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CE-11001-03-06-000-2012-00104-00(C)-2013

Consejo de Estado

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Título
CE-11001-03-06-000-2012-00104-00(C)-2013
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS – Entre la Agencia Nacional del Espectro y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones / CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS – Requisitos para su trámite ante la Sala de Consulta y Servicio Civil / CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS – No está previsto para absolver consultas jurídicas de carácter general o casos abstractos o hipotéticos Ahora bien, aún cuando ni el derogado artículo 33 del Código Contencioso Administrativo ni la nueva normatividad advirtieron expresamente sobre los requerimientos generales mínimos para la existencia de los conflictos de competencia administrativa de conocimiento de la Sala, los desarrollos doctrinarios han fijado sobre el tema el siguiente alcance: “La Sala, en decisión del 4 de octubre de 2006 reiterada hasta la fecha, en aplicación de la ley explicitó dichos requisitos así: 1. Deben existir al menos dos entidades u organismos que de manera expresa manifiesten su competencia o incompetencia para conocer de un asunto determinado. (…) Además, se ha precisado que el conflicto de competencias se traba entre entidades u organismos distintos, no entre funcionarios o dependencias de una misma entidad. Por tanto, los conflictos intraorgánicos deberán ser resueltos por las autoridades superiores de las propias entidades u organismos en aplicación del principio de jerarquía. 2. Al menos uno de los organismos o entidades debe pertenecer al orden nacional. (…) 3. El conflicto debe versar sobre un asunto concreto y no sobre cuestiones abstractas y generales. Por tanto, la actuación respecto de la cual se origina la controversia debe estar individualizada. El procedimiento para definir los conflictos de

competencias administrativas se instituyó para resolver problemas específicos y no para absolver consultas jurídicas de carácter general o casos abstractos o hipotéticos, situaciones que remiten a otra función de la Sala, como es la función consultiva, la cual sigue sus propias reglas. 4. El conflicto debe referirse a competencias de naturaleza administrativa. (…)”. (…) Como quiera que el supuesto de la competencia de la Sala de Consulta y Servicio Civil contenida en el artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, consiste en definir un asunto determinado, pues el procedimiento para definir los conflictos de competencias administrativas se instituyó para resolver problemas específicos y no para absolver consultas jurídicas de carácter general o casos abstractos o hipotéticos, es del caso ordenar el archivo de la solicitud original, a la cual, como se dijo, no se acompañó ninguna actuación administrativa que permitiera individualizar el supuesto conflicto FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTICULO 39

NOTAS DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, conflicto de competencias administrativas, Rad. 11001-03-06-000-2006-00102-00

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL

Consejero ponente: WILLIAM ZAMBRANO CETINA

Bogotá D.C., diez (10) de abril dos mil trece (2013) Radicación número: 11001-03-06-000-2012-00104-00(C) Actor: AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en cumplimiento de la función prevista en el artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de

lo Contencioso Administrativo, pasa a resolver la solicitud planteda a título de conflicto negativo de competencias entre la Agencia Nacional del Espectro (en adelante ANE) y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante MINTIC).

I. ANTECEDENTES Con base en la información relacionada por las entidades de la referencia, se exponen a continuación los antecedentes que dan origen a la presente solicitud:

1. Mediante correo electrónico del 11 de julio de 2012, la Directora de Vigilancia y Control del MINTIC remitió a la Subdirectora de Vigilancia y Control de la ANE copia del memorando con registro No. 546792 del 5 de julio de 2012, con el asunto: “Concepto competencias Ministerio de TIC – ANE”, en el que señaló: “la vigilancia y control respecto de la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, así como respecto de los servicios de radiodifusión sonora, corresponden al MINTIC. En tanto que la vigilancia y control del espectro radioeléctrico destinado a tales servicios, incluyendo además el de televisión, corresponde a la Agencia Nacional del Espectro”.

2. Mediante oficio VC-1430 radicado No. 7584 del 2 de agosto de 2012 dirigido a la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del MINTIC, la ANE indicó que en el caso del servicio de radiodifusión sonora, por su naturaleza jurídica, y la inescindibilidad de dicho servicio con el espectro radioeléctrico, no puede considerarse que exista una diferencia entre las obligaciones del servicio como tal y las obligaciones en el uso del espectro radioeléctrico destinado a la prestación

del servicio. A su vez, la Agencia argumentó, que la Ley 1341 de 2009, establece expresamente que la inspección, vigilancia y control sobre el servicio de radiodifusión sonora está a cargo del MINTIC.

3. Mediante oficio radicado 8368 ANE del 1 de agosto de 2012, la Directora de Vigilancia y Control del MINTIC, basándose en el concepto de la Oficina Asesora Jurídica del 5 de julio de 2012, registro No. 546792, devolvió a la Subdirección de Vigilancia y Control de la ANE cuarenta y seis (46) actas de visitas con sus respectivos informes técnicos realizados por esta última a los proveedores del servicio de radiodifusión sonora , informes que habían sido enviados por la ANE al MINTIC para que éste iniciara las actuaciones administrativas del caso.

4. Luego, en comunicación radicado ANE No. 8455 del 8 de agosto de 2012, la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio envió a la ANE una relación de otras 42 actuaciones administrativas que abrió contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora. De las 42 actuaciones, remitió (33) expedientes, respecto de las nueve (9) actuaciones restantes indicó que los expedientes debían ser retirados de las instalaciones del ministerio.

5. Adicionalmente, con oficio radicado 8613 ANE del 16 de agosto de 2012, la Directora de Vigilancia y Control del MINTIC, dando alcance al concepto de la Oficina Asesora Jurídica registro No. 546792, devolvió a la Subdirección de

Vigilancia y Control de la ANE cuarenta (40) actas de visitas con sus respectivos informes técnicos efectuados por esta entidad a proveedores del servicio de radiodifusión sonora y que habían sido enviados previamente por la ANE al

MINTIC.

6. A través del oficio radicado con el número ANE 7706 del 17 de agosto de 2012, la ANE devolvió al MINTIC, las treinta y tres (33) actuaciones administrativas que la Dirección de Vigilancia y Control de ese ministerio le remitió.

7. La Oficina Asesora Jurídica del MINTIC, mediante radicado ANE 8868 del 31 de agosto de 2012, respondió a la agencia sobre las inquietudes que ésta le planteó en el oficio VC-1430 radicado No. 7584 del 2 de agosto de 2012 que: “luego de la revisión que precede, no encuentra esta oficina jurídica, razones para variar las consideraciones y conclusiones planteadas en el concepto con registro

No. 546792…”.

8. Mediante oficio radicado número ANE 9073 del 11 de septiembre de 2012, la Dirección de Vigilancia y Control del MINTIC, envió de nuevo a la ANE las cuarenta y dos (42) actuaciones administrativas que había abierto esa dependencia contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y cinco (5) actuaciones administrativas más, sobre las cuales ya había proferido auto de apertura de investigación. En el mismo documento el MINTIC envió cuatro (4) actas de visitas con informes técnicos de radiodifusión sonora que había enviado la ANE al MINTIC.

9. Nuevamente, con oficio No. 8189 del 19 de septiembre de 2012 la ANE

devolvió al MINTIC todos los expedientes correspondientes a las actuaciones administrativas iniciadas por el ministerio.

10. Mediante oficio radicado ANE No. 9506 del 5 de octubre de 2012, la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio remitió una nueva relación de (15) actuaciones administrativas sobre proveedores de radiodifusión sonora, anunciando a la ANE que debían ser retiradas de las instalaciones del MINTIC, a lo que la ANE respondió al ministerio, con oficio radicado ANE No. 8311 del 17 de octubre de 2012, que respecto de las quince (15) actuaciones administrativas no adelantaría gestión alguna.

11. Finalmente, el 22 de octubre de 2012 la Agencia Nacional del Espectro plantea a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado la definición del conflicto de competencias administrativas con el fin de determinar la entidad que debe adelantar las investigaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora por violación de los parámetros técnicos esenciales autorizados o por utilización del espectro radioeléctrico sin el correspondiente permiso.

II. ACTUACION PROCESAL La presente actuación correspondió por reparto al Consejero William Zambrano Cetina (f.94). El 6 de noviembre de 2012 por Secretaría de la Sala, el conflicto de competencias se fija en edicto por cinco días para que las partes presenten sus alegatos y por tres días más mientras se comunicaba a 62 concesionarios investigados conforme al listado que proporcionó la Agencia Nacional del Espectro en su solicitud (f.176).

III. ARGUMENTOS DE LAS PARTES Dentro de la actuación las partes presentaron los argumentos que se exponen a

continuación:

1. Agencia Nacional del Espectro (ANE) Aunque guardó silencio en el traslado para alegar, en la solicitud a la Sala planteó en resumen los siguientes argumentos: -La Agencia Nacional del Espectro fue creada por la ley 1341 de 2009 como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sin personería jurídica, con autonomía técnica, administrativa y financiera, con el objeto de brindar el soporte técnico para la gestión, planeación y el ejercicio de la vigilancia y control del espectro radioeléctrico. Posteriormente, el decreto 4169 de 2011 modificó la naturaleza jurídica de la ANE y le otorgó personería jurídica. -De acuerdo con el artículo 26 de la ley 1341 de 2009 dentro de las funciones de la ANE están las de ejercer vigilancia y control del espectro radioeléctrico y adelantar las investigaciones a que haya lugar por posibles infracciones al régimen del espectro definido por el MINTIC, así como imponer las sanciones que corresponda. -En relación con lo anterior, la ANE señala que el artículo 7 del Decreto 093 de 2012 establece que son funciones de la Subdirección de Vigilancia y Control: i) Diseñar e implantar elementos de la política y procedimientos para vigilancia y control del espectro; ii) establecer y ejecutar los planes de vigilancia y control sobre el uso del espectro por parte de usuarios autorizados, así como la utilización

no autorizada o ilegal del mismo; iii) asegurar el oportuno y cabal cumplimiento de estos planes y procesos de control; iv) coordinar con las dependencias que correspondan al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MINTIC, las actividades de vigilancia y control sobre los derechos y obligaciones en el uso del espectro por parte de los usuarios autorizados, y v) realizar la comprobación técnica de las emisiones e inspección de las estaciones, entre otras. - Adicionalmente, expone que el artículo 102 de la Resolución 415 del MINTIC y el Convenio No. 303 de 2010, establece que el MINTIC tiene a su cargo la inspección vigilancia y control sobre el servicio de radiodifusión sonora, mientras que la ANE tiene a su cargo adelantar las visitas correspondientes para verificar el cumplimiento de los parámetros técnicos esenciales y no esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora, que una vez realizadas las visitas técnicas anteriormente descritas, la ANE remite el resultado de las mismas al MINTIC para que se adelanten, si es del caso, las actuaciones administrativas que correspondan. -De igual forma, la ANE indica que en cumplimiento de la Resolución 415 de 2010 y del convenio No. 303 de 2010, ha adelantado visitas técnicas y elaboradas los informes técnicos respectivos, los cuales han sido enviados al MINTIC. Este último ha adelantado las investigaciones administrativas contra los proveedores de radiodifusión sonora, profiriendo cada entidad los actos administrativos correspondientes a su competencia. -Por otra parte, señala que el artículo 60 de la ley 1341 de 2009 prevé que el

MINTIC tiene como funciones la inspección, vigilancia y control de los servicios de radiodifusión sonora, y adicionalmente, que esta norma incluye la inspección, vigilancia y control que se hace sobre el espectro radioeléctrico destinado a la prestación del servicio de radiodifusión sonora. -En virtud de lo anterior, la ANE manifiesta que en el caso del servicio de radiodifusión sonora, por su naturaleza jurídica determinada por la ley y la inescindibilidad de dicho servicio con el espectro radioeléctrico, no puede considerarse que exista una diferencia entre las obligaciones del servicio como tal y las obligaciones en el uso del espectro radioeléctrico destinado a la prestación del mismo. -Finalmente, la ANE expresa que la ley 1341 de 2009 destinó un título específico para todo el servicio de radiodifusión sonora, incluyendo el espectro destinado para tal efecto, y que la entidad competente para adelantar las investigaciones por modificación sin autorización de los parámetros técnicos esenciales a través de los cuales se hace uso del espectro radioeléctrico destinado al servicio de radiodifusión sonora es el MINTIC. (Fs.1-24).

2. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

(MINTIC) - El apoderado del MINTIC considera que no existe conflicto de competencias administrativas sino que el asunto que se discute se refiere a una consulta abstracta. Acto seguido, expone las competencias de MINTIC y las de la ANE con el objeto de expresar su posición jurídica en relación con la solicitud de la agencia. - Argumenta que de acuerdo con los artículos 25 y 26 de la ley 1341 de 2009, la

ANE es un organismo de carácter técnico para la gestión y la planeación, la vigilancia y control del espectro radioeléctrico que tiene funciones de carácter administrativo sancionatorio circunscritas al régimen de infracciones del espectro. - Que de acuerdo con el artículo 102 de la resolución 415 de 2010 del MINTIC, se reconoce expresamente la competencia de vigilancia y control del régimen del espectro asignado para el servicio de radiodifusión a la ANE. Finalmente, el apoderado del MINTIC expone que de conformidad con el numeral 11 del artículo 18 de la ley 1341 de 2009, el artículo 20 del decreto 091 de 2010, el artículo 7 del decreto 93 de 2010 y los artículos 25, 60 y 63 de la ley 1341 de 2009, la vigilancia y control respecto de los servicios de radiodifusión sonora, concesión y permiso para el uso del espectro radioeléctrico corresponden al MINTIC, en tanto que la vigilancia y control respecto del espectro radioeléctrico destinado a los servicios de radiodifusión sonora corresponde a la ANE, por ser éste el organismo técnico especializado en espectro. Por lo anterior, de acuerdo con el apoderado del Ministerio, la ANE tiene competencia en el uso inadecuado del espectro radioeléctrico involucrado en la prestación del servicio de radiodifusión sonora. (Fs.163-169).

IV. AUDIENCIA Con fundamento en lo previsto en el artículo 35 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el 24 de enero de 2013 se llevó a cabo una audiencia para escuchar los argumentos de las entidades entre las

cuales se generó el presente conflicto negativo de competencias administrativas. En la citada audiencia los intervinientes reiteraron las razones por las que consideran que carecen de competencia para conocer del asunto. Además, con el fin de determinar si el conflicto de competencias propuesto se refiere a un asunto concreto, se preguntó a los funcionarios asistentes si existen expedientes sobre las investigaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora por violación de los parámetros técnicos esenciales autorizados, o por utilizar el espectro radioeléctrico sin el correspondiente permiso, a lo que contestaron que las actuaciones reposan en el MINTIC, y serían enviadas a la Sala de Consulta y Servicio Civil tan pronto se requirieran para su estudio.

V. AUTO DE MEJOR PROVEER El 24 de enero de 2013 la Sala profirió auto de mejor proveer solicitando los expedientes sobre las investigaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora por violación de los parámetros técnicos esenciales autorizados (f.187). El 6 de febrero de 2013 se allegaron al Despacho en cuatro (4) tomos parte de los documentos solicitados en el auto de mejor proveer del 24 de enero. En total se remitieron 35 actuaciones administrativas

(f.192), así:

No EXP. CONCESION EMISORA OBJETO ÚLTIMA

ARIO INVESTIGACIÓN ACTUA

CIÓN

1 53170 ASOCIACIÓN EMISORA LA VOZ PARÁMETROS PLIEGO

CALEIDOSC DE TAURAMENA TÉCNICOS DE

OPIO (UBICACIÓN DE CARGO

SISTEMA S

IRRADIANTE)

DERECHOS DE

AUTOR Y EQUIPO

2 52903 POLICÍA RADIO POLICÍA PARÁMETROS PLIEGO

NACIONAL NACIONAL TÉCNICOS DE

DE MITU (POTENCIA DE CARGO

OPERACIÓN) Y S

EQUIPOS DE

MODULACIÓN Y

CONTROL

3 53216 ASOCIACIÓN EMISORA PARÁMETROS PLIEGO

COMUNITARI DIAMANTINA TÉCNICOS DE

A POR UN ESTÉREO (UBICACIÓN Y CARGO

FUTURO ALTURA DEL S

PROMISORIO SISTEMA

DEL IRRADIANTE) Y

MUNICIPIO MEDIOS DE

DE LA MEDICIÓN

ARGENTINA

4 52394 URBANIZACI EMISORA AVISAG PARÁMETROS PLIEGO

ÓN AVISAG ESTÉREO TÉCNICOS DE

(FRECUENCIA DE CARGO

OPERACIÓN Y S

POTENCIA DE

OPERACIÓN

MONITORES)

MONITORES

5 53075 FUNDACIÓN EMISORA ELSY PARÁMETROS PLIEGO

ELSY MARIELA FM TÉCNICOS DE

MARIELA ESTÉREO ( UBICACIÓN Y CARGO

MENDEZ ALTURA DEL S

SISTEMA

IRRADIANTE

ALTURA DE LA

TORRE)

6 52442 JUNTA DE EMISORA PARÁMETROS PLIEGO

ACCIÓN COMUNITARIA TÉCNICOS DE

COMUNAL ORQUIDEA (POTENCIA DE CARGO

VEREDA LAS ESTÉREO OPERACIÓN) Y S

DELICIAS EQUIPOS DE

MODULACIÓN Y

CONTROL

7 52245 CORPORACI EMISORA PARÁMETROS PLIEGO

ÓN RADIO VALPARAISO TÉCNICOS DE

VALPARAISO ESTÉREO F.M (UBICACIÓN Y CARGO

ALTURA DEL S

SISTEMA

IRRADIANTE)

POTENCIA DE

OPERACIÓN

8 53317 RESGUARDO EMISORA DEL PARÁMETROS PLIEGO

INDÍGENA DE RESGUARDO TÉCNICOS DE

CRISTIANDA INDÍGENA DE (UBICACIÓN DE CARGO

D CRISTIANA SISTEMA S

IRRADIANTE)

DERECHOS DE

AUTOR Y EQUIPO

9 53018 ALCALDÍA EMISORA JARDÍN PARÁMETROS PLIEGO

MUNICIPAL ESTÉREO TÉCNICOS DE

DE JARDÍN (FRECUENCIA DE CARGO

ENLACE EQUIPOS S

DE MODULACIÓN

Y CONTROL DE

EMISIÓN)

10 51504 SOCIEDAD EMISORA LA VOZ PARÁMETROS PLIEGO

SISTEMA DE LA RAZA TÉCNICOS DE

SONORO DE (UBICACIÓN DEL CARGO

COLOMBIA SISTEMA S

LIMITADA IRRADIANTE Y

EMISIÓN DE

PROGRAMA

PERIODÍSTICO)

11 51525 SISTEMA COLMUNDIO RADIO PARÁMETROS PLIEGO

FEDERAL S.A LA CADENA DE TÉCNICOS(FREC DE

LTDA LA PAZ RADIO 24 UENCIA DE CARGO

ENLACE EMISIÓN S

DE PROGRAMA

PERIODÍSTICO

SIN LICENCIA)

12 53128 SISTEMA DE SISTEMA DE PARÁMETROS PLIEGO

COMUNICACI COMUNICACIÓN TÉCNICOS DE

ÓN INTEGRAL ESENCIALES CARGO

INTEGRAL COMUNITARIA (UBICACIÓN DEL S

COMUNITARI SISTEMA

A IRRADIANTE)

13 53237 ASOCIACIÓN ASOCIACIÓN LA PARÁMETROS PLIEGO

LA VOZ DE VOZ DE TÉCNICOS DE

MOLAGAVITA MOLAGAVITA (UBICACIÓN DEL CARGO

SISTEMA S

IRRADIANTE

ALTURA DEL

SISTEMA

IRRADIANTE

14 52585 CORPORACI UNIVERSO PARÁMETROS PLIEGO

ÓN PARA EL ESTÉREO 107.0 TÉCNICOS DE

DESARROLL (UBICACIÓN DEL CARGO

O DE SISTEMA S

VILLAPAZ Y IRRADIANTE

QUINAMAYO ALTURA DEL

CORPOVILLA SISTEMA

PAZ IRRADIANTE

15 53142 FUNDACIÓN EMISORA ALCALÁ PARÁMETROS PLIEGO

PARA EL F.M ESTÉREO TÉCNICOS DE

DESARROLL (UBICACIÓN Y CARGO

O REGIONAL ALTURA DEL S

ALCALAINO SISTEMA

FUNDARA IRRADIANTE

ALTURA DE LA

TORRE)

16 52514 DIÓCESIS DE MANATIAL FM 107.3 PARÁMETROS PLIEGO

MOCOA - TÉCNICOS DE

SIBUNDOY (UBICACIÓN DEL CARGO

SISTEMA S

IRRADIANTE

ALTURA DEL

SISTEMA

IRRADIANTE

17 51752 FUNDACIÓN RADIO PARÁMETROS PLIEGO

DOCETE BUENAVENTURA TÉCNICOS DE

(UBICACIÓN DE CARGO

SISTEMA S

IRRADIANTE) Y

FRECUENCIA DE

ENLACE

18 52508 ASOCIACIÓN EMISORA IMPACTO PARÁMETROS PLIEGO

CRISTIANA ESTÉREO 98.2 FM TÉCNICOS DE

DE (POTENCIA DE CARGO

COMUNICAD OPERACIÓN Y S

ORES ALTURA DE LA

TORRE

PROGRAMA

PERIODÍSTICO)

19 52079 DIÓCESIS DE ECOS DE TIBU PARAMETOS PLIEGO

TIBUTECNICOS DE

EMISORA (UBICACIÓN DEL CARGO

SISTEMA S

IRRADIANTE ) Y

OPERAR CON

TRANSMISOR

DIFERENTE

20 53030 PARROQUIA EMISORA NUESTRA PARÁMETROS PLIEGO

NUESTRA SEÑORA DEL TÉCNICOS DE

SEÑORA DEL CARMEN (UBICACIÓN DEL CARGO

CARMEN SISTEMA S

IRRADIANTE Y

FRECUENCIA DE

OPERACIÓN

21 52326 ASOCIACIÓN EMISORA PARÁMETROS PLIEGO

DE HISTÓRICA A F.M TÉCNICOS DE

MAESTROS STEREO ESENCIALES CARGO

DE PORE (UBICACIÓN DEL S

SISTEMA

IRRADIANTE) EN

EL PERÍMETRO

22 53050 FUNDACIÓN EMISORA PARÁMETROS PLIEGO

DE LUZ DEL METROPOLITANA TÉCNICOS DE

MUNDO ONG ESTÉREO (UBICACIÓN DEL CARGO

SISTEMA S

IRRADIANTE

FRECUENCIA DE

ENLACE Y

POTENCIA DE

23 52333 ASOCIACIÓN EMISORA BOLIVAR PARÁMETROS PLIEGO

COMUNITARI ESTÉREO 99.5 TÉCNICOS DE

A BOLÍVAR (FRECUENCIA DE CARGO

ESTÉREO OPERACIÓN S

JUNTA DE

PROGRAMACIÓN

Y MANUAL),

24 52828 CASA DE LA EMISORA COLON PARÁMETROS PLIEGO

CULTURA ESTÉREO 96,3 TÉCNICOS DE

MARIO A (UBICACIÓN DEL CARGO

BARRERA SISTEMA S

IRRADIANTE Y

DERECHOS DE

AUTOR)

25 53120 FUNDACIÓN EMISORA RADIO PARÁMETROS PLIEGO

PARA EL VIVA TÉCNICOS DE

DESARROLL (UBICACIÓN DEL CARGO

O HUMANO SISTEMA S

IRRADIANTE Y

POTENCIA DE

OPERACIÓN

EQUIPOS

26 52578 FUNDACIÓN EMISORA VOCES PARÁMETROS PLIEGO

SENSEMAYA DEL PACIFICO TÉCNICOS DE

PARA LA (UBICACIÓN DEL CARGO

PROTECCIÓ SISTEMA S

N DE LA IRRADIANTE

COMUNICACI FRECUENCIA DE

ÓN Y EL OPERACIÓN

DESARROLL

O

27 53211 FUNDACIÓN EMISORA NORTE PARÁMETROS PLIEGO

POR AMIGOS ESTÉREO TÉCNICOS DE

DEL NORTE (UBICACIÓN DEL CARGO

DEL VALLE SISTEMA S

DE CAUCA IRRADIANTE Y

FRECUENCIA DE

ENLACE Y

EQUIPOS DE

28 52386 A.B.C RADIO EMISORA CRISTAL PARÁMETROS PLIEGO

COMUNICACI F.M ESTÉREO TÉCNICOS DE

ÓN CARMEN (FRECUENCIA DE CARGO

DE CARUPA OPERACIÓN Y S

PÓLIZA Y

DERECHOS DE

AUTOR)

29 52782 ASOCIACIÓN EMISORA OASIS PARÁMETROS PLIEGO

DE ESTÉREO 88.3 FM TÉCNICOS DE

COMUNICAD (POTENCIA DE CARGO

ORES OPERACIÓN) Y S

SOCIALES EQUIPOS DE

DE MADRID MODULACIÓN Y

CONTROL

30 53112 ASOCIACIÓN EMISORA AIRES DE PARÁMETROS PLIEGO

AIRES DEL TIMBIO 88.9 FM TÉCNICOS DE

TIMBIO (UBICACIÓN DE CARGO

SISTEMA S

IRRADIANTE Y

DERECHOS DE

AUTOR)

31 52104 COMUNICACI EMISORA RADIO PARÁMETROS PLIEGO

ONES E COROSAL FM TÉCNICOS DE

INVERSIONE ESTÉREO (FRECUENCIA DE CARGO

S DEL ENLACE EQUIPOS S

CARIBE DE MODULACIÓN

LTDA Y CONTROL DE

FRECUENCIA)

32 52749 CORPORACI EMISORA PARÁMETROS PLIEGO

ÓN CHEVERÍSIMA TÉCNICOS DE

CULTURAL Y ESTÉREO (FRECUENCIA DE CARGO

COMUNITARI OPERACIÓN Y S

A MAGUEY EQUIPOS

33 53109 ASOCIACÓN CUMBITARA PARÁMETROS PLIEGO

DE MUJERES ESTÉREO TÉCNICOS DE

CAMPESINA (UBICACIÓN DEL CARGO

S DEL SISTEMA S

34 53127 ASOCIACIÓN LA VOZ DE PARÁMETROS PLIEGO

DE TRINIDAD TÉCNICOS DE

35 52327 COMITÉ SAMAN ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO

CÍVICO DE TÉCNICOS DE SABANA (UBICACIÓN DEL CARGO El 12 de febrero de 2013, dando alcance a la información allegada el 5 de febrero, el MINTIC remitió un CD con datos complementarios en PDF de otras 94 actuaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y emisoras clandestinas (f.193.), así:

N EXP. CONCESION EMISORA OBJETO ÚLTIMA

o ARIO INVESTIGACIÓN ACTUA

CIÓN

1. 52658 SISTEMA VIDA FM ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO

VIDA TÉCNICOS DE

COLOMBIA (INTERFERENCIA CARGO

S.A. A OTRA S

EMISORA)

2. 53368 JUNTA DE LA VEGA STÉREO PARÁMETROS PLIEGO

ACCIÓN TÉCNICOS DE

COMUNAL (ENLACES CARGO

DE LA ESTUDIOSS

VEREDA EL TRANSMISOR-)

ROBLE

3. 51921 COLMUNDO COLMUNDO PARÁMETROS PLIEGO

BUCARAMAN BUCARAMANGA TÉCNICOS DE

GA S.A. LA (MODIFICACIÓN CARGO

CADENA DE DE LOS S

LA PAZ PARÁMETROS

TÉCNICOS

ESENCIALES SIN

AUTORIZACIÓN

PREVIA EXPRESA

DEL MINISTERIO)

4. 51522 SOCIEDAD LA VOZ DE LAS PARÁMETROS PLIEGO

RADIO ESTRELLAS TÉCNICOS DE

ESTUDIO (MODIFICACIÓN CARGO

LIMITADA DE LOS S

5. 51850 CARACOL RADIOACTIVA PARÁMETROS PLIEGO

PRIMERA TÉCNICOS DE

CADENA (COORDENADAS CARGO

RADIAL MEDIDAS POR S

COLOMBIAN FUERA DE LAS

A AUTORIZADAS)

6. 53247 ASOCIACIÓN ECOS DEL RIO PARÁMETROS PLIEGO

CULTURAL Y TÉCNICOS DE

COMUNITARI (DESVIACIÓN DE CARGO

A EL PIÑON FRECUENCIA) S

7. 52006 ORGANIZACI OLÍMPICA FM PARÁMETROS PLIEGO

ÓN RADIAL ESTÉREO TÉCNICOS DE

OLIMPICA (EMISIONES CARGO

S.A. FUERA DE S

BANDA)

8. 52639 CENTRO MINUTO DE DIOS PARÁMETROS PLIEGO

CARISMÁTIC TÉCNICOS DE

O MINUTO (EMISIONES CARGO

DE DIOS FUERA DE S

BANDA)

9. 52060 CHAR DÍAZ Y RADIO TIEMPO DE PARÁMETROS PLIEGO

CIA. S. EN C ORO FM ESTÉREO TÉCNICOS DE

(EMISIONES CARGO

FUERA DE S

BANDA)

10. 52026 RADIO RUMBA ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO

CADENA TÉCNICOS DE

NACIONAL (EMISIONES CARGO

FUERA DE S

BANDA)

11. 53267 RADIO RADIÓNICA PARÁMETROS PLIEGO

TELEVISIÓN TÉCNICOS DE

NACIONAL (EMISIONES CARGO

DE FUERA DE S

COLOMBIA BANDA)

12. 52638 CHAR DIAZ Y LA REINA 95,5 PARÁMETROS PLIEGO

CIA. S. EN C TÉCNICOS DE

(EMISIONES CARGO

FUERA DE S

BANDA)

13. 52604 POLICÍA POLICÍA NACIONAL PARÁMETROS PLIEGO

NACIONAL TÉCNICOS DE

(EMISIONES CARGO

FUERA DE S

BANDA)

14. 52025 DIGITAL LA MEGA PARÁMETROS PLIEGO

ESTÉREO TÉCNICOS DE

LTDA (EMISIONES CARGO

FUERA DE S

BANDA)

15. 51814 FUNDACIÓN LA VOZ DEL CHOCO PARÁMETROS PLIEGO

PARA EL TÉCNICOS DE

DESARROLL ( BANDA DE CARGO

O SOCIAL FRECUENCIA S

DEL CHOCO DIFERENTE)

FUNDAR

16. 51867 RADIO VILMAR ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO

VILMAR FM TÉCNICOS DE

ESTÉREO (APAGAR CARGO

LTDA EMISORA) S

17. 51581 CARACOL RADIO RELOJ PARÁMETROS PLIEGO

PRIMERA TÉCNICOS DE

18. 52602 POLICÍA POLICÍA NACIONAL PARÁMETROS PLIEGO

NACIONAL DE IBAGUE TÉCNICOS DE

(EMISIONES NO CARGO

ESENCIALES) S

19. 51995 RADIO 2000 LATINA ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO

FM ESTÉREO TÉCNICOS DE

LTDA. (POTENCIA CARGO

RADIADA S

APARENTE

CALCULADA)

20. 51775 CARACOL RADIO RELOJ DE PARÁMETROS PLIEGO

PRIMERA CALI (OXIGENO) TÉCNICOS DE

CADENA (EMISIONES NO CARGO

RADIAL ESENCIALES) S

COLOMBIAN

A S.A.

21. 51694 COMPAÑÍA W RADIO PARÁMETROS PLIEGO DE TÉCNICOS DE 22. 51534 CCOOMMUERNCICIAALCII LA RIVEREÑA AM (PEAMRIÁSMIOENTERSO NSO CPLAIREGGOO

ZADORA DE 1430 TÉCNICOS DE

LA RIVERA (EMISIONES NO CARGO

LTDA ESENCIALES) S

23. 52309 COMITÉ MANZANARES PARÁMETROS PLIEGO

CÍVICO ESTÉREO TÉCNICOS DE

AMIGOS POR (FRECUENCIA DE CARGO

MANZANARE ENLACE S

S DIFERENTE A LA

AUTORIZADA)

24. 51527 CARACOL LA W RADIO PARÁMETROS PLIEGO

ESTÉREO TÉCNICOS DE

S.A. (INCUMPLIMIENT CARGO

O EN PRESENTAR S

DECLARACIÓN

DE

CONFORMIDAD)

25. 51680 ORGANIZACI RADIO VIVA PASTO PARÁMETROS PLIEGO

ÓN SOLARTE TÉCNICOS DE

Y CIA S.C.A. (MODIFICACIÓN CARGO

DE PARÁMETROS S

TÉCNICOS

ESENCIALES SIN

AUTORIZACIÓN

PREVIA)

26. 51752 FUNDACIÓN RADIO PARÁMETROS PLIEGO

DOCETE BUENAVENTURA TÉCNICOS DE

(FALTA DE CARGO

PAGOS, S

LICENCIAS

VENCIDAS,

FRECUENCIA DE

ENLACE

ERRÓNEA)

27. 51762 ORGANIZACI RADIO VIVA 1290 PARÁMETROS PLIEGO

ÓN SOLARTE TÉCNICOS DE

Y CIA S.C.A. (SISTEMA CARGO

IRRADIANTE S

OPERANDO EN

SITIO DIFERENTE

DEL

AUTORIZADO)

28. 51981 CARLOS LA VOZ DEL NIQUEL PARÁMETROS PLIEGO

NADER TÉCNICOS DE

SIMMONDS (BANDA DE CARGO

FRECUENCIA S

ERRÓNEA)

29. 52202 CORPORACI BETULIA ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO

ÓN RADIO TÉCNICOS DE

BETULIA (MODIFICACIÓN CARGO

ESTÉREO PARÁMETROS S

TÉCNICOS

ESENCIALES SIN

AUTORIZACIÓN

PREVIA )

30. 52892 UNIVERSIDA UNISUCRE FM PARÁMETROS PLIEGO

D DE SUCRE ESTÉREO TÉCNICOS DE

(PARÁMETROS CARGO

TÉCNICOS S

ESENCIALES)

31. 53003 CABILDO CAMAWARI PARÁMETROS PLIEGO

MAYOR AWA ESTÉREO TÉCNICOS DE

DE (MODIFICACIÓN CARGO

32. SIN SIN AMIGA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN EL ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE MUNICIPIO DE SAN PERMISO IÓN

PABLO NARIÑO (EMISORA

CLANDESTINA)

33. SIN SIN CELESTIAL UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT ESTÉREO UBICADA ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE EN EL MUNICIPIO PERMISO IÓN

DE IBAGUE (EMISORA

CLANDESTINA)

34. SIN SIN EMMANUEL F.M. UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT ESTÉREO 93.5 ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

35. SIN SIN GALAXIA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE FLANDES TOLIMA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

36. SIN SIN VIDA FM ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE CHAPARRAL PERMISO IÓN

TOLIMA (EMISORA

CLANDESTINA)

37. SIN SIN CERRO AZUL PARÁMETROS SIN

RADI REPRESENT ESTÉREO UBICADA TÉCNICOS ACTUAC

CADO ANTE EN YARUMAL (UTILIZACIÓN DE IÓN

ANTIOQUIA FRECUENCIAS

38. SIN SIN CEILAN ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN TULUA ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE VALLE DEL CAUCA PERMISO

(EMISORA IÓN

CLANDESTINA)

39. SIN EDILBERTO CIUDAD ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI MEJIA UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO LONDOÑO MEDELLIN PERMISO IÓN

ANTIOQUIA (EMISORA

CLANDESTINA)

40. SIN SIN SAMARIA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN SANTA ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE MARIA HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

41. SIN SIN ANDAKI ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE ACEVEDO HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

42. SIN SIN SOL ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE GARZÓN HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

43. SIN SIN SUPER ESTACIÓN UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN PITAL ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

44. SIN SIN ZULUAGA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE GARZÓN HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

45. SIN SIN SABOR ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE AVECEDO HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

46. SIN SIN ONDA CERO UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE ACEVEDO HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

47. SIN SIN SONORAMA UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT ESTÉREO UBICADA ESPECTRO SIN ACTUAC

CADO ANTE EN LA PLATA HUILA PERMISO IÓN

(EMISORA

CLANDESTINA)

48. SIN SIN MANANTIAL UTILIZACIÓN SIN

RADI REPRESENT ESTÉREO NEIVA ESPECT

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