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CE - 080012333000202000655011ACLARACIONDEV20221214090518

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE - 080012333000202000655011ACLARACIONDEV20221214090518
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
—

Radicado: 08001-23-33-000-2020-00655-01 (26624)

Demandante: ATLANTIC INTERNATIONAL B.P.O. COLOMBIA S.A.S.

1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co

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CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Radicación: 08001-23-33-000-2020-00655-01 (26624)

Demandante: ATLANTIC INTERNATIONAL B.P.O. COLOMBIA S.A.S.

Demandado: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, DIAN

ACLARACIÓN DE VOTO DEL CONSEJERO MILTON CHAVES GARCÍA A LA SENTENCIA DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2022, C.P. MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ

ARGÜELLO

Comparto la decisión de la Sala de revocar la sentencia apelada, que negó las pretensiones de la demanda y, en su lugar, declaró la nulidad parcial de los actos demandados. La providencia de la referencia señaló que procede el r echazo de deducciones corr espondientes a pagos que la actora efectuó a su casa matriz en el exterior por servicios de administración, contabilidad y auditoría porque los mismos no

demandados. La providencia de la referencia señaló que procede el r echazo de deducciones corr espondientes a pagos que la actora efectuó a su casa matriz en el exterior por servicios de administración, contabilidad y auditoría porque los mismos no se sujetaron a la retención en la fuente prevista en el artículo 124 del Estatuto Tributario.

Toda vez que se reitera el criterio de la Sala expuesto en sentencia del 2 de diciembre de 2021, exp. 23605, aclaro el voto para señalar que acojo el criterio que se reitera respecto al alcance del artículo 124 del Estatuto Tributario.

En los anteriores términos dejo expresadas las razones de mi aclaración de voto.

(Firmado electrónicamente)

MILTON CHAVES GARCÍA

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