CE-11001-03-15-000-2004-01276-00(C)-2005
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-11001-03-15-000-2004-01276-00(C)-2005
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2005
CONFLICTO DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVASEntre la Contraloría Departamental de Santander y la Contraloría General de la República Para efectos de la presente decisión debe tenerse en cuenta que la Sala en el radicado No.11001031500020040089400, se pronunció en el sentido de que la competencia correspondía a la Contraloría General de la República, decisión cuyo sentido se mantiene dada la similitud entre los dos conflictos.
FUENTE FORMAL: Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Radicado No. 11001-03-15-000-2004-00894-00 del 6 de agosto de 2004.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL
Consejero ponente: LUIS FERNANDO ALVAREZ JARAMILLO
Bogotá, D.C., veintidós (22) de septiembre de dos mil cinco (2005) Radicación número: 11001-03-15-000-2004-01276-00(C) Actor: CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DE SANTANDER Procede la Sala a resolver el conflicto de la referencia, previas las siguientes consideraciones: Mediante Resolución 000554 del 4 de octubre de 2004, la Contraloría Departamental de Santander plantea un conflicto de competencias contra la Contraloría General de la República, por considerar que esta última carece de competencia para conocer de las investigaciones y procesos de responsabilidad fiscal que ese organismo de control departamental adelanta en el Hospital Universitario Ramón González Valencia de la ciudad de Bucaramanga. Dicha Resolución fue presentada en la Secretaría General de esta Corporación el 11 de octubre de 2004, acompañada de diferentes comunicaciones que habían
sido intercambiadas entre los dos organismos de control, de las cuales se infiere que la Contraloría Departamental de Santander había iniciado un proceso de responsabilidad fiscal contra el ex -gerente del Hospital Universitario Ramón González Valencia por supuestas irregularidades en la celebración de algunos contratos. En virtud de la Proposición 020 del 17 de marzo de 2004 aprobada por la Comisión Quinta de la Cámara de Representantes, por medio de la cual esa Corporación solicitó al Contralor General de la República adelantar control excepcional en el referido Hospital, la Contralora Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General de la República, solicitó en tres oportunidades al Contralor Departamental de Santander abstenerse de continuar con la investigación en el Hospital Universitario Ramón González Valencia y en su lugar remitir a esa dependencia los hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad relacionados con el caso. El señor Contralor Departamental se negó a enviar la respectiva investigación, aduciendo que si bien al tenor del artículo 26 de la ley 42 de 1993 la Contraloría General puede ejercer control posterior en forma excepcional, el mismo se hace “sobre las cuentas” y “las investigaciones promovidas contra las dos entidades mencionadas se iniciaron no con fundamento en el examen de la cuenta sino por quejas formuladas contra las personas que tenían bajo su responsabilidad la administración de los recursos, por supuestas irregularidades en la celebración de algunos contratos; …”. La negativa del funcionario departamental llevó a que la Contraloría General de la República interpusiera acción de definición de competencias ante el Consejo de
Estado, mediante escrito del 6 de agosto de 2004, radicada bajo el No. 11001031500020040089400, -es decir, dos meses antes de la presentada por el Contralor Departamentalla cual fue decidida el 28 de julio de 2005. Para efectos de la presente decisión debe tenerse en cuenta que la Sala en el radicado No.11001031500020040089400, se pronunció en el sentido de que la competencia correspondía a la Contraloría General de la República, decisión cuyo sentido se mantiene dada la similitud entre los dos conflictos. Por lo expuesto, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, RESUELVE: DECLÁRASE que la competencia para conocer y resolver el proceso de responsabilidad fiscal contra el doctor Carlos Paredes Gómez, ex gerente del Hospital Universitario Ramón González Valencia radica en la Contraloría General de la República. Comuníquese a la Contraloría Departamental de Santander. Ejecutoriada esta providencia remítase la actuación a la Contraloría General de la República.