CCO CALI - Laudo Sociedad Reurvalle S.A.S. Vs Departamento del Valle del Cauca
Cámara de Comercio de Cali
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Detalles
- Título
- CCO CALI - Laudo Sociedad Reurvalle S.A.S. Vs Departamento del Valle del Cauca
- Autor
- Cámara de Comercio de Cali
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- MASC
- Año
- —
LAUDO ARBITRALSOCIEDAD REURVALLE S. A. S.,VsEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA PRIMERA PARTE: ANTECEDENTES. ...........ccccccseccscssssssscesesssseesessessues 1I. El contrato y el pacto arbitral..oooooocniccicnononocconornnnnonconononanroranoncononncnnrnarnos 1II. El trámite del proceso arbitral. 0.0... cceceessscesseseeeeseessesseessecscesetecseeseens 2III. Instrucción del proceso... .ecsceccssesscssessessesseeseesessesseessesscsecseeseeeeeeseneneees 4IV. Término de duración del proceso. ......ccccsesesetsetsetsersesscrsesscsecerseseeasenees 5V. Partes, apoderados y ministerio públiCO....ooooccncononcnncnononcccancanonncnnonncnnnnnos 6VI. Pretensiones de la Demanda ..ooooconoonconncnonononaonnnconnnannnonooonnnrnnononnnonocannrrnoos 8VII. Hechos en que se sustentan las pretensioneS ....cooooocccoonoonronconnconncnnnonnono 12
“A. Antecedentes” 2... cescssccsscesessesescesecsseessenseesecesessesesscseceatenssssseeesseeeas 13“B. Formación del Contrato 0... ccccscccssesssssssssesseeeesseeesseecasesseeseesatens 13“C, El Contrato de Concesión número 002 de 2010”. .noocconccinccionenonaras» 13“D. La ejecución del Contrato de Concesión”. cococococicnornonnnnncononnonnonononon» 15VII. Contestación de la demanda ..ooconconicnnnococnnononnoononanonnaononnrnnrncoranaronononos 27IX. Alegatos de ConclusiÓN..ooononocnconononnonnonccononnonacononacanconron rencor rrnarnrrnannones 281. De la Parte Convocante. cooconanononncononnnnnconcoronconorononnnonorar error ornnrnarn nono 282. De la Parte Convocada. cococccocononoonnonnonnnnononanonoronoonnronornnconorar ona roncnnnonos 353. Del Ministerio PÚbLICO. oo... eeeseseesscesesseeseeseessesseaecssestesseseseeeeseeeees 38SEGUNDA PARTE. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL............... 40I. Caracterización del contrato. ..oooococononncconcononncnnnonanannnoronaronernnnronoronneranarnos 40
1. Clase de Contrato. .....ecceccsesssssscsscessessecscesseesseseseseensessscsssssscssscseeeeeeass 402. Objeto del Contrato. .oooococonocacocoonoonnonconaconananonnconncnnnonnrnnnonncnnoranconernenass 413. Plazo y Ctapas. oe eeeeesscsscssessesseesesseesesecsesesessessesasssssssssscsuvsssesesscnesees 414. Acta de inicio de la ejecución del Contrato. ..ooooccocnonicannnnncinoranionnonnones 42IL. La frustración de la ejecución contractual. ..ooonioncininnnncnnnnnnconnnnonononnrnonons 43III. Acta de terminación y liquidación. .0.......cceeeseseessesesseessesseseeeneeecenseneens 44
1. SU SUSCIIPCIÓN. 0... .ceccececesesseessseeseesseecsecssecneccssecesteenseseneesseeeneeeas evetees 442. Su naturaleza y efectOs. 0... esesscesesseessessecseeensessessevessesscssecseesseeseeeaeens 443. La proyección de la Transacción en este Arbitraje. .........cceeseetceeseees 46
IV. La Transacción y las pretensiones de la demanda. ............ccccceseeseeteees 49
1. Posición de la Convocante. ......cccsccssescsseessessecssesssessessecsscensesaeeseeeseens 492. Posición de la ConvocCada.coococonicoonconnnnnonnnonnnnononononrnnancnnnnraros ononnnnaranennos 503. El Ministerio PUDLICO....... ce eecesscceseeessesseeesseceseeeseceseessesessceeesseeesaeens 514. Conclusión del Tribunal. ..ooonoonnoninccooncnoncnononnnnnonononccnonannnnonrnnnnrcaneranconos 51
V. La situación probatoria del plenario....ocoocnncnonnnocnnononanonncornronornnnnnornnos 53VI. De las reclamaciones eCONÓMICAS. ..cooroonncnocononcnonnconnnnanarnnconarononacnnronnoos 58VII. Reclamaciones que Se aCeptan.........ccccessesseesseessesecsesesecesessssssseeseensees 61 1. “DISCTIOS” 0. eeeecessecsteceeeesecsarecsueesaeceseseseveneesnesseeeeaecsseessuessaeenaeesneeess 612. “Comisión Fiduciaria”........ccesceccsssessessscesecsecssesseeesseceeeaecseeseceaesssseaeens 623. “Gravamen Financiero 0... eeesccsssccssnseeencecseeseeeessteeesteesesseeenaneeaeeees664. “Gastos Legales”. ....... beseeeseneecssacetovsneecssaeeecesaeecesneecesaeeeceeaeseceneeersnateree 69VIII. Reclamaciones que Se rechaZan. ........ccccssesssessseerseessseeseeseeeseessneeaees 70
1. La denominada “Comisión de Exito”........ccccccssssssesseesteeeneensees seeseneeees 70A. La Comvocante......eescsecccssesssecsecseceseeeseeesesecnecesecesseeseessneeseeseasensees 70B. La Convocada. oes eeseceeseeceneecessecenaecesaeeesneeesaeecsaeeceasensaereeneeenseees 72C. Consideraciones y decisiones del Tribunal. ....oooooonoconoccnicnnonnconrcos. 72SS . oo. eeeeeeccesneceneceseeseceseesssesenecsneesseessecsseesssesnaeenseeeatesseessueenseeens 89IS oo. .eseeeceesecceeceseceseceseeeeseseessseesneesseessuesseecssecessesseceeeetsesentenss 904, “Corficolombiana”’, ......:cccccsscsssssssscsescescectscessessesseessecseesscsneceasenesenceaeens 93S. “Papeleria’ oo... escecssecsnccssecsecseeesseceseesseeseeececenessseeessessecsserenseseneenees 946. “Revisoría Fiscal”. ..ooooonnnonnnnccnocoroncnnnnnononononocorrnnononennnnrorononrnononcnnnnnoninens 957. “Gastos de Viaje. ..cececccscessessceseesseescesesscessesseseeceseceneesecesecseeeaeeneeenes 96O 97A 99
IX. Pronunciamiento residual sobre las excepciones. ...mooconooncnoonncnonecconess 100X Consolidación y actualización de reclamaciones......ooorooocoocnonnonccnes 98XI Sucesión procesal. ..oooooocccocconconccnconnconaornconcnrron rr rra nnr nn onncones 99
XID. Costas. ese cecceecsseessessccsecesecsecenecseessecnsecseesesssesseeseeeseeesesseeeseesaeessenaes 103 TERCERA PARTE.- DECISIONES DEL TRIBUNAL. .............eee 104LAUDO ARBITRAL Santiago de Cali, ocho (8) de octubre de dos mil doce (2012). Cumplido el trámite legal y dentro de la oportunidad para hacerlo, procedeel Tribunal a dictar el Laudo en derecho que pone fin al proceso arbitralincoado por la sociedad REURVALLE S. A. S., como parte Convocante,contra el DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, como parteconvocada, respecto de las controversias derivadas del “CONTRATO DECONCESIÓN NO. 002” de siete (7) de enero de dos mil diez (2010), previoun recuento de los antecedentes y demás aspectos preliminares delproceso.
PRIMERA PARTE: ANTECEDENTES.
I. EL CONTRATO Y EL PACTO ARBITRAL
1. El Contrato origen de la controversia. El 7 de enero de 2010, lasociedad comercial REURVALLE S.A.S acordó con elDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA el Contrato deConcesión No. 002 (en adelante simplemente “el Contrato”), con elobjeto de que la primera realice la financiación, los estudios,diseños, gestión social, gestión ambiental y construcción de lasobras y proyectos de infraestructura y urbanismo para vivienda deinterés social, saneamiento básico para viviendas urbanas y ruralesy mitigación de riesgos y obras de infraestructura, equipamiento yrenovación urbana en el DEPARTAMENTO DEL VALLE DELCAUCA, de conformidad con la autorización otorgada alGobernador mediante la Ordenanza No. 280 de 2.009, según rezala Cláusula 2 del Contrato.2. El Pacto Arbitral. En la Cláusula 37 del Contrato se estipuló:
“CLÁUSULA 37.- CLÁUSULA COMPROMISORIA. - Todacontroversia o diferencia derivada del presente Contrato, que nopueda dirimirse amistosa y directamente por las partes o con laintervención del Amigable Componedor por su origen, seresolverá por un Tribunal de Arbitramento, el cual estarácompuesto por tres (3) árbitros designados de común acuerdo porlas partes. En caso de no existir acuerdo entre las partes, ladesignación la realizará el Centro de Conciliación y Arbitraje dela Cámara de Comercio de la ciudad de Santiago de Cali. Loshonorarios y costas del arbitramento serán asumidos por montosiguales por las partes y se sujetarán a las tarifas que para tal finconsagre el Reglamento de la Cámara de Comercio de la Ciudadde Santiago de Cali o en su defecto, la ley. El laudo que seprofiera será en derecho, su trámite será el legal y su sede seráen el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara deComercio de la ciudad de Santiago de Cali”. II, EL TRÁMITE DEL PROCESO ARBITRAL, La Solicitud de convocatoria de Tribunal Arbitral. El veintiocho(28) de octubre de dos mil once (2011), la sociedad REURVALLES.A.S., por medio de su Representante legal, presentó solicitud deconvocatoria para la Instalación del Tribunal de Arbitramento anteel Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio deCali, con el fin de dirimir el conflicto suscitado con elDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA.
Designación de los Árbitros: Las partes designaron de comúnacuerdo mediante “Memorial Conjunto. Designación de Árbitros”fechado el trece (13) de octubre de dos mil once (2011) a losabogados GILBERTO PEÑA CASTRILLON, JORGE ENRIQUECRESPO BOTERO y JUAN PABLO CÁRDENAS MEJÍA comoárbitros principales, quienes aceptaron oportunamente sudesignación (Folio 200 del Cuaderno No. 1).
Instalación: Previas las citaciones surtidas de conformidad con loestablecido en la ley, el Tribunal arbitral se instaló el veintiocho(28) de noviembre de dos mil once (2011) en sesión realizada en lasoficinas del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara deComercio de Cali en donde fijó su sede (Acta N° 1, folios 01 a 04 delCuaderno de Actas). Como Presidente fue designado el árbitroGILBERTO PEÑA CASTRILLÓN y como Secretaria la abogadaLYDA MERCEDES CRESPO RIOS. Para la audiencia de laudo fuedesignado como secretario ad-hoc CARLOS MAYORCA ESCOBAR.
Admisión de la demanda y notificación. Por auto No. 1 delveintiocho (28) de noviembre de dos mil once (2011), el Tribunaladmitió la demanda y ordenó correr traslado de ella en los términosde los artículos 428 y concordantes del C. de P.C. (Acta No. 1). Laadmisión de la demanda fue notificada personalmente en la mismafecha al apoderado de la convocada, a quien se le entregó copia dela misma con sus respectivos anexos.
Contestación de la demanda. El día tres (3) de febrero de dos mildoce (2012), dentro del término de ley, la entidad convocadacontestó la demanda, presentó excepciones de mérito y solicitópruebas (folios. 1 a 25 del Cuaderno N° 3). Traslado de las excepciones. El día nueve (9) de febrero de dos mildoce (2012), por Secretaría se corrió traslado de las excepciones demérito contenidas en la contestación de la demanda. La apoderadade la parte Convocante descorrió este traslado el día catorce (14) defebrero de dos mil doce (2012) (folios. 047 a 059 del Cuaderno No.3)10. 11. Audiencia de Conciliación y Fijación de gastos y honorarios.Por auto de dieciséis (16) de febrero de dos mil doce (2012) se fijócomo fecha para Audiencia de Conciliación el ocho (8) de marzo dedos mil doce (2012), la que se realizó sin que las partes hubieranlogrado acuerdo alguno y por ello, en los términos de ley, se declarósu fracaso. En consecuencia, se continuó con el trámite y endesarrollo del mismo se fijaron las sumas correspondientes ahonorarios y expensas que fueron pagadas por mitades, dentro deltérmino de ley, por ambas partes.
Primera Audiencia de Trámite. El once (11) de abril de dos mildoce (2012), según consta en el Acta N° 4, se realizó la PrimeraAudiencia de Trámite en la que se dio cumplimiento a lasformalidades previstas en el artículo 147 del Decreto 1818 de 1998y el Tribunal Arbitral se declaró competente para conocer elpresente proceso arbitral, decisión contra la cual el apoderado de laparte convocada interpuso recurso de reposición. El Tribunal,previo traslado a la otra parte, confirmó el auto de competencia yprofirió a continuación el decreto de pruebas, señaló fechas para lapráctica de las mismas y declaró finalizada la Primera Audiencia deTrámite. Este día comenzó a correr el tiempo útil o hábil delTribunal.
Ill. INSTRUCCIÓN DEL PROCESO.
Prueba documental. Con el valor legal que la ley les confierefueron agregados al expediente, los documentos aportados por laparte Convocante que se enlistan en la demanda y que obran afolios 001 a 216 (tomo I) y 335 a 747 (tomo II) del Cuaderno No. 1,los que se relacionan en el Cuaderno de pruebas aportadas por laConvocante el 15 de mayo de 2.012 (folios 001 a 956 del Cuadernode Pruebas No. 4).12. 13. 14.
13. 14. Exhibición de documentos por el DEPARTAMENTO DEL VALLEDEL CAUCA. Mediante Auto de junio 08 de 2.012, Acta No. 6, elTribunal decretó de oficio la exhibición de documentos públicos yprivados que se encontraran en poder de la convocada,constitutivos de anexos del Acta de Terminación y Liquidación delContrato de Concesión No. 002 de enero 07 de 2.010 y para supráctica señaló el día 22 de junio de 2.012, fecha en la cual elapoderado de la convocada presentó los documentos que seincorporaron al plenario, de los cuales se dio traslado a la parteConvocante, Alegatos de Conclusión. Recaudado así el acervo probatorio elTribunal cerró la instrucción del proceso y citó a las partes paraalegar de conclusión. Esta audiencia se efectuó el ocho (8) deagosto de dos mil doce (2012) y en ella cada uno de las apoderadosde las partes formuló oralmente sus planteamientos finales yentregó un resumen escrito de los mismos que forma parte delexpediente (Acta N° 09, del 9 de agosto de 2012). El señorrepresentante del Ministerio Público también hizo una exposiciónoral de sus argumentos y entregó memorial que resume las razonesexpuestas (Acta No. 9 citada).
IV. TÉRMINO DE DURACIÓN DEL PROCESO.
Conforme lo dispuso el Tribunal al asumir competencia, el términode duración de este proceso es de seis (6) meses contados a partirde la fecha de finalización de la primera audiencia de trámite,según lo dispone el artículo 19 del Decreto 2279 de 1989modificado por el 103 de la Ley 23 de 1991.15. 16. 17.
16. 17. La primera audiencia de trámite se inició y finalizó el once (11) deabril de dos mil doce (2012) (Acta No. 4). Por solicitud de las partesel proceso se suspendió durante las siguientes fechas: (i) Del doce (12) de abril de dos mil doce (2012) al once (11) demayo de dos mil doce (2012), ambas fechas inclusive (30 días).(ii) Del veintitrés (23) de junio de dos mil doce (2012) al ocho (08)de agosto de dos mil doce (2012), ambas fechas inclusive (47días).(iii) Del diez (10) de agosto de dos mil doce (2012) al siete (7) deoctubre de dos mil doce (2012), ambas fechas inclusive (59días).En total el proceso se ha suspendido durante 136 días, con lo cualel término va hasta el día veinticuatro (24) de febrero de dos miltrece (2013), por tanto el Tribunal se encuentra dentro de laoportunidad legal para proferir el presente laudo.
V. PARTES, APODERADOS Y MINISTERIO PÚBLICO.
Parte Convocante. Es parte Convocante de este arbitrajeREURVALLE $. A. S. sociedad colombiana que de acuerdo con elCertificado de Existencia y Representación Legal expedido elveintiocho (28) de noviembre de dos mil once (2011) por la Cámarade Comercio de Cali, agregado al expediente a folios 238 a 240 delCuaderno No. 1, es una sociedad mercantil de la clase de lasanónimas simplificadas. Esta persona jurídica fue constituidamediante documento privado del cuatro (04) de enero de mil diez(2.010). Tiene su domicilio en la ciudad de Cali y su representantees el Gerente, cargo que a la fecha de la certificación ejercia ladoctora ANA MARÍA LOPEZ GÓMEZ.18. 19. 20. 21. 22.
19. 20. 21. 22. Mediante CONTRATO DE CESION DE DERECHOS LITIGIOSOSsuscrito entre REURVALLE S.A.S. en calidad de cedente, yCONALVIAS S. A. e INFRAESTRUCTURA CONCESIONADA S.A. -INFRACON $. A., en calidad de cesionarias, se efectuó la cesión dederechos litigiosos a la sociedad INFRACON S. A. en un porcentajedel 65% correspondiente al porcentaje de participación de estasociedad en REURVALLE S.A.S; y a la sociedad CONALVIAS S. A.en un porcentaje del 35% correspondiente al porcentaje departicipación de esta sociedad en REURVALLE S.A. S. Mediante Auto de fecha once (11) de abril de 2.012 (Acta No. 4), elTribunal resolvió tener a las sociedades INFRAESTRUCTURACONCESIONADA S.A. - INFRACON S.A. y CONALVIAS S.A. en losporcentajes ya mencionados, como cesionarias del derecho litigiosode la Convocante RENOVACION URBANA DEL VALLE S.A.S y enconsecuencia, se les dio la calidad de sucesoras de la parteConvocante en el presente Tribunal de arbitramento. Parte Convocada. Es parte convocada o demandada en estearbitraje el DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, entidad deDerecho Público representada legalmente por el señor Gobernadordel Valle del Cauca (articulo 303 de la Constitución Política).
Procuraduría Judicial. En nombre del Ministerio Público intervinoen este arbitraje el doctor AURELIO ENRIQUE RODRIGUEZGUZMÁN, en su calidad de Procurador 166 Judicial II para AsuntosAdministrativos. | Apoderados judiciales. Las partes comparecieron al procesoarbitral representadas ¡por abogados, asi: la Convocante por ladoctora PATRICIA MIER BARROS, y la parte convocada por losabogados LUIS FERNANDO VILLEGAS GUTIERREZ, comoapoderado principal y ENRIQUE VARGAS LLERAS, como apoderado23, 24. sustituto. Todo lo anterior, según los poderes a ellos otorgados. Lapersonería de estos mandatarios se reconoció de manera oportunapor el Tribunal.
VI. PRETENSIONES DE LA DEMANDA Las pretensiones de la parte Convocante, REURVALLE S. A. S., sonlas siguientes, que se incorporan a estos Antecedentes tal y comofueron presentadas en la Demanda. “PRETENSION PRIMERA PRINCIPAL.- Que se declare elincumplimiento por parte del DEPARTAMENTO DEL VALLE DELCAUCA del Contrato de Concesión No. 002 celebrado entre esteDepartamento y la sociedad RENOVACIÓN URBANA DEL VALLES.A.S —- REURVALLE día 7 de enero de 2010, y cuyo objeto, deconformidad con su cláusula primera, consistió en la realizaciónpor el concesionario de: “1. La realización de los estudios, diseñosdefinitivos, rehabilitación y construcción de conformidad con el anexoNo. 1 adjunto al presente contrato y que forma parte integrante delmismo. 2. Operación, conservación y mantenimiento del proyecto porel tiempo que dure la concesión. Las actividades incluidas paracumplir el objeto del contrato son: el diseño para la construcción, lafinanciación, la construcción, el suministro, la instalación, el montajey la prueba de equipos, la puesta en funcionamiento y la operacióndel proyecto, las cuales deben hacerse en un todo de acuerdo con lascondiciones, términos, alcances y obligaciones establecidas en estedocumento, en la propuesta del concesionario de fecha 19 de abril de1995 y 11 de mayo de 1995, aceptada por el DEPARTAMENTO DELVALLE DEL CAUCA, a través de la GERENCIA PARAMACROPROYECTOS en el Preacuerdo de Adjudicación de fecha 1125.
26. 27, 28. de mayo de 1995 y en el Anexo Técnico No. 1 adjunto en lo nomodificado por los documentos anteriores.” PRETENSIÓN SEGUNDA PRINCIPAL.- Que se declare que porhechos imputables al DEPARTAMENTO DEL VALLE el Contrato deConcesión No. 002 celebrado el 7 de enero de 2010 por elDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA con la sociedadRENOVACIÓN URBANA DEL VALLE S.A.S - REURVALLE, terminóen forma anticipada. PRETENSIÓN PRIMERA SUBSIDIARIA A LA PRETENSIÓNSEGUNDA PRINCIPAL.- Que se declare que LA TERMINACIÓN DELCONTRATO DE CONCESIÓN No. 002 DEL 7 DE ENERO DE 2010,celebrado entre el DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA y lasociedad RENOVACIÓN URBANA DEL VALLE S.A.S. - REURVALLE,ocurrió por hechos o circunstancias imprevistas no imputables alContratista. PRETENSIÓN TERCERA PRINCIPAL. Que se declare que elContrato de Concesión No. 002 del 7 de enero de 2010 fueliquidado de común acuerdo por las partes el 17 de agosto de 2011,según consta en el Acta de Terminación y Liquidación del Contratode Concesión”, de la misma fecha. PRETENSIÓN CUARTA PRINCIPAL.- Que se declare que en laliquidación del contrato de concesión No. 002 de 2010, NO lefueron reconocidos al Concesionario los siguientes valores, loscuales se encuentran actualizados a 31 de octubre de 2011!, ydeben ser pagados netos de cualquier deducción al concesionario:
1 El cuadro corresponde exactamente al cuadro consignado en el Acta de Terminación yLiquidación del contrato 002 de 2011, con los valores actualizados al 31 de octubre de2011, de conformidad con los pactos contractuales contenidos en la misma Acta.CONCEPTO: . CONCESIÓN FIDUCIARIA TOTALPAGOS REALIZADOS1, Comisión de Éxito 2.269.397,794 2.269.397.7942. Diseños Conalvias 3.130.097.297 3.130.097.2973, Comision Fiduciaria 31.761.766 31.761.7664, Gravamen Financiero y Gastos Bancarios 5.501.692 19,565.967 25.067.6595. Infracon 179.763.042 129.448,446 309.211.4886. Papeleria 717.357 717.3577. Legales 3.881.200 3.881.2008. Corficolombiana 46.400.000 46.400.0009. Polizas 746.789,586 139.914.218 886.703.80410, Gastos de Viaje 3.094.855 13.325.938 16.420.79311, Revisoria Fiscal 17.291.235 17.291.23512. Fondeo Interventoria 2.834.836.952 2.834.836.95213 Honorarios 148.203.250 148.203.250 CUENTASPOR PAGAR1. Conalvias - -2. Comision fiduciaria 8.913.208 8.913.2083. Infracon 256.893.463 276.393.4634. Papeleria 117.821 117.8215. Gastos de Viaje 466.990 466.9906. Revisoria Fiscal - -7, Honorarios 1.146.080 1.146.080
29, PRETENSIÓN QUINTA PRINCIPAL.- Que se declare que lasociedad RENOVACIÓN URBANA DEL VALLE S.A.S. - REURVALLEtiene derecho a percibir los valores que no le fueron reconocidos enel Acta de Terminación y Liquidación del contrato de concesión No.002 de 2010 suscrita por las partes el 17 de agosto de 2011 y quese concretan en los siguientes conceptos los cuales se hanactualizado al 31 de octubre de 20112, y deben ser pagados netosde cualquier deducción al concesionario: 2 El cuadro corresponde exactamente al cuadro consignado en el Acta de Terminación yLiquidación del contrato 002 de 2011, con los valores actualizados al 31 de octubre de2011, de conformidad con los pactos contractuales contenidos en la misma Acta.30. 31. PAGOS REALIZADOS1. Comisión de Éxito 2.269.397.794 2.269,397.7942. Diseños Conalvias 3,130.097.297 3.130.097.2973. Comisión Fiduciaria 31.761.766 31.761.7664. Gravamen Financiero y Gastos Bancarios 5.501.692 19.565.967 25.067.6595. Infracon 179.763.042 129.448.446 309.211.4886. Papeleria 717.357 717.3577. Legales 3.881.200 3.881.2008. Corficolombiana 46.400.000 46.400.0009. Polizas 746.789.586 139.914.218 886.703.80410. Gastos de Viaje 3.094,855 13.325.938 16.420,79311. Revisoria Fiscal 17,291,235 17.291,23512. Fondeo Interventoria 2.834.836.952 2,834.836.95213. Honorarios 148.203.250 142 203.250
1. Conalvias - -2. Comision fiduciaria 8.913.208 8.913.2083. Infracon 256,893,463 256.893,4634. Papeleria 117.821 117,8215. Gastos de Viaje 466.990 466.9906. Revisoria Fiscal - -7. Honorarios 1.146.080 1.146.080
PRETENSIÓN SEXTA PRINCIPAL.- Que, se condene alDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA al restablecimiento delos derechos del concesionario, sociedad RENOVACIÓN URBANADEL VALLE S.A.S. - REURVALLE, a través del reconocimiento ypago de los valores no reconocidos en el Acta de Terminación yLiquidación del Contrato de Concesión No. 002 de enero 7 de 2010,suscrita por las partes el 17 de agosto de 2011. PRETENSIÓN SEPTIMA PRINCIPAL.- Que se condene alDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA al pago de las sumasque resulten a su cargo junto con los correspondientes interesescomerciales desde la época de la causación de la obligación de pago32.
33.
34. 35. hasta la fecha de la providencia que ponga fin al proceso, deconformidad con lo dispuesto en el articulo 884 del Cédigo deComercio.
PRETENSION PRIMERA SUBSIDIARIA A LA PRETENSIÓNSEPTIMA PRINCIPAL.- Que se condene al DEPARTAMENTO DELVALLE DEL CAUCA al pago de intereses moratorios por todo eltiempo de la mora a la tasa doblada del interés civil corriente sobrelas sumas líquidas actualizadas que resulten a su cargo, ya sea porsu incumplimiento contractual o por la ocurrencia de hechos ocircunstancias imprevistas que dieron lugar al rompimiento de laecuación económica del contrato en contra de la sociedadRENOVACIÓN URBANA DEL VALLE S.A.S. - REURVALLE.PRETENSIÓN OCTAVA PRINCIPAL.- Que se ordene alDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA dar cumplimiento allaudo arbitral que ponga fin a este proceso, de acuerdo con lodispuesto por el artículo 177 del Código ContenciosoAdministrativo. PRETENSIÓN NOVENA PRINCIPAL.- Que se condene alDEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA al pago de las costas deljuicio y las agencias en derecho”.
VII. HECHOS EN QUE SE SUSTENTAN LAS PRETENSIONES La parte Convocante sustenta las anteriores pretensiones encuarenta y cuatro (44) Hechos que expone entre las páginas once(11) a sesenta y uno (61) del libelo de demanda, que clasifica así:
A. Antecedentes, Hechos 1 y 2, página 11 de la demanda.36.
37. 38.
B. Formación del Contrato, Hechos 3, 4 y 5, páginas 11 a 22ibídem.C. El Contrato de Concesión número 002 de 2010, Hechos 6 y 7,páginas 22 a 38 ibídem.
D. La ejecución del Contrato de Concesión número 002 de 2010,Hechos 38 a 44, páginas 38 a 61 ibídem. “A. Antecedentes”.Como antecedentes del Contrato que sustenta este arbitraje, laConvocante señala la Ordenanza No. 208 de 2009 de la Asambleadel DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, en la que obran lasautorizaciones con que procedió el Gobernador en este caso, asícomo la identificación de los recursos que se ejecutarian. “B. Formación del Contrato”.La Convocante dedica los hechos 3 a 6 a precisar la apertura de laLicitación Pública número SCHP-002 de 2009, sus Pliegos deCondiciones, el objeto de la convocatoria, la indicación de ladisponibilidad presupuestal, el régimen legal de la Licitación y delContrato, los costos de la propuesta y de la celebración delContrato, lo relativo al Cuarto de Datos y a las fuentes adicionalesde información, la Debida Diligencia e información sobre elProyecto, las condiciones de pago y la elaboración de la ofertaeconómica. “C. El Contrato de Concesión número 002 de 2010”.En el Hecho número 6 la parte Convocante afirma que el Contratoque nos ocupa (Contrato de Concesión 002) se suscribió el 7 deenero de 2010 y tenía como objeto el otorgamiento de unaconcesión, en los términos de las normas legales allí citadas, para39.
40. 41.
40. 41. que “el Concesionario-Inversionista realice por su cuenta y riesgo lafinanciación, los estudios y diseños, gestión ambiental y ejecución delas Obras de Construcción de los proyectos de infraestructura yurbanismo, para vivienda de interés social, saneamiento básico paraviviendas en el departamento del Valle del Cauca, incluyendo lasolicitud, trámite, modificación, obtención y mantenimiento de lasLicencias Ambientales, Licencias de Construcción y Licencias deConexión y/o Reconexión de servicios públicos que sean necesariaspara la ejecución de las obras objeto de este Contrato”.
El Hecho número 7 está rotulado “Cláusulas relevantes para lacomprensión de las pretensiones de la demanda”, que por tratarsede típicas materias de derecho el Tribunal simplemente destaca losaspectos sobre los que quiso la Convocante encaminar de maneraespecial la atención del Tribunal: En primer lugar especial énfasis pone la Convocante en las“CONSIDERACIONES” del Contrato en las que se consignan lasautorizaciones administrativas y las justificaciones presupuestalesdel mismo, así como diversos “Convenios Interadministrativos DeCooperación Interinstitucional con diferentes Municipios ubicadosdentro de la jurisdicción del Departamento”. De la cláusula de “DEFINICIONES” del Contrato, la Convocantetranscribe textualmente las relativas a Acta de Alcance físico de lasObras, Acta de inicio de Ejecución del ContratoEtapa dePreconstrucción, Alcance del Objeto del Contrato, Etapa deActividades Preliminares, Etapa de Preconstrucción y Valor de laRemuneración del Concesionario.
(i) En otro bloque de su relato fáctico, la Convocante transcribe elObjeto del Contrato, su alcance y desarrollo, las condiciones de42. perfeccionamiento e iniciación del mismo y las etapas deactividades preliminares y preconstruccción. De esta últimatranscribe lo relativo a la “Presentación de los Estudios yDiseños” y el valor de los mismos. ' (11) A continuación, la demanda destaca algunas obligaciones delDepartamento, describe los riesgos asumidos por las partes y elesquema de remuneración y las apropiaciones presupuestales,con la precisión de lo que significa en este contrato el “VALORESTIMADO” y el “VALOR EFECTIVO”, (iii) Entre las paginas 33 a 37 de la demanda, se transcribencláusulas que de conformidad con las pretensiones estaríanllamadas a suscitar un especial interés como son las relativas ala “TERMINACION Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO”, la“TERMINACIÓN UNILATERAL” y la “LIQUIDACIÓN DELCONTRATO”, esta última en los términos de la Cláusula 27 quecontiene una fórmula destinada a aplicarse para cuando elcontrato hubiere terminado en forma anticipada. (iv) Especial énfasis pone la Convocante en la CLÁUSULA 43rotulada “COMISIÓN DE ÉXITO” que, a diferencia de lo quesugiere ese título tiene, en este contrato, los alcances que sedesprenden de su definición, esto es, efectuar un determinadopago “al Consorcio Desarrollo Valle del Cauca” que es untercero extraño a este contrato y a su ejecución. “D. La ejecución del Contrato de Concesión”.“Con la suscripción del Contrato de Concesión, se dio inicio a laEtapa de Actividades Preliminares, de conformidad con lo dispuestoen la cláusula 5.1 del Contrato, antes transcrita” (Hecho No. 8).43, 44, 45.
44, 45. Afirma el Concesionario que “dentro de los plazos previstoscontractualmente, cumplió a cabalidad las obligaciones de la Etapade Actividades Preliminares”, y describe las siguientes: (i) Haber presentado “a la consideración del Departamento la minutadel Contrato de Fiducia dentro los términos establecidos para tal ”fin Haber obtenido las pólizas de los contratos de seguros requeridoscontractualmente y haberlas sometido a la consideración delDepartamento de manera oportuna. (iii) Haber pagado al Estructurador del Proyecto (un tercero extraño aeste arbitraje) la denominada “Comisión de Éxito” mediantedesembolso efectuado el 22 de enero de 2010 por la suma de DOSMIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOSNOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATROPESOS ($2.269.397.794) Afirma la Convocante que “el Departamento enfrentó seriasdificultades para obtener las actas con las obras priorizadas detodos los municipios en los que se ejecutaria el Contrato 002 de2010...Y fue por ello que el 3 de Febrero de 2010, las partes delContrato de Concesión 002/2010 suscribieron el otrosí númerouno (1), mediante el cual se amplió la duración de la Etapa deActividades Preliminares en quince (15) días, a fi
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