CE-11001-03-15-000-2002-0949-01(CA-004)-2003
Consejo de Estado
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- Título
- CE-11001-03-15-000-2002-0949-01(CA-004)-2003
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2003
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD - Decreto de liquidación del presupuesto. Estado de excepción / CONTROL AUTOMÁTICO DE LEGALIDAD - Decreto de liquidación del presupuesto. Estado de excepción / PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN - Competencia para liquidarlo se extiende a adición / ESTADO DE EXCEPCIÓN - Fuente de gasto público. Adición al presupuesto. Liquidación del presupuesto De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional, en cada caso particular, está constituido por el Presidente de la República y el Ministro o Director de Departamento Administrativo correspondiente, y ningún acto del Presidente, expedido en su condición de Jefe de Gobierno, tendrá valor ni fuerza alguna mientras no sea suscrito y comunicado por dicho ministro o director de departamento administrativo. Así las cosas, dado que por el Decreto 2132 de 2002 se liquidó la adición presupuestal contenida en el Decreto Legislativo 1959 del mismo año, y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 179 de 1994 (artículo 67 del Decreto 111 de 1996), corresponde al Gobierno dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación, es claro que el doctor Londoño Hoyos, en su condición de Ministro Delegatario, se encontraba autorizado para expedir el primer decreto citado, con el concurso del doctor Carrasquilla Barrera, quien se encontraba encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público. Adicionalmente, debe advertirse, como lo ha expresado esta Corporación en otras oportunidades, que la competencia atribuida al Gobierno por el artículo
31 citado, para liquidar el presupuesto general de la Nación, se extiende a aquellos eventos en los que se trata de una adición al mismo efectuada por el Congreso o por el mismo Gobierno, en los términos de los artículos 65 y siguientes de la Ley 38 de 1989 y 55 –incisos 13 y 17–, 35 y 36 de la Ley 179 de 1994 (compilados en los artículos 79 y siguientes del Decreto 111 de 1996), y en el último caso, especialmente, de los artículos 69 de la Ley 38 de 1989 y 36 de la Ley 179 de 1994 (compilados en el artículo 83 del Decreto 111 de 1996), según los cuales los créditos adicionales y traslados al presupuesto general de la nación destinados a atender gastos ocasionados por los estados de excepción serán efectuados por el Gobierno en los términos que éste señale, y en tal evento, la fuente del gasto público será el decreto que declare el respectivo estado de excepción. La liquidación del presupuesto tendrá como objeto fundamental, en el caso que acaba de indicarse, detallar el gasto para el año fiscal respectivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 67, numeral 3, del Decreto 111 de 1996, que alude expresamente a la necesidad de incluir un anexo con tal contenido, el cual forma parte, en el caso concreto, del Decreto 2132 del 26 de septiembre de
2002. Por obvias razones, no se aplican las previsiones de los numerales 1 y 2 del mismo artículo, referidas a la necesidad de tomar como base el proyecto presentado por el gobierno al Congreso y de insertar todas las modificaciones
que éste último hubiere realizado; las mismas aluden, sin lugar a dudas, a los eventos en que el presupuesto o su adición han sido expedidos por el Congreso. Como complemento de las precisiones que acaban de hacerse sobre el objeto del decreto de liquidación del presupuesto cuando se trata de modificaciones al mismo efectuadas por el Gobierno, al amparo de la declaratoria de un estado de excepción, es necesario tener en cuenta que se trata de un decreto ejecutivo con un alcance muy particular. Visto lo anterior, concluye esta Sala que el Decreto 2132 del 26 de septiembre de 2002, por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación, para la vigencia fiscal de 2002, contenida en el Decreto 1959 del 30 de agosto del mismo año, se encuentra ajustado a la Constitución y a la ley
CONSEJO DE ESTADO
SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Consejero ponente: ALIER EDUARDO HERNÁNDEZ ENRÍQUEZ
Bogotá, D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil tres (2003) Radicación número: 11001-03-15-000-2002-0949-01(CA-004)
Actor: SECRETARIO JURÍDICO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Demandado: DECRETO 2132 DE 2002
El Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 137 de 1994, mediante oficio del 1º de octubre de 2002, remitió copia debidamente autenticada del Decreto 2132 del 26 de septiembre del mismo año, con el fin de que esta Corporación realice el
correspondiente control de legalidad.
I. TEXTO DEL DECRETO MATERIA DE REVISION El contenido del decreto objeto de control es el siguiente: “DECRETO NÚMERO 2132 DE (26 SET. 2002) Por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, contenida en el decreto 1959 del 30 de agosto de 2002.
EL MINISTRO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE EL DECRETO 2070 DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2002 en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales y en especial de la que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y en desarrollo de lo dispuesto por los Decretos 1837, 1838 y 1959 de 2002, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 1837 del 11 de agosto de 2002 se declaró el Estado de Conmoción Interior en todo el territorio nacional, por el término de 90 días; Que como parte de las medidas que el Gobierno Nacional adoptó, se determinó la necesidad de crear nuevas rentas; Que mediante Decreto 1838 del 11 de agosto de 2002 se creó el impuesto para preservar la Seguridad Democrática; Que es necesario proveer en forma inmediata de recursos a las Fuerzas Militares, de Policía y a las demás entidades del Estado que deben intervenir con el propósito de conjurar los actos que perturban el orden público e impedir la extensión de sus efectos; Que el artículo 36 de la Ley 179 de 1994 dispone: “Los créditos adicionales y
traslados al Presupuesto General de la Nación destinados a atender gastos ocasionados por los estados de excepción, serán efectuados por el Gobierno en los términos que este señale. La fuente del gasto público será el decreto que declare el estado de excepción respectivo”. Que mediante el Decreto 1959 del 30 de agosto de 2002 se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002 en la suma de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL (579.146.000.000); Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno Nacional para dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación; Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá en detalle el gasto;
DECRETA:
Artículo 1°. PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL.
Adicionar los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, en la suma de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($579.146.000.000), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NAC ION
I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 579.146.000.000
1. INGRESOS CORRIENTES DE LA NACIÓN 579.146.000.000
III. TOTAL INGRESOS 579.146.000.000
Artículo 2º. PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES.
Efectuar las siguientes adiciones al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2002, en la suma de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($579.146.000.000), según el detalle que se encuentra a continuación:
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSO TOTAL
PROG SUBP. NACIONAL S
. PROPIOS
SECCION 1101
MINISTERIO DEL INTERIOR
A. PRESUPUESTO DE 16.000.000.0 16.000.000.000
FUNCIONAMIENTO 00
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 16.000.000.0 16.000.000.000
00
SECCION 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
A. PRESUPUESTO DE 5.000.000.00 5.000.000.000
FUNCIONAMIENTO 0
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 5.000.000.00 5.000.000.000
0
SECCION 1501
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
A. PRESUPUESTO DE 290.451.000.0 290.451.000.00
FUNCIONAMIENTO 00 0
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 205.775.000.0 205.775.000.00 00 0 111 CONSTRUCCION DE 2.850.000.000 2.850.000.000
INFRAESTRUCTURA
PROPIA DEL SECTOR 101 DEFENSA Y SEGURIDAD 2.850.000.000 2.850.000.000
INTERNA 113 MEJORAMIENTO Y 10.000.000.00 10.000.000.000
MANTENIMIENTO DE 0
INFRAESTRUCTURA
PROPIA DEL SECTOR 101 DEFENSA Y SEGURIDAD 10.000.000.00 10.000.000.000
INTERNA 0 211 ADQUISICION Y/O 167.157.000.0 167.157.000.00
PRODUCCION DE 00 0
EQUIPOS, MATERIALES,
SUMINISTROS Y
SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 100 INTERSUBSECTORIAL 88.416.000.00 88.416.000.000
DEFENSA Y SEGURIDAD 0 101 DEFENSA Y SEGURIDAD 78.741.000.00 78.741.000.000
INTERNA 0 212 MANTENIMIENTO DE 25.768.000.00 25.768.0 00.000
EQUIPOS, MATERIALES, 0
SUMINISTROS Y
SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 100 INTERSUBSECTORIAL 19.000.000.00 19.000.000.000
DEFENSA Y SEGURIDAD 0 101 DEFENSA Y SEGURIDAD 6.768.000.000 6.768.000.000
INTERNA
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 496.226.000.0 496.226.000.00
00 0
SECCION 1601
POLICIA NACIONAL
A. PRESUPUESTO DE 52.260.000.000 52.260.000.000
FUNCIONAMIENTO
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 9.660.000.000 9.660.000.000 211 ADQUISICION Y/O 9.660.000.000 9.660.000.000
PRODUCCION DE
EQUIPOS, MATERIALES,
SUMINISTROS Y
SERVICIOS PROPIOS DEL SECTOR 101 DEFENSA Y 9.660.000.000 9.660.000.000
SEGURIDAD INTERNA
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 61.920.000.000 61.920.000.000
TOTAL PRESUPUESTO NACIONAL 579.146.000.000 579.146.000.00
0 Artículo 3º. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto. Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 2002. FERNANDO LONDOÑO HOYOS ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público” El anexo contentivo del detalle del gasto tiene el siguiente texto:
ADICIONESPRESUPUESTO
GENERAL DE LA
NACIÓN
CT SUOBORSORE CONCEPTO APORTE RECU TOTAL
A. BC JGD. R C NACIONA RSOS
PR SU PSRPSS L PROP
O BP OSYPRY IOS
G
SECCION 1001
MINISTERIO DEL INTERIOR TOTAL 16,000,00 16,000,000,00
0,000 0
A. 16,000,00 16,000,000,00
FUNCIONAMIENTO 0,000 0
UNIDAD 1001 01
GESTION 16,000,00 16,000,000,00
GENERAL 0,000 0 3 TRANSFERENCIAS 16,000,00 16,000,000,00
CORRIENTES 0,000 0 3 6 OTRAS 16,000,00 16,000,000,00
TRANSFERENCIAS 0,000 0 3 6 3 DESTINATARIOS 16,000,00 16,000,000,00
DE LAS OTRAS 0,000 0
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3 6 3 3 PROGRAMA DE16,000,00 16,000,000,00
PROTECCION A 0,000 0
PERSONAS QUE
SE ENCUENTRAN
EN SITUACIÓN DE
RIESGO CONTRA
SU VIDA,
INTEGRIDAD,
SEGURIDAD O
LIBERTAD, POR
CAUSAS
RELACIONADAS
CON LA VIOLENCIA
POLITICA, O CON
EL CONFLICTO
ARMAD 12 RECURSOS PARA16,000,00 16,000,000,00
PRESERVAR LA 0,000 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE
HDA Y CRÉDITO PÚBLIC TOTAL 5,000,000 5,000,000,000
,000
A. 5,000,000 5,000,000,000
FUNCIONAMIENTO ,000
UNIDAD 1301 01
GESTION 5,000,000 5,000,000,000
GENERAL ,000 3 TRANSFERENCIAS 5,000,000 5,000,000,000
CORRIENTES ,000 3 2 TRANSFERENCIAS 5,000,000 5,000,000,000
AL SECTOR ,000
PUBLICO 3 2 1 ADMINISTRACION 5,000,000 5,000,000,000
PUBLICA CENTRAL ,000 3 2 1 22 OTRAS 5,000,000 5,000,000,000
TRANSFERENCIAS ,000
PARA GARANTIZAR
DERECHOS DE
LOS
PROCESADOS,
DERECHOS
HUMANOS Y
NORMAS DEL
DERECHO
INTERNACIONAL
HUMANITARIO.
DISTRIBUCIÓN
PREVIO
CONCEPTO DGPN. 12 RECURSOS PARA5,000,000 5,000,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
SECCIÓN 1501
MINISTERIO DE
DEFENSA NACIONAL TOTAL 496,226,0 496,226,000,0
00,000 00
A. 290,451,0 290,451,000,0
FUNCIONAMIENTO 00,000 00
UNIDAD 1501 01
GESTION 48,569,00 48,569,000,00
GENERAL 0,000 0 2 GASTOS 43,569,00 43,569,000,00
GENERALES 0,000 0 2 0 1 ADQUISICION DE7,040,000 7,040,000,000
BIENES ,000 2 0 1 2 ADQUISICION DE6,500,000 6,500,000,000
BIENES - FONDO ,000
NACIONAL PARA
LA DEFENSA DE LA
LIBERTAD
PERSONAL 12 RECURSOS PARA6,500,000 6,500,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 1 7 ADQUISICION DE250,000,0 250,000,000
BIENES 00 12 RECURSOS PARA250,000,0 250,000,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
2 0 1 14 ADQUISICION DE50,000,00 50,000,000
BIENES - 0
COMISION
COLOMBIANA DEL
OCÉANO 12 RECURSOS PARA50,000,00 50,000,000
PRESERVAR LA 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 1 18 ADQUISICION DE240,000,0 240,000,000
BIENES JUSTICIA 00
PENAL MILITAR 12 RECURSOS PARA240,000,0 240,000,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOC DEC 1838/02 2 0 2 ADQUISICION DE36,529,00 36,529,000,00
SERVICIOS 0,000 0 2 0 2 2 ADQUISICION 2,500,000 2,500,000,000
SERVICIOS - ,000
FONDO NAL PARA
DEFENSA DE
LIBERTAD
PERSONAL
CT SUOBORSORE CONCEPTO APORTE RECU TOTAL
A. BC JGD. R C NACIONA RSOS
PR SU PSRPSS L PROP
O BP OSYPRY IOS
G 12 RECURSOS PARA2,500,000 2,500,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 2 11 ADQUISICION DE34,019,00 34,019,000,00
SERVICIOS 0,000 0 12 RECURSOS PARA34,019,00 34,019,000,00
PRESERVAR LA 0,000 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
2 0 2 14 ADQUISICION DE10,000,00 10,000,000
SERVICIOS - 0
COMISION
COLOMBIANA DEL
OCÉANO 12 RECURSOS PARA10,000,00 10,000,000
PRESERVAR LA 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 3 TRANSFERENCIAS 5,000,000 5,000,000,000
CORRIENTES ,000 3 6 OTRAS 5,000,000 5,000,000,000
TRANSFERENCIAS ,000 3 6 3 DESTINATARIOS 5,000,000 5,000,000,000
DE LAS OTRAS ,000
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3 6 3 1 OTRAS 5,000,000 5,000,000,000
TRANSFERENCIAS ,000
DISTRIBUCION
PREVIO
CONCEPTO DGPN 12 RECURSOS PARA5,000,000 5,000,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
UNIDAD 1501 02
COMANDO 1,000,000 1,000,000,000
GENERAL ,000 2 GASTOS 1,000,000 1,000,000,000
GENERALES ,000 2 0 1 ADQUISICION DE337,800,0 337,800,000
BIENES 00 12 RECURSOS PARA337,800,0 337,800,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 2 ADQUISICION DE662,200,0 662,200,000
SERVICIOS 00 12 RECURSOS PARA662,200,0 662,200,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
UNIDAD 1501 03
EJERCITO 147,492,0 147,492,000,0 00,000 00 1 GASTOS DE7,749,000 7,749,000,000
PERSONAL ,000 1 0 1 SERVICIOS 7,749,000 7,749,000,000
PERSONALES ,000
ASOCIADOS A NOMINA 1 0 1 8 OTROS GASTOS7,749,000 7,749,000,000
PERSONALES - ,000
(DISTRIBUCION
PREVIO
CONCEPTO DGPN) 12 RECURSOS PARA7,749,000 7,749,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 GASTOS 139,743,0 139,743,000,0
GENERALES 00,000 00 2 0 1 ADQUISICION DE115,946,0 115,946,000,0
BIENES 00,000 00 12 RECURSOS PARA115,946,0 115,946,000,0
PRESERVAR LA 00,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 2 ADQUISICION DE23,797,00 23,797,000,00
SERVICIOS 0,000 0 12 RECURSOS PARA23,797,00 23,797,000,00
PRESERVAR LA 0,000 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
UNIDAD 1501 04
ARMADA 31,030,00 31,030,000,00 0,000 0 1 GASTOS DE868,000,0 868,000,000
PERSONAL 00 1 0 1 SERVICIOS 868,000,0 868,000,000
PERSONALES 00
ASOCIADOS A NOMINA 1 0 1 8 OTROS GASTOS868,000,0 868,000,000
PERSONALES - 00
(DISTRIBUCION
PREVIO
CONCEPTO DGPN) 12 RECURSOS PARA868,000,0 868,000,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 GASTOS 30,162,00 30,162,000,00
GENERALES 0,000 0 2 0 1 ADQUISICION DE20,680,00 20,680,000,00
BIENES 0,000 0 12 RECURSOS PARA20,680,00 20,680,000,00
PRESERVAR LA 0,000 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
CT SUOBORSORE CONCEPTO APORTE RECU TOTAL
A. BC JGD. R C NACIONA RSOS
PR SU PSRPSS L PROP
O BP OSYPRY IOS G 2 0 2 ADQUISICION DE9,482,000 9,482,000,000
SERVICIOS ,000 12 RECURSOS PARA9,482,000 9,482,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
UNIDAD 1501 05
FUERZA AEREA 62,360,00 62,360,000,00 0,000 0 2 GASTOS 62,360,00 62,360,000,00
GENERALES 0,000 0 2 0 1 ADQUISICION DE42,303,00 42,303,000,00
BIENES 0,000 0 12 RECURSOS PARA42,303,00 42,303,000,00
PRESERVAR LA 0,000 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 2 ADQUISICION DE20,057,00 20,057,000,00
SERVICIOS 0,000 0 12 RECURSOS PARA20,057,00 20,057,000,00
PRESERVAR LA 0,000 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
C. INVERSION 205,775,0 205,775,000,0
00,000 00
UNIDAD 1501 01
GESTION 4,112,000 4,112,000,000
GENERAL ,000 21 ADQUISICION Y/O 4,112,000 4,112,000,000 1 PRODUCCION DE ,000
EQUIPOS,
MATERIALES
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 INTERSUBSECTORI 4,112,000 4,112,000,000 1 0 AL DEFENSA Y ,000
SEGURIDAD 21 10 5 ADQUISICION DE4,112,000 4,112,000,000 1 0 EQUIPOS, ,000
MATERIALES,
SUMINISTROS Y
SERVICIOS CON
DESTINO A LA
RECUPERACION Y
RESTABLECIMIENT
O DEL ORDEN
PUBLICO A NIVEL
NACIONAL Y
APORTES DE
CAPITAL PARA LA
MODERNIZACION
TECNOLOGICA DEL
SECTOR 12 RECURSOS PARA4,112,000 4,112,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
UNIDAD 1501 03
EJERCITO 152,475,0 152,475,000,0 00,000 00 11 CONSTRUCCION 2,850,000 2,850,000,000 1 DE ,000
INFRAESTRUCTUR
A PROPIA DEL SECTOR 11 10 DEFENSA Y2,850,000 2,850,000,000 1 1 SEGURIDAD ,000
INTERNA 11 10 14 CONSTRUCCION 2,200,000 2,200,000,000 1 1 0 INSTALACIONES Y ,000
DOTACION
BRIGADAS
MOVILES 12 RECURSOS PARA2,200,000 2,200,000,000
PRESERVAR LA ,000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 11 10 14 CONSTRUCCION Y650,000,0 650,000,000 1 1 1 DOTACION 00
BATALLONES DE
ALTA MONTAÑA 12 RECURSOS PARA650,000,0 650,000,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 11 MEJORAMIENTO Y10,000,00 10,000,000,00 3 MANTENIMIENTO 0,000 0
DE
INFRAESTRUCTUR
A PROPIA DEL SECTOR 11 10 DEFENSA Y10,000,00 10,000,000,00 3 1 SEGURIDAD 0,000 0
INTERNA 11 10 10 MANTENIMIENTO 10,000,00 10,000,000,00 3 1 4 MAYOR 0,000 0
AERONAUTICO
12 RECURSOS PARA10,000,00 10,000,000,00
PRESERVAR LA 0,000 0
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 ADQUISICION Y/O 132,857,0 132,857,000,0 1 PRODUCCION DE 00,000 00
EQUIPOS,
MATERIALES
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 INTERSUBSECTORI 69,388,00 69,388,000,00 1 0 AL DEFENSA Y 0,000 0
SEGURIDAD 21 10 2 ADQUISICION Y67,000,00 67,000,000,00 1 0 RENOVACION 0,000 0
MATERIAL DE
GUERRA.
CT SUOBORSORE CONCEPTO APORTE RECU TOTAL
A. BC JGD. R C NACIONA RSOS
PR SU PSRPSS L PROP
O BP OSYPRY IOS G 12 RECURSOS PARA67,000,00 67,000,000, PRESERVAR LA 0,000 000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 16 ADQUISICION DE2,388,000 2,388,000,0 1 0 EQUIPOS, ,000 00
MATERIALES,
SUMINISTROS Y
SERVICIOS CON
DESTINO A LA
RECUPERACION Y
RESTABLECIMIENT
O DEL ORDEN
PUBLICO A NIVEL
NACIONAL Y
APORTES DE
CAPITAL PARA LA
MODERNIZACION
TECNOLOGICA DEL
SECTOR 12 RECURSOS PARA2,388,000 2,388,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 DEFENSA Y63,469,00 63,469,000, 1 1 SEGURIDAD 0,000 000
INTERNA 21 10 1 ADQUISICION 46,855,00 46,855,000, 1 1 EQUIPO DE 0,000 000
COMUNICACIONES 12 RECURSOS PARA46,855,00 46,855,000, PRESERVAR LA 0,000 000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 3 ADQUISICION 10,000,00 10,000,000, 1 1 EQUIPO DE 0,000 000
TRANSPORTE. 12 RECURSOS PARA10,000,00 10,000,000, PRESERVAR LA 0,000 000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 5 ADQUISICION DE6,614,000 6,614,000,0 1 1 MUNICION ,000 00 12 RECURSOS PARA6,614,000 6,614,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 MANTENIMIENTO 6,768,000 6,768,000,0 2 DE EQUIPOS, ,000 00
MATERIALES,
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 DEFENSA Y6,768,000 6,768,000,0 2 1 SEGURIDAD ,000 00
INTERNA 21 10 1 MANTENIMIENTO 6,768,000 6,768,000,0 2 1 MAYOR DE ,000 00
ARMAMENTO.
12 RECURSOS PARA6,768,000 6,768,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
UNIDAD 1501 04
ARMADA 22,188,00 22,188,000, 0,000 000 21 ADQUISICION Y/O 18,188,00 18,188,000, 1 PRODUCCION DE 0,000 000
EQUIPOS,
MATERIALES
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 INTERSUBSECTORI 14,916,00 14,916,000, 1 0 AL DEFENSA Y 0,000 000
SEGURIDAD 21 10 3 RENOVACION 4,650,000 4,650,000,0 1 0 EQUIPOS DE ,000 00
COMUNICACIONES . 12 RECURSOS PARA4,650,000 4,650,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 7 ADQUISICION 5,816,000 5,816,000,0 1 0 MUNICION ,000 00
ARMADA
NACIONAL 12 RECURSOS PARA5,816,000 5,816,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 9 ADQUISICION 2,250,000 2,250,000,0 1 0 SISTEMA DE ,000 00
VIGILANCIA
COSTERA Y DE
CONTROL DEL
TRAFICO
MARITIMO PARA LA
ARMADA
NACIONAL.
12 RECURSOS PARA2,250,000 2,250,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 22 CONSTRUCCION 2,200,000 2,200,000,0 1 0 Y/O DOTACION DE ,000 00
BUQUES DE
APOYO TIPO
"NODRIZA" PARA
LA ARMADA
NACIONAL 12 RECURSOS PARA2,200,000 2,200,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 DEFENSA Y3,272,000 3,272,000,0 1 1 SEGURIDAD ,000 00
INTERNA 21 10 3 ADQUISICION 1,674,000 1,674,000,0 1 1 DOTACION EQUIPO ,000 00
MILITAR. 12 RECURSOS PARA1,674,000 1,674,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 4 ADQUISICION 900,000,0 900,000,000 1 1 ARMAMENTO 00
ARMADA
NACIONAL
CT SUOBORSORE CONCEPTO APORTE RECU TOTAL
A. BC JGD. R C NACIONA RSOS
PR SU PSRPSS L PROP
O BP OSYPRY IOS
G 12 RECURSOS PARA900,000,0 900,000,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 8 ADQUISICION 698,000,0 698,000,000 1 1 EQUIPO DE 00
MOVILIDAD
TACTICA PARA LA
ARMADA
NACIONAL 12 RECURSOS PARA698,000,0 698,000,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 MANTENIMIENTO 4,000,000 4,000,000,0 2 DE EQUIPOS, ,000 00
MATERIALES,
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 INTERSUBSECTORI 4,000,000 4,000,000,0 2 0 AL DEFENSA Y ,000 00
SEGURIDAD 21 10 1 REPARACION Y4,000,000 4,000,000,0 2 0 MANTENIMIENTO ,000 00
UNIDADES A
FLOTE,
SUBMARINAS,
AEREAS Y
AUXILIARES DE LA
ARMADA
NACIONAL. 12 RECURSOS PARA4,000,000 4,000,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
UNIDAD 1501 05
FUERZA AEREA 27,000,00 27,000,000, 0,000 000 21 ADQUISICION Y/O 12,000,00 12,000,000, 1 PRODUCCION DE 0,000 000
EQUIPOS,
MATERIALES
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 DEFENSA Y12,000,00 12,000,000, 1 1 SEGURIDAD 0,000 000
INTERNA 21 10 9 ADQUISICION 12,000,00 12,000,000, 1 1 SOPORTE 0,000 000
OPERACIONAL
AVIONES DE
COMBATE FUERZA
AEREA COLOMBIANA 12 RECURSOS PARA12,000,00 12,000,000, PRESERVAR LA 0,000 000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 MANTENIMIENTO 15,000,00 15,000,000, 2 DE EQUIPOS, 0,000 000
MATERIALES,
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 INTERSUBSECTORI 15,000,00 15,000,000, 2 0 AL DEFENSA Y 0,000 000
SEGURIDAD 21 10 1 MANTENIMIENTO - 15,000,00 15,000,000, 2 0 INSPECCION 0,000 000
MAYOR DE AERONAVES FACMADRIDCUNDINAMARCA. 12 RECURSOS PARA15,000,00 15,000,000, PRESERVAR LA 0,000 000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
SECCION 1601
POLICIA NACIONAL TOTAL 61,920,00 61,920,000,
0,000 000
A. 52,260,00 52,260,000, FUNCIONAMIENTO 0,000 000
UNIDAD 1601 01
GESTION 52,260,00 52,260,000, GENERAL 0,000 000 1 GASTOS DE4,260,000 4,260,000,0
PERSONAL ,000 00 1 0 1 SERVICIOS 4,260,000 4,260,000,0
PERSONALES ,000 00
ASOCIADOS A NOMINA 1 0 1 8 OTROS GASTOS4,260,000 4,260,000,0
PERSONALES - ,000 00
(DISTRIBUCION
PREVIO
CONCEPTO DGPN) 12 RECURSOS PARA4,260,000 4,260,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 GASTOS 48,000,00 48,000,000, GENERALES 0,000 000 2 0 1 ADQUISICION DE26,545,00 26,545,000, BIENES 0,000 000 12 RECURSOS PARA26,545,00 26,545,000, PRESERVAR LA 0,000 000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 2 ADQUISICION DE20,241,00 20,241,000, SERVICIOS 0,000 000 12 RECURSOS PARA20,241,00 20,241,000, PRESERVAR LA 0,000 000
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 2 0 3 IMPUESTOS Y1,214,000 1,214,000,0
MULTAS ,000 00 12 RECURSOS PARA1,214,000 1,214,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
CT SUOBORSORE CONCEPTO APORTE RECU TOTAL
A. BC JGD. R C NACIONA RSOS
PR SU PSRPSS L PROP
O BP OSYPRY IOS
G
C. INVERSION 9,660,000 9,660,000,0
,000 00
UNIDAD 1601 01
GESTION 9,660,000 9,660,000,0
GENERAL ,000 00
21 ADQUISICION Y/O 9,660,000 9,660,000,0 1 PRODUCCION DE ,000 00
EQUIPOS,
MATERIALES
SUMINISTROS Y
SERVICIOS
PROPIOS DEL SECTOR 21 10 DEFENSA Y9,660,000 9,660,000,0 1 1 SEGURIDAD ,000 00
INTERNA 21 10 1 ADQUISICION Y3,500,000 3,500,000,0 1 1 MANTENIMIENTO ,000 00
EQUIPO DE
ARMAMENTO 12 RECURSOS PARA3,500,000 3,500,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 2 ADQUISICION Y2,010,000 2,010,000,0 1 1 MANTENIMIENTO ,000 00
EQUIPO DE
COMUNICACIONES . 12 RECURSOS PARA2,010,000 2,010,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 3 ADQUISICION Y3,250,000 3,250,000,0 1 1 MANTENIMIENTO ,000 00
EQUIPO
AUTOMOTOR 12 RECURSOS PARA3,250,000 3,250,000,0
PRESERVAR LA ,000 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA DECRETO 1838/02 21 10 10 MEJORAMIENTO Y900,000,0 900,000,000 1 1 2 FORTALECIMIENT 00
O DE GRUPOS
ESPECIALES 12 RECURSOS PARA900,000,0 900,000,000
PRESERVAR LA 00
SEGURIDAD
DEMOCRATICA
DECRETO 1838/02
TOTAL ADICIONES 579,146,0 579,146,000
00,000 ,000
II.- ANTECEDENTES.
1. Invocando las facultades previstas en el artículo 213 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1837 del 11 de agosto de 2002, declaró el estado de conmoción interior en todo el territorio nacional, por el término de noventa (90) días, contados a partir de su vigencia. Las motivaciones expuestas por el Gobierno fueron las siguientes: “Que la situación de inseguridad del país se torna cada día más crítica y son más frecuentes, despiadados y perversos los ataques contra los ciudadanos indefensos y las violaciones a sus derechos humanos y a las reglas fundamentales del Derecho internacional Humanitario; Que la Nación entera está sometida a un régimen de terror en el que naufraga la autoridad democrática y hace cada vez más difícil y azarosa la actividad productiva, multiplicando el desempleo y la miseria de millones de compatriotas; Que esos infames ataques contra el pueblo de Colombia tienen su origen principal en la acción de bandas armadas, organizadas y financiadas al amparo del lucro gigantesco que les proporciona su participación directa y creciente en los delitos del narcotráfico, el secuestro y la extorsión fuentes principales de esta tragedia colectiva y su causa eficiente más próxima y decisiva; Que es ineludible tomar medidas inmediatas para prevenir actos de terrorismo semejantes o peores a los que para sorpresa del mundo entero se han presentado durante las últimas semanas en diferentes lugares del país, así como la amenaza a que está sometida nuestra democracia por
los actos de coacción de que vienen siendo víctimas los mandatarios locales y nacionales y sus familias en todo el país; Que por el poder financiero casi inagotable de estos grupos los hace más temibles por su capacidad tecnológica creciente para el terror, su desprecio a los valores más elementales del hombre y de la sociedad y su indudable conexión con el poder destructivo que les ofrece su asociación con grupos afines de otros países o regiones; Que la situación de inseguridad ha generado un deterioro adicional de las zonas rurales y particularmente de las condiciones y posibilidades de empleo de la población más pobre del país; Que los grupos criminales han multiplicado su actividad, tanto en el terreno de los ataques terroristas a la infraestructura de servicios esenciales - la energía, el agua potable, las carreteras y los caminosen la comisión de delitos de lesa humanidad como las masacres, desapariciones, secuestros, desplazamientos forzados y destrucción de pueblos indefensos. Hemos alcanzado la más alta cifra de criminalidad que en el planeta se registra, en un proceso acumulativo que hoy nos coloca a las puertas de la disolución social. Además, se han dedicado los grupos armados a la vil empresa de amenazar a los legítimos representantes de la democracia regional, los gobernadores, alcaldes, diputados y concejales, y sus colaboradores, intentando la ruina de nuestras instituciones, sembrando la anarquía y creando la sensación de orfandad, abandono y desgobierno en amplias zonas del país; Que los hechos públicos y notorios que anteceden, prueban dolorosamente la debilidad del Estado para contrarrestar eficientemente
estas acciones terroristas e impedir la extensión de sus efectos, con los recursos que el derecho ordinario ha previsto para una Nación en un estado de relativa calma. Los medios económicos de que hoy se dispone son insuficientes para la inversión adicional que reclama el crecimiento de la Policía y las Fuerzas Militares, sus planes de expansión operativa y la modernización de su equipamiento para los años 2002 y 2003; Que corresponde al Presidente de la República liderar las acciones necesarias de parte de las autoridades públicas contra estas formas salvajes de presión en perjuicio de la sociedad colombiana, restableciendo el orden público, garantizando los postulados del Estado Social de Derecho y la lucha por reafirmar los principios tutelares del respeto a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario; Que sin descuidar las tareas que al Estado corresponde para crear o fortalecer las condiciones estructurales que permitan combatir la anarquía, el terror y la violencia que lo amenazan, es impostergable la adopción de medidas extraordinarias, transitorias para eficaces para devolver a los colombianos su seguridad individual y colectiva y para responder al desafío que sin antecedentes les proponen las bandas criminales; Que todas las personas tienen que hacer un significativo esfuerzo tributario para poner al Estado en condiciones de garantizar la seguridad ciudadana en vastas zonas de su territorio, hoy desamparadas, con pie de fuerza, equipos de comunicación, dotación y medios militares y de policía adicionales a los hoy limitados e insuficientes de que dispone. Igualmente, será preciso adoptar medidas que permitan recuperar la vigencia de los derechos y las libertades públicas en todo el territorio nacional, sin
sacrific
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