CCO MEDELLÍN - Laudo 23 de agosto de 2010 2008 A 040
Cámara de Comercio de Medellín
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Detalles
- Título
- CCO MEDELLÍN - Laudo 23 de agosto de 2010 2008 A 040
- Autor
- Cámara de Comercio de Medellín
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- MASC
- Año
- 2008
we CAMARA DE COMERCIO DE MEDELLIN PARA ANTIOQUIACENTRO DE CONCILIACION, ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICION LAUDO ARBITRAL CENTRO ANTIOQUENO DE SALUD Y PREVENCION DEL CANCER GINECOLOGI-CO — CAPRECAN VS. JUAN PABLO AGUIRRE OROZCOÍNDICE PÁGINAI. Antecedentes y Trámite del Proceso---------------------------------------- 4A. Solicitud de convocatoria y trámite prearbitral -----------------------+-+------- 4B. Trámite Inicial ------——- ener nnn nnn een nnn 6C. Trámite Arbitral no 711. Posiciones y Pretensiones de las Partes ---------------------------------- 16A. Demanda ro nn nnn 16B, Contestación ------------0nnnnnnccna III III 24C. Demanda de Reconvencidn -----------------enseter n nnn nn nnn nnn corn n nnn ene 26D. Contestación a la Demanda de Reconvención ~---------------------------oon 35III. Consideraciones del Tribunal-----------------~---------------------++err" 37A. Aspectos Procesales === omo II nn ne eam mmmmnn nnn 37B. Objeción al Peritaje Contable -----------7--------------- nono 38C. El Contrato y su ejecución. Incumplimientos recíprocos ---------------------~ 43NN 53E. Efectos del incumplimiento recíproco. Mutuo disenso -----~-------------------~ 55F. Costas o ten 59IV. Decisiones del Tribunal Arbitral -------————ooeerrroaocesmunmn60CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIACENTRO DE CONCILIACIÓN, ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN
LAUDO Medellín, 23 de Agosto de 2010 Según lo anunciado en auto No. 22 de Julio 14, 2010, el tribunal arbitral ("Tribunal o“Tribunal Arbitral”) expide, por unanimidad, el laudo (“Laudo”) que se expresa a con-tinuación.I. ANTECEDENTES Y TRAMITE DEL PROCESO Solicitud de convocatoria y tramite pre-arbitralEn Octubre 14, 2008, el Centro Antioqueño de Salud y Prevención del CancerCaprecan (“Demandante” o “Caprecan”) presentó ante el Centro de Concilia-ción, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellínpara Antioquia ("Centro de Arbitraje”) y mediante apoderado, una solicitud deconvocatoria a fin de que se integrara un tribunal arbitral que resolviera laspretensiones formuladas en la demanda (“Demanda”) que acompañó a tal pe-tición.A tal efecto, la Demandante se basó en la cláusula compromisoria contenidaen el contrato (“Contrato”) suscrito con Juan Pablo Aguirre (“Demandado”) enDiciembre 18, 2007, cuyo tenor es el siguiente:“CLAUSULA NOVENA. Cláusula compromisoria: Las partes con-vienen que en ej evento que surja alguna diferencia entre lasmismas, por razón o con ocasión del presente contrato, seráresuelta por (sic) Tribunal de Arbitramento de la Cámara deComercio de Medellín, Los arbitramentos que ocurrieren se re-girán por lo dispuesto en los Decretos 2279 de 1989 y 1818 de1998, en la ley 23 de 1991 y en las demás normas que modifi-quen o adicionen la materia.”?Dicha cláusula compromisoria, a su turno, fue modificada por las partes (“Par-tes”) en el curso del presente proceso ("Proceso” o "Arbitraje”), asi:
Cuaderno No. 1 - Folios 001 y siguientes.Cuaderno No. 1 - Folio 048.e, “Entre los suscritos, Clara Virginia Cuervo Rosa, mayor deedad, vecina de Medellín, identificada con la cédula de ciudada-nía No. 42.879.744, actuando en su calidad de representantelegal de CAPRECAN de una parte, y de la otra, Juan Pablo Agui-rre Orozco, quien se identifica con cédula de ciudadanía No.71.272.082, actuando en su propio nombre y representaciónlegal, acordamos modificar la cláusula compromisoria contenidaen el contrato de prestación de servicios profesionales por ad-ministración delegada para la construcción y adecuación de ins-talaciones físicas, obras preliminares, fundaciones, hormigones,acabados y amoblamiento de CAPRECAN, suscrito por las par-tes el dieciocho (18) de diciembre de 2007, adicionándole el si-guiente texto:
Término de duración: El Tribunal deberá emitir laudo arbitral enun término no mayor de nueve (9) meses o doscientos setenta(270) días calendario, contados desde el siguiente día a la fina-lización de la primera audiencia de trámite, sin perjuicio de quelas partes puedan ampliarlo de mutuo acuerdo. Lo anterior sinperjuicio de fas suspensiones convencionales o legales que sehubieren dado o que den en el curso del proceso arbitral.Para constancia se firma en Medellín a los 21 días del mes demayo de 2010 por las partes.“Tras la presentación de la solicitud de convocatoria el Centro de Arbitraje pro-cedió en Noviembre 5, 2008 a realizar el sorteo público de designación de losmismos habiendo sido nombrados los doctores Nicolás Gamboa Morales, JesúsVallejo Mejía y Francisco Javier Tamayo Jaramillo como árbitros principales ylos doctores Leonardo Uribe Correa, Beatriz María Arango Orozco y LucianoBarrientos García como árbitros suplentes.
Cuaderno No. 1 - Folio 739,Cuaderno No. 1 - Folio 285.ween,
El Centro de Arbitraje informé a los doctores Gamboa Morales, Vallejo Mejia yTamayo Jaramillo sobre su designación y los dos primeros la aceptaron entanto que el tercero la declinó, motivo por el cual el Centro de Arbitraje lecomunicó lo pertinente al doctor Leonardo Uribe Correa, quien aceptó el nom-bramiento dentro del término legal.?Previas las correspondientes citaciones, se instaló en audiencia celebrada enFebrero 2, 2009, donde se designó como secretario al doctor Nicolás HenaoBernal, quien aceptó el cargo y tomó posesión del mismo.?Trámite InicialMediante auto de Febrero 2, 2009, el Tribunal admitió la Demanda y ordenónotificar y correr traslado de la misma al Demandado.Este, a través de apoderado, le dio respuesta en Febrero 16, 2009 (“Contes-tación” o “Contestación de la Demanda”),” donde propuso varias excepciones(“Excepciones”) y presentó demanda de reconvención (“Reconvención” o“Demanda de Reconvencién”).®Mediante auto de Marzo 3, 2009,° el Tribunal corrió traslado de las Excepcio-nes a Caprecan, quien lo descorrió mediante escrito presentado en Marzo 6,2009., Igualmente, mediante traslado secretarial de Marzo 18, 2009, secorrió traslado a Juan Pablo Aguirre Orozco de las Excepciones propuestas porCaprecan, quien no descorrió dicho traslado.Cuaderno No. 1 - Folios 287 a 297.Cuaderno No. 1 ~ Folios 316 y 317.Cuaderno No. 1, - Folios 321 a 398.Cuaderno No. 2 - Folios 1 a 65.Cuaderno No. 2 - Folio 269 y 270.Cuaderno No. 1 - Folios 402 a 410.Cuaderno No. 1 - Folios 411 y 412.sorte, 10, 11. 12.
10, 11. 12. 13, 14, En tal auto,? además, se convocó a las Partes a la audiencia de fijación degastos y honorarios, que efectivamente se llevó a cabo en Marzo 30, 2009,%donde se establecieron las sumas a cargo de las Partes por concepto de hono-rarios de los árbitros y del secretario, gastos de funcionamiento del Tribunal ygastos de administración a favor del Centro de Arbitraje.Cada una de las Partes consignó oportunamente los montos a su cargo.Mediante auto de Marzo 30, 2009 se convocó a las Partes para Mayo 8, 2009con el objeto de llevar a cabo audiencia de conciliación y, de fracasar ésta,realizar la primera audiencia de tramite.En tal oportunidad se surtió —y fracasó- el intento de conciliación, motivo porel cual se procedió a continuar con el Proceso.Trámite ArbitralEn Mayo 8, 2009 tuvo Jugar el inicio de la primera audiencia de trámite en lacual, cumplido lo dispuesto en el artículo 124 (1) de la Ley 446 de 1998, elTribunal se pronunció sobre su competencia y manifestó tenerla para conocerde las cuestiones puestas a su consideración tanto en la Demanda como en jaReconvención, disponiendo, además, el pago a los árbitros y al secretario del50% de los honorarios a ellos correspondientes.® 1213 14 1516
Cuaderno No. 2 ~ Folio 170,Cuaderno No. i — Folios 413 a 417,Cuaderno No. 1 - Folio 415.Cuaderno No. 1 - Folio 426.Cuaderno No. 1 - Folio 428,15. 16. Mediante auto No. 8 de Mayo 8, 2009, se suspendió la primera audiencia detrámite y se fijó como fecha para su continuación Mayo 19, 2009,”Reanudada la audiencia, y a través del auto No. 9,% el Tribunal procedió atener y decretar como pruebas las aportadas y solicitadas por las Partes queconsideró pertinentes y conducentes, así: a. Los documentos allegados por las Partes en las distintas presentacio-nes y fases del Proceso surtidas hasta el momento.Las solicitudes de información mediante oficiosa ser cursados al Servi-cio Seccional de Salud de Antioquia, a Liberty Seguros S.A., a ProcilS.A., a Tecnisuelos Ltda. y a Cimientos Ltda.El reconocimiento de documentos a cargo de Gabriel Cardona, LuisGuillermo Hincapié y Franc Montoya;Los testimonios de Carlos Andrés Silva, Gabriel Cadavid, Handel Sara-via, Victoria Meza, José Aníbal Cuervo, Alba Lucía Arboleda, Ana MaríaArboleda, Gabriel Cardona, John Orozco, Luz Margarita Caro, MartaBedoya, Jorge Maya, Henry Alejandro Arenas, Anibal Henao y CristinaPeláez.La declaración de parte a cargo del representante legal de la Deman-dante.
Los peritajes contable y técnico solicitados.Un informe técnico a cargo de la Sociedad Colombiana de Arquitectos. 17 18 Cuaderno No. 1 - Fotio 429.Cuaderno No. 1 - Folios 454 a 460.17. 18. 19. Se aplazó, de conformidad con el inciso tercero del artículo 244 del Código deProcedimiento Civil ("C.P.C.”), la decisión sobre la inspección judicial y exhibi-ción de documentos solicitada por el Demandado?? y se negó la práctica deltestimonio de la Hermana Teresa Libia Gómez, solicitado por la Demandante.El apoderado del Demandado solicitó reposición de la providencia que sus-pendió el decreto de la inspección judicial y de la exhibición de documentos, ymediante auto No. 10 de Mayo 19, 2009, el Tribunal ordenó la práctica deaquella.?”Las pruebas se practicaron en la forma que se detalla a continuación:a. En Agosto 24, 2009 se posesionaron los peritos Gonzalo Echeverri(técnico) y John Jairo Restrepo (contable), y se practicaron los testi-monios de Gabriel Darío Cardona, con reconocimiento de documentos,Henry Alejandro Arenas, José Anibal Cuervo y Gabriel Cadavid.”b. En Agosto 31, 2009, se rindieron fos testimonios de Handel AugustoSaravia, Luz Margarita Caro, Luis Aníbal Henao, Ana María Arboleda,Carlos Andrés Silva y Cristina Peláez. Además se practicó el reconoci-miento de los documentos por parte del señor Franc Montoya y se pu-so en conocimiento de las Partes la respuesta al oficio dirigido a LibertySeguros S.A.?C. En Septiembre 15, 2009, se practicaron los testimonios de Alba LuciaArboleda, Martha Elena Bedoya y Jorge Eliecer Maya, así como la de-claración de parte de la representante legal de Caprecan, Clara Virginia 19 20 2122 23
19 20 2122 23 Cuaderno No. 1 - Folio 459.Ibid.Cuaderno No. 1 - Folios 485 a 496.Cuaderno No. 1 - Folios 499 a 506.Cuaderno No. 1 - Folios 528 a 535.10 Cuervo, quien aportó once (11) documentos, los cuales se incorpora-ron al Proceso, poniéndolos en conocimiento de las Partes por el térmi-no fijado en el artículo 208, inciso 5 del C.P.C.Adicionalmente se aceptó el desistimiento de! testimonio de John Oroz-co. En Noviembre 3, 2009, se recibió el testimonio de Victoria Meza y,asimismo, se puso en conocimiento de las Partes las respuestas a losoficios dirigidos a Tecnisuelos S.A. y al Servicio Seccional de Salud deAntioquia.La práctica de los dictámenes periciales tuvo múltiples incidencias pos-teriores a la posesión de los peritos, como se refiere a continuación:i, En Septiembre 18, 2009, el perito técnico presentó el dictamenpericial?? y mediante auto de Octubre 19, 2009,” el Tribunal co-rrió traslado del mismo.ii. La Demandante solicitó en Octubre 22, 2009 aclaración y com-plementación del dictamen y el apoderado del Demandado hizolo propio en Octubre 23, 2009,iii, El Tribunal, mediante auto de Noviembre 3, 2009,% negó la so-licitud de aclaración y complementación presentada por Capre-can y accedió a decretar la solicitud de aclaracién y complemen-tación presentada por el Demandado, 24 25 26 27 28
24 25 26 27 28 Cuaderno No. 1 - Folio 607.Cuaderno No. 1 - Folio 642 a 647.Cuaderno No. 5 - Folios 1 a 10.Cuaderno No. 1 - Folio 624.Cuaderno No. 1 - Folio 645.vi. vii, 11 El perito técnico presentó el escrito de aclaración y complemen-tación en Noviembre 10, 2009, y el Tribunal, mediante autode Noviembre 23, 2009,% ordenó correr el correspondientetraslado. El Demandado mediante escrito de Noviembre 27, 2009, solicitó“complementación y/o aclaración del dictamen técnico por pun-tos nuevos y subsidiariamente objeción por error grave” y elTribunal, mediante auto de Febrero 18, 2010, le ordenó al pe-rito aclarar y complementar el dictamen en los términos solici-tados. El perito dio respuesta en Febrero 26, 2010,? y el Tribunal me-diante auto de Marzo 2, 2009,% puso en conocimiento de lasPartes la respuesta. Ninguna de ellas objetó el dictamen pericialtécnico. En Septiembre 21, 2009, el perito contador John Jairo Restrepopresentó un escrito manifestando que “e/ cuestionario que sedebía responder en la prueba pericial.... no es posible respon-derio”.4 29 30 31 32 3334 Cuaderno NoCuaderno NoCuaderno NoCuaderno NoCuaderno NoCuaderno No
. 5 - Folios 36 a 40.. 1 - Folio 654,. 1 — Folios 690 y 691.. 5 - Folio 84.. 1 - Folios 692 y 693.. 5 - Folios li a 12.12 viii. Mediante auto de Octubre 19, 2009, el Tribunal corrió trasladode lo anterior y el Demandado solicitó la designación de unnuevo perito.ix. El Tribunal, mediante auto de Noviembre 3, 2009, requirió alperito para que en el término de 10 días rindiera el dictamenpericial, pero éste, mediante escrito de Noviembre 19, 2009,7°solicito el relevo del cargo.
X. El Tribunal, mediante auto de Noviembre 23, 2009,” removié alperito y designó a José María Rodríguez y a Jorge Castrillón,como peritos, principal y suplente, respectivamente. El señor8 motivo por el cual el Tribunal,Castrillón no aceptó el cargo,mediante auto de Diciembre 3, 2009,% reemplazó a los peritosy designó, como principal, a Héctor Manuel Montoya y como su-plente a Gladys Mora. El perito Montoya Gómez se posesionó eldia Febrero 2, 2010,% y, en Febrero 16, 2010, radicó el dic-tamen pericial.Xi. El Tribunal, mediante auto No. 14 de Febrero 18, 2010,” orde-nó correr traslado del mismo. Únicamente el Demandado desco-rrió el traslado, solicitando el relevo del perito y, en subsidio,objeción por error grave.
35363738 39 40 41 42 Cuaderno No. i ~ Folio 624.Cuaderno No. 5 - Folio 41.Cuaderno No. 1 - Folio 654 y 655.Cuaderno No. 1 - Folio 662.Cuaderno No. 1 - Folio 663 y 664.Cuaderno No. 1 - Folio 679 a 681.Cuaderno No. 5 — Folios 45 a 69.Cuaderno No, 1 —- Folios 690 y 691.xii. xiii, xiv.
XV. xvi, xvii.
13 El Tribunal mediante auto No. 15 de Marzo 2, 2009,% denegó lasolicitud de reemplazo del perito y tomo nota de la objeción porerror grave, El Demandado presentó recurso de reposición contra el autoNo. 15 y el Tribunal te corrió traslado a la Demandante, quien lodescorrió en Marzo 15, 2010.El Tribunal mediante auto No. 16 de Marzo 17, 2009,% repusoel auto, decretando el relevo del perito Montoya Gómez y de-signando a Gladys Mora. Ésta se posesionó en Marzo 18, 2010 yrindió el dictamen pericial en Mayo 11, 2010.°Mediante auto No. 18 de Mayo 12, 2010,% el Tribunal corriótraslado del mismo a las Partes. El Demandado, mediante escri-to de Mayo 19, 2010, solicitó complementación y aclaracióndel dictamen. Por auto No. 19 de Mayo 21, 2010, el Tribunal decretó la acla-ración y complementación del dictamen y la perito dio respuestaen Junio 8, 2010,%°Mediante auto de Junio 9, 2010,% se ordenó correr traslado dela susodicha respuesta y el Demandado, mediante escrito deJunio 22, 2010,% objetó por error grave el dictamen contable. 43 44 45
43 44 45 46 47 48 49 Cuaderno NoCuaderno NoCuaderno NoCuaderno NoCuaderno NoCuaderno NoCuaderno No . 1 - Folios 692 y 693.. 1 ~ Folios 702 y 703.. 5 - Folios 100 a 114.. 1 - Folio 723,. 5Folios 115 a 124.. 1 + Folios 730 y 731.. 5 - Folios 125 a 139,vine, 20,
21. 14 xviii. El Tribunal corrió traslado de la objeción al Demandante en Ju-nio 24, 2010 y éste lo descorrió en Junio 29, 2010.El Tribunal puso en conocimiento de las Partes el informe presentadopor la Sociedad Colombiana de Arquitectos, sin que éstas formularanreparo al respecto.
Todos los testimonios y la declaración de parte fueron grabados y tascorrespondientes transcripciones puestas en conocimiento de las Par-tes, quienes no hicieron observación alguna.En Junio 24, 2009, Cimientos Ltda. dio respuesta al oficio solicitado porel Tribunal, y en Mayo 10, 2010 Procil S.A. procedió en igual forma.Mediante auto No. 20 de Junio 9, 2010, el Tribunal fijó fecha para llevar acabo la audiencia de alegatos de conclusión, la cual tuvo lugar en Julio 14,2010, cuando las Partes expusieron sus argumentos.En virtud de la modificación de la cláusula compromisoria y por existir términoespecial pactado en ella, el presente Arbitraje tiene duración de nueve (9)meses o doscientos setenta (270) días calendario contados desde el día si-guiente a la finalización de la primera audiencia de trámite, sin perjuicio delas suspensiones convencionales o legales que se dieren en el curso del Pro-ceso. 5051 52 5354
5051 52 5354 Cuaderno No. 1 - Folios 740 y 741.Cuaderno No. 5 - Folios 140 a 147.Cuaderno No. 3 - Folio 298 a 306.Cuaderno No. 3 - Folio 2 a 16.Cuaderno No. 3 - Folica 296 y 297.we ae atlas, 22, 23, 15 Toda vez que la primera audiencia de trámite finalizó en Mayo 19, 2009, eltérmino para concluir las actuaciones del Tribunal se habría extinguido en Fe-brero 13, 2010. Sin embargo, las Partes solicitaron en varias oportunidades lasuspensión del Proceso y el Tribunal las decretó, tal como se relaciona a con-tinuación:a. Mediante Auto No. 10 de Mayo 19, 2009, desde Mayo 29 hasta Agosto18, 2009, ambas fechas inclusive, esto es, durante 82 días comunes;b. Mediante Auto No. 12 de Septiembre 15, 2009, desde Septiembre 25hasta Octubre 18, 2009, ambas fechas inclusive, esto es, durante 24días comunes;om Mediante Auto de Diciembre 3, 2009, desde Diciembre 4, 2009 hastaEnero 30, 2010, ambas fechas inclusive, esto es, durante 58 dias co-munes; d. Mediante Auto No. 16 de Marzo 17, 2010, desde Marzo 19 hasta Abril25, 2010, ambas fechas inclusive, esto es, durante 39 días comunes;e. Mediante Auto No. 17 de Abril 26, 2010, desde Abril 26 hasta Mayo 10,2010, ambas fechas inclusive, esto es, durante 14 días comunes; yf. Mediante Auto No. 22 de Julio 14, 2010, desde julio 15, 2010 hastaAgosto 22, 2010, ambas fechas inclusive, esto es, durante 39 días co-munes.
En consecuencia, al término de duración inicialmente pactado se adicionan los256 días comunes de suspensión antes detallados y, por tanto, el términoestablecido para terminar las actuaciones arbitrales expira en Octubre 27,2010, motivo por el cual el Laudo es proferido dentro del término legal.rs, 16
- POSICIONES Y PRETENSIONES DE LAS PARTES Demanda La Demanda, amén de identificar a las Partes (incluyendo direcciones paranotificaciones), señalar los fundamentos jurídicos que estima pertinentes,acompañar y solicitar el decreto y práctica de pruebas, referirse a la compe-tencia del Tribunal y a la cuantía del Proceso, trae una larga y no muy bienclasificada versión de los hechos, a la cual se remite el Tribunal, pero quepara fines de este Proceso se sintetiza asf:°° “PRIMERO: Los señores JUAN PABLO AGUIRRE OROZCO yJOHN OROZCO PULGARÍN formularon una oferta comercial deprestación de servicios a nombre de su establecimiento de co-mercio denominado DISEÑO INDUSTRIAL de propiedad del se-ñor JUAN PABLO AGUIRRE OROZCO... previa invitación a CA-PRECAN, junto con dos arquitectos más, la señora MarthaHelena Bedoya Valencia... y el señor Gustavo Marin Ramos....Dicha propuesta incluyó esencialmente la remodelación y ade-cuación de la actual sede de CAPRECAN.... La oferta comercialfue seleccionada por haber sido aceptadas por ellos las mismascondiciones de los otros proponentes..... que era [sic]: un por-centaje de honorarios del 10%, el no cobro de honorarios porconcepto de ingeniero calculista, por estar este incluido en elstaff de profesionales....
SEGUNDA: La oferta comercial fue definida mediante contra-to.... el cual originalmente se suscribió el 6 de agosto de ss A continuación se citan tos hechos en ta forma presentada en la Demanda, pero omitiendo, enaras de la brevedad, algunas partes det relato, la transcripción de los documentos allí menciona-dos y corrigiendo, cuando se ha estimado indispensable, algunos errores de forma. Se ha conser-vado, desde luego, la forma e identificación que se da en la Demanda a las Partes y a las entida-des mencionadas en los hechos.2007.... y luego por disolución de ta sociedad de hecho deJUAN PABLO AGUIRRE OROZCO y JOHN OROZCO PULGARÍN...fue suscrito el contrato en la mismos términos con JUAN PA-BLO AGUIRRE OROZCO el 18 de diciembre de 2007.... CON LAFINALIDAD DE DARLE CONTINUIDAD A LA PROPUESTA INI-CIALMENTE APROBADA Y BAJO LAS MISMAS CONDICIONESCONTRACTUALES....
Ambos textos respetaban la unidad de ta oferta hecha por elCONTRATISTA. El segundo contrato se elaboró para precisarque solo actuaría en CAPRECAN como CONTRATISTA el señorJUAN PABLO AGUIRRE OROZCO....
TERCERO: En la cláusula séptima del contrato suscrito entrelas partes el 18 de diciembre 2007 antes aludido... se estable-ció como valor prefijado del mismo para realizar la ejecucióndel objeto contractual pactado la suma de TRESCIENTOS MI-LLONES DE PESOS ($300.000.000) valor por el cual igualmen-te se regularía lo ateniente a fos honorarios del CONTRATISTAque correspondería la [sic] 10% real de la inversión....CUARTO: No existe acta alguna suscrita donde se autorice al-guna modificación del contrato en el rubro antes especificado;ni por ej arquitecto señor JUAN PABLO AGUIRRE OROZCO, nipor quien ejerce la representación legal de CAPRECAN, señoraCLARA VIRGINIA CUERVO ROSA y, mucho menos por el inter-ventor....
QUINTO: La obra no comienza con el contrato inicial que con-templaba un presupuesto inicial de $97.465.000 millones [sic]de pesos... para la remodelación de primer y segundo piso,porque para efectos de legalizar ja iniciación de la obra, los ar-quitectos comienzan las gestiones ante la Curaduría CuartaUrbana de Medellín, obteniendo para ello la licencia No C4-5617/2007.... para la construcción de primero y segundo piso.
17“es,
17“es, SEXTO: El cambio de fa imagen de la entidad tenia como fun-damento o razón de ser ja certeza de que habría suficienteafluencia de público y contratación de servicios que permitiríarealizar el resto de la obra para construir y arrendar oficinas oaparta estudios para ayudar a cumplir con el objetivo social. Esimportante resaltar que la corporación tuvo que vender un in-mueble de su propiedad para realizar esta obra y pagar deudasque tenía, pues no contaba con recursos generados por su ac-tividad para ello.
SÉPTIMO: Durante la etapa de construcción de columnas en elsegundo piso y de la plancha, por recomendación del ingenieroCardona, se tomó la decisión de terminar el segundo piso de lacasa intervenida, que era de inferior tamaño, en vez del primerpiso como se había acordado inicialmente y solo intervenir larecepción CON LO CUAL SE AHORRARÍA El. DINERO DE SEISPILAS, Y CON ESTE DINERO DARLE LOS ACABADOS AL SE-GUNDO PISO.....
OCTAVO: (....).NOVENO: El día 9 de octubre de 2007 se realiza la primerajunta de obra. El ingeniero interventor Gabriel Cadavid Arbe-láez propone que se realice un estudio de suelos por un inge-niero geólogo porque una obra de esas dimensiones asi lo re-quiere.... pide además el interventor un presupuesto de laobra, la logística para fa construcción y las alternativas pararealizar la obra....DECIMO: En noviembre 26 de 2007 se realiza una segunda“junta de obra donde se informa sobre la disolución de la socie-dad de hecho existente entre los arquitectos.... Ej interventordecide cotizar y contratar directamente el estudio de suelospues los arquitectos no lo hicteron....DÉCIMO PRIMERO: (....)
18DÉCIMO SEGUNDO: El día 4 de enero se realiza otra reuniónde junta de obra a la que asisten el arquitecto y la represen-tante legal donde se presentan posibles proveedores..... Tam-bién se cambia la togística de la obra comenzando por la casaque prestará los servicios de salud....DÉCIMO TERCERO: El día 16 de enero se realiza otra junta deobra... donde se fija el inicio de obra para el lunes 21 de enerode 2008 y de acuerdo con el estudio de los suelos, se reco-mienda la construcción de pilotes a 10 mts. de profundidad,teniendo que redimensionarse’ los planos estructurales y lasfundaciones y por ende reajustar el presupuesto en el item decimentación de la edificación, sin que ello afectara el valor decontrato original....DÉCIMO CUARTO: El día 30 de enero se realiza la junta deobra donde el interventor je solicita al arquitecto terminar elpresupuesto pues je falta datos.... el interventor se queja porel incumplimiento por parte de! arquitecto en la entrega deplanos, presupuestos y programación de la obra.DÉCIMO QUINTO: El 14 de marzo se realiza la junta de obra....donde el interventor recibe los planos de fundaciones y le hacerequerimientos al ingeniero Cardona para que cumpla con lanorma NRS, no recibe la información anteriormente solicitadaal contratista y por ende lo requiere para que en la próximareunión actuatice el presupuesto con base en el avance de lasobras....DÉCIMO SEXTO: En la junta de obra con fecha 8 de abril...nuevamente se queja el interventor por el incumplimiento porparte de Juan Pablo con las solicitudes de entrega de pianos ypresupuestos.
DÉCIMO SÉPTIMO: Se recibe una comunicación del INGENIEROGABRIELCADAVID con fecha 9 de abril de 2008, donde exponesu concepto respecto a la construcción de las columnas que ya 19estaban hechas para ocho pisos y del rediseño del primer pi-SO...
DÉCIMO OCTAVO: El señor JUAN PABLO AGUIRRE acomete di-cha obra a pesar de su costo cambiando las originales motiva-ciones del contrato y sin haber sido autorizado por el interven-tor ni el contratante y sobrepasando el valor normal asignadooriginalmente a la cimentación de la obra.....DÉCIMO NOVENO: (....)VIGÉSIMO: El 12 de abril, el arquitecto le presenta a la repre-sentante legal un presupuesto por $ 345.251.688 millones queya no se ajusta al valor contratado...VIGÉSIMO PRIMERO: EL. CONTRATISTA fue requerido en variasoportunidades para dar información sobre el avance de la obray las condiciones económicas de fa misma con base en los di-neros entregados, y no solo no asistió a varias reuniones pos-teriores sino que no se vuelven a elaborar actas pues el arqui-tecto siempre estaba muy ocupado y su asistente era la encar-gada de legalizar las cuentas con el contador. (....)VIGÉSIMO SEGUNDO: Finalizado este mes de mayo de 2008,el arquitecto JUAN PABLO AGUIRRE OROZCO vuelve a pedir undesembolso. La representante legal de CAPRECAN lo requierepor ja compra del porcelanato y este le responde que se leacabó el dinero y no lo pudo comprar.... Para finales de mayolo único totalmente terminado son las cimentaciones, estandoinconclusas las instalaciones físicas, las de amoblamiento, fosacabados y todo aquello que comúnmente se denomina obrablanca, por lo cual, había temor de no poderse culminar.VIGÉSIMO TERCERO: En junio 18 el arquitecto JUAN PABLOAGUIRRE OROZCO, presenta un nuevo presupuesto por$166.754.500 millones que al ser analizado, tenían pendienteuna serie de ítems... Presenta otro presupuesto de to que fal20taba por ejecutar en la obra el 21 de junio de 2008 por un va-lor de $150.214.474 millones [sic]. No solo estaba incompletosino que deja por fuera áreas de la casa intervenida.... Su in-tención era continuar engañando al contratante....VIGÉSIMO CUARTO: Después de la suspensión de la obra sepagaron veintidós millones de pesos (22.000.000).... por con-cepto de proveedores que no se habían relacionado ni pagadopor el arquitecto. Esta situación ocultada por el citado CON-TRATISTA, cambia en forma unilateral el valor pactado en lacláusula séptima del contrato en forma desproporcionada,pues se requieren CUATROCIENTOS CINTUENTA MILLONES DEPESOS M.L. ($450.000.000) para concluir el objeto original-mente contratado..... En reuniones realizadas entre el 17 y 20de junio entre el arquitecto JUAN PABLO AGUIRRE OROZCO, elcontador de CAPRECAN Carlos Andrés Silva y la RepresentanteLegal Clara Y. Cuervo, se trató de cuantificar los gastos reali-zados en la obra a que rubros del presupuesto correspondían yse verificó que se duplicaban en excavaciones y cimentaciones,faltando a la buena fé [sic] del contrato. Se le solicito ademásla tegalización de los anticipos y un estado actual de las cuen-tas. Para el 27 de junio ya el arquitecto había suspendido laslabores de construcción, aún no entregaba documentación re-querida y estaba en mora con los trabajadores contratados enpago de la seguridad social y salarios.....VIGÉSIMO QUINTO: La obra en mención para mediados deJUNIO
de 2008, cinco meses después de iniciada, tenía un in-cumplimiento en el cronograma de actividades que contempla-ba la finalización de las obras en abril, Se acordó con el arqui-tecto.... que a más tardar la penúltima semana de mayo en-tregaria la obra. En reunión del Concejo [sic] Directivo del 29de mayo de 2008.... dan como plazo máximo de entrega el 20de junio.....VIGÉSIMO SEXTO: El arquitecto abandona la obra unilateral-mente dejando la losa sin bajantes, el techo de barro de la ca21a
sa no intervenida cortada en toda la fachada y cuya demoliciónafectó la estabilidad def techo original dejando a ta sede anteinfinidad de calamidades por fa renuente situación de la tem-porada invernal de este año, ocasionando inundaciones al se-gundo piso que ocasionaron la aparición de humedades, gote-ras y hongos en el hall de acceso, recepción y consultorios deatención a los pacientes....Desde mediados de junio el CONTRATISTA empezó a presionarcon la suspensión de la obra y el 24 de junio de 2008, la sus-pendió manifestando el hecho de no tener dineros para conti-nuar con los gastos de la obra encomendada.... situación de facual hacía responsable al CONTRATANTE; desconociendo quepara dicha época se le había advertido la situación de preca-riedad en el estado de la obra, los incumplimientos reiteradosen conctuirla con el valor y presupuesto pactado.....El 4 de agosto de 2008 el ar
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