CCO BOGOTA - Laudo 135049 ALEJANDRO MEJIA NIETO VS. LUIS MIGUEL ZUBIETA URIBE
Cámara de Comercio de Bogotá
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Detalles
- Título
- CCO BOGOTA - Laudo 135049 ALEJANDRO MEJIA NIETO VS. LUIS MIGUEL ZUBIETA URIBE
- Autor
- Cámara de Comercio de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- MASC
- Año
- —
CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE
BOGOTÁ D.C.
Caso N° 135049 Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe LAUDO ARBITRAL 12 de febrero de 2024
Tribunal: Danilo Romero Raad (Presidente)
Álvaro Andrés Motta Navas (Árbitro) Daniel Peña Valenzuela (Árbitro) Miguel Santiago Molano Gutiérrez (Secretario) TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe
ÍNDICE
I. TÉRMINOS DEFINIDOS .................................................................................................................................... 3
II. PARTES Y APODERADOS ................................................................................................................................ 7
III. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DEL PROCESO.......................................................................................... 9 3.1. Solicitud de Convocatoria y Conformación del Tribunal Arbitral. ........................................ 9 3.2. Instalación del Tribunal Arbitral...................................................................................................... 10 3.3. Admisión de la Demanda Principal. Contestación. Reconvención. Admisión y Contestación. .......................................................................................................................................................... 10
3.4. Reformas a la Demanda Principal y a la Demanda de Reconvención - Contestaciones y medida cautelar solicitada. ............................................................................................................................... 12 3.5. Audiencia de Conciliación. Fijación y pago de honorarios. ................................................... 14 3.6. Primera Audiencia de Trámite. Competencia y decreto de pruebas. ................................ 15 3.7. Práctica de pruebas. .............................................................................................................................. 19 3.8. Cierre de la etapa probatoria, Alegatos y fijación de fecha de Laudo. .............................. 23 3.9. Control de Legalidad. ............................................................................................................................ 23 3.10. Término de duración del Proceso. ................................................................................................... 24
IV. PRETENSIONES Y EXCEPCIONES DE LAS PARTES. ..................................................................... 25 4.1. Pretensiones de la Parte Convocante. ............................................................................................ 25 4.2. Pretensiones de la Parte Convocada. .............................................................................................. 28 4.3. Contestación de la Reforma a la Demanda Principal y Excepciones de la Parte Convocada. .............................................................................................................................................................. 32 4.4. Contestación de la Reforma a la Demanda de Reconvención y Excepciones de la Parte Convocante. ............................................................................................................................................................. 33
V. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL ARBITRAL. ............................................................................... 34 5.1. Aspecto Procesal - El recurso de reposición formulado por la Parte Convocante frente al Auto de competencia del Tribunal. ........................................................................................................... 34 5.2. Evaluación y conclusiones sobre las Pretensiones de la Reforma a la Demanda Principal y la Reforma a la Demanda de Reconvención. ...................................................................... 34 5.2.1. Pretensiones relativas a la suscripción del Contrato de Compraventa de Acciones
y pagos efectuados en el marco del mismo. ......................................................................................... 35 5.2.1.1. Pretensión Primera de la Reforma a la Demanda de Reconvención. ............. 35 5.2.1.2. Pretensión Sexta de la Reforma a la Demanda de Reconvención.................... 35 5.2.2. Pretensiones relativas al contenido, interpretación, cumplimiento o incumplimiento del Contrato de Compraventa de Acciones y de los deberes u obligaciones asociados al mismo. ........................................................................................................................................ 36 Página 1 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe 5.2.2.1. Pretensiones Primera, Segunda, Quinta, Sexta, Séptima y Octava de la Reforma a la Demanda Principal y Segunda, Décima y Décima Primera de la Reforma a la Demanda de Reconvención. .............................................................................................................. 43 5.2.2.2. Pretensiones Subsidiarias Declarativas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima de la Reforma a la Demanda Principal………………………………………………………………………………………………………………60 5.2.2.3. Pretensiones Tercera, Cuarta, Quinta, Séptima y Octava de la Reforma a la Demanda de Reconvención y pronunciamiento definitivo sobre las pretensiones
Segunda de la Reforma a la Demanda de Reconvención y la primera principal declarativa de la Reforma a la Demanda Principal. ..................................................................... 61 5.2.2.4. Pretensiones Declarativas Principales Novena y Décima, Declarativa Subsidiaria Cuarta y subsidiarias Condenatorias Segunda y Cuarta de la Reforma a la Demanda Principal y Décima Quinta y Décima Sexta de la Reforma a la Demanda de Reconvención............................................................................................................................................ 119 5.2.2.5. Pretensiones Declarativas Principales Tercera y Cuarta de la Reforma a la Demanda Principal y Décima Segunda de la Reforma a la Demanda de Reconvención……………………………………………………………………………………………………...121 5.2.2.6. Pretensiones Declarativas Principales Quinta y Décima (mal numerada), Principales Condenatorias Primera, Segunda y subsidiaria y Tercera y Subsidiaria Condenatoria Cuarta de la Reforma a la Demanda Principal y Novena, Décima Tercera y Subsidiaria y Décima Cuarta y Subsidiaria de la Reforma a la Demanda de Reconvención……………………………………………………………………………………………………...130 5.3. Excepciones de las Partes. ............................................................................................................... 132 5.4. Juramentos estimatorios. ................................................................................................................. 132 5.5. Conducta de las Partes. ..................................................................................................................... 133 5.6. Costas del Proceso. .............................................................................................................................. 133
VI. DECISIONES DEL TRIBUNAL ARBITRAL....................................................................................... 134 6.1. Sobre las pretensiones de la Reforma a la Demanda Principal y la Reforma a la Demanda de Reconvención: .......................................................................................................................... 134 6.2. Sobre las excepciones. ....................................................................................................................... 137
6.3. Sobre los juramentos estimatorios. ............................................................................................. 137 6.4. Sobre costas del Proceso. ................................................................................................................. 137 6.5. Sobre el pago de las condenas. ....................................................................................................... 137 6.6. Sobre aspectos administrativos. ................................................................................................... 138 Página 2 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe
I. TÉRMINOS DEFINIDOS Las palabras y expresiones definidas en este Laudo tendrán el significado que a continuación se les atribuye, precisándose que cuando haya un término definido con dos (2) o más acepciones se indicará, de ser necesaria, la correspondiente referencia cruzada.
Donde el contexto lo requiera, las palabras y expresiones en número singular incluirán el correspondiente plural y viceversa y las palabras en género masculino incluirán el correspondiente femenino y viceversa. Con el exclusivo propósito de facilidad de referencia y, desde luego, sin ningún otro efecto, la tabla siguiente muestra los principales términos definidos: Término definido Significado Alegatos de los Convocantes Los alegatos de conclusión de los Convocantes, presentados el 26 de septiembre de 2023. Alegatos del Convocado Los alegatos de conclusión del Convocado, presentados el 26 de septiembre de 2023. Alegatos Conjuntamente los Alegatos de los Convocantes y del Convocado.
Apoderados Los apoderados judiciales de los Convocantes y del Convocado reconocidos en el presente proceso. Arbitraje o Proceso El presente proceso arbitral, promovido por los Convocantes contra el Convocado. Árbitros Los árbitros que conforman este Tribunal. C.C. Código Civil. C.Co. Código de Comercio C.G.P. Código General del Proceso Centro o Centro de Arbitraje El Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. Cláusula Compromisoria La consignada en la Sección 8.03. del Contrato de Compraventa de Acciones suscrito el 24 de marzo de 2018 por las Partes. Contestación de la Demanda Principal La contestación de la Demanda Principal presentada por la parte Convocada el 11 de julio de 2022. Contestación de la Demanda de La contestación de la Demanda de Reconvención Reconvención presentada por la parte Convocante el 6 de septiembre de 2022. Contestación de la Reforma a la Demanda La contestación de la Reforma a la Demanda Principal Principal presentada por la parte Convocada el 23 de noviembre de 2022. Página 3 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe Contestación de la Reforma a la demanda de La contestación de la Reforma a la demanda
Reconvención. de Reconvención presentada por la Parte Convocante el 3 de enero de 2023. Contrato o Contrato de Compraventa de El Contrato de Compraventa de Acciones Acciones o SPA suscrito el 24 de marzo de 2018 por las Partes. Convocada o Parte Convocada Luis Miguel Zubieta Uribe Convocante o Parte Convocante Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Demanda Principal La Demanda presentada por la Parte Convocante el 27 de enero de 2022. Demanda de Reconvención La Demanda de Reconvención presentada por la Parte Convocada el 11 de julio de 2022. Dictamen JEGA 1 El dictamen contable y financiero rendido por los señores Jorge Alberto Artiza Suárez y Antonio Díaz Cleves de la firma JEGA ACCOUNTING HOUSE LTDA señalado en el numeral 7.3 de la Contestación a la Reforma a la Demanda Principal y en el numeral 8.3. de la Reforma a la Demanda de Reconvención. Dictamen JEGA 2 El dictamen contable sobre contingencias rendido por los señores Jorge Alberto Artiza Suárez y Antonio Díaz Cleves de la firma JEGA ACCOUNTING HOUSE LTDA señalado en el numeral 7.4 de la Contestación a la Reforma a la Demanda Principal y en el numeral 8.4. de la Reforma a la Demanda de Reconvención. Dictamen Lina Camacho Dictamen pericial de contradicción rendido
por la ingeniera industrial Lina María Camacho Orozco, aportado con la Contestación de la Reforma a la Demanda de Reconvención. Dictamen JEGA 3 Dictamen rendido por Alberto Artiza Suárez y Antonio Díaz Cleves de la firma JEGA ACCOUNTING HOUSE LTDA, anunciado en el numeral 2.1. del memorial presentado el 11 de enero de 2023, en el cual se pretende contradecir el dictamen presentado por la perito Lina María Camacho Orozco, en Página 4 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe aquellos puntos que no representan una contradicción al dictamen contable y financiero presentado en la Reforma a la Demanda de Reconvención. Dictamen JEGA 4 Dictamen pericial contable rendido por Alberto Artiza Suárez y Antonio Díaz Cleves de la firma JEGA ACCOUNTING HOUSE LTDA y solicitado por la Parte Convocada en el numeral 2.2. de la Solicitud de Pruebas Adicionales presentada el 11 de enero de 2023. Dictamen YH 1 Dictamen rendido por el contador Yezid Hernández Quintana en relación con el cálculo de intereses y el valor de la cláusula penal contenido en la Reforma a la Demanda Principal. Dictamen YH 2 Dictamen de contradicción rendido por el
perito Yezid Hernández Quintana frente al dictamen pericial en materia contable y financiera rendido por los señores Jorge Alberto Artiza Suárez y Antonio Díaz Cleves de la firma JEGA ACCOUNTING HOUSE LTDA.
PAR SERVICIOS o la Empresa PAR SERVICIOS INTEGRALES S.A. – PAR
SERVICIOS S.A.
Parte o Partes Individual o conjuntamente la Parte Convocante y/o la parte Convocada. Reforma a la Demanda Principal La Reforma a la Demanda Principal presentada por la Parte Convocante el 14 de septiembre de 2022. Reforma a la Demanda de Reconvención La Reforma a la Demanda de Reconvención presentada por la Parte Convocada el 23 de noviembre de 2022. Reglamento Reglamento General del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. En la parte resolutiva del Laudo se podrán emplear las definiciones anteriores, exceptuando la de las Partes, que, en cuanto sea necesario, serán identificadas por su denominación completa. En la medida de lo posible, y en cuanto sea práctico, las citas de documentos escritos de las Partes, disposiciones del Tribunal, normatividad, jurisprudencia, doctrina, etc. que se hagan en este Laudo seguirán el correspondiente formato original. Página 5 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William
Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe A su turno, por razones de facilidad, en caso de citas de documentos obrantes en el Proceso, se acudirá, indistintamente, a la mención de los cuadernos y No. de archivo del expediente, o la página del correspondiente documento. Página 6 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe
II. PARTES Y APODERADOS 2.1. Parte Convocante: 2.1.1. Alejandro Mejía Nieto, persona natural, identificado con la cédula de ciudadanía No. 12.108.254, quien actúa en nombre propio. 2.1.2. Adriana Gutiérrez Viana, persona natural, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.681.059, quien actúa en nombre propio. 2.1.3. Andrea Castro Barbosa, persona natural, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.758.548, quien actúa en nombre propio. 2.1.4. Sara Camila Ruiz Moreno, persona natural, identificada con la cédula de
ciudadanía No. 1.016.043.196, quien actúa en nombre propio. 2.1.5. Esperanza Polanía Mejía, persona natural, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.908.717, quien actúa en nombre propio.
2.1.6. Carlos Humberto Polanía Mejía, persona natural, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.784.746, quien actúa en nombre propio. 2.1.7. Rafael Iván Bautista Santos, persona natural, identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.533.369, quien actúa en nombre propio. 2.1.8. Juan Carlos Duarte Paiba, persona natural, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.959.506, quien actúa en nombre propio. 2.1.9. Gilberto Rueda, persona natural, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.072.484, quien actúa en nombre propio. 2.1.10. William Novoa Molano, persona natural, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.022.349.819, quien actúa en nombre propio. 2.1.11. Jaime Ernesto Salazar López, persona natural, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.502.705 y Tarjeta Profesional de Abogado No. 98.477 del Consejo Superior de la Judicatura, quien actúa en nombre propio y representación de las demás personas naturales que integran la Parte Convocante, tal y como se indica más adelante. En este proceso la Parte Convocante fue representada inicialmente por el Doctor Javier Alejandro Mayorga Valencia1 quien sustituyó2 el poder conferido al Doctor Luis Eduardo Moreno Beltrán. 1 PRINCIPAL_01 – Archivo 03 2 PRINCIPAL_01 – Archivo 07 Página 7 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía
Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe Mediante memorial del 1 de septiembre de 20223 el Doctor Javier Alejandro Mayorga Valencia reasumió y renunció al poder que le fue conferido. El Tribunal aceptó la renuncia mediante Auto No. 8 del 13 de septiembre de 20224. Con posterioridad, la Parte Convocante fue representada por el Doctor Jaime Ernesto Salazar López5 quien ocasionalmente sustituyó su poder en la Doctora Sonia Paola Novoa Hernández. 2.2. Parte Convocada: Luis Miguel Zubieta Uribe, persona natural, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.939.362, quien actúa en nombre propio. En este proceso la Parte Convocada fue representada por el Doctor Juan Sebastián Arias Arias6. 3 PRINCIPAL_01 – Archivos 64, 65 y 66. 4 PRINCIPAL_01 – Archivo 79. 5 PRINCIPAL_01 – Archivos 68, 74 y 79. 6 PRINCIPAL_01 – Archivos 08 y 22. Página 8 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe
III. ANTECEDENTES Y TRÁMITE DEL PROCESO 3.1. Solicitud de Convocatoria y Conformación del Tribunal Arbitral.
3.1.1. El 27 de enero de 2021, la Parte Convocante, integrada en ese momento solo por el señor Alejandro Mejía Nieto, presentó ante el Centro de Arbitraje la Demanda Principal con el objeto de dirimir por la vía arbitral sus diferencias con la Parte Convocada7. 3.1.2. A tal efecto invocó la Cláusula Compromisoria contenida en el Contrato de Compraventa de Acciones, que indica lo siguiente: “Sección 8.03 – Solución de Conflictos. Toda controversia, diferencia o reclamación relativa a este Contrato, salvo por aquellos que puedan tramitarse por la vía ejecutiva, se resolverá por un Tribunal de Arbitramento, que se sujetará al Reglamento de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. El Tribunal arbitral estará integrado por un (1) árbitro en el evento en que la cuantía de la controversia sea igual o inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV); en caso contrario, el Tribunal estará integrado por tres (3) árbitros. El árbitro o árbitros, según corresponda, serán designados por las partes de común acuerdo dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la presentación de la convocatoria arbitral. En caso de que, dentro del término señalado no fuere posible designar de común acuerdo el árbitro único, o la totalidad de árbitros (en el evento de ser 3), aquél será o estos serán, designados por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, de
la lista A de árbitros, especialistas en propiedad industrial o propiedad intelectual. El arbitraje tendrá lugar en la ciudad de Bogotá. D.C. El idioma que se utilizará en el procedimiento arbitral será el castellano. La controversia, diferencia o reclamación se resolverá de conformidad con el derecho colombiano.” 3.1.3. De conformidad con lo previsto en la precitada cláusula, el 17 de febrero de 2022 se llevó a cabo reunión de designación, en la que las Partes no pudieron nombrar árbitros de común acuerdo, por lo que por solicitud expresa de las mismas, el Centro de Arbitraje procedió a fijar fecha y hora para designar árbitros por medio de sorteo público8. 3.1.4. El 1 de marzo de 2022 se llevó a cabo el sorteo público, en el que fueron designados como árbitros principales los Doctores Álvaro Andrés Motta Navas, Martín José Carrizosa Calle y Daniel Peña Valenzuela. Como suplentes, fueron designados los Doctores Danilo Romero Raad, Fernando Triana Soto y María Clara Gutiérrez Gómez9. 7 PRINCIPAL_01 – Archivo 79. 8 PRINCIPAL_01 – Archivo 11. 9 PRINCIPAL_01 – Archivo 12. Página 9 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe
3.1.5. Los Doctores Álvaro Andrés Motta Navas y Daniel Peña Valenzuela aceptaron su designación en la oportunidad legal correspondiente. Sin embargo, el Doctor Martín José Carrizosa Calle declinó su designación y en tal virtud, fue llamado el primer suplente, Doctor Danilo Romero Raad, quien aceptó su designación dentro de la oportunidad legal respectiva. 3.1.6. De esta forma, el Tribunal quedó integrado por los Árbitros Danilo Romero Raad, Álvaro Andrés Motta Navas y Daniel Peña Valenzuela. 3.2. Instalación del Tribunal Arbitral. 3.2.1. El 1 de abril de 2022, se llevó a cabo la Audiencia de Instalación del Tribunal. Allí, mediante Auto No. 110, entre otros asuntos, este dispuso: a) Designar al Doctor Miguel Santiago Molano Gutiérrez como Secretario; b) Reconocer personería a los Apoderados. c) Señalar las condiciones generales de funcionamiento del Tribunal. 3.2.2. Se estableció que el Proceso se adelantaría de acuerdo con el Reglamento. 3.2.3. En la misma fecha, mediante Auto No. 211, se inadmitió la Demanda Principal y se requirió la subsanación de esta, concediendo a la Parte Convocante el término de cinco (5) días para el efecto. 3.3. Admisión de la Demanda Principal. Contestación. Reconvención. Admisión y Contestación. 3.3.1. El 8 de abril de 2022, la Parte Convocante subsanó la Demanda Principal de conformidad con lo ordenado por el Tribunal, y este, mediante Auto No. 3 del 22 de
abril de 202212, la admitió y ordenó su notificación y correspondiente traslado a la Parte Convocada. Adicionalmente, negó el amparo de pobreza solicitado por la Parte Convocante. 3.3.2. Mediante Auto No. 4 del 13 de mayo de 202213, el Tribunal concedió el recurso de reposición interpuesto por la Parte Convocada contra el auto admisorio de la Demanda Principal y requirió la subsanación de la misma, concediendo a la Parte Convocante el término de cinco (5) días para el efecto. 3.3.3. El 20 de mayo de 2022, la Parte Convocante subsanó nuevamente la Demanda Principal de conformidad con lo ordenado por el Tribunal, y este, mediante Auto No. 10 PRINCIPAL_01 – Archivo 22. 11 PRINCIPAL_01 – Archivo 22. 12 PRINCIPAL_01 – Archivo 30. 13 PRINCIPAL_01 – Archivo 40. Página 10 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe 5 del 6 de junio de 202214, la admitió y ordenó lo correspondiente para su notificación y traslado. 3.3.4. El 11 de julio de 2022, de manera oportuna, la Parte Convocada presentó la Contestación de la Demanda Principal, incluyendo la proposición de varias excepciones y objetando el juramento estimatorio formulado por la Parte
Convocante15. 3.3.5. Asimismo, dentro del término de contestación de la Demanda Principal, la Parte Convocada presentó Demanda de Reconvención16, en la cual solicitó al Tribunal la vinculación al Proceso de Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López. 3.3.6. El traslado a la Parte Convocante de las excepciones de mérito formuladas por la Parte Convocada en la Contestación a la Demanda Principal se surtió de acuerdo con lo previsto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022. 3.3.7. El 18 de julio de 2022, la Parte Convocante descorrió el traslado de las excepciones de mérito formuladas por la Parte Convocada en la Contestación a la Demanda Principal17. 3.3.8. Mediante Auto No. 6 del 2 de agosto de 202218, el Tribunal admitió la Demanda de Reconvención y vinculó a las personas naturales anteriormente señaladas como litisconsortes necesarios por pasiva, por considerar que no se cumplían los requisitos legales para vincularlos como demandados en reconvención. Adicionalmente, el Tribunal corrió traslado de la Demanda de Reconvención al señor Alejandro Mejía Nieto y a los litisconsortes necesarios. 3.3.9. El 1 de septiembre de 202219, el Doctor Javier Alejandro Mayorga Valencia, apoderado de la Parte Convocante, presentó memorial reasumiendo y renunciando
al poder que le fue conferido. 3.3.10. El 6 de septiembre de 2022, la Parte Convocante y los Litisconsortes Necesarios por pasiva frente a la Demanda de Reconvención, presentaron poder especial otorgado a los Doctores Jaime Ernesto Salazar López y Sonia Paola Novoa Hernández20 y Contestación de la Demanda de Reconvención formulada por la Parte Convocada21, la cual fue suscrita por el Doctor Jaime Ernesto Salazar López a nombre propio y en 14 PRINCIPAL_01 – Archivo 45. 15 PRINCIPAL_01 – Archivo 49. 16 PRINCIPAL_01 – Archivo 51. 17 PRINCIPAL_01 – Archivo 57. 18 PRINCIPAL_01 – Archivo 61. 19 PRINCIPAL_01 – Archivo 65. 20 PRINCIPAL_01 – Archivo 68. 21 PRINCIPAL_01 – Archivo 69. Página 11 de 140 TRIBUNAL ARBITRAL Alejandro Mejía Nieto, Adriana Gutiérrez Viana, Andrea Castro Barbosa, Sara Camila Ruiz Moreno, Esperanza Polanía Mejía, Carlos Humberto Polanía Mejía, Rafael Iván Bautista Santos, Juan Carlos Duarte Paiba, Gilberto Rueda, William Novoa Molano y Jaime Ernesto Salazar López Vs. Luis Miguel Zubieta Uribe representación del señor Alejandro Mejía Nieto y los demás Litisconsortes Necesarios. En la Contestación a la Demanda de Reconvención, se presentaron excepciones de mérito. 3.3.11. Mediante Auto No. 7 del 8 de septiembre de 202222, el Tribunal requirió al señor Alejandro Mejía Nieto para que aclarara el alcance del poder otorgado a los Doctores
Jaime Ernesto Salazar López y Sonia Paola Novoa Hernández. Adicionalmente, estableció que el traslado de las excepciones de mérito formuladas en la Contestación de la Demanda de Reconvención se surtiría por secretaría, una vez el Tribunal se pronunciara sobre la renuncia y reconocimiento de personería de los apoderados de la Parte Convocante. 3.3.12. El 13 de septiembre de 2022, el señor Alejandro Mejía Nieto atendió el requerimiento formulado por el Tribunal. 3.4. Reformas a la Demanda Principal y a la Demanda de ReconvenciónContestaciones y medida cautelar solicitada. 3.4.1. El 14 de septiembre de 2022, la Parte Convocante presentó Reforma a la Demanda Principal, incluyendo a los Litisconsortes Necesarios por Pasiva frente a la Demanda de Reconvención como Demandantes frente a la Reforma a la Demanda Principal. 3.4.2. Adicionalmente, en escrito aparte, solicitó el decreto de la siguiente medida cautelar: “(…) Que se ordene al representante legal de la sociedad PAR SERVICIOS INTEGRALES identificada con NIT 830.067.329-7, la inscripción de la demanda en el libro de accionistas de la sociedad
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