🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CDH - Visita a Colombia - Informe de relatora sobre la trata de personas

Consejo de Derechos Humanos

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CDH - Visita a Colombia - Informe de relatora sobre la trata de personas
Autor
Consejo de Derechos Humanos
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año

Naciones Unidas A /HRC/56/60/Add.1 Asamblea General Distr. general 20 de mayo de 2024

Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 56º período de sesiones 18 de junio a 12 de julio de 2024

Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Visita a Colombia Informe de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Siobhán Mullally Resumen La Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Siobhán Mullally, realizó una visita a Colombia del 22 al 31 de mayo de 2023. Celebra la adhesión del país a la lucha contra todas las formas de trata de personas. En el presente informe, la Relatora Especial aborda todas las formas de trata de personas y formula recomendaciones para reforzar las medidas de prevención, protección y rendición de cuentas. Se acordó publicar este informe tras la fecha prevista debido a circunstancias que escapan al control de quien lo presenta. El resumen del presente informe se distribuye en todos los idiomas oficiales. El informe propiamente dicho, que figura en el anexo, se distribuye únicamente en el idioma en que se presentó y en español. GE.24-08205 (S) 050624 100624

A/HRC/56/60/Add.1

Anexo Informe de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Siobhán Mullally, sobre su visita a Colombia

I. Introducción

1. La Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Siobhán Mullally, realizó una visita a Colombia del 22 al 31 de mayo de 2023 para evaluar la situación de la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Expresa su gratitud al Gobierno de Colombia por la cooperación mostrada antes, durante y después de la visita. En particular, agradece al Ministerio de Relaciones Exteriores su excelente apoyo y su colaboración bien organizada. Encomia el enfoque cooperativo de todas las autoridades y su voluntad de entablar un diálogo abierto y constructivo.

2. La Relatora Especial se reunió con el Viceministro de Relaciones Exteriores y con representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, entre ellos del Grupo Interno de Trabajo de Prevención del Delito de la Dirección de Asuntos Políticos y Multilaterales y de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano. También se reunió con representantes del Ministerio del Trabajo y de la Inspección de Trabajo, el Viceministro del Interior y representantes del Ministerio del Interior, entre ellos de la Dirección de Participación e Igualdad de Derechos, de Migración Colombia, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y del Centro Operativo Anti-Trata, representantes de la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio de Defensa Nacional, la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Educación Nacional, los órganos del mecanismo de justicia transicional, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, la

Jurisdicción Especial para la Paz, el Comité de Seguimiento y Monitoreo encargado de verificar la implementación de las recomendaciones de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, y las autoridades locales y departamentales de Bogotá, Cartagena, Cúcuta, Medellín e Ipiales que forman parte de los mecanismos territoriales de lucha contra la trata de personas.

3. La Relatora Especial visitó Bogotá, Cartagena, Cúcuta, Apartadó, Necoclí, Pasto e Ipiales y se reunió con el Presidente y los miembros de la Corte Constitucional y el Defensor del Pueblo. También se reunió con representantes de organismos de las Naciones Unidas en Bogotá y en las oficinas sobre el terreno, y visitó la prisión de Cúcuta.

4. La Relatora Especial agradece al equipo de las Naciones Unidas en el país, en particular a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) en Colombia, su excelente apoyo durante la visita, y a los organismos de las Naciones Unidas que facilitaron las reuniones y organizaron las visitas.

5. Durante su visita, la Relatora Especial se reunió con defensores de los derechos humanos, representantes de la sociedad civil y víctimas de la trata de personas con cualquier fin de explotación. Expresa especial agradecimiento a las víctimas de la trata de personas, así como a sus familiares, que se reunieron con ella y cuyos testimonios de graves violaciones de los derechos humanos sirvieron de base para el análisis y las recomendaciones que figuran en el presente informe.

II. Antecedentes y contexto

6. La Relatora Especial observa que la situación actual en Colombia sigue caracterizándose por graves violaciones de los derechos humanos, incluidos graves riesgos de trata de personas, en particular cuando los grupos armados no estatales mantienen el control de los territorios y controlan y restringen la libertad de circulación mediante medidas de confinamiento y violencia sistémica dirigidas en particular contra las comunidades

2 GE.24-08205 A/HRC/56/60/Add.1 indígenas, afrocolombianas y rurales1. Además, grupos delictivos organizados locales y regionales y organizaciones delictivas transnacionales se dedican a la trata de personas con cualquier fin de explotación2.

7. A lo largo de la visita de la Relatora Especial, se puso de relieve la inquietud por los posibles vínculos entre las organizaciones delictivas dedicadas a la trata de personas y los grupos armados implicados en actividades conexas, además de por sus actividades delictivas concomitantes, como la minería y la deforestación potencialmente ilegales, la producción, venta y suministro de coca, la explotación sexual de mujeres y niñas y el reclutamiento y la utilización de niños (que es una forma de trata de personas). Habida cuenta de los complejos retos a los que se enfrenta, es necesario brindar un apoyo continuado a los esfuerzos del Gobierno para hacer frente a los delitos graves y desarmar y desmovilizar a los grupos armados.

8. Sigue preocupando seriamente la persistencia de la violencia y la delincuencia, incluidos el secuestro, la extorsión, el reclutamiento forzado y la violencia sexual relacionada

con el conflicto, que han persistido o aumentado y se consideran estrechamente vinculados a la dinámica económica y al control social y territorial. Estos delitos guardan estrecha relación con la trata de personas con fines de explotación sexual, esclavitud sexual, matrimonio infantil y forzado y delincuencia forzada, y pueden ser indicadores de ella. Los Pueblos Indígenas, los afrocolombianos y las comunidades de los departamentos de Antioquia, Bolívar, el Cauca, el Chocó, Nariño y el Putumayo se ven especialmente afectados3. La Relatora Especial acoge con satisfacción el enfoque diferenciado adoptado por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización con miras a luchar contra el reclutamiento y la utilización de niños, promover la igualdad de género y luchar contra la violencia de género.

9. Colombia acoge a casi 3 millones de refugiados y migrantes venezolanos, de los cuales aproximadamente 2,4 millones se benefician del estatuto temporal de protección, introducido por decreto gubernamental en 2021 en respuesta a la situación en la República Bolivariana de Venezuela. La Relatora Especial destaca la importancia de este programa, que ha contribuido considerablemente a prevenir la trata de personas y otras formas de explotación. El estatuto temporal de protección prevé la regularización, el acceso al empleo formal, la educación, la atención sanitaria, servicios financieros y un permiso de estancia de diez años4. También se prevé la solicitud de residencia permanente5. La responsabilidad compartida demostrada por Colombia en la acogida de migrantes y refugiados venezolanos

es notable y debe ser apoyada a fin de garantizar que se siga avanzando para asegurar el acceso a la protección internacional, la regularización y la inclusión social, a través del ejercicio efectivo de los derechos socioeconómicos de todos los migrantes y refugiados venezolanos, incluidos aquellos en situación irregular, que son sumamente vulnerables a la explotación.

A. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos

de Desarrollo Sostenible

10. La trata de personas está profundamente arraigada en la desigualdad, la pobreza, la desigualdad de género, la discriminación y el desplazamiento. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible 5, 8 y 16 son de especial relevancia para la lucha contra la trata de personas. El próximo examen nacional voluntario de Colombia será una oportunidad importante para poner de relieve las medidas adoptadas para luchar contra la trata de personas.

11. La Relatora Especial acoge con satisfacción la atención prestada en el plan de respuesta humanitaria para 2023 a los riesgos en materia de protección en zonas de alto riesgo 1 Oficina del ACNUDH en Colombia, “Violencia Territorial en Colombia: Recomendaciones para el Nuevo Gobierno”, párrs. 47 a 50; y Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios, “Colombia: informe de situación humanitaria 2023” (24 de noviembre de 2023). Véase asimismo A/HRC/WG.6/44/COL/2, párr. 13. 2 Véase https://alertasstg.blob.core.windows.net/alertas/022-23.pdf. 3 S/2023/1033, párr. 60. 4 Migración Colombia, resolución 971 de 2021.

5 Véase https://www.cancilleria.gov.co/v/venezolanosetpv. GE.24-08205 3 A/HRC/56/60/Add.1 de desastres relacionados con el clima y en zonas afectadas por el conflicto, así como la prioridad otorgada a las mujeres, los niños, los Pueblos Indígenas y afrocolombianos y las personas con discapacidad. También celebra la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. Las medidas para prevenir la trata de personas deben formar parte esencial de la planificación del desarrollo y la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

B. Trata de personas relacionada con el conflicto

12. Durante su visita, suscitaron especialmente la preocupación de la Relatora Especial los efectos persistentes del conflicto armado, la incidencia de la trata relacionada con el conflicto y la presencia de grupos armados que se dedican a la trata de personas, especialmente mujeres y niños6. Las desapariciones forzadas, los secuestros, el reclutamiento forzado, el matrimonio infantil y forzado, la esclavitud sexual, el reclutamiento y la utilización de niños y los feminicidios también pueden estar vinculados a la trata de personas.

13. La Relatora Especial celebra los progresos realizados en materia de desarme, desmovilización y reincorporación desde la firma del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), en particular mediante la labor de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización. No obstante, la prevalencia de armas pequeñas, armas y grupos armados obstaculiza

considerablemente la lucha contra la trata de personas.

14. La Relatora Especial también acoge con satisfacción la aprobación del programa de reunificación familiar por el Consejo Nacional de Reincorporación y resalta la necesidad de contar con los recursos adecuados para el cuidado de los hijos de excombatientes, velando por su interés superior.

15. Suscita honda preocupación la persistente incidencia del reclutamiento forzoso por parte de grupos armados entre las comunidades indígenas y afrocolombianas, así como el reclutamiento y la utilización de niños. Se valora positivamente la celebración del primer encuentro nacional de excombatientes indígenas y afrocolombianos, en octubre de 2023, y el acuerdo entre la Agencia para la Reincorporación y la Normalización y las organizaciones étnicas sobre el programa especial de armonización para comunidades afrocolombianas e indígenas7.

16. La Relatora Especial celebra que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización se centre en el empoderamiento económico de las mujeres excombatientes y señala que este es esencial para prevenir todas las formas de explotación y violencia, incluida la trata de personas.

17. Son fundamentales las medidas para fortalecer los procesos de reintegración con un enfoque más amplio en las iniciativas basadas en la comunidad y el liderazgo de las mujeres excombatientes.

C. Violencia sexual y trata de personas relacionadas con el conflicto

18. La prevalencia de la violencia sexual relacionada con el conflicto está bien documentada y sigue siendo una preocupación urgente. Entre las formas de trata relacionadas con el conflicto figuran aquellas con fines de explotación sexual, esclavitud sexual, matrimonio infantil y forzado, servidumbre doméstica y reclutamiento y utilización de niños

por grupos armados. Los estereotipos de género y la discriminación sistémica por razón de género contra las mujeres y las niñas, así como la persistente discriminación racial que afecta en particular a las comunidades afrocolombianas e indígenas, contribuyen a la normalización 6 A/HRC/52/25, párrs. 45 a 47. 7 S/2023/1033, párrs. 55 y 56. 4 GE.24-08205 A/HRC/56/60/Add.1 del reclutamiento de niñas con fines de explotación sexual, matrimonio infantil y forzado y esclavitud sexual8.

D. Desplazamiento y trata de personas

19. En Colombia, más de 6,8 millones de personas son desplazadas internas, y se han producido más de 1 millón de nuevos desplazamientos desde la firma, en 2016, del Acuerdo de Paz.

20. Los desplazamientos, incluidos los relacionados con el clima y los desastres, contribuyen a aumentar el riesgo de trata de personas, debido a la pérdida de medios de subsistencia (en particular para las comunidades rurales y campesinas), la pérdida de viviendas, la interrupción del acceso a la educación y la ruptura de las redes comunitarias y familiares9. El desplazamiento y el confinamiento tienen un impacto desproporcionado en las comunidades afrocolombianas e indígenas10.

21. La Relatora Especial acoge con satisfacción las medidas propuestas como parte de la Agenda de Acción del Secretario General sobre los Desplazamientos Internos, que combinan respuestas humanitarias, desarrollo y consolidación de la paz. Destaca las obligaciones

positivas de prevenir la trata de personas entre los desplazados internos y garantizar el acceso efectivo a la asistencia y la protección, en particular como parte de los marcos de planificación de las Naciones Unidas y de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

III. Tendencias generales

A. La trata en el contexto de la migración

22. Sigue existiendo profunda preocupación por los riesgos de trata de personas y otras violaciones graves de los derechos humanos a los que se enfrentan los migrantes y refugiados, en particular los niños y adolescentes, que transitan por el Tapón del Darién11. En 2023, el número de refugiados y migrantes que cruzaron el Tapón del Darién superó los 500.000; el número de niños y adolescentes se estimó en 90.000, una parte considerable de los cuales eran menores de 5 años. Los riesgos a los que se enfrentan migrantes y refugiados durante este viaje son alarmantes. Según se ha informado, los niños, las mujeres, las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero y las personas con discapacidad corrían especial riesgo de sufrir violencia sexual y otras violaciones graves de los derechos humanos, incluida la trata de personas, durante su tránsito por el Tapón del Darién. El principal país de origen de las personas que transitaron en 2023 fue la República Bolivariana de Venezuela, seguida de Haití y el Ecuador. Entre otros países de origen figuraban el Afganistán, el Brasil, Chile, China y el Perú12.

23. Los grupos armados, como el Clan del Golfo, y las organizaciones delictivas están presentes y participan activamente en la trata de personas en las zonas fronterizas y en el

Tapón del Darién. Durante su visita, la Relatora Especial visitó varias zonas fronterizas, en 8 Ibid., párrs. 44 a 48. 9 Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios, “Colombia: informe de situación humanitaria 2023”. 10 Más del 30 % de la población desplazada en Colombia se identifica como afrocolombiana, mientras que más del 50 % de la población confinada se identifica como indígena (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, “Monitoring of humanitarian emergencies/Colombia: large-group internal displacement and confinements” (2023), pág. 2). 11 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, “Protection risks: in transit migrant and refugee children and adolescents” (noviembre de 2023). 12 Véase https://www.r4v.info/es/document/colombia-migrantes-irregulares-en-transito-migracioncolombia-corte-31-diciembre-2023. GE.24-08205 5 A/HRC/56/60/Add.1 particular la región del Golfo de Urabá (Apartadó y Necoclí)13, y observó las precarias condiciones, la falta de alojamiento seguro y los graves riesgos de trata, en particular para las mujeres, las familias y los niños desesperados por encontrar el dinero necesario para pagar las exorbitantes tarifas que se cobran para seguir el viaje por Panamá hacia México y los Estados Unidos de América. Estas varían en función de las rutas tomadas a través del Tapón del Darién. Los que tienen recursos limitados —a menudo haitianos y venezolanos— se ven obligados a tomar caminos más largos y peligrosos, mientras que los que tienen más recursos

pueden tomar rutas más seguras. La Relatora Especial observa la adopción por parte de la Fiscalía General de la Nación de la resolución núm. 0-0662, de 6 de diciembre de 2023, por medio de la cual se crea la Estrategia contra las Finanzas Criminales asociadas al fenómeno criminal del tráfico de migrantes en el Golfo de Urabá. También observa la ampliación de la cooperación entre Migración Colombia, la Policía Nacional y los organismos policiales del Ecuador, Panamá y el Perú con miras a reforzar la identificación de las víctimas de la trata.

24. La Relatora Especial toma nota de la declaración trilateral emitida el 11 de abril de 2023 por Colombia, Panamá y los Estados Unidos, y de la hoja de ruta y el comunicado conjunto emitidos el 14 de febrero de 2023, que incluyen compromisos con nuevas vías legales y flexibles para migrantes y refugiados, medidas para poner fin a la migración irregular y un plan para reducir la pobreza y mejorar la prestación de servicios públicos en las comunidades fronterizas.

25. La Relatora Especial está preocupada por la escasa presencia de autoridades civiles, en particular las de protección de la infancia y las fuerzas del orden, en las zonas fronterizas.

Los graves riesgos de trata de personas y otras violaciones de los derechos humanos dieron lugar a la emisión, el 11 de abril de 2023, de alertas tempranas binacionales por parte de la Defensoría del Pueblo para las regiones de Antioquia y el Chocó14. La Relatora Especial toma conocimiento de la apertura de una investigación por parte de la Dirección Especializada

contra las Violaciones a los Derechos Humanos en respuesta a las alertas tempranas, con la participación de un fiscal especializado y de investigadores. No obstante, se expresó preocupación por la persistente falta de recursos y vías de protección en la práctica para las víctimas y las personas en riesgo de trata.

26. La presencia de grupos armados y organizaciones delictivas y el control que estos ejercen obstaculizan las medidas de prevención y protección y limitan el funcionamiento de las autoridades civiles. Durante la visita, se plantearon inquietudes en relación con la posible corrupción en las fuerzas del orden y su debilidad en algunas regiones, en particular en las zonas rurales, fronterizas y afectadas por conflictos. La trata por parte de redes delictivas y grupos armados ha afectado a niños y jóvenes de las comunidades afrocolombianas e indígenas en zonas fronterizas y a lo largo de las rutas de contrabando. Son captados con fines de delincuencia forzada, reclutamiento y utilización, en particular como guías y porteadores a través del Tapón del Darién.

27. La Relatora Especial destaca que no se denuncian todos los casos de trata de personas, debido al miedo y al riesgo de represalias por parte de los grupos armados y las organizaciones delictivas, así como por la escasa presencia de autoridades civiles.

28. La Relatora Especial se reunió con representantes de agentes humanitarios, de la sociedad civil y de las comunidades de acogida, y se mostró profundamente preocupada por la falta de servicios y de protección efectiva para las personas, especialmente los niños, expuestas al riesgo de trata con fines de explotación sexual y delincuencia forzada. Encomia

la dedicación y la valentía de la sociedad civil y de los agentes humanitarios, que trabajan con un riesgo personal considerable.

29. Sigue existiendo preocupación por los importantes retrasos administrativos en la expedición de permisos de protección temporal y por los continuos obstáculos a los que se enfrentan los migrantes y refugiados venezolanos para acceder a los servicios de salud, la seguridad social y el empleo formal, lo que incrementa el riesgo de explotación al que están 13 En 2023, Migración Colombia señaló que, de los 539.959 migrantes en situación irregular que llegaron a Colombia, 343.112 habían salido de Colombia por Necoclí. 14 Véase https://alertasstg.blob.core.windows.net/alertas/014-23.pdf.

6 GE.24-08205 A/HRC/56/60/Add.1 expuestos15. La Relatora Especial observa que el estatuto temporal de protección solo está disponible para los migrantes irregulares de la República Bolivariana de Venezuela que se encontraban en Colombia antes del 31 de enero de 2021. Los venezolanos llegados irregularmente desde entonces se exponen a un elevado riesgo de explotación, incluida la trata de personas con fines de explotación sexual, que afecta en particular a mujeres, niñas y personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero.

B. Trata de niños, incluida la relacionada con el conflicto

30. El maltrato infantil, incluida la explotación económica, está prohibido por el artículo 44 de la Constitución de Colombia, que establece la primacía de los derechos del niño y prevé la protección contra el abandono, la violencia física o moral, el secuestro, la venta, el abuso sexual y la explotación económica o laboral. El artículo 9 de la Ley núm. 985

de 2005, relativa a la trata de personas, establece que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es la entidad principal para prestar asistencia a los niños y adolescentes víctimas de la trata. Los fines específicos de explotación que aborda son la explotación sexual, el matrimonio servil, el trabajo forzado, la explotación de la mendicidad ajena, la servidumbre, la extracción ilegal de órganos y la esclavitud y prácticas similares. La Relatora Especial celebra que se haya dado un enfoque diferenciado a los derechos del niño, en virtud del cual se reconoce la importancia del género, la orientación sexual y las identidades de género diversas, la discapacidad, la raza y la etnia.

31. Otras protecciones de los derechos de los niños se contemplan en la Ley núm. 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, y en la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación de la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes 2018-202816. El reclutamiento y la utilización de niños constituye un delito independiente (Ley núm. 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, art. 162). Las leyes, políticas y medidas en materia de lucha contra el reclutamiento y la utilización de niños por parte de grupos armados y organizaciones delictivas forman parte de la respuesta del Estado a la trata de niños. Los delitos de trata de personas y explotación sexual de niños se recogen en disposiciones distintas del Código Penal, y la trata de niños se considera un delito agravado (art. 188 b)). El Código Penal también trata la venta de niños

en su artículo 188 c) y los abusos sexuales contra niños en su título IV.

32. La trata de niños por parte de grupos armados y organizaciones delictivas en Colombia es una preocupación grave y una violación del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, como se destaca en el informe de la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados17. Persiste la trata de niños con diversos fines de explotación, como la explotación sexual, el matrimonio infantil, la explotación en actividades delictivas, el reclutamiento y la utilización en funciones de apoyo y de combate, y con fines de servidumbre doméstica. El derecho internacional sobre la trata de personas define al niño como toda persona menor de 18 años y precisa que no es necesario establecer “medios”, como la fuerza o la coacción, para que se considere trata.

33. Además de en funciones de combate, los grupos armados utilizan a los niños en funciones de apoyo, en calidad de vigías y ayudantes en actividades como el suministro de estupefacientes y el contrabando. Las niñas son objeto de explotación sexual, esclavitud sexual, matrimonio infantil y servidumbre doméstica. Se utilizan estrategias de reclutamiento como el “enamoramiento”, que consiste en hacer creer a la niñas que están entablando una relación con miembros de los grupos armados y utilizarlas en ataques a escuelas, comunidades y familias. Los niños afrocolombianos e indígenas corren especial peligro. El Comité de Derechos Humanos ha recomendado adoptar medidas integrales y diferenciadas 15 Véase https://www.dejusticia.org/publication/derecho-a-la-atencion-en-salud-para-las-personasmigrantes-en-situacion-irregular-en-colombia-entre-estandares-normativos-y-barreras-practicas/. 16 Véase https://www.mintrabajo.gov.co/politica-publica-para-la-prevencion-y-erradicacion-de-laexplotacion-sexual-comercial-de-ninas-ninos-y-adolescentes. Véase también el Decreto núm. 1036/16, la Ley núm. 1801/16, la Ley núm. 1719/14, la Ley núm. 1622/13 y la Ley núm. 742/02. 17 A/77/895, párr. 40.

GE.24-08205 7 A/HRC/56/60/Add.1 de prevención del reclutamiento de niños y adolescentes por grupos armados con fines de explotación sexual y para el fortalecimiento de entornos protectores a nivel familiar, escolar y comunitario18.

34. La Relatora Especial expresa su preocupación por la escasa asistencia y protección que se presta a los niños que escapan de grupos armados u organizaciones delictivas, ya que corren un alto riesgo de sufrir represalias, incluidos asesinatos, violencia y trata reiterada.

Durante la visita, se expresó preocupación por el hecho de que no se denuncien todos los casos de reclutamiento y utilización de niños debido a la falta de confianza en los mecanismos de protección disponibles, al miedo a las represalias y a la persistente inquietud en relación con la posible complicidad de las fuerzas del orden en las actividades de los grupos armados y las organizaciones delictivas.

35. Se expresó preocupación por el hecho de que la prevención de la trata de niños por parte de grupos armados y organizaciones delictivas no reciba suficiente prioridad en las

medidas de consolidación de la paz.

36. Cuando se desmoviliza a niños y jóvenes, con escasos mecanismos de protección o seguimiento, persisten graves riesgos de que vuelvan a ser objeto de trata. Preocupa a la Relatora Especial que los niños no sean reconocidos como víctimas, no reciban asistencia ni medidas de protección y puedan ser objeto de enjuiciamiento penal, en contravención del principio de no penalización. La Relatora Especial destaca la especial vulnerabilidad de los niños y el impacto de la discriminación interseccional y múltiple basada en la raza, la etnia y el género.

37. La trata de niños por parte de grupos armados y organizaciones delictivas con fines de matrimonio infantil sigue siendo motivo de grave preocupación. La trata de niñas del campo a la ciudad con fines de servidumbre doméstica también es motivo de grave preocupación y repercute en las comunidades que viven en la extrema pobreza. La trata de niños afecta especialmente a las comunidades afrocolombianas e indígenas19.

38. La prevalencia del trabajo infantil, parte del cual puede constituir trata de niños, es motivo de grave preocupación, en particular en el sector del trabajo doméstico. La Relatora Especial destaca la necesidad de reforzar la acción para erradicar el trabajo infantil en el sector del trabajo doméstico y resalta los elevados riesgos de trata de niños y sus vínculos con las intersecciones de la discriminación y la marginación por motivos de género, raza y etnia y en razón de la condición migratoria. Señala las persistentes dificultades para asegurar la aplicación efectiva de la legislación laboral y la adecuada dotación de recursos y personal de la Inspección de Trabajo. La Relatora Especial observa con preocupación las denuncias

de corrupción20. Toma nota de los esfuerzos para reforzar la aplicación de la Línea de Política Pública para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección Integral al Adolescente Trabajador 2017-202721, con miras a prevenir la trata de niños. La Relatora Especial acoge con satisfacción la creación en 2022 de un grupo de élite encargado de realizar inspecciones de lucha contra el trabajo infantil, formado por 50 inspectores que se centran en la aplicación de la legislación sobre trabajo infantil. Celebra asimismo la promulgación de la Ley núm. 2328 de 2023, por medio de la cual se establece la política de estado para el desarrollo integral en la infancia y adolescencia, y destaca la urgencia de que se aplique de manera efectiva en la práctica en todo el país.

39. La Relatora Especial fue informada de las continuas preocupaciones relacionadas con el trabajo infantil, incluida la trata con fines de trabajo infantil en la agricultura, la producción de coca y la minería, en particular en la miner

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...