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CCO MEDELLÍN - Laudo HIDROCONTROL COLOMBIA S.A.S contra PARQUE CENTRAL DEL RIO PRIMERA ETAPA P.H.

Cámara de Comercio de Medellín

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Título
CCO MEDELLÍN - Laudo HIDROCONTROL COLOMBIA S.A.S contra PARQUE CENTRAL DEL RIO PRIMERA ETAPA P.H.
Autor
Cámara de Comercio de Medellín
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
MASC
Año

CAMARA DE COMERCIO O.E MEDELLfN PARA ANTIOQUIA

CENTRO DE ARBITRAJE

LAUDO ARBITRAL

HIDROCONTROL COLOMBIA S.A.S.

CONTRA

CON JUNTO RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL DEi. RIO PRIMERA ETAPA P.H. 1/IGILADO Mlnli.terlo de.Justicia y del·Dere.:ho 1 'CENTRO ore CONCIUAC!óN .,RfiTMJE

. Y AMIGABLE COMPOSICIÓN

!:AMARA DE C0ll;l€RCIO IJE MEOELL™

PARl\1-\NTIOOUIACÁMARA DE COME'RCI_O DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA

CENTRO DE ARBITRAJE

LAUDO ARBITRAL

2 Medellín, veinte (20) de enero de dos mil veinte (2020) Se_gún lo anunciado en Auto No. 16 del veinte (20) de noviembre de 2019, el Tribunal de Arbitramento expide el La_udo que se expresa a continuación:

l. TRÁMITE DEL PROCESO ARBITRAL'

A. Demanda e integración del Tribunal.

1. El día once (11) de febrero de 2019, HIDROCONTROL COLOfV\BIA S.A.S., 2. a través _ de· su apoderado _ judicial, presentó ante el Centro • de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia la demanda arbitral con el fin deque se integrara un Tribunal de Arbitramento que resolviera las prett!nsiones formuladas l;ln la misma, en contra del CONJUNTO •

RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL DEL RIQ, PRIMERA ETAPA P.H?

. . Tal petición está fundada en el· Pacto Arbitral, en su modalidad de

prett!nsiones formuladas l;ln la misma, en contra del CONJUNTO •

RESIDENCIAL PARQUE CENTRAL DEL RIQ, PRIMERA ETAPA P.H?

. . Tal petición está fundada en el· Pacto Arbitral, en su modalidad de cláusula compromisoria, contenida en la cláusula Décima Primera del documento den"ominado "CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOSUMINISTRO E INSTAlCIÓN", suscrito entre las partes el día_ diecisiete (17) de septiembre de 2015, y que obra a folios 2s·a 31 del expediente, c"on fundamento en el cual la parte convocarite inició el presente proceso arbitral y cuyo texto es del siguiente tenor: • "DECIMA PRIMERA; CI.ÁUSULA COMPROMISORIA. Convienen expresamente las partes que las diferencias que ocurrieren entre las partes con ocasión del presente contrato, serán sometidas a la intervención de un coriciliodbr designada por el Centra de Conciliación y· Arbitraje de la Cámara de Comercia de Medéllín para Antioquia, a solicitud de cualquiera de las partes, según el procedimiento previsto en las normas vigentes sobre Jet materia.

Cui: tderno Ptiru::ipalFolic.s 2 a 18; VIGILADO. Mlnls_teria de Justlo::ia y df/l _Derecha . . 1.-'.;!:iNTRO o.s cfi--:;:u,fic1cm ,•mrr;::¡;.,;'= • . Y AMIGABLE COMPOSICIÓN t'.AWIARI, DE col\;1::Rc10 fi!:: r:1::oaUN PtfiRAANTIOQUIA3.

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En c: aso de • no ser co.nciliadas las diferencias, . és(as • serán

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En c: aso de • no ser co.nciliadas las diferencias, . és(as • serán some tidas • a la . decisión obligatoria de un· Tribunal de . • • Arbitramento que funcionará en Medellín, • integrado por un (1) . árbitro. El ,árbitro será designado por el Centro de Conciliación y Arbitraje -de la Cámara de Comercio de Medellín para An tioquia y . el tribunal funcionará en dicho centra,· de acuerda con las normas y tarifas que regulen su funcionami ento. El árbitro deberá decidir en derecho, por consiguiente,. deberá ser ciudadano en ejercicio de sus dfirechos civiles ·y. abogado titulado. En lo no previsto en esta cláusula se .aplicarán las normas legales vi11entes sobre la materia.

Pata los efectos de esta dáusula compromisoria, se en tiende par "parte", la persona o grupo de 'persona s que sostengán una misma pretensión".2 Las pa rtes, media nte .acta de "REUNIÓN PARA NOMBRAMIENTO DE ARBITROS" del día veintiuno _ (21) de febrero de 2019 ª, mod ifica ron el texto de la clá usul a com prom isori a, .así: . . "las partes desean nombrar de -mutuo acuerdo al árbítro que • resolverá la controversia, pata lo cual modifican la cláusula compromisoria en los siguientés términos: "( ... ) El árbitro será designado de mutuo acuerdo por las partfis, en caso de no ser posible, por el Centro de Conciliación y Arbitraje de fo Cámara de Comercio de Medeflín paro Antioquia y el Tribunal funcionará en dicho centro, de acuerdo

"( ... ) El árbitro será designado de mutuo acuerdo por las partfis, en caso de no ser posible, por el Centro de Conciliación y Arbitraje de fo Cámara de Comercio de Medeflín paro Antioquia y el Tribunal funcionará en dicho centro, de acuerdo con las normas y tarifas que regulan su funcionamiento. (, .. )" El árbitro que desean nombr ar de mut uo acuerdo,. es t;I siguiente: Gustavo Adolfo Marín Vélez Como suplentes, eri • caso de que el . princ.ipal no acepte o por tualquier motivo renuncie, desean nomb rar a los siguientes árbitros. en su orden: 1'. luis Guillermo Rodrigue;. D'Allem cin

2. Juan Cor/os Gaviria Gómez ( ... )".

De acuerdo con los docu mentos que obr an a folios 128 a 130 , el Dr. LU IS GUI LLERMO RODRIGUEZ D'ALLEMAN ace ptó el car go de ntro 'de la op ortu nidad procesal de que trata el artí cul o 14 de la Ley 156 3 de 2012. Cuaderno Principal - Folios 30.V 31. Cuaderno Principal -F olios 123 a 12S.

VIGIL ADO Minis terio de Justic: ia y dfiI Oereo;ho4

Asl las cosas , el Ceritro de Arbitraje, • medi ante cartas de l veí ntiocho {28) de febre ro de 20191 les com unicó a la s partes la aceptación y el debe r de información del árbi tro único.

4. Adi cionalme nte, en el 'a cto de acep tación, • del cargo, !:!1 árb itro

{28) de febre ro de 20191 les com unicó a la s partes la aceptación y el debe r de información del árbi tro único.

4. Adi cionalme nte, en el 'a cto de acep tación, • del cargo, !:!1 árb itro desi gnado dio cump limien to al deber de información con tenido en el • art ículo 15 de la Ley 1563 de 2012 , Jo·s. cuales fueron comuni cádo a las pa rtes, tal como cons ta en los documen tos·obr antes a fo lios 128 a 130 del expedien te.

s. In tegrad o de bidamen te. el· Tribunal , el Centro de Arb itraje media nte cartas del ocho {8) de marzo de 20194, Citó a las par tes par a efectos de real izar la audi encia de Insta lació n del Tribunal (Cfr. ln c. 1 Afit. 20 de la Ley 1563 de 2012).

B. Audien cia de Instalación, Designac ión v Posesión del Secretario, Jui cio .de Admisib ilidad, .Derecho .d e Contradicci ón, Concl ll adón Arbitral, Fijac ión·de Gastos y Honor arios y Pr-ime ra Audiencia 'de Trámi te . . 1. Medi ant_e Auto No. 01 del di ecin ueve (19)· de marzo de fi019, el Tribunal Arbitra l se instaló form almente, designó como Secreta rio al Dr. NIC OLÁS !-IE NAO BE RNAL, fijó el lugar de fu ncio nam ie nto del Trib un al, reconoció perso nería a los apoderados de las• partes, entre otras cuesti one s5. • •

Dr. NIC OLÁS !-IE NAO BE RNAL, fijó el lugar de fu ncio nam ie nto del Trib un al, reconoció perso nería a los apoderados de las• partes, entre otras cuesti one s5. • •

2. Seguida mente, med iante Auto No. 026, el Trib unal resolvió: i) adm itió • la dema nda promovida . por HID ROC:ONTROL CQLOMBI A S.A.S. en contra del . CO NJU NTO RESIDENC IAL PARQU E CEN TRAL DEL RIO PRIM ERA ETPA P.H. ; ri) ordenó la notif icació n . personal de la dfimandada y; iii) corrió traslado a los dema ndad os por el térm ino de .veinte (2 0) días. . •

3. La parte dem andada CONJ L) NTO RESID ENCIAL PARQU fi CENTRAL DEL

RIO . PRIMER A ETAPA . P.H ., a través de su represe ntante Legal, _se notificó personal mente del au to admisor io de la dem anda el día diecin ueve (19) de mar zo de 2019, tal como consta en el acta visible a folio 138 del efipedie nte. cuaderno Prlndpal..: folios 131 a 133. • . • cuaderno Prine;pal - foílos 134 y 136. CUadernc>'Prineipa lfoITo 136. • VIGILADO Mini sterio de Justicia y del Derecho5 • . . . ' . .

4. El Secretario desi gn ado, media nte docu mento prese ntado el día ve inte (20) .de marzo de 2019, visi ble a folios 140 a 144 y 147 del expedie nte,

  • . . . ' . .

4. El Secretario desi gn ado, media nte docu mento prese ntado el día ve inte (20) .de marzo de 2019, visi ble a folios 140 a 144 y 147 del expedie nte, ace ptó el cargo y dio cumpli r:niento al de ber de Informa ció n contenido en el artículo. 15. de la Ley ,1563 de 2012; elcual fue comuni cado a los apoder ados de las pa rtes, tal como consta en los docume ntos obrant és .a folios 145 y 146.

s. La parte demandada , media nte escrito radicado el día dieciséis (16) de ab ril de 2019, i) contestó la demanda · arbitral, ii) se opuso a las prete nsiones de la dema nda y, iii) formuló exce pciones de fondo o de mérito (Cfr. Folios 152 a 175).

6. El Tribunal, mediante Auto No; 037 del vein tidós (22) de abril de 2019, resolvió lo sigu iente : i) declar ó posesionado a.1 secre ta rio; ii) corrió traslado por el término de cincó (5) días a la pa rte dem anda nte de las · exce pcio nes de fondo o de mérito propuestas por la parte dem andada • y, ii) fijó fecha de audie nr::ia para conti nuar con el trá mite ar bitral. El .apo dera do de HID ROCONTRO L COLO MBIA S. A.S., med iante escri to de l día primero (111) de mayo de 20 19, descor rió el trasla do . de las excepc ione¡¡ ; median te docum entos (correo y CD) visible a folios 197 a

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día primero (111) de mayo de 20 19, descor rió el trasla do . de las excepc ione¡¡ ; median te docum entos (correo y CD) visible a folios 197 a

208. ·

7. Media nte audiencia del qu ince (15) de ma yo de 2019, el Tribunal profirió las sigu ientes providencias: i) el Auto No. 058, en virtud del cua l declar ó agotada y fracasada la audiencia de concil iación prevista en el art. 24 de la ley 1563 de 2012; y, segu idam ente; el Auto' No. 069, por medio del <;ual se fijaron los gastos y honora rios del Tribunal, estableciendo las su mas a • ca rgo de las partes por los siguientes concept os: il. b. c.

Honor ario s del Árb itro úni co y del Secretarlo; Gfi stos de funcionam ient o del Tribunal; y Ga stos de adm inistración del Centro de Arbitr aje. s. Dentro de las op ortun ida des procesale s de que trata el art íc.ulo 27 de la Ley 1563 de 20 12, AM BAS partes paga ron la totalidad de los gastos y honora rios de cretados por. este Tribunal Arbitral (Cfr. Folios 214 a 226 del expe dler, tfi)- Cuaderno pr;ncipal _ Folios 176 a 182. Cuaderno Principal - Folos 209·y 210. Cuaderno Principal -f oAos 211 a 213. VIG ILADO Mini sterio de Justici a y del Derecfio9. 10. c. ' ,• 6 • Med iante Autfi No. 07fiº. proferido en afidiencifi del trece (13) dfi juni o

VIG ILADO Mini sterio de Justici a y del Derecfio9. 10. c. ' ,• 6 • Med iante Autfi No. 07fiº. proferido en afidiencifi del trece (13) dfi juni o de 2019, el Tribunal: 1) se declar ó com petente par a conocer y decid ir • las pretensiones y excepc io nes; ji) aplic ó el art. 10 de la ·Ley 1563 de 2012, en el sentido que el término de du raci ón del proceso ser á de se is (6) meses contado s a partir de la fin aliz ación• de la primera aud iencia de trám ite y; iii) ordenó el pago del 50% de los honor arios al. ár bitro • ún ico y al secreta rio, y el 100% al Centro de Arbitraje de· Ia Cámara de • Comercio de Abu rrá Sur .(Cfr. Art. 28 ley 1563 de ZQ12). Den tro de esa mi sma audienc ia, y med iante Auto No. 0811, el Tribunal decretó los medi os de prueba solici tados por las pa rtes y una pn:1 eba de oficio. Práctica • de Pruebas, Audiencia de Aleg acione s y Op ortunidad del Laudo Arbitral. . . . - - 1. Las prueba s se practic aron según lo de creta do, tal como se detalla a continu ación: 10 u " ,; .. " " . ., a: En audien cia del once (11 ) de jul io de 2019 12, se practicó lo sigu iente : i) se Impa rtió • el trami te al descono citn·iento de l

u " ,; .. " " . ., a: En audien cia del once (11 ) de jul io de 2019 12, se practicó lo sigu iente : i) se Impa rtió • el trami te al descono citn·iento de l docume nto de fecha del diez (10) de Junio dfi 2016 (Fo lio 16 6); ii) se practicó el ihte rrógatorio de parte a PABL O · EMIL IO VELASQUEZ VELEZ 13, represe ntante legal de !a soci edad GE STI ON ADMI.Nl STRATIVA S. A.S: -quien es la rep resentante legal del . CONJUN TO RESID ENCIAL PARQUÉ CE NTRAL DEL RIO PIÚMER A ETAPA P.H .-; íii) la exhibi ción de docum entos14 efectuada por el represe ntante lega l del CONJU NTO RESIDEN CIAL PARQ UE CE NTRAL DEL RIO PRIM ERA ETAPA P.H.; iv) el interrogatorio de parte á HUMBE RTO DE • JE SUS GAVI RI A l.ONOOl'ilp 15, representante legal . de HID ROCONTRO L COLO MB IA S.A.S.; v) el testimonio de MA RIA PAULINA COROO BA ARANG0 16 y; vi} el testimoni o de ANGELA MA RIA PEREZ ZAPATA 17. El Tribu nal, media nte Auto Nó. 09, profer ido en ésta audien cia, resolvió lo siguie nte:- i) fij6 fecha · par a que tuvier a luga r el Cuaderno PrinCipal - FoNas227 lili 2.32. , Cuadet".no Ptincipal - FoNo 232 a 234. Cuaderna Principal -f cUo 266 • 275.

Cuaderno PrinCipal - FoNas227 lili 2.32. , Cuadet".no Ptincipal - FoNo 232 a 234. Cuaderna Principal -f cUo 266 • 275. Cu adorno "PRUl:"BAl HIOROCONTIIOL • - Folios 94 a 97 .. . Cuaderno "PRUEBAS HIDROCONTIIOL" - Folios 1 a Cuaderna "PRUl:"BAS HIDROCONTROL• - Folios 98 a 106. Cuaderno "PRUEBAS HIDROCONTIIOL • -F olio• 107 a Íls. Cuaderno "PRl/1:"BAS HIDROCONTÍIOL" - Folios 116 fi 119 . . VIGIL ADO Mi nis terio .de Justicia y del Derecho,. " " ,. 7 reconocimi ento del documen tos visible a folio 166; U) ordenó la inco rpor ació n de los docu men tos exhi bidos y corrió traslado de • ellos por el térm ino de tres (3) días; iii) decr etó como PRUEBA DE OFIC IO que la parte convocada y COROOB A ARAN GO ADMI NSIT RACI ONE S apo rtaran copia del acta tle in icio . del contrato objeto del presente proceso y, iv) fijó fecha para continuar con el trámite ar bitral. b. La parte convoca nte, pár a efectos de cum plir con el c . . •• requ erim iento efectuado por el Tribunal en el Auto No. 09, aportó18 los sigiJ ifintes docu me ntos, media nte, escrito radic-ado el día dieci ocho (18) de jul io de 2019.:

•• requ erim iento efectuado por el Tribunal en el Auto No. 09, aportó18 los sigiJ ifintes docu me ntos, media nte, escrito radic-ado el día dieci ocho (18) de jul io de 2019.: • . Copia de la cart á del 17 de julio de 2019, su sc rita., por Marí a• Paul ína Córdoba Arango (Fcil10 82). • Copia del "Acta de · Entrega" del 30 de marzo de 2016, sus crita por María Paulin a. Ara ngo, Oi ga luz Arango, Angela Pérez y J_uan Fer nando Mejía (Folios 83 a 93). Medi ante au die ncia cele brada el día vei nti dnco (25) de julio de 2019fi 9, se pra cticó lo sigui ente: i) -el testimon io de GABRI EL • HE RNAN URIBE RESTR EPOio y, ii) el .testimonio de ANORE S FEL I PE PARRA OU QUE21 • . El Trlbunai, mediante Áuto No. 10, proferido en ésta audiencia, resolvió lo sigu iente: i) ordenó agregar los docu ment os apo rtados por la par te deman dante y co rrió traslado de ellos en audi encia, y el apode rado de la parte dema nda da lo de scorrió tal como consta en el folio 291; ii) declaró, al tenor del in ciso 5 del artículo 272 del C.G.P. y en vir tud de la no com parecencia del señor JORG E IVAN ARA NGO RESTRE PO, que el docu mento visible a folio 166, careefi de efic acia probatoria para el prese rite

artículo 272 del C.G.P. y en vir tud de la no com parecencia del señor JORG E IVAN ARA NGO RESTRE PO, que el docu mento visible a folio 166, careefi de efic acia probatoria para el prese rite proceso arb itral; iii) aceptó el des istimi ento del testi monio de . JUL IANA lASPRIE LLA y,. iv} accedió a la susp énsión • del procfiscr dfisde el veintiséi s, (2 6) de jul io de 2019 y ha-sta el día once (1 1) de agost9 .de 2019, ambas fech as ind uslve. Cuademo "PRUEBAS H/0/lOCGNTROl" - Folio; 81 a 93, Cuadomo Ptinc:ip.al -._Folios 287 a 293. ,. Cuaderno "PRUEBAS H/0/lOCOl'ITROl" fi Folios 120 a 132, Cuaderno "PRUEBAS HIDROCONTROL "-_ Folios 133 a 137, VIGILADO Minis terio de Justícfa y del Derecho. ·'" . ,, ,. ,, 1' " 8 d; El Tribu nal, med iante Auto No. 11 22 del catorce (14) de agost o de . 2019, decr etó DE OFICIO una inspección judicial con apoyo de un perito WATA COMPAÑ ÍA DE AGUAS S.A .S., al CONJU NTO RESIDENC IAL PARQU E CE NTRAL DEL RIO PRIEMR A ETAPA P.H. Me dia nte Auto No. 1223 del veintifiu eve {29) de agosto de 2019 , el Tribunal reprogramó la inspección ju dicial.

RESIDENC IAL PARQU E CE NTRAL DEL RIO PRIEMR A ETAPA P.H.

Me dia nte Auto No. 1223 del veintifiu eve {29) de agosto de 2019 , el Tribunal reprogramó la inspección ju dicial. • La dil igencia de in spección j,udici al, con la in tervención del perito • WATA INGEN IERIA DE AGUAS S. A.S., se real izó el día. doce (12) de se ptiemb re de 2019, tal cómo consta a folios y CD 31 6 a 318. El Tribu nal, med iante Autfi No. 13 24, proferido en .ésta aud ie ncia, resolv ió lo siguiente (de l [HHM MSS] 59 :45 ha sta 01 :0 1:3 5): l) ordenó al pe rito rendir el di cta men pericia l a más ta rdar el día veintisiete {27) de septiembr e de 2Q19; ii) ordenó , DE OFIC IO, incorporar el docume .nto visible a folio 31 7, de nomi nado "Elementos a suministrar en Parque ámtra/ del. Río (Dos sistemas· completos)"; iii ) accedió a la solicitud de suspe nsión . del proceso· desde el trece {13) de se ptiembre de 2019 y has ta el día veintis iete (27) de septiem bre de 2019, ambas fechas inc lusive; iv). e. . El perito, median te escrito 25 del pri mero (1 !!} de . octu bre de . 2019, presentó • el dictamen per icial y el Tribuna l, med iante • traslado secreta rial 26 del dos (2) de octubr e de 2019 , corrió

2019, presentó • el dictamen per icial y el Tribuna l, med iante • traslado secreta rial 26 del dos (2) de octubr e de 2019 , corrió traslado a las partes, el cual fue descorrido por am bas part es, así : • El CONJ UNTO RESIDENC IAL PARQ UE CE NTRAL DEL RIÓ • PRI EMR A ETAPA P.H., sol icit ó comp le mentac ión y aclara ción del peritaje 27 . . . • • ' • . HJDR OCON TROL COLOMBIA . S.A: S., realizó unos ,, cuestiona mie ntos: i) frente a las form alidades del dictame n . pe ricia l; ii} indic ó la incom plentitud del dictamen pericial ; iii} man ifestó la falta de idon eid ad del perito; iv) indicó errores i:!rotub erantes del dictam en, dada la falta de idone idad y Cuaderno Principal - Folios 296 a 309 .. cuadorno Principal -F ollo$ 310 a 315. Cuaderno Principal -f o!iO 318 fio•. Cuader no 'PIIUEBAS DE OF/ao· - Folios 1 a 24. Cuaderno 'PIIUEBAS DE OFtao· - Folios 2S a 29. . Cuaderno "PRUESAS DE.OFtao• - Folios 3 __ o_. 3_2_. --- VIGILADO Min isterio de Jus ticia y del Derechof. g. h. 9 exper iencia del perito y fina lm ente, v) indicó sobr e la falta de per tinencia del dictamen pericial 28• El Trib unal, media nte Auto No. 1429 del di eciocho (18) de

g. h. 9 exper iencia del perito y fina lm ente, v) indicó sobr e la falta de per tinencia del dictamen pericial 28• El Trib unal, media nte Auto No. 1429 del di eciocho (18) de octu bre de 2019, fijó fecha para cont inuar con el trám itear bitral. (sus tentación de_l dictamen) y fijo . gastos provisio nales a favor del perito. Medi ante au diencia 30 cele brada el día . treinta y uno (31) de octu bre de 2019, se efectuó la sustentación y la respu esta la sol icitud de aclarac ión y complem entación del di ctamen per ici al por pa rte de LUIS FELIPE VI LLEGAS DE BEO OUT31. El Tribuna lfi media nte Auto No. 15 32, proferid o en ésta audie ncia, resolvió lo siguie nte: i) declaró cerrada la etapa de la instruc ción; ii} fijó gastos definitivos · al perito; iii) accedió a la sol icitud de • suspen sión del proceso desde el día primer o (19 ) de noviem bre de 2019 y hasta el día diecin uev e (19) de no_viemb re de 2019, am bas fechas inc lu sive; y iv} fijó fecha para celébrar la a·ud ieryda de alegac iones. . . . . .. Me diante aud ifinc ia33 • del vei nte (20) de novie mb re de 2019, se • realizó la aud iencia de aleg acionefi y se profi rió el AÜto No. 1634, en virtud del cual: i) se . ordenó' agr egar los escritos de

  • realizó la aud iencia de aleg acionefi y se profi rió el AÜto No. 1634, en virtud del cual: i) se . ordenó' agr egar los escritos de alegacio nes presenta dos por am bas part es; ii) se accedió a la • solici tud de su spensión del proceso desde el día prim ero (1º) de diciem bre de 2019 y hasta el día catorce (14) de ener o de 2020; ambas . fechas inclu sive y, iii) se fijó fecha . para la aud ie ncia del fufi ' . . . •

2. En Virtud de la • cláu sula compromisoria , y por no existi r término especial . pactado en ella, el present e Arbitraje tiene una dur ac ión de seis (6) meses 35 con tadós desde la final iza ción de la primer a aud iencia .. a.adorno. "PRUEBAS DE DFICID" - Fallos 33 • 40. 10 .. • ., • " ,. .. a.ademo Principal - forios 319 a 326, Cuaderno Principal -F oli os 327 • an . Cuaderno Principal -C D ."audio" Falo 332, Cuaderno Princip al._ Folio 330.

Cuaderno Principal - Folios 336 a 372. . Cuaderno Principal -F olio 335 . Cfr. Art. lD de la Ley 1563 do 2012, ol cual ro,a:

Cuaderno Principal - Folios 336 a 372. . Cuaderno Principal -F olio 335 . Cfr. Art. lD de la Ley 1563 do 2012, ol cual ro,a: • Articulo JO. Térmim>. Si én el pacto orbitrol no se señoiore término pon, lo duracidn del proce,o, este ra-á de ieis (6} mese$fi tomados a partir de lo Pnali1udán de 'º primero riiJdiencia de trámite..· Dentro del término dr dUfodórt del ptoceso; debenS ptoferitse y 11otif1COtse. fl'lduso, /(1 pttNÍdtl'tdrI que ;esur!lve l!i solicitud de acloraciáfi corrección o r:tdiéión. • • Dir:hÓ térmma podrá prorrogarse uno a varias veces, sin que el total de las p;órrogos exCeda de seis (6} ml!'.ses, " sollcit,id de /r,s p0rtes o rk sus "paderados ron facultud e,rp,e,o_ ""'ª ello. • VIGILADO Mi_nisterio de Jusfü:ia y del Der echo 'Ct:.rno º" CONCILI ACIÓN ,fiHi.JTíl/>. J:E -. ,: fi YJ:1,\\lG,l\.3LE corilPO SICI ÓN t;,.\i;JA,b :J:C CO_tú::RCI O Dfi :,:ED:::!.. U:,J h-fi.N-a,-.. .\!·-fir;.:-a u1A,- · .. " .. .. 10 de trámi te, sin perjuicio dfi las susp ensiones convencionales o legales que se di eran en el cur so del _Proceso ., Toda vez que la prime ra au diencia de trám ite flnalizó el día trece (1 3) de ju .

que se di eran en el cur so del _Proceso ., Toda vez que la prime ra au diencia de trám ite flnalizó el día trece (1 3) de ju . nio de 2019, el término para concluir las actu aci ones del Tri bunal se ha bría exting uido. el trec e (13) de _dici embre de 2019. Sin emba rgo, las Partes solic itaron, de mUtuo acue rdo, ·en' cuat ro (4} opor tunidades, la suspens ión del proceso y el Tribunal las deér etó, tal como se relaciona a conti nuac ión: a. b. d. Medi ánte Auto No. 1036 del vein ti cinc o (25) de julio de 2019 , se accedió a la susp ensión' desde el vei ntiséis (26 ) de julio de 2019 y • . ·ha sta el once (11) de agosto de 2019, amb as fechas incl usive, esto es, por un términp de diecis iete (171 días comunes. Me diante Auto Nci. 1337 del doce (12} de septiem bre de 2019, se áccedió a la susp ensión desde el trece (1 3) de sep tiem bre de 2019 y hasta el veint isiet e (27) de septiembre de 2019, am bas fechas · inclu sive, esto es, po r. un término de qu ince (15) d_ías comu nes. • Medi,a nte Auto No. 1538 del treinta y uno (31) de octu bre de 2019, se acced ió a la suspensió n· de sde el prim ero (1 2) de noviembr e de 2019 y hasta el dieci nueve (19) de noviembre de

2019, se acced ió a la suspensió n· de sde el prim ero (1 2) de noviembr e de 2019 y hasta el dieci nueve (19) de noviembre de • 2019, am bas fechas incl usiv e, esto es, por un término de · diec inueve (19} días. comu nes. Median te Auto No. 1639 del vfinte (20) de novie mb re de 2Ól9 , • se accedió a la su spen sión desde el pri mero (12} de diciem bre de 2019 y hasta el catorce . (14} i:le ener o de 2020, am bas fechas inc lusi ve, esto es, _por un térm ino de cua,renta _ y cinc o (45) días _ comµne si 3. l;I total de días suspend idos (96), fue ínf efior a los .cient o veinte (120) • días que ·infica el artículo 11 de la Ley 1563 de 2012. • • AJ comenzar cada audjenda el secretario informará el té.rmina transcurrldo del proceso. " Cu.nferno Prin,c:ip:eil - Folio 291. • Cuadl!r no Principal - Fo!io 318 . Cuaderno P.rincipal - Folio 330. Cuaderno Prin,c:ip el - Folio 3.35. VIGI LADO _ Minis terio de Justicia y del Der!!chó

tfiNmo o::: coNé1 uAc1óN ,•.1ú1mt- .;: fi,--- ,.r-· Y l·í:tiGA0LE CQt¡lPOSIC /óN CfitJ;\.R,\ fjfi COf\fi-ERCI O 0-2 fi:.E:ifiL :.¡:,:· 1-•/ . .r\.::.,) .. :-..:-.·r.-)C Ui ,;l11

4. En consecuenc ia, al término de dur ac ión inicia lme nte pa ctado se le adic ionan los noventa y seis (96) días comu nes de suspensión an tes • • detallado s y, por tant o, el término esta blecido par a terminar las actua ciones arb itrales expira ría el dieciocho (1 8) de ma rzo de 2020, motivo por el cua l el Laud o es proferido dentro del término legal.

11. POSICIONES Y PRETENSIONES DE LAS PARTES

A. La Deman da.

1. La· demanda arbi tra 140, además de · identifica r a las partes· (incl uyendo direcciones para notificaciones), acomp aña r y solicitar el decreto y práctica de pr uebas , trae la versión de los hecho s relevantes · al • Arb itraje, cuya transcri pción se reali .za a contin uación:

"HECHOS PRIMERO: Entre PARQUE CENTRAL DEL RIO PRIMERA ETAPA P;H., • en calidad de . CONTRATANTE y lo sociedad . HIDROCONTRO( COLOMBIA S.A.S. en calidad de CONTRA TISTA, se celebró el día 17 de septiembre de 2015, un contrato de "prestación de servicio­ suministro e instalación" cuyo objeto concreto era la modernización del sistema hidrosonito rio de la ptopiedad horizontal antes

de septiembre de 2015, un contrato de "prestación de servicio­ suministro e instalación" cuyo objeto concreto era la modernización del sistema hidrosonito rio de la ptopiedad horizontal antes mencionad a. Es importante precisar que para ese momento, fungía como administrador de la persona jurídica demandada fa sociedad CORDOBA ARANGO ADMINISTRACIONES S.Á.S., representada legalmente por la señora MARIA PAULINA CORDOBAARANGO.

SEGUNDO: Cabe anotar que entre las partes existía. una refiación contractua.l prevía datada desde el mes de marzo de 2015 y cuyo propósíto era la evaluación y diagnóstico del sistema hidrosanitarío de la propiedad horizontal demandada, contrato que se ejecutó a cabafidad y que permitió a ambas partes y muy especialmente a la DEMANDADA · conocer el • profesionalismo, · conocimiento, experiencia y experticia de la sociedad DEMANDANTE.

De forma posterior, se celebró entre las partes un contrato de mantenimiento del sistema hidrosanitario .de la copropiedad, el día 1 de junio de 2015, contrato que se desarrolló a cabalidad hasta el mes de mayo de 2016. Cuaderno Ptincip.¡i l-- Foltos 2 a: 18. VIGILADO Mini sterio de Jus ticia y d_el Derecho12

TERCERO: El valor del contrato descrito ·en el hecho primero de la demanda, ascendió o Jo su.rna de SfiSENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCl)ENTA Y SIETE PÉSOS ($69,998.557} -ver dáusula ócto.vo del contrato celebrado-, los cuales debían ser pagados por fa entidad demondcida o favor de lo sociedad demondqnte de· la siguiente

manera:

SIETE PÉSOS ($69,998.557} -ver dáusula ócto.vo del contrato celebrado-, los cuales debían ser pagados por fa entidad demondcida o favor de lo sociedad demondqnte de· la siguiente manera: - El 70% o manera de anticipo o la firma del_ contrato, justificando dicha situación en que Jo mayoría de los elementos necesa rios para la ejecución del contrato. eran importados. - El 15% según avance de obra, pagaderos de maner a quincenal. El 15% contra entrega a satisfacción. Igualmente se estableció en el contrato que el CONTRATISTA determinó un AIU (administración, imprevistos y utilidad} del 15%; .can uno utilidad del 4%. • ,CUARTO: En la cláusula novena del con trato celebrad entre las partes, se establecieron las siguientes causales de terminación del contrato: "A) El mut uo acuerdo entre las partes. . 8) la na ejecución injustificada de los trabajos en el tiempo y la forma necesarios de conformidad con lo estipulado. . C) El no empleo de los materiales .convenidos para la construcción. de la obra o ejecución d_el trabajo, por parte. del CONTRATISTA o el persona que de este dependa" Igualmen te, se contempló en el contra.to que mi poderdante • (CONTRATISTA) podía dar por terminado la obro si na se le . cancelaba oportunamente el dinero convenido o el cambio de los condiciones en los materiales sin que hoya común acuerdo. • QUINTO: Es preciso indicar que para la efectivización de dichas causales de terminación del contrato, según lo establecido en el tenor literal .de la cláusula novena establecida en el contrato

condiciones en los materiales sin que hoya común acuerdo. • QUINTO: Es preciso indicar que para la efectivización de dichas causales de terminación del contrato, según lo establecido en el tenor literal .de la cláusula novena establecida en el contrato cefebradQ entre las partes, era necesario que el CONTRATANTE o el CONTRATISTA . notificaron por escrito su · decisión de terminar definitivamente el contrato. . . Igualmen te, ambas partes determinaron que para tasar el manto o precio de los trabajos ejecutados hasta la fecha de terminación . anticipada del con trato, las portes realizaran un corte de cuen tas valorando los trabajos culminados . en su totalidad o los que lo hayan sido de forma parcial, y sobre eso base y _de común ac.uerdo VIGILADO Minis terio de Justicia y del Derecho ' -czmfio r.".!: CONCILIACIÓN ,,m.i;¡,u; .;'.; - ,. Y N.1,l$.<\OLE COi'ilP OSICIÓN 't'"k:AR.:. ::r.: COil.':E'ílC!O ')E :!EDSI .U: ! • • h•\Rf•,,\!'-!"íí.JQ_U li\ .13 harán las liquidaciones, retencion es, pagos y/o compensaciones a que hubiere Jugar.

SEXTO: En fa cláusula décima del contrato celebrado en tre las partes, estas convinieron en pactar una cláusula penal por incumplimiento equivalente al 10% del valor total del con trato, en el evento en que alguno de ellas, · incumpliera de forma total o parcial alguna de las obligaciones establecidas en el contrata'.

SEPTIMO: Se estableció en la cláusula tercera del contrato

el evento en que alguno de ellas, · incumpliera de forma total o parcial alguna de las obligaciones establecidas en el contrata'.

SEPTIMO: Se estableció en la cláusula tercera del contrato celebrado que los trabajos u obras derivados de la ejecución del con trato 'deberían ser iniciados por mi representado a más tardar 15 días después de la firma del contrato después de haber recibido el anticipo; estábleciéndose como plazo para la

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