CE-11001-03-06-000-2013-00278-00(C)-2013
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-11001-03-06-000-2013-00278-00(C)-2013
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS - Entre Agencia Nacional del Espectro ANE y Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones MINTIC / AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO – Competencias. Prestación clandestina del servicio de radiodifusión sonora / INHIBITORIO – Se inhibe la Sala de decidir sobre el asunto por no existir conflicto La Agencia Nacional del Espectro – ANE reconoce su competencia para conocer del asunto en referencia, lo cual coincide con lo expuesto por el apoderado del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MINTIC en la solicitud final de su alegato de conclusión. Puesto que no existe un conflicto de competencias administrativas, que es supuesto esencial para que la Sala desarrolle la competencia que le confieren los artículos 39 y 112–10 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA, la Sala se inhibirá de tomar una decisión en el presente asunto FUENTE FORMAL: LEY 1437 DE 2011 – ARTICULO 39 / LEY 1437 DE 2011 – ARTICULO 112 NUMERAL 10
NOTAS DE RELATORIA: En este mismo sentido los conflictos: 201300275, 201300276, 201300277, 201300278, 201300279, 201300281, 201300287, 201300289, 201300290, 201300291, 201300293, 201300294, 201300295, 201300296, 201300297, 201300298, 201300299, 201300300, 201300301, 201300302, 201300303, 201300304, 201300305, 201300306, 201300307,
201300308, 201300309, 201300310, 201300311, 201300312, 201300313, 201300314, 201300315, 201300317, 201300318, 201300319, 201300320, 201300321, 201300322, 201300323, 201300324, 201300324, 201300325, 201300326, 201300327, 201300328, 201300329, 201300330, 201300331, 201300332, 201300333, 201300334, 201300336, 201300337, 201300338.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL
Consejero ponente: WILLIAM ZAMBRANO CETINA
Bogotá D.C., seis (06) de junio de dos mil trece (2013) Radicación número: 11001-03-06-000-2013-00278-00(C) Actor: AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado recibió el 24 de mayo de 2013 el oficio No. VC-000775,suscrito por el doctor John Acosta Bernal, Subdirector de Vigilancia y Control (E) de la Agencia Nacional del Espectro – ANE (folio 35), en el cual manifiesta: 1) “…le informo que revisado el memorial del 22 de octubre de 2012, que dio inicio al Conflicto de Competencias entre el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Agencia Nacional del Espectro, se pudo verificar que el caso de la emisora PROYECCIÓN ESTÉREO, no hace parte de las actuaciones administrativas que se relacionaron para que dirimiera la competencia entre las
entidades”. 2) “Además de lo anterior, se pudo establecer, a partir de los documentos aportados que, dicho caso no sería objeto del conflicto toda vez que hace referencia a la prestación clandestina del servicio de radiodifusión sonora, el cual es de competencia de esta entidad, pero no ha sido puesto en conocimiento de este Despacho”. La anterior información indica que la Agencia Nacional del Espectro – ANE reconoce su competencia para conocer del asunto en referencia, lo cual coincide con lo expuesto por el apoderado del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MINTIC en la solicitud final de su alegato de conclusión (folios 23 a 27). Puesto que no existe un conflicto de competencias administrativas, que es supuesto esencial para que la Sala desarrolle la competencia que le confieren los artículos 39 y 112-10 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA, la Sala se inhibirá de tomar una decisión en el presente asunto. Por lo expuesto, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado RESUELVE: Primero: Inhibirse de conocer sobre el presunto conflicto de competencias administrativas de la referencia, suscitado entre la Agencia Nacional del Espectro – ANE y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
– MINTIC.
Segundo: Enviar la actuación a la Agencia Nacional del Espectro – ANE para lo de su competencia.
Tercero: Comunicar el contenido de este proveído al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a la Agencia Nacional del Espectro y a la
Emisora Proyección Estéreo.
Cuarto: Reconocer personería al doctor Juan Manuel Charry Urueña como
apoderado del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los términos del poder conferido. La anterior providencia se estudió y aprobó en la sesión de la fecha.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
WILLIAM ZAMBRANO CETINA Presidente de la Sala
ÁLVARO NAMÉN VARGAS AUGUSTO HERNÁNDEZ BECERRA
Consejero de Estado Consejero de Estado OSCAR ALBERTO REYES REY Secretario de la Sala