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CE - 012333000201300066011AUTOQUEDISPON20221026101022

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 012333000201300066011AUTOQUEDISPON20221026101022
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN B

CONSEJERA PONENTE: SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ

Bogotá D.C., 26 de octubre de 2022

Radicación: 2700123330002013006601

Nro. Interno: 2051-2014

Demandante: María Gerónima Mosquera Leudo Demandado: Municipio de Nóvita (Chocó) Asunto: Corrección auto del 21 de septiembre de 2022

Ha venido el pro ceso de la referencia al despacho con informe secretaria l de la fecha1, da ndo cuenta de la solicitud promovida por la parte demanda nte p ara la obtención de copias auténticas de la sentencia de segunda instancia. No obstante, se observa que en la providencia del 21 de septiembre de 2022, por la cual se re chazó de plano la solicitud de aclaración de la sentencia de segunda instancia de la parte dem andada y, se reconoci ó una suces ión procesal ; se incurrió de manera involu ntaria en un defecto formal al digitar en los datos que identifican al proceso como demandado a la N ación – Ministerio de D efensa Nacional – Policía Nacional, cuando debió corresponder al Municipio de Nóvita – (Chocó). Al respecto, el artículo 286 del CGP precisa que de oficio procede la corrección de defectos forma les de las providencias en los casos de omisión o cambio de palabras o alteración de éstas. En tal virtud, se

RESUELVE:

DE OFICIO, CORREGI R la providencia del 21 de septiembre de 2022, en el palabras o alteración de éstas. En tal virtud, se

RESUELVE:

DE OFICIO, CORREGI R la providencia del 21 de septiembre de 2022, en el sentido de indicar que la parte demandada corresponde al Municipio de Nóvita (Chocó), en lugar de la indicación errada de Nación – Ministerio de D efensa – Policía Nacional. Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ Se deja constancia que esta providencia se firma e n forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador. 1 Folio 572.

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