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Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 0012333000201800840011AUTOQUEADMITE20221013110331
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

Radicado: 68001-23-33-000-2018-00840-01 (5157-2022)

Demandante: Jairo Enrique Figueroa Chaparro

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN A

MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ.

Bogotá D. C., trece (13) de octubre de dos mil veintidós (2022)

Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Radicación: 68001-23-33-000-2018-00840-01 (5157-2022)

Demandante: JAIRO ENRIQUE FIGUEROA CHAPARRO

Demandada: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA

Tema: Admite recurso de apelación contra sentencia - Ley 1437 de 2011 (artículo 67 de la Ley 2080 de 2021).

Auto interlocutorio O-2022.

El Tribunal Administrativo de Santander profirió sentencia el 29 de abril de 20221, la cual fue notificada a través de medio electrónico el 6 de mayo del mismo año2.

La parte demandante interpuso recurso de apelación el 20 de mayo de 20223.

En consecuencia, por reunir los requisitos legales y en concordancia con lo regulado en el numeral 3.° del artículo 247 del CPACA, se admite el recurso de apelación presentado por el recurrente contra la sentencia de primera instancia.

En consecuencia, por reunir los requisitos legales y en concordancia con lo regulado en el numeral 3.° del artículo 247 del CPACA, se admite el recurso de apelación presentado por el recurrente contra la sentencia de primera instancia.

Dentro de los 10 días siguientes a la ejecutoria de esta providencia, la secretaría pasará el expediente al Despacho para dictar sentencia, salvo que las partes presenten solicitud probatoria, de conformidad con el artículo 212 del CPACA y el ordinal 5 .° del artículo 67 de la Ley 2080 de 2021 4. El Ministerio Público podrá emitir concepto hasta antes de que el proceso ingrese al despacho para sentencia.

1 SAMAI. Tribunal Administrativo de Santander. Dar clic en documentos. Archivo (2_SENTENCIADEPRIMERAINSTANCIA( .docx) NroActua 44). 2 SAMAI. Tribunal Administrativo de Santander. Dar clic en documentos. Archivo (Soporte notificación Sentencia de Primera(.pdf) NroActua 46). 3 SAMAI. Tribunal Administrativo de Santander. Dar clic en documentos. Archivo (5_RECEPCIONDEMEMORIAL_APELACIO NJAIROFIGU(.pdf) NroActua 48). 4 Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción.Radicado: 68001-23-33-000-2018-00840-01 (5157-2022)

Demandante: Jairo Enrique Figueroa Chaparro

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

Demandante: Jairo Enrique Figueroa Chaparro

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

Notifíquese personalmente al señor agente del ministerio público, y por estado a las partes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Firmado electrónicamente

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