CCE-Resolución 800 de 2023
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
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Detalles
- Título
- CCE-Resolución 800 de 2023
- Autor
- CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2023
REPUBLICA DE COLOMBIA
I AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA COLOMBIA COMPRA EFICIENTE RESOLUCIÓN NÚMERO 8 0 0 DE 2023 “Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico 2024-2025 en la
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA
EFICIENTE-” EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA EFICIENTEen ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, el numeral 9 del artículo 10 del Decreto Ley 4170 de 2011, en concordancia con el artículo 115, 117 y 120 de la Ley 2220 de 2022, y, CONSIDERANDO Que el artículo 90 de la Constitución Política consagró que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción u omisión de las autoridades. Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, que adicionó el artículo 65B a la Ley 23 de 1991, estableció que “las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los Entes Descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un comité de conciliación, conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirá las funciones que se le señalen (…)”. Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015, el cual compiló el artículo 16 del Decreto
1716 de 2009, y, en el mismo tenor, el artículo 117 de la Ley 2220 de 2022 definió la naturaleza jurídica del comité de conciliación precisando que “es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. (…)”. Que el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015 y el artículo 120 de la Ley 2220 de 2022 establecen entre las funciones del Comité de Conciliación las de “1. Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico. 2. Diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad.” Que las entidades públicas del orden nacional deben formular la política de prevención del daño antijurídico, de acuerdo con la metodología establecida por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJEen la Circular n.º 09 de 2023 y en la Circular n.º 05 de 2019 referentes a los lineamientos para la formulación, aprobación, implementación y seguimiento de las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico. Que mediante Resolución n.º 090 de 8 de enero de 2013 se creó el Comité de Conciliación de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-. Que por medio del capítulo primero de la Resolución n.º 270 de 10 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución n.º 546 del 8 de septiembre de 2023, se consagró el reglamento
para el funcionamiento del Comité de Conciliación de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientede acuerdo con los parámetros establecidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJEen el Modelo Óptimo de Gestión -MOG-.
RESOLUCIÓN NÚMERO ______8_0_0_____ de 2023 Hoja N°. 2
Continuación de la Resolución “Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico
2024-2025 en la AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -COLOMBIA COMPRA
EFICIENTE-”
Que en cumplimiento de la metodología de la ANDJE, después de realizarse diferentes mesas de trabajo con las dependencias de la entidad a saber, Dirección General, Secretaría General, Subdirección de Negocios, Subdirección de Gestión Contractual, Subdirección de Información y Desarrollo Tecnológico -IDTy el acompañamiento de la Oficina de Control Interno, se desarrolló la formulación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico por parte del Dr. Alejandro Castellano Cano, en su calidad representante legal de la firma LC CONSULTORES ASOCIADOS S.A.S en virtud del contrato CCE-054-2023 suscrito con la entidad. Que durante las sesiones del Comité de Conciliación n.º 019 del 31 de octubre, n.º 020 del 16 de noviembre, n.º 022 del 30 de noviembre y n.º 023 del 11 de diciembre de 2023, los miembros del comité revisaron el trámite surtido para la formulación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico y realizaron comentarios a la propuesta de documento de formulación de esta, la
cual fue presentada formalmente por el Dr. Alejandro Castellano Cano el día 18 de diciembre de 2023. Que en sesión n.º 024 del 28 de diciembre de 2023 el Comité de Conciliación aprobó la Política de Prevención del Daño Antijurídico que se adoptará e implementará en la entidad del 01 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025. Que en virtud de lo anterior, se adoptará e implementará la Política de Prevención del Daño Antijurídico del 01 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025 en la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. - Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico para la vigencia 2024-2025, de conformidad con la aprobación dada por el Comité de Conciliación en sesión n.º 24 del 28 de diciembre de 2023. ARTÍCULO SEGUNDO. - La socialización, implementación y seguimiento de la Política de Prevención del Daño Antijurídico para la vigencia 2024-2025 estará a cargo del Grupo de Gestión Contractual, Asuntos Legales y Judiciales de la Secretaría General. ARTÍCULO TERCERO. – El seguimiento del plan de acción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico para la vigencia 2024-2025 estará a cargo de la Secretaría Técnica del Comité de Conciliación. ARTÍCULO CUARTO. – La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 29 de diciembre de 2023
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
STALIN BALLESTEROS GARCÍA
Director General Aprobó: Jenny Fabiola Páez Vargas – Secretaria General Revisó: Maria del Carmen Marroquín – Coordinadora Grupo de Gestión Contractual, Asuntos Legales y Judiciales Sandra López López – Asesora Dirección General Proyectó: Adriana Viloria Severiche– Gestor Grupo de Gestión Contractual, Asuntos Legales y Judiciales
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO
ANTIJURÍDICO
2024-2025
AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
-COLOMBIA COMPRA EFICIENTE2023
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO
2024-2025
CÓDIGO: CCE-GJU-IDI-05
VERSIÓN: 01 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2023
Contenido
1. INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................... 3
2. POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO ..................................................... 4
3. MARCO LEGAL Y COMPETENCIA ......................................................................................... 4
4. METODOLOGÍA .......................................................................................................................... 5 4.1. Comité de Conciliación ................................................................................................... 5 4.2. Análisis e identificación de la actividad litigiosa ..................................................... 5 4.3. Análisis de las causas primarias o subcausas ........................................................... 6 4.4. Plan de Acción ................................................................................................................... 8 4.5. Seguimiento y Evaluación ............................................................................................. 10
5. Conclusiones ............................................................................................................................. 12
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1. INTRODUCCIÓN La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, como ente rector en materia de contratación estatal, tiene como objetivo “desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado”1.
El Decreto Único 1069 de 2015 “Reglamentario del Sector Justicia y de Derecho”, regula el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado “eKOGUI”, para el seguimiento de las actividades, procesos y procedimientos inherentes a la actividad judicial y extrajudicial del Estado ante las autoridades nacionales e internacionales e indica que es la herramienta para la adecuada gestión del riesgo fiscal asociado a la actividad judicial y extrajudicial de la Nación, así como para monitorear y gestionar los procesos que se deriven de aquella actividad, sin perjuicio de la función constitucional y legal atribuida a la Contraloría General de la República. Dicho sistema brinda mecanismos focalizados para la generación de conocimiento, la formulación de políticas de prevención del daño antijurídico, la generación de estrategias de defensa jurídica y el diseño de políticas para la adecuada gestión del ciclo de defensa jurídica. Conforme al Decreto, las entidades de derecho público, los organismos públicos
del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles, pondrán en funcionamiento los comités de conciliación, de acuerdo con las reglas en él establecidas. Es así como, el Comité de Conciliación se convierte en una instancia que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad regido por lo establecido en el mencionado Decreto Único 1069 de 2015, la Ley 2220 de 2022, en consonancia con las guías y lineamientos que para el efecto emana la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado – ANDJE-, así como el reglamento interno que rija al interior del comité. Resulta entonces imperante para la Agencia, prevenir la ocurrencia de cualquier situación interna o externa que conlleve o conduzca a responsabilidades jurídicas con efectos técnicos, administrativos, patrimoniales, entre otros, en contra de la entidad. 1 Artículo 2º Decreto Ley 4170 de 2011
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A través del presente documento se formula la Política de Prevención de Daño Antijurídico que será implementada en la Entidad en acatamiento de la
normatividad vigente para la vigencia 2024-2025.
2. POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO Para la formulación de la política de prevención del daño antijurídico y defensa de la entidad, el Comité de Conciliación procedió a realizar el análisis de informes, identificación de los problemas, búsqueda de causas, concertación de soluciones y formulación de medidas correctivas y preventivas que permitan generar buenas prácticas dentro de la función pública.
El Comité de Conciliación procedió a identificar los procesos judiciales vigentes en contra de la entidad, para evaluar el estado y las causas que generaron la actividad litigiosa, e igualmente se realizaron cuatro (4) mesas de trabajo con los delegados de las siguientes áreas de la entidad a saber: i) Subdirección de Negocios; ii) Subdirección de Gestión de Contractual; iii) Subdirección de IDT; iv) Secretaría General; v) Dirección General, con el fin de recolectar los insumos provenientes de estas dependencias, identificando las causas que puedan ser generadoras de daño antijurídico para la entidad y de esta forma establecer la política de prevención del daño antijurídico y asumir la defensa judicial. Con la implementación de la Política de Prevención, se busca evitar o aminorar causación del daño antijurídico, acción que será aplicada por cada uno de los colaboradores de las diferentes áreas de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, de acuerdo con las funciones establecidas en el Decreto 4170 de 2011.
3. MARCO LEGAL Y COMPETENCIA Dando cumplimiento a lo previsto en los artículos 2.2.4.3.1.2.2 y 2.2.4.3.1.2.5 del
Decreto 1069 de 2015, será el Comité de Conciliación de la Agencia Nacional de Contratación Pública-Colombia Compra Eficienteel encargado de la formulación y ejecución de las políticas de prevención del daño antijurídico y el diseño de las políticas generales para la orientación de los intereses de la entidad.
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4. METODOLOGÍA El documento se elaboró de acuerdo con el paso a paso para la formulación de las políticas de prevención del daño antijurídico que presenta la ANDJE.
Este documento contiene la política de prevención del daño antijurídico elaborado por esta Agencia. Con este instrumento se pretende describir de manera concreta cada una de las actividades a realizar para la implementación de la Política del Daño Antijurídico, los pasos que a continuación se desarrollan, bajo los siguientes ejes: 4.1. Comité de Conciliación El Comité de Conciliación de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, procedió a realizar el análisis de los procesos judiciales en contra de la entidad y de los insumos suministrados por las diferentes áreas de esta, se identificaron y se evaluaron las causas comunes de los litigios, a efecto de plantear una política de prevención del daño antijurídico y una defensa
acertada de los intereses de la Entidad, y de esta forma, disminuir la actividad litigiosa. 4.2. Análisis e identificación de la actividad litigiosa La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficientees una entidad que empezó a desempeñar sus funciones a partir del segundo semestre de 2012, bajo la estructura planteada en su organigrama institucional. Al realizar el análisis de la actividad litigiosa de la entidad, se identificaron 10 causas generales, representando un nivel de litigiosidad bajo, esto en razón a que se reportan menos de 1000 procesos y/o menos de un billón de pesos en la cuantía de las pretensiones. Se reportan cuarenta y dos (42) procesos en total, de los cuales catorce (14) corresponden a demandas de nulidad simple, uno (1) de nulidad por inconstitucionalidad, seis (6) de nulidad y restablecimiento del derecho, cuatro (4) ordinarios laborales, tres (3) de protección de derechos e intereses colectivos y catorce (14) de controversias contractuales. De las 10 causas identificadas, se priorizan 5 de ellas, dada la organización de la entidad y su funcionamiento estructural.
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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2023 1) Ilegalidad del acto administrativo que adjudica un contrato conforme a la
competencia funcional de la Subdirección de Negocios y la Secretaría General. 2) Inconstitucionalidad del acto administrativo. 3) Ilegalidad del acto administrativo que impone multa o hace efectiva la cláusula penal por incumplimiento del contrato conforme a la competencia funcional de la Subdirección de Negocios y la Secretaría General. 4) Desequilibrio económico del contrato por actos o hechos de cualquier entidad contratante 5) Contrato realidad Nota: Se aclara que no se han recibido demandas al interior de la entidad con ocasión a esta última causa, pero se prioriza con base en la importancia de implementar mecanismos adicionales de prevención del daño antijurídico por la misma. 4.3. Análisis de las causas primarias o subcausas Dentro del análisis general de las situaciones que resultaron en demandas, se identifican las causas primarias descritas en la matriz del paso dos, priorizando las siguientes: i) Errores en la evaluación de proponentes en procesos de selección; ii) Violación de norma superior en acto administrativo general o particular; iii) Violación al debido proceso en trámite de procesos sancionatorios contractuales; iv) Configuración de los elementos del contrato realidad. La priorización se establece de acuerdo con el organigrama de la Entidad, y de conformidad con las funciones asignadas a las diferentes áreas misionales. AGENCIA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Paso dos: Análisis de las causas primarias o subcausas Área Causas Causa general Generadora n.° Hechos primarias o ¿Prevenible? Prioridad priorizada de la subcausas conducta Expedición de acto
administrativo que Ilegalidad del acto adjudica un administrativo que contrato como Error en la adjudica un consecuencia de evaluación del Subdirección contrato conforme un proceso de proponente de Negocios 1 a la competencia Si Alta selección, bien sea durante el // Secretaría funcional de la en operación proceso de General Subdirección de primaria en selección Negocios y la Secretaría General aplicación de mecanismos de agregación de Versión: 01 Código: CCE-GJU-IDI-05 Fecha: 29 DE DICIEMBRE DE 2023 Página 6 de 13
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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2023 demanda o en la contratación para el funcionamiento interno de la
Entidad. Violación Dependencias Inconstitucionalidad Expedición de directa de la misionales // 2 del acto Circular Única Constitución en Si Alta Dirección administrativo Externa el acto General administrativo Ilegalidad del acto administrativo que impone multa o hace efectiva la Acto administrativo cláusula penal por Subdirección que resuelve un Violación al incumplimiento del de Negocios 3 contrato conforme proceso debido // Secretaría Si Alta sancionatorio proceso a la competencia General contractual funcional de la Subdirección de Negocios y la Secretaría General Desequilibrio Catálogo de económico del Reclamación precios contrato por actos
administrativa de desactualizado o hechos de revisión o reajuste o cualquier entidad Subdirección 4 de precios de los inconsistencia Si Alta contratante en de Negocios mecanismos de en los implementación de agregación de mecanismos mecanismos de demanda de agregación agregación de de demanda demanda Falencias en la fase de celebración y ejecución del Dependencia Acto administrativo contrato de ejecutora de que resuelve prestación de contratos de solicitud elevada servicios, por prestación de 5 Contrato realidad por el contratista las actuaciones Si Media servicios que considera que del supervisor y personales // existió una relación por la indebida Secretaría laboral. elaboración General del acto administrativo que resuelve la solicitud.
Nota: Se aclara que las causas generales priorizadas frente a la ilegalidad de actos administrativos particulares pueden emanar de la Subdirección de Negocios y la Secretaría General, según la delegación y competencia funcional a su cargo.
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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2023 4.4. Plan de Acción Para prevenir los actos, omisiones, hechos y operaciones administrativas que generan la litigiosidad, en la entidad en las materias anotadas, se acogen las medidas, mecanismos, cronograma y recursos que se indican en la matriz del paso
tres.
Paso tres: Plan de acción Causas primarias Medida Mecanismo Cronograma Responsable Recursos Divulgación o subcausas Instruir al personal evaluador de Error en la proponentes, Efectuar evaluación del respecto de la capacitación o proponente fijación de socialización al durante el criterios de personal Página proceso se habilitación y evaluador y/o Subdirección Recurso Web, selección evaluación de solicitar apoyo de Negocios // h u m a n o d e l I n t r a n e t , Semestral conforme a la proponentes en técnico de Secretaría área teams y competencia procesos de entidades General encargada Correo funcional de la selección, de especializadas electrónico Subdirección de acuerdo con la y de acuerdo con Negocios y la normatividad la naturaleza del Secretaría General vigente y proceso jurisprudencia relevante Establecer un filtro de revisión previa Asignar a un a la emisión del profesional del acto Página área Violación directa administrativo por Dependencias Recurso Web, correspondiente, de la Constitución parte de un misionales // humano del Intranet, a la revisión final Permanente en el acto profesional del Dirección área teams y de los actos administrativo área General encargada Correo administrativos correspondiente, electrónico que produzca enfatizando en la cada área constitucionalidad del acto Violación al Elaborar y Tramitar el debido proceso actualizar, según proceso administrativo corresponda, sancionatorio de sancionatorio de una guía interna Página acuerdo con las Recurso carácter de procesos Subdirección Web,
reglas generales o humano del contractual sancionatorios de Negocios // I n t r a n e t , especiales que lo Anual área conforme a la contractuales, Secretaría teams y regulan, misional competencia con General Correo garantizando el encargada funcional de la lineamientos electrónico derecho de Subdirección de puntuales en contradicción y Negocios y la materia procesal defensa Secretaría General para que sea Versión: 01 Código: CCE-GJU-IDI-05 Fecha: 29 DE DICIEMBRE DE 2023 Página 8 de 13
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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2023 aplicada por parte del personal a cargo del proceso Revisar el cumplimiento de las actualizaciones Mantener a los catálogos Página actualizados los de los Recurso Web, Catálogo de precios de los mecanismos de humano del Subdirección Intranet, precios catálogos de los agregación de Anual área de Negocios teams y desactualizado mecanismos de demanda, misional Correo agregación de según encargada electrónico demanda corresponda, para prevenir desequilibrio económico de los proveedores Capacitación recibida por a los supervisores, equipo estructurador de procesos, directivos y Implementar la líderes de guía de Dependencia equipo de prevención del ejecutora de Página contratos de Recurso
daño antijurídico contratos de Web, prestación de humano del en materia de prestación de Intranet, Contrato Realidad servicios Anual área configuración del servicios teams y personales, misional contrato realidad personales // Correo sobre la guía de encargada de servicios de la Secretaría electrónico prevención del ANDJE y de la - General daño antijurídico ANCP-CCE-. en materia de configuración de contrato realidad de la ANDJE y las guías afines de la -ANCP-CCEVersión: 01 Código: CCE-GJU-IDI-05 Fecha: 29 DE DICIEMBRE DE 2023 Página 9 de 13
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VERSIÓN: 01 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2023 4.5. Seguimiento y Evaluación Con el fin de prevenir el daño antijurídico de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, de acuerdo con el plan de acción propuesto, se ha establecido el mecanismo de seguimiento y evaluación que a continuación se expone, de acuerdo con los lineamientos previstos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJEpara tal fin.
Paso cuatro: seguimiento y evaluación Insumo del plan de acción Evaluación Causas primarias o Indicador de Indicador de Indicador de
Mecanismo Medida subcausas Gestión Resultado Impacto Instruir al personal evaluador de Efectuar proponentes, capacitaciones Error en la respecto de la
o socializaciones evaluación del fijación de Número de actos al personal proponente durante criterios de administrativos de Número de Porcentaje de evaluador y/o el proceso se habilitación y adjudicación capacitaciones reducción de solicitar apoyo selección conforme evaluación de emitidos programadas // demandadas en técnico de a la competencia proponentes en siguiendo los Número de contra de actos entidades funcional de la procesos de parámetros capacitaciones administrativos especializadas Subdirección de selección, de normativos y realizadas de adjudicación de acuerdo con Negocios y la acuerdo con la y jurisprudenciales la naturaleza del Secretaría General normatividad proceso de vigente y selección jurisprudencia relevante Establecer un filtro de revisión previa Número de actos Asignar a un Designación del a la emisión del administrativos de profesional del profesional de acto adjudicación Porcentaje de área cada área que administrativo por revisados y reducción de Violación directa de correspondiente, revisa el acto parte de un aprobados demandadas por la Constitución en el a la revisión final administrativo profesional del durante la violación directa acto administrativo de los actos desde la área vigencia // de la administrativos temática a su correspondiente, Número de actos Constitución que produzca el cargo previo a su enfatizando en la administrativos área expedición constitucionalidad expedidos del acto Versión: 01 Código: CCE-GJU-IDI-05 Fecha: 29 DE DICIEMBRE DE 2023 Página 10 de 13
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Elaborar y/o actualizar una Violación al debido guía interna de Tramitar el Número de proceso procesos proceso procesos administrativo Elaboración, Porcentaje de sancionatorios, sancionatorio de sancionatorios de sancionatorio de difusión e reducción de con acuerdo con las carácter carácter implementación demandas lineamientos reglas generales o contractual contractual de la guía de contra actos puntuales en especiales que lo adelantados conforme a la procesos administrativos materia procesal regulan, aplicando los competencia sancionatorios de que deciden para que sea garantizando el parámetros de la funcional de la carácter procesos aplicada por derecho de guía // Número Subdirección de contractual sancionatorios parte del contradicción y de procesos Negocios y la personal a defensa adelantados Secretaría General cargo del proceso Remisión de un Revisar el informe donde se cumplimiento de evidencie la Número de las revisión de los revisiones y/o actualizaciones informes actualizaciones a los catálogos trimestrales de de catálogos de Porcentaje de de los Mantener supervisión frente precios de los reducción de mecanismos de actualizados los a los mecanismos mecanismos de Catálogo de precios demandas por agregación de precios de los de agregación agregación de desactualizado desequilibrio demanda, catálogos de los de demanda y la demanda económico del según AMP validación de las programadas // contrato
corresponda, actualizaciones al Número de para prevenir catálogo de revisiones y/o desequilibrio precios, así como actualizaciones económico de las demás realizadas los proveedores consideraciones a que haya lugar Capacitación a los supervisores, equipo estructurador de Número de procesos, Implementación y capacitaciones a directivos y difusión de la los supervisores, líderes de guía de equipo equipo de prevención del estructurador de Porcentaje de contratos de daño antijurídico procesos, Adopción de las demandas prestación de en materia de directivos y líderes guías en materia presentadas servicios configuración del de equipo de Contrato Realidad de contrato buscando el personales, contrato realidad contratos de realidad por parte reconocimiento sobre la guía de de servicios prestación de de -ANCP-CCEde contrato prevención del personales, servicios realidad daño antijurídico elaborada por la personales, en materia de ANDJE y las guías programadas // configuración afines de la - Número de de contrato ANCP-CCEcapacitaciones realidad de la realizadas ANDJE y las guías afines de la -ANCP-CCEVersión: 01 Código: CCE-GJU-IDI-05 Fecha: 29 DE DICIEMBRE DE 2023 Página 11 de 13
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5. Conclusiones Con la presente política se busca aplicar mecanismos para prevenir las condenas
contra la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficienteque causan impacto económico, baja el nivel de credibilidad y confianza en el cumplimiento de la labor misional de la entidad, de tal manera que el actuar no sea susceptible de revisión judicial.
FICHA TECNICA DE DOCUMENTO: 1. IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN Título del documento: Política de Prevención del Daño Antijurídico 2024-2025
Fecha de aprobación: 28/12/2023
Formulación de la Política de Prevención de Daño Antijurídico que Resumen / Objetivo de contenido: será adoptada e implementada en la Entidad para la vigencia 2024-2025, en acatamiento de la normatividad vigente. Área / Dependencia de autoría: Secretaría General Código de estandarización: CCE-GJU-IDI-05 Categoría / Tipo de documento: Política
Aprobación por: Comité de Conciliación
Información adicional: N.A.
Serie documental según TRD Documentos de Apoyo del proceso de Gestión Jurídica https://cceficiente.sharepoint.com/:f:/r/cce/Documentos%20com Link de ubicación original del partidos/SG/04.GESTI%C3%93N%20JUR%C3%8DDICA/2023/DOCU documento (especifique donde se MENTOS%20DE%20APOYO/PPDA%202024aloja o reposa el documento) 2025?csf=1&web=1&e=M4bpou FICHA TECNICA DE DOCUMENTO: 2. AUTORES Y RESPONSABLES DE REVISIÓN Y APROBACIÓN
ACCIÓN NOMBRE CARGO/ PERFIL FECHA FIRMA
LC Consultores 28/12/2023
Alejandro Elaboró Asociados SASCastellanos Contratista Adriana Viloria Gestor T1-15 Grupo de 28/12/2023 Revisó Severiche Gestión Contractual Acta de comité Comité de conciliación - sesión n.º 24 Aprobó Comité de Conciliación 28/12/2023 Conciliación de 28 de diciembre del 2023
FICHA TECNICA DE DOCUMENTO: 3. Versión vigente del
01.
CONTROL DE CAMBIOS DE DOCUMENTO documento:
DESCRIPCIÓ
VERSIÓN FECHA N DE ELABOR
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