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CCE-Resolución 882 de 2015

CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente

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Detalles

Título
CCE-Resolución 882 de 2015
Autor
CCE o ANCP - Colombia Compra Eficiente
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2015

JUE Colombia Compra Eficiente

RESOLUCIÓN NÚMERO 882 DE 2015

Por la cual se conforma la Brigada de Emergencias de Colombia Compra Eficiente La Directora General de Colombia Compra Eficiente, en uso de sus facultades legales y reglamentarias en especial las conferidas por la Ley 9 de 1979, la Ley 1523 de 2012, el Decreto 614 de 1984, la Resolución 2400 de 1979, la Resolución 1016 de 1989 y el numeral 16 del Artículo 10 del Decreto Ley 4170 de 2011.

Considerando: Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y 127 de la Ley 9 de 1979, todo lugar de trabajo deberá disponerse de personal adiestrado, métodos, equipos y materiales adecuados y suficientes para la prevención y extinción de incendios; así como tener las facilidades y los recursos necesarios para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1523 de 2012, la gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano; y en cumplimiento de esta responsabilidad, las entidades públicas, privadas y comunitarias desarrollarán y ejecutarán los procesos de gestión del riesgo. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 614d e 1984, el subprograma de medicina del trabajo, que conforma el Programa de Salud Ocupacional, debe propender por mantener un servicio oportuno de primeros auxilios. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 223 de la Resolución 2400 de 1979, los

establecimientos de trabajo por sus características industriales y tamaño de sus instalaciones establecerán entre sus trabajadores una Brigada de Incendio, constituida por personal voluntario debidamente entrenado para la labor de extinción de incendios dentro de las zonas de trabajo del establecimiento. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7 del artículo 10 de la Resolución 1016 de 1989, una de las actividades que debe contener el Subprograma de Medicina Preventiva y del Trabajo, que conforma el Programa de Salud Ocupacional, es "Organizar e implantar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios”. . Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 18 del artículo 11 de la Resolución 1016 de 1989, una de las actividades que debe contener el Subprograma Higiene y Seguridad Industriale,s la "Conformación y organización de brigadas (selección, capacitación, planes de emergencia y evacuación)”. Que hasta el 13 de noviembre de 2015 estuvieron abiertas las inscripciones para conformar la Brigada de Emergencias de Colombia Compra Eficiente, de acuerdo con la convocatoria que para el efecto hizo la Directora General.

Resuelve: Artículo 1. Conformar la Brigada de Emergencias de Colombia Compra Eficiente con los siguientes

servidores inscritos: (O GOBIEDE RCONLOMOBI A 7 y SÍ 2a7 Equman inycación Tel. (+57 1) 795 6600 + Carrera 7 No. 26 - 20 Piso 17 + Bogotá - Colombia www.colombiacompra.gov.co JO Colombia Comp Eficiente

RESOLUCIÓN NÚMERO 882 DE 2015

Brigadistas Piso 17 Sídney Paola Pedraza Pineda

Medardo Alfonso Alvis Espinosa N - Víctor Alfonso Barreto Cárdenas N S Julio Felipe Fajardo San Martín A Andrés Humberto Gómez Cifuentes Jorge Luis Lombana Sánchez S N José Daniel Mongua Forero ¿ Brigadistas Piso 10 Di 1, Ana María Niño Ardila2. Andrés Felipe Camacho Jiménez

3. Sebastián Eduardo Fonseca Avilán A Israel Steven Orozco Rodríguez | Bri gadistas Piso 8 á

Mónica Briceño Alvarado Adriana Montoya Ríos

  • Jenny Yasmín Pinzón Perilla -Cristian Martínez Bedoya a

Walter Edison Triana Hernández p Jorge Leonardo Torres AManza o Artículo 2. La Brigada de Emergencia. en su primera reunión deberá elegir. un 1 Coordinador de Brigada y un secretario. Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición Comuníquese y cúmplase Dada en Bogotá, D. C. el1 de diciembre de 2015 . + ¿9 GOBIERNO DE COLOMBIA -

  • Tel (+57 1) 795 6600 Carrera 7 No. 26 - 20 Piso 17.+ Bogotá - Colombia

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