CE - 080012333000202000655011ACLARACIONDEV20221214090518
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE - 080012333000202000655011ACLARACIONDEV20221214090518
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Radicado: 08001-23-33-000-2020-00655-01 (26624)
Demandante: ATLANTIC INTERNATIONAL B.P.O. COLOMBIA S.A.S.
1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co
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CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Radicación: 08001-23-33-000-2020-00655-01 (26624)
Demandante: ATLANTIC INTERNATIONAL B.P.O. COLOMBIA S.A.S.
Demandado: DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, DIAN
ACLARACIÓN DE VOTO DEL CONSEJERO MILTON CHAVES GARCÍA A LA SENTENCIA DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2022, C.P. MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ
ARGÜELLO
Comparto la decisión de la Sala de revocar la sentencia apelada, que negó las pretensiones de la demanda y, en su lugar, declaró la nulidad parcial de los actos demandados. La providencia de la referencia señaló que procede el r echazo de deducciones corr espondientes a pagos que la actora efectuó a su casa matriz en el exterior por servicios de administración, contabilidad y auditoría porque los mismos no
demandados. La providencia de la referencia señaló que procede el r echazo de deducciones corr espondientes a pagos que la actora efectuó a su casa matriz en el exterior por servicios de administración, contabilidad y auditoría porque los mismos no se sujetaron a la retención en la fuente prevista en el artículo 124 del Estatuto Tributario.
Toda vez que se reitera el criterio de la Sala expuesto en sentencia del 2 de diciembre de 2021, exp. 23605, aclaro el voto para señalar que acojo el criterio que se reitera respecto al alcance del artículo 124 del Estatuto Tributario.
En los anteriores términos dejo expresadas las razones de mi aclaración de voto.
(Firmado electrónicamente)