CE-11001-03-06-000-2012-00104-00(C)-2013
Consejo de Estado
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- Título
- CE-11001-03-06-000-2012-00104-00(C)-2013
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS – Entre la Agencia Nacional del Espectro y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones / CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS – Requisitos para su trámite ante la Sala de Consulta y Servicio Civil / CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS – No está previsto para absolver consultas jurídicas de carácter general o casos abstractos o hipotéticos Ahora bien, aún cuando ni el derogado artículo 33 del Código Contencioso Administrativo ni la nueva normatividad advirtieron expresamente sobre los requerimientos generales mínimos para la existencia de los conflictos de competencia administrativa de conocimiento de la Sala, los desarrollos doctrinarios han fijado sobre el tema el siguiente alcance: “La Sala, en decisión del 4 de octubre de 2006 reiterada hasta la fecha, en aplicación de la ley explicitó dichos requisitos así: 1. Deben existir al menos dos entidades u organismos que de manera expresa manifiesten su competencia o incompetencia para conocer de un asunto determinado. (…) Además, se ha precisado que el conflicto de competencias se traba entre entidades u organismos distintos, no entre funcionarios o dependencias de una misma entidad. Por tanto, los conflictos intraorgánicos deberán ser resueltos por las autoridades superiores de las propias entidades u organismos en aplicación del principio de jerarquía. 2. Al menos uno de los organismos o entidades debe pertenecer al orden nacional. (…) 3. El conflicto debe versar sobre un asunto concreto y no sobre cuestiones abstractas y generales. Por tanto, la actuación respecto de la cual se origina la controversia debe estar individualizada. El procedimiento para definir los conflictos de
competencias administrativas se instituyó para resolver problemas específicos y no para absolver consultas jurídicas de carácter general o casos abstractos o hipotéticos, situaciones que remiten a otra función de la Sala, como es la función consultiva, la cual sigue sus propias reglas. 4. El conflicto debe referirse a competencias de naturaleza administrativa. (…)”. (…) Como quiera que el supuesto de la competencia de la Sala de Consulta y Servicio Civil contenida en el artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, consiste en definir un asunto determinado, pues el procedimiento para definir los conflictos de competencias administrativas se instituyó para resolver problemas específicos y no para absolver consultas jurídicas de carácter general o casos abstractos o hipotéticos, es del caso ordenar el archivo de la solicitud original, a la cual, como se dijo, no se acompañó ninguna actuación administrativa que permitiera individualizar el supuesto conflicto FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTICULO 39
NOTAS DE RELATORIA: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, conflicto de competencias administrativas, Rad. 11001-03-06-000-2006-00102-00
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL
Consejero ponente: WILLIAM ZAMBRANO CETINA
Bogotá D.C., diez (10) de abril dos mil trece (2013) Radicación número: 11001-03-06-000-2012-00104-00(C) Actor: AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en cumplimiento de la función prevista en el artículo 39 del Código de Procedimiento Administrativo y de
lo Contencioso Administrativo, pasa a resolver la solicitud planteda a título de conflicto negativo de competencias entre la Agencia Nacional del Espectro (en adelante ANE) y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante MINTIC).
I. ANTECEDENTES Con base en la información relacionada por las entidades de la referencia, se exponen a continuación los antecedentes que dan origen a la presente solicitud:
1. Mediante correo electrónico del 11 de julio de 2012, la Directora de Vigilancia y Control del MINTIC remitió a la Subdirectora de Vigilancia y Control de la ANE copia del memorando con registro No. 546792 del 5 de julio de 2012, con el asunto: “Concepto competencias Ministerio de TIC – ANE”, en el que señaló: “la vigilancia y control respecto de la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, así como respecto de los servicios de radiodifusión sonora, corresponden al MINTIC. En tanto que la vigilancia y control del espectro radioeléctrico destinado a tales servicios, incluyendo además el de televisión, corresponde a la Agencia Nacional del Espectro”.
2. Mediante oficio VC-1430 radicado No. 7584 del 2 de agosto de 2012 dirigido a la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del MINTIC, la ANE indicó que en el caso del servicio de radiodifusión sonora, por su naturaleza jurídica, y la inescindibilidad de dicho servicio con el espectro radioeléctrico, no puede considerarse que exista una diferencia entre las obligaciones del servicio como tal y las obligaciones en el uso del espectro radioeléctrico destinado a la prestación
del servicio. A su vez, la Agencia argumentó, que la Ley 1341 de 2009, establece expresamente que la inspección, vigilancia y control sobre el servicio de radiodifusión sonora está a cargo del MINTIC.
3. Mediante oficio radicado 8368 ANE del 1 de agosto de 2012, la Directora de Vigilancia y Control del MINTIC, basándose en el concepto de la Oficina Asesora Jurídica del 5 de julio de 2012, registro No. 546792, devolvió a la Subdirección de Vigilancia y Control de la ANE cuarenta y seis (46) actas de visitas con sus respectivos informes técnicos realizados por esta última a los proveedores del servicio de radiodifusión sonora , informes que habían sido enviados por la ANE al MINTIC para que éste iniciara las actuaciones administrativas del caso.
4. Luego, en comunicación radicado ANE No. 8455 del 8 de agosto de 2012, la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio envió a la ANE una relación de otras 42 actuaciones administrativas que abrió contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora. De las 42 actuaciones, remitió (33) expedientes, respecto de las nueve (9) actuaciones restantes indicó que los expedientes debían ser retirados de las instalaciones del ministerio.
5. Adicionalmente, con oficio radicado 8613 ANE del 16 de agosto de 2012, la Directora de Vigilancia y Control del MINTIC, dando alcance al concepto de la Oficina Asesora Jurídica registro No. 546792, devolvió a la Subdirección de
Vigilancia y Control de la ANE cuarenta (40) actas de visitas con sus respectivos informes técnicos efectuados por esta entidad a proveedores del servicio de radiodifusión sonora y que habían sido enviados previamente por la ANE al
MINTIC.
6. A través del oficio radicado con el número ANE 7706 del 17 de agosto de 2012, la ANE devolvió al MINTIC, las treinta y tres (33) actuaciones administrativas que la Dirección de Vigilancia y Control de ese ministerio le remitió.
7. La Oficina Asesora Jurídica del MINTIC, mediante radicado ANE 8868 del 31 de agosto de 2012, respondió a la agencia sobre las inquietudes que ésta le planteó en el oficio VC-1430 radicado No. 7584 del 2 de agosto de 2012 que: “luego de la revisión que precede, no encuentra esta oficina jurídica, razones para variar las consideraciones y conclusiones planteadas en el concepto con registro
No. 546792…”.
8. Mediante oficio radicado número ANE 9073 del 11 de septiembre de 2012, la Dirección de Vigilancia y Control del MINTIC, envió de nuevo a la ANE las cuarenta y dos (42) actuaciones administrativas que había abierto esa dependencia contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y cinco (5) actuaciones administrativas más, sobre las cuales ya había proferido auto de apertura de investigación. En el mismo documento el MINTIC envió cuatro (4) actas de visitas con informes técnicos de radiodifusión sonora que había enviado la ANE al MINTIC.
9. Nuevamente, con oficio No. 8189 del 19 de septiembre de 2012 la ANE
devolvió al MINTIC todos los expedientes correspondientes a las actuaciones administrativas iniciadas por el ministerio.
10. Mediante oficio radicado ANE No. 9506 del 5 de octubre de 2012, la Dirección de Vigilancia y Control del Ministerio remitió una nueva relación de (15) actuaciones administrativas sobre proveedores de radiodifusión sonora, anunciando a la ANE que debían ser retiradas de las instalaciones del MINTIC, a lo que la ANE respondió al ministerio, con oficio radicado ANE No. 8311 del 17 de octubre de 2012, que respecto de las quince (15) actuaciones administrativas no adelantaría gestión alguna.
11. Finalmente, el 22 de octubre de 2012 la Agencia Nacional del Espectro plantea a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado la definición del conflicto de competencias administrativas con el fin de determinar la entidad que debe adelantar las investigaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora por violación de los parámetros técnicos esenciales autorizados o por utilización del espectro radioeléctrico sin el correspondiente permiso.
II. ACTUACION PROCESAL La presente actuación correspondió por reparto al Consejero William Zambrano Cetina (f.94). El 6 de noviembre de 2012 por Secretaría de la Sala, el conflicto de competencias se fija en edicto por cinco días para que las partes presenten sus alegatos y por tres días más mientras se comunicaba a 62 concesionarios investigados conforme al listado que proporcionó la Agencia Nacional del Espectro en su solicitud (f.176).
III. ARGUMENTOS DE LAS PARTES Dentro de la actuación las partes presentaron los argumentos que se exponen a
continuación:
1. Agencia Nacional del Espectro (ANE) Aunque guardó silencio en el traslado para alegar, en la solicitud a la Sala planteó en resumen los siguientes argumentos: -La Agencia Nacional del Espectro fue creada por la ley 1341 de 2009 como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, sin personería jurídica, con autonomía técnica, administrativa y financiera, con el objeto de brindar el soporte técnico para la gestión, planeación y el ejercicio de la vigilancia y control del espectro radioeléctrico. Posteriormente, el decreto 4169 de 2011 modificó la naturaleza jurídica de la ANE y le otorgó personería jurídica. -De acuerdo con el artículo 26 de la ley 1341 de 2009 dentro de las funciones de la ANE están las de ejercer vigilancia y control del espectro radioeléctrico y adelantar las investigaciones a que haya lugar por posibles infracciones al régimen del espectro definido por el MINTIC, así como imponer las sanciones que corresponda. -En relación con lo anterior, la ANE señala que el artículo 7 del Decreto 093 de 2012 establece que son funciones de la Subdirección de Vigilancia y Control: i) Diseñar e implantar elementos de la política y procedimientos para vigilancia y control del espectro; ii) establecer y ejecutar los planes de vigilancia y control sobre el uso del espectro por parte de usuarios autorizados, así como la utilización
no autorizada o ilegal del mismo; iii) asegurar el oportuno y cabal cumplimiento de estos planes y procesos de control; iv) coordinar con las dependencias que correspondan al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MINTIC, las actividades de vigilancia y control sobre los derechos y obligaciones en el uso del espectro por parte de los usuarios autorizados, y v) realizar la comprobación técnica de las emisiones e inspección de las estaciones, entre otras. - Adicionalmente, expone que el artículo 102 de la Resolución 415 del MINTIC y el Convenio No. 303 de 2010, establece que el MINTIC tiene a su cargo la inspección vigilancia y control sobre el servicio de radiodifusión sonora, mientras que la ANE tiene a su cargo adelantar las visitas correspondientes para verificar el cumplimiento de los parámetros técnicos esenciales y no esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora, que una vez realizadas las visitas técnicas anteriormente descritas, la ANE remite el resultado de las mismas al MINTIC para que se adelanten, si es del caso, las actuaciones administrativas que correspondan. -De igual forma, la ANE indica que en cumplimiento de la Resolución 415 de 2010 y del convenio No. 303 de 2010, ha adelantado visitas técnicas y elaboradas los informes técnicos respectivos, los cuales han sido enviados al MINTIC. Este último ha adelantado las investigaciones administrativas contra los proveedores de radiodifusión sonora, profiriendo cada entidad los actos administrativos correspondientes a su competencia. -Por otra parte, señala que el artículo 60 de la ley 1341 de 2009 prevé que el
MINTIC tiene como funciones la inspección, vigilancia y control de los servicios de radiodifusión sonora, y adicionalmente, que esta norma incluye la inspección, vigilancia y control que se hace sobre el espectro radioeléctrico destinado a la prestación del servicio de radiodifusión sonora. -En virtud de lo anterior, la ANE manifiesta que en el caso del servicio de radiodifusión sonora, por su naturaleza jurídica determinada por la ley y la inescindibilidad de dicho servicio con el espectro radioeléctrico, no puede considerarse que exista una diferencia entre las obligaciones del servicio como tal y las obligaciones en el uso del espectro radioeléctrico destinado a la prestación del mismo. -Finalmente, la ANE expresa que la ley 1341 de 2009 destinó un título específico para todo el servicio de radiodifusión sonora, incluyendo el espectro destinado para tal efecto, y que la entidad competente para adelantar las investigaciones por modificación sin autorización de los parámetros técnicos esenciales a través de los cuales se hace uso del espectro radioeléctrico destinado al servicio de radiodifusión sonora es el MINTIC. (Fs.1-24).
2. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
(MINTIC) - El apoderado del MINTIC considera que no existe conflicto de competencias administrativas sino que el asunto que se discute se refiere a una consulta abstracta. Acto seguido, expone las competencias de MINTIC y las de la ANE con el objeto de expresar su posición jurídica en relación con la solicitud de la agencia. - Argumenta que de acuerdo con los artículos 25 y 26 de la ley 1341 de 2009, la
ANE es un organismo de carácter técnico para la gestión y la planeación, la vigilancia y control del espectro radioeléctrico que tiene funciones de carácter administrativo sancionatorio circunscritas al régimen de infracciones del espectro. - Que de acuerdo con el artículo 102 de la resolución 415 de 2010 del MINTIC, se reconoce expresamente la competencia de vigilancia y control del régimen del espectro asignado para el servicio de radiodifusión a la ANE. Finalmente, el apoderado del MINTIC expone que de conformidad con el numeral 11 del artículo 18 de la ley 1341 de 2009, el artículo 20 del decreto 091 de 2010, el artículo 7 del decreto 93 de 2010 y los artículos 25, 60 y 63 de la ley 1341 de 2009, la vigilancia y control respecto de los servicios de radiodifusión sonora, concesión y permiso para el uso del espectro radioeléctrico corresponden al MINTIC, en tanto que la vigilancia y control respecto del espectro radioeléctrico destinado a los servicios de radiodifusión sonora corresponde a la ANE, por ser éste el organismo técnico especializado en espectro. Por lo anterior, de acuerdo con el apoderado del Ministerio, la ANE tiene competencia en el uso inadecuado del espectro radioeléctrico involucrado en la prestación del servicio de radiodifusión sonora. (Fs.163-169).
IV. AUDIENCIA Con fundamento en lo previsto en el artículo 35 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el 24 de enero de 2013 se llevó a cabo una audiencia para escuchar los argumentos de las entidades entre las
cuales se generó el presente conflicto negativo de competencias administrativas. En la citada audiencia los intervinientes reiteraron las razones por las que consideran que carecen de competencia para conocer del asunto. Además, con el fin de determinar si el conflicto de competencias propuesto se refiere a un asunto concreto, se preguntó a los funcionarios asistentes si existen expedientes sobre las investigaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora por violación de los parámetros técnicos esenciales autorizados, o por utilizar el espectro radioeléctrico sin el correspondiente permiso, a lo que contestaron que las actuaciones reposan en el MINTIC, y serían enviadas a la Sala de Consulta y Servicio Civil tan pronto se requirieran para su estudio.
V. AUTO DE MEJOR PROVEER El 24 de enero de 2013 la Sala profirió auto de mejor proveer solicitando los expedientes sobre las investigaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora por violación de los parámetros técnicos esenciales autorizados (f.187). El 6 de febrero de 2013 se allegaron al Despacho en cuatro (4) tomos parte de los documentos solicitados en el auto de mejor proveer del 24 de enero. En total se remitieron 35 actuaciones administrativas
(f.192), así:
No EXP. CONCESION EMISORA OBJETO ÚLTIMA
ARIO INVESTIGACIÓN ACTUA
CIÓN
1 53170 ASOCIACIÓN EMISORA LA VOZ PARÁMETROS PLIEGO
CALEIDOSC DE TAURAMENA TÉCNICOS DE
OPIO (UBICACIÓN DE CARGO
SISTEMA S
IRRADIANTE)
DERECHOS DE
AUTOR Y EQUIPO
2 52903 POLICÍA RADIO POLICÍA PARÁMETROS PLIEGO
NACIONAL NACIONAL TÉCNICOS DE
DE MITU (POTENCIA DE CARGO
OPERACIÓN) Y S
EQUIPOS DE
MODULACIÓN Y
CONTROL
3 53216 ASOCIACIÓN EMISORA PARÁMETROS PLIEGO
COMUNITARI DIAMANTINA TÉCNICOS DE
A POR UN ESTÉREO (UBICACIÓN Y CARGO
FUTURO ALTURA DEL S
PROMISORIO SISTEMA
DEL IRRADIANTE) Y
MUNICIPIO MEDIOS DE
DE LA MEDICIÓN
ARGENTINA
4 52394 URBANIZACI EMISORA AVISAG PARÁMETROS PLIEGO
ÓN AVISAG ESTÉREO TÉCNICOS DE
(FRECUENCIA DE CARGO
OPERACIÓN Y S
POTENCIA DE
OPERACIÓN
MONITORES)
MONITORES
5 53075 FUNDACIÓN EMISORA ELSY PARÁMETROS PLIEGO
ELSY MARIELA FM TÉCNICOS DE
MARIELA ESTÉREO ( UBICACIÓN Y CARGO
MENDEZ ALTURA DEL S
SISTEMA
IRRADIANTE
ALTURA DE LA
TORRE)
6 52442 JUNTA DE EMISORA PARÁMETROS PLIEGO
ACCIÓN COMUNITARIA TÉCNICOS DE
COMUNAL ORQUIDEA (POTENCIA DE CARGO
VEREDA LAS ESTÉREO OPERACIÓN) Y S
DELICIAS EQUIPOS DE
MODULACIÓN Y
CONTROL
7 52245 CORPORACI EMISORA PARÁMETROS PLIEGO
ÓN RADIO VALPARAISO TÉCNICOS DE
VALPARAISO ESTÉREO F.M (UBICACIÓN Y CARGO
ALTURA DEL S
SISTEMA
IRRADIANTE)
POTENCIA DE
OPERACIÓN
8 53317 RESGUARDO EMISORA DEL PARÁMETROS PLIEGO
INDÍGENA DE RESGUARDO TÉCNICOS DE
CRISTIANDA INDÍGENA DE (UBICACIÓN DE CARGO
D CRISTIANA SISTEMA S
IRRADIANTE)
DERECHOS DE
AUTOR Y EQUIPO
9 53018 ALCALDÍA EMISORA JARDÍN PARÁMETROS PLIEGO
MUNICIPAL ESTÉREO TÉCNICOS DE
DE JARDÍN (FRECUENCIA DE CARGO
ENLACE EQUIPOS S
DE MODULACIÓN
Y CONTROL DE
EMISIÓN)
10 51504 SOCIEDAD EMISORA LA VOZ PARÁMETROS PLIEGO
SISTEMA DE LA RAZA TÉCNICOS DE
SONORO DE (UBICACIÓN DEL CARGO
COLOMBIA SISTEMA S
LIMITADA IRRADIANTE Y
EMISIÓN DE
PROGRAMA
PERIODÍSTICO)
11 51525 SISTEMA COLMUNDIO RADIO PARÁMETROS PLIEGO
FEDERAL S.A LA CADENA DE TÉCNICOS(FREC DE
LTDA LA PAZ RADIO 24 UENCIA DE CARGO
ENLACE EMISIÓN S
DE PROGRAMA
PERIODÍSTICO
SIN LICENCIA)
12 53128 SISTEMA DE SISTEMA DE PARÁMETROS PLIEGO
COMUNICACI COMUNICACIÓN TÉCNICOS DE
ÓN INTEGRAL ESENCIALES CARGO
INTEGRAL COMUNITARIA (UBICACIÓN DEL S
COMUNITARI SISTEMA
A IRRADIANTE)
13 53237 ASOCIACIÓN ASOCIACIÓN LA PARÁMETROS PLIEGO
LA VOZ DE VOZ DE TÉCNICOS DE
MOLAGAVITA MOLAGAVITA (UBICACIÓN DEL CARGO
SISTEMA S
IRRADIANTE
ALTURA DEL
SISTEMA
IRRADIANTE
14 52585 CORPORACI UNIVERSO PARÁMETROS PLIEGO
ÓN PARA EL ESTÉREO 107.0 TÉCNICOS DE
DESARROLL (UBICACIÓN DEL CARGO
O DE SISTEMA S
VILLAPAZ Y IRRADIANTE
QUINAMAYO ALTURA DEL
CORPOVILLA SISTEMA
PAZ IRRADIANTE
15 53142 FUNDACIÓN EMISORA ALCALÁ PARÁMETROS PLIEGO
PARA EL F.M ESTÉREO TÉCNICOS DE
DESARROLL (UBICACIÓN Y CARGO
O REGIONAL ALTURA DEL S
ALCALAINO SISTEMA
FUNDARA IRRADIANTE
ALTURA DE LA
TORRE)
16 52514 DIÓCESIS DE MANATIAL FM 107.3 PARÁMETROS PLIEGO
MOCOA - TÉCNICOS DE
SIBUNDOY (UBICACIÓN DEL CARGO
SISTEMA S
IRRADIANTE
ALTURA DEL
SISTEMA
IRRADIANTE
17 51752 FUNDACIÓN RADIO PARÁMETROS PLIEGO
DOCETE BUENAVENTURA TÉCNICOS DE
(UBICACIÓN DE CARGO
SISTEMA S
IRRADIANTE) Y
FRECUENCIA DE
ENLACE
18 52508 ASOCIACIÓN EMISORA IMPACTO PARÁMETROS PLIEGO
CRISTIANA ESTÉREO 98.2 FM TÉCNICOS DE
DE (POTENCIA DE CARGO
COMUNICAD OPERACIÓN Y S
ORES ALTURA DE LA
TORRE
PROGRAMA
PERIODÍSTICO)
19 52079 DIÓCESIS DE ECOS DE TIBU PARAMETOS PLIEGO
TIBUTECNICOS DE
EMISORA (UBICACIÓN DEL CARGO
SISTEMA S
IRRADIANTE ) Y
OPERAR CON
TRANSMISOR
DIFERENTE
20 53030 PARROQUIA EMISORA NUESTRA PARÁMETROS PLIEGO
NUESTRA SEÑORA DEL TÉCNICOS DE
SEÑORA DEL CARMEN (UBICACIÓN DEL CARGO
CARMEN SISTEMA S
IRRADIANTE Y
FRECUENCIA DE
OPERACIÓN
21 52326 ASOCIACIÓN EMISORA PARÁMETROS PLIEGO
DE HISTÓRICA A F.M TÉCNICOS DE
MAESTROS STEREO ESENCIALES CARGO
DE PORE (UBICACIÓN DEL S
SISTEMA
IRRADIANTE) EN
EL PERÍMETRO
22 53050 FUNDACIÓN EMISORA PARÁMETROS PLIEGO
DE LUZ DEL METROPOLITANA TÉCNICOS DE
MUNDO ONG ESTÉREO (UBICACIÓN DEL CARGO
SISTEMA S
IRRADIANTE
FRECUENCIA DE
ENLACE Y
POTENCIA DE
23 52333 ASOCIACIÓN EMISORA BOLIVAR PARÁMETROS PLIEGO
COMUNITARI ESTÉREO 99.5 TÉCNICOS DE
A BOLÍVAR (FRECUENCIA DE CARGO
ESTÉREO OPERACIÓN S
JUNTA DE
PROGRAMACIÓN
Y MANUAL),
24 52828 CASA DE LA EMISORA COLON PARÁMETROS PLIEGO
CULTURA ESTÉREO 96,3 TÉCNICOS DE
MARIO A (UBICACIÓN DEL CARGO
BARRERA SISTEMA S
IRRADIANTE Y
DERECHOS DE
AUTOR)
25 53120 FUNDACIÓN EMISORA RADIO PARÁMETROS PLIEGO
PARA EL VIVA TÉCNICOS DE
DESARROLL (UBICACIÓN DEL CARGO
O HUMANO SISTEMA S
IRRADIANTE Y
POTENCIA DE
OPERACIÓN
EQUIPOS
26 52578 FUNDACIÓN EMISORA VOCES PARÁMETROS PLIEGO
SENSEMAYA DEL PACIFICO TÉCNICOS DE
PARA LA (UBICACIÓN DEL CARGO
PROTECCIÓ SISTEMA S
N DE LA IRRADIANTE
COMUNICACI FRECUENCIA DE
ÓN Y EL OPERACIÓN
DESARROLL
O
27 53211 FUNDACIÓN EMISORA NORTE PARÁMETROS PLIEGO
POR AMIGOS ESTÉREO TÉCNICOS DE
DEL NORTE (UBICACIÓN DEL CARGO
DEL VALLE SISTEMA S
DE CAUCA IRRADIANTE Y
FRECUENCIA DE
ENLACE Y
EQUIPOS DE
28 52386 A.B.C RADIO EMISORA CRISTAL PARÁMETROS PLIEGO
COMUNICACI F.M ESTÉREO TÉCNICOS DE
ÓN CARMEN (FRECUENCIA DE CARGO
DE CARUPA OPERACIÓN Y S
PÓLIZA Y
DERECHOS DE
AUTOR)
29 52782 ASOCIACIÓN EMISORA OASIS PARÁMETROS PLIEGO
DE ESTÉREO 88.3 FM TÉCNICOS DE
COMUNICAD (POTENCIA DE CARGO
ORES OPERACIÓN) Y S
SOCIALES EQUIPOS DE
DE MADRID MODULACIÓN Y
CONTROL
30 53112 ASOCIACIÓN EMISORA AIRES DE PARÁMETROS PLIEGO
AIRES DEL TIMBIO 88.9 FM TÉCNICOS DE
TIMBIO (UBICACIÓN DE CARGO
SISTEMA S
IRRADIANTE Y
DERECHOS DE
AUTOR)
31 52104 COMUNICACI EMISORA RADIO PARÁMETROS PLIEGO
ONES E COROSAL FM TÉCNICOS DE
INVERSIONE ESTÉREO (FRECUENCIA DE CARGO
S DEL ENLACE EQUIPOS S
CARIBE DE MODULACIÓN
LTDA Y CONTROL DE
FRECUENCIA)
32 52749 CORPORACI EMISORA PARÁMETROS PLIEGO
ÓN CHEVERÍSIMA TÉCNICOS DE
CULTURAL Y ESTÉREO (FRECUENCIA DE CARGO
COMUNITARI OPERACIÓN Y S
A MAGUEY EQUIPOS
33 53109 ASOCIACÓN CUMBITARA PARÁMETROS PLIEGO
DE MUJERES ESTÉREO TÉCNICOS DE
CAMPESINA (UBICACIÓN DEL CARGO
S DEL SISTEMA S
34 53127 ASOCIACIÓN LA VOZ DE PARÁMETROS PLIEGO
DE TRINIDAD TÉCNICOS DE
35 52327 COMITÉ SAMAN ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO
CÍVICO DE TÉCNICOS DE SABANA (UBICACIÓN DEL CARGO El 12 de febrero de 2013, dando alcance a la información allegada el 5 de febrero, el MINTIC remitió un CD con datos complementarios en PDF de otras 94 actuaciones administrativas contra los concesionarios del servicio de radiodifusión sonora y emisoras clandestinas (f.193.), así:
N EXP. CONCESION EMISORA OBJETO ÚLTIMA
o ARIO INVESTIGACIÓN ACTUA
CIÓN
1. 52658 SISTEMA VIDA FM ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO
VIDA TÉCNICOS DE
COLOMBIA (INTERFERENCIA CARGO
S.A. A OTRA S
EMISORA)
2. 53368 JUNTA DE LA VEGA STÉREO PARÁMETROS PLIEGO
ACCIÓN TÉCNICOS DE
COMUNAL (ENLACES CARGO
DE LA ESTUDIOSS
VEREDA EL TRANSMISOR-)
ROBLE
3. 51921 COLMUNDO COLMUNDO PARÁMETROS PLIEGO
BUCARAMAN BUCARAMANGA TÉCNICOS DE
GA S.A. LA (MODIFICACIÓN CARGO
CADENA DE DE LOS S
LA PAZ PARÁMETROS
TÉCNICOS
ESENCIALES SIN
AUTORIZACIÓN
PREVIA EXPRESA
DEL MINISTERIO)
4. 51522 SOCIEDAD LA VOZ DE LAS PARÁMETROS PLIEGO
RADIO ESTRELLAS TÉCNICOS DE
ESTUDIO (MODIFICACIÓN CARGO
LIMITADA DE LOS S
5. 51850 CARACOL RADIOACTIVA PARÁMETROS PLIEGO
PRIMERA TÉCNICOS DE
CADENA (COORDENADAS CARGO
RADIAL MEDIDAS POR S
COLOMBIAN FUERA DE LAS
A AUTORIZADAS)
6. 53247 ASOCIACIÓN ECOS DEL RIO PARÁMETROS PLIEGO
CULTURAL Y TÉCNICOS DE
COMUNITARI (DESVIACIÓN DE CARGO
A EL PIÑON FRECUENCIA) S
7. 52006 ORGANIZACI OLÍMPICA FM PARÁMETROS PLIEGO
ÓN RADIAL ESTÉREO TÉCNICOS DE
OLIMPICA (EMISIONES CARGO
S.A. FUERA DE S
BANDA)
8. 52639 CENTRO MINUTO DE DIOS PARÁMETROS PLIEGO
CARISMÁTIC TÉCNICOS DE
O MINUTO (EMISIONES CARGO
DE DIOS FUERA DE S
BANDA)
9. 52060 CHAR DÍAZ Y RADIO TIEMPO DE PARÁMETROS PLIEGO
CIA. S. EN C ORO FM ESTÉREO TÉCNICOS DE
(EMISIONES CARGO
FUERA DE S
BANDA)
10. 52026 RADIO RUMBA ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO
CADENA TÉCNICOS DE
NACIONAL (EMISIONES CARGO
FUERA DE S
BANDA)
11. 53267 RADIO RADIÓNICA PARÁMETROS PLIEGO
TELEVISIÓN TÉCNICOS DE
NACIONAL (EMISIONES CARGO
DE FUERA DE S
COLOMBIA BANDA)
12. 52638 CHAR DIAZ Y LA REINA 95,5 PARÁMETROS PLIEGO
CIA. S. EN C TÉCNICOS DE
(EMISIONES CARGO
FUERA DE S
BANDA)
13. 52604 POLICÍA POLICÍA NACIONAL PARÁMETROS PLIEGO
NACIONAL TÉCNICOS DE
(EMISIONES CARGO
FUERA DE S
BANDA)
14. 52025 DIGITAL LA MEGA PARÁMETROS PLIEGO
ESTÉREO TÉCNICOS DE
LTDA (EMISIONES CARGO
FUERA DE S
BANDA)
15. 51814 FUNDACIÓN LA VOZ DEL CHOCO PARÁMETROS PLIEGO
PARA EL TÉCNICOS DE
DESARROLL ( BANDA DE CARGO
O SOCIAL FRECUENCIA S
DEL CHOCO DIFERENTE)
FUNDAR
16. 51867 RADIO VILMAR ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO
VILMAR FM TÉCNICOS DE
ESTÉREO (APAGAR CARGO
LTDA EMISORA) S
17. 51581 CARACOL RADIO RELOJ PARÁMETROS PLIEGO
PRIMERA TÉCNICOS DE
18. 52602 POLICÍA POLICÍA NACIONAL PARÁMETROS PLIEGO
NACIONAL DE IBAGUE TÉCNICOS DE
(EMISIONES NO CARGO
ESENCIALES) S
19. 51995 RADIO 2000 LATINA ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO
FM ESTÉREO TÉCNICOS DE
LTDA. (POTENCIA CARGO
RADIADA S
APARENTE
CALCULADA)
20. 51775 CARACOL RADIO RELOJ DE PARÁMETROS PLIEGO
PRIMERA CALI (OXIGENO) TÉCNICOS DE
CADENA (EMISIONES NO CARGO
RADIAL ESENCIALES) S
COLOMBIAN
A S.A.
21. 51694 COMPAÑÍA W RADIO PARÁMETROS PLIEGO DE TÉCNICOS DE 22. 51534 CCOOMMUERNCICIAALCII LA RIVEREÑA AM (PEAMRIÁSMIOENTERSO NSO CPLAIREGGOO
ZADORA DE 1430 TÉCNICOS DE
LA RIVERA (EMISIONES NO CARGO
LTDA ESENCIALES) S
23. 52309 COMITÉ MANZANARES PARÁMETROS PLIEGO
CÍVICO ESTÉREO TÉCNICOS DE
AMIGOS POR (FRECUENCIA DE CARGO
MANZANARE ENLACE S
S DIFERENTE A LA
AUTORIZADA)
24. 51527 CARACOL LA W RADIO PARÁMETROS PLIEGO
ESTÉREO TÉCNICOS DE
S.A. (INCUMPLIMIENT CARGO
O EN PRESENTAR S
DECLARACIÓN
DE
CONFORMIDAD)
25. 51680 ORGANIZACI RADIO VIVA PASTO PARÁMETROS PLIEGO
ÓN SOLARTE TÉCNICOS DE
Y CIA S.C.A. (MODIFICACIÓN CARGO
DE PARÁMETROS S
TÉCNICOS
ESENCIALES SIN
AUTORIZACIÓN
PREVIA)
26. 51752 FUNDACIÓN RADIO PARÁMETROS PLIEGO
DOCETE BUENAVENTURA TÉCNICOS DE
(FALTA DE CARGO
PAGOS, S
LICENCIAS
VENCIDAS,
FRECUENCIA DE
ENLACE
ERRÓNEA)
27. 51762 ORGANIZACI RADIO VIVA 1290 PARÁMETROS PLIEGO
ÓN SOLARTE TÉCNICOS DE
Y CIA S.C.A. (SISTEMA CARGO
IRRADIANTE S
OPERANDO EN
SITIO DIFERENTE
DEL
AUTORIZADO)
28. 51981 CARLOS LA VOZ DEL NIQUEL PARÁMETROS PLIEGO
NADER TÉCNICOS DE
SIMMONDS (BANDA DE CARGO
FRECUENCIA S
ERRÓNEA)
29. 52202 CORPORACI BETULIA ESTÉREO PARÁMETROS PLIEGO
ÓN RADIO TÉCNICOS DE
BETULIA (MODIFICACIÓN CARGO
ESTÉREO PARÁMETROS S
TÉCNICOS
ESENCIALES SIN
AUTORIZACIÓN
PREVIA )
30. 52892 UNIVERSIDA UNISUCRE FM PARÁMETROS PLIEGO
D DE SUCRE ESTÉREO TÉCNICOS DE
(PARÁMETROS CARGO
TÉCNICOS S
ESENCIALES)
31. 53003 CABILDO CAMAWARI PARÁMETROS PLIEGO
MAYOR AWA ESTÉREO TÉCNICOS DE
DE (MODIFICACIÓN CARGO
32. SIN SIN AMIGA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN EL ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE MUNICIPIO DE SAN PERMISO IÓN
PABLO NARIÑO (EMISORA
CLANDESTINA)
33. SIN SIN CELESTIAL UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT ESTÉREO UBICADA ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE EN EL MUNICIPIO PERMISO IÓN
DE IBAGUE (EMISORA
CLANDESTINA)
34. SIN SIN EMMANUEL F.M. UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT ESTÉREO 93.5 ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
35. SIN SIN GALAXIA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE FLANDES TOLIMA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
36. SIN SIN VIDA FM ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE CHAPARRAL PERMISO IÓN
TOLIMA (EMISORA
CLANDESTINA)
37. SIN SIN CERRO AZUL PARÁMETROS SIN
RADI REPRESENT ESTÉREO UBICADA TÉCNICOS ACTUAC
CADO ANTE EN YARUMAL (UTILIZACIÓN DE IÓN
ANTIOQUIA FRECUENCIAS
38. SIN SIN CEILAN ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN TULUA ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE VALLE DEL CAUCA PERMISO
(EMISORA IÓN
CLANDESTINA)
39. SIN EDILBERTO CIUDAD ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI MEJIA UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO LONDOÑO MEDELLIN PERMISO IÓN
ANTIOQUIA (EMISORA
CLANDESTINA)
40. SIN SIN SAMARIA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN SANTA ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE MARIA HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
41. SIN SIN ANDAKI ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE ACEVEDO HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
42. SIN SIN SOL ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE GARZÓN HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
43. SIN SIN SUPER ESTACIÓN UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN PITAL ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
44. SIN SIN ZULUAGA ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE GARZÓN HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
45. SIN SIN SABOR ESTÉREO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE AVECEDO HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
46. SIN SIN ONDA CERO UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT UBICADA EN ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE ACEVEDO HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
47. SIN SIN SONORAMA UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT ESTÉREO UBICADA ESPECTRO SIN ACTUAC
CADO ANTE EN LA PLATA HUILA PERMISO IÓN
(EMISORA
CLANDESTINA)
48. SIN SIN MANANTIAL UTILIZACIÓN SIN
RADI REPRESENT ESTÉREO NEIVA ESPECT
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