

4. Recomendar la depuración de los saldos contables reflejados en lainformación financiera, sin perjuicio de las responsabilidades yautonomía que caracteriza el juicio profesional del Contador Público.

5. Revisar, analizar y recomendar la depuración de los saldos contables,con base en los informes presentados por las diferentes dependenciassobre la gestión realizada y los soportes documentalescorrespondientes, proponiendo su descargo o incorporación en losestados financieros de la entidad.

6. Recomendar los aspectos que considere pertinentes para agilizar ygestionar el flujo de información como insumo del procedimientocontable.

7. Las demás funciones que le sean asignadas y se relacionen a sucompetencia Artículo 4. Funciones del Presidente. El Presidente del Comité Técnico deSostenibilidad Contable tendrá las siguientes funciones:

1. Coordinar en conjunto con el Secretario Técnico, la convocatoria a lassesiones ordinarias y extraordinarias del Comité.2. Realizar seguimiento de las recomendaciones y decisiones adoptadaspor el Comité.3. Priorizar los temas a tratar en las sesiones del Comité y las actividadesa realizar.

Artículo 5. Funciones del Secretario Técnico. El Secretario Técnico delComité Técnico de Sostenibilidad Contable tendrá las siguientes funciones:

1. Convocar a las/los integrantes del Comité Técnico de SostenibilidadContable e invitados indicando hora, día y lugar o enlace de cada sesión.2. Remitir con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación a cada unode las/los integrantes e invitados a las sesiones del Comité, orden deldía junto con la convocatoria e información necesaria para suparticipación, así como organizar la logística y los recursos técnicospara el correcto funcionamiento del Comité,3. Elaborar las actas de cada sesión del Comité, la misma será remitidapara firma del presidente del Comité, previa suscripción por parte delSecretario Técnico.4. Proyectar y suscribir en conjunto con el Presidente del Comité al menos(1) un informe anual de las gestiones del Comité.RESOLUCIÓN NÚMERO de 2025 Hoja N°. 6

Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se sustituye y deroga la Resolución 729 de 2024 y seconforma modifica el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente”,

5. Llevar el archivo y control de las actas del Comité y de los demásdocumentos que se encuentren en archivo físico y/o electrónico,conforme corresponda.6. Las demás que sean requeridas para el correcto funcionamiento delComité.

Artículo 6. Periodicidad de las sesiones. El Comité Técnico deSostenibilidad Contable se reunirá una vez cada seis (6) meses o cuando lascircunstancias lo exijan, previa solicitud del Presidente del Comité o de algunode sus miembros y citación del Secretario del comité. Artículo 7. Modalidad de las sesiones. Las sesiones del Comité Técnico deSostenibilidad Contable podrán ser virtuales, conforme la normativa vigente.En el evento de suspenderse la sesión, esta se retomará, según lo acordadopor las/los integrantes del Comité a más tardar dentro de los cinco (5) díashábiles siguientes, a efectos de lo cual se tendrá como válida la citaciónefectuada dentro de la misma sesión, situación que deberá quedar consignadaen la respectiva acta. Artículo 8. Quórum. El Comité Técnico de Sostenibilidad Contable, sesionaráválidamente mínimo con la mitad más uno de sus integrantes, y las decisionesserán tomadas por mayoría simple de las/los integrantes presentes confacultades de voto.

Artículo 9. Soporte para registros contables. De las sesiones llevadas acabo por el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable, las respectivas actasservirán de soporte para los registros contables. Cuando alguno de los integrantes del Comité no pueda asistir a una sesión,deberá comunicarlo a la Secretaría Técnica antes de la sesión, indicando lasrazones que soportan la inasistencia, lo cual quedará consignado en el acta. Artículo 11. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partirde la fecha de su publicación, sustituye y deroga la Resolución 729 de 2024y el capítulo 6 de la Resolución”. 2021. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.G., a los veintinueve ( dias del mes de septiembre 2025. TEJEDA dora entidad AscoDanny Oswaldo Rojas Montenegro - Coordinador gestióWfinancierátNProyectó: Vivian Jaramillo - Gestor Co Revisó: Astrid Camargo - Gestor Secretaria GeneraMaria Carolina Reyes Vega - Contratis GALI de la Secretaria General. galJorge Pinilla - Asesor Secretaría GenerAna Cecilia CarranzaAnalista Dirección Geheral

Aprobó: Ana María Tolosa RicoSecretaria General

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