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CDH - Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores en Colombia 2019

Consejo de Derechos Humanos

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Detalles

Título
CDH - Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores en Colombia 2019
Autor
Consejo de Derechos Humanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2019

Naciones Unidas A /HRC/43/51/Add.1 Asamblea General Distr. general 26 de diciembre de 2019

Original: español Consejo de Derechos Humanos 43er período de sesiones 24 de febrero a 20 de marzo de 2020

Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Visita a Colombia Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos Resumen La Secretaría tiene el honor de transmitir al Consejo de Derechos Humanos el informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Michel Forst, relativa a su visita a Colombia, del 20 de noviembre al 3 de diciembre de 2018. El Relator Especial ha podido constatar la voluntad política y las iniciativas del Gobierno para crear un entorno seguro y adecuado para la defensa de los derechos humanos en Colombia. Sin embargo, concluye que la gran mayoría de las personas defensoras de los derechos humanos están en peligro, y su riesgo ha aumentado en los últimos tres años desde la firma del Acuerdo de Paz. Las personas defensoras en mayor riesgo son los líderes y lideresas sociales, que defienden los derechos humanos en zonas rurales, en particular el Acuerdo de Paz, la tierra, los derechos de los pueblos étnicos y el medio ambiente, frente a los intereses de grupos criminales, grupos armados e ilegales, y frente a los intereses de actores estatales y no estales como empresas nacionales e internacionales y otros grupos de poder. Colombia sigue siendo el país con el mayor número de personas defensoras

asesinadas en América Latina, y las amenazas en su contra se han disparado, en un contexto de altos índices de impunidad, pese a avances en esta materia. Las personas defensoras carecen además de un reconocimiento público y social positivo, a pesar de declaraciones públicas del Presidente del Gobierno y otras autoridades reconociendo su importante papel, y son deslegitimizadas y criminalizadas por otros actores estatales y no estatales. El resumen del informe se distribuye en todos los idiomas oficiales. El informe propiamente dicho, que figura en el anexo del resumen, se distribuye únicamente en el idioma en que se presentó y en inglés. GE.19-22542 (S) 

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El Relator Especial destaca la importancia de la implementación efectiva del Acuerdo de Paz y la elaboración de una política integral para la defensa de los derechos humanos, con la plena participación de las personas defensoras y la sociedad civil, y mayores avances en la lucha contra la impunidad para garantizar un entorno seguro y propicio para los defensores. 2

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Anexo Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos acerca de su visita a Colombia

I. Introducción

1. El Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos realizó una visita oficial a Colombia del 20 de noviembre al 3 de diciembre de 2018 por invitación del Gobierno. La visita tenía como principal objetivo examinar la situación de las personas defensoras de derechos humanos en Colombia y determinar si el Estado

colombiano garantiza un entorno seguro y propicio para la defensa de los derechos humanos en todo el país, a la luz de las obligaciones y los compromisos asumidos por el Estado en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y de la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y la Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos (Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos). La visita también buscaba observar y guiar los esfuerzos de la nueva Administración para mejorar la protección de las personas defensoras.

2. El Relator Especial visitó la capital, Bogotá, y diversos lugares del departamento del Norte de Santander, Antioquia, Magdalena, La Guajira y el Cauca, y también sostuvo conversaciones con defensores y defensoras de Nariño. Durante su visita, se reunió con el Presidente de la República, funcionarios de alto nivel de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Interior, Justicia y Defensa Nacional, de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, así como con el Fiscal y el Procurador General de la Nación y magistrados de la Corte Suprema de Justicia. También se reunió con los mecanismos de justicia transicional y con funcionarios de la Unidad de Restitución de Tierras y de la Agencia Nacional de Tierras. El Relator Especial mantuvo asimismo conversaciones con el Defensor del Pueblo y el Director de la Unidad Nacional de Protección y el personal de dicha institución.

3. El Relator Especial se reunió con un gran número personas defensoras —de las cuales cerca del 60 % eran mujeres—, que representaban diversos sectores de la sociedad

civil trabajando en una variedad de temas.

4. Durante la visita, el Relator Especial participó en un evento público de alto nivel para conmemorar el Día Internacional de las Defensoras de Derechos Humanos, organizado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

(ACNUDH), la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres y la Defensoría del Pueblo.

5. El Relator Especial expresa su agradecimiento al Gobierno de Colombia por su invitación y su cooperación en la preparación de la visita y durante la misma. Da las gracias a las autoridades estatales y departamentales que se reunieron con él y agradece al ACNUDH en Colombia su inestimable apoyo en relación con la visita. El Relator Especial da asimismo las gracias a los más de 200 defensores y defensoras que se reunieron con él y expusieron sus experiencias y conocimiento, sobre todo a los que viajaron largas distancias para ello.

II. El marco jurídico e institucional para la protección de las personas defensoras de los derechos humanos

6. La Constitución de Colombia de 1991 reconoce a Colombia como una República democrática, participativa, pluralista, unitaria y descentralizada, y garantiza los derechos y libertades fundamentales necesarios para una efectiva participación de la ciudadanía en la vida pública y política, y de la sociedad civil en tareas de promoción y defensa de los

3 A/HRC/43/51/Add.1 derechos humanos1. Asimismo, reconoce el principio de igualdad y la promoción de los derechos de los pueblos indígenas y afrocolombianos2, y consagra los derechos y la

autonomía de los pueblos indígenas3, así como de la población afrocolombiana4.

7. Colombia ha ratificado nueve tratados internacionales fundamentales de derechos humanos5, los principales tratados regionales de derechos humanos6 y el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169) de la Organización Internacional del Trabajo7, y ha avalado la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Una vez ratificados por el Congreso, los tratados de derechos humanos gozan de estatus constitucional y prevalecen en el ordenamiento jurídico nacional8.

8. El 24 de noviembre de 2016, el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) suscribieron el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera que puso fin a más de cinco decenios de conflicto armado entre las partes9. El Acuerdo de Paz posteriormente refrendado por el Congreso de la República constituye un Acuerdo Especial conforme al artículo 3 común de los Convenios de Ginebra relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales “para efectos de su vigencia internacional”10.

9. En los últimos años, el Estado, con participación de la sociedad civil, ha realizado importantes esfuerzos para mejorar el marco jurídico e institucional, con vistas a facilitar un entorno seguro y propicio para la defensa y promoción de los derechos humanos11.

10. En 2009, las instituciones del Estado y las organizaciones defensoras de derechos

humanos, con el acompañamiento de la comunidad internacional, iniciaron el Proceso Nacional de Garantías para la Labor de Defensores de Derechos Humanos, Líderes y Lideresas Sociales y Comunales con el mandato de adoptar medidas legislativas, institucionales y de otra índole en materia de prevención, protección e investigación en torno a la defensa y promoción de los derechos humanos y estableciendo un espacio de diálogo permanente entre la sociedad civil y el Gobierno a través de la Mesa Nacional de Garantías y las 14 Mesas Territoriales.

11. En 2011 se creó la Unidad Nacional de Protección (UNP) adscrita al Ministerio del Interior12. Dos meses después se estableció el Programa de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades del Ministerio del Interior y la UNP13, que establece el deber del Estado de proteger, entre otros, a los defensores de derechos humanos mediante medidas de prevención y protección individuales y colectivas con un enfoque diferenciado y un fuerte componente de género. La UNP ha evolucionado en uno de los sistemas de protección de las personas defensoras más sofisticados de la región (véanse infra los párrafos 56 a 59, sobre la UNP). 1 Véanse los artículos 13, 16, 18, 20, 23, 37 a 40 y 43 de la Constitución. 2 Ibid., arts. 7, 8, 10, 13, 17 y 70. 3 Ibid., arts. 1, 7, 10, 63, 70, 96, 171, 176, 246, 286, 287 y 328 a 330.

4 Ibid., arts. 33 y transitorio 55. 5 https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/TreatyBodyExternal/Treaty.aspx?CountryID=37&Lang=SP. 6 www.oas.org/es/cidh/mandato/documentos-basicos/ratificacion-adhesion-denuncia-intrumentosinteramericanos-derechos-humanos.pdf. 7 www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:11200:0::NO:11200:P11200_COUNTRY_ID:102595. 8 Artículos 53, 93, 94, 102 y 214 (2) de la Constitución. 9 www.altocomisionadoparalapaz.gov.co/procesos-y-conversaciones/Paginas/Texto-completo-delAcuerdo-Final-para-la-Terminacion-del-conflicto.aspx. 10 En agosto de 2019, un grupo reducido de excombatientes de las FARC-EP, encabezado por Iván Márquez, anunció su rearme. El partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC) confirmó que el 95 % de los excombatientes apoyan el Acuerdo de Paz (S/2019/780, párr. 3). 11 Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, Informe de Homicidios contra Líderes Sociales y Defensores de Derechos Humanos 2010-2019, págs. 2 a 4. 12 Decreto núm. 4065 de 2011. 13 Decreto núm. 4912 de 2011, modificado por el Decreto núm. 1225 de 2012. 4

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12. El reconocimiento y la protección de las mujeres defensoras se han visto reforzados con la adopción por parte de la UNP de un enfoque de género (2012)14 y con el

establecimiento de la Comisión Intersectorial de Garantías para las Mujeres, Lideresas y Defensoras de los Derechos Humanos (2016)15, encargada de coordinar y orientar la formulación, implementación y monitoreo del Programa Integral de Garantías para las Mujeres Lideresas y Defensoras de Derechos Humanos y su plan de acción (2018), bajo el liderazgo del Ministerio del Interior y organizaciones de mujeres y apoyado por las Naciones Unidas16.

13. Asimismo, el Acuerdo de Paz17 ha establecido importantes mecanismos especializados para la protección de las personas defensoras: a) Comisión Nacional de Garantías de Seguridad (2017), presidida por el Presidente de la República y con participación de la sociedad civil, encargada de adoptar una política para desmantelar organizaciones criminales o conductas que ataquen a las personas defensoras, movimientos sociales o políticos, incluyendo a sucesores del paramilitarismo y sus redes de apoyo18. Si bien, según el Decreto, debe reunirse una vez al mes, la Comisión se ha reunido en plenaria sólo dos veces desde el cambio de Gobierno; b) Nuevo Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción Temprana ante hechos y conductas criminales que ponen en riesgo, entre otros, a las personas defensoras, incluyendo a los líderes comunitarios19 (véanse infra los párrafos 60 a 62, sobre la Defensoría del Pueblo); c) Programa Integral de Seguridad y Protección para las Comunidades y Organizaciones en los Territorios20. Se formuló un Decreto definiendo la labor de gobernadores y alcaldes en la protección de las personas defensoras de derechos humanos21.

14. Desde 2016, la Fiscalía General de la Nación está implementando una estrategia de priorización para la investigación y judicialización de homicidios contra personas defensoras que incluye la labor de defensa de derechos humanos de la víctima como primera hipótesis investigativa. Ha creado la Unidad Especial de Investigación para homicidios, masacres, atentados o amenazas contra personas defensoras22 y unidades itinerantes de investigación; ha elaborado y empezado a aplicar protocolos de intervención específicos, y ha fortalecido la investigación del delito de amenaza. La Procuraduría General de la Nación tiene desde 2017 la potestad de conocer de las quejas contra servidores públicos por acciones contra las personas defensoras23 y está cooperando con el ACNUDH, en coordinación con la Defensoría del Pueblo, para fortalecer esta función en los territorios24. Ha establecido la Mesa por la Protección a la Vida para la coordinación de esta labor25, que se está progresivamente implementando en los territorios26.

15. El 23 de agosto de 2018, el Presidente de la República, el Ministerio Público y organizaciones sociales, con acompañamiento de la comunidad internacional, firmaron el Pacto por la Vida y la Protección de los Líderes Sociales y Personas Defensoras de 14 En 2012 la UNP adoptó un Protocolo específico con enfoque de género y de los derechos de las mujeres, creó el Comité de Evaluación del Riesgo y Recomendación de Medidas para Mujeres y designó cuatro delegadas de organizaciones no gubernamentales de mujeres en la evaluación del riesgo y adopción de medidas para defensoras. 15 Decreto núm. 1314 de 2016.

16 Ministerio del Interior, resolución núm. 0845, de 14 de junio de 2018. 17 Punto 3.4 del Acuerdo de Paz. 18 Decreto Ley núm. 154 de 2017. 19 Decreto núm. 2124 de 2017. 20 Decreto núm. 660 de 2018. 21 Decreto núm. 2252 de 2017. 22 Decreto núm. 898 de 2017. 23 Directiva núm. 002 de la Procuraduría, de 2017. 24 www.procuraduria.gov.co/portal/media/file/memorando%20de%20entendimiento(1).pdf. 25 Procuraduría General de la Nación, resolución núm. 393, de 9 de julio de 2018. 26 www.procuraduria.gov.co/portal/Procuradorpidio_seguimiento_a_medidas_de_proteccion_a_lideres_para_lideres_de_Juntas_de_Accion_Comunal.news. 5

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Derechos Humanos de Apartadó 27. El Pacto recoge 11 compromisos para abordar la situación de estigmatización, persecución y asesinato de las personas defensoras, incluyendo los líderes sociales. En su cumplimiento, el Gobierno desarrolló el Plan de Acción Oportuna28, cuya elaboración no contó con la participación de la sociedad civil ni organismos internacionales29.

16. El 3 de mayo de 2019, el Gobierno aprobó el proceso de construcción de una Política Pública Integral de Respeto y Garantías para la Labor de la Defensa de los Derechos Humanos. Este proceso se empezó a llevar a cabo con la participación de

distintos sectores sociales de defensores y defensoras en el país, así como el sector privado, y el acompañamiento y seguimiento del ACNUDH, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia y la Organización Internacional para las Migraciones.

17. El 7 de noviembre de 2019, las plataformas y organizaciones defensoras de derechos humanos en el orden nacional suspendieron su participación e interlocución con el Gobierno en la formulación de la Política30. El Gobierno ha reiterado públicamente su compromiso con un proceso participativo para la elaboración de dicha política y espera presentarla durante el primer trimestre del año31. El Relator Especial aplaude esta importante iniciativa, en línea con su primera recomendación clave tras la visita, y recomienda se otorgue el tiempo necesario para su elaboración, con la participación y acuerdo de los sectores sociales concernidos.

18. La renovación del mandato del ACNUDH en Colombia en octubre de 2019 por tres años representa un paso a favor de los derechos humanos y la protección de las personas defensoras32. En base al mismo, la Oficina seguirá prestando cooperación técnica, dando seguimiento a la situación de derechos humanos e informando sobre la misma y sobre las responsabilidades estipuladas en el Acuerdo de Paz.

III. Situación de los defensores y las defensoras de derechos humanos

19. La visita del Relator Especial tenía como objeto determinar si en Colombia las personas defensoras están seguras y empoderadas para promover y defender los derechos humanos y si el Gobierno garantiza el ejercicio de la defensa y promoción de los derechos humanos en un entorno seguro y propicio.

A. Patrón constante de alto número de asesinatos y otras violaciones

20. Desde 2016, hasta el 30 de junio de 2019, Colombia sigue siendo el país con el mayor índice de asesinatos de personas defensoras de derechos humanos en América Latina, en base a los casos recopilados y verificados por las Naciones Unidas33, y con un alto índice de amenazas, ataques, desplazamientos y otras violaciones de los derechos de 27 www.procuraduria.gov.co/portal/media/file/PACTO%20POR%20LA%20VIDA.pdf. 28 www.mininterior.gov.co/sites/default/files/plan_de_accion_oportuna_de _prevencion_y_proteccion_0.pdf. 29 Decreto núm. 2137 de 2018. 30 www.coljuristas.org/nuestro_quehacer/item.php?id=264. 31 www.elpais.com.co/colombia/gobierno-presentara-conpes-para-proteccion-de-lideres-sociales-en2020.html. 32 El ACNUDH se estableció en Colombia en 1996.El mandato y sus ulteriores renovaciones pueden consultarse en: www.hchr.org.co/index.php/mandato-de-la-oficina. 33 Casos recopilados por el ACNUDH y otras entidades de las Naciones Unidas sobre la base de informes verificados de asesinatos de personas defensoras de los derechos humanos, periodistas y sindicalistas, en consonancia con los esfuerzos mundiales para fortalecer el cumplimiento por los Estados Miembros de la responsabilidad de garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales.

6 A/HRC/43/51/Add.1 personas defensoras34. Las personas defensoras son asesinadas y violentadas por implementar la paz, oponerse a los intereses del crimen organizado, las economías ilegales,

la corrupción, la tenencia ilícita de la tierra y por proteger sus comunidades. Las defensoras son además objeto de violaciones específicas de género y sus familias son también el blanco de ataques.

21. Si bien la tasa general de homicidios en Colombia ha seguido disminuyendo desde 2011 y desde la firma del Acuerdo de Paz (salvo un ligero ascenso en 2018), sigue siendo alta35. Dicho descenso contrasta con el aumento de los asesinatos de personas defensoras, incluyendo los líderes y lideresas sociales, desde 2016, que fuentes estatales

(Defensoría del Pueblo), de las Naciones Unidas (ACNUDH) y de la sociedad civil (por ejemplo, el Programa Somos Defensores) reportan (véase el cuadro). El Relator Especial aclara que las diferencias en cifras responden a diferentes metodologías en la documentación de los casos y lamenta que la discusión sobre dichas diferencias desvíe la atención y esfuerzos de las cuestiones claves para lograr un ambiente seguro y propicio para la defensa de los derechos humanos en Colombia. Defensores de derechos humanos asesinados en Colombia Defensoría del Pueblo ACNUDHa Somos Defensores Años Total Mujeres Total Mujeres Total Mujeres 2019 (a 30 de junio)b 49 10 52 8 59 10 2018 178 14 115 10 155 9 2017 126 18 96 14 106 16 2016 133 16 61 4 80 9 2016-2019 (a 30 de junio) 486 58 324 36 400 44 a El ACNUDH reconoce que los asesinatos de defensores documentados por la Oficina no

representan el universo total de casos. b Nótese que las cifras de la Defensoría cubren hasta el 17 de mayo de 2019.

22. El Informe de la Consejería Presidencial de abril 2019 y su reciente actualización36 destacan un descenso importante de los asesinatos de personas defensoras y del número de municipios afectados desde la toma de poder del Presidente Iván Duque, en base a su interpretación de los casos documentados por el ACNUDH37. Sin embargo, el Relator Especial destaca que el índice de asesinatos sigue siendo muy elevado, con 52 asesinados de personas defensoras verificados por el ACNUDH en 47 municipios durante la primera mitad de 201938.

23. El Defensor del Pueblo y el Programa Somos Defensores han documentado un aumento de las amenazas e intimidación contra defensores y defensoras desde 2016 hasta mayo de 201939. La Defensoría del Pueblo confirmó que, entre marzo de 2018 y mayo de

34 Font Line Defenders Global Analysis 2018, https://www.frontlinedefenders.org/sites/default/files/global_analysis_2018.pdfpágs. 4, 7 y 16 a 18. 35 En 2018 la tasa general de homicidios en Colombia fue de 26,2 por cada 100.000 habitantes. Véase también Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Estudio mundial sobre homicidio 2019. 36 Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, Informe de Homicidios contra Líderes Sociales y Defensores de Derechos Humanos 2010-2019. La información actualizada está disponible en:

www.derechoshumanos.gov.co/Prensa/2019/Paginas/Actualizaci%C3%B3n-Informe-de-HomicidiosL%C3%ADderes.aspx. 37 El ACNUDH reconoce que los asesinatos de defensores documentados por la Oficina no representan el universo total de casos. 38 Dos casos siguen en proceso de verificación. 39 https://somosdefensores.org/wp-content/uploads/2019/10/informe-Somos-defensores-ENEROJUNIO-2019-oct-8-web-final.pdf.pdf. 7 A/HRC/43/51/Add.1 2019, las amenazas han sido más del doble que en 2018 (han aumentado un 113 %) y afectan fundamentalmente a líderes comunitarios, comunales, indígenas y representantes de víctimas. Las amenazas se reciben directamente del agresor, por medio de panfletos, llamadas telefónicas y mensajes de WhatsApp, o a través de terceros.

24. Las personas defensoras, ya sean líderes comunitarios (dignatarios/as de Juntas de Acción Comunal o cívicos comunales), indígenas, afrodescendientes o campesinos, siguen siendo los más castigados por la defensa de los derechos humanos (y los derechos étnicos), el territorio y/o por su apoyo a la implementación de los acuerdos de paz, en particular los programas de sustitución de cultivos. Asimismo, las zonas más afectadas en 2018 y 2019 incluyen Cauca, Antioquia, Norte de Santander, Valle del Cauca, Putumayo, Caquetá y Nariño, entre otros40.

B. Altos índices de impunidad que perpetúan el ciclo de violencia

contra personas defensoras

25. Históricamente, la tasa de impunidad de los homicidios contra los defensores y defensoras en Colombia se ha situado en torno al 95 %41, frente a la tasa de impunidad de los casos de homicidios dolosos conocidos por las autoridades, que se sitúa entre el 86,58 % y el 94,30 %42. Desde 2016, la Fiscalía ha decidido priorizar la investigación de los asesinatos de defensores documentados por el ACNUDH, es decir 302 casos 43. Esta cifra no representa el universo total de asesinatos ocurridos y excluye aquellos que sucedieron antes del Acuerdo de Paz. Según información de la Fiscalía, en agosto de 2019, de los 302 casos de asesinatos documentados por el ACNUDH desde 2016, 33 cuentan con sentencias firmes, 55 están en etapa de juicio, 45 en investigación (con imputación de cargos), 41 en indagación con orden de captura y 3 han sido precluidos por muerte del indiciado44. Estas cifras sitúan en un 11 % los casos esclarecidos45, frente a un 89 % que todavía no tienen una determinación de culpabilidad, si bien en el 54 % de estos últimos se están dando avances en la investigación.

26. Cuando los asesinatos y otras violaciones de derechos humanos se cometen contra personas defensoras y permanecen impunes se envía un mensaje de falta de reconocimiento de su importante labor en la sociedad, y ello implica una invitación para seguir violentando sus derechos (A/74/159). El Relator Especial exhorta a la Fiscalía a seguir impulsando las investigaciones de asesinatos de defensores en el período 2010-2015, como se acordó con

la sociedad civil en el marco de la Mesa Nacional de Garantías, y las investigaciones de amenazas de muerte contra defensores bajo los cinco supuestos priorizados desde 2018, con vistas a prevenir. Asimismo, espera avances y resultados sobre otras violaciones de sus derechos, como las desapariciones forzadas y, en particular, la violencia sexual contra las defensoras y sus hijas, que sigue teniendo lugar46. 40 Marcha Patriótica, Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular e Instituto de Estudios sobre Paz y Desarrollo, Todos los nombres, todos los rostros: Informe de derechos humanos sobre la situación de líderes/as y defensores de derechos humanos en los territorios (2018) e información de la Comisión Colombiana de Juristas (2019). 41 Programa Somos Defensores, Informe Anual 2018: La Naranja Mecánica, pág. 63. 42 A/HRC/40/3/Add.3, párr. 56. 43 Fiscalía General, Boletín 29986, 20 de agosto de 2019. Programa Somos Defensores, Informe Anual 2018, págs. 63 a 67. 44 Información a 20 de agosto de 2019. En los 125 casos de asesinatos restantes, los hechos se encuentran en fase de indagación con órdenes de la Policía Judicial. 45 El Relator Especial desconoce si la autoría intelectual ha sido identificada en los 33 casos con sentencia firme. 46 El Programa Somos Defensores identificó entre 2009 y 2015 al menos 538 asesinatos de defensores/as. 8

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C. Estigmatización y criminalización de los defensores y defensoras

de los derechos humanos

27. El Relator Especial ha recibido información sobre las declaraciones del Presidente y otros funcionarios de alto nivel reconociendo el importante papel los defensores y defensoras de derechos humanos, incluyendo líderes sociales47, así como del objetivo estratégico del Plan de Acción Oportuna de eliminar la estigmatización en su contra. Sin embargo, a la vez dirigentes políticos, funcionarios públicos, personas influyentes, también del sector privado, y miembros de grupos armados ilegales les estigmatizan como “guerrilleros”, “terroristas”, “antidesarrollo” o “informantes”. El Gobernador de Antioquia declaró públicamente que detrás del paro minero en Segovia y Remedios (2018) hay bandas criminales cercanas al grupo armado ilegal Clan del Golfo y personas relacionadas con el Ejército de Liberación Nacional (ELN)48. En 2017 el anterior Ministro de Defensa atribuyó a problemas “linderos, de faldas y rentas ilícitas” los asesinatos de defensores. El actual Ministro de Defensa declaró en 2018 que tras la protesta pública están “las mafias y el crimen organizado”49. Declaraciones de este tipo deslegitiman y exponen a las personas defensoras a mayores riesgos y violaciones.

28. La deslegitimación de las personas defensoras se agrava con su criminalización. Se han reportado al menos 70 casos en los que se acusa, judicializa y detiene a defensores y defensoras de la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular (33 de los cuales son del Congreso de los Pueblos) acusados de pertenecer a grupos armados ilegales, como las extintas FARC o el ELN, o de hacer colusión con estos grupos –entre otros delitos– en

relación con su liderazgo social a favor de la paz y una solución negociada del conflicto50.

29. En cuanto a la criminalización en contextos de defensa de la tierra y el medio ambiente, al menos 202 defensores han sido judicializados desde 201251. A modo de ejemplo, durante la visita del Relator Especial, ocho líderes de San Luis de Palenque fueron detenidos y acusados de concierto para delinquir, violencia contra servidor público y obstrucción de la vía pública, y dos de ellos de tentativa de homicidio, en relación con su participación y liderazgo de las protestas sociales durante 2016 y 2018 ante el incumplimiento de la empresa pública canadiense Frontera Energy de sus obligaciones de compensar a las comunidades afectadas por daños medioambientales y de reparar las carreteras dañadas. Hasta la fecha, los defensores y defensoras siguen privados de su libertad, tres de ellos en establecimiento carcelario y cinco en detención domiciliaria.

30. Al Relator Especial le preocupa la aparente conexión entre Frontera Energy, la Brigada XVI del Ejército y la Estructura de Apoyo de la Fiscalía en esta criminalización, y el posible impacto del convenio entre Ecopetrol S.A. y la Fiscalía en la misma. En noviembre de 2018, Frontera Energy firmó dos convenios con el Ministerio de Defensa por un monto de 1.343.106 dólares de los Estados Unidos para que el Ejército protegiera su actividad52. El 4 de diciembre de 2018, ejército y policía acusaron a los citados líderes de pertenecer a “Los Jinetes con Careta”, un grupo armado ilegal cuya existencia todavía no ha

sido reconocida por las autoridades competentes para ello53. Por otro lado, Ecopetrol, la principal empresa colombiana de explotación de hidrocarburos, ha firmado desde 2015 47 www.mininterior.gov.co/sites/default/files/plan_de_accion_oportuna_de _prevencion_y_proteccion_0.pdf. https://id.presidencia.gov.co/Paginas/prensa/2019/190612-Palabrasdel-Presidente-Ivan-Duque-durante-la-sesion-de-la-Mesa-por-la-Proteccion-a-la-Vida.aspx. 48 https://caracol.com.co/emisora/2017/08/20/medellin/1503244426_902765.html. 49 https://verdadabierta.com/mindefensa-lideres-sociales-lios-faldas-subvenciones-narcos/. 50 Información proporcionada por el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y las organizaciones de la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular. 51 www.elespectador.com/colombia2020/pais/en-colombia-202-defensores-del-ambiente-han-sidojudicializados-informe-ante-la-cidh-articulo-883268. 52 Convenio 18-014, disponible

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