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CE - 012331000200900434011SALVAMENTODEV20221010164824

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 012331000200900434011SALVAMENTODEV20221010164824
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

REPÚBLICA DE COLOMBIA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B

Bogotá DC, dieciséis (16) de agosto de dos mil veintidós (2022).

Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 68001-23-31-000-2009-00434-01 (57.216)

Demandante: JOSÉ EDUARDO FINO HERNÁNDEZ

Demandado: NACIÓN – RAMA JUDICIAL Y OTRO

Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA SALVAMENTO DE VOTO No comparto la decisión de fondo que negó las pretensiones de la demanda, contrario a lo señalado en la sentencia, el demandante para el 31 de agosto de 2010 no tenía el arma de su propiedad.

El actor precisamente demanda que el arma no le fue devuelta a pesar que existió una orden para ello y es a la entidad demandada a quien le correspondía demostrar que el arma sí le fue entregada al actor del proceso de la referencia. De la certificación expedida por el Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Quinta Brigada solo se puede concluir que en la fecha del 31 de agosto de 2010 se registró el hurto del arma, mas no que en ese día el actor tenía el arma en su poder.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ

Magistrado (firmado electrónicamente) Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.

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